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El señor LEAL ( Presidente ).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, originado en moción, que introduce en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley N° 20.050, que reformó la Constitución Política de la República.
Diputada informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es la señora Laura Soto.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 3962-07, sesión 34ª, en 30 de agosto de 2005. Documentos de la Cuenta N° 23.
-Informe de la Comisión de Constitución. Documentos de la Cuenta N° 1, de esta sesión.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra la señora diputada informante.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Constitución, paso a informar sobre el proyecto de ley, originado en moción de los diputados señores Gabriel Ascencio , Jorge Burgos y Carlos Montes , y del ex diputado señor Patricio Cornejo , que introduce diversas modificaciones a la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, con el objeto de adaptar
sus disposiciones a las recientes reformas introducidas a la Constitución Política de la República por la ley N° 20.050.
Al efectuar una somera reseña de las adaptaciones aprobadas por la Comisión, puede señalarse lo siguiente:
1° Se amplía el campo de aplicación de esta ley al sujetar a sus disposiciones la aprobación o rechazo de los tratados internacionales y el funcionamiento y atribuciones de las comisiones investigadoras;
2° Se suprime la mención relativa a la investidura de los senadores designados y se establece un período ordinario de sesiones que se extiende entre el 11 de marzo y el 10 de marzo del año siguiente, terminando así con las legislaturas ordinaria y extraordinaria;
3° Se precisan -aspecto muy importante- los alcances del principio de transparencia, en relación con el cual se señala que consiste en permitir y promover el conocimiento y publicidad de los actos y resoluciones que adopten los diputados y senadores, las cámaras y sus órganos internos, así como de sus fundamentos y de los procedimientos que utilicen;
4° Se establece la excepcionalidad para el secreto de sesiones, actas y votaciones de las cámaras, las que sólo podrán ser declaradas en dicho carácter cuando la publicidad afecte el debido cumplimiento de las funciones de sus órganos internos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional;
5° Se excepciona de la obligación de entregar a las cámaras, por parte de los organismos del Estado, los informes o antecedentes que revistan el carácter de secretos o reservados en virtud de disposición expresa de una ley de quórum calificado, los que sólo podrán ser proporcionados por el ministro de que dependa el servicio u organismo de que se trate o con el que se vincule con el Gobierno, en la sesión secreta que se celebre para tal efecto;
6º Se incluye a los representantes legales de las empresas del Estado, o en que éste tenga participación mayoritaria, entre las personas que pueden ser sancionadas como consecuencia de no proporcionar los antecedentes que les solicite una comisión investigadora o no asistan a las sesiones a que se les cite;
7º Se establece que las comisiones mixtas podrán ser presididas por un diputado o por un senador, según quien elija la mayoría de sus integrantes, y se podrán reunir, alternativamente, por asunto, en las salas de comisiones de cualquiera de las cámaras;
8º Se permite a las cámaras suspender el plazo de las urgencias cuando la comisión que deba informar tenga pendientes dos o más proyectos con urgencia, suspensión que, en todo caso, no podrá exceder de los treinta días que establece el artículo 74 de la Constitución Política. Esta modificación es muy importante para la labor legislativa;
9º Se amplían los plazos establecidos para el despacho de proyectos con urgencias calificadas de “suma” y de “discusión inmediata”, tanto en las comisiones informantes como en las mixtas. En las primeras, el plazo aumenta de diez a quince días y de tres a seis días, según se trate de suma urgencia o de discusión inmediata, respectivamente. En el caso de los informes de comisiones mixtas, tanto para la Comisión como para las cámaras, el plazo para su tramitación se aumenta a cinco días y a dos días, si las iniciativas han sido calificadas con suma urgencia o discusión inmediata;
10º Se requiere quórum de simple mayoría para la aprobación de los proyectos en general y en la votación particular se deberán respetar los quórum que correspondan según la naturaleza de la norma, suprimiendo así una exigencia que no se condice con la normativa constitucional;
11º Se permite la votación separada, según la naturaleza de la disposición de que se trate, respecto de las proposiciones que hagan las comisiones mixtas. Esta modificación habría aliviado la situación generada en el debate de ayer respecto del proyecto que modifica la ley Nº 19.419 en materias relativas a la publicidad y el consumo de tabaco;
12º Se establece que la Cámara de Diputados, con el acuerdo de a lo menos los dos quintos de los miembros en ejercicio, podrá crear comisiones especiales investigadoras, pero tales comisiones no podrán extender su cometido al conocimiento de materias no comprendidas al momento de su creación. Lo anterior significa que no será suficiente la simple petición de los dos quintos de los diputados, sino que esos parlamentarios deberán participar del acuerdo adoptado en la Sala en que se cree la comisión;
13º Se dispone que, en el desempeño de sus funciones, las comisiones investigadoras podrán citar a los ministros de Estado , a los funcionarios de la administración del Estado, al personal de las empresas del Estado, o en que éste tenga participación mayoritaria, quienes estarán obligados, bajo sanción, a comparecer y a proporcionar los antecedentes que se les soliciten. Esto despeja la duda y la controversia que hubo en la Comisión de Defensa Nacional, conocida públicamente;
14º Se dispone que, tratándose de antecedentes de carácter secreto o reservado, establecido así por una ley de quórum calificado, éstos sólo podrán proporcionarse por el ministro de Estado que corresponda o por el representante legal de la empresa en que se desempeña la persona requerida, en sesión secreta;
15º Se establece la obligación del presidente de la comisión de velar por que se respeten los derechos de las personas citadas o que comparezcan;
16° Se regla la aprobación de los tratados internacionales, los que se someterán a los trámites propios de una ley. Su aprobación deberá efectuarse en votación única, con el quórum más elevado que corresponda, de acuerdo a la naturaleza de las normas que contiene;
17° Se establece la consulta a la Corte Suprema respecto de las normas de un tratado que incidan en cuestiones relativas a la organización y atribución de los tribunales;
18° El jefe de Estado deberá informar sobre el contenido y alcance de los tratados, sobre la reserva que pretende confirmar o formular, sobre las declaraciones interpretativas que desee plantear y sobre las reservas o declaraciones que formulen terceros estados;
19° Se permite a las Cámaras sugerir la formulación de reservas o declaraciones interpretativas a un tratado sometido a su consideración, siempre que ello fuere procedente, conforme a las normas generales del derecho internacional o de acuerdo a lo previsto en el mismo tratado, y
20° Se dispone que si el Presidente de la República decide denunciar un tratado, deberá pedir la opinión del Congreso si ha sido aprobado por éste, el que deberá emitir su parecer dentro del plazo de 30 días, previo informe de la Comisión respectiva de cada cámara.
Se establece que el jefe de Estado deberá pedir el acuerdo del Congreso para el retiro de una reserva que éste tuvo en consideración al momento de aprobar un tratado, acuerdo que deberá adoptarse dentro de un plazo total de 30 días, a contar de la petición. Vencido el plazo, se entenderá aprobado el retiro de la reserva, aun cuando no se cuente con el informe del Congreso.
La Comisión respectiva de cada cámara deberá informar esta petición; se pronunciará sobre sus alcances y, si lo estima conveniente, recomendará la aprobación o rechazo del retiro de la reserva. Cabe hacer presente que, en este caso, el acuerdo del Congreso tiene carácter vinculante, no pudiendo el jefe de Estado proceder al retiro de la reserva si no cuenta con el asentimiento del Poder Legislativo .
