REPÚBLICA DE CHILE CÁMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA 356ª Sesión 72ª, en jueves 4 de septiembre de 2008 (Ordinaria, de 10.36 a 13.49 horas) Presidencia de los señores Encina Moriamez, don Francisco, y Ulloa Aguillón, don Jorge. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián. ÍNDICE I.ASISTENCIA II.APERTURA DE LA SESIÓN III.ACTAS IV.CUENTA V.ORDEN DEL DÍA VI.PROYECTOS DE ACUERDO VII.INCIDENTES VIII.DOCUMENTOS DE LA CUENTA IX.OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA ÍNDICE GENERAL Pág. I.Asistencia9 II.Apertura de la sesión13 III.Actas13 IV.Cuenta13 Archivo de proyectos13 Remisión de proyectos a comisión.13 V.Orden del Día. Protocolo adicional a los convenios de Ginebra, relativo a un distintivo adicional para la cruz roja internacional. Primer trámite constitucional13 Facultades a profesionales de colaboración médica. Primer trámite constitucional17 VI.Proyectos de acuerdo. Bono para vocales de mesa. (Preferencia)38 Habilitación de unidades especializadas en atención de adultos mayores en servicios hospitalarios. (Votación)39 Asignatura de formación ciudadana y educación cívica40 Devolución de impuestos por compra de combustible a transportistas escolares. (Votación pendiente)41 VII.Incidentes. Videolaparascopía para hospital Doctor Abraham Godoy Peña, de Lautaro. Oficios42 Reiteración de oficio a Ministerio de Agricultura sobre creación de banco ganadero en el sur. Oficio43 Alcances sobre propuesta de utilización de recursos del royalty minero44 Facilidad en el otorgamiento de poder para el cobro de pensiones de adultos mayores. Oficios45 Preocupación por futuro de acuífero Culebrón, comuna de Coquimbo. Oficios45 Extensión de red de energía eléctrica a Chacarillas, comuna de Cartagena46 Réplica a expresiones de diputada sobre utilización de recursos del royalty minero46 Antecedentes sobre destino de inmueble de la comuna de San Joaquín. Oficio47 Antecedentes sobre instalación de recintos de la Zona Franca de Iquique en Alto Hospicio. Oficios48 Homenaje al profesor Manfred MaxNeef. Oficios49 Pág. Pronunciamiento de la Contraloría General de la República sobre transferencia de concesión de aguas servidas en Copiapó. Oficios50 Alcances sobre la relatoría de personas privadas de libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Oficios51 Otorgamiento de facultades a empresa Metro S.A. para desarrollar servicio de transporte de superficie. Oficio52 VIII.Documentos de la Cuenta. Mensajes de S. E. la Presidenta de la República por los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos: 1.“Refuerza los estímulos al desempeño del personal de la Corporación Nacional Forestal”. (boletín N° 606805)54 2.“Introduce estímulos para fomentar el crecimiento y el desarrollo económico”. (boletín N° 606905)60 3.Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “introduce estímulos para fomentar el crecimiento y el desarrollo económico”. (boletín N° 606905)65 4.Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia “simple”, para el despacho del proyecto que “refuerza los estímulos al desempeño del personal de la Corporación Nacional Forestal”. (boletín N° 606805)66 5.Primer informe de la Comisión de Defensa Nacional recaído en el proyecto que “sanciona el maltrato de palabra a Carabineros de Chile”. (boletín N° 596902)66 6.Moción de las diputadas señoras Nogueira, doña Claudia; Cristi, doña María Angélica; Isasi, doña Marta; Turres, doña Marisol, y de los diputados señores Correa, Kast, Lobos, Paya, Urrutia y Ward, que “modifica la ley General de Urbanismo y Construcción con el objeto de que en la publicidad de venta de bienes raíces se especifique el metraje correspondiente a terrazas, bodegas y estacionamientos”. (boletín N° 605614)72 7.Moción de las diputadas señoras Isasi, doña Marta; Cristi, doña María Angélica; Cubillos, doña Marcela; Nogueira, doña Claudia; Turres, doña Marisol, y de los diputados señores Alvarado, Arenas, Barros, Masferrer y Rojas, que “crea acción popular para los casos de violencia intrafamiliar, con competencia en juzgados de familia”. (boletín N° 605718)73 8.Moción de las diputadas señoras Nogueira, doña Claudia; Cristi, doña María Angélica; Isasi, doña Marta; Turres, doña Marisol, y de los diputados señores Barros, Bauer, Forni, Hernández, Urrutia y Von Mühlenbrock, que “incorpora nuevos requisitos para la adopción de menores en el país, intercalando un nuevo párrafo al inciso primero del artículo 20 de la ley N° 19.620, sobre adopción de menores”. (boletín N° 605818)74 Pág. 9.Moción de los diputados señores Uriarte, GarcíaHuidobro, Hernández, Kast, Moreira, Norambuena, Paya, Recondo, Urrutia y Ward, que “incorpora un nuevo inciso final al artículo 150, de la ley N° 18.290, de Tránsito”. (boletín N° 605915)75 10.Moción de los diputados señores Hernández, Álvarez, Arenas, Bobadilla, Estay, Moreira, Urrutia, Von Mühlenbrock, Ward, y de la diputada señora Isasi, doña Marta, “sobre transparencia y mejor atención de las oficinas de información, reclamos y sugerencias de las reparticiones públicas”. (boletín Nº 606006)76 11.Moción de los diputados señores Alvarado, Álvarez, Bobadilla, Kast, Salaberry, Urrutia, Ward, y de las diputadas señoras Cubillos, doña Marcela; Nogueira, doña Claudia, y Turres, doña Marisol, que “regula modificaciones en remuneraciones de parlamentarios durante el periodo en que ejercen como tales”. (boletín N° 606107)77 12.Moción de los diputados señores Espinosa, don Marcos; Araya, Delmastro, De Urresti, Espinoza, don Fidel; Girardi, Sabag y Sule, que “establece como feriado regional en la Región de Antofagasta, el día 8 de septiembre de cada año, con motivo de la Fiesta Religiosa de nuestra señora Guadalupe de Ayquina”. (boletín N° 606406)78 13.Moción de los diputados señores Accorsi, Aguiló, Duarte, GarcíaHuidobro, Jaramillo, Montes, Quintana, Robles, Valenzuela, y de la diputada señora Tohá, doña Carolina, que “modifica la ley N° 18.290, de tránsito, estableciendo que el uso del cinturón de seguridad es obligatorio para todos los pasajeros que realicen viajes interurbanos”. (boletín N° 606515)80 14.Moción de los diputados señores Paredes, Díaz, don Marcelo; Espinoza, don Fidel; Latorre, Montes, Saffirio, Schilling, Sunico, y de la diputada señora Tohá, doña Carolina, que “establece obligatoriedad de informar el precio total del producto o servicio, incorporando el impuesto al valor agregado”. (boletín N° 607003)81 15.Moción de los diputados señores Lobos, Alvarado, Arenas, Bobadilla, Hernández, Norambuena, Paya, Ulloa, Von Mühlenbrock, y de la diputada señora Nogueira, doña Claudia, que “modifica la ley de tránsito para los efectos hacer obligatorio el cinturón de seguridad en buses interurbanos o interprovinciales y, además, la exigencia de un número mínimo de sillas de seguridad para menores de 3 años”. (boletín N° 607115)82 IX.Otros documentos de la Cuenta. 1.- Comunicaciones: Del alcalde de la Municipalidad de Carahue quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la ley N° 20.088, informa acerca de contrato de arrendamiento realizado por dicha Corporación Edilicia. Del diputado señor Enríquez-Ominami por la cual informa que retira su patrocinio del proyecto que “traslada festividad de la Virgen del Carmen”. boletín N° 6023-06. Del Jefe de Bancada de diputados Socialistas por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 214 del Reglamento de la Corporación, el diputado señor Schilling reemplazará, en forma permanente al diputado señor Encina, en la Comisión de Minería y Energía. 2.- Oficios: De la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social en el cual solicita el acuerdo de la Sala para remitir al archivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 del reglamento de la Corporación, los siguientes proyectos iniciados en moción: “Prohíbe la contratación de parientes en los órganos del Estado y crea la inhabilidad que indica” (boletín N° 3061-06), “Introduce sanciones a la transgresión del límite al gasto electoral” (boletín N° 3476-06); “Faculta a las municipalidades para autorizar el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad pública” (boletín N° 3848-06); “Cambia la denominación del Aeropuerto la Florida de la Cuarta Región, por Aeropuerto Gabriel Mistral” (boletín N° 3853-06); “Impide ser candidato a dirigente vecinal a personas que indica” (boletín N° 3856-06); “Obliga a organizadores de espectáculos públicos que tengan fin de lucro a pagar la seguridad” (boletín N° 3857-06); “Regula los parques de entretención y establece responsabilidad por los defectos y negligencias en su operación” (boletín N° 3877-06); “Establece como feriado local el día 21 de junio en beneficio de la comunidad aymara” (boletín N° 3901-06), “Establece el 24 de junio, Día de los Pueblos Originarios, como feriado legal” (boletín N° 3941-06); “Modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para corregir el sistema de elección binominal de diputados y senadores” (boletín N° 3976-06); “Prohíbe los pactos de partidos políticos” (boletín N° 4014-06); “Modifica la forma de elegir alcalde en caso de vacancia en el cargo” (boletín N° 4023-06); “Establece una inhabilitación perpetua al cargo de alcalde cuando éste haya sido sancionado por conductas que contravienen la ley de probidad” (boletín N° 4038-06); “Modifica el artículo 174 de la Ley orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, con el objeto de adelantar la fecha de las elecciones presidenciales” (boletín N° 4075-06); “Modifica el artículo 56 de la ley de Bases de la Administración del Estado, para crear una nueva incompatibilidad a los ministros, subsecretarios y jefes de servicio para desempeñarse en el sector privado” (boletín N° 4076-06); “Aumenta facultades de la Contraloría General de la República en relación a las municipalidades2 (boletín N° 4099-06), “Establece normas para facilitar a los concejos comunales el conocimiento de delitos descubiertos por la Contraloría General de la República” (boletín N° 4100-06), “Sanciona la utilización de beneficios financiados con recursos públicos en campañas electorales”. (boletín N° 4112-06), “Limita la reelección de los alcaldes y concejales”. (boletín N° 4116-06), “Distribuye votos en blanco en forma proporcional entre los candidatos”. (boletín N° 4119-06); “Establece obligatoriedad de señalar el significado de las siglas”. (boletín N° 4130-06); Obliga a vehículos que indica a usar logo identificatorio”. (boletín N° 4144-06), “Declara feriado para la comuna de Maipú el día 5 de abril de cada año”. (boletín N° 4198-06), “Interpreta el artículo 4° letra c) de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, para precisar el alcance de la expresión “Asistencia Jurídica”. (boletín N° 4251-06); “Modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, con el objeto de facilitar la votación de personas de edad avanzada, minusválidas o impedidas”. (boletín N° 4282-06); “Establece las bases generales para la autorización y fiscalización de casinos de juego”. (boletín N° 4293-06) “Modifica la ley orgánica de municipalidades, estableciendo el referendo revocatorio”. (boletín N° 4331-06) “Obliga a los alcaldes a atender público”. (boletín N° 4334-06) “Modifica la ley de Votaciones Populares y Escrutinios, estableciendo mayor participación de los independientes en las elecciones”. (boletín N° 4340-06); “Modifica la ley N° 19.088, de cotejo de documentos, incorporando a los funcionarios de transporte y tránsito público”. (boletín N° 4345-06) “Modifica la ley N° 19.995, que establece las bases generales para la autorización y fiscalización de casinos de juego, autorizando la instalación y operación de máquinas de azar en los hipódromos”. (boletín N° 4358-06) “Establece como contravención a la probidad administrativa la participación de autoridades y funcionarios públicos en actividades de propaganda electoral”. (boletín N° 4376-06) “Modifica el artículo 75 de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, con el objeto de ampliar las inhabilidades que afectan al cargo de concejal” (boletín N° 4384-06); “Autoriza excusas para cumplir con la carga pública de ser vocal de mesa a los periodistas que deban trabajar en días de elecciones”. (boletín N° 4416-06), “Declara el día 19 de septiembre como feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores de centros comerciales” (boletín N° 4445-06), y “Modifica la ley N° 19.418, incluyendo como organización comunitaria a las juntas de vecinos infantiles” (boletín N° 4449-06). Contraloría General de la República: Diputada Cristi, demanda de la “píldora del día después” durante 2007. Diputado Lorenzini, inversiones y gastos realizados el año 2002 por el Banco Interamericano de Desarrollo. Ministerio de Defensa Nacional: Diputado Monckeberg don Cristián, pago de factura por parte de la Fundación Desarrollo y Democracia por viaje a la Antártica chilena. Diputado De Urresti, licencia médica por incapacidad de ex conscripto que indica. Ministerio de Agricultura: Diputado Jaramillo, creación de Banco Ganadero del Sur para las Regiones X, XI y XIV. Diputada Sepúlveda doña Alejandra, carpeta de cambio de suelo del sector Cuesta Lo González. Diputado Pérez, recursos para los pequeños agricultores de las comunas declaradas zonas de emergencia. Ministerio del Trabajo y Previsión Social: Diputado Díaz don Eduardo, cobro de comisiones por las AFP. Diputada Valcarce, entrega de certificado de imposiciones solicitada por señora que indica. Ministerio Secretaría General de la Presidencia: Diputado Martínez, personas que se desempeñaron en programas del Pem y del Pohj. Diputado Galilea, política de pago de los servicios públicos a los proveedores. Comisión Nacional del Medio Ambiente: Diputado Vallespín, estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Mini Central Hidroeléctrica de Pasada Palmar-Correntoso”. Subsecretaría de Carabineros de Chile: Diputada Rubilar, reforzamiento de labores de seguridad aplicadas en sector oriente de Santiago. I. ASISTENCIA Asistieron los siguientes señores diputados: NOMBRE -Accorsi Opazo, Enrique -Aedo Ormeño, René -Álvarez Zenteno, Rodrigo -Araya Guerrero, Pedro -Arenas Hödar, Gonzalo -Ascencio Mansilla, Gabriel -Barros Montero, Ramón -Bauer Jouanne, Eugenio -Becker Alvear, Germán -Bertolino Rendic, Mario -Bobadilla Muñoz, Sergio -Burgos Varela, Jorge -Schilling Rodríguez, Marcelo -Cardemil Herrera, Alberto -Ceroni Fuentes, Guillermo -Correa De la Cerda, Sergio -Cristi Marfil, María Angélica -Cubillos Sigall, Marcela -Chahuán Chahuán, Francisco -De Urresti Longton, Alfonso -Delmastro Naso, Roberto -Díaz Del Río, Eduardo -Díaz Díaz, Marcelo -Dittborn Cordua, Julio -Duarte Leiva, Gonzalo -Egaña Respaldiza, Andrés -Eluchans Urenda, Edmundo -Encina Moriamez, Francisco -EnríquezOminami Gumucio, Marco -Errázuriz Eguiguren, Maximiano -Espinosa Monardes, Marcos -Espinoza Sandoval, Fidel -Estay Peñaloza, Enrique -Forni Lobos, Marcelo -Fuentealba Vildósola, Renán -Galilea Carrillo, Pablo -García García, René Manuel -GarcíaHuidobro Sanfuentes, Alejandro -Girardi Briere, Guido -Godoy Ibáñez, Joaquín -Goic Boroevic, Carolina -González Torres, Rodrigo -Hales Dib, Patricio -Hernández Hernández, Javier -Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge -Isasi Barbieri, Marta -Jaramillo Becker, Enrique -Jarpa Wevar, Carlos Abel -Jiménez Fuentes, Tucapel -Kast Rist, José Antonio -Leal Labrín, Antonio -Lobos Krause, Juan -Lorenzini Basso, Pablo -Masferrer Pellizzari, Juan -Meza Moncada, Fernando -Monckeberg Bruner, Cristián -Monckeberg Díaz, Nicolás -Montes Cisternas, Carlos -Muñoz D'Albora, Adriana -Norambuena Farías, Iván -Núñez Lozano, Marco Antonio -Ojeda Uribe, Sergio -Olivares Zepeda, Carlos -Ortiz Novoa, José Miguel -Pacheco Rivas, Clemira -Paredes Fierro, Iván -Pascal Allende, Denise -Paya Mira, Darío -Pérez Arriagada, José -Quintana Leal, Jaime -Robles Pantoja, Alberto -Rojas Molina, Manuel -Rossi Ciocca, Fulvio -Saa Díaz, María Antonieta -Sabag Villalobos, Jorge -Saffirio Suárez, Eduardo -Salaberry Soto, Felipe -Sepúlveda Hermosilla, Roberto -Sepúlveda Orbenes, Alejandra -Silber Romo, Gabriel -Sunico Galdames, Raúl -Tarud Daccarett, Jorge -Tuma Zedan, Eugenio -Turres Figueroa, Marisol -Ulloa Aguillón, Jorge -Uriarte Herrera, Gonzalo -Valcarce Becerra, Ximena -Valenzuela Van Treek, Esteban -Vallespín López, Patricio -Vargas Lyng, Alfonso -Venegas Cárdenas, Mario -Venegas Rubio, Samuel -Vidal Lázaro, Ximena -Von Mühlenbrock Zamora, Gastón -Walker Prieto, Patricio -Ward Edwards, Felipe II. APERTURA DE LA SESIÓN Se abrió la sesión a las 10.36 horas. El señor ENCINA (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTAS El señor ENCINA (Presidente).- El acta de la sesión 67ª se declara aprobada. El acta de la sesión 68ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados. IV. CUENTA El señor ENCINA (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a la Cuenta. ARCHIVO DE PROYECTOS. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Respecto del punto 7 de la cuenta sobre archivo de proyecto, algunos señores diputados han solicitado excluir de la petición los proyectos indicados con las siguientes letras: b), que introduce sanciones a la transgresión del límite al gasto electoral; c), que faculta a las municipalidades para autorizar el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad pública, y f), que obliga a organizadores de espectáculos públicos que tengan fin de lucro a pagar la seguridad. Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de archivo de proyectos, con excepción de las iniciativas anteriormente mencionadas. ¿Habría acuerdo? Acordado. REMISIÓN DE PROYECTOS A COMISIÓN. El señor MONCKEBERG (don Cristián).- Señor Presidente, pido la palabra. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra su señoría. El señor MONCKEBERG (don Cristián).- Señor Presidente, pido que los proyectos que figuran en las letras c) y f) sean remitidos a la Comisión de Seguridad Ciudadana, que ahora es permanente, por tratarse de temas de seguridad. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a la petición del señor diputado. ¿Habría acuerdo? Acordado. V. ORDEN DEL DÍA PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA, RELATIVO A UN DISTINTIVO ADICIONAL PARA LA CRUZ ROJA INTERNACIONAL. Primer trámite constitucional. El señor ENCINA (Presidente).- Corresponde ocuparse del proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, aprobatorio del Protocolo Adicional del Convenio de Ginebra, de 12 de agosto de 1949, relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional para la Cruz Roja Internacional. Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Juan Masferrer. Antecedentes: Mensaje, boletín Nº 598510, sesión 54ª, en 29 de julio de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 2. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, sesión 65ª, en 19 de agosto de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 7. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor MASFERRER.- Señor Presidente, en representación de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, informo el proyecto de acuerdo aprobatorio del Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra, relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional para la Cruz Roja Internacional. El Consejo Federal Suizo, en su calidad de depositario de los Convenios de Ginebra de Derecho Humanitario de 1949 y sus protocolos adicionales de 1977, convocó a una conferencia diplomática entre las altas partes contratantes, porque consideró necesario adoptar un signo distintivo adicional a los actuales emblemas de la Cruz Roja, conformado por un marco rojo cuadrado sobre un fondo blanco, al cual se le conoce usualmente como el “diamante rojo”, el cual no sustituye a la cruz roja ni a la media luna roja, sino que es una alternativa a los anteriores. Los Convenios de Ginebra, de 1949, fueron aprobados por Chile por decreto supremo Nº 752, de 1951, y los Protocolos adicionales mediante decreto supremo Nº 752, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de 28 de octubre de 1991. En Europa, en la primera mitad del siglo XIX, cada ejército identificaba a sus servicios sanitarios en los campos de batalla con una bandera de color diferente. A veces estos emblemas variaban de un cuerpo de tropa a otro, lo cual dificultaba su identificación y solían ser atacados. Tal situación hacía imposible, además, recoger a los heridos antes de que finalizara el combate, lo que provocaba que los heridos quedaran hacinados sobre carreteras o sobre la paja de los furgones, en condiciones que hacían más penosa la sobrevivencia de los mutilados e inválidos de guerra. Para resolver este dramático problema, el Consejo Federal de la Confederación Suiza convocó a una Conferencia Diplomática en la que se aprobó el Convenio de Ginebra, del 22 de agosto de 1864, que estableció el símbolo de la cruz roja sobre fondo blanco como señal de la inviolabilidad de los servicios sanitarios, de las ambulancias y del personal enfermero voluntario. Posteriormente, en la Conferencia Diplomática de 1929, se aceptó reconocer el emblema de la media luna roja, utilizado por Turquía y por Egipto, así como el del león y el sol rojos, utilizado por Persia, también adoptado por Irán, a partir de 1948. Este Protocolo consta de un preámbulo y 17 artículos que regulan el uso del nuevo signo distintivo de la Cruz Roja, más un anexo, que reproduce su figura y forma de utilización. En el preámbulo, las partes contratantes reafirman que podrán continuar con el uso de los emblemas que han adoptado y se establece que los signos distintivos no tienen connotación alguna de índole religiosa, étnica, racial, regional o política. No obstante, reconocen las dificultades que pueden tener ciertos estados y sociedades nacionales con el uso de los signos distintivos existentes. Asimismo, las altas partes contratantes se comprometen a respetar y hacer respetar el protocolo en trámite en todas las circunstancias y en las mismas situaciones previstas en los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales referentes a los signos distintivos. Se reconoce como nuevo signo distintivo el que estará conformado por un marco rojo cuadrado sobre fondo blanco, colocado sobre uno de sus vértices, denominado “Emblema del Tercer Protocolo” y conocido usualmente como el “diamante rojo”. El uso del nuevo símbolo podrá hacerse también incorporando al mismo uno de los signos distintivos reconocidos en los Convenios de Ginebra o una combinación de ellos, en conformidad al Anexo del Protocolo, o utilizando uno de los emblemas anteriores que una alta parte haya empleado y que haya comunicado a las otras altas partes contratantes y al Comité Internacional de la Cruz Roja (Cicr). Del mismo modo, se autoriza al Comité Internacional de la Cruz Roja y a la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja a emplear, en circunstancias excepcionales y para facilitar su labor, el signo distintivo que se establece en este Protocolo. Los servicios sanitarios y el personal religioso que participan en operaciones auspiciadas por la Organización de Naciones Unidas podrán emplear, con el consentimiento de los estados participantes, el nuevo signo como alguno de los ya existentes. Las normas ya existentes que rigen la prevención y la represión de los empleos abusivos de los signos distintivos se aplicarán de manera idéntica al nuevo emblema. Las altas partes contratantes se comprometen a difundir lo más ampliamente posible en sus respectivos países las disposiciones del presente Protocolo, el que, además, queda abierto a la firma de las partes en los Convenios de Ginebra y seguirá estándolo durante un período de doce meses. Queda abierto también a la adhesión de toda parte en los Convenios de Ginebra no signataria de este Protocolo. El Protocolo consta de un Anexo, compuesto, a su vez, por dos artículos: en el primero consta de una figura que representa el signo distintivo. El segundo describe el uso indicativo de dicho emblema. Vistos los antecedentes expuestos, en especial los fines humanitarios de este Protocolo, la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, por la unanimidad de sus miembros, recomienda a la Sala la aprobación del artículo único del proyecto de acuerdo, en los mismos términos en que lo propone el mensaje. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- En discusión. Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda. El señor OJEDA.- Señor Presidente, aparentemente este proyecto de acuerdo que propone la aprobación de un signo distintivo adicional para la Cruz Roja, es muy simple y no debería dársele mayor importancia. Sin embargo, no es así. Por eso, le doy la bienvenida al “diamante rojo”, como se conoce el emblema del Tercer Protocolo, que se viene a sumar a los otros signos distintivos establecidos por los Convenios de Ginebra de Derecho Humanitario de 1949 y sus Protocolos Adicionales de 1977, como una salvaguardia para las personas o víctimas, en caso de conflictos internacionales, situaciones difíciles o de desastre. El uso de este signo distintivo, que se introduce como alternativa, porque no suprime los anteriores, se adiciona al de la cruz roja conocido a nivel mundial, al de la media luna roja, utilizado por Turquía y Egipto, y al del león y sol rojos, usado por Persia y, luego, por Irán. La Cruz Roja Internacional fue creada por el filántropo Henri Dunant, el 8 de mayo de 1863, como consecuencia de los horrores de Solferino. En Chile, fue fundada por Vittorio Cuccuini Nannelli, el 18 de diciembre de 1903, en Punta Arenas. Dije que el proyecto no es tan simple, porque grafica el interés de todos los Estados por adoptar las medidas e instrumentos necesarios con el objeto de proteger, ayudar y socorrer a las personas que a veces, inocente e involuntariamente, son víctimas de los horrores de la guerra. ¡Ojalá se adopten tantos signos distintivos como conflictos se desaten en el mundo, de cuyas terribles consecuencias tomamos conocimiento a través de la prensa! Hago presente que la Cámara de Diputados discutió y aprobó los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra de Derecho Humanitario de 1949 que, con posterioridad, fueron publicados como ley en el Diario Oficial de 26 de octubre de 1991. De ahí la importancia de aprobar esta iniciativa. Por otra parte, deseo plantear una inquietud que también se trató durante el debate. ¿Qué hacer para evitar que estos signos distintivos sean utilizados en otros fines? ¿Cómo impedir su uso indiscriminado? Se sabe que han sido utilizados para objetivos distintos a los establecidos en sus orígenes. Por ejemplo, isapres y servicios higiénicos los han usado como signo de prevención. Al respecto, presentamos una moción, que se convirtió en la ley Nº 19.511, que modificó la ley Nº 6.371, de 1939, que protege el emblema de la Cruz Roja, para sancionar con multa de una a diez unidades tributarias mensuales el uso indebido de los signos de esa institución. Llamo a aprobar este proyecto de acuerdo, que implica la introducción de un nuevo signo distintivo para ser utilizado por la Cruz Roja en tiempos de guerra, de conflictos internacionales o cuando lo estime conveniente. Es menester tomar los resguardos necesarios, al igual como se ha actuado respecto de los demás signos distintivos. En caso contrario, el diamante rojo no tendrá el uso exclusivo que debe dársele, tal como está concebido en esta iniciativa, para el cumplimiento de su finalidad. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. El señor ASCENCIO.- Señor Presidente, de acuerdo con el Reglamento, solicito que se vote de inmediato este proyecto de acuerdo. El señor ENCINA (Presidente).- En votación el proyecto de acuerdo. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor ENCINA (Presidente).- Aprobado. Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Schilling Rodríguez Marcelo; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; EnríquezOminami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Espinosa Monardes Marcos; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Masferrer Pellizzari Juan; Meza Moncada Fernando; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Rojas Molina Manuel; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tuma Zedan Eugenio; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Ward Edwards Felipe. El señor ENCINA (Presidente).- Despachado el proyecto. FACULTADES A PROFESIONALES DE COLABORACIÓN MÉDICA. Primer trámite constitucional. El señor ENCINA (Presidente).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica el Código Sanitario con el objeto de permitir la existencia de la profesión de optómetra. Diputado informante de la Comisión de Salud es el señor Roberto Sepúlveda. Antecedentes: Moción, boletín Nº 568411, sesión 122ª, en 2 de enero de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 22. Primer informe de la Comisión de Salud, sesión 60ª, en 12 de agosto de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 15. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor SEPÚLVEDA (don Roberto).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Salud paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley referido, iniciado en moción, de las diputadas María Angélica Cristi, Karla Rubilar y Ximena Valcarce, y de los diputados Juan Lobos, Jaime Mulet, Marco Antonio Núñez, Carlos Olivares, Fulvio Rossi y Roberto Sepúlveda. Con posterioridad a la aprobación de la idea de legislar sobre el proyecto de ley, los diputados Lobos, Girardi, Núñez, Robles, Rossi y Sepúlveda presentaron una indicación sustitutiva de la moción original. La Comisión de Salud acordó, por unanimidad, efectuar la discusión particular de este proyecto de ley sobre la base de dicha indicación sustitutiva. Constancias reglamentarias. 1. La idea matriz o fundamental del proyecto es introducir modificaciones en el Código Sanitario, con la finalidad de permitir que profesionales del área de la salud, distintos de los médicos oftalmólogos, queden facultados para efectuar ciertos procedimientos o actividades vinculados con la salud visual. 