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El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de los Senadores señores Espina, Allamand, García, Prokurica y Romero, en primer trámite, que establece la obligación de otorgar defensa penal y asesoría jurídica a las personas naturales que sean víctimas de delitos y que no pueden procurárselas por sí mismas, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (5408-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de reforma constitucional: (moción de los Senadores señores Espina, Allamand, García, Prokurica y Romero).
En primer trámite, sesión 58ª, en 16 de octubre de 2007.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 2ª, en 12 de marzo de 2008.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El objetivo principal del proyecto es establecer en la Carta Fundamental una obligación para el Estado, consistente en asegurarles asesoría y defensa jurídica a las personas naturales que hayan sido víctimas de hechos que revisten caracteres de delito y que no puedan procurárselas por sí mismas.
La Comisión discutió la iniciativa tanto en general cuanto en particular y le dio su aprobación por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Espina, Gómez, Larraín y Muñoz Aburto.
El texto propuesto por el referido órgano técnico se transcribe en el informe respectivo.
Finalmente, cabe destacar que la normativa requiere para su aprobación el pronunciamiento favorable de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio, es decir, 20 votos.
El señor COLOMA.-
¿Me permite plantear una cuestión reglamentaria, señor Presidente?
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Sí, Su Señoría.
El señor COLOMA.-
Como se trata de una reforma constitucional que exige un alto quórum, solicito que se abra la votación.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, así se hará.
El señor PIZARRO.-
Pido la palabra.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de ella, señor Senador.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , como estamos en la discusión general, pido que inmediatamente se fije un plazo para presentar indicaciones. Espero que no sea un término muy largo, y me parece que dos semanas vendrían bien.
El señor ORPIS.-
¡Votemos sin debate!
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Puede ser una semana o diez días.
¿El Honorable señor Espina desea plantear alguna proposición al respecto?
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, el proyecto de ley tiene solo un artículo, por lo que corresponde discutirlo en general y en particular a la vez.
El señor PIZARRO .-
Exactamente.
El señor ESPINA.-
Por lo demás, el Gobierno presentó una indicación sobre la base de un acuerdo con los Senadores de la Comisión.
No veo qué sentido tiene abrir el plazo a que se ha hecho referencia.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
La Secretaría me informa que, reglamentariamente, ello es posible, pues no porque la iniciativa tenga un solo artículo no se pueden presentar indicaciones.
Ahora, si la Sala no lo acordare así, considero que no se suscitará ningún problema y el proyecto quedará aprobado en general y en particular.
Si no hay objeciones, se procederá de ese modo.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , deseo consignar, previamente a la votación, que si se discute en general y en particular a la vez no habrá posibilidad de formular indicaciones.
Nosotros pedimos que se vote en general y, luego, se abra un plazo para presentarlas. De no ser así, me veré obligado a votar en contra.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
En votación la idea de legislar.
Por lo demás, esa fue la proposición del Honorable señor Coloma.
Tiene la palabra el Senador señor Gómez.
--(Durante el fundamento de voto).
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente , informaré a la Sala en mi calidad de Presidente de la Comisión de Constitución .
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Perdón, Su Señoría. Se lleva a cabo la votación: solo puede fundamentar su pronunciamiento.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Así es.
El señor GÓMEZ.-
Entonces, no lo haré.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, deseo recordar, en primer lugar, que el proyecto corresponde a uno de los aspectos fundamentales del Acuerdo Político Legislativo suscrito a fines del año pasado entre el Gobierno, la Alianza y la Concertación y que se refiere a la situación en que se encuentran las víctimas de los delitos.
Es una materia comprendida de lleno en el área de la seguridad ciudadana, la cual, hasta el día de hoy, sigue siendo, según todas las encuestas, la principal preocupación de la opinión pública.
En la sesión de hoy en la mañana discutimos acerca del problema del dólar, tema extraordinariamente sensible y muy importante, pero debo hacer presente que el asunto que ahora nos ocupa también tiene una enorme relevancia -repito- para la opinión pública.
Entraré directamente al contenido de la reforma constitucional, la cual establece, por primera vez en nuestro país, la posibilidad de que las víctimas de delitos puedan tener un abogado que defienda sus derechos cuando no puedan procurárselo por sí mismas, esto es, por carecer de recursos para tal efecto.