Las reseñadas son las adaptaciones que el proyecto propone en líneas generales para la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional y que esta Comisión recomienda aprobar.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , el informe de la diputada señora Laura Soto , por su rigurosidad y precisión, evita que mi intervención sea extensa, pues fueron muy bien abordadas aquellas cuestiones esenciales y novedosas que se incorporan a la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional para adecuarla a las importantes modificaciones constitucionales introducidas por la ley Nº 20.050 a la Carta Fundamental, muchas de las cuales han permitido que algunos hablen de una nueva Constitución.
Sin embargo, quiero detenerme en una cuestión que, a mi juicio, es central. Probablemente, esta iniciativa será una de las más relevantes que a la Sala le corresponda tratar durante esta legislatura y que tiene que ver con todo nuestro trabajo de aquí en adelante. Es más, ojalá, podamos avanzar rápidamente, pues estamos atrasados. No es culpa de los nuevos legisladores, sino que venimos con un atraso, pues tenemos una Constitución en plena vigencia y una ley orgánica que aún no se pone al día en estas materias. En consecuencia, es básico dar celeridad al tratamiento de este proyecto.
En la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia la mayoría de las modificaciones fueron aprobadas por unanimidad. Por lo tanto, parte del trabajo está bastante legitimado desde el punto de vista de las distintas posiciones políticas.
Quiero hacer dos consideraciones a aquellas cuestiones básicas que señalaba la diputada informante . En primer lugar, esta ley dice: “El principio de transparencia consiste en permitir y promover el conocimiento y publicidad de los actos y las resoluciones…” Me quedó hasta ahí; en “permitir” y “promover”. Dos verbos rectores.
Unánimemente todos los sectores políticos han señalado que a nuestro país le falta avanzar en transparencia ¡Y por Dios que le falta! La Constitución Política ha establecido que un elemento esencial del devenir institucional es la transparencia y las modificaciones a esta ley orgánica no hacen sino que recoger concretamente la decisión de la Constitución de que este país se maneje con la mayor transparencia, lo que es una gran noticia.
Me parece que la fórmula empleada, de establecer sólo en grandes temas la posibilidad de que una cuestión sea secreta y no entrar a la casuística, con el riesgo que implica, de dejar cuestiones afuera. Es el camino más lógico de seguir dentro de los marcos de la Constitución. Será necesario que la cotidianeidad y la práctica vayan creando precedentes parlamentarios de algunas cuestiones.
A esa norma, a pesar de que en un principio tuve algunas dudas, concurrí con el voto favorable. En ella se establece un altísimo quórum: dos tercios en la Sala o en las Comisiones, para declarar secreta alguna cuestión sobre la base de los elementos que señala la Constitución -seguridad del Estado, el derecho de las personas-. Creo que es muy importante que se requiera un alto quórum para declarar el secreto, de manera que se llegue a la excepción, pues la regla general en nuestro país, a partir de la Constitución y de esta iniciativa es que los actos sean públicos y, a mi juicio, eso hay que resguardarlo. También servirá para que adelantemos una serie de cuestiones que están pendientes.
Una moción del diputado señor Gabriel Ascencio y de otros que lo acompañamos, que proponía declarar públicas las leyes secretas de este país, con la condición de liberación y de desclasificación en diez años de ciertas leyes, fue aprobada por la Cámara y despachada al Senado, donde su tramitación se ha estancado por más de un año. No tiene consistencia la existencia de leyes secretas con la iniciativa que discutimos.
Una de las leyes que sigue siendo secreta es aquella que se refiere al destino de los ahora 890 millones de dólares -este año- provenientes de la ley del cobre. El mayor gasto que hace el Estado, que tiene que ver con compras militares, sigue siendo absolutamente secreto. Eso no es consistente; es asimétrico. Entonces, de una vez por todas, debemos dar el paso al que hoy estamos obligados por la Constitución.
En consecuencia, ahí hay una norma central, esencial y la matriz del proyecto. Creo que los avances en fiscalización son importantes y formaban parte de los acuerdos políticos de la modificación constitucional.
En virtud de dicha reforma y en el evento de ser aprobado este proyecto, que introduce adecuaciones a la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, la Cámara de Diputados tendrá más facultades de fiscalización. Para decirlo con más claridad, tendrán más facultades de fiscalización quienes, dependiendo de los momentos políticos, constituyan la minoría.
Ayer, en su discurso de inauguración, el Presidente de esta Corporación tenía toda la razón al señalar que ésta es una gran norma, que debe ser cuidada para que no se desprestigie por su uso. Nos estarán observando, por lo que debemos actuar con rigurosidad y con capacidad, a fin de que esta institución se plasme no sólo en la legalidad, sino también en la legitimidad social.
Estamos frente a un proyecto trascendente, que será votado favorablemente por la bancada de la Democracia Cristiana, en general y en particular.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , estamos en presencia de una norma perfectamente bien orientada, que adecua las disposiciones de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional a las reformas constitucionales aprobadas durante la legislatura anterior, que constituyeron un avance institucional muy importante. Ello permitirá hacer más operativa la actividad del Congreso Nacional.
Durante la tramitación de la iniciativa, el entonces Presidente de la Cámara de Diputados, señor Gabriel Ascencio , presentó una muy buena indicación -hay que reconocerlo-, apoyada desde el punto de vista político por el entonces Presidente del Senado , señor Sergio Romero . En la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia se llevó a cabo un debate interesante, ilustrado, muy participativo y transversal, que nos permitió avanzar en la elaboración del proyecto.
Las bancadas de la Oposición están de acuerdo con las disposiciones incorporadas a la ley orgánica del Congreso Nacional, salvo en tres puntos muy precisos, respecto de los cuales haremos la argumentación correspondiente y pediremos votación separada.
En general, las disposiciones que regulan el funcionamiento y atribuciones de las comisiones investigadoras constituyen un avance importante. Antes existía un vacío. Ahora, en cambio, queda establecido en mucho mejor forma cómo deben funcionar estas comisiones, lo que es relevante para la Oposición, que está en minoría.
El proyecto también corrige esta especie de anomalía tradicional que existía al haber una legislatura ordinaria y una extraordinaria. Ahora se establece un solo período ordinario de sesiones, que se extenderá desde marzo a enero del año siguiente.
Coincidimos en la importancia de establecer el principio de la transparencia. El secretismo en el Congreso Nacional debería ser una excepción definida por los propios diputados mediante un quórum alto. El proyecto también permite que el Ejecutivo deje de funcionar sometido al secretismo. Muchas veces, por la vía administrativa, el Ejecutivo se exceptúa de informar de asuntos que debieran ser de conocimiento público. Por ello, el proyecto -que espero se apruebe- establece que si un ministro o un funcionario público se excusa de dar a conocer una disposición, porque la materia es secreta, la Cámara de Diputados podrá exigirle que comparezca y la dé a conocer en sesión secreta.
La iniciativa establece que las comisiones mixtas podrán ser presididas por un diputado o por un senador. Antes, sólo los senadores podían presidirlas. Esto constituye un avance en términos de dar atribuciones a la Cámara de Diputados, detrás de lo cual todos debemos estar alineados.