2. El proyecto no incluye normas de carácter orgánico constitucional. 3. Tampoco contiene normas que requieran trámite de Hacienda. 4. El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los diputados presentes, señores Lobos (Presidente), Girardi, Monsalve, Núñez, Olivares, Robles, Rossi, Rubilar y Sepúlveda. Durante el análisis de esta iniciativa legal la Comisión contó con la colaboración de la ministra de Salud, señora María Soledad Barría Iroume; del jefe del Departamento Jurídico de ese Ministerio, Sebastián Pavlovic Jeldres, y del abogado Eduardo Díaz. Asimismo, se contó con la participación del rector (S) de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, señor Claudio Elórtegui Raffo, quien concurrió acompañado del académico de la Carrera de Óptica de esa casa de estudios, señor Carlos Wörner Olavarría; del presidente de la Sociedad Chilena de Oftalmología, señor Sergio Morales Estupiñán; del presidente del Colegio Nacional de Ópticos de Chile, señor Max Schilling Ferrari; de la presidenta del Colegio de Tecnólogos Médicos, señora Rosa Oyarce Suazo; del presidente de la Sociedad Científica Chilena de Tecnología Médica oftalmológica, señor Ricardo Maragaño Medalla, y del decano de la Facultad de Optometría de la Universidad La Salle, de Colombia, señor Jairo García. I. Antecedentes. Fundamentos del proyecto contenidos en la moción. La moción, tras destacar la importancia de la salud como derecho fundamental del ser humano, hace hincapié en la necesidad de formar recursos humanos en función de las constantes y crecientes demandas y en concordancia con la prevalencia de problemas y situaciones que afectan la salud con orientación clara al rol preventivo, de modo que existan profesionales y especialistas, como es el caso de los optómetras, que con sólida formación, organicen e integren soluciones. Se señala que el ejercicio profesional de la optometría constituye una respuesta eficiente y probada en el área de la salud pública primaria, orientada al cuidado de la salud visual y enfocada a la resolución oportuna de los problemas visuales de la población, que son en la actualidad altamente demandados y débilmente atendidos. Por eso, es necesario contar con una legislación que impulse innovaciones acordes con las nuevas realidades, más globalizadas y con menos barreras, con políticas dinámicas de carácter preventivo y resolutivo, que permitan la actuación multidisciplinaria de profesionales distintos, con diversos niveles de especialización, a fin de brindar mayores oportunidades, bienestar y una mejor calidad de vida a la población. Durante siete décadas ha permanecido postergada la atención visual en Chile, pese a que se ha reconocido su déficit, por lo que es imperioso estrechar las brechas con las experiencias del mundo desarrollado, con los estándares profesionales y con las respuestas a las desigualdades que afectan a la población, particularmente si se desea congruencia para con los grandes proyectos, como es el caso del Plan Auge. Es de vital importancia que los trabajadores sean evaluados permanentemente para conocer sus capacidades visuales y que requieren para su eficiente desempeño laboral, ya que los deficientes rendimientos visuales pueden generar manifestaciones tanto de tipo fisiológico como psicológico, que merman o alteran el cumplimiento de sus labores. Esa evaluación comprende no sólo los factores personales, como la agudeza visual y la acomodación a diferentes distancias, la visión periférica, los movimientos de ojos y cabeza; la adaptación y sensibilidad a la luz, la percepción de profundidad y la distinción de colores, sino también los factores ambientales del lugar de trabajo y los requerimientos específicos del oficio, actividad o profesión. La existencia de largas listas de espera de personas que requieren atención en materia de salud visual y que no tienen resolución, especialmente en lo que se refiere a vicios de refracción miopía, hipermetropía o astigmatismo, los cuales junto a la presbicia, representan el 70 por ciento de las listas, según datos aportados por el Ministerio de Salud, ya que se ha priorizado la atención de patología ocular. El deterioro, la mala condición visual de lejos y de cerca, es altamente invalidante y produce un fuerte deterioro en el desempeño laboral y en la calidad de vida. A juicio de los autores de esta iniciativa, la optometría representa una respuesta eficiente, rápida y económica para descargar esta insostenible presión asistencial, tal como lo demuestra la vasta experiencia mundial existente en tal sentido, ya que la optometría ha contribuido en forma cierta y eficaz a resolver los problemas visuales primarios de la población en países como Estados Unidos, Inglaterra, Colombia y España. Este último logró reducir sus listas de espera con la implementación de esta profesión tanto en el sector público como en el privado. Asimismo, se hace hincapié en la importancia que tiene para la salud visual, la promoción, prevención, atención precoz y oportuna, así como la rápida resolución de los problemas que se presentan en los niños dentro del sistema de atención primaria y en los programas de salud para los estudiantes. La optometría permite ampliar la cobertura de atención a preescolares y escolares, así como también evaluar y corregir a tiempo anomalías, que de no ser pesquisadas y tratadas, afectarán la salud visual del individuo para toda su vida. Sólo entre el 20 y el 30 por ciento de las disfunciones oculares que repercuten negativamente en el rendimiento académico del niño son detectadas en las revisiones convencionales escolares, lo cual es importante si se considera que casi todos los problemas visuales detectados entre los seis y siete años de edad pueden superarse con la terapia adecuada. El gran número de ametropías detectadas en el país, especialmente en las zonas sin cobertura asistencial y de precaria condición económica, son el resultado de la falta de atención oportuna, como consecuencia de las siete décadas sin acciones concretas en salud visual en los niños del país. Si bien existe el programa de evaluación de salud visual para escolares, coordinado por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, Junaeb, que desarrolla programas regionales, se ve severamente dificultada su labor, por la falta de recursos humanos en cobertura y atención. En 2004, había 94 oftalmólogos y 36 tecnólogos médicos en oftalmología trabajando para la Junaeb en todo el país, mientras que las Regiones Segunda, Cuarta, Décima y Undécima carecían de recursos humanos para la atención en salud visual. Los autores de la moción explican en qué consiste la optometría. En los considerandos se indica que el perfil profesional está orientado a desarrollar las acciones dirigidas a la prevención, detección, evaluación y tratamiento de alteraciones de la función visual, para lo cual el optómetra realiza exámenes visuales y oculares, diseña, verifica y adapta sistemas ópticos; proyecta y desarrolla programas de entrenamiento visual y diseña y propone mejoras ergonómicas. La evaluación y detección de las disfunciones visuales comprende el registro de la historia clínica y la realización de pruebas básicas y complementarias relacionadas con la función visual y salud ocular con el objeto de detectar y/o reconocer ametropías hipermetropía, miopía, astigmatismo y presbicia, determinar las características del sistema de compensación habitual de los pacientes y las disfunciones de la visión binocular. Asimismo, involucra la pesquisa de patologías oculares para derivar oportunamente al paciente al médico oftalmólogo, cuando sea necesario, así como también la detección, evaluación y compensación de otros problemas o carencias visuales como baja visión, anomalías de la visión del color, etcétera, y de las disfunciones en las habilidades visuales relacionadas con el rendimiento escolar del niño y su comportamiento general. En el desarrollo de la profesión, el optómetra dispone de distintos mecanismos de tratamiento y/o intervención en las disfunciones visuales, como la indicación y adaptación de anteojos ópticos, de lentes de contacto, de prótesis oculares, de ayudas visuales ópticas para pacientes de baja visión y el diseño y realización de programas de reeducación visual, según requerimiento del paciente. Entre las tareas de prevención, se mencionan las evaluaciones visuales a grupos específicos de población, las evaluaciones visuales en campos profesionales concretos de acuerdo a protocolos, la evaluación y adaptación de lentes de protección y seguridad filtros solares, impactos, etcétera y las revisiones visuales para la obtención, renovación y evaluaciones en permisos de conducción, tanto profesionales como particulares. Los optómetras están capacitados para desempeñarse en la dirección técnica de establecimientos de óptica, en la dirección técnica y el ejercicio de la profesión en centros optométricos, en los servicios de oftalmología públicos y privados, en los centros de cirugía refractiva, en las municipalidades, en los establecimientos educacionales, en los institutos de prevención y rehabilitación, mutuales, Achi, en la industria de la óptica-oftálmica, en la docencia e investigación y en el ejercicio privado de la profesión. El perfil y las competencias del optómetra le permiten desempeñarse y desarrollarse con médicos generales en la atención primaria para evaluación y cuidado de la visión, con oftalmólogos, pediatras, psicólogos, educadores, psiquiatras, y especialistas en seguridad e higiene ambiental. El ámbito académico internacional considera y acepta a la optometría como una disciplina independiente, no médica que debe ser considerada como una profesión sanitaria encargada de velar por el cuidado y protección de la salud visual. En cuanto a la carrera de optometría, destaca el modelo seguido en el Reino Unido, donde la duración de los estudios es de cuatro o cinco años, según sea la universidad que la imparta, y los alumnos reciben una formación claramente sanitaria. En ese país, los optometristas son profesionales sanitarios formados para el examen general de los defectos de la visión, alteraciones oculares y problemas de salud ocular en general, que proporcionan aproximadamente el 90 por ciento de los cuidados de la atención primaria y son responsables del 40 por ciento de las derivaciones para la atención secundaria. Los autores de la moción advierten, finalmente, que la normativa actual autoriza solamente a los médicos oftalmólogos para que prescriban lentes ópticos, lo cual significa que sólo existen 700 profesionales autorizados en el país para estos efectos. En razón de ello, indican, el Colegio Nacional de Ópticos de Chile ha propuesto ampliar la cantidad de profesionales que puedan prescribir lentes ópticos, de modo de agregar a dichos profesionales 350 tecnólogos médicos en oftalmología y 350 ópticos contactólogos, a fin de contar con 1.400 profesionales para la salud visual. Antecedentes comparados. En Chile, tres instituciones imparten la carrera de óptico y otorgan títulos técnicos de nivel superior: la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, el Centro de Formación Técnica Infomed y la Universidad Arturo Prat, con una duración de entre cinco y ocho semestres. En España y Colombia la carrera es entregada por universidades. Dichos países cuentan con un sistema distinto de carreras que pueden o deben impartir las universidades, con duración de entre ocho y diez semestres. En Gran Bretaña, Estados Unidos y Nueva Zelandia, por mencionar otros países, se imparte la carrera por establecimientos acreditados por los respectivos consejos ópticos, con duración de entre seis y ocho semestres. Breve reseña de las profesiones vinculadas con la salud visual. Con la idea de graficar cierta especificidad de los profesionales vinculados con la salud visual para los diputados que no son médicos, señalaré las especialidades que concurren en este campo: Médico oftalmólogo: Médico especialista en la rama de la medicina que se dedica al estudio de la fisiología, anatomía e histología del ojo y del diagnóstico y tratamiento de las alteraciones oculares. Se trata de un profesional exclusivamente universitario, según lo dispuesto en la ley orgánica constitucional de Enseñanza. Tecnólogo médico, mención oftalmología: Lleva a cabo los procedimientos, técnicas y exámenes destinados al fomento, protección y rehabilitación de la salud en el ámbito de la oftalmología. Óptico: Cuenta con conocimientos para desempeñarse en el ámbito de la óptica médica e instrumental; ajusta y adapta gafas y lentes de contacto por prescripción. Contactólogo: se encarga de las mediciones de la córnea, para determinar el tipo de lente de contacto que requerirá el paciente y el proceso óptimo de adaptación que deberá implementarse para asegurar su mantención y uso correcto, a fin de garantizar el bienestar de quien los utilice. Optometrista: Se preocupa de la prevención y tratamiento de las anomalías visuales, como la miopía, hipermetropía, estrabismo, presbicia y astigmatismo; estudia la agudeza visual, prescribe lentes y recomienda ejercicios oculares si es necesario. No existe como carrera en Chile. Normas constitucionales y legales que tienen, directa o indirectamente, relación con el proyecto de ley. Constitución Política del Estado. De acuerdo con lo preceptuado en su artículo 19, número 9º, asegura a todas las personas el derecho a la protección de la salud, para lo cual el Estado debe proteger el libre e igualitario acceso a las acciones de salud y de rehabilitación del individuo. Le corresponde, agrega el mismo numeral, la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud, siendo deber preferente del Estado garantizar las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias para tal efecto. Afirma, asimismo, que cada persona tiene el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, estatal o privado. Código Sanitario. El Libro Quinto del Código Sanitario trata sobre el ejercicio de la medicina y las profesiones afines. Sobre el particular, el artículo 112 dispone que sólo pueden desempeñar actividades propias de la medicina, odontología, química y farmacia u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud, quienes poseen el título respectivo otorgado por la Universidad de Chile u otra universidad reconocida por el Estado, y estén habilitados legalmente para el ejercicio de sus profesiones. El inciso primero del artículo 113 define como ejercicio ilegal de la profesión de médico-cirujano todo acto realizado con el propósito de formular diagnóstico, pronóstico o tratamiento de pacientes o consultantes, en forma directa o indirecta, por personas que no están legalmente autorizadas para el ejercicio de la medicina. Permite, sin embargo, que quienes cumplen funciones de colaboración médica puedan realizar alguna de las actividades señaladas, siempre que medie indicación y supervigilancia médica, pudiendo, también, atender enfermos en caso de accidentes súbitos o en situaciones de extrema urgencia. Por su parte, los incisos tercero y cuarto se refieren a las actividades permitidas de los psicólogos y de las enfermeras. El artículo 120 preceptúa que los profesionales señalados en el citado artículo 112 no podrán ejercer su profesión y tener intereses comerciales que se relacionen directamente con su actividad, en establecimientos destinados a la importación, producción, distribución y venta de productos farmacéuticos, aparatos ortopédicos, prótesis y artículos ópticos, a menos que el Colegio respectivo emita en cada caso un informe estableciendo que no se vulnera la ética profesional. No obstante, se exceptúa de esta prohibición a los químico-farmacéuticos y farmacéuticos. El Libro Sexto del Código Sanitario regula lo concerniente a los laboratorios, farmacias y otros establecimientos. En ese marco, el artículo 124 faculta a los médicos cirujanos, cirujanos dentistas y matronas para mantener existencia de productos farmacéuticos a fin de ser administrados por ellos en el ejercicio de su profesión, mientras que el artículo 128 establece que sólo en los establecimientos de óptica podrán fabricarse lentes con fuerza dióptrica de acuerdo con las prescripciones que se ordenen en la receta médica correspondiente. Dicha norma indica, además, que tales establecimientos podrán abrir locales destinados a la recepción y despacho de recetas médicas en que se prescriban esos lentes, bajo la responsabilidad técnica de la óptica pertinente. Decreto Nº 4, de 1985, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Establecimientos de Óptica. Su artículo 1º dispone que sólo los establecimientos de óptica podrán despachar anteojos o lentes con fuerza dióptrica, el cual deberá efectuarse exclusivamente bajo receta médica, la que no podrá ser alterada. Su artículo 2º establece que la dirección técnica de estos establecimientos deberá estar a cargo de un óptico o contactólogo, según corresponda. Los artículos 11 al 13, en tanto, consagran los requisitos para obtener la certificación como óptico por parte de la autoridad sanitaria y regulan lo concerniente al examen a que debe someterse el postulante, mientras que el artículo 14 hace lo propio en relación con los contactólogos. Estructura del proyecto. La moción original está constituida por un artículo único, mediante el cual se introducen modificaciones a los artículos 113, 120, 124, 128 y 129 del Código Sanitario, y una disposición transitoria. Sin embargo, y de acuerdo a lo explicado en la parte inicial de este informe, la Comisión, por unanimidad, convino en estudiar la indicación sustitutiva presentada, la cual consta de un artículo permanente, que propone incorporar un artículo 113 bis, y modifica el artículo 128 del Código Sanitario, y uno transitorio. Discusión general del proyecto. La ministra de Salud sostuvo que esta iniciativa legal aborda un tema de gran relevancia para el país, toda vez que en ella subyace la preocupación por que existan los recursos humanos suficientes para satisfacer las necesidades sanitarias en el ámbito de la oftalmología. No obstante, manifestó que el proyecto contiene algunas disposiciones que podrían dar origen a un conflicto de intereses que contradice la legalidad vigente. En relación con la situación actual de esta especialidad, advirtió que se ha producido un notable incremento de intervenciones de cataratas, que ascendieron en 2007 a 38.400, de las cuales 23.858 se efectuaron en el sistema hospitalario habitual; 10.547 se llevaron a cabo a través de la modalidad de libre elección y 3.999 corresponden a compras en servicios externos. Señaló que a partir de 1998 se han realizado consultas de oftalmología en la atención primaria de salud, las cuales han aumentado de 64.964, en 2002, a 140.523, en 2007. En relación con la comparación que se realiza en la moción entre lo que ocurre en el nivel nacional e internacional en cuanto al tipo de personal que se desempeña en el área, planteó que en otros países se cuenta con ópticos, que tienen un perfil más técnico vinculado a los vicios de refracción, y optometristas, que están enfocados a la atención de personas, mas no existen los tecnólogos médicos como profesionales especializados. Advirtió que en Chile la carrera de óptico de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, de la que egresan en promedio doce personas anualmente, no comprende, dentro de sus competencias, la prescripción y el tratamiento. Indicó que cada año egresan, aproximadamente, treinta médicos oftalmólogos, por una parte, y, por otra, ochenta tecnólogos médicos con mención en oftalmología de las diez universidades que imparten la carrera, profesionales estos últimos que hace diez años eran muy escasos. Sin embargo, la señora ministra formuló algunas observaciones al proyecto. En primer lugar, manifestó dudas respecto de si los nuevos profesionales que se pretende incorporar estarán capacitados para pesquisar patologías concomitantes, que requieren la intervención de un médico o de un profesional del área sanitaria. En segundo lugar, señaló que es discutible que esta iniciativa legal asegure mecanismos para la integración en la red oftalmológica y asistencial del resto de las patologías, por lo que debería buscarse la forma de dar certeza al respecto. En tercer lugar, hizo notar que se produce un conflicto de intereses, puesto que se faculta a los ópticos contactólogos para tener intereses comerciales que digan relación directa con el ejercicio de su profesión. No es conveniente dijo que se autorice a los optómetras a prescribir medicamentos, por cuanto la carrera no contempla una formación sanitaria relevante. A modo de síntesis, expresó que si bien no tiene reparos en que se implemente la carrera de optómetra, el enfoque de esta última debería estar orientado más hacia la formación óptica que a la sanitaria. Dio a conocer que el Ministerio está trabajando en un nuevo modelo de atención oftalmológica que facilite el acceso de las personas a respuestas resolutivas, efectivas y reales, a fin de dar solución a los requerimientos de la población. Explicó que este modelo estará basado en la atención primaria de salud y se insertará en una red asistencial con la idea de fortalecer el sistema público. Indicó que, en este sentido, se pretende instalar unidades o módulos de atención primaria oftalmológica, orientadas a la atención de sesenta mil usuarios de uno o más centros de salud. El Presidente del Colegio Médico de Chile coincidió con la señora ministra en cuanto a que los tecnólogos médicos con mención en oftalmología están capacitados para dar cobertura al 40 ó 50 por ciento de consultas que podrían ser despachadas sin mayor dificultad. No obstante, recalcó que lo relativo a las patologías, en su diagnóstico, pronóstico y tratamiento, requiere la intervención de personal médico. Manifestó su respaldo a la postura que tiene sobre el tema la Sociedad Chilena de Oftalmología, en el entendido de que sería más aconsejable trabajar en el perfeccionamiento de la formación de los tecnólogos médicos con mención en oftalmología que crear una carrera con competencias similares. En general, hubo numerosas personas que dieron su opinión en relación con el proyecto. Tan solo quiero hacer una síntesis al respecto. Por ejemplo, en términos generales, los representantes de la Sociedad Chilena de Oftalmología expresaron su opinión contraria al proyecto. A su vez, los representantes del Colegio de Tecnólogos Médicos expresaron su oposición a la iniciativa legal en estudio y manifestaron su respaldo al plan de salud que impulsa el Ministerio de Salud, en el cual se recoge la experiencia de planes pilotos de atención primaria de salud, por las razones que indicaron en la oportunidad. El académico representante de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso señaló que la experiencia obtenida al impartir esta carrera podría servir de ejemplo para lo que podría implementarse en el evento de que se aprobara una ley que posibilitase el ejercicio de la optometría. Si bien manifestó ser partidario de legislar en ese sentido, aclaró que es necesario que los profesionales que se pretende incorporar estén sujetos a la certificación de calidad. El Presidente del Colegio Nacional de Ópticos de Chile destacó la importancia de legislar en materia de optometría, en razón de la escasez de profesionales oftalmólogos, lo que trae como consecuencia un bajo acceso a la salud visual de la población más vulnerable, altos índices de ceguera, disminución severa de visión e invalidez. Durante el debate, en defensa del proyecto algunos diputados señalaron que éste surge a partir de la constatación de que no se ha logrado satisfacer la demanda de salud en materia ocular en los términos requeridos por la población de Chile y en virtud de las capacidades con que cuenta el país para ello. Se reconoció el gran esfuerzo y aporte que realizan los oftalmólogos desde hace muchos años, no obstante lo cual se mantiene el déficit de estos especialistas en el sistema público, sólo un tercio se desempeña en él, la mayoría en la Región Metropolitana. En concordancia con ello, hubo quienes opinaron que la solución propuesta por la Ministra sería insuficiente, puesto que faltan incentivos económicos para que los especialistas se interesen en formar parte del sistema público de salud. Votación general del proyecto. La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos generales tenidos en consideración por la moción, y luego de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones individualizadas precedentemente, que permitieron a sus miembros formarse una idea de la conveniencia o inconveniencia de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los diputados participantes en la votación. Votaron por la afirmativa los diputados Lobos, Girardi, Monsalve, Núñez, Olivares, Robles, Rossi, Sepúlveda y la diputada Rubilar. En cuanto a la discusión particular, cabe reiterar que en esta etapa de tramitación, la moción en informe fue objeto de una indicación sustitutiva formulada por los diputados Lobos, Girardi, Núñez, Robles, Rossi y Sepúlveda. Al respecto, la Comisión acordó, por la unanimidad de los miembros presentes, efectuar la discusión del proyecto de ley sobre la base de dicha indicación sustitutiva, que consta de un artículo permanente y uno transitorio. A través de las letras a), b) y c) del artículo único permanente se introducen modificaciones al Código Sanitario. Literal a). Incorpora el artículo 113 bis, a fin de establecer que los profesionales de colaboración médica que señale el reglamento estarán facultados para prescribir las ayudas técnicas, fármacos de uso tópico y tratamientos que éste señale, siempre que ello sea efectuado como parte de un equipo médico, en los casos y requisitos que el mismo reglamento indique. Asimismo, se dispone que en aquellos casos en que dichos profesionales presten sus servicios a personas que presenten síntomas o antecedentes de patologías locales o sistémicas, deberán derivarlos de inmediato a un médico cirujano que haya certificado su especialidad en conformidad a las normas vigentes, pudiendo colaborar con éste en la atención del enfermo para su rehabilitación si así se requiere. Literal b). Se modifica el artículo 120 del Código Sanitario con el fin de suprimir la referencia al control de ética de los colegios profesionales, ya que no ejercen dicho control. Literal c). Modifica el artículo 128 del Código Sanitario, en concordancia con los cambios aprobados con anterioridad, con el objetivo de precisar que la receta médica que prescribe lentes con fuerza dióptrica puede ser emitida por el profesional facultado para ello, con lo cual se incluiría a los profesionales de colaboración médica que señale el reglamento, de acuerdo con el artículo 113 bis. Es todo cuanto puedo informar. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramilla. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, no pertenezco a la Comisión de Salud, pero tengo la obligación de interiorizarme en los proyectos que allí se tratan, y éste me llama profundamente la atención. En primer lugar, los colegas que presentaron esta moción pretenden dicen ellos solucionar uno de los principales problemas de la atención de salud del país. Por eso me atrevo a plantear a sus autores y a la Comisión la duda que me asalta. En la Región de Los Ríos, a la que pertenece el distrito que represento, existe gran escasez de oftalmólogos, como ocurre en muchos puntos del país. La oftalmología es una especialidad médica de alto costo de formación; son muy pocos los profesionales que logran una beca para perfeccionarse en esta especialidad. En Chile, nos decía el relator, sólo existen alrededor de 700 oftalmólogos, cifra deficitaria para cubrir las necesidades de nuestra población. Además, como son pocos, estos especialistas se concentran en las grandes urbes, donde pueden atender a una mayor población y, por supuesto, acceder a buenas remuneraciones que, por su trabajo, les permiten mejor calidad de vida. En la Región de Los Ríos, la cobertura oftalmológica es mínima. Tal ha sido la necesidad, que algunos candidatos han llegado al exceso de repartir lentes ópticos, sin siquiera tener la precaución de consultar a un técnico. Con esto, le causan daño a esa población, por la que debemos velar como diputados. Felizmente, las denuncias que hicimos en esta Sala terminaron con esa práctica. Un señor DIPUTADO.- Eso nada tiene que ver con el proyecto. El señor JARAMILLO.- Tiene que ver, señor diputado, porque todo lo relacionado con la vista es muy delicado. El proyecto propone crear una profesión, que en algunos países existe y que ha colaborado en bajar la tasa de demanda de atención por algunas complejidades visuales que se pueden diagnosticar según se dice con mediciones técnicas. Como no soy entendido en el tema, tengo mis dudas. Esa atención la prestarían los optómetras, que atenderían algunas complejidades visuales, como la miopía, la hipermetropía y otras. Me preocupan esas otras complejidades, porque después no podremos reparar el eventual daño que se cause a quien recurra a este nuevo profesional. Por lo tanto, mis inquietudes están dirigidas a quienes entienden el tema, a los integrantes de la Comisión de Salud, que aprobaron por unanimidad un proyecto de esta envergadura, teniendo a la vista imagino toda la información responsable y fidedigna que así lo ameritó. Mis colegas diputados, los médicos Guido Girardi y Carlos Abel Jarpa, me señalaron que esto podría prestarse para una práctica no adecuada de las ópticas, en algo tan delicado como la visión. Bastaría que contaran con un especialista para caer en ese juego en el que todos participamos cuando nos duele algo: vamos a la farmacia y nos recetan aspirina. En esto podrían derivar las ópticas, porque bastaría, repito, que tuvieran un optómetra, que no tiene la formación del oftalmólogo, para que también dieran mejoría a la visión de un afectado. Se nos dice que el ejercicio profesional de los optómetras apunta a la prevención de las disfunciones visuales; pero para mi eso es historia, por el conocimiento que tenemos del actuar de nuestros comerciantes de farmacias. No vaya a ser cosa que en el futuro la gente deje de lado al médico especialista y empiece a tratarse los problemas visuales de alta complejidad con un técnico profesional, que está capacitado para tratar sólo los de baja complejidad. Estas son mis dudas, que se acentuaron después de la conversación que sostuve con los diputados Jarpa y Girardi, doctores de profesión. Quienes no somos médicos requerimos de explicaciones para entender el proyecto y aprobarlo por unanimidad, tal como lo hizo la Comisión de Salud. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas. El señor VENEGAS (don Mario).- Señor Presidente, al igual que el diputado señor Jaramillo, no soy miembro de la Comisión de Salud; sin embargo, en la Comisión de Educación tuve la oportunidad de escuchar a representantes de los optómetras, quienes hicieron una profunda y muy interesante descripción de los conocimientos y capacidades que se requieren para la práctica de esta disciplina, que el proyecto propone reconocer como una profesión del área de la Salud. Recuerdo que hace un tiempo intervine en esta Sala para pedirle a la ministra de Salud que abordáramos, de una buena vez, la falta de especialistas en muchos establecimientos de Salud, particularmente en los de las provincias alejadas de los grandes centros urbanos. Destaqué el caso de mi distrito, de la provincia de Malleco en la Región de La Araucanía, donde se ubican los hospitales de las comunas de Purén, Traiguén, Curacautín, Collipulli y Angol, que no tiene suficientes médicos especialistas y menos oftalmólogos. Le señalé que tal vez explicaba esa falta de especialistas el que las becas las controla y entrega la Sociedad de Oftalmología. El hecho cierto es que faltan especialistas en esa área y en muchas otras. El proyecto nos informa que la optometría se ocupa de la prevención y tratamiento de las anomalías visuales, como miopía, hipermetropía, estrabismo, presbicia y astigmatismo; que estudia la agudeza visual, además, sirve para prescribir lentes y recomendar ejercicios oculares si es necesario. En los fundamentos de la moción se señala que “la optometría constituye una respuesta eficiente y probada en el área de la salud pública primaria”. Lo dicen las autoridades de Salud. Agregan que la cantidad de personas que requieren atención por problemas en salud visual y que no tienen resolución, especialmente en lo que se refiere a vicios de refracción, como miopía, hipermetropía, astigmatismo y presbicia, representan el 70 por ciento de listas de espera. De manera que si aprobamos el ejercicio de la profesión de optómetra como un colaborador de la atención oftalmológica, daremos un tremendo apoyo a las miles y miles de personas que no encuentran respuesta a sus problemas de salud visual. En concordancia con una preocupación que manifesté hace más de un año, cuando humildemente solicité al Ministerio de Salud que buscara alternativas para resolver el cuello de botella que se produce en la atención oftalmológica, por ejemplo, a través de programas de especialización en el extranjero, me parece que este proyecto apunta en la dirección correcta para solucionar esa dificultad. En todo caso, lo importante es dar respuesta a la gran cantidad de pacientes que esperan atención. La incorporación de estos profesionales menos especializados será de gran ayuda para satisfacer la demanda de problemas de salud visual, sin que ello signifique necesariamente que reemplazarán al médico oftalmólogo, el que deberá ocuparse de las afecciones más complejas, aquellos que requieren un mayor nivel de preparación. En la Comisión de Educación también estamos estudiando una iniciativa que se relaciona con ciertas profesiones del área de la salud, así que hemos analizado la situación en detalle. La idea es que también sean consideradas carreras universitarias. En definitiva, considero que el proyecto en debate da buena respuesta al problema de falta de atención oftalmológica, según se desprende del texto del informe. En consecuencia, anuncio mi voto a favor de la iniciativa y solicito a mis colegas diputados que, en consideración a los argumentos que se han entregado, tomen una buena decisión y no se sumen a la defensa corporativa que se ha hecho de un grupo de profesionales, por muy importantes y respetables que sean. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Juan Lobos. El señor LOBOS.- Señor Presidente, después de haber escuchado el informe que entregó el colega Roberto Sepúlveda y las intervenciones de los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, quedo con la impresión de que muchos de los presentes no entendieron nada de lo que se busca con el proyecto en discusión. Lamentablemente, a veces lo que abunda daña, por ello trataré de explicar los objetivos del proyecto de una manera que facilite su entendimiento, y así poner los puntos sobre las íes. El proyecto que ingresó a la Comisión de Salud buscaba llamar la atención respecto de un problema que afecta a muchos ciudadanos, especialmente a la gente común y corriente, a la gente de a pie, que no tiene acceso a la atención oftalmológica. Es una realidad que a esas personas le cuesta mucho conseguir los servicios de un oftalmólogo, por lo tanto, nuestro deber es buscar una solución y llevar la atención visual a la salud primaria. Pero además de preocuparnos de que se brinden esas atenciones, debemos cautelar que éstas sean de calidad, que la gente reciba un servicio ético y serio y evitar que esto se transforme en un mercado persa. Responsablemente digo que durante la tramitación de esta iniciativa los distintos sectores comprometidos han hecho mucho lobby. La Comisión de Salud se dio el trabajo de escuchar a todos los interesados, a partir de lo cual podó algunas materias del proyecto y consensuó otras, a fin de cautelar la calidad de las atenciones que se entreguen a nuestra población. ¿Y a qué se llegó? Ruego a los señores diputados poner atención en este punto, para que comprendamos mejor de qué se trata esta iniciativa. En nuestro país contamos con un profesional universitario, llamado tecnólogo médico, que puede especializarse en oftalmología y trabajar en conjunto con el médico oftalmólogo. La Sociedad de Oftalmología desarrolló un plan piloto en mi querida Octava Región lo digo con orgullo, como ex alumno de la Universidad de Concepción y puso tecnólogos médicos a hacer pesquisas y a trabajar en la atención primaria de salud, pero como parte de un equipo de salud liderado por un médico oftalmólogo. Gracias a la implementación de ese proyecto, aumentaron las atenciones oftalmológicas sin que se perdiera la necesaria seguridad que se debe dar a los pacientes. En el mismo sentido, la iniciativa de ley que estamos debatiendo establece: “…los profesionales de colaboración médica que señale el reglamento, podrán prescribir las ayudas técnicas, fármacos de uso tópico y tratamientos que el reglamento señale, siempre que ello sea efectuado como parte de un equipo médico…”. Es decir, habla de un equipo médico, el cual deberá estar encabezado por un médico oftalmólogo o por quien el reglamento indique, porque debe haber un responsable técnico. No corresponde discutir sobre el nombre que se debe dar a estos profesionales de colaboración médica, porque el proyecto no habla de optómetras ni de tecnólogos médicos. La discusión no pasa por si son galgos o podencos, porque en eso nos podríamos pasar largas horas debatiendo sin llegar a nada. Lo concreto es que en Chile hay una profesión que se llama tecnólogo médico y algunos de quienes la practican tienen mención en oftalmología. En el resto del mundo no existe el tecnólogo médico, existen los optómetras. Ambas profesiones tienen algunas cosas en común. En todo caso, por ahora, vamos a utilizar la terminología que se usa en Chile y hablaremos del tecnólogo médico con mención en oftalmología. Si en el futuro alguna universidad determina impartir la carrera de optómetra, podrá hacerlo, pero deberá preparar el currículum pertinente y, en cualquier caso, dicho profesional no podrá ejercer en forma autónoma, sino como parte de un equipo médico en el cual necesariamente deberá haber un médico. Este proyecto, que llamo a aprobar, nada dice respecto de una carrera nueva o de crear un segundo cartel, como alguien expresó en alguna ocasión. Lo que hace es abordar un problema en forma práctica, ecléctica, sin dogmatismos, y proponer una solución para aquella gente que espera que sus problemas de salud visual sean tratados. Todo esto ya fue analizado y consensuado entre los representantes de las distintas bancadas en la Comisión de Salud, por lo cual lo que queda por hacer, después de haberlo colado varias veces, es buscar las posibles aristas negativas y dejar todo encaminado para que en el fututo podamos ver avances, ya que ésta no es la solución definitiva; es el primer paso. Esto no resolverá el problema de la atención primaria ni todas las dificultades relacionadas con la atención oftalmológica, pero permitirá que aumente el acceso de la gente a esas prestaciones. Valga aclarar también, porque por ahí se ha mencionado que los lentes que se entregan para la presbicia son malos, que todos quienes hemos superado los cuarenta años de edad tenemos algún grado de presbicia, problema que se soluciona con esos lentes. Evidentemente, uno no puede quedarse allí, porque hay otros defectos que no se solucionan con esos lentes. De hecho, hay problemas visuales que no los resuelve ningún lente; sino el oftalmólogo, mediante el examen clínico, la prescripción y la indicación. Entonces, me parece que ha habido cierta confusión que ha generado una tendencia a demonizar un proyecto que quizás no se entendió bien. Esta iniciativa lo único que hace es crear el cargo de profesional de colaboración médica, que podrá tener un nombre u otro, cuestión que definirán las universidades, los convenios internacionales o el reglamento del Servicio de Salud, del Ministerio de Salud, que son los encargados de cautelar que nuestra población tenga acceso a prestaciones de la salud y que éstas sean de calidad acreditada. Asimismo, se elimina la posibilidad de que estos profesionales de colaboración médica puedan, paralelamente, ejercer algunas acciones comerciales que se puedan considerar éticamente contraindicadas. Eso queda claramente establecido. Estos profesionales tendrán que actuar como parte del equipo de salud, cautelado por el médico que hace cabeza. Eso deben tenerlo claro, señores diputados, por su intermedio señor Presidente, porque quedó absolutamente cautelado en el proyecto; no da para ninguna duda. Llamo a mis colegas a aprobar este proyecto que, si bien no es la panacea, al menos permitirá un atisbo de solución a los problemas visuales de una población extremadamente vulnerable. ¡Por Dios, qué bonito es ver! Las ventanas para asomarse al mundo son nuestros ojos, que a veces necesitan de otras ventanitas delante, como las que llevan algunos honorables diputados, para tener una adecuada visión y una buena calidad de vida. Y eso es, justamente, lo que le estamos brindando a nuestra población con este proyecto de ley. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza. El señor MEZA.- Señor Presidente, en primer lugar, felicito a los autores de la moción que dio origen a este proyecto de ley que permite en Chile la profesión de optómetra. El problema existente se resuelve en parte con el presente proyecto, aunque en forma tardía. Chile llega tarde a la solución de un drama que afecta a decenas de miles de chilenas y chilenos que copan las listas de espera alrededor de cien mil, que anhelan corregir sus defectos de refracción, como la miopía, la hipermetropía, y el astigmatismo y la presbicia. Esto sólo es la punta del iceberg, porque esos cien mil chilenos que aún no acceden a la solución de sus problemas visuales representan a otros cientos de miles de angustiadas personas que, simplemente, se encuentran desanimadas para solicitar esa atención especializada con el oftalmólogo porque saben que demorará años en otorgársela, porque tendrán que sumarse a una larga lista de espera. ¡Y para qué hablar de quienes piensan en acudir al oftalmólogo previo pago de la consulta privada! Mientras en el mundo desarrollado por ejemplo, en España este problema prácticamente ha sido resuelto, en Chile determinados intereses han impedido, hasta hoy, progresar en la solución. Este proyecto avanza lento, pero avanza. En el país hay alrededor de 750 oftalmólogos, 400 de los cuales se desempeñan en el servicio público, que trabajan un promedio de once horas a la semana y forman parte de un equipo de atención de salud visual que es mal remunerado. Entonces, habría que empezar por pedir a las autoridades de salud que incrementen un poco el sueldo de los oftalmólogos en la atención primaria de salud, para estimularlos a que trabajen en los establecimientos públicos y ayuden a solucionar la alta demanda existente. ¡Qué triste es para la gente sencilla del campo, las trabajadoras, las amas de casa, etcétera, pedir a sus hijos que les lean tal o cual noticia del diario o los subtítulos de algunas películas. Esta realidad se ve a diario en las casas más humildes de Chile y está muy relacionada con las enormes dificultades para acceder a la consulta de un especialista en oftalmología. Recuerdo que en Europa, donde me desempeñé como médico de la Comunidad Europea durante diez años, este problema se enfrentó en 1978 ó 1980 y se originó una verdadera revolución en torno al tema. En España, que cuenta con 2.800 oftalmólogos, se han licenciado al día de hoy más de 14 mil optometristas, lo que resolvió definitivamente el problema. Si ahora alguien acude a una óptica dispone de las mejores condiciones técnicas, con los más modernos aparatos, es examinado por un optometrista calificado técnicamente y en sólo una hora puede salir con sus anteojos en la mano y con su problema de refracción resuelto. Gran parte de esos gastos la paga la seguridad social española. En cambio, aquí, los intereses extraños que se mueven subterráneamente han impedido que el optómetra esté en condiciones de solucionar este problema en las ciudades y campos de nuestro país. En Chile sólo tenemos 450 tecnólogos médicos con mención en oftalmología. En un futuro cercano, esta carrera debería homologarse con la de optómetra de otros países. Ojalá que los convenios existentes lo permitan; de no ser así, se hace necesaria una modificación que lo considere. A este ritmo, recién en el 2010 contaremos con 680 tecnólogos médicos con mención en oftalmología, cifra absolutamente insuficiente. Este proyecto de ley ayudará a estimular a que se imparta esta carrera y no me cabe ninguna duda de que el profesional egresado en Chile, está capacitado y en el futuro lo estará aún más para desarrollar las pruebas necesarias para identificar los trastornos de refracción, los más comunes en los chilenos, y para corregirlos. Tal como señaló el diputado Lobos, estará bajo la supervisión de un oftalmólogo, de un especialista, pero aquello no siempre será necesario si la capacitación del tecnólogo médico especialista en oftalmología es la suficiente. ¿Por qué debería saber distinguir entre un defecto de refracción para lo que realmente estará capacitado, por lo que podrá recetar los lentes necesarios y un problema sistémico o una enfermedad visual distinta, en cuyo caso él mismo derivará a ese paciente al correspondiente especialista oftalmológico? Si se detectan otras patologías, el oftalmólogo deberá estar atento para recibir, de manos del tecnólogo o del optómetra, a esos pacientes. En esta sesión se han informado los aspectos más importantes que contiene el proyecto en discusión, pero me interesa que queden absolutamente claras las atribuciones de este técnico. El colega Lobos ya mencionó pero me parece pertinente reiterarlo, porque, en este caso, lo que abunda no daña, ya que estamos debatiendo para que se informen los chilenos que nos escuchan o nos ven que “los profesionales de colaboración médica que el reglamento señale podrán prescribir las ayudas técnicas, fármacos de uso tópico y tratamientos que el reglamento señale, siempre que ello sea efectuado como parte de un equipo médico, en los casos y requisitos que el mismo reglamento establezca”. Cuando dichos profesionales presten sus servicios a personas que presenten síntomas o antecedentes de patologías locales, de los ojos, o sistémicas, del cuerpo, inmediatamente deberán derivar a los pacientes a un médico cirujano que haya certificado su especialidad en oftalmología de conformidad con las normas vigentes. ¡No podemos “rizar el rizo”! Para poner una inyección no hace falta un médico. Habrá funcionarios que sabrán introducir un catéter; quizás otros no lo sepan, pero quienes sí conocen ese tipo de intervenciones son los tecnólogos médicos y las enfermeras. Si por cualquier síntoma se va al especialista correspondiente vicio que en Chile está causando un gran problema en salud, entonces estamos entregando una mala educación o, mejor dicho, el Ministerio de Salud no está educando a la ciudadanía correctamente. Cuando alguien tiene mucha tos, acude de inmediato al broncopulmonar; si ve poco, va al oftalmólogo; si le duele una rodilla, concurre al traumatólogo, etcétera. No podemos seguir recargando las consultas y los bolsillos de los especialistas y maltratando las arcas fiscales y el presupuesto del Ministerio de Salud. Es necesario darle más cabida al profesional preparado para esos efectos: el médico de familia, que tanto éxito tiene en la Unión Europea. Me enorgullezco de ser uno de los primeros médicos graduados como médico de familia en la entonces Comunidad Europea. Ese profesional es capaz de acompañar al paciente desde la cuna hasta el final de su vida y está suficientemente capacitado para derivarlo a un especialista cuando corresponde, y no como sucede en Chile en el caso que nos preocupa, los problemas oftalmológicos, en que cada vez que nos pica un ojo o que tenemos cualquier problema visual acudimos al oftalmólogo, que son pocos y se hacen querer y de rogar. Este proyecto va a permitir la acción de los optometristas para resolver el drama de cientos de miles de personas que caen en las manos de gente abusiva, comerciantes, que entregan lentes a diestro y siniestro, en una especie de mercado persa, situación que ocurre principalmente durante las campañas electorales, oportunidad en que abunda la entrega de lentes de un dólar. Este proyecto va a permitir erradicar la ocurrencia de ese tipo de problemas en todos los distritos y circunscripciones que, en el fondo, le hace un daño tremendo a muchas personas. Me felicito por estar presente en esta Sala en el momento en que se debate un proyecto de esta naturaleza que, si bien no soluciona definitivamente el drama de cientos de miles de personas, algunas de las cuales incluso han muerto sin jamás haber podido gozar o disfrutar de una visión medianamente correcta porque no contaron con los recursos suficientes para visitar al oftalmólogo o porque se aburrieron de las listas de espera. La bancada del Partido Radical Social Demócrata va a dar su voto favorable a este proyecto y espero que los colegas de otras bancadas hagan lo mismo, sin perjuicio de que en el futuro sean corregidos algunos de sus aspectos. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Julio Dittborn. El señor DITTBORN.- Señor Presidente, nunca me había sentido más interpretado que ahora con el discurso que acabo de escuchar del diputado Meza, aunque no tanto con la conclusión final, en cuanto a votar a favor del proyecto porque según sus palabras, si bien no es todo lo bueno que uno quiere, es un paso en la dirección correcta. No voy a hablar como médico, porque no lo soy, sino como una persona que en su distrito ha visto el drama que significa que una enorme cantidad de adultos mayores no tenga acceso expedito a un profesional, lo que, en el caso de una mujer, le permitiría enhebrar una aguja o tejer. Por no contar con la atención de un profesional que solucione el problema, muchas veces van dejando de ser personas activas, útiles, teniendo todas las posibilidades para lograr ese objetivo. Este es un drama que viven muchas personas, especialmente adultos mayores. He preguntado a los médicos por qué no existe un sistema como ocurre en diversos países para que otros profesionales de menor calificación solucionen muchos de estos problemas ópticos, incluso, en las mismas ópticas, sin tener que pedir hora para visitar a un médico especialista. Debo reconocer que nunca me ha convencido la respuesta que me han dado los médicos, quienes me han señalado que es muy importante el control profesional para descubrir eventuales problemas mayores que pudiere tener un paciente. Pero la realidad es que ese paciente ni siquiera tiene la posibilidad de llegar al médico porque cada vez que pide hora se la dan para tres, seis o nueve meses. En Chile, el sector público de la salud cuenta con 450 médicos oftalmólogos que trabajan según me he enterado hoy once horas a la semana, lo que hace imposible que los adultos mayores o las personas de cuarenta o más años que empiezan a tener problemas menores a la vista producto del paso del tiempo, puedan tener acceso expedito a un oftalmólogo, especialmente, en los distritos y comunas más aisladas o en los hospitales a los cuales a las personas les cuesta mucho llegar. A eso hay que darle una solución. Algunos colegas han señalado que debemos evitar irnos al otro extremo y crear un mercado persa de técnicos que prescriban anteojos o soluciones sin mayor cuidado. Estoy de acuerdo en eso, porque nadie quiere llegar a una situación extrema y crear eventuales problemas; pero me parece que la solución que da el proyecto no va a ser efectiva. A mi juicio, la solución que se da en el proyecto sólo es una forma elegante de no hacer nada. Esa es la verdad. Aparecemos calmando nuestra conciencia al aprobar un proyecto que establece una solución intermedia que no es el mercado persa, pero se parece mucho a lo que existe hoy, que es absolutamente insuficiente. Cuando uno mira la realidad de países desarrollados, debe reconocer que allí no hay un mercado persa que haya causado enormes problemas. Al contrario, con mucha facilidad la gente va a una óptica para que un señor, que no es médico, le haga un análisis y le indique la razón de por qué ve mal y le recete anteojos. Es decir, la persona se va con una solución. Alguien podrá decir que ella podría tener un problema mayor que no fue descubierto por el óptico. En realidad, prefiero eso, que va a ocurrir en un porcentaje menor, pero vamos a resolver problemas, y no esta utopía de que no se pase nadie sin una visita al especialista para ver si tiene un problema mayor a la vista. A lo mejor, es verdad que estos técnicos no están en condiciones de solucionar todo, pero hay muchos problemas menores que no necesitan de un oftalmólogo para resolverlos. Esto es dramático, ya que aun cuando no es como un cáncer, hay personas que van dejando de ser útiles por un problema absurdo. Esto me consta porque muchas veces he regalado lentes para la presbicia y uno ve cómo le cambia la vida a las personas. Estoy insatisfecho con este proyecto. Estoy seguro de que en dos años más nos vamos a dar cuenta de que esta iniciativa era absolutamente insuficiente, ya que no va a cambiar para nada la realidad del chileno medio, alejado de los centros hospitalarios y que no cuenta con los medios para ser atendido por un oftalmólogo en forma privada. Vamos a aprobar un proyecto que nos va a dejar con la conciencia más tranquila, pero que en la práctica, no va a resolver ningún problema real. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Marco Antonio Núñez. El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente, este proyecto de ley, que ya lleva ocho meses de tramitación en la Cámara de Diputados, es muy importante. En febrero pasado, un grupo de parlamentarios insistimos hasta lograr el apoyo transversal de los trece diputados que integran la Comisión de Salud, con el objeto de legislar sobre la realidad de la oftalmología en nuestro país. Ese mismo mes, la Sociedad Chilena de Oftalmología acusó al diputado Fulvio Rossi y a quien habla de haber calificado a dicha sociedad y a los colegas oftalmólogos como cartel. Desde el punto de vista económico, cartel es la concentración en pocas manos de la oferta de un bien valorable, con la posibilidad de disminuirla, a fin de aumentar los precios mediante un acuerdo que tiene como consecuencia que el bien social que se persigue, que es el bienestar de las personas, se vea disminuido. Ése es el significado de cartel. A partir de esto, iniciamos un diálogo con la ministra de Salud, quien se comprometió a legislar al respecto. ¿Respecto de qué? Una de las listas de espera más largas que existen en nuestro país es la relacionada con oftalmología. Lo digo por experiencias que me ha tocado conocer en mi distrito. Por ejemplo, si en el consultorio de Calle Larga o de Catemu se le concede una interconsulta a una persona, debe esperar, en promedio, ocho meses para ser atendida por un oftalmólogo del Hospital de Los Andes. Es cierto lo que manifestaron los diputados Dittborn y Meza, en cuanto a que los oftalmólogos trabajan 11 horas a la semana así lo estipula el contrato en el sector de salud pública. La mayoría de los países resolvieron esta situación, hace ya varias décadas, al permitir el ejercicio de los optómetras o tecnólogos médicos con especialidad oftalmológica en el mercado de la atención ocular. Según la letra c) del artículo único del proyecto de ley en discusión, por fin, la receta de lentes para solucionar problemas de refracción ya no sólo será facultad de los oftalmólogos. Eso es lo importante. Por lo tanto, una vez que este proyecto se convierta en ley, las personas que llevan esperando tanto tiempo para ser atendidas verán resuelto su problema por un tecnólogo médico, por un optómetra o por cualquier otro profesional de la salud que determine el respectivo reglamento. Me parece que es una muy buena solución. Nosotros implementamos el Servicio Nacional de Salud, hace ya alrededor de sesenta años, imitando el sistema inglés. Pues bien, en Inglaterra hay 8.500 optómetras y apenas 383 oftalmólogos uno por cada 132 mil ingleses que atienden las situaciones más complejas: operaciones con láser, glaucomas complejos, etcétera; son ellos los que cubren las patologías oftalmológicas más complicadas. ¿Qué sucede en Estados Unidos? Hay 17 mil oftalmólogos reconocidos que ejercen como especialistas, es decir, uno por cada 17 mil habitantes, y 33 mil optómetras, es decir, casi el doble. Lo mismo ocurre en Colombia. Invitamos al decano de la Facultad de Optometría de la Universidad de La Salle, quien nos dio a conocer la experiencia de su país. ¿Qué nos dicen los oftalmólogos? Que hay que tener cuidado porque es algo muy complejo. ¿Cuál es su argumento clínico? Que no les gusta que no sean los especialistas en oftalmología los que diagnostiquen las enfermedades oculares. En el 20 y 30 por ciento de los vicios de refracción: astigmatismo, miopía o hipermetropía, hay una patología concurrente que podría ser cataratas, glaucoma o algún problema complejo en la retina. Los oftalmólogos dicen que un tecnólogo o un optómetra no está capacitado para diagnosticar estas patologías concurrentes y que el problema va a empeorar. Es cierto; pero, ¿qué ocurre hoy? Cuando se presentan casos de astigmatismo o miopía con una patología concurrente, el paciente pobre, afiliado al Fonasa, debe seguir padeciendo astigmatismo y la patología concurrente. No queremos soluciones oftalmológicas de primera y segunda clase; pero es la realidad actual: la gente pobre no tiene acceso a una atención ni de primera ni de segunda. En este caso, no hay una atención de segunda clase; simplemente, ampliamos las posibilidades de recetar lentes, a fin de solucionar problemas oftalmológicos. Para que se entienda, el diputado Dittborn hizo referencia a un equipo de salud que trabaja en la atención primaria, liderado por un médico especialista; pero la novedad sería este tecnólogo médico u optómetra que trabajará, no 11, sino esperamos 44 horas a la semana, es decir, horario completo en los hospitales y en los consultorios, diagnosticando las patologías más simples y derivando las más complejas al especialista que corresponda. Antes de terminar, quiero hacer un reconocimiento a los integrantes de la Comisión de Salud, porque legislamos en forma transversal y llegamos a un acuerdo, que cuenta con el patrocinio del Ministerio de Salud. Por cierto, ha habido un lobby muy fuerte e intenso de los representantes de la Sociedad Chilena de Oftalmología, del Colegio Médico, de la Sociedad de Optómetras y de la Sociedad de Tecnólogos Médicos. Pero, este proyecto, más que un primer paso, es la solución para las listas de espera más grandes de Chile, de gente pobre que espera lentes. Incluso, ¡ojo!, es una solución para el Auge, porque las cataratas que padecen las personas mayores de 65 años están en las patologías con listas de espera más extensas. Queremos ver a los oftalmólogos operando cataratas y terigión que, en los adultos mayores, es una membrana que empieza a obstruir la visión, y finalmente los deja ciegos. Para eso queremos a nuestros oftalmólogos en el sector público. Se ha hecho un llamado para llenar 500 nuevas plazas de especialistas. Ojalá todos los especialistas, en particular, los oftalmólogos, se reencuentren con el servicio público. Da pena ver a algunas personas que no pueden leer y que deben recurrir a los anteojos que se venden en las cunetas. Ésa no es la solución; por el contrario, muchas veces, agrava el problema. La bancada del PPD va a aprobar este proyecto de ley, porque es más que un primer paso para ampliar la oferta de las especialidades que tienen falencias, en particular, a quienes más lo necesitan, es decir, los adultos mayores y los más pobres. Se lo dijimos a la ministra: cuando este proyecto se convierta en ley, serán muchas más las personas que tendrán su receta de lentes. Pero, para lograrlo, el Fonasa debe redoblar sus esfuerzos de financiamiento. Así como se compran sillas de ruedas y bastones, se necesitan lentes, los servicios de salud se podrían unir y comprar lentes por mayor para bajar los costos, lo que además agilizará su entrega a las personas una vez que tengan la receta extendida por un especialista nuevo, un tecnólogo médico o un optómetra. Estoy contento porque hoy, 4 de septiembre, transcurridos 50 años desde que Alessandri ganó las elecciones presidenciales fue la última vez que la Derecha ganó una elección, podemos dar una señal a nuestros ciudadanos, en cuanto a que sabemos lo que significa legislar y, por eso, vamos a aprobar este proyecto. ¡Felicitaciones a la Derecha; bodas de oro, 50 años. Así es la vida! He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Juan Masferrer. El señor MASFERRER.