Aquellos que han criticado la existencia de un abogado de las víctimas sostienen que esa función corresponde a los fiscales en el nuevo proceso penal. Sin embargo, el propio Fiscal Nacional ha expresado reiteradamente que ello no es así -y la norma legal que rige la materia también lo señala-, por cuanto el deber del Ministerio Público y de los fiscales se rige por el llamado "principio de objetividad". Lo anterior significa que se debe investigar con igual celo o acuciosidad lo que inculpa a una persona y lo que la absuelve.
Por lo tanto, se presenta un vacío legal que en una democracia resulta inaceptable: si una de las partes en conflicto tiene dinero, puede contratar un abogado y querellarse; pero si el afectado es una persona modesta, carente de recursos, entonces no tendrá la posibilidad de defenderse por sí mismo en el juicio.
En consecuencia, la desigualdad deriva no solo de una razón de carácter económico, sino, además, de que el acusado de un delito, el imputado, cuenta con un abogado financiado por el Estado. Y debo recordar que este gasta más de 60 millones de dólares en esas defensas.
Por su parte, las víctimas -considerando solamente los delitos graves, ascendieron el año pasado a cerca de 300 mil personas- quedan en la más absoluta indefensión, ya que el Ministerio Público no las representa. Incluso, es posible que los intereses sean absolutamente contrapuestos: el Ministerio Público puede estimar que el delito es uno, y la víctima, que es otro; el Ministerio Público puede considerar innecesario continuar con la investigación y la víctima puede querer proseguirla.
La reforma constitucional, entonces, establece el deber del Estado de otorgarles defensa jurídica a las víctimas, bajo dos condiciones: primero, la ley debe señalar cuáles son los delitos respecto de los cuales se puede ejercer el derecho de que se trata -evidentemente, la idea dice relación a aquellos de mayor reproche social o más graves-, y, en segundo lugar, debe disponer la forma mediante la cual se determinará cuándo una persona carece de recursos para defenderse y cuándo sí los posee.
El Gobierno se comprometió a enviar antes de fin de marzo el proyecto de ley que regulará la reforma constitucional. Ello no se cumplió. Sin embargo, el Ministro de Justicia nos ha informado que lo presentará en el transcurso de la presente semana, porque se encontraba afinando el costo de la iniciativa con el Ministerio de Hacienda.
Cabe señalar que se trata de un enorme avance en una de las áreas más sensibles en el país: permitir, en particular en el caso de las personas modestas, que se tenga derecho a una defensa al ser víctima de un delito grave y que se representen los intereses correspondientes. No es rol del fiscal ejercer esa función, quien actúa, como dije, sobre la base del principio de objetividad.
Además, en una democracia moderna es fundamental que ninguna persona que se vea sometida a un conflicto quede marginada de defender sus derechos a través de un representante legal -en este caso, un abogado-, porque, en la actualidad, si carece de recursos, queda en la más absoluta indefensión.
Por las razones expuestas, voto a favor de la idea de legislar y solicito a la Sala que se pronuncie en igual sentido.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.
El señor GÓMEZ .-
Señor Presidente, ahora voy a fundar mi voto. Quería reivindicar el derecho de los Senadores que presidimos las Comisiones a poder informar los proyectos que se someten a nuestro conocimiento.
Tal como lo manifestó el Honorable señor Espina , el proyecto obedece a un acuerdo político entre el Gobierno y los parlamentarios de la Concertación y de la Alianza, en términos de buscar la posibilidad de que las víctimas tengan defensa penal.
En ese sentido, la iniciativa nos parece correcta, desde el punto de vista de lo que significa para una persona que acude al Ministerio Público, organismo que posee todas las facultades del mundo para poder representarla, pero que en la práctica resguarda el interés público, no el del particular o querellante, en este caso.
Por lo tanto, es razonable que exista una instancia que represente a quienes son víctimas de delitos. En nuestra institucionalidad ya hay una para los imputados, que es la Defensoría Penal Pública.
En consecuencia, el proyecto presenta esa virtud, que me parece importante.
Sin embargo, leí el artículo de un abogado del Instituto Libertad y Desarrollo en el cual se señala que se debe poner especial cuidado en que la introducción de un nuevo participante en el proceso no signifique, en definitiva, más burocracia para el afectado. Se indica que ya hay graves problemas cuando el ofendido se acerca a un fiscal, porque este a veces lo atiende y a veces no; en algunas oportunidades le entrega información y en otras se la niega. Luego debe presentarse ante el juez. Y resulta que ahora tendría que recurrir a otra instancia más.