Se amplían los plazos de las urgencias. Muchas veces, el Congreso Nacional se ve impelido a legislar entre gallos y medianoche porque el Ejecutivo hacía presente la urgencia de un proyecto, calificándola de discusión inmediata. Ello impedía presentar indicaciones, quedando los diputados entre la espada y la pared, sujetos a aprobarla o a rechazarla. El plazo de suma urgencia se amplía de 10 días a 15 días; el de discusión inmediata, de 3 días a 6 días, y se otorgan más atribuciones a la Cámara de Diputados para que califique la urgencia que pide el Ejecutivo , lo que nos parece muy bueno y va a contar con nuestros votos.
En qué tenemos reparos y alegaciones en contra.
En primer lugar, en el artículo 30, en el cual vamos a pedir votación separada, pues modifica la actual disposición de la ley orgánica, perjudicando claramente a la minoría, lo que importa un problema político. Además, está fuera del fundamento central del proyecto y tiene vicios de inconstitucionalidad. En la actualidad, si se somete a la consideración de esta Cámara un proyecto de ley que contiene normas de quórum simple y de quórum calificado, se vota cuatro veces: se vota en general el conjunto de normas de quórum simple; en general el conjunto de normas de quórum calificado; en particular las normas de quórum simple, y en particular las normas de quórum calificado. Si se aprueba esta reforma -por eso no estamos de acuerdo con ella-, habría sólo una votación en general, que se haría de acuerdo con las normas de quórum más bajo, es decir, de quórum simple, lo que perjudicaría claramente a la Oposición. Por lo tanto, la vamos a votar en contra. De lo contrario, nunca podríamos plantear la posibilidad de rechazar en general un proyecto de ley que contenga normas de quórum calificado.
La norma está mejor redactada ahora. La reforma no es conveniente -la objeción la presentamos en la Comisión de Constitución-, está fuera del espíritu general del proyecto y, a mi juicio, vulnera el artículo 66 de la Constitución, que establece claramente los quórum, lo que para nosotros significa un mecanismo central en esta legislatura. Por consiguiente, vamos a pedir votación separada en este artículo y lo vamos a votar en contra.
En segundo lugar, tenemos reparos en la tramitación aplicable a la aprobación de los tratados internacionales, establecida en los artículos 63 y 64, respecto de los cuales también pediremos votación separada. Los parlamentarios de la Alianza por Chile formulamos indicaciones en esta materia, que si son aprobadas, no tendremos reparos en aprobar el proyecto. De lo contrario, lo vamos a rechazar.
Estas indicaciones están en un sentido simple. Como informó la Presidenta de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, honorable colega y amiga señora Laura Soto , el artículo 63 dispone que si el Presidente adopta la decisión de denunciar un tratado o retirase de él, deberá pedir la opinión de ambas cámaras del Congreso. No estamos de acuerdo, pues la Constitución y el estado de derecho en general establecen que las cosas se deshacen de la misma forma en que se hacen. Para que el Presidente de la República pueda modificar un tratado internacional, que ha sido aprobado por el Congreso Nacional en determinada forma, no solamente debe solicitar la opinión de ambas Cámaras, sino el acuerdo de ellas. Por ello, formulamos una indicación para reemplazar la frase “deberá pedir la opinión de ambas Cámaras del Congreso” por “deberá pedir el acuerdo de ambas Cámaras del Congreso.” Con el fin de hacerlo coherente, formulamos otra indicación al artículo 63 para cambiar la frase “el Congreso dará a conocer su opinión” por “el Congreso dará a conocer su acuerdo”.
Por otra parte, presentamos otra indicación al artículo 64. En algunas ocasiones el Presidente de la República solicita al Congreso el acuerdo para aprobar un tratado internacional en función del interés local, agrícola o de grupos de la bancada, que no necesariamente dice relación con la división entre izquierda y derecha, sino con legítimos intereses locales. Es decir, el Presidente de la República le pide el voto en el entendido de que va a hacer reserva de un determinado capítulo, y así se vota. Entonces, el Congreso Nacional votará a favor o en contra de la iniciativa en función de lo que el Ejecutivo establezca: le pido el voto para este proyecto o para este tratado con esta reserva. Y según la norma que se modifica, a las horas después el Presidente quedaría facultado para mandar un oficio al Congreso Nacional para decirle: “Mire, voy a retirar la reserva, porque cambiaron las condiciones”, con lo cual quedaríamos sujetos a una especie de chantaje. No creo que algún Presidente de Chile vaya a actuar malintencionadamente como para plantear una cuestión como esa. Pero, obviamente, la Cámara y el Senado quedarán en una posición minusválida o menor, ante el Presidente de la República , si llegase a quedar un espacio para esta jugarreta.
Por eso, hemos formulado una indicación muy simple. Esto es que el oficio que el Presidente de la República le mande al Congreso Nacional para retirar una reserva debe ser fundado. Deberá decir: “Cambiaron las condiciones que hacían necesaria esta reserva”. De esto se trata y por eso cambian las condiciones. Es decir, fundadamente le pido el acuerdo para retirar la reserva.
Estas dos últimas modificaciones son importantes, sutiles, pero van en la dirección que nos interesa cautelar, cual es que en un Estado de Derecho, con una institucionalidad fuertemente presidencialista, ni la Cámara de Diputados ni el Senado pierdan sus atribuciones; que el Poder Legislativo no pierda sus atribuciones ante el Presidente de la República , porque ya estamos en una situación de capitis deminutio bastante acentuada y relevante.
Por lo tanto, anuncio que mi bancada votará a favor del proyecto de ley, porque es un avance.
No obstante, pedimos votación separada para los artículos 30, 63 y 64.
El 30 lo votaremos en contra. No podría ser de otra manera. Respecto de los artículos 63 y 64, formulamos indicaciones, las que votaremos favorablemente. Si se rechazan votaremos en contra de los artículos.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI .-
Señor Presidente , éste es un proyecto de ley que mejora bastante la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional. Sin duda, contribuye enormemente a que todas las actuaciones de esta Cámara sean lo más transparente posible.
Como se ha dicho, es un gran aporte establecer con claridad que todos los documentos y actas que contienen los debates de la Sala y de las respectivas comisiones sean públicos. Desde ese punto de vista, cualquier persona puede acceder a ellos, cosa que hoy es compleja y, muchas veces, difícil. Incluso, el diputado debe solicitarlas, porque no pueden circular libremente. Obviamente, hay ciertos temas que deben quedar en secreto cuando son importantes para el país o para las instituciones del Estado. En tal caso, deben ser declarados como tales con un quórum no menor a los dos tercios.
En consecuencia, el tema de la transparencia se impone, lo que es muy positivo. Es algo que, sin duda, valoramos y debemos apoyar fuertemente.
De igual forma, es importante la ampliación de las facultades de esta Cámara frente al tema de las urgencias, las que, en general, se han visto menoscabadas frente al Ejecutivo en distintos aspectos. Muchas veces nos vemos presionados a legislar conforme a las urgencias establecidas por dicho poder del Estado. En este sentido, hay una serie de modificaciones que, incluso, estipulan que las respectivas cámaras podrán acordar la suspensión de las urgencias cuando la Comisión respectiva tenga más de dos proyectos pendientes. Eso es bueno, porque nos permitirá legislar con tranquilidad y hacer nuestros aportes, como debe ser.