- Señor Presidente, era de esperar el debate que generó este proyecto en la Comisión de Salud y en la Sala, por la falta de iniciativa de los gobiernos de la Concertación llevamos 18 años gobernados por ella y porque las listas de espera para atención oftalmológica son mayúsculas. Según las últimas informaciones, son más de 120 mil los pacientes que están en lista de espera. Hace algunos años, discutimos un proyecto de ley que apuntaba a garantizar la atención de salud a todos los chilenos. Pero, ¿qué ha ocurrido? A pesar de estar garantizada dicha atención, lo único que se hizo fue agravar el problema, por falta de iniciativa, porque no hay suficientes especialistas o porque no existió voluntad para resolver los problemas de las personas, en particular, de las más modestas. Esta iniciativa que no es del Ejecutivo es lo que llama profundamente la atención, sino de diputados de las distintas bancadas que se unieron ante esta crisis mayúscula, propone una solución que debimos modificar en la Comisión con una indicación sustitutiva para crear un equipo de salud, especialmente en los consultorios, con apoyo de un tecnólogo especialista en oftalmología y dirigido por un oftalmólogo. Eso es lo que genera la confusión en algunos colegas. El proyecto puede ayudar en algo, pero no es la solución definitiva. Me hubiese gustado que la ministra de Salud estuviera presente en esta sesión para escuchar a distintos diputados, de todos los sectores, que opinamos que en salud realmente hay una crisis severa, profunda, que no se ha resuelto y que, en especial en oftalmología, es de una enorme gravedad. Estoy seguro de que ninguno de los diputados está en lista de espera para ser atendido por un oftalmólogo, como ocurre con habitantes de nuestros distritos, en comunas campesinas, que viven el drama de no tener acceso a la atención de un oftalmólogo, incluso, les cuesta hasta pronunciar la palabra, porque tales profesionales, no llegan a esos lugares. El Ministerio de Salud no les ha dado la oportunidad de atenderse como dice el Plan Auge, las actuales GES: garantías específicas de salud, mediante las cuales se garantiza a los chilenos, por ley, que serán operados de cataratas. Tengo muchas cosas más que decir, pero, en mérito del tiempo, sólo me queda insistir en cómo es posible que la ministra no esté presente. ¿Dónde está? Estaba leyendo en el diario que parece que andaba promoviendo una candidatura con auto fiscal; pero no concurre a esta Sala cuando se discuten temas que interesan, porque la gente está sufriendo por falta de apoyo profesional en enfermedades de la vista. Esperamos que la gente vea mejor y nunca más vote por la Concertación, porque ha destruido la salud de los chilenos más pobres. He dicho. Aplausos. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Carlos Abel Jarpa. El señor JARPA.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero hacer un reconocimiento a la Sociedad de Oftalmología de nuestro país. El creador de la especialidad fue el doctor Carlos Charlín Correa, quien, además, fue rector de la Universidad de Chile. Precisamente, la Sociedad de Oftalmología de Chile, que creó el primer curso de oftalmología, fue la que, junto con la Escuela de Posgraduados de la Universidad de Chile, han ido formando a los oftalmólogos de Chile. Ésta se inició en 1958. Yo formé parte del curso de 1969. Mi caso demuestra la apertura de la Sociedad de Oftalmología de Chile para formar profesionales, pues en 1969 no hubo becas primarias de oftalmología. Hice mi especialidad gracias al profesor Arentsen. En ese entonces, de acuerdo con los médicos de algunos hospitales del área occidente, como Peñaflor, Melipilla, Talagante, San Antonio, nos contrataban administrativamente como médicos oftalmólogos mientras hacíamos los cursos, o sea, sin beca. La Sociedad Chilena de Oftalmología aceptó que nos formáramos como oftalmólogos. Quiero hablar ahora a título personal. Primero, mi padre, en 1945, llegó a Chillán como oftalmólogo después de seis años del terremoto que afectó a esa ciudad, y cumplió con sus deberes profesionales periódicamente en el Hospital de Osorno, mientras llegaba el especialista. Además, atendía en los hospitales y en la ciudad de Cauquenes. Como dijo mi colega, el doctor Lobos, la Sociedad de Oftalmología ha creado programas pilotos para buscar la solución a la salud visual. Eso es lo que quiero reiterar: el permanente compromiso de la Sociedad de Oftalmología para tener en Chile dicha especialidad y la de tecnología médica con mención en oftalmología, muy importantes para la salud visual. Hace algunos años, cuando se decía que se requerían más oftalmólogos, ellos estaban dispuestos, siempre y cuando se contrataran. Mi colega, el diputado y doctor Meza, decía que los oftalmólogos atienden un promedio de 11 horas en los servicios públicos. En mi caso, antes de asumir como gobernador, fui funcionario del Hospital de Chillán desde 1971, pese a que me podía haber quedado en Santiago, donde fui contratado por 44 horas semanales. Felicito a los autores de la moción, que busca la mejor solución posible a la larga lista de espera para consultas oftalmológicas. Junto con ello, queremos que se le dé la mayor seguridad posible a la población, en el sentido de que la atención será de calidad y de mucha responsabilidad. Así como hoy existe atención a la salud mental en los consultorios generales, urbanos o rurales, en cada consultorio debería existir un equipo de salud visual. El proyecto pretende que los tecnólogos médicos, con mención en oftalmología, bajo la supervisión de un oftalmólogo, se responsabilicen de la salud visual de la población. La Comisión de Salud, en la que participé activamente, recogió la indicación sustitutiva presentada. El diputado informante, doctor Roberto Sepúlveda, dio a conocer los alcances planteados por la ministra de Salud en cuanto a lo que está haciendo el Ministerio con la Sociedad Chilena de Oftalmología para buscar una solución a la larga lista de espera con interconsultas. También es necesario mejorar las remuneraciones de los especialistas para que haya equidad en ese ámbito y se paguen los mismos sueldos en el sector público y privado por igual servicio prestado. No sólo se deben formar más especialistas, sino que también hay que buscar una fórmula para otorgarles buenas remuneraciones, a fin de que se sientan atraídos para trabajar en el sector público. La Comisión de Salud escuchó a todas las personas e instituciones involucradas en el tema, entre ellas a la ministra de Salud, quien es responsable de las políticas de salud. El proyecto busca un camino para solucionar la larga lista de espera en oftalmología. En todo caso, desde ya anuncio que me inhabilito para votar en este proyecto por mi condición de médico oftalmólogo. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda. La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente, en primer lugar, quiero sumarme a las felicitaciones manifestadas a los colegas autores de la moción y a los integrantes de la Comisión de Salud por aprobar la iniciativa en forma unánime, ya que es difícil llegar a acuerdo cuando se trata de médicos de distintas especialidades. Tal vez, el consenso se dio porque el problema fue analizado más bien desde el punto de vista del usuario que del médico. Sobre todo si se considera que el informe plantea que más del 70 por ciento de las listas de espera corresponde a interconsultas de oftalmologías. Además, se busca resolver esa situación con este proyecto en apariencia simple, pero que es de una tremenda complejidad desde la perspectiva profesional y de las funciones que se requieren en este equipo de trabajo oftalmológico. Sin embargo, lo que más me llama la atención es que se desea prevenir las patologías y las disfunciones visuales y mejorar la cobertura de atención a preescolares y escolares. La evaluación y detección de las complicaciones y deficiencias visuales en la etapa más temprana de los niños significa un tremendo avance en la salud oftalmológica. El diputado Olivares me pidió plantear que este proyecto va en la línea correcta, que siempre ha tratado de diferenciar lo relacionado con los profesionales de la salud y apoyar las medidas tendientes a disminuir las listas de espera. Como diputada de sectores rurales y de provincia, encuentro que ésta es una solución muy importante para las personas de más escasos recursos, entre ellas, los preescolares, escolares y adultos de la tercera edad. Por eso, teniendo en cuenta que los optómetras son profesionales universitarios, preparados y que forman parte de un equipo de salud, la bancada de diputados del Comité del Partido Regionalista de los Independientes, PRI, e Independientes, incluso el presidente del PRI hoy se comprometió a ello, votará favorablemente el proyecto. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fulvio Rossi. El señor ROSSI.- Señor Presidente, en primer lugar, no puedo dejar de saludar a la Derecha chilena por al quincuagésimo aniversario de su último triunfo electoral en democracia. Por otro lado, quiero manifestar mi alegría por el avance en el acceso de la gente a la atención oftalmológica, especialmente la que se atiende en el sector público. Cuando digo “atención oftalmológica” no sólo me refiero a resolver los vicios de refracción, que son los problemas físicos, no enfermedad, es importante aclararlo, como la miopía, hipermetropía, presbicia, que constituyen la mayor cantidad de anomalías visuales en lista de espera. Al facultar a otros profesionales para examinar y prescribir lentes, estamos contribuyendo a descongestionar las listas de espera. En forma paralela, ayudamos a que otros problemas de salud, como glaucoma, desprendimiento de la retina o catarata, sean examinados por los especialistas que dedicaban gran parte de su tiempo a esas otras disfunciones visuales, en circunstancias de que hay personas capacitadas para hacerlo. Es raro, pero esta vez coincido con el diputado Dittborn en que el proyecto es insuficiente. Habría sido ideal otorgar más facultades, pero algunas sociedades científicas tienen mucho poder en nuestro país. Debo recordar que fui sindicado por la Sociedad Chilena de Oftalmología como uno de los parlamentarios que la definió como cartel. Al respecto, me pregunto cómo no decir eso si los oftalmólogos nos quieren hacer creer que sobran, que no es necesario formar más especialistas, porque su número es suficiente en el sector público. Todos sabemos que eso no es así. De hecho, los principales problemas de salud tanto para consulta de la especialidad como para resolución quirúrgica en lista de espera corresponden a oftalmología. Existe un número insuficiente de oftalmólogos por habitante. Más aún, están concentrados en el sector privado, no en el público, y en la Región Metropolitana. No existen de manera proporcional y equitativa en el resto del país. Hay que ser claros y francos. Si hubiese oftalmólogos suficientes para atender en los sectores público y privado y en todas las regiones, tendría sentido que sólo los oftalmólogos pueden prestar una buena atención integral de salud visual, porque si lo hace un tecnólogo o un optómetra se le pueden pasar muchas patologías. Por eso, muchas veces el Gobierno, aun habiendo cupos en oftalmología, no puede llenarlos, porque no hay interesados. De ahí que muchas veces se ha recurrido a formar oftalmólogos en el extranjero, porque la Sociedad Científica Chilena de Tecnología Médica Oftalmológica todos los años restringe su número en las universidades. Eso representa un tremendo error, es el quid del asunto. Debemos avanzar en su resolución. Por lo expuesto, anuncio nuestro respaldo al proyecto, porque como alguien dijo por ahí, esas deficiencias visuales no matan, pero la calidad de vida de una persona con un vicio de refracción, como presbicia o hipermetropía, se ve muy mejorada cuando se le prescriben los lentes. En consecuencia, vamos a votar favorablemente el proyecto, a la espera de que, de una vez por todas, avancemos en la formación de más oftalmólogos de acuerdo con las necesidades sanitarias del país. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Señores diputados, por haber llegado la hora de término de la Orden del Día, queda pendiente la discusión del proyecto. Están inscritos los diputados señores Alfonso De Urresti, Enrique Accorsi y Alberto Robles. VI. PROYECTOS DE ACUERDO BONO PARA VOCALES DE MESA. (Preferencia). El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se ha pedido a la Mesa que se trate sobre Tabla el proyecto de acuerdo Nº 635. ¿Habría acuerdo? Acordado. El señor Prosecretario dará lectura al proyecto de acuerdo. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 635 de los señores Rojas, Egaña, Isasi, doña Marta; Lobos, Martínez, Hernández, Sepúlveda, Olivares, Ascencio y Sule, que en su parte resolutiva dice: “La Cámara de Diputados acuerda: Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República el envío de un proyecto de ley al Congreso Nacional para establecer un bono extraordinario equivalente a $ 10.000 (diez mil pesos) para las personas que ejerzan efectivamente las funciones de vocales de mesa receptoras de sufragios para las elecciones municipales del próximo 26 de octubre. Además, que dicha iniciativa contenga la excepción legal para que a éstas personas se les conceda un día libre en el caso que ellos trabajen en el sector público o privado para los fines de que puedan tener un día de descanso después de haber finalizado el proceso eleccionario.” El señor ULLOA (Vicepresidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Manuel Rojas. El señor ROJAS.- Señor Presidente, el proyecto viene a ser parte de lo que desde hace cuatro años solicitamos un grupo de parlamentarios, en el sentido de reconocer la labor de los vocales de mesa en el proceso democrático. Las personas que no participan en las elecciones en forma directa están en sus casas descansando y, muchas veces, tienen el día libre. En cambio, los vocales de mesa deben concurrir a temprana hora a los centros de votación, lo que implica un gasto no solamente en el desplazamiento, sino en la permanencia en el lugar de votación, en el cual incluso deben alimentarse. La iniciativa tiene el mismo sentido de la que se tramitó hace cuatro años, cuando se otorgó un bono de seis mil pesos a los vocales de mesa. Hoy, con el incremento del IPC, su monto sería de diez mil. Por lo tanto, llamo a aprobar el proyecto, ojalá por unanimidad, a fin de solicitar a la Presidenta de la República el envío al Congreso Nacional de la iniciativa correspondiente antes de las elecciones del 26 de octubre. El señor ENCINA (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra para impugnarlo. Ofrezco la palabra. En votación. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 48 votos. Hubo 1 abstención. El señor ENCINA (Presidente).- Aprobado. Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; EnríquezOminami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Estay Peñaloza Enrique; Galilea Carrillo Pablo; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Hernández Hernández Javier; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Monckeberg Bruner Cristián; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Valcarce Becerra Ximena; Venegas Cárdenas Mario; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe. Se abstuvo el diputado señor Vallespín López Patricio. HABILITACIÓN DE UNIDADES ESPECIALIZADAS EN ATENCIÓN DE ADULTOS MAYORES EN SERVICIOS HOSPITALARIOS. (Votación). El señor ENCINA (Presidente).- Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 615, sobre la habilitación de unidades especializadas en atención de adultos mayores en los servicios hospitalarios. En votación. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor ENCINA (Presidente).- Rechazado. El señor ROJAS.- Señor Presidente, solicito que pida la unanimidad para votar nuevamente el proyecto de acuerdo. El señor ENCINA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado por el señor diputado. ¿Habría acuerdo? Acordado. En votación Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 58 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor ENCINA (Presidente).- Aprobado. Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Correa De La Cerda Sergio; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Estay Peñaloza Enrique; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Hernández Hernández Javier; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Monckeberg Bruner Cristián; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Rojas Molina Manuel; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Valcarce Becerra Ximena; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. ASIGNATURA DE FORMACIÓN CIUDADANA Y EDUCACIÓN CÍVICA. El señor ENCINA (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 616, de la diputada Pascal, doña Denise, y de los diputados señores Accorsi, Forni, Tarud, Meza, Duarte, Burgos, Rojas, Masferrer y Ojeda, que en su parte resolutiva dice: “La Cámara de Diputados acuerda: Solicitar: 1. A la Ministra de Educación que proceda a crear una asignatura de formación ciudadana y educación cívica que incorpore la Educación en Derechos Humanos al curriculum de la educación formal, ya sea ésta preescolar, básica, media o superior. 2. Al ministro de Defensa Nacional que elabore al interior de las escuelas dependientes de las Fuerzas Armadas, Planes de Estudio de Promoción y Educación en materia de Derechos Humanos y de Educación Cívica”. El señor ENCINA (Presidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Ojeda. El señor OJEDA.- Señor Presidente, nadie puede mostrarse en desacuerdo con un proyecto de acuerdo que busca crear una asignatura de formación cívica. Hace algunos años ella formaba parte de los planes de estudio de colegios y liceos. Su ausencia explica el desconocimiento que muestra la ciudadanía respecto de instituciones políticas y jurídicas. Por eso, resulta importante crear la asignatura señalada a fin de incorporarla al currículum escolar. Por otra parte, el proyecto de acuerdo persigue incorporar en esa asignatura materias relativas a derechos humanos. Hace algunos años, el ex diputado señor Andrés Aylwin, en conjunto con otros parlamentarios, patrocinamos una iniciativa que luego se convirtió en ley de la República: me refiero a la ley Nº 19.938, promulgada el 10 de marzo de 2004, que modificó la ley orgánica constitucional de Enseñanza, a fin de promover los derechos humanos. De hecho, su artículo único señala en forma perentoria que uno de los objetivos de la educación es promover el estudio y conocimiento de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, así como fomentar la paz. En otras palabras, ya existe un mandato de ley sobre esta materia, por lo que no existe excusa para no promocionar la educación en materia de derechos humanos en los currículum preescolar, de enseñanza básica, media y superior, así como en los planes de estudio de las distintas escuelas matrices de las Fuerzas Armadas. Por último, solicito a la Sala que preste su aprobación al proyecto de acuerdo, a fin de que estemos a la altura de los tiempos democráticos que vive el país. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra para impugnarlo. Ofrezco la palabra. En votación. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones. El señor ENCINA (Presidente).- Aprobado. Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Leal Labrín Antonio; Masferrer Pellizzari Juan; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Rojas Molina Manuel; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Eugenio; Valcarce Becerra Ximena; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio. Se abstuvieron los diputados señores: Barros Montero Ramón; Ulloa Aguillón Jorge. DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS POR COMPRA DE COMBUSTIBLE A TRANSPORTISTAS ESCOLARES. (Votación pendiente). El señor ENCINA (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 617, de la señora Sepúlveda, doña Alejandra, y de los señores Araya, Chahuán, Olivares, Accorsi, Ascencio, Rojas, Von Mühlenbrock, Pérez y Palma, que en su parte resolutiva dice: “La Cámara de Diputados acuerda: Solicitar a la Presidenta de la República y al ministro de Transportes estudiar e implementar las medidas necesarias a fin de que los transportistas escolares puedan comprar una determinada cantidad de combustible y recuperarla anualmente en su devolución de impuestos, de manera que puedan seguir ofreciendo sus servicios a las familias chilenas a valores semejantes a los actuales”. El señor ENCINA (Presidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra para impugnarlo. Ofrezco la palabra. En votación. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 17 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor ENCINA (Presidente).- No hay quórum. Se va a repetir la votación. Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor ENCINA (Presidente).- No hay quórum. Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos. Transcurrido el tiempo reglamentario: El señor ENCINA (Presidente).- En votación el proyecto de acuerdo Nº 617. Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 25 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor ENCINA (Presidente).- Por no haberse reunido el quórum necesario, la votación del proyecto de acuerdo queda pendiente para la próxima sesión ordinaria. Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/pacuerdo/ VII. INCIDENTES VIDEOLAPARASCOPÍA PARA HOSPITAL DOCTOR ABRAHAM GODOY PEÑA, DE LAUTARO. Oficios. El señor ENCINA (Presidente).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido por la Democracia. Tiene la palabra, por seis minutos, el diputado señor Jaime Quintana. El señor QUINTANA.- Señor Presidente, el hospital de Lautaro se encuentra próximo a cumplir cien años de vida, los cuales no han sido fáciles. Allá por 1908, al momento de su fundación, los recursos también eran escasos. Fue hacia 1915 cuando pudo consolidarse con la llegada de los primeros médicos, con la creación de la maternidad. Durante un siglo ha funcionado no sin dificultades y apreturas, pero gracias principalmente al aporte de vecinos e instituciones lautarinas, a profesionales de la salud, como el doctor Abraham Godoy Peña cuyo nombre lleva hoy dicho hospital, ha alcanzado cada vez mayores niveles de respuestas hasta llegar a lo que es en la actualidad, donde con el esfuerzo de autoridades, directivos, voluntariado, comunidad organizada entre ellos, Rotary Club, Club de Leones, Damas de Blanco, Policlínico del Dolor, Damas de San Juan , agrupada en el Consejo de Desarrollo del Hospital, que preside el señor Ricardo Candia, sumada al recurso humano del mismo establecimiento, comprometido con la gestión, se han obtenido logros muy significativos. En el último tiempo, tampoco la tarea ha sido fácil. Por ejemplo, convencer al Consejo Regional de La Araucanía de que había que incorporar este hospital en el proceso de normalización, con un monto de 2.600 millones de pesos, cuyos diseños arquitectónicos comienzan a realizarse durante este segundo semestre. La dirección del hospital, encabezada por la señora Andrea Catalán, se ha centrado, en los últimos años, en resolver aspectos tales como mejorar pabellones para avanzar en cirugías de hernias, várices, vesículas, entre otras. Ha llegado equipamiento de última generación y, en general, una multiplicidad de aparatos para la realización de exámenes médicos en la parte de imageneología y de rayos que hacen al hospital Dr. Abraham Godoy Peña cada vez menos dependiente del hospital regional de Temuco. El equipamiento de los distintos servicios, como maternidad, cirugía, hospitalización, así como la renovación de ambulancias y la reducción de riesgos de infección intrahospitalaria, entre muchos otros factores, hacen que la comunidad lautarina se sienta cada vez más orgullosa de su centro asistencial, faltando, no obstante, mucho para alcanzar niveles óptimos de satisfacción. Los avances se notan. Lo más relevante y que corona el referido esfuerzo: el hospital deja de ser de tipo 4 y se convierte en uno de mediana complejidad. Para seguir efectuando en Lautaro muchas cirugías, lo que contribuye a reducir la alta congestión y la lista de espera existente en el hospital regional, se requiere con urgencia un equipo denominado videolaparoscopía capaz de realizar diagnósticos y cirugías correctivas, lo que junto a los nuevos especialistas, que han de llegar a partir de los anuncios recientes de la Presidenta Bachelet un cirujano y un internista, permitirán otro salto en una mejor atención. El mencionado instrumental sería un gran regalo al hospital de Lautaro, un premio al esfuerzo y la mejor manera de homenajearlo en su centenario. Por esta razón, pido que se envíe copia de esta intervención, del requerimiento de la comunidad lautarina, a la ministra de Salud, señora María Soledad Barría; a la directora del hospital de Lautaro, señora Andrea Catalán; al presidente del Consejo de Desarrollo del hospital, señor Ricardo Candia; al director del Servicio de Salud Araucanía Sur, señor Milton Moya, y al seremi de Salud, doctor César Torres. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Se enviarán las copias de la intervención solicitadas por su señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo indican. REITERACIÓN DE OFICIO A MINISTERIO DE AGRICULTURA SOBRE CREACIÓN DE BANCO GANADERO EN EL SUR. Oficio. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, acabo de recibir, del Ministerio de Agricultura, el oficio ordinario Nº 872, en respuesta a uno que le enviara la Cámara a petición de quien habla. La consulta a dicho Ministerio se relacionaba con la creación de un banco ganadero en el sur de Chile. En su momento, el de inicio de un despertar de la agricultura tradicional en el sur, la Corfo, en la década de los sesenta, creó un banco ganadero que tuvo un resultado espectacular. Aquellos sin la oportunidad de tener algún animal bovino u ovino, la tuvieron a través de ese banco. La respuesta del Ministerio de Agricultura no me satisface, puesto que dice que está estudiándose y desde 2001 el Ministerio está preocupado de contribuir a generar e implementar una estrategia que permita a este sector productor de carne bovina competir en forma responsable y seria con los representantes de la cadena que componen las ferias ganaderas, los mataderos, etcétera. Estamos en el 2008 y, cuando hablamos de que Chile crece y la agricultura tradicional está relativamente estancada, y lo digo así porque siempre hay muy buenos apoyos, con la materialización de esta iniciativa se cristalizaría un importante respaldo para el crecimiento del pequeño agricultor, en especial al que le cuesta mucho acceder a créditos. El Indap le entregaría animales y, de esa forma, crecería de una vez por todas. Ésa era la intención de mi oficio, pero, lamentablemente, se me responde otra cosa y se traspasa esta responsabilidad, propia del Ministerio de Agricultura, a los integrantes de las asociaciones gremiales de plantas faenadoras, a la Federación Nacional de Productores y al presidente de la Asociación de Ferias Ganaderas, quienes, en el fondo, no van a decidir, dentro de las políticas de gobierno, la creación de un banco ganadero. Quiero reiterar ese oficio; no decir que se tome el tema con seriedad, sino que se me responda sobre lo consultado, petición formal de tantos agricultores pequeños que aspiran también a ser dueños de algunos animales en el futuro cercano y que por distintas razones, especialmente económicas, no los tienen. Por eso, y en consideración a que no ha sido satisfecha la consulta que hice en su oportunidad, pido que se reitere el oficio a la ministra de Agricultura para que estudie, de manera urgente, la creación del Banco Ganadero en el sur de Chile. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención. ALCANCES SOBRE PROPUESTA DE UTILIZACIÓN DE RECURSOS DEL ROYALTY MINERO. El señor ULLOA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal. La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente, la prensa de hoy señala que el presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Sonami, Alfredo Ovalle, en Cena Anual de la Minería, propuso a las autoridades de gobierno utilizar los recursos obtenidos a través del royalty minero para remediar los pasivos ambientales generados por esa industria. Al respecto, no sé si este señor quiere alarmarnos o reírse de todo un país. En la Cuarta Región, las aguas del río Choapa fueron contaminadas por una minera, como consecuencia de ello, hoy aparecen peces y camarones muertos en ese río. Igual cosa ocurre en otras zonas del país, con suelos contaminados por relaves mineros y desechos industriales. Nuestros ríos están contaminados por relaves, ya que normalmente son utilizados como represas por las mineras cercanas. No obstante este daño, proponen usar las platas del royalty, concebidas para otros fines, en la solución de los problemas medioambientales que han causado. Es realmente preocupante esta propuesta, por decir lo menos. Deberemos pronunciarnos con mucha más fuerza respecto de los estudios de impacto ambiental que llevan a cabo las mineras y sobre la planificación y manejo ambiental del cierre de faenas. Desgraciadamente, en nuestro país poco o nada se sabe sobre qué hacer con los tranques de relave cuando las mineras terminan su actividad, porque ya no tienen producciones adecuadas para seguir ganando los miles y miles de millones de dólares. Las utilidades de la minería privada están por sobre los 10 mil millones de dólares y sólo pagan 570 millones de dólares por concepto de royalty, recursos que deben destinarse a la investigación y al desarrollo de las regiones. Para esos fines se estableció este impuesto y no para otra cosa. Desde esta tribuna llamo la atención de mis colegas y de nuestros ciudadanos para decirles que nosotros, los medioambientalistas, vamos a preocuparnos del desarrollo minero sustentable y de un medio ambiente protegido, de manera que no pretendan usar las platas del royalty para solucionar los pasivos ambientales. No dejaremos que se rían en nuestras caras. He dicho. FACILIDAD EN EL OTORGAMIENTO DE PODER PARA EL COBRO DE PENSIONES DE ADULTOS MAYORES. Oficios. El señor ULLOA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz. El señor DÍAZ (don Marcelo).- Señor Presidente, quiero plantear una situación que afecta a todos los adultos mayores que viven en poblados alejados del centro urbano de la comuna de Vicuña. Para cobrar sus pensiones otorgan poder a hijos o familiares a fin de que realicen el trámite. Para ese efecto, deben concurrir al centro urbano de la comuna, a las oficinas del INP y llenar el formulario “Autorización de apoderados” y formalizarlo ante notario. De esa manera, el familiar o a quien el adulto mayor designe tendrá plena legitimidad para cobrar la pensión. Para los adultos mayores que viven en sectores muy apartados de la comuna de Vicuña, y en general, para los pensionados que viven en localidades rurales apartadas de los centros urbanos, este trámite representa un esfuerzo muy significativo, toda vez que muchas veces no cuentan con los recursos económicos para movilizarse o tienen limitaciones para desplazarse. Por lo tanto, pido que se oficie al director del Instituto de Normalización Previsional para que, en la fecha de pago a los adultos mayores, que muchas veces se realiza en las propias localidades, los funcionarios del Instituto porten formularios de autorización de apoderados, de manera que el pensionado cumpla con la formalidad en la misma localidad donde se le paga la pensión. Esta es una inquietud que me planteó la semana pasada la concejala Leonor Ortega Wanders, de la comuna de Vicuña. Pido que se remita copia de mi intervención a las uniones comunales de adultos mayores de la Serena y de Vicuña, y a la concejala Leonor Ortega, a quien agradezco su preocupación. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de quien preside. PREOCUPACIÓN POR FUTURO DE ACUÍFERO CULEBRÓN, COMUNA DE COQUIMBO. Oficios. El señor DÍAZ (don Marcelo).- Señor Presidente, pido que se oficie al presidente de la Comisión Regional de Medio Ambiente de Coquimbo y al ministro de Obras Públicas para que informen a la Cámara de Diputados sobre la situación que afecta al acuífero Culebrón en la localidad de Pan de Azúcar, Coquimbo, que surte de agua para el riego, la minería y el consumo humano a las comunas de Coquimbo y Andacollo y a las localidades de Tongoy y Guanaqueros. Información entregada por la compañía Minera Carmen da cuenta de un estudio privado en el que se señala que como consecuencia de la autorización de la Corema para su proyecto Hipógeno, existen serias posibilidades de poner en riesgo la sustentabilidad del acuífero. Esto significa que se dejará de disponer del recurso agua para el consumo humano y para la agricultura como consecuencia del desarrollo de una gran inversión minera en la comuna de Andacollo. No entiendo cómo aprobaron la resolución de calificación ambiental de un proyecto que, según los estudios que se conocen, pone en riesgo la disponibilidad de agua para el consumo humano y el desarrollo de la agricultura en el sector. No quiero prejuzgar. Lo primero es contar con la información y conocer las opiniones de la Corema, de la Dirección General de Aguas y de la Dirección de Obras Hidráulicas, estas últimas, organismos del Ministerio de Obras Públicas mandatados para cautelar nuestros recursos. Es más, el gerente general de Aguas del Valle, la principal empresa sanitaria de la Región, señala que la recarga del agua del canal es factible; sin embargo, no será suficiente para mantener el equilibrio entre las necesidades mineras, agrícolas y humanas. He usado esta tribuna para manifestar la profunda inquietud y preocupación que ha generado la noticia en mi Región, particularmente en los habitantes de la comuna de Andacollo. Pido que se remita copia de mi intervención a la Comisión del Medio Ambiente de Andacollo. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión del diputado señor Samuel Venegas. EXTENSIÓN DE RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA A CHACARILLAS, COMUNA DE CARTAGENA. El señor ULLOA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Samuel Venegas. El señor VENEGAS (don Samuel).- Señor Presidente, los vecinos de la comunidad de Chacarillas, en la comuna de Cartagena, sector Rosario Arriba, anhelan la solución de un problema que para ellos es cada día más angustiante. En ese caserío rural viven dos destacados folcloristas, cultores de la paya criolla y del canto a lo humano y lo divino: Arnoldo Madariaga y su hijo, quienes han obtenido importantes reconocimientos en encuentros realizados en Santo Domingo, Casablanca, Cartagena, San Antonio y otros lugares del país. Estos folcloristas, en conjunto con el resto de los vecinos de Chacarillas, me han planteado que su gran anhelo es que la energía eléctrica llegue hasta su comunidad, para lo cual es necesario extender la red desde Rosario Arriba o desde Cajón de La Magdalena hasta su localidad, mediante un tendido de aproximadamente cinco kilómetros de longitud. Ello facilitaría el progreso de todos los lugareños, quienes contarían con mejores condiciones para continuar su vida apacible dedicada a la producción de cítricos, legumbres y cereales, gracias al microclima del lugar y a las aguas puras que extraen desde las entrañas de las montañas de la Cordillera de La Costa. El planteamiento de estos vecinos me han conmovido, por lo que he decidido solicitar, a través de esta Corporación, que se oficie al intendente de la Región de Valparaíso, señor Iván De la Maza, a fin de que incorpore en el presupuesto de 2009 los recursos necesarios para la realización de la obra que estos campesinos demandan y así dar satisfacción a su anhelo justificado, porque queremos que continúen ahí, haciendo soberanía, entregando su esfuerzo al libre emprendimiento y, a la vez, realizando su importante aporte a la cultura, como tradicionalmente ha hecho la familia Madariaga. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría. RÉPLICA A EXPRESIONES DE DIPUTADA SOBRE UTILIZACIÓN DE RECURSOS DEL ROYALTY MINERO. El señor ULLOA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Independiente, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry. El señor SALABERRY.- Señor Presidente, tenía considerado realizar una intervención muy breve para referirme sólo a una situación que preocupa en mi distrito, pero después de escuchar las opiniones de la diputada señora Pascal respecto de una declaración que hizo ayer el presidente de la Sociedad Nacional de Minería, señor Alfredo Ovalle, he decidido referirme también a este asunto. Me llamó la atención el tono de la señora diputada al referirse a las declaraciones del dirigente empresarial, por lo que revisé la prensa para informarme acerca de lo que había dicho Alfredo Ovalle. Lo concreto es que el presidente de la Sonami intervino en un acto que se celebró ayer y contó con la presencia de la propia Presidenta de la República. En su discurso se refirió al royalty minero, que fue aprobado por el Congreso Nacional. Como recordarán los señores diputados, se trata de una suerte de impuesto que se aplica a las empresas mineras, cuyos recursos debían destinarse a un fondo de innovación tecnológica, según establece la ley respectiva. El señor Ovalle declaró, durante la cena de aniversario de la Sociedad Nacional de Minería, Sonami, que los recursos que el royalty entrega al fondo de innovación tecnológica no estaban siendo bien utilizados y propuso que de destinaran a una finalidad distinta: compensar el impacto ambiental que produce la actividad minera. El presidente de la Sonami reconoció que el sector tiene una especie de deuda en materia ambiental por el impacto que las empresas mineras han producido durante décadas al medio ambiente, producto, en algunos casos, del uso de tecnologías muy antiguas. Considero que, al revés de lo planteado por la diputada señora Pascal, quien lamentablemente no se encuentra en este momento en la Sala, en vez de sorprendernos negativamente por la declaración y atacarla, deberíamos felicitar al presidente de los empresarios mineros, valorar y aplaudir sus palabras, porque no siempre escuchamos declaraciones como las que él hizo, en una materia que preocupa a todos los ciudadanos. Por lo tanto, me alegro que un dirigente de la importancia del señor Ovalle haya puesto sobre la mesa un tema tan importante como el del impacto ambiental que producen las empresas mineras y hecho una propuesta para ir en ayuda de aquellas comunas que lo sufren. Usar una parte de los recursos del royalty minero para mitigar el impacto ambiental producido por las empresas del rubro me parece una propuesta interesante y que debe ser aplaudida. ANTECEDENTES SOBRE DESTINO DE INMUEBLE DE LA COMUNA DE SAN JOAQUÍN. Oficio. El señor SALABERRY.- Señor Presidente, por otra parte solicito que se oficie Ministerio de Obras Públicas para que nos informe acerca de los planes que tiene para un inmueble de su propiedad, ubicado en la comuna de San Joaquín, que represento en esta Corporación, en el que hay un complejo deportivo que administra el departamento de Arquitectura de ese Ministerio. Se trata del complejo deportivo Pacífico, ubicado en la esquina de calle Pacífico con avenida Carlos Valdovinos, que actualmente es utilizado por alrededor de mil vecinas y vecinos para practicar algún deporte, principalmente fútbol. Lamentablemente, han surgido rumores que señalan que esa propiedad sería destinada a un fin distinto al que ha tenido por años, así es que me gustaría que el Ministerio de Obras Públicas nos informara si existe algún proyecto en carpeta para esa propiedad y que nos enviara los antecedentes de una eventual venta o traspaso a la municipalidad de San Joaquín, la cual lo destinaría a fines habitacionales o de otra índole, distinto al deportivo. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- se enviará el oficio solicitado por su señoría. ANTECEDENTES SOBRE INSTALACIÓN DE RECINTOS DE LA ZONA FRANCA DE IQUIQUE EN ALTO HOSPICIO. Oficios. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Marta Isasi. La señora ISASI (doña Marta).- Señor Presidente, por todos es sabido que la Zona Franca de Iquique ha sido una de las palancas de desarrollo de la Región de Tarapacá, ya que aporta millonarios recursos a los municipios locales, toda vez que la compañía administradora debe repartir el 15 por ciento de sus ingresos brutos como pago por la concesión que se le entregó. Para que nos hagamos una idea de lo que esto significa, valga tener presente que en 2007 las ventas de la Zofri alcanzaron a 2.643 millones de dólares. El aporte impacta fuertemente en los presupuestos de los municipios que lo reciben, por lo que siempre resultará atractivo saber que Zofri S.A. ha consolidado una plataforma de negocios en la Región y que se sigue trabajando a fin de atraer nuevas inversiones. Sin embargo, un manto de gran preocupación cubre por estos días a la ciudad de Iquique, toda vez que el Ministerio de Hacienda autorizó la instalación de recintos fuera del perímetro de la Zona Franca. Si bien este hecho por sí sólo no debería acarrear mayor preocupación, genera incertidumbre que se hable del traslado de todo el rubro automotriz a terrenos adquiridos en Alto Hospicio, bajo el argumento de que en Iquique ya no existe capacidad de almacenaje. Decenas de miles de vehículos entran y salen mensualmente de las actuales instalaciones, lo que permite hacerse una idea del tremendo movimiento que se produce. En la actualidad, la única ruta que une Alto Hospicio con Iquique no es óptima. Si bien es bastante buena, es insuficiente, ya que cuando se produce un accidente, la ruta colapsa y se detiene el tráfico. Si se tiene en cuenta eso, ¿es posible que Alto Hospicio se transforme en la plataforma del rubro vehicular de de Zona Franca? Con esta ruta, diría que no, pero lo aceptaría con una nueva, y todos los regionalistas deberíamos luchar para que ese proyecto se concrete de una vez por todas. No está claro si la medida apunta a que sólo los nuevos locatarios es decir, los nuevos inversionistas en el rubro automotor se instalen en Alto Hospicio, lo que me parecería muy bien, porque daría un gran impulso económico a esa emergente comuna. Pero trasladar a los que llevan años en Iquique, a los que ya cuentan con su clientela, que son, específicamente, empresarios de Bolivia que viajan a Iquique para comprar, constituiría un tremendo daño a los inversionistas, a los trabajadores, a los hostales y a los taxis colectivos de Iquique. En resumen, se produciría un considerable daño al comercio en general. ¿Se pretende matar a Iquique con esta medida? ¿No se han dado cuenta del impacto negativo que producirá? Solicito que se oficie al ministro de Hacienda, a la subsecretaria de esa misma Cartera y al gerente general de la Zona Franca, a fin de que informen en detalle sobre el decreto que autoriza esa instalación, sobre las medidas que se están tomando para resguardar al comercio de Iquique y si esta medida apunta a los nuevos inversionistas en Alto Hospicio o se refiere a todos en general, lo cual me parecería simplemente una locura. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría. HOMENAJE AL PROFESOR MANFRED MAXNEEF. Oficios. El señor ULLOA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro. El señor DELMASTRO (de pie).- Señor Presidente, he solicitado hacer uso de la palabra con el fin de dedicar un sencillo pero merecido homenaje a un distinguido académico y ciudadano avecindado en Valdivia, bajo el alero de la Universidad Austral de Chile: el profesor Manfred MaxNeef, actual director del Instituto de Economía de la Facultad de Economía de esa casa de estudios superiores. El profesor MaxNeef ha sido reconocido internacionalmente como uno de los pensadores y economistas más importantes del siglo XX, lo cual se ha materializado en diversos premios y preseas que le han otorgado universidades y gobiernos extranjeros en virtud de su aporte al conocimiento de las ciencias sociales y, especialmente, por sus teorías sobre el desarrollo a escala humana, lo que se ha constituido en un prisma diferente para analizar los avances económicos de los países, fundamentalmente de los más pobres y menos desarrollados. En 1983, el profesor MaxNeef fue galardonado por el Parlamento de Suecia con el Premio Nobel Alternativo de Economía, precisamente por sus teorías sobre el desarrollo a escala humana. Posteriormente, en 1997, la Universidad de Manizales, de Colombia, le otorgó el Escudo de Oro por Méritos Académicos. En ese mismo año, la Universidad de Soka, de Japón, lo premió con el University Award of Highest Honour. En 2001, el gobierno del Estado de Carabobo, de Venzuela, le otorgó el premio de Gran Oficial de la Orden del Sol de Carabobo. Al año siguiente, la Universidad de Jordania de ese país le concedió el grado de Doctor Honoris Causa en Economía. En 2003, la Universidad Santiago de Cali, de Colombia, le confirió la medalla Excelencia Universitaria Grado de Oro y, en 2005, la Universidad de Antioquia, de Colombia, le concedió el título Honoris Causa de Magíster en Salud Pública. Durante este año, el profesor MaxNeef ha tenido el reconocimiento de diversas e importantes instituciones y universidades de todo el mundo. En la publicación de un volumen en Inglaterra denominado “Visionaries: The 20th Century’s 100 Most Important Inspirational Leaders” se incluye a los cien líderes visionarios del siglo XX, entre los que se consideran sólo tres latinoamericanos, uno de los cuales es nuestro distinguido académico. En otro ámbito, la más importante editorial de Inglaterra, la Routledge, publicó el libro titulado “Los Cincuenta Pensadores más Importantes en Desarrollo”, entre los cuales incluyó al profesor MaxNeef como uno de los pensadores más destacados de la historia en el tema del desarrollo. Con motivo de los 800 años de vida de la Universidad de Cambridge, ésta publicará próximamente un libro basado en una encuesta a dos mil líderes de todo el mundo, quienes señalan a Manfred MaxNeef como uno de los cincuenta pensadores más importantes del mundo sobre el concepto de sustentabilidad. El pasado 9 de agosto, la Sociedad Internacional de Economía Ecológica, en la ciudad de Nairobi, Kenia, le otorgó el máximo galardón, denominado Kenneth Boulding Award, por sus aportes en el campo de la economía ecológica. Recientemente, la Universidad Saint Francis, de Pennsylvania, Estados Unidos, informó al profesor MaxNeef que el próximo año le concederá un nuevo grado Doctor Honoris Causa de esa universidad, con el cual obtendrá ese alto grado académico por cuarta vez en su vida académica y docente. Desde esta tribuna de la Cámara de Diputados de Chile, le enviamos nuestro reconocimiento y gratitud al profesor Manfred MaxNeef por sus importantes aportes a las ciencias sociales y al desarrollo de las ciencias económicas, colocando a nuestro país y a nuestra querida Universidad Austral de Chile en el mapa de las ciencias y de la academia del mundo. Queremos que el profesor MaxNeef sea profeta en su tierra. Agradeceré que el texto completo de este homenaje se envíe a la señora ministra de Educación, así como al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas y al rector de la Universidad Austral de Chile, que mañana 5 de septiembre cumple un nuevo aniversario. ¡Qué mejor homenaje a ella que el reconocimiento a un distinguido académico de esa casa de estudios, el profesor Manfred Max Neef! He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión unánime de los diputados presentes en la Sala. PRONUNCIAMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SOBRE TRANSFERENCIA DE CONCESIÓN DE AGUAS SERVIDAS EN COPIAPÓ. Oficios. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Aedo. El señor AEDO.- Señor Presidente, en esta oportunidad me referiré a una situación bastante anómala que se suscitó recientemente en Copiapó, capital de la Región de Atacama. Se trata de la venta de la concesión de aguas servidas tratadas efectuada por la empresa sanitaria Aguas Chañar S.A a la Compañía Contractual Minera Candelaria, proyecto conocido como Acueducto ChamonateCandelaria, presentado por dicha empresa minera, que fue aprobado por la Comisión Regional de Medio Ambiente en sesión efectuada el 27 de agosto pasado. Cabe señalar que la citada empresa sanitaria detentaba una concesión de producción, distribución y tratamiento de aguas servidas, otorgada en conformidad al artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 382, de 1988, conocido también como ley general de Servicios Sanitarios. De acuerdo con el artículo 7º de dicha norma, esta concesión puede ser objeto de cualquier acto jurídico en virtud del cual se transfiera el dominio o derecho de explotación de la concesión. Además, este tipo de transferencia requiere expresamente la aprobación de la entidad normativa, esto es, la Superintendencia de Servicios Sanitarios, según lo señala el artículo 32 de dicho cuerpo legal, la que “sólo verificará que a quien se le transfiere el dominio o los derechos de explotación acredite que cumple con los requisitos exigidos por la ley vigente.”. El artículo 7º de esa norma dispone que “las concesionarias de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas sólo podrán destinar sus instalaciones al servicio público respectivo.”. Es decir, el legislador ha previsto que las concesiones pueden transferir el dominio, pero establece que sus instalaciones podrán destinarse exclusivamente al servicio público y no a otros fines, como labores productivas o industriales. Esto es lo que debe verificar en forma expresa la Superintendencia. Antes de que se votara dicha transferencia por la Corema correspondiente, la intendenta regional de Atacama solicitó un pronunciamiento de la Superintendencia de Servicios Sanitarios respecto de la viabilidad jurídica de que una empresa sanitaria venda aguas servidas tratadas a terceros que utilizarán esas instalaciones para el desarrollo de proyectos productivos. Dicha autoridad suscribió el oficio ordinario Nº 2693, de 25 de agosto de 2008, el que, en nuestro concepto, contiene un pronunciamiento erróneo, ya que se basa en lo dispuesto en el artículo 61 de la referida ley, que se remite al Título V del Libro Primero del Código de Aguas, referido a los derrames de aguas, el que las considera abandonadas desde que el dueño del aprovechamiento de las mismas hace dejación de ellas en los linderos de la propiedad sin volver a aprovecharlas. Por aplicación de dicho concepto general, el mencionado artículo 61 entiende que los prestadores de los servicios abandonan sus aguas servidas cuando ellas evacuan en las redes o instalaciones de otro prestador o se confunden con las aguas de cauce normal o artificial, salvo que exista derecho para conducir dichas aguas por tales cauces, redes o instalaciones. En el mismo oficio de la Superintendencia, se afirma que los actos de disposición que celebre una empresa sanitaria sobre aguas servidas tratadas antes de que sean abandonadas no están sujetas a regulación ni tampoco incumbe a dicho organismo pronunciarse o autorizarlo. Es aquí donde se genera el error al que aludí anteriormente, ya que como lo he sostenido el artículo 32 de la ley general de Servicios Sanitarios es absolutamente claro en cuanto a que cualquier acto jurídico mediante el cual se transfiera el dominio o de hecho la explotación de una concesión, debe contar con una aprobación previa de dicha entidad normativa, por lo cual, indudablemente, los actos de disposición que tienen la calidad de actos jurídicos deben contar con la autorización expresa de la mencionada autoridad sanitaria. Lo que resulta más preocupante de esta situación es que la Superintendencia, al omitir el pronunciamiento que la obliga la ley, ha causado un vicio en el proceso al que me he referido, lo que acarreará efectos adversos en la cantidad y calidad de recursos renovables y una alteración significativa de los sistemas de vida de la población, como expresamente lo establecieron en su voto de rechazo en el Corema los secretarios regionales ministeriales de Salud, de Agricultura y de Planificación. Esto significa que, de acuerdo con el artículo 11 de la ley general de Bases de Medio Ambiente, lo que correspondía, entonces, era un estudio de impacto ambiental y no la mera declaración de impacto ambiental de carácter voluntario, como lo presentó la citada empresa. Pido que se oficie, en mi nombre, al contralor general de la República, a fin de que, por una parte, se pronuncie al tenor de lo expuesto, considerando lo informado en el oficio de la Superintendencia de Servicios Sanitarios antes mencionado, y por otra parte, determine si corresponde declarar nulo el proceso de transferencia de derechos efectuado por la Empresa de Servicios Sanitarios Aguas Chañar S.A. a Minera Candelaria, por no reunir los requisitos que la ley establece. Asimismo, si en este caso correspondía que se efectuara un estudio de impacto ambiental, al tenor de lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 19.300, en lugar de una declaración de impacto ambiental, como se presentó, en carácter de voluntaria. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría. ALCANCES SOBRE LA RELATORÍA DE PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Oficios. El señor ULLOA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado Jorge Burgos. El señor BURGOS.- Señor Presidente, tengo en mi poder un informe de la Relatoría de Personas Privadas de Libertad que hace la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Voy a dar lectura a un par de párrafos del documento. Dice: Por otro lado, la delegación “observó con preocupación que en todos los centros de detención visitados en Chile existe un uso excesivo e innecesario de la fuerza y de los castigos, una práctica sistemática de malos tratos físicos por parte del personal de Gendarmería, y el uso de medidas de aislamiento en condiciones infrahumanas”. “Asimismo, observó con preocupación la existencia de una práctica generalizada de registros corporales denigrantes y humillantes a las visitas, particularmente a mujeres y niñas, así como en la permanencia en centros carcelarios de personas con discapacidad mental, y de ancianos y ancianas de hasta 80 años de edad”. Por otra parte, más allá de la iniciativa positiva que constituyen los Centros de Estudio y Trabajo, los Cets, continúan existiendo serias deficiencias y limitaciones en los programas de readaptación social que allí se imparten. “En los Centros de Detención operados por el Estado indica el documento, se observó un alto nivel de hacinamiento, pocas veces visto en la región, condiciones de insalubridad extrema que incluyen servicios precarios o deficientes de agua potable, alimentación, higiene y salud, así como pésimas condiciones de infraestructura y serias deficiencias o ausencia de verdaderos programas de readaptación social”. Lo que he leído es un extracto del comunicado de prensa Nº 3908 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, referido alguien podría creer que a algún país del África, desgraciadamente, a nuestro país. Se trata de la Relatoría de las Personas Privadas de Libertad con que se concluyó la visita en Chile. Este documento salió hace algún tiempo, pero no había logrado tenerlo. Me parece realmente complejo que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos observe, de la manera como lo he dado a conocer, lo que ocurre en las cárceles chilenas. Creo que merece la atención de todas las autoridades políticas y, particularmente, de los encargados de estas materias. Por eso, pido que se envíe copia de este documento al ministro de Justicia y al director de Gendarmería de Chile, a fin de que tengan a bien, si corresponde, pronunciarse sobre las consideraciones que hace la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre el trato que reciben en Chile las personas privadas de libertad. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría. OTORGAMIENTO DE FACULTADES A EMPRESA METRO S.A. PARA DESARROLLAR SERVICIO DE TRANSPORTE DE SUPERFICIE. Oficio. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado don Gonzalo Duarte. El señor DUARTE.- Señor Presidente, el martes 14 de agosto de 2007, por 60 votos a favor y 41 votos en contra, esta honorable Sala le negó al Estado de Chile y en particular a la empresa Metro S.A. de Santiago, la viabilidad y factibilidad de administrar sistemas de transporte de superficie. En estos días, Santiago está enfrentando un riesgo cierto de una crisis sustantiva en materia de transporte público. Frente a la situación que vive el transporte en Santiago ante el evidente incumplimiento de los compromisos suscritos por múltiples operadores particulares, pido que se oficie a la Presidenta de la República para que tome la decisión de reiterar el envío al Congreso, una vez cumplido el plazo de un año, del proyecto que hace factible que la empresa de transportes Metro S.A. administre sistemas de transporte de superficie. Hoy he leído que similar solicitud ha sido expresada por el senador Eduardo Frei y hace un año también hizo el mismo planteamiento en forma pública y directa la senadora Soledad Alvear. No se le puede negar al sector público la entrega de facultades para contar con las herramientas necesarias que le permitan enfrentar una contingencia que se visualiza muy próxima. Además, no podemos seguir con un Estado secuestrado o cautivo del incumplimiento de los operadores privados. Tenemos que ser capaces de desarrollar un Estado que sea fuerte y con capacidad para responder a todas las exigencias de la ciudadanía. Entiendo que ese es el aspecto que considera tal iniciativa como una herramienta al alcance de la mano para subsanar los sistemas de administración del Transantiago. Por lo expuesto, pido que se oficie a la Presidenta de la República para que envíe nuevamente el proyecto en referencia, que busca otorgar a la empresa Metro S.A. la facultad de desarrollar servicio de transporte de superficie si es que el Ministerio de Transportes así lo requiere. En esa oportunidad y luego de transcurrido más de un año de debate estéril, espero ver que dicha iniciativa pueda contar con el respaldo mayoritario de la Cámara, superando la barrera del quórum calificado, ya que en la oportunidad anterior estuvimos a muy escasos votos de lograrlo y se convierta en ley de la República, sobre todo, porque aún persisten los problemas con el transporte de Santiago. El proyecto debe entregar al Estado una herramienta para enfrentar el incumplimiento de los operadores privados y generar, de una vez por todas, un sistema eficiente de tránsito y de traslado para todas las personas. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión. Se levantó la sesión a las 13.49 horas. TOMÁS PALOMINOS BESOAIN, Jefe de la Redacción de Sesiones Subrogante. VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.Mensaje de S.E la Presidenta de la República con el que inicia un proyecto de ley que refuerza los estímulos al desempeño del personal de la Corporación Nacional Forestal. (boletín Nº 606805) “Honorable Cámara de Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, vengo en proponer a esa H. Corporación un proyecto de ley que tiene por objeto reforzar los estímulos al desempeño del personal de la Corporación Nacional Forestal: I. ANTECEDENTES. Esta iniciativa materializa el acuerdo alcanzado entre la Directora Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal y los representantes de las Organizaciones Sindicales de la Institución (Fenasic y Sinaprof). Está orientado a seguir mejorando la calidad de los servicios prestados cotidianamente a la ciudadanía Mediante un reforzamiento de los incentivos ligados al desempeño para el personal de dicha Institución. Este esfuerzo conjunto con los actores del sector, se enmarca y es consistente con la política de relacionar los resultados de la gestión y desarrollo de las áreas estratégicas de la Corporación, tales como la administración de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado, del fomento, fiscalización forestal y la protección y combate a los incendios forestales, con mayores incentivos a sus trabajadores. En suma, esta iniciativa apunta a seguir mejorando las condiciones de trabajo y remuneraciones del personal de la Corporación Nacional Forestal, fortaleciendo los incentivos al desempeño colectivo para mejorar más la gestión y eficiencia institucional. II. CONTENIDO DEL PROYECTO. El contenido del proyecto es el siguiente: 1. Asignación de eficiencia institucional. En primer lugar, el proyecto persigue reforzar los estímulos al desempeño colectivo, cuya obtención está ligada al cumplimiento de metas de gestión y eficiencia institucional. A estos efectos, se crea una asignación de eficiencia institucional para todos los trabajadores que se encuentren dentro de dotación permanente que se fija anualmente en la Ley de Presupuestos. Dicha asignación se otorgará en forma gradual durante un período de tres años, de manera tal que, en el año 2010, alcanzará un porcentaje que oscila entre el 7% y el 10% en relación al estamento en que se desempeñe el personal. El pago de esta asignación estará ligado al cumplimiento de metas de gestión y eficiencia institucional que anualmente se fijarán a través de un convenio que suscribirá el Director Ejecutivo de la Corporación y el Ministro de Agricultura. Dichas metas serán por equipos, unidades o áreas de trabajo. Deberán establecerse con sus respectivos indicadores o ponderadores y ser consistentes con el Sistema de Información de Gestión Institucional (Sigi). Para tener derecho al pago del total de esta asignación se requerirá un nivel de cumplimiento de las metas prefijadas igual o superior al 90%. Sí el cumplimiento de las metas fuere inferior al 90%, pero igual o superior al 75%, tendrán derecho a percibir un 50% de la asignación. Todo cumplimiento inferior al 75% no dará derecho a esta asignación. 2. Asignación especial para los trabajadores que se desempeñen en las unidades de las áreas silvestres protegidas. El proyecto contempla, además, la creación de una asignación especial para los trabajadores que se desempeñen en las unidades de las Áreas Silvestres Protegidas que deben proporcionar una atención de calidad a más de un millón cuatrocientos mil visitantes. Esta asignación será tributable e imponible para efectos de salud y pensiones, y será equivalente al 5% sobre la suma del sueldo base; las asignaciones establecidas en los artículos 18 y 19 de la ley N° 19.185, en las modalidades a que se refieren ambos incisos de estas disposiciones; y la asignación del artículo 2° de la ley N° 19.699, cuando proceda. 3. Asignación de estímulo a las funciones directivas. Por último, el proyecto de ley crea una asignación de estímulo a la función directiva. Ella se enmarca en la lógica de que los directivos de la Corporación tengan, al igual que los restantes directivos de la Administración Pública, una asignación vinculada al cumplimiento de las exigencias y responsabilidades inherentes a la función que desempeñan. Esta asignación se otorgará de manera gradual, alcanzando, el año 2010, un porcentaje que oscila entre un 20% y un 40%. Esta asignación sólo se percibirá mientras se desempeñe alguna de las funciones establecidas en la ley y su percepción requerirá que la función que le da origen sea desempeñada de manera exclusiva, impidiendo ejercer otra actividad remunerada excepto las que señala la propia ley. Además, será incompatible con las nuevas asignaciones que esta propia ley crea. En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente PROYECTO DE LEY: “Artículo 1°.- Establécese, a contar del 1 de enero de 2008, para los trabajadores permanentes pertenecientes a la dotación máxima de personal que anualmente fije la ley de presupuestos a la Corporación Nacional Forestal, una asignación de estímulo a la eficiencia institucional, asociada al cumplimiento de metas conforme al procedimiento definido en el artículo siguiente. En todo caso, para acceder al pago de la asignación, los trabajadores deberán haber prestado servicios sin solución de continuidad en la institución, durante a lo menos seis meses del año calendario inmediatamente anterior y encontrarse, además, en funciones a la fecha del pago de la cuota correspondiente. Esta asignación será tributable e imponible para efectos de salud y pensiones y se pagará mensualmente. El monto de la asignación de estímulo a la eficiencia institucional se determinará aplicando los porcentajes que se pasan a indicar para los cargos de los estamentos que en cada caso se señalan, sobre la suma del sueldo base; las asignaciones establecidas en los artículos 18 y 19 de la ley N° 19.185, en las modalidades a que se refieren ambos incisos de estas disposiciones; y la asignación del artículo 2° de la ley N° 19.699, cuando proceda, conforme al siguiente cronograma: ESTAMENTOSDURANTEDURANTEA CONTAR EL AÑOEL AÑODEL AÑO 200820092010 Jefes Provinciales7,5%8,5%10% Jefes de Departamento 6,8%7,7%9% Profesionales y Técnicos Universitarios 6,8%7,7%9% Técnicos que perciben la asignación del artículo 2° de la ley N°19.6996,8%7,7%9% Técnicos5,3%6%7% Administrativos5,3%6%7% Auxiliares5,3%6%7% No tendrán derecho a percibir la asignación a que se refiere este artículo los trabajadores que reciban la asignación de estímulo a la función directiva a que se refiere el artículo 4° de la presente ley. Artículo 2°.- Para efectos de otorgar la asignación señalada en el artículo precedente, se aplicarán las reglas siguientes: 1)A más tardar el 30 de noviembre de cada año, el Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal suscribirá con el Ministro de Agricultura, un convenio que contendrá un programa de mejoramiento de la gestión y de eficiencia institucional, indicando las metas que se cumplirán con sus correspondientes indicadores y ponderadores y la modalidad de cumplimiento de las mismas. Esta modalidad podrá ser por equipos, unidades o áreas de trabajo. El proceso de fijación de las metas por equipos, unidades o áreas de trabajo, deberá considerar mecanismos de consulta e información a las organizaciones sindicales de la Corporación Nacional Forestal. Las metas deberán estar asociadas a indicadores del Sistema de Información de Gestión Institucional y en lo relativo a su formulación, ejecución evaluación, se sujetarán complementariamente a las normas de este artículo y a las normas del D.S. N° 475, de 1998, del Ministerio de Hacienda, en lo que fueren pertinentes. El convenio se aprobará mediante decreto del Ministerio de Agricultura, expedido bajo la fórmula “por Orden del Presidente de la República”, antes del 31 de diciembre de cada año. 2)El Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal individualizará anualmente a los trabajadores que integrarán los equipos, unidades o áreas de trabajo que se considerarán para efectos del cumplimiento de las metas. 3)La evaluación del cumplimiento de las metas fijadas será realizada por la unidad de auditoria del Ministerio de Agricultura o quien cumpla sus funciones. Para estos efectos, se considerará la información que proporcione la unidad de auditoria de la Corporación Nacional Forestal o quien cumpla sus funciones. Esta evaluación se formalizará en un decreto del Ministerio de Agricultura, expedido bajo la fórmula del numeral anterior, el que deberá dictarse durante el mes de enero del año calendario siguiente al que se cumplieron las metas. 4)El cumplimiento de las metas por equipos, unidades o áreas de trabajo, dará derecho a los trabajadores que los integran, a percibir por concepto de la asignación de estímulo a la eficiencia institucional una cantidad equivalente al 100% del porcentaje señalado en el artículo anterior para el respectivo estamento en el año correspondiente, aplicado sobre la suma de las remuneraciones indicadas, según corresponda, cuando el nivel de cumplimiento de las metas de gestión prefijadas sea igual o superior al 90%. Sí el cumplimiento de las metas fuere inferior al 90%, pero igual o superior al 75%, tendrán derecho a percibir un 50% del mismo porcentaje señalado en el artículo anterior. El cumplimiento de metas en un porcentaje inferior al 75% no dará derecho a percibir la asignación de estímulo a la eficiencia institucional. 5)Durante el mes de febrero del año siguiente al cumplimiento de las metas, por decreto del Ministerio de Agricultura, expedido bajo la fórmula “Por Orden del Presidente de la República” y que deberá contar con la visación de la Dirección de Presupuestos, se fijarán los recursos a pagar en cada año por concepto de asignación de estímulo a la eficiencia institucional, según sea el grado de cumplimiento de las metas comprometidas. Artículo 3°.- Establécese una Asignación Especial, a contar del 1 de enero de 2008, para los trabajadores permanentes pertenecientes a la dotación máxima de personal que anualmente fije la Ley de Presupuestos para la Corporación Nacional Forestal que se desempeñan en las Áreas Silvestres Protegidas que, de conformidad a la legislación vigente, administra la Corporación Nacional Forestal. La referida asignación sólo se percibirá mientras el personal cumpla efectivamente sus funciones en alguna de las Áreas Silvestres Protegidas a que se refiere el inciso anterior, devengándose su pago o el cese de éste desde el mes de incorporación o cese de funciones en una de ellas, respectivamente. El Director Ejecutivo de la Corporación informará, trimestralmente, a las organizaciones sindicales de la institución, de los trabajadores que se encuentren percibiendo la asignación especial a que se refiere este artículo. Esta asignación será tributable e imponible para efectos de salud y pensiones, se pagará mensualmente y será equivalente al 5% aplicado sobre la suma del sueldo base; las asignaciones establecidas en los artículos 18 y 19 de la ley N°19.185, en las modalidades a que se refieren ambos incisos de estas disposiciones; y la asignación del artículo 2° de la ley N° 19.699, cuando proceda. No tendrán derecho a percibir la asignación especial a que se refiere este artículo los trabajadores que reciban la asignación de estímulo a la función directiva contemplada en el artículo siguiente. Artículo 4°.- Establécese, a contar del 1 de enero de 2008, para el personal de la Corporación Nacional Forestal que desempeñe la función de Director Ejecutivo, Gerente, Fiscal y Director Regional, una asignación de estímulo a la función directiva. Esta asignación será tributable e imponible para efectos de salud y pensiones, se pagará mensualmente y será inherente al desempeño de las funciones mencionadas en el inciso anterior e incompatible con la percepción de cualquier emolumento, pago o beneficio económico de origen público o privado, distinto del que contempla el régimen de remuneraciones aplicable a la Corporación Nacional Forestal. Se exceptúan de la incompatibilidad a que se refiere el inciso anterior, la percepción de los beneficios de seguridad social de carácter irrenunciable; los emolumentos que provengan de la administración de su patrimonio, del desempeño de la docencia prestada a instituciones educacionales y de la integración de directorios o consejos de empresas o entidades del Estado, con la salvedad de que dichos trabajadores no podrán integrar más de un directorio o consejo de empresas o entidades del Estado, con derecho a percibir dieta o remuneración. La asignación se percibirá mientras se ejerza la función específica que la fundamenta. El monto de la asignación de estímulo a la función directiva se determinará aplicando los porcentajes que se pasan a indicar para las funciones que en cada caso se señalan, sobre la suma del sueldo base; las asignaciones establecidas los artículos 18 y 19 de la ley N° 19.185, en las modalidades a que se refieren ambos incisos de estas disposiciones; y la asignación del artículo 6° del Decreto Ley N° 1.770, de 1977, cuando proceda, conforme al siguiente cronograma: FUNCIÓNDURANTEDURANTEA CONTAR EL AÑO 2008EL AÑO 2009DEL AÑO 2010 Director Ejecutivo30%35%40% Gerentes23%26%30% Fiscal23%26%30% Directores Regionales15%17%20% Artículo 5°.- Las asignaciones que tratan los artículos anteriores no servirán de base de cálculo de ninguna otra remuneración. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo Primero.En el año 2008, el monto acumulado que corresponda a la asignación de estímulo a la eficiencia institucional a que se refieren los artículos 1° y 2° de la presente ley respecto de los meses que medien entre el 1 de enero de 2008 y la fecha de pago efectivo, se pagará junto con las remuneraciones correspondientes al mes de pago posterior a la fecha de publicación de esta ley, sin necesidad de formular los objetivos de gestión ni celebrar los convenios de mejoramiento de la gestión institucional a todos los trabajadores permanentes que, estando en servicio a la fecha del pago, hayan formado parte de la dotación permanente de la Corporación Nacional Forestal al 1 de enero de 2008. En el año 2009, la referida asignación se pagará en relación al cumplimiento de las metas de gestión que se definan, para el año 2008, en un convenio que contendrá un programa de mejoramiento de la gestión y de eficiencia institucional, el que será suscrito por el Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal y el Ministro de Agricultura a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigencia de esta norma, sujetándose su formulación en todo cuanto fuere aplicable a lo establecido en el artículo 2° de la presente ley. El período de ejecución del Convenio, será aquél comprendido entre el primer día del mes siguiente al de la suscripción del convenio y el 31 de diciembre del año 2008. Con todo, sí la fecha de entrada en vigencia de la presente ley hiciera imposible que el período de ejecución de las metas comprometidas fuera, a lo menos, de un trimestre, la asignación de estímulo a la eficiencia institucional del año 2009 se pagará en los porcentajes que corresponda de conformidad a lo previsto en el artículo 1° y 2° numeral 4) de la presente ley en función del grado de cumplimiento de las metas comprometidas para el año 2008 en el programa de mejoramiento de la gestión a que se refiere el artículo 6° de la ley N° 19.553. Artículo Segundo.- En el 2008 el pago acumulado que corresponda por aplicación de lo dispuesto en los artículos 3° y 4° de la presente ley, respecto de los meses que medien entre el 1 de enero de 2008 y la fecha de pago efectivo, se efectuará junto con las remuneraciones correspondientes al mes de pago posterior a la fecha de publicación de esta ley a los trabajadores permanentes que cumplan con los requisitos señalados en dichos artículos. Artículo Tercero.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley, será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de la Corporación Nacional Forestal. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo al ítem 5001032403.104 de la partida del Tesoro Público, podrá, adicionalmente, suplementar dicho presupuesto, en la parte de dicho gasto que no pudiere financiarse con los recursos de la Corporación Nacional Forestal.”. Dios guarde a V.E., (Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República; ANDRÉS VELASCO BRAÑES, Ministro de Hacienda; MARIGEN HORNKOHL VENEGAS, Ministra de Agricultura”. INFORME FINANCIERO PROYECTO DE LEY QUE REFUERZA LOS ESTÍMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DE LA CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL Mensaje Nº 447356 Esta iniciativa materializa el acuerdo alcanzado entre la directora ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y los representantes de las organizaciones sindicales de la institución (Fenasic y Sinaprof), que se orientan a mejorar la calidad de los servicios prestados a la ciudadanía, mediante el reforzamiento de los incentivos ligados al desempeño para el personal de dicha institución, enmarcado con la política de relacionar los resultados de la gestión, con mayores incentivos a los trabajadores. En primer lugar, se refuerzan los estímulos al desempeño colectivo, creando una asignación de eficiencia institucional para todos los trabajadores pertenecientes a la dotación que fija anualmente la ley de Presupuestos, ligada al cumplimiento de metas de gestión y eficiencia institucional fijadas anualmente. Su otorgamiento será gradual, en un plazo de tres años. En segundo lugar, el proyecto contempla la creación de una asignación especial para los trabajadores que se desempeñen en las unidades de las Áreas Silvestres Protegidas. Finalmente, se crea una asignación de estímulo a la función directiva, en la lógica de que los directivos de la Corporación tengan, al igual que los restantes directivos de la Administración Pública, una asignación vinculada al cumplimiento de las exigencias y responsabilidades inherentes a su función. El costo fiscal anual, para cada una de las asignaciones es el siguiente, siendo el año 3 el de “régimen” (miles): Año 1Año 2Año 3 Eficiencia institucional643.822729.015851.926 Condiciones adversas71.69971.69971.699 Función directiva70.07679.50892.531 Total año785.597880.2221.016.156 (Fdo.): ALBERTO ARENAS DE MESA, Director de Presupuestos”. 2.Mensaje de S.E. la Presidenta de la República con el que inicia un proyecto de ley que introduce estímulos para fomentar el crecimiento y el desarrollo económico. (boletín Nº 606905) “Honorable Cámara de Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto introducir perfeccionamientos en algunos aspectos del régimen tributario del país para fomentar el crecimiento y el desarrollo de nuestra economía. I. ANTECEDENTES. 1.Condiciones económicas internacionales desfavorables El actual Gobierno se ha caracterizado por una constante preocupación por los sectores más vulnerables de la sociedad y por un fuerte compromiso con el crecimiento económico y el control de la inflación. Gracias a una política económica responsable y ordenada, se ha podido implementar una serie de medidas que han reducido de manera significativa los efectos sobre nuestros compatriotas de condiciones económicas internacionales menos favorables y de los significativos shocks de oferta que ha enfrentado nuestra economía. Sin embargo, hoy nos vemos enfrentados a un deterioro más profundo de las expectativas de crecimiento mundial y a un significativo incremento en las expectativas de inflación en el mundo, producto del aumento persistente en los precios internacionales de combustibles y alimentos. 2.Necesidad de incorporar medidas procrecimiento. Ahora bien, la fortaleza de nuestras cuentas fiscales nos permite tomar hoy una serie de medidas para ir en directa ayuda de amplios sectores de nuestra sociedad y promover el desarrollo del país. En particular, el presente proyecto de ley apunta directamente a promover la bancarización y el uso de nuevas tecnologías, a fortalecer el desarrollo de la pequeña y mediana empresa y a aliviar el efecto de los incrementos en el precio del petróleo sobre el bienestar de las familias chilenas. II. CONTENIDO DEL PROYECTO. El presente proyecto de ley, con el objeto señalado, contempla una serie de perfeccionamientos al sistema tributario vigente, que comprenden las siguientes medidas. En primer lugar, la eliminación, en forma permanente y a partir del 1° de enero de 2009, del impuesto a las transferencias electrónicas, giros desde cajeros, cheques y traspaso de fondos de cuenta corriente. En segundo lugar, dispone la ampliación de los límites que determinan el número de empresas que pueden acogerse a los regímenes de tributación contemplados en los artículos 14 bis y 14 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que permiten al contribuyente pagar impuestos sólo al momento de retirar utilidades o bien acogerse a un sistema simplificado de determinación de sus impuestos. Esto se complementa con los ajustes necesarios a la normativa actual que permitan asegurar la adecuada focalización de este estímulo y evitar las oportunidades de elusión. Esta modificación será también permanente y tendrá vigencia a partir del 1° de enero de 2009. Finalmente, el proyecto introduce una reducción de la tasa de impuesto específico a las gasolinas a 3,5 UTM por metro cúbico, con carácter de transitoria y con vigencia a contar de la aprobación de este proyecto de ley, según se indica en el artículo transitorio. 1.Eliminación, en forma permanente, del impuesto a las transferencias electrónicas, giros desde cajeros, cheques y traspaso de fondos de cuenta corriente. Actualmente existe un impuesto de monto fijo que grava cada transacción bancaria. Para potenciar el uso masivo de medios eficientes de pago, en este proyecto se propone eliminar de manera permanente el impuesto a las transferencias electrónicas, giros desde cajeros, cheques y traspaso de fondos de cuenta corriente. Esta iniciativa dinamizará al sector financiero e implicará menores costos para las pequeñas empresas y las personas que utilizan cajeros automáticos y realizan transferencias electrónicas de fondos. 2.Reforma a los regímenes de tributación contemplados en los artículos 14 bis y 14 ter de la ley sobre impuesto a la renta. Las pequeñas empresas generan parte importante de los puestos de trabajo en Chile, permitiendo que el emprendimiento y creatividad de los chilenos se traduzcan en un mayor crecimiento y desarrollo. Por estas razones, para el Gobierno ha sido prioritario facilitar la operación de estas empresas y potenciar su desarrollo. En un contexto de menor dinamismo en la economía mundial y de condiciones financieras más restrictivas, es crucial implementar medidas que permitan a estas empresas enfrentar adecuadamente dicho escenario, de forma de evitar ajustes que mermen su potencial de crecimiento. En esta línea, hoy proponemos la ampliación de los límites que determinan el número de empresas que pueden acogerse a los regímenes de tributación contemplados en los artículos 14 bis y 14 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Actualmente, los artículos 14 bis y 14 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta establecen que las pequeñas y medianas empresas pueden acogerse a un régimen dónde se permite al contribuyente pagar impuestos sólo al momento de retirar utilidades o bien acogerse a un sistema simplificado de determinación de sus impuestos. El límite para acceder a ambos regímenes es hoy de 3.000 UTM de ventas anuales. Este proyecto propone elevar el límite a 5.000 UTM de ventas anuales y de esta forma abarcar un número más amplio de pymes que puedan acogerse a dichos regímenes. Esta medida está en línea con lo planteado unánimemente por el H. Senado de la República, quien solicitó al Gobierno ampliar los regímenes especiales de tributación para las pequeñas y medianas empresas. De manera consistente con lo planteado por el H. Senado de la República, la presente iniciativa de ley plantea además una serie de resguardos, para asegurar que dicho régimen no sea utilizado como mecanismo de elusión o evasión de impuestos por quienes en realidad no son pequeñas o medianas empresas. 3.Rebaja transitoria de la tasa de impuesto específico a las gasolinas automotrices. Durante 2008 el precio del petróleo ha alcanzado niveles históricos que han repercutido directamente sobre los precios de los combustibles, golpeando el presupuesto de las familias chilenas. El papel del Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles Derivados del Petróleo bajo este escenario ha sido clave para suavizar la trayectoria de precios, razón por la cual este año se le han inyectado recursos adicionales al fondo. Adicionalmente, en marzo de este año entró en vigencia un mecanismo transitorio mediante el cual se determina el impuesto específico a las gasolinas en función del promedio de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI durante los 12 meses anteriores. Bajo este mecanismo, hoy se encuentra vigente un impuesto específico a las gasolinas de 4,5 UTM por metro cúbico. El presente proyecto propone incluir dos tramos adicionales al mecanismo de rebaja transitoria, que operarán cuando el precio promedio de los últimos 12 meses supere el umbral de 85 USD dólares por barril. Con el esquema propuesto y bajo el escenario actual de precios, el impuesto específico a las gasolinas se reducirá a 3,5 UTM por metro cúbico. Esta reducción se traducirá directamente en una caída en el precio que paga el consumidor de aproximadamente 36 pesos por litro, aliviando el presupuesto de las familias chilenas. En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente PROYECTO DE LEY: “Artículo 1°.- Introdúcense, a contar del día 1° de enero de 2009, las siguientes modificaciones al decreto ley N° 3.475, de 1980, que contiene la ley sobre impuesto de timbres y estampillas: 1) Reemplázase, en el artículo 1°, el numeral 1), por el siguiente: “1) El protesto de cheques por falta de fondos, afecto a un impuesto de 1% del monto del cheque, con un mínimo de $ 2.722 y con un máximo de una unidad tributaria mensual.”. 2) Reemplázase, en el artículo 9°, el numeral 1., por el siguiente: “1.- El Banco librado, como primer responsable del pago del tributo, respecto de los protestos de cheques, dejándose constancia en cada acta del monto del impuesto correspondiente. El Banco librado sólo podrá cobrar el valor del tributo al girador sujeto del impuesto, y estará facultado para cargarlo a su cuenta;”. 3) Elimínase en el artículo 14, su inciso tercero. 4) Reemplázase en el artículo 15, el numeral 3.- por el siguiente: “N° 3.- Los bancos, cuando sean el primer responsable del pago del impuesto, y por los documentos que emitan o se tramiten ante ellos: dentro del mes siguiente de efectuado el protesto, emitidos los documentos o admitidos éstos a tramitación, según corresponda.”. 5) Deróganse en el artículo 24, sus numerales 4.- y 14.. Artículo 2°.- Introdúcense, a contar del día 1° de enero de 2009, las siguientes modificaciones a la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974: 1) Modifícase el artículo 14 bis, de la siguiente forma: a) Modifícase el inciso primero, de la siguiente manera: i) Reemplázanse las expresiones “cuyos ingresos por ventas, servicios u otras actividades de su giro, no hayan excedido un promedio anual de 3.000 unidades tributarias mensuales en los últimos tres ejercicios”, por las siguientes expresiones: “cuyos ingresos anuales por ventas, servicios u otras actividades de su giro en los últimos tres ejercicios no hayan excedido de 5.000 unidades tributarias mensuales, y que no posean ni exploten a cualquier título derechos sociales o acciones de sociedades, ni formen parte de contratos de asociación o cuentas en participación en calidad de gestor”; y ii) Reemplázanse las expresiones “Para efectuar el cálculo del promedio de ventas o servicios”, por las expresiones “Para efectuar el cálculo de ventas o servicios”. iii) Agréganse, entre la expresión “mes” y el punto aparte (.), las siguientes expresiones: “y el contribuyente deberá sumar, a sus ingresos, los obtenidos por sus relacionados en los términos establecidos por el artículo 20 Nº 1 letra b) de la presente ley, que en el ejercicio respectivo se encuentren acogidos a este artículo”; b) Sustitúyanse, en el inciso noveno, las expresiones “lo dispuesto en el inciso primero, que en los últimos tres ejercicios comerciales tengan un promedio anual de ventas, servicios u otros ingresos de su giro, superior a 3.000 unidades tributarias mensuales” por “este régimen que dejen de cumplir con los requisitos establecidos en el inciso primero”. c) Modifícase el inciso décimo de la siguiente forma: i) Reemplázase el guarismo “200”, por el guarismo “1.000”; ii) Reemplázanse las expresiones “Dichos contribuyentes”, por las expresiones “Los contribuyentes acogidos a este artículo”; iii) Reemplázanse las expresiones “si en alguno de los tres primeros ejercicios comerciales,”, por las expresiones “y obligados a declarar sus rentas bajo el régimen general del impuesto a la renta, a partir del mismo ejercicio en que: (i)”; iv) Intercálanse las expresiones “por ventas, servicios u otras actividades de su giro”, entre las expresiones “anuales” y “superan”; v) Reemplázase el guarismo “3.000”, por el guarismo “7.000”; vi) Intercálanse las expresiones “, o (ii) sus ingresos anuales provenientes de actividades descritas en los numerales 1 ó 2 del artículo 20 de esta ley, superen el equivalente a 1.000 unidades tributarias mensuales” entre la expresión “mensuales” y el punto seguido (.); y vii) Reemplázanse las expresiones “los ingresos de cada mes se expresarán unidades tributarias mensuales según el valor de ésta en el respectivo mes”, por las expresiones: “se deberán aplicar las normas de los incisos segundo y tercero de este artículo, como si hubiesen puesto término a su giro el 31 de diciembre del año anterior”. 