Por eso, hay que poner ojo, pues varios especialistas afirman que el agregar un abogado más no necesariamente agilizará el proceso. Estamos hablando de profesionales prestados por el Estado, no de profesionales particulares. Por tanto, no es que el abogado vaya a ir a la casa de la víctima, sino que esta tendrá que dirigirse a una tercera oficina pública para poder ser atendida. A eso me estoy refiriendo.
De ahí que debemos tener cuidado con lo que estamos haciendo. No obstante, como se trata de una reforma constitucional, muchos de los aspectos que aborda podrán ser mejorados en el proyecto de ley que más adelante se tendrá que presentar.
Sin duda, estamos ante una muy buena iniciativa, que, tal como lo hice en la Comisión, voy a apoyar, pues me parece indispensable que exista certeza de que quienes son objeto de delitos contarán también con alguien que los represente, haciendo la advertencia de que ojalá eso no se transforme en un tercer o cuarto lugar donde tengan que concurrir.
He dicho.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente, voy a votar favorablemente este proyecto, por cuanto entiendo que corrige una situación de cierto desequilibrio que quedó en la reforma procesal penal, en el sentido de que hoy los victimarios o presuntos victimarios disponen de asesoría o defensa pública, al contrario de lo que ocurre con los ofendidos. Y estoy de acuerdo con lo que se ha dicho aquí en términos de que el fiscal representa el interés público, que no necesariamente coincide con el de la persona agredida.
Por eso, me parece que la iniciativa viene a equilibrar una dimensión que no fue suficientemente discutida cuando tratamos el nuevo código de enjuiciamiento criminal. Y creo que ese relativo desequilibrio genera la idea -me ha tocado constatarlo bastante en mi Región- de que el Estado muestra particular celo por la defensa jurídica de quienes aparecen acusados de cometer delitos, pero carece del mismo celo respecto de quienes son víctimas de ellos.
Así que concurro con entusiasmo a aprobar esta reforma constitucional. Entiendo que después habrá que ver cómo se organiza este derecho de los ciudadanos, lo cual constituye un segundo aspecto, distinto del que nos ocupa hoy. Porque la forma en que se articule la defensoría pública de las víctimas es todo un capítulo que habrá que discutir en su momento. Sin embargo, creo que damos un paso importante al establecer constitucionalmente este derecho.
Voto a favor.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.
El señor BIANCHI .-
Señor Presidente, sin lugar a dudas, estamos ante un muy buen proyecto, absolutamente necesario, que voy a apoyar con decisión.
No obstante, quiero dejar de manifiesto otros hechos que ocurren en el día a día. Me refiero al caso de las personas que son víctimas de una agresión y que, producto de la gravedad de esta, terminan internadas en un hospital, lo cual les agrega un costo que el Estado no absorbe. No hay, como lo establece la Constitución, una garantía para que los ciudadanos transiten libremente por las calles. Quien es atacado en la vía pública muchas veces pierde el trabajo debido a una larga licencia producto de la gravedad de sus lesiones y, peor todavía, debe hacerse cargo de los costos de sus atenciones médicas.
Por eso, creo que el Estado debiera implementar un sistema -aprovecho la discusión de este proyecto para hacerlo presente- que proteja a las personas que han sido víctimas de un acto delictual. Tendría que haber una protección para que no fueran de su cargo los costos y gastos en que deben incurrir por concepto de atenciones médicas destinadas, muchas veces, a salvar sus propias vidas.
Señor Presidente, apoyo con mucho agrado este proyecto, porque tiene un muy buen propósito y porque soluciona, en parte, el problema de las víctimas.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente, nosotros vamos a respaldar esta reforma constitucional, que consideramos extremadamente importante.
Al respecto, consideramos justo hacer un reconocimiento al Gobierno y a los parlamentarios que participaron en la Comisión donde se gestó el Acuerdo en materia de Seguridad Ciudadana, porque acogieron en forma inmediata y con muy buena disposición esta reforma, así como el proyecto destinado a implementarla, que esperamos que pueda ingresar en los próximos días al Parlamento.
Sin embargo, quienes estamos más incorporados en el tema hemos visto que académicos muy versados que participaron en la creación del nuevo sistema procesal penal han levantado voces críticas con respecto a la incorporación de un sistema de defensoría de las víctimas, señalando que introduciría un elemento de incoherencia e inconsistencia y que no sería necesario, ya que para ello estaría el Ministerio Público. Pero, como muy bien lo explicaron varios señores Senadores -entre ellos, el Honorable señor Espina -, el Ministerio Público cumple una función más global, que recae en el interés de la sociedad más que en la defensa de las víctimas.