Para no extenderme, puesto que ya se han dado diversas opiniones sobre la materia, en general, éste es un proyecto de ley extremadamente positivo que implica un avance para el Congreso Nacional.
Asimismo, dignifica a la Cámara de Diputados el hecho de que las comisiones mixtas también podrán ser presididas por un diputado y no solamente por un senador, el que será elegido por sus integrantes.
En cuanto a la intervención del diputado Cardemil , me asalta una duda, puesto que el pronunciamiento del Congreso respecto de los tratados internacionales está expresamente establecido en la Constitución Política de la República. Entonces, no podemos aprobar una modificación que se refiera a un acuerdo, porque el artículo 63 dispone que cuando el Presidente de la República adopta la decisión de denunciar un tratado o retirarse de él, deberá pedir la opinión de ambas cámaras del Congreso. De manera que no corresponde la proposición del diputado Cardemil en cuanto a modificar lo establecido en el proyecto, por cuanto hay que remitirse expresamente al término “opinión”. No podemos hablar del “acuerdo” de ambas Cámaras.
Para terminar, anuncio que el PPD votará favorablemente esta iniciativa, puesto que nos parece extraordinariamente positiva.
He dicho.
El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG (don Nicolás) .-
Señor Presidente , quiero hacer reserva de constitucionalidad, en el evento de que sea aprobada, respecto de la modificación al artículo 30, que consiste en sustituir su inciso primero por el siguiente: “Los proyectos serán aprobados en general, en un solo acto, con los votos favorables de la mayoría de los diputados o senadores presentes.”.
Me parece que esta disposición que se pretende aprobar hoy es contraria a lo que establece el artículo 66 de la Constitución, que se refiere a los quórum requeridos para aprobar las distintas normas legales. Pues bien, este inciso no especifica si se trata del quórum requerido para la votación en general o en particular; sólo se refiere al quórum de aprobación. Por tanto, no veo el sentido de excluirlo en las votaciones en general.
Si aprobáramos una disposición de esta naturaleza, tendríamos leyes orgánicas constitucionales que no serían aprobadas en general con el quórum de las cuatro séptimas partes de diputados y senadores en ejercicio que exige la Constitución Política. Alguien podría decir, entonces, qué sentido tendría la existencia de estos artículos constitucionales sobre quórum, que fueron establecidos con el objeto de concitar acuerdos más amplios y estables y mayorías superiores a la simple mayoría establecida en la Carta Fundamental. O también se podría argumentar, en favor de esta modificación, que se vote en general con el quórum más bajo y, en particular, con el quórum que corresponde en cada caso. Pero ese argumento tampoco es válido, porque la votación en general carecería de sentido. Si es eso lo que buscamos, entonces eliminemos la votación en general.
Por lo tanto, la única forma de hacer compatible el proyecto con lo que establece la Constitución, en cuanto a la votación en general de la idea matriz del proyecto y a las normas de quórum calificado, es mantener que cada norma legal se vote con el quórum exigido por la Constitución.
Imaginemos por un segundo que tuviéramos que votar un proyecto interpretativo de la Constitución, que requiere para su aprobación el voto favorable de las tres quintas partes de los diputados en ejercicio, y que la aprobáramos en general por simple mayoría. Ello iría claramente en contra del espíritu de la Constitución y, por tanto, esta norma sería inconstitucional. Lo mismo sucede respecto de las normas orgánicas constitucionales, que para su aprobación requieren las cuatro séptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio, o de las que requieren quórum calificado.
Esta discusión ya se hizo en el Senado que, en estos casos, realiza una sola votación en general. Pero cuando se trata de una normativa que contiene artículos de quórum simple y de quórum calificado, el Senado siempre los ha aprobado con los quórum más altos. De lo contrario -insisto-, tendríamos muchas normas que requieren quórum especiales aprobadas en general con quórum simple. Creo que nadie puede oponerse a la posibilidad de votar en un solo acto; pero esa votación, que tiene mucho que ver con economía procesal del trámite legislativo, no puede hacerse vulnerando los quórum establecidos en la Constitución.
Por lo tanto, en esta argumentación fundamento mi reserva de constitucionalidad, en el evento de que la norma en cuestión sea aprobada. Finalmente, creo que deben primar los principios establecidos en el artículo 66 de la Constitución Política.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , es importante reconocer que si no adaptamos la forma de legislar a las actuales exigencias del quehacer político, seguiremos trabajando anacrónicamente. Así lo percibe la mayoría de los ciudadanos. Por eso, felicito a los autores del proyecto, porque va en la dirección correcta.
Tal vez, las modificaciones a la ley orgánica constitucional, necesarias para adecuar el funcionamiento del Congreso Nacional a la ley N° 20.050, que reformó la Constitución Política, no son fáciles de digerir por su especificidad jurídica.
Por ejemplo, se establece un solo período legislativo, lo que dará más continuidad a nuestro trabajo y, por lo tanto, más eficiencia política.
Las comisiones especiales investigadoras, que obligan a los ministros a asistir a ellas, tienen por finalidad llevar a cabo nuestra función fiscalizadora con mayor eficacia. Se democratizan las comisiones mixtas, lo que me parece un logro para los diputados, y se avanza en la transparencia, permitiendo y promoviendo el conocimiento y publicidad de los actos y las resoluciones que adopten los parlamentarios, así como de sus fundamentos y los procedimientos utilizados. Gran anhelo nuestro y de la ciudadanía.
Más allá de este proyecto, quiero destacar que estas modificaciones son absolutamente necesarias para avanzar hacia una reingeniería política, considerando la transparencia y la gestión política del Congreso como herramientas fundamentales para entregar a la comunidad mejores regulaciones, que apunten al desarrollo integral que todos queremos.
Aprovecho la ocasión para recordar que están pendientes importantes iniciativas legales orientadas a profundizar una reforma constitucional que satisfaga los más grandes anhelos de la ciudadanía, entre otros, cambio del sistema binominal, creación de la decimocuarta región, y posibilitar que los chilenos que viven en el extranjero puedan votar, derecho básico que muchos países ya han entregado, en concordancia con la globalización que queremos construir.
Por eso, está muy bien que empecemos a trabajar por casa.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , quiero manifestar mi satisfacción, entusiasmo y agradecimiento por la ley N° 20.050, que introdujo modificaciones a nuestra Constitución, y por este proyecto, originado en una moción de los colegas Burgos , Ascencio , Montes y del ex diputado Patricio Cornejo , que nos permite abrir un debate sobre la eficiencia, eficacia y transparencia del trabajo parlamentario.
Como lo señaló el diputado Burgos , los parlamentarios han presentado diversas mociones sobre la materia en esta Corporación. En 2002, cuando era Presidenta de la Cámara , presenté un proyecto de modificación del Reglamento, cuyo objetivo fundamental era transparentar el trabajo legislativo y la administración de la Corporación. Sin embargo, han pasado cuatro años y ni siquiera ha sido puesto en tabla en la Comisión de Régimen Interno.
Sí debo reconocer el trabajo realizado por su señoría y por los diputados Ascencio y Lorenzini , quienes durante sus presidencias recogieron algunas de las propuestas que apuntaban a transparentar nuestro trabajo legislativo, por ejemplo, que la asistencia y las votaciones, en Sala y en comisiones, se hicieran públicas.