2) Modifícase el artículo 14 ter, de la siguiente forma: a) Sustitúyese en la letra e), del numeral 1., el guarismo “3.000”, por el guarismo “5.000”; b) Modifícase la letra b), del numeral 5., de la siguiente manera: i) Sustitúyese el guarismo “3.000”, por el guarismo “5.000”; y ii) Sustitúyese el guarismo “5.000”, por el guarismo “7.000”. Artículo 3°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1° de la ley N° 20.259, de 2008, que establece una rebaja transitoria del impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales: 1) Modifícase el inciso primero, de la siguiente forma: a) Agréganse los siguientes numerales (i) y (ii), nuevos, pasando los actuales numerales (i) al (iv), a ser (iii) al (vi), respectivamente: “(i) El componente variable será de 2,5 (dos coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo West Texas Intermediate, en adelante WTI, haya superado, en promedio durante los doce meses anteriores, los 95 (noventa y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril; (ii) El componente variable será de 2 (dos) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 85 (ochenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 95 (noventa y cinco) de dichos dólares en igual período;”. b)Reemplázase el actual numeral (i), que ha pasado a ser numeral (iii), por el siguiente: “(iii) El componente variable será de 1,5 (una coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI, haya superado, en promedio durante los doce meses anteriores, los 75 (setenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 85 (ochenta y cinco) de dichos dólares en igual período;”. 2) Reemplázase el inciso segundo, por el siguiente: “La Comisión Nacional de Energía informará el valor de cotización del petróleo WTI de acuerdo al precio informado por el Departamento de Energía de los Estados Unidos de América. En caso que dicha información se discontinuase, se informará el valor de cotización del crudo transado en el New York Mercantile Exchange (NYMEX). Para estos efectos los doce meses serán los anteriores a la fijación a que se refiere el inciso siguiente.” 3) Incorpórase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero, a ser cuarto: “Para efectos de este artículo, el valor de cotización del petróleo WTI se empleará con dos decimales, truncando el resto.”. 4) Modifícase el inciso tercero, que ha pasado ser cuarto, en el siguiente sentido: a) Elimínanse las expresiones “con consulta a la Comisión Nacional de Energía”, y la coma que la antecede; y b) Elimínanse las expresiones “Para estos efectos se utilizará el valor respectivo del dólar observado”. 5) Elimínase el actual inciso cuarto, que ha pasado a ser inciso quinto. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Artículo Transitorio.- Lo dispuesto en el artículo tercero de esta ley, regirá a contar del primer día del mes siguiente al de publicación de esta ley. Entre la fecha de publicación de esta ley y el día 1° del mes siguiente se aplicará el impuesto a las gasolinas automotrices con un componente variable de 2,5 (dos coma cinco) UTM/m3, en reemplazo de lo que corresponda por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1° de la ley N° 20.259, de 2008, que se modifica.”. Dios guarde a V.E., (Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República; ANDRÉS VELASCO BRAÑES, Ministro de Hacienda; MARCELO TOKMAN RAMOS, Ministro Presidente Comisión Nacional de Energía”. INFORME FINANCIERO PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE ESTÍMULOS PARA FOMENTAR EL CRECIMIENTO Y EL DESARROLLO ECONÓMICO MENSAJE Nº 749356 El presente proyecto de ley que introduce estímulos para fomentar el crecimiento y el desarrollo económico, contempla tres elementos. El primero de ellos consiste en la eliminación, en forma permanente, del impuesto a las transferencias electrónicas, giros desde cajeros, cheques y traspaso de fondos de cuenta corriente, establecido en el artículo 1 del decreto ley Nº 3.475, de 1980. Esta medida tendrá un costo fiscal de aproximadamente $ 77.000 millones en 2009, dado por una menor recaudación tributaria. En segundo término, el proyecto de ley amplía el número de empresas que pueden acogerse a los regímenes de tributación contemplados en los artículos 14 bis y 14 ter de la Ley de la Renta, que permiten al contribuyente pagar impuestos sólo al momento de retirar utilidades o bien acogerse a un sistema simplificado de determinación de sus impuestos, respectivamente. El límite para acceder a ambos regímenes se amplía de 3.000 UTM a 5.000 UTM de ventas anuales, al mismo tiempo que se introducen perfeccionamientos para controlar la elusión. El costo fiscal de esta medida será de aproximadamente $ 97.000 millones en 2009, dado por una menor recaudación tributaria. Finalmente, el proyecto de ley reduce, en forma transitoria, la tasa de impuesto específico a las gasolinas desde 4,5 UTM por metro cúbico a 3,5 UTM por metro cúbico, en tanto los precios del petróleo se mantengan en niveles tan elevados como los actuales, considerándose mecanismos de ajuste de la tasa en caso que los precios del petróleo retornen a sus promedios históricos. Esta reducción regirá desde la publicación de la ley y hasta abril de 2010, e implicará una menor recaudación tributaria estimada en $ 28.000 millones para el presente año, $ 113.000 millones para 2009 y $ 37.000 millones para 2010. (Fdo.): ALBERTO ARENAS DE MESA, Director de Presupuestos”. 3.Oficio de S.E. la Presidenta de la República. “Honorable Cámara de Diputados: En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, respecto del proyecto de ley que introduce estímulos para fomentar el crecimiento y el desarrollo económico, presentado por Mensaje Nº 749356, de 03 de septiembre de 2008. (boletín Nº 606905). Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” la referida urgencia. Dios guarde a V.E., (Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República; JOSÉ ANTONIO VIERAGALLO QUESNEY, Ministro Secretario General de la Presidencia”. 4.Oficio de S.E. la Presidenta de la República. “Honorable Cámara de Diputados: En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, respecto del proyecto de ley que refuerza los estímulos al desempeño del personal de la Corporación Nacional Forestal. (Mensaje Nº 447356). (boletín Nº 606805). Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple” la referida urgencia. Dios guarde a V.E., (Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República; JOSÉ ANTONIO VIERAGALLO QUESNEY, Ministro Secretario General de la Presidencia”. 5.Informe de la Comisión de Defensa Nacional recaído en el proyecto de ley que sanciona el maltrato de palabra a Carabineros de Chile. (boletín N° 5969021) “Honorable Cámara: La Comisión de Defensa Nacional viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción de la Diputada señora Cristi, doña María Angélica y los Diputados señores Barros, don Ramón; Bauer, don Eugenio; Cardemil, don Alberto; Correa, don Sergio; Fuentealba, don Renán; Ulloa, don Jorge; Uriarte, don Gonzalo y Vargas, don Alfonso. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS. 1) La idea matriz o fundamental del proyecto consiste en sancionar el maltrato de palabra a Carabineros. 2) Normas de carácter orgánico constitucional. No existen artículos que revistan ese carácter. 3) Normas de quórum calificado. No existen normas en tal sentido. 4) Requiere trámite de Hacienda. No. 5) El proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad. En sesión 82ª, de 19 de agosto de 2008, se aprobó en general por unanimidad. Votaron por la afirmativa la Diputada señora Cristi, doña María Angélica y los Diputados señores Bauer, don Eugenio; Cardemil, don Alberto; Correa, don Sergio; Fuentealba, don Renán; Hales, don Patricio y León, don Roberto. 6) Se designó diputada informante a la señora Cristi, doña María Angélica. o I. ANTECEDENTES GENERALES. 1.- Fundamentos de la moción. El artículo 417 del Código de Justicia Militar señala que “El que amenazare en los términos de los artículos 296 y 297 del Código Penal a uno de los integrantes de Carabineros de Chile con conocimiento de su calidad de miembro de esa Institución, unidades o reparticiones, sufrirá la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio”. Sin embargo, se trata de las mismas disposiciones que pueden aplicarse a cualquier tipo de sujetos. Así las cosas, la conducta relativa a insultos, improperios o expresiones que denoste o infiera injuria o calumnia a un funcionario público de Carabineros de Chile, hoy en día no tienen una sanción diferente a la de quien ostente la calidad de tal, toda vez que no se encuentra en el artículo antes en comento de una forma expresa que lo señale, y no designa una sanción diferente a la cual se le brindaría a otro tipos de personas. El maltrato de palabras se encuentra regulado, en consideración a la calidad de funcionario público, sólo por mencionar algunas instituciones en el SII, Contraloría General de la Republica, Ministerio de Salud, donde existen sanciones para las personas que cometan maltrato verbal con dichos funcionarios e incluso con la posibilidad de llamar a las fuerza publica, que en este caso es Carabineros de Chile, sin embargo la Policía no cuenta con dicho resguardo. El delito en comento está contemplado en el Título II, Libro IV del Código de Justicia Militar, intitulado Disposiciones Especiales Aplicables a Carabineros de Chile. Los primeros artículos de este título contemplan delitos en que pueden incurrir los funcionarios de Carabineros, para finalizar, los tres últimos, en figuras delictivas que protegen a estos funcionarios. Existe en nuestra normativa, que por una parte hay un cúmulo de disposiciones que regulan el comportamiento de los funcionarios policiales y que los sancionan penalmente cuando lo quebrantan, y por otra, como justo resguardo, el legislador ha dispuesto normas que los protegen y velan por su dignidad como representantes del orden público, para el mejor cumplimiento de sus deberes de vigilancia que la Constitución de la República y las leyes les asignan. Basta señalar que por mandato prescrito en el artículo 90, inciso 3°, de la Carta Fundamental, Carabineros, al igual que Investigaciones, constituyen la fuerza pública y existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior, en la forma que lo determinen su respectivas leyes orgánicas. Al radicarse las palabras ofensivas en un representante de una de las Instituciones garantes de dichos valores ciudadanos, más aún, quien las recibió se encontraba en pleno cumplimiento de sus funciones, sin duda constituye un delito cuando existe una clara acción ofensiva en contra de un funcionario policial representante del orden y la tranquilidad ciudadana. Que, el debido entendimiento de esta norma constitucional indica que el bien jurídico lesionado por el ilícito, no es otro que el orden y la tranquilidad en el territorio de la República, al radicarse las palabras ofensivas en un representante de una de las Instituciones garantes de dichos valores ciudadanos, más aún si este se encuentra en pleno cumplimiento de sus funciones. 2.- Normas legales que se propone modificar. El proyecto de ley propone agregar dos nuevos artículos al Código Penal. II. DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR DEL PROYECTO. 1.- Discusión General. El proyecto de ley en informe fue aprobado, en general, por vuestra Comisión en su sesión 82ª de fecha 19 de agosto del 2008, por unanimidad. Votaron por la afirmativa la Diputada señora Cristi, doña María Angélica y los Diputados señores Bauer, don Eugenio; Cardemil, don Alberto; Correa, don Sergio; Fuentealba, don Renán; Hales, don Patricio y León, don Roberto. Durante la discusión general el General Subdirector de Carabineros, señor Gustavo González manifestó que esta iniciativa pretende proteger a los funcionarios de Carabineros frente a los maltratos de palabras u ofensas de los que fueren objetos. El bien jurídico protegido es el Principio de Autoridad, bien jurídico colectivo con el que se significa la protección de que están investidas las funciones públicas en cuanto tales, y que son desempeñadas a través de personas concretas. Lo anterior, indicó, se sustenta en las disposiciones constitucionales que erigen a Carabineros de Chile como garante del orden público y la seguridad pública interior, lo constituye en la fuerza pública y le entrega la función de dar eficacia al derecho (artículo 101 de la Constitución Política de la República). Recordó que las modificaciones introducidas al Código Penal y Código de Justicia Militar (Ley Nº 20.048, sobre el “desacato” y la “sedición impropia”; y Ley Nº 20.064, sobre delitos de maltrato causando muerte y lesiones y amenazas a Carabineros), eliminaron las conductas de desacato establecidas a favor de determinadas autoridades, dejándolas entregadas a la protección que suponen las normas generales que protegen al resto de la población. (Artículos 263 y 264 del Código Penal). Así, en la discusión parlamentaria de la ley Nº 20.064, se acordó no sólo aumentar las penas a los entonces delitos de maltrato de obra a Carabineros, propuestos por el Ejecutivo, sino también modificar los tipos penales que otorgan protección al personal de dicha institución. La mencionada ley Nº 20.064, tipificó en forma independiente el delito de homicidio de un Carabinero, y aumentó el mínimo de la pena asignada, en un grado (art. 416 C.J.M). Asimismo, se tipificó separadamente el delito de lesiones ocasionadas a un Carabinero, en forma similar a como está regulado el delito genérico del lesiones del Código Penal, y en el caso de lesiones gravísimas se aumentó en un grado el máximo de la sanción penal respecto del Código Penal, y en el caso de las menos graves, se aumentó en un grado el máximo de la pena. En lo pertinente, la ley Nº 20.064 eliminó del artículo 417 del Código de Justicia Militar la sanción de las ofensas e injurias de palabra a Carabineros de Chile o a uno de sus miembros, manteniendo el de amenazas en los términos previsto en el artículo 296 del Código Penal, ampliándolo a la hipótesis del artículo 297, del citado cuerpo legal. Así, al eliminarse la referencia a las injurias u ofensas de palabra o por escrito, el delito se limita ahora a las amenazas, manteniéndose la competencia de los tribunales ordinarios de justicia. Como contrapartida a la protección legal al personal policial, la legislación exige un determinado comportamiento en su relación con la ciudadanía, y su contravención tipifica determinados ilícitos penales (violencia innecesaria artículo 330 del Código de Justicia Militar). Añadió que el verbo rector utilizado sólo sanciona el maltrato verbal hacia el personal de Carabineros en el ejercicio de sus funciones. Además, la pena asignada al delito importa la mera comisión de una falta y, por ende, admite solamente la citación del infractor. Asimismo, hizo presente que el conocimiento de esta falta penal, en principio, correspondería a la judicatura militar, salvo que se le considere en la excepción prevista en el numeral 1º del artículo 5º del Código de Justicia Militar. En virtud de lo expuesto estimó pertinente que también se considere la opción de incluir a Carabineros en la norma contenida en el artículo 284 del Código de Justicia Militar, que mantiene la figura de las ofensas o injurias. Así, el texto propuesto sería del siguiente tenor: Artículo N° 284 del Código de Justicia Militar: “El que amenazare en los términos del artículo 296 del Código Penal, ofendiere o injuriare de palabra o por escrito o por cualquier otro medio a las Fuerzas Armadas o de Carabineros, sus unidades, reparticiones, armas, clases o cuerpos determinados, o a uno de sus integrantes con conocimiento de su calidad de miembro de esas instituciones”. La señora Subsecretaria de Carabineros, doña Javiera Blanco, manifestó que a raíz de compromisos suscritos por el país en materia de Derechos Humanos se debe modificar nuestra legislación a fin de excluir de la competencia de la justicia militar una serie de figuras penales que permiten aplicar sanciones a civiles. En el Senado se está discutiendo una reforma al Código de Justicia Militar que apunta en el sentido antes indicado. Sin perjuicio de ello, expresó que comparte el fin que persigue esta iniciativa. Estimó pertinente el establecer figuras penales específicas que sancionen precisamente a quienes agredan a los funcionarios de orden y seguridad pública. Consideró que resulta preferible incluir la sanción a esas conductas en el Código Penal y no en el Código de Justicia Militar por las razones antes expuestas. En los artículos 261 y siguientes del Código Penal se sancionan los llamados “atentados contra la autoridad”. Señaló que en ese título es posible incluir la figura que se está discutiendo. El concepto que debe inspirar a la nueva figura que se pretende incorporar es agravar la pena que sanciona esa conducta cuando la víctima sea un funcionario de orden y seguridad, siempre en el marco de una jurisdicción civil. 2.- Discusión Particular. Durante la discusión particular la señora Cristi, doña María Angélica y los señores Bauer, Cardemil, Correa, Fuentealba, León, Ulloa y Vargas formularon indicación para reemplazar el artículo único del proyecto por el siguiente: “Artículo único: Agréganse al Código Penal los siguientes artículos: 1.- “Artículo 263.- Los que empleen fuerza o intimidación contra un integrante de las fuerzas de orden y seguridad pública, que se encontrare en el ejercicio de sus funciones o los terceros que impidan o intenten impedir por medios materiales el ejercicio de las funciones propias de dichos funcionarios, en ambos casos sin ocasionar lesiones, serán castigados con la pena de prisión en cualquiera de sus grados y multa de seis a diez a unidades tributarias mensuales, a beneficio fiscal.” 2.- “Artículo 263 bis.- El que injuriare a un integrante de las fuerzas de orden y seguridad pública, que se encontrare en el ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de diez a quince unidades tributarias mensuales, a beneficio fiscal.” Respecto del primer artículo propuesto la señora Cristi, doña María Angélica hizo presente que existen funcionarios de la Administración Pública que cuentan con tipos penales que los protegen especialmente de eventuales agresiones que pudieran sufrir. Estimó necesario otorgar igual protección a los funcionarios de orden y seguridad. En relación con la segunda disposición contenida en la indicación sustitutiva, el señor Fuentealba manifestó que tiene aprensiones respecto al tenor de este artículo, dado que la palabra del funcionario agredido puede influir demasiado en la determinación de los hechos por parte del tribunal. Añadió que puede prestarse para abusos por parte del policía. El señor Urrutia expresó que comparte la inquietud planteada por el Diputado señor Fuentealba. La señora Cristi, doña María Angélica sostuvo que en el último tiempo se le ha perdido el respeto a Carabineros de Chile, a quienes se les ofende de manera inaceptable. Hizo presente que en un proyecto que esta misma Comisión estudió en el pasado, se derogaron las normas que sancionaban la agresión que no alcanza a ocasionar lesiones a Carabineros y el maltrato de palabra a éstos. Expresó que esa medida permitió que quienes agreden a Carabineros no reciban la sanción que tal conducta merece. El señor Hales indicó que es efectivo que se ha debilitado el principio del respeto a la autoridad. Sin embargo, estimó desproporcionada la sanción que se desea aplicar a quien ofenda a Carabineros. El señor Cardemil recordó que la moción original contemplaba incorporar un artículo al Código de Justicia Militar sancionando al que maltratare de palabras a uno de los integrantes de Carabineros de Chile, en el ejercicio de sus funciones, o con conocimiento de su calidad de miembro de esa Institución. La indicación pretende simplemente sancionar al que injuriare a tales funcionarios. Aclaró que el Código Penal en su artículo 416 define injuria como toda expresión proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona. La pena establecida para ese delito es mayor que la que se propone en el proyecto. Lo que se pretende con éste es que se considere a los integrantes de las fuerzas de orden y seguridad como parte integrante de la nómina de funcionarios señalados en el artículo 260 del Código Penal. El señor Hales afirmó que la norma general referida a la injuria permite sancionar también al que ofenda a Carabineros. Agregó que antes de la ley N°20.064, publicada recién el 29 de septiembre del año 2005, el artículo 417 del Código de Justicia Militar establecía lo siguiente: “417: El que amenazare en los términos del artículo 296 del Código Penal, ofendiere o injuriare de palabra, por escrito o por cualquier otro medio a Carabineros, a uno de sus integrantes con conocimiento de su calidad de miembro de esa Institución, unidades o reparticiones, sufrirá la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio.” Durante la discusión de esa ley, que eliminó del artículo 417 la referencia al delito de injurias, se señaló que se circunscribía el ilícito sólo al delito de amenazas, dado que el delito de injurias puede ser perseguido por los funcionarios afectados de acuerdo a las reglas generales del Código Penal. Por tanto, no corresponde innovar sobre esta materia. Declaró que si los tribunales no están sancionando este tipo de conductas, lo que corresponde es exigirles que cumplan con lo dispuesto en la ley y no modificarla. El señor Correa indicó que existe una sensación de impunidad respecto de las agresiones que sufren los funcionarios de la policía uniformada. Por ello, estimó que este proyecto puede contribuir a generar un clima de mayor respeto por la autoridad policial. El señor Fuentealba compartió la aprensión manifestada por el Diputado señor Hales en orden a que los funcionarios de orden y seguridad pueden recurrir a las normas generales del Código Penal para perseguir la sanción a quienes los injurien. Sin embargo, el establecer una tipificación expresa que sancione la injuria a Carabineros puede contribuir a que se sancione efectivamente ese tipo de conductas. Por unanimidad se acordó someter a votación por separado ambos artículos. Sometido a votación el artículo 263 propuesto fue aprobado por unanimidad. Sometido a votación el artículo 263 bis propuesto se aprobó por seis votos a favor y uno en contra. III. DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS ESCUCHADAS POR LA COMISIÓN. Vuestra Comisión recibió a la Subsecretaria de Carabineros, doña Javiera Blanco y al General Subdirector de Carabineros de Chile, señor Gustavo González. IV. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA. De conformidad a lo establecido en el Nº 4 artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que no hay artículos que deban ser conocidos por la Comisión de Hacienda. V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS. No hay artículos ni indicaciones en tal sentido. VI. TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN. Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente la señora Diputada Informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente: PROYECTO DE LEY: “Artículo único: Agréganse al Código Penal los siguientes artículos: 1.- “Artículo 263.- Los que empleen fuerza o intimidación contra un integrante de las fuerzas de orden y seguridad pública, que se encontrare en el ejercicio de sus funciones o los terceros que impidan o intenten impedir por medios materiales el ejercicio de las funciones propias de dichos funcionarios, en ambos casos sin ocasionar lesiones, serán castigados con la pena de prisión en cualquiera de sus grados y multa de seis a diez a unidades tributarias mensuales, a beneficio fiscal.” 2.- “Artículo 263 bis.- El que injuriare a un integrante de las fuerzas de orden y seguridad pública, que se encontrare en el ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de diez a quince unidades tributarias mensuales, a beneficio fiscal.”.”. o Se designó diputada informante a la señora Cristi, doña María Angélica. Tratado y acordado en sesiones de los días 5 y 19 de agosto y 2 de septiembre del presente año, con la asistencia de la Diputada señora Cristi, doña María Angélica (Presidenta) y los Diputados señores Cardemil, don Alberto; Correa, don Sergio; Encina, don Francisco; Fuentealba, don Renán; Hales, don Patricio; León, don Roberto; Pérez, don José; Ulloa, don Jorge; Urrutia, don Ignacio y Vargas, don Alfonso. Asistió, además, el señor Norambuena, don Iván. Sala de la Comisión, a 2 de septiembre de 2008. (Fdo.): JUAN PABLO GALLEGUILLOS JARA, Abogado Secretario de la Comisión”. 6.Moción de las diputadas señoras Nogueira, doña Claudia; Cristi, doña María Angélica; Isasi, doña Marta; Turres, doña Marisol, y de los diputados señores Correa, Kast, Lobos, Paya, Urrutia y Ward. Modifica la ley General de Urbanismo y Construcción con el objeto de que en la publicidad de venta de bienes raíces se especifique el metraje correspondiente a terrazas, bodegas y estacionamientos. (boletín N° 605614) “1° Que, de acuerdo a las estadísticas de la Cámara Chilena de la construcción, en Chile, en el mes de mayo del presente año, se encontraban en venta entre departamentos y casas más de 74 mil viviendas de las cuales se vendieron efectivamente más de 3.500. Que, el crecimiento tanto en la construcción como en la compra de viviendas ha sido exponencial en los últimos años, ofertándose por las grandes empresas inmobiliarias una cantidad de viviendas dirigidas al más variado público. 2° Junto con lo anterior, y con el objeto de captar la mayor cantidad de posibles compradores, las campañas publicitarias de las empresas inmobiliarias no han escatimado esfuerzos en ofrecer a los compradores gran cantidad de alternativas, como asimismo especificaciones resaltando las características y niveles de vida que alcanzarían los diferentes compradores al adquirir las viviendas que para muchos de ellos constituye su primera casa o departamento. 3° Sin embargo, y con el objeto de que la publicidad no sea un medio de engaño sino que por el contrario, un procedimiento por el cual se permita al comprador conocer detalles relativos a la construcción y servicios del inmuebles, es que el presente proyecto de ley pretende amparar a los compradores que se encuentran en un posición más vulnerables, ya que muchas veces en los contratos de adhesión es imposible discutir sus cláusulas. Por tanto, su objetivo final es contribuir con ello a la transparencia en un bien tan preciado para cualquier persona que desee invertir en bienes de primera necesidad 4° Que, el objetivo de la presente moción es, junto con transparentar la etapa precontractual de los contratantes en la compra de un bien inmueble urbano, es darle un carácter de esencial a las promociones y/o especificaciones que digan relación con aspectos relativos al diseño, metraje y, por cierto, construcción de las viviendas, con el objeto de que éstas se entiendan incorporadas al contrato que suscribirán las partes contratantes. 5° Que, es indispensable considerar que la buena fe en los contratos inspira todo el ítem contractual, por cuanto lo que se manifieste por cualquiera de las partes contratantes en la etapa de pre venta debe ser entendido como una obligación, por aplicación del principio antes mencionado. De tal manera que su incumplimiento generaría las consecuencias esperadas en contratos bilaterales, dando derecho al contratante diligente a hacer uso de los mecanismos que la ley les concede. 6° Que, la adquisición de la vivienda propia, es una de las inversiones más importante de las familias y por lo que la claridad, transparencia y eficiencia de las empresas inmobiliarias es fundamental a la hora de negociar con el futuro comprador es que se hace necesario explicitar ciertos vacíos de la ley. PROYECTO DE LEY Artículo Único: Modificase el inciso 5° del artículo 18 del DFL Nº 458 ley general de Urbanismo y Construcciones, de la siguiente forma: Inciso 5° del artículo 18: “...Las condiciones ofrecidas en la publicidad se entenderán incorporadas al contrato de compraventa y en ella se deberá expresar claramente la superficie total de lo que se está comprando, individualizando metraje de terrazas, bodegas y estacionamientos”. 