http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = " [i]El artículo 5º Nº 5 de la ley Nº 19.979 que modifica el régimen de jornada escolar completa diurna y otros cuerpos legales incorporó en el artículo 25 del Estatuto Docente el inciso final que ahora se deroga del siguiente tenor: "Las vacantes para ejercer la función docente-directiva siempre serán provistas por concurso público y el nombramiento o designación tendrá una vigencia de cinco años.". "