Las modificaciones propuestas por los diputados Ascencio , Burgos , Montes y por el ahora ex diputado Cornejo constituyen un avance, porque adecuan la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional a la reforma constitucional. Si bien la transparencia no es ciento por ciento, sí se incorpora un elemento moderno, actual, en el trabajo de los parlamentos de todo el mundo; que el secreto sea una excepción y no la norma, como ha sido hasta ahora. Eso es muy importante, y si es necesario avanzar más para lograr mayor transparencia, estamos todos invitados a hacerlo.
Valoro lo señalado por el diputado Ceroni , en cuanto a que en un sistema político netamente presidencialista como el nuestro, con esta modificación podremos ir recuperando espacios y dignidad en nuestro trabajo, tan vilipendiado y maltratado por la opinión pública. Pero no sé si contribuimos a ese cambio de imagen si aquí no debatimos más en profundidad estos temas.
Creo que las modificaciones relacionadas con las urgencias y con las comisiones mixtas, a que se refirió el diputado Ceroni , dignifican nuestro trabajo.
Pero quiero manifestar mi preocupación por las intervenciones de algunos colegas, en particular el diputado Nicolás Monckeberg , que nos amenazó con una reserva de constitucionalidad respecto de la modificación al artículo 30. Esto abre un debate sobre los quórum, que han constituido verdaderas ataduras desde 1990 hasta la fecha para el pleno ejercicio de las mayorías en el Congreso Nacional. Entonces ahora, cuando intentamos aprobar una modificación que permita votar un proyecto con los diputados presentes en la Sala, se señala que es inconstitucional, no obstante que, a renglón seguido se establece que las disposiciones del proyecto que requieran mayorías distintas a la de los miembros presentes serán aprobadas con la mayoría que corresponda en cada caso. Con ello, no se está cometiendo ningún atropello a las normas constitucionales, que debemos respetar. Creo que allí está centrado el debate. Avanzamos en transparencia y en dignidad, pero ¡ojo! hay una mayoría que debe ser respetada en el debate y en la votación de los proyectos. Ése es el mandato que el país entregó a la Concertación de Partidos por la Democracia y que le permitió tener una mayoría considerable, representada por los hombres y las mujeres que hoy día estamos sentados aquí.
Me preocupa que se enturbie un tanto el avance que significa este proyecto. Por eso, le pido al diputado Monckeberg que retire sus observaciones y sus amenazas, porque con este proyecto intentamos avanzar hacia un ejercicio democrático efectivo, real, que nos mandató el pueblo de Chile.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO .-
Señor Presidente , quiero agradecer el apoyo que todos los diputados han manifestado a esta necesaria modificación de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional. La diputada Adriana Muñoz y los diputados Cardemil , Ceroni y Burgos han recordado que este proyecto era necesario para adecuar nuestra ley orgánica a la reforma constitucional aprobada por nosotros allá por agosto del año pasado.
Ante todo, quiero hacer un reconocimiento al trabajo que realizamos con el presidente del Senado de la época, don Sergio Romero , porque con él nos pusimos de acuerdo sobre la necesidad de adecuar rápidamente nuestras normas a la reforma constitucional mencionada. Así, nos fijamos numerosos temas importantes que, a nuestro juicio, debían ser resueltos. Por ejemplo, las normas relacionadas con la eliminación del secretismo, con las mayores facultades fiscalizadores de la Cámara. En conjunto presentamos el proyecto al Congreso. Incluso a ambos nos correspondió defenderlo ante la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de esta Corporación y es muy probable que sea el senador Romero quien conduzca su tramitación en el Senado.
El proyecto contiene varios aspectos relevantes, pero me parece especialmente importante destacar que en lo relativo a las facultades fiscalizadoras, la situación de la Cámara de Diputados será muy distinta de la que hasta ahora hemos tenido, pues la reforma constitucional estableció, por una parte, que para aprobar la creación de una comisión investigadora se requerirá el voto favorable de tan sólo cuarenta señoras diputadas y señores diputados, lo que permitirá que la Oposición apruebe todas aquellas que, en su sano juicio y con responsabilidad, crea necesario; y por otra, creó la institución de la interpelación, que consiste en la posibilidad de citar a una autoridad para que en esta Sala un diputado o una diputada la interrogue respecto de aquellos asuntos que indique la citación, lo cual me parece comunicacionalmente muy llamativo y eficaz desde el punto de vista de la fiscalización.
Para que esta institución funcione aún se requiere modificar el Reglamento de nuestra Corporación, lo cual seguramente ocurrirá en el transcurso de las próximas semanas.
Todo esto se relaciona con el proyecto de modificación a la ley orgánica del Congreso Nacional que discutimos, pues estamos adecuándola a la reforma de la Constitución recientemente aprobada.
Creo que la mayor parte de las disposiciones se aprobarán por unanimidad o por una amplia mayoría, por lo que sólo me referiré a aquellas que han merecido la objeción de parte de los diputados Alberto Cardemil y Nicolás Monckeberg y que están referidas a la substitución del inciso primero del artículo 30.
Los dos primeros incisos de la norma que se propone señalan: “Los proyectos serán aprobados en general en un solo acto, con los votos favorables de la mayoría de los diputados o senadores presentes.
“Las disposiciones de un mismo proyecto que requieran mayorías distintas a la de los miembros presentes serán aprobadas, en particular en votación separada, y con la mayoría especial requerida en cada caso.”
El inciso segundo es muy importante para entender el primero, ya que en materia de votaciones la Constitución dispone que corresponde a la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional determinar la forma y procedimientos de realizarlas, pero hasta ahora, como indicó el diputado señor Cardemil , hemos procedido de diversas formas. Así, por ejemplo, cuando nos toca votar un proyecto que contiene mayoritariamente artículos que requieren quórum simple para su aprobación, pero incluye otros de quórum especial, lo que hacemos es realizar dos votaciones en general, lo que no corresponde, porque la votación en general sólo tiene por objeto aprobar o rechazar la idea de legislar y no está referida a ninguna norma en particular.
Lo correcto es que luego, cuando se analizan uno a uno los artículos, se vea cuáles requieren de quórum especial y, una vez establecido ello y aprobada la iniciativa en general, se voten los artículos en particular y se aprueben con la mayoría constitucional requerida para cada caso. Es imposible que por simple mayoría se apruebe un artículo que requiere quórum especial.
Por lo tanto, no corresponde la objeción de constitucionalidad que hacen los diputados de la Oposición. La Constitución Política señala que la ley orgánica del Congreso resuelve este tema, y lo estamos resolviendo de una manera que nos permita economía en las votaciones -se trata de no hacer tantas votaciones-, porque cuando votamos en general es para aprobar o rechazar la idea de legislar; luego, cuando votamos en particular, se ve artículo por artículo y votamos de acuerdo con los procedimientos o mecanismos que hemos establecido. Pero aquí tenemos que votar de acuerdo al inciso segundo del artículo 30: “Las disposiciones de un mismo proyecto que requieran mayorías distintas a las de los miembros presentes serán aprobadas, en particular en votación separada, y con la mayoría especial requerida en cada caso.”