Además, hay un punto que deseo recalcar y que, a mi juicio, motiva fuertemente la necesidad de impulsar esta reforma. Y es que no se puede crear un sistema judicial -en este caso, un procedimiento penal- que discrimine en función de los recursos de las personas. En efecto, si la víctima de un delito dispone de los medios necesarios, recurrirá a la contratación de un abogado, a todo evento. No conozco a nadie que, teniendo recursos y habiendo sido víctima de un delito grave, se haya quedado confiada esperando la acción del fiscal.
Los abogados penalistas siguen existiendo y cada vez que alguien enfrenta un problema y tiene cómo pagarlos recurre a ellos. ¿Por qué? Porque sabe que va a disponer de una mejor opción de defender sus derechos ante los tribunales de justicia si, además de la acción del fiscal, cuenta con la asesoría de un abogado contratado para actuar dentro del proceso.
Desde esa perspectiva, no es justo ni es bueno para el esclarecimiento de la acción de la justicia que las víctimas que carecen de medios económicos se hallen privadas de cualquier asistencia del Estado para los efectos de poder defender sus derechos en igual o mejor posición que la de quienes tienen recursos.
Por lo tanto, creo que esta reforma presenta un profundo sentido social respecto de personas de escasos recursos que son víctimas de delitos -lamentablemente, son muchas en el país- y que, a diferencia de quienes sí poseen medios, en la actualidad no pueden contar con un abogado que les permita una mejor defensa de sus derechos.
Por eso, señor Presidente , concurrimos con nuestros votos favorables a la aprobación de esta iniciativa, esperando que el proyecto de ley que haga posible la implementación del sistema sea enviado lo más pronto posible.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente, este proyecto de reforma constitucional viene a llenar un vacío que existe en nuestro ordenamiento procesal, ya que, como bien se ha dicho aquí, no necesariamente los intereses perseguidos por el fiscal del Ministerio Público son coincidentes con los de la víctima. Muchas veces, más bien son complementarios.
Se trata de una reforma relevante, pues establece la obligación de otorgar defensa penal y asesoría jurídica a las personas naturales que han sido víctimas de delitos y que no poseen los medios económicos para contratar un abogado por sí mismas.
Aprovechando la presencia del señor Ministro Secretario General de la Presidencia -de quien, en definitiva, depende la agenda legislativa del Gobierno-, quiero consultar cuánto tiempo deberemos esperar para que se implemente el correspondiente proyecto de ley y, sobre todo, para que se contemplen fondos orientados a dar existencia a esta defensoría y asesoría jurídicas gratuitas.
Es muy importante que esta reforma constitucional no se quede en el espíritu ni en la letra, sino que se transforme en realidad. Y para ello necesitamos que el Ejecutivo disponga, mediante una iniciativa de ley, los recursos necesarios, porque, obviamente, su implementación requiere fondos públicos.
Por eso, señor Presidente, junto con votar a favor del proyecto, deseo, por su intermedio, formular estas consultas al Ministro señor Viera-Gallo.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, al parecer, la iniciativa tiene las bondades que aquí se han expuesto. Sin embargo, creo que contribuirá a alimentar la frondosidad burocrática de la justicia chilena, que ya alcanza un nivel muy preocupante.
Por otro lado, el consumo de recursos públicos que esta institución está llevando a cabo también es una materia que debe inquietarnos.
Con el desarrollo de los diversos proyectos concernientes al ámbito de la justicia, no sé hasta qué punto el país va a estar en condiciones de resistir presupuestariamente todo el nuevo desafío que tiene por delante.
En lo personal, me surge una duda acerca del rol de los fiscales. Aquí se ha dicho que cumplen una función distinta de la que ahora se atribuye al abogado defensor de las víctimas.
Considero que los delitos que afectan a las personas son materia de interés público. Por lo tanto, la actuación del fiscal, en los hechos, va en resguardo de las víctimas. Y aquello que investiga y pondera y las conclusiones a que arriba naturalmente deberían constituir una defensa de las afectadas.
Vistas así las cosas, la introducción de una nueva institución luce como algo que no resulta una necesidad imperiosa, de acuerdo al examen que acabo de hacer.
Yo siento que es un defecto del funcionamiento actual del sistema el que las víctimas estén quedando desprotegidas, porque la actuación del Ministerio Público tendría que ser, necesariamente, el resguardo que cumple satisfactoriamente con el anhelo de esas personas.