7.Moción de las diputadas señoras Isasi, doña Marta; Cristi, doña María Angélica; Cubillos, doña Marcela; Nogueira, doña Claudia; Turres, doña Marisol, y de los diputados señores Alvarado, Arenas, Barros, Masferrer y Rojas. Crea acción popular para los casos de violencia intrafamiliar, con competencia en juzgados de familia. (boletín N° 605718) “La violencia intrafamiliar es todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o síquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea, pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive con ofensor, su cónyuge o su actual conviviente, o bien, cuando esta conducta ocurre entre los padres de un hijo común, o sobre un menor de edad o discapacitado que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar. Si bien la ley de violencia intrafamiliar, establece un conjunto de herramientas para prevenir y sancionar estos actos, proteger a las víctimas de dicha violencia y erradicar los actos de violencia intrafamiliar, se hace necesario contar con mayores resguardos a la hora de denunciar estos hechos. Por esta razón, frente a los casos de violencia intrafamiliar registrados en el último tiempo en nuestro país es necesario hacer un llamado a la ciudadanía para que todos se hagan parte de “este problema nacional”, subrayando que “no nos podemos quedar impávidos observando como ocurren estas cosas”. Como sociedad, tenemos que comprometernos contra el maltrato hacia las mujeres y niños ya que es un tema que no podemos eludir como sociedad. En este sentido, se deben denunciar hechos constitutivos de violencia y apoyar a los afectados para que hagan efectivo sus derechos y a la vez se tomen todas las medidas para resguardar a las personas afectadas. Por ello, es necesario fortalecer los mecanismos de protección para los agredidos, puesto que se estima que existe un gran porcentaje de víctimas que callan frente al sufrimiento, o simplemente, no se percatan que dichas relaciones violentas configuran violencia intrafamiliar. En este sentido, debe existir un gran esfuerzo por parte del Estado para implementar centros para atender a este tipo de víctimas y protegerlas de las posibles agresiones a raíz de la denuncia y demandas interpuestas. La violencia familiar es un acto en virtud del cual, como chilenos, debemos poner atajo. Si bien existe una ley en esta materia, siempre es posible su perfección, y en particular, esta moción busca permitir que quien tenga conocimiento de este tipo de violencia pueda comparecer ante el tribunal competente. Con esto, se busca que muchas personas que son víctimas de violencia intrafamiliar puedan ser amparadas por terceros responsables que conocen de estos hechos, frente a los cuales pueden ser testigos de los mismos. PROYECTO DE LEY Artículo único: Agrégase un nuevo inciso final al artículo 5 de la ley Nº 20.066, Violencia Intrafamiliar, de la siguiente forma: Inciso 3 artículo 5. Para todos los efectos de esta ley, se concederá acción popular con el objeto de que cualquiera persona interesada, con fundamento plausible, y sin tener la calidad de víctima directa de la violencia comparezca ante tribunal competente a su nombre con el fin de interponer la acción respectiva por violencia intrafamiliar en contra del agresor de ésta”. 8.Moción de las diputadas señoras Nogueira, doña Claudia; Cristi, doña María Angélica; Isasi, doña Marta; Turres, doña Marisol, y de los diputados señores Barros, Bauer, Forni, Hernández, Urrutia y Von Mühlenbrock. Incorpora nuevos requisitos para la adopción de menores en el país, intercalando un nuevo párrafo al inciso primero del artículo 20 de la ley N° 19.620, sobre adopción de menores. (boletín N° 605818) “Considerando: 1° Que, la ley de sobre adopción de menores, al momento de regular los requisitos en su artículo 20 para los cónyuges que pretendan realizar el trámite de adopción, determina un criterio amplio, señalando requisitos genéricos, respecto de la idoneidad que deben presentar los futuros adoptantes para realizar el trámite respectivo. 2° Pues bien, y en este orden de ideas, pensamos que es indispensable en la protección de los derechos del menor, futuro adoptado, que los cónyuges que pretendan realizar el trámite de la adopción sean personas idóneas y capaces, tanto en el aspecto jurídico como moral, ya que en la actualidad es perfectamente posible que cónyuges que presenten denuncias o procedimientos en tramitación por violencia intrafamiliar puedan acceder a la adopción de un menor. 3° Junto con lo anterior, es necesario tener a la vista el tiempo en que en nuestro país se demoran los trámites de adopción. Así, en promedio desde que se solicita el trámite a las instituciones acreditadas pueden pasar aproximadamente 2 años, en los cuales los cónyuges solicitantes pueden experimentar cambios en sus relaciones personales, de tal manera que producto de lo anterior se pretende con la presente moción regular ese aspecto que hoy en día tan presente está en la realidad nacional como lo es la violencia física o psicológica al interior del hogar. 4° Que, junto con lo anterior, es indispensable regular materias como las que en el presente proyecto de ley se especifican, ya que la integridad y la salud de los menores que serán adoptados dependen, casi en su integridad, en aspectos relativos a la convivencia de la familia adoptante. 5° Es por lo anterior que se presenta la presente moción con el objeto que la Honorable, Cámara de Diputados lo acoja. Proyecto de Ley: Artículo único: Intercálase en el inciso primero del artículo 20 de la ley Nº 19.620, sobre adopción de menores y, después del punto seguido, el siguiente texto: “Además de los requisitos mencionados anteriormente se deberán acompañar, en original, extracto de filiación de los cónyuges adoptantes. Asimismo, se considerará como fundamento plausible para no conceder la adopción de que se trate a aquel cónyuge que presente procedimiento pendiente en los juzgados respectivos por violencia intrafamiliar, como también el condenado por este delito.” 9.Moción de los diputados señores Uriarte, GarcíaHuidobro, Hernández, Kast, Moreira, Norambuena, Paya, Recondo, Urrutia y Ward. Incorpora un nuevo inciso final al artículo 150, de la ley N° 18.290, de Tránsito”. (boletín N° 605915) “1° Que, de acuerdo a los últimos índices publicados por el Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) durante el primer semestre del año 2007, se registraron en el país 843 accidentes de tránsito con resultado de muerte para quienes se trasladaban en vehículos motorizados. Esta cifra, a todas luces alarmante, se incrementó exponencialmente durante la primera mitad del presente año 2008, elevándose los números al mes de julio en 1.132 accidentes con resultados de muerte. 2° Sin lugar a dudas, lo anterior es un antecedente que es indispensable tener en cuenta, sobretodo si los accidentes de tránsito se incrementan en un alto número en días en que las condiciones climatológicas y ambientales son perjudiciales para los conductores. 3° En efecto, si bien nuestro país cuenta desde hace un tiempo a la fecha con carreteras más seguras, cumpliendo estándares internacionales, no es menos cierto que la temeraria forma en que muchos de los conductores guían sus vehículos por ellas es causa eficiente para generar accidentes de graves proporciones dejando con ello un sin números de accidentados y fallecidos. 4° Las condiciones de pérdida de visibilidad por aspectos del ambiente natural como niebla, bruma y de estabilidad como llovizna o lluvia, hacen que la conducción de un vehículo motorizado por si sola pierda seguridad, requiriendo a través de una modificación a la actual legislación sobre la materia adecuar los límites máximos de velocidad en zonas urbanas y rurales. 5° Adecuando la normativa vigente en estos aspectos y reduciendo los límites máximos de velocidad cuando las condiciones del tiempo o clima no permitan una conducción segura poniendo en peligro gravemente la vida y la integridad física y psíquica de los conductores, pasajeros y peatones. 6° Por lo anterior, se propone la aprobación de la presente moción a consideración de la Honorable Cámara de Diputados. Proyecto de Ley: Artículo único: Incorpórase un nuevo inciso final al artículo 150 de la ley Nº 18.290, ley de Tránsito, con el siguiente texto: Inciso final: “Las velocidades señaladas en los incisos precedentes se rebajarán prudencialmente hasta en 10 kilómetros por hora para las zonas urbanas y 20 kilómetros por hora para las zonas rurales cuando las condiciones climatológicas del momento sean adversas para una conducción segura, estable y confiable para el conductor, pasajeros y peatones.” 10.Moción de los diputados señores Hernández, Álvarez, Arenas, Bobadilla, Estay, Moreira, Urrutia, Von Mühlenbrock, Ward, y de la diputada señora Isasi, doña Marta. Busca transparencia y mejor atención de las oficinas de información, reclamos y sugerencias de las reparticiones públicas. (boletín Nº 606006) “El Decreto Supremo N° 680 de 1990, señala que las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias son servicios de atención presenciales que permiten a las personas vincularse con las diferentes reparticiones públicas para facilitar el ejercicio de sus derechos o el cumplimiento de sus deberes, garantizando la oportunidad de acceso, sin discriminación de ninguna especie. Su misión consiste en ser un espacio de atención en el cual las personas accedan e interactúen con las reparticiones públicas, que garantice su derecho a informarse, sugerir y reclamar, para contribuir a la conformación de un Gobierno moderno y al servicio de los ciudadanos. Las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias (Oirs), que surgieron en 2003 a partir de un instructivo presidencial, tienen el propósito de servir de vínculo entre las reparticiones públicas y la ciudadanía, a través de una atención personalizada. En la actualidad, existen en prácticamente el 100% de los servicios de la Administración del Estado la mitad de los cuales dispone, además, de un espacio de atención al público en sus sitios web. Los municipios que no son parte de la Administración Central del Estado, no están obligados a tener una Oirs, aunque algunas han replicado la experiencia. Las oficinas de información, reclamos y sugerencias permiten a las personas vincularse con las diferentes reparticiones públicas. Sin embargo, no existe en los organismos públicos ni en este tipo de servicios entregados, el nombre de los superiores jerárquicos de las personas que los atienden, toda vez que de recibir una mala atención en este servicio el usuario no tiene donde recurrir o dar su reclamo, ya que serian los propios encargados los mismo que recibirían el mismo. De forma de transparentar este servicio se hace necesario que exista un letrero o cartel a la vista del público en general, donde esté claramente especificado el superior jerárquico de la oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, indicando su número de teléfono, anexo si lo hubiere y correo electrónico. Así el usuario no se sienta desprotegido si es mal atendido por los funcionarios del Oirs. PROYECTO DE LEY Artículo Único: todas las oficinas de información, reclamos y sugerencias de los organismos públicos deberán contar con un cartel o letrero a la vista del público, donde se exprese claramente el nombre completo del superior jerárquico de la unidad o repartición, su teléfono y dirección email. 11.Moción de los diputados señores Alvarado, Álvarez, Bobadilla, Kast, Salaberry, Urrutia, Ward, y de las diputadas señoras Cubillos, doña Marcela; Nogueira, doña Claudia, y Turres, doña Marisol. Regula modificaciones en remuneraciones de parlamentarios durante el periodo en que ejercen como tales. (boletín N° 606107) “1. Es necesario hacerse cargo de la preocupación pública en torno al diseño de un mecanismo que disminuya los incentivos que el sistema de remuneraciones y asignaciones parlamentarias actualmente posee. 2. Una forma concreta de cumplir el mencionado objetivo es siguiendo la experiencia comparada. En efecto, el año 1992 se reformó la Constitución de Estados Unidos para incorporar la Enmienda XXVII, que establece que “ninguna ley que modifique la remuneración de los servicios de los senadores y representantes tendrá efecto hasta después de que se haya realizado una elección de representantes”. La tramitación de esta enmienda no estuvo exenta de problemas. De hecho, el Congreso de Estados Unidos la aprobó en 1789, pero no fue ratificada por los Estados que forman ese país, sino hasta 1992, es decir, 202 años después de su aprobación. 3. John Eastman, Profesor de la Facultad de Derecho en la Universidad de Chapman y autor de un artículo sobre esta materia, contenido en la Heritage Guide to the Constitution, relata la historia de esta regla señalando que en la Convención Constituyente los Padres Fundadores discutieron acaloradamente si cada uno de los estados o el nuevo gobierno central debía compensar a los representantes elegidos. Finalmente se optó por que fuera el Estado central. Sin embargo, los antifederalistas y otros estados consideraron extremadamente preocupante esta decisión pues “al dejar que sean los miembros del Congreso los que aprueben las leyes que fijan sus salarios, no hay control alguno en la capacidad del Congreso para enriquecerse a ellos mismos” (P. 433). James Madison respondió a esta crítica con una enmienda a la Constitución que evitaría que los representantes se aseguraran un aumento en sus salarios que entrara en vigencia durante ese período legislativo. En vez de eso, el Congreso sólo podría aprobar aumentos de salarios a futuro y, por lo tanto, los representantes deberían enfrentar al electorado antes de que entrara en vigencia. El mismo autor cuenta que casi doscientos años después de este debate, que se llevó a cabo en junio de 1789, un estudiante universitario inició una campaña entre la ciudadanía para presionar por la ratificación de esta enmienda por los demás estados. El 7 de mayo de 1992, Michigan se transformó en el estado número 38 en ratificarla, completando el proceso necesario para que la enmienda se incorporara definitivamente a la Constitución. 4. En consecuencia, una forma adecuada de eliminar incentivos que la actual institucionalidad pudiera generar en los parlamentarios en ejercicio es introducir en nuestro derecho una cláusula similar a la contenida en la Constitución de Estados Unidos, en virtud de la cual los beneficios y aumentos de remuneraciones que aprueben los parlamentarios para ellos mismos entrarían en vigencia una vez finalizado el período legislativo en que se aprobaron. De este modo, se desincentivan aumentos indebidos y comportamientos oportunistas. Al mismo tiempo, se permite que sean finalmente los electores quienes juzguen a través del voto ese aumento. Por esta razón, venimos a proponer a esta Cámara de Diputados el siguiente: PROYECTO DE LEY Artículo único: Para incorporar en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional el siguiente artículo 50 E) nuevo: “Artículo 5° E. Las modificaciones en las remuneraciones, beneficios y cualquier otro tipo de asignación de los diputados o senadores, sólo serán exigibles al inicio del siguiente cuadrienio que comienza con la instalación del Congreso Nacional.” 12.Moción de los diputados señores Espinosa, don Marcos; Araya, Delmastro, De Urresti, Espinoza, don Fidel; Girardi, Sabag y Sule. Establece como feriado regional en la Región de Antofagasta, el día 8 de septiembre de cada año, con motivo de la Fiesta Religiosa de nuestra señora Guadalupe de Ayquina”. (boletín N° 606406) “Visto: Lo dispuesto en los Artículos 1°, 19, 63 y 65 de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados. Considerando: 1. Como señala la Constitución Política de la República, es un deber del Estado garantizar “la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos”. Es por ello que la legislación nacional contempla distintas normas y medidas que permiten el cometido de este precepto constitucional. El Estado se convierte en un ente facilitador de todos los cultos, en particular los religiosos, al procurar que las ceremonias se desarrollen de manera integra, asegurando el espacio adecuado y todos los aspectos y elementos propios de las ceremonias. 2. Una de las medidas que más se utilizan para llevar a cabo lo señalado son los feriados religiosos. Entre ellos podemos destacar, además de la Navidad y Viernes Santo, las cuatro festividades católicas que son celebradas como feriados nacionales: Corpus Christi, San Pedro y San Pablo, la Asunción de la Virgen, y la Inmaculada Concepción. También, se encuentra en segundo trámite constitucional un proyecto de ley que declara feriado el día nacional de las iglesias evangélicas y protestantes. 3. El beneficio directo de los feriados religiosos se sustenta en facilitar que todas y todos los ciudadanos puedan manifestar libremente su creencia, sobre todo en los años en que la fecha de celebración caiga en un día laboral. 4. En nuestro país existen prácticas arraigadas en la cultura popular, fiestas religiosas y paganas que se celebran en cada región. Así, por ejemplo, en Iquique existe la fiesta de La Tirana, en donde se celebra a la Virgen del Carmen; en Andacollo, a la Virgen del Rosario; en la Región de Valparaíso, a Santa Teresa de Los Andes; en Pelequén, se celebra la fiesta de Santa Rosa, y en la Región de Antofagasta, la fiesta de Ayquina, entre otras celebraciones religiosas. Algunas de estas celebraciones, como la tradicional fiesta de La Tirana, cuentan con feriados regionales, para facilitar el desarrollo de estas fiestas y todo el movimiento público y ciudadano que significan las mismas. 5. Basados en esto último, los diputados que firmamos creemos que es preciso facilitar el desarrollo de estas fiestas religiosas y paganas. 6. Una fiesta religiosa que convoca tanto o igual que la fiesta de La Tirana es la que se realiza cada 8 de septiembre, en honor a la Virgen de Ayquina. Son miles los fieles que desde Calama, Tocopilla, Antofagasta y muchos otros lugares de la región, llegan hasta el poblado de Ayquina, ubicado a más de 80 kilómetros al este de Calama, para participar en la celebración religiosa más importante de la Región de Antofagasta. 7. La devoción a la Virgen Guadalupe de Ayquina, la “chinita” como le dicen los fieles, está profundamente arraigada en el pueblo de la Región de Antofagasta. La Virgen de Ayquina es considerada la patrona de los mineros de Chuquicamata y en su fiesta se dan cita bailes religiosos, fieles, peregrinos que concurren a expresar su fe a un pequeño poblado que, durante el año, tiene una o dos familias viviendo en el lugar, lo que motiva para la fiesta el despliegue de todos los servicios básicos que garanticen el normal desplazamiento de personas al lugar como, asimismo, la atención de emergencia necesaria. 8. La concurrencia de fieles es creciente y, año a año, el poblado sigue incrementando el número de personas que deben programar permisos o vacaciones para participar de dicho encuentro de fe. 9. En este contexto, nos parece fundamental reconocer de manera formal lo que significa la imagen de Guadalupe de Ayquina para la Región de Antofagasta, facilitando su realización mediante la declaración de un feriado regional el 8 de septiembre de cada año, sólo para esta región. En atención a todo lo anteriormente expuesto, venimos en proponer el siguiente: PROYECTO DE LEY Artículo único: “Fíjase como feriado, con ámbito de aplicación restringido para la Región de Antofagasta, el día 08 de septiembre de cada año”. 13.Moción de los diputados señores Accorsi, Aguiló, Duarte, GarcíaHuidobro, Jaramillo, Montes, Quintana, Robles, Valenzuela, y de la diputada señora Tohá, doña Carolina. Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, estableciendo que el uso del cinturón de seguridad es obligatorio para todos los pasajeros que realicen viajes interurbanos. (boletín N° 606515) “Vistos: Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados. Considerando: 1° Que nuestra ley del Tránsito Nº 18.290, en su artículo 79, sólo impone la obligación de uso, de cinturón de seguridad a los ocupantes de los asientos delanteros de los automóviles particulares y a los pasajeros de los asientos traseros de los automóviles construidos después del año 2002. Con respecto al uso del cinturón de seguridad en los vehículos destinados al transporte de pasajeros, nuestra ley sólo consigna normas para los taxis y para el transporte de escolares. Para el caso de los taxis, el uso del cinturón es de exclusiva responsabilidad del pasajero; es decir, optativa, en tanto que para el transporte de escolares, el uso del cinturón sólo es obligatorio en aquellos vehículos construidos con posterioridad al año 2007. 2° Que la ley del Tránsito, como se puede observar de la lectura del numeral 10 del artículo 79, no establece ningún tipo de regulación con respecto al uso del cinturón de seguridad del transporte colectivo de pasajeros. 3° Que el trágico accidente protagonizado por las alumnas del Colegio Cumbres, pudo correr una suerte muy distinta si todas las niñas hubieren estado utilizando el cinturón de seguridad, ya que al menos, en el caso de dos de las menores fallecidas, éstas murieron como consecuencia de los golpes sufridos al ser expulsadas por las ventanas a más de 40 metros de distancia del bus que las transportaba, al no utilizar un cinturón de seguridad. 4° Que a este respecto, nuestra ley del Tránsito ni siquiera obliga a que los buses estén equipados con cinturones de seguridad. 5° Que a través de este proyecto, y teniendo presente el trágico accidente de las niñas del Colegio Cumbres, proponemos que todo bus que realice servicios de transporte interurbano de pasajeros deba estar equipado con cinturones de seguridad en todos sus asientos, imponiendo al chofer la obligación de velar por su uso, de manera que no podrá conducir el vehículo si algún pasajero no utiliza el cinturón, bajo sanción de incurrir en una falta gravísima. Por lo tanto, Los diputados que suscriben vienen en someter a la consideración de este Honorable Congreso Nacional el siguiente, PROYECTO DE LEY Artículo único. Se agrega el siguiente inciso final al número 10 del artículo 79, de la ley Nº 18.290, de Tránsito: “los buses que realicen servicios de transporte interurbano de pasajeros, deberán estar equipados con cinturones de seguridad para todos sus pasajeros y su uso será obligatorio. El chófer que conduzca mientras alguno de los pasajeros no esté utilizando el cinturón incurrirá en una falta gravísima.” 14. Moción de los diputados señores Paredes, Díaz, don Marcelo; Espinoza, don Fidel; Latorre, Montes, Saffirio, Schilling, Súnico, y de la diputada señora Tohá, doña Carolina. Establece obligatoriedad de informar el precio total del producto o servicio, incorporando el impuesto al valor agregado. (boletín N° 607003) “1. Fundamentos. Nuestro ordenamiento jurídico establece en la ley del consumidor el derecho de éste a una información veraz y oportuna del precio que se ofrece para un determinado bien o servicio. Este derecho se plasma en la prerrogativa o facultad que tiene el consumidor de exigir, de parte de los proveedores, la correcta y exacta información del precio al momento de cotizar un determinado bien o servicio. La importancia del derecho señalado en el párrafo anterior, dice relación con que el consumidor antes de tomar una decisión respecto de qué bien o servicio comprar, maneje la mayor cantidad posible de información fidedigna para tomar la decisión más óptima para sus intereses. En esta información se comprende lo referente al precio, en cuanto a su monto total, descuentos por la compra de una o más unidades, modalidades de pago y sistema de pago. Es por esta razón que los proveedores deben tener los distintos precios de los bienes o servicios a la vista de los consumidores. No obstante lo anteriormente señalado, cabe tener presente que aún se observan casos en que el proveedor señala el precio sin incluir el valor relativo al impuesto a las ventas y servicios; es decir, se establece únicamente el valor neto del producto sin consideración del impuesto en particular al cual se encuentra afecto el correspondiente bien o servicio, señalando el precio junto con la conocida fórmula “más IVA”. Esta situación trae como consecuencia una evidente desinformación para el consumidor, considerando que no todos, de acuerdo al distinto nivel educacional o de instrucción que se posea, están en condiciones de realizar la correspondiente operación aritmética que permita arribar al valor total del determinado bien o servicio. Desde el punto de vista tributario, la existencia de una oferta en que el precio se encuentre separado del impuesto a las ventas y servicios, puede conducir a torcidas interpretaciones, pues puede entenderse como una invitación a eludir el pago del impuesto, pues, como se sabe la traslación o recargo del impuesto, “no es soportado por el contribuyente, sino que éste lo traslada al comprador de los bienes o al beneficiario del servicio” . La importancia del precio en materia de compraventa es fundamental, por cuanto nuestro ordenamiento jurídico lo establece como uno de los elementos esenciales del referido contrato. En efecto, esto se deriva claramente de dos normas donde se establece, tanto el concepto de compraventa como la forma de perfeccionar dicho contrato. Así, el artículo 1793 del Código Civil, al conceptualizar el contrato de compraventa, agrega en su parte final lo que se entenderá por precio. A su vez, el artículo 1801 del Código Civil señala la forma de perfeccionamiento del contrato de compraventa, en donde el acuerdo en cuanto al precio y la cosa (elementos esenciales particulares de este contrato) hace que el contrato se entienda perfeccionado; es decir, comienza a producir sus efectos respecto de las partes otorgantes. En consecuencia, la trascendencia del precio en materia de compraventa es indiscutible de acuerdo a lo expuesto, por tanto la claridad y veracidad que debe poseer el consumidor respecto de éste, incide directamente en la lícita satisfacción de necesidades y, en consecuencia, en la voluntad de los consumidores de celebrar el respectivo contrato. 2. Ideas matrices. El presente proyecto de ley tiene por objeto complementar el derecho del consumidor a tener una información veraz y oportuna respecto del precio, estableciendo expresamente el deber de los proveedores de establecer el valor total del precio del correspondiente bien o servicio, es decir, incluyendo en el valor el impuesto al valor agregado. Para el evento de contravención de la referida norma, se establecerá una multa a beneficio fiscal ascendente al monto del impuesto al valor agregado que se omitió al informar el precio del respectivo bien o servicio. Es por eso que sobre la base de los siguientes antecedentes vengo en proponer el siguiente: Proyecto de ley Artículo Único. Modifiquese la letra b), el artículo 3° de la ley N° 19.496, sobre protección a los derechos del consumidor, en el siguiente sentido: A continuación del punto y coma (;) agréguese la frase del siguiente tenor: “Se entenderá una información oportuna y veraz del precio, aquélla en que el valor total del mismo, incluyendo el monto del impuesto al valor agregado, se encuentre en forma visible e inequívoca respecto del bien o servicio que se ofrece. La contravención por parte del proveedor a esta norma, hará procedente el pago de una multa a beneficio fiscal que ascenderá al monto del impuesto al valor agregado que se ha omitido informar”. 15. Moción de los diputados señores Lobos, Alvarado, Arenas, Bobadilla, Hernández, Norambuena, Paya, Ulloa, Von Mühlenbrock, y de la diputada señora Nogueira, doña Claudia. Modifica la ley de Tránsito para los efectos de hacer obligatorio el cinturón de seguridad en buses interurbanos o interprovinciales y, además, la exigencia de un número mínimo de sillas de seguridad para menores de 3 años”. (boletín N° 607115) “1. Que, por el Decreto Ley N° 175 del Ministerio de Transporte, se fija las condiciones de seguridad y criterios de construcción a carrocerías de buses destinados a prestar servicios interurbanos de transporte público de pasajeros. Este cuerpo normativo se funda en los contenidos de la ley de Tránsito, en virtud de la cual se señala que los vehículos deberán reunir las características de construcción, dimensiones y condiciones de seguridad, comodidad, presentación y mantenimiento que establezca el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. 2. Que, en virtud de estas atribuciones el Ministerio de Transporte estableció en el año 2006 que los asientos de las carrocerías de los buses interurbanos del transporte público de pasajeros deberán contar con un cinturón de seguridad de tipo subabdominal, entendiéndose como tal un cinturón que pasa por el delante del cuerpo del usuario a la altura de la pelvis y su uso será optativo para los pasajeros. 3. Que, precisamente acá nos encontramos con una deficiencia evidente donde se conjugan diversos factores. En primer lugar, el decreto señalado precedentemente, establece la opción a los pasajeros de usar o no el cinturón de seguridad, es decir, queda a criterio del pasajero su uso, más aún este sistema de seguridad será obligatorio respecto de aquellos buses cuya primera inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros se solicite a contar del 1 de septiembre del año 2007. 4. Que, nos enfrentamos entonces a dos inconvenientes, el primero que no sea obligatorio, y lo segundo, que por una razón de índole económica se exija respecto de buses prácticamente de última generación. Ambos factores se conjugaron de manera dramática en los trágicos sucesos que le costaron la vida a 9 jóvenes (estudiantes del Colegio las Cumbres), en un accidente de tránsito en una carretera del norte de nuestro país. 5. Que, peor aún, en el Congreso Nacional se tramitan á los menos 5 mociones parlamentarias, una de ellas data del año 1993, con diversos estados de avance y en ellas se proponen diversas medidas de seguridad, entre otras el uso obligatorio del cinturón de seguridad. Por ello los diputados que suscribimos esta moción creemos impresentable este retardo legislativo y la imposición obligatoria de que todos los buses que presten servicios interprovinciales tengan cinturones de seguridad y que su uso no sea obligatorio para los pasajeros. 6. Que, por último un elemento adicional de seguridad que se puede incorporar a este tipo de buses, sería el de contar de manera obligatoria con un número mínimo de sillas de seguridad para menores de 3 años, para los efectos de que estos menores se encuentran con la mayor protección posible en el evento de un accidente de tránsito. Proyecto de Ley Artículo único: Para incorporar un inciso final al artículo 79 de la ley N° 18.290, de Tránsito. “El uso de cinturones de seguridad en buses interprovinciales o interurbanos será obligatorio para los pasajeros. Estos medios de trasporte público deberán contar, además, con a lo menos 2 sillas de seguridad para el uso por menores de 3 años, con las características técnicas que determine el Ministerio de Transporte y su uso será obligatorio. Su implementación y fiscalización quedará determinada según las normas reglamentarias que se dicten”.