Por lo tanto, pido a los colegas de la Oposición que no hagan cuestión de constitucionalidad, porque no corresponde. Estamos estableciendo un mecanismo que va a facilitarnos las votaciones. No es otro el alcance ni se quiere pasar un gol a nadie.
Estamos tratando de adecuar la ley orgánica del Congreso en mérito de las reformas que se le introdujeron a la Constitución Política de la República.
Agradezco, una vez más, a todos los que han apoyado este proyecto, y en especial al senador Sergio Romero, con quien trabajamos la iniciativa.
La Cámara de Diputados, con las nuevas facultades, será muy distinta a la de anteriores legislaturas. Si son bien utilizadas, no habrá excusas para la fiscalización.
En realidad, la Oposición, y nosotros, con las nuevas normas, tendremos la extraordinaria posibilidad, si somos responsables, de fortalecer la democracia.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Uriarte.
El señor URIARTE.-
Señor Presidente, luego de haber escuchado el informe en la Sala y las intervenciones que me han precedido, queda claro que hay que legislar en esta materia.
Es manifiesta la necesidad de modificar la ley orgánica de Congreso Nacional como consecuencia de haberse reformado la Constitución Política en materias que afectan al Poder Legislativo . Nadie podría discutir la necesidad de legislar al respecto porque el ámbito propio de la ley orgánica constitucional ha sido modificado en una reforma constitucional; por lo tanto, no cabe sino atenerse a ese mandato para adecuar una norma de rango jurídico inferior.
Como elementos a destacar en estas modificaciones se pueden señalar, a lo menos, los siguientes:
En primer lugar, mayor transparencia en las acciones y procedimientos de ambas cámaras, donde se explicita el carácter público de las sesiones, de los documentos, de los actos y de las votaciones en la Sala y en las Comisiones. Es obvio que en eso se avanza mucho y todo lo que hace el proyecto es bueno y hay que apoyarlo.
En segundo lugar, también se avanza mucho en materia de sanciones para quienes no concurren a las sesiones de las comisiones investigadoras o no entreguen los antecedentes solicitados, lo que permite dar fuerza efectiva a la obligación que se impone y que hasta ahora no tenía un medio explícito de sancionar el incumplimiento de autoridades o de funcionarios.
En tercer lugar, se modifican los plazos de duración de las urgencias. Se aumenta de 10 a 15 días la urgencia calificada de suma y de 3 a 6 días la discusión inmediata. Esta propuesta se ajusta a los aspectos prácticos y reales en cuanto a la tramitación de los proyectos de ley y disminuye el riesgo de que iniciativas tramitadas con premura después presenten errores o falencias. Sin perjuicio de que en esta materia hay mucho que avanzar todavía, nos parece que lo que ha hecho la ley orgánica es sano.
En cuarto lugar, los tratados deberán ser aprobados con el quórum requerido por la Constitución Política en relación con la materia que contiene o trata cada acuerdo de este tipo. En definitiva, es una reforma positiva que considera la interpretación del propio Tribunal Constitucional.
En quinto lugar, se faculta además al Congreso Nacional para formular reservas o declaraciones interpretativas a dichos tratados. Esta norma reviste gran importancia, ya que hasta la fecha el Poder Legislativo no tiene más alternativa que aprobarlos o rechazarlos. Al existir ahora la posibilidad de formular reservas, este poder del Estado adquiere un rol mucho más relevante en la tramitación de los mismos.
Sin embargo, y a pesar de los múltiples aspectos positivos que presenta el proyecto, se introducen algunas modificaciones en los procedimientos que no son del todo positivos para el funcionamiento del Congreso Nacional y el proceso de formación de la ley. En este sentido, cabe hacer presente algunas observaciones. Por ejemplo, acerca de la posibilidad de citar a particulares a las comisiones investigadoras. Este aspecto puede ser cuestionable constitucionalmente, toda vez que la Carta Fundamental entrega a la Cámara de Diputados la facultad exclusiva de fiscalizar los actos de Gobierno y no de particulares. Sin embargo, sabemos que esta norma existe en el Reglamento de la Cámara y se reconoce la importancia que puede tener para determinados casos el contar con la opinión de los particulares al momento de una investigación, tanto al Gobierno como a sus órganos o empresas vinculadas. Por ello, es necesario hacer constar en el espíritu del legislador la importancia de contar con una atribución que amplíe las posibilidades de investigar, pero que no genera obligación alguna para el particular, pues de otro modo se estarían estableciendo facultades propias de los jueces.
Podría ahondar más todavía en cuanto a las nuevas facultades que se le confieren al Congreso en materia de tratados internacionales, pero fueron explicadas largamente por el diputado Cardemil . Por tanto, me voy a centrar en lo que me parece de mayor importancia y que dice relación con algo que el diputado Ascencio -quien me antecedió en el uso de la palabra- mencionó.
En verdad, la modificación que se propone en cuanto a los quórum para aprobar en general los proyectos merece una revisión. Sabemos que, según indica la iniciativa en estudio, la votación en general de los proyectos de ley que cuenten con artículos de distinto rango constitucional deben contar con un acuerdo que se realiza en un solo acto, para cuya aprobación deberá contar con la mayoría de los votos de los diputados o senadores presentes en la Sala, aplicándose el requisito de los quórum sólo en la votación en particular.
En este sentido nos parece que la propuesta desconoce el espíritu del constituyente al establecer los quórum de aprobación de las distintas normas legales, según las materias que traten. Si bien es cierto dicho artículo no hace referencia específica a la votación en general o particular de tales normas, tampoco establece que se trate de propuestas legislativas completas o de artículos específicos. El espíritu del legislador fue establecer un sistema que exija determinados niveles de consenso para la aprobación, modificación o derogación de ciertas materias que resulten trascendentes para la estabilidad institucional y, por tanto, no debiesen quedar entregadas a la decisión de simples mayorías.
Es necesario destacar, además, que la existencia de esta norma y su puesta en práctica en las votaciones generales de los proyectos de ley como se han ejercido hasta ahora, han permitido el desarrollo de equilibrios y consensos entre las distintas fuerzas que componen el Congreso, lo que a todas luces es un aspecto relevante para la consolidación de la democracia y el debido reconocimiento de la opinión de la minoría.
En definitiva, el proyecto es adecuado y, como lo decíamos, además necesario para el funcionamiento del Congreso Nacional a la luz de las reformas constitucionales introducidas en septiembre de 2005.
Las normas relativas a este organismo fueron uno de los puntos de mayor revisión por parte de senadores y diputados, dada la relevancia que constituye la fiscalización de los actos de Gobierno en la tramitación de las leyes para el ordenamiento legal que opera en el país.
Algunos de los puntos del proyecto generan cierta preocupación -como ya lo dijimos-, toda vez que exceden el mandato constitucional, o bien, en la práctica, no son un real avance en las facultades del Congreso. Sin embargo, la mayor parte de ellos pueden ser fácilmente corregidos.
Por ello, anunciamos nuestro voto favorable, en general y en particular, con las modificaciones que hemos propuesto para los tratados internacionales y con el voto en contra de la modificación al artículo 30 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional sobre la votación en general de los proyectos.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , a pesar de no ser abogado, me interesa la discusión de este proyecto, que debiera interesarles a todos, puesto que invita a las nuevas diputadas y nuevos diputados a interiorizarse mucho en materias propias de nuestra Cámara.