Esta es una iniciativa que de hecho ya cuenta con el amplio apoyo del Congreso Nacional, y, por lo tanto, habrá que ver si de verdad logra la finalidad que aquí se ha descrito. Pero, de todos modos, no puedo dejar de hacer patente mi inquietud en cuanto al volumen que, desde el punto de vista burocrático, está adquiriendo la justicia en nuestro país.
He dicho.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, las intervenciones de varios señores Senadores, entre ellas las de los Honorables señores Chadwick y Espina , me ahorran hacer comentarios más extensos.
Sin embargo, no he querido dejar de participar en el debate para subrayar la importancia de esta reforma constitucional. Ha sido un largo anhelo nuestro el que el sistema procesal penal, de reciente implementación, resuelva un problema que quedó en el vacío, referente a la situación de las víctimas.
Se subentendía -quizás todos lo percibimos así inicialmente- que el Ministerio Público -es decir, los fiscales- iba a tener, en la investigación de cualquier crimen o delito, especial preocupación por las víctimas, desde el punto de vista de su representación jurídica.
Los imputados disponen del servicio de la Defensoría Pública; por lo tanto, están cubiertos.
Sin embargo, los objetivos que persigue el fiscal público no son exactamente los mismos que los de la defensa jurídica de las víctimas. E incluso es posible que, por distintas razones, en algún momento sean divergentes.
En consecuencia, estamos ante una situación bastante injusta: el Estado le proporciona defensa al imputado, pero no al ofendido, cuestión que resulta bastante difícil de entender. Por eso, desde hace tiempo hemos venido planteando la necesidad de que las víctimas también tengan defensa.
Yo sé que esto genera inquietudes, desde el punto de vista teórico, respecto del modelo de justicia procesal penal, pero ellas no pueden ser superiores a la necesidad de dar la debida defensa a la víctima, más todavía si se considera lo que aquí se ha señalado en orden a que quien tiene recursos sí puede evitar ese problema y contratar un abogado que lo defienda. No obstante, la gente humilde que sufre las consecuencias de un delito, si el fiscal no hace suya la causa, simplemente queda en la indefensión, porque carece de medios para contratar un abogado.
En consecuencia, la reforma en debate, que hace explícita la conceptualización de la defensa jurídica contenida en el artículo 19 de la Carta, relativo a las garantías constitucionales, me parece que da un paso adelante al incorporar, en el capítulo correspondiente al Ministerio Público, la precisión indispensable sobre esta materia.
Por eso, señor Presidente , adherimos con mucho entusiasmo a la aprobación de este proyecto, que forma parte del acuerdo político que la Alianza por Chile suscribió con el Gobierno a iniciativa nuestra y que fue incorporado justamente porque reflejaba nuestra inquietud.
El Ejecutivo estaba muy interesado en sacar adelante el Ministerio de Seguridad Pública, donde -por así decirlo- hicimos la concesión de incorporarlo en la Cartera del Interior, aun cuando no respondía a nuestra idea, pues siempre hemos sido partidarios de crear un Ministerio separado que concentre todas esas tareas. Sin embargo, entendimos que era difícil hacerlo de esa manera y accedimos a lo que se nos proponía, teniendo en mente que este otro punto, aceptado por el Gobierno a raíz de la petición formulada por los Senadores y Diputados de la Alianza por Chile que participaron en la instancia pertinente, fuera recogido en la forma en que hoy empieza a materializarse.
Este es el primer paso para lograr que en Chile las víctimas tengan defensoría jurídica, independiente de su condición económica.
Esperamos que la legislación que la implemente se presente a la brevedad. En el día de ayer hablé con el señor Ministro de Justicia y me confirmó su voluntad de enviar cuanto antes el proyecto que hará realidad esta reforma constitucional.
Respaldamos con mucho entusiasmo esta primera etapa, y agradecemos el apoyo que el Gobierno ha prestado a nuestra propuesta, que ha sido muy anhelada desde hace mucho tiempo.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Cantero.
El señor CANTERO.-
Señor Presidente, se ha hablado de frondosidad burocrática y de ingentes recursos destinados a esta situación. Pero las cosas son lo que son y no lo que uno quiere o quisiera que sean. Lo cierto es que las víctimas están en la indefensión y quienes cometen los delitos tienen todo tipo de facilidades para su defensa en el sistema judicial. Y eso es una aberración.