Las últimas reformas constitucionales hacen necesario adecuar la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional. Y sin estas modificaciones, importantes reformas no podrían aplicarse en la práctica. Por ejemplo, la nueva conformación de las comisiones especiales investigadoras, tan comentada por quienes han intervenido, es fundamental para un buen control del Congreso en cuanto a la facultad de aprobar tratados internacionales.
Son materias muy sensibles para las opiniones de los electores, de la sociedad, como la aplicación extensa del principio de publicidad y transparencia en las actuaciones de los órganos públicos. Eso se ventila acá, con un buen proyecto de ley, como el que hoy debiéramos aprobar, que regulará el buen funcionamiento de esta Cámara.
Se dice, permanentemente, que el Congreso Nacional está en crisis; que la apreciación de nuestra labor por parte de los ciudadanos es pésima. A lo mejor, eso puede suceder en las grandes ciudades -que no se tome a mal lo que digo-, porque en provincias la situación es algo diversa. Tal vez porque las comunidades son más pequeñas y la gente nos conoce y mantiene una relación regular con nosotros. Trabajamos y contamos con su aprecio y respeto, lo que no ocurre en las grandes ciudades.
Digo esto, porque, a mi juicio, debemos seguir mejorando esta relación, a veces, tensa entre el elector y su representante. Y el hecho de realizar este trabajo en forma transparente, respalda también la legislación de que se trata.
Sin embargo, me asaltaban ciertas dudas y algo tenía que decir acerca del artículo 30; pero, felizmente, los juristas del PPD, Laura Soto y Guillermo Ceroni , me dieron una respuesta. También me tranquilizaron las palabras del diputado Ascencio sobre algo que, en el fondo, es nuestra facultad.
No obstante, lo que no está muy explícito en el proyecto es cómo vamos a proteger los derechos de las personas citadas a las comisiones.
El comentario del diputado Ascencio me llevó a imaginar un asiento de esta Sala como el de los culpables. Aquí sancionaríamos a las personas y no haríamos un análisis mayor sobre lo que significa la institución. No podemos transformarnos en tribunal. No vamos a defender un hecho público, sino a juzgar individuos en el asiento de los culpables. Eso me preocupa, porque se establece que debemos proteger los derechos de esas personas.
Señor Presidente, por su intermedio, pido a la diputada Soto, relatora del proyecto, que nos aclare este punto.
El diputado Burgos , con quien conversé al respecto, expresó que el Reglamento deberá ser explícito sobre esta situación, que puede ser complicada para personas citadas.
He dicho.
El señor LEAL.-
Tiene la palabra la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente, esta materia fue objeto de un rico debate, porque todos queremos proteger la dignidad de las personas, pero estamos conscientes de que a veces este tema suele ser muy subjetivo.
También hubo un debate muy profundo, en el sentido de cómo constituir la comisión que determine cuándo es injusto, cuándo lesiona la honra y la dignidad de las personas y quedó claro que un reglamento específico señalará en detalle cómo se va a velar por esos derechos. Puedo asegurarlo.
He dicho.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Gracias diputada por su aclaración.
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña.
El señor EGAÑA.-
Señor Presidente , las exposiciones de los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra han sido bastante completas y yo sólo quiero insistir en dos normas del proyecto que me preocupan.
La primera se refiere a la publicidad de las actuaciones del Congreso. Ya se ha dicho que el Poder Legislativo no tiene buena reputación en la opinión pública y que todo lo que hagamos por que sea transparente, informada, de conocimiento público, bienvenido sea.
Además, es importante que todos estos pasos que está dando esta Cámara, cuya función primordial es fiscalizar, los siga también el Poder Ejecutivo . En muchas oportunidades vemos lo difícil que es nuestra labor fiscalizadora, ejercida a través de peticiones de oficio en la Sala o del artículo 9° de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, que nos permiten requerir información a los distintos organismos del Estado. ¡Cuánto demora en llegar dicha información o no llega oportunamente! Hace algunos días, por ejemplo, me referí en esta Sala al esfuerzo que estoy haciendo por reunir información acerca de los llamados a licitación efectuados por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para la instalación de sistemas ferroviarios en distintos lugares del país. Hasta la fecha me ha sido imposible conocer el monto de esas transacciones y el costó de cada tren.
Reitero que el Ejecutivo también debiera acoger y aplicar nuestro propósito, como Cámara, de transparentar la información, de ponerla a disposición de quienes se interesen en ella.
La segunda norma dice relación con sancionar las inasistencias injustificadas de los invitados a las comisiones investigadoras.
A los diputados nuevos les habrá llamado la atención que la Cámara haya creado numerosas comisiones investigadoras -Desde 1990 a esta parte, sin temor a equivocarme, alrededor de cien- y que algunas ni siquiera emitieron su informe final, porque cuesta mucho que se entregue la información solicitada o que las personas citadas, fundamentalmente de organismos del Estado, concurran a ellas.
Por lo tanto, esta normativa nos permitirá cumplir de mejor forma nuestra labor y la opinión pública percibirá que esta Cámara lleva a cabo de manera efectiva su función principal de fiscalización.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales.
El señor HALES .-
Señor Presidente , hoy, el debate de este proyecto, luego de su discusión en la Comisión de Constitución, nos abre la oportunidad de discutir nuevamente sobre la función fiscalizadora. Desde mi punto de vista, es la más relevante de la labor parlamentaria para la cual fui elegido en representación de mis electores. Así, no obstante los aspectos positivos de la iniciativa, considero todavía insuficiente, menguada y ausente la definición del imperio de dicha función.
No quiero iniciar mi intervención de una manera negativa, sino en términos positivos, pero parto señalando mi preocupación de que esta Cámara tenga claro para qué sirve su función fiscalizadora.
El contenido de la iniciativa es muy valioso, como la facultad para citar a autoridades y personas que indica; la posibilidad de sancionar si no se responde a dicha citación y la obligación de entregar antecedentes a quienes se los pidan. El artículo 9° de la ley orgánica dispone que los organismos de la Administración del Estado deberán proporcionar los informes y antecedentes que les sean solicitados.
Y respecto de las comisiones especiales investigadoras, el artículo 54 establece con claridad que podrán citar a sus sesiones a funcionarios de la Administración del Estado, al personal de empresas estatales y a otras personas que indica, quienes estarán obligadas a comparecer.
Se hace una diferencia respecto de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, lo que me parece razonable, por cuanto se dispone que la citación se hará llegar al superior jerárquico de la respectiva institución, por medio del ministro de Estado que corresponda. Con ello se pretende evitar lo que ocurrió durante el gobierno pasado, cuando el diputado que presidió la Comisión de Defensa señaló que no concurrirían a ella un capitán y un sargento, porque se alteraba la verticalidad del mando. Esa situación fue vergonzosa para la atribución fiscalizadora de la Cámara y constituyó una burla para los ciudadanos, a quienes les manifestamos, en la reciente campaña electoral, que éramos fiscalizadores de los actos del Gobierno. Sin embargo -reitero-, cuando llegó el momento de citar a ese capitán y a ese sargento a una sesión que sería secreta, donde no se divulgaría nada de lo que se dijera -pero que sirve para esclarecer ayudar a cumplir con nuestra función fiscalizadora-, se nos dijo eso. Perdónenme, con todo lo que pueda discrepar del diputado que presidió esa Comisión -fuera de sus opiniones negativas hacia el ex comandante en jefe del Ejército- nunca he pensado que se crea comandante en jefe, capitán o que se dedique a mandar a la tropa. No queríamos alterar la verticalidad del mando, sino que se nos permitiera cumplir con nuestra función.