Digamos las cosas por su nombre: este problema se generó no por obra y gracia del Espíritu Santo o de la Divina Providencia , sino por errores legislativos del Parlamento y por el impropio y, en mi opinión, poco acucioso trabajo del Ejecutivo en la materia.
Lo concreto es que la víctima de un delito se enfrenta a dos situaciones. Por una parte, el Estado entrega asesoría legal y defensoría penal al delincuente, al imputado, lo cual constituye ya un gran problema y una asimetría odiosa e injusta. Y, por otra -esto resulta tan grave como lo anterior o peor, según las circunstancias observadas en la realidad-, el ciudadano o la ciudadana víctima debe sufrir el comportamiento de un sistema formalista. Y los jueces han caído en el absurdo de exacerbar tal conducta. Recordemos el caso del individuo al que pillaron asaltando un banco, pero que, por no portar carné de identidad, soltaron en el acto.
Reitero: la ciudadanía ha debido tolerar, por un lado, aquella tremenda injusticia, asimetría, error u omisión en el trabajo legislativo de los colegisladores (tanto del Ejecutivo como del Parlamento) y, por el otro, una tendencia sobre la cual vale la pena llamar la atención de la población: un sistema con un extremado formalismo, tanto que cae en el absurdo, en el ridículo y -en realidad- en la estupidez. Porque, en el ejemplo anterior, pocas horas después el juez ordenó la detención del asaltante de bancos, a quien todavía andan buscando.
En consecuencia, me parece de toda justicia que reparemos esta omisión, este error, y entreguemos a las víctimas de los delitos, si lo requieren, la posibilidad de que el Estado les garantice defensa y asesoría jurídica, a fin de que puedan enfrentar los procesos judiciales.
Yo celebro esta iniciativa, porque la considero muy positiva.
Voto a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente, resulta del todo satisfactorio constatar que se interpretan cabalmente las inquietudes y los requerimientos de las personas, particularmente de las más modestas, cuando se busca establecer un parámetro para que la gente sienta que de verdad se hace justicia.
Cada vez que nos encontramos con situaciones delicadas, producto de delitos violentos, las personas -en especial, en televisión- se desahogan y reclaman justicia. Yo no sé si es un hecho recurrente, pero la madre de un hijo asesinado suele decir: "Lo único que quiero es justicia". Todos andan detrás de ese espíritu de justicia tan humano.
Sin embargo, cuando las víctimas no tienen los recursos económicos para impetrar un proceso como corresponde, naturalmente se produce no solo un desasosiego y una perturbación respecto de lo que debe entenderse por justicia, sino una suerte de resistencia a aceptar que la hay para unos y no para otros.
Creemos que con este proyecto se restablecen situaciones fundamentales para el ser humano.
Además, se plantea acotar esta idea a dos requisitos, a mi juicio, muy importantes: en primer lugar, que las víctimas no estén en condiciones de contratar directamente a un defensor -esto resulta primordial-, porque justamente se trata de proveer a aquellas de los medios de defensa necesarios; y, en segundo término, que los delitos involucrados tengan un carácter violento, entre los cuales se identifican a modo de ejemplo el homicidio, el parricidio, el secuestro, la sustracción de menores, los delitos sexuales, el robo con violencia e intimidación y las lesiones graves, comunes o proferidas en el contexto de una situación de violencia intrafamiliar.
Estimo correcto que acotemos esta situación, pues no cabe la menor duda de que sería imposible satisfacer los requerimientos ciudadanos si quedara abierto el beneficio a cualquier tipo de delito.
Por eso, señor Presidente, quienes suscribimos la iniciativa de reforma constitucional agradecemos la acogida que el Senado le está dando.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Por unanimidad, se aprueba el proyecto en general, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que votaron favorablemente 29 señores Senadores.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Allamand, Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Escalona, Espina, Frei, García, Gazmuri, Girardi, Gómez, Horvath, Larraín, Longueira, Muñoz Aburto, Naranjo, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Romero y Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Ministro señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , agradezco la votación del proyecto que, al igual que la iniciativa anterior, también interesa al Gobierno.
Y aprovecho de responder al Senador señor García , quien hizo una consulta respecto de cuándo el Gobierno enviaría la iniciativa que implemente esta reforma. Pues bien, esperamos hacerlo en los próximos ocho días.
Esa es nuestra voluntad. Confiamos en obtener los recursos necesarios para concretar tal propósito.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
El Honorable señor Espina propone como plazo para formular indicaciones el día 7 de abril, a las 12 horas.
¿Habría acuerdo?
--Se acuerda.
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