Finalmente, el ministro de Defensa , en aquel entonces, señor Jaime Ravinet , atendió la exigencia de la Comisión de Defensa, concurrieron a ella los dos uniformados y no se produjo ninguna alteración de la verticalidad del mando. No ocurrió nada en la tropa.
Pero, ¿qué sucede después que las comisiones investigadoras terminan su trabajo? Eso no se establece en el proyecto, por las razones que sean. Tal vez alguien considere que no corresponde incluirlo. Puede que así sea. Sin embargo, quiero hacer presente en este debate -que es la oportunidad que tengo para decir algo sobre la materia, porque no soy miembro de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia-, que soy un diputado que quiere fiscalizar al igual que el resto de los ciento diecinueve diputados de la Cámara. No obstante, todos sabemos del nulo imperio de las resoluciones de una comisión investigadora.
Como no soy abogado, poco sé de materia jurídica. Por lo tanto, investigué.
Me encontré con que la Comisión Ortúzar, encargada de estudiar la nueva Constitución Política de la República en los años setenta y que estuvo integrada por varios constitucionalistas, entre otros por Juan Carmona -dejó de ser Juan de Dios-, Jaime Guzmán y Enrique Ortúzar , debatió respecto del imperio de las comisiones investigadoras. Conclusión: no pueden mandar; no pueden destituir,...
No digo que la Cámara de Diputados vaya a reemplazar la potestad de los órganos de administración del Estado. Un funcionario designado por un ministro de Estado no puede ser destituido por la Cámara ni por un diputado . No nos corresponde, pero la recomendación de destitución podría, por lo menos, ser considerada.
Hemos tenido comisiones investigadoras sobre malversación de fondos, desaparición de dineros, robo de platas, mala administración de contratos; es decir, sobre cuestiones bastante dolorosas para el Estado y la ciudadanía.
No nos demos por satisfechos con lo bueno que hemos hecho ni con lo bien que lo podamos estar haciendo. Hago un paréntesis y aprovecho de felicitar a los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia y a los diputados informantes por lo bien que lo hicieron con el proyecto que hoy debatimos. Sin embargo, no nos quedemos en el muy buen funcionamiento ni en el respeto a quienes citemos o invitemos y que puedan considerarse ofendidos, y avancemos en lo que queremos que sean las conclusiones y recomendaciones de las comisiones investigadoras.
Recuerdo que en la comisión sobre plantas de revisión técnica hicimos una serie de recomendaciones; pero era resorte del ministro del ramo tomarlas o dejarlas.
En consecuencia, me parece que nuestra función fiscalizadora es menguada, insuficiente.
Ojalá tuviéramos un régimen parlamentario o semiparlamentario. Más de alguna vez lo he sostenido: un régimen en el que pudiéramos destituir con la misma facilidad con que lo hacen en Francia, Italia y, de alguna manera, en España.
En Chile, los diputados no tenemos poder alguno. La ciudadanía, cuando vota por nosotros, cree que tenemos el poder total. No saben que ni siquiera podemos fiscalizar a los alcaldes.
Si fiscalizamos los actos de Gobierno, ¿cómo no va a ser posible que también fiscalicemos a las municipalidades y, así, hacernos eco de las demandas ciudadanas? No digo que podamos reemplazar a los concejales, pero sí contribuir con un acto de fiscalización, porque los municipios son los órganos del Estado donde más se roba. Lo digo con todas sus letras: en los municipios se pierde dinero a manos llenas y se malgasta en todos los ítemes. Cuentan con un “reyezuelo” que administra dinero y dirige personal profesional; sin embargo, no podemos fiscalizar los actos de los municipios.
Por lo tanto, precisemos el imperio y el alcance de nuestra fiscalización; pero también precisemos los alcances que van a tener las conclusiones o recomendaciones de una comisión investigadora.
No digo que en los 345 municipios hayan robado; pero sí planteo que son aquel espacio de los órganos del Estado donde es más fácil que se pierda la plata, porque existe mucho mando, mucha administración de dinero y mucha dispersión en el control. Es mucho más fácil controlar a la Dirección de Concesiones que a una municipalidad. ¡Quisiera que comprobaran la cantidad de negocios que pasan por esas manos!
Quiero ser parte de una Cámara de Diputados que le puede decir a la ciudadanía que las resoluciones de una comisión investigadora sirven. De lo contrario, nuestra facultad fiscalizadora se transforma en una pantomima o en una acción de unos buenos colaboradores de la función del Estado, como ocurrió en años pasados con ocasión de investigar actos de corrupción en los que, incluso, hubo algunos colegas involucrados. ¡Perdónenme, pero no soy funcionario del Ministerio de Obras Públicas! No tengo por qué ser colaborador; que cada uno haga su propia tarea.
Quiero ser el fiscalizador independiente; que la Cámara de Diputados, en su conjunto, diga que tal aparato del Estado funcionó mal y que de las conclusiones a las que arribe salga algo útil y no un mero listado de recomendaciones para ser consideradas por el ministro . ¿Y si no las considera, qué pasa? ¿Lo vamos a acusar constitucionalmente porque no nos hizo caso? ¡No!
Las hicimos en el caso del Puente Loncomilla , donde hubo una sucesión de escándalos por mal funcionamiento; en el de las aguas lluvias, donde parece ser que la Dirección de Vialidad lo único que necesita para resolver sus problemas de coordinación es tener una escalera de caracol que la comunique con el sexto piso donde está Obras Hidráulicas, porque hacen caminos y no instalan las tuberías correspondientes, y el escándalo se desata cuando hay inundaciones y tienen que picar el pavimento.
La pregunta es quién responde. Algunos señalan que hay que recurrir a la justicia ordinaria. Entonces, ¿para qué es el acto de fiscalización? El ciudadano le dice a uno que tiene que fiscalizar. Yo le respondo: “¿Y qué fiscalización hago?” Y me replica: “Usted sólo se limita a denunciar”.
Con todo eso se sobreestimula la denuncia a través de la prensa. Los ciudadanos piensan que nos dedicamos al trabajo mediático. Pero yo les digo que nuestra facultad fiscalizadora no me permite hacer lo que sí puedo a través de la prensa, porque así, al menos, logro que el funcionario se ponga nervioso y se preocupe.
En el citado caso de las aguas lluvias, después de la denuncia pública, inmediatamente picaron el pavimento y pusieron el ducto que no habían instalado. ¿Quién perdió? El fisco y todos los chilenos.
Volviendo al tema del imperio: la comisión no puede destituir, pero podría recomendar la destitución. También podría sugerir que se iniciara un sumario -estoy dando ejemplos- u obligar a incoar dicho acto administrativo, porque sumariar significa investigar, preguntar, ver qué sucede, y no condenar. De lo contrario, terminamos escuchando informes técnicos sobre un puente, en los que se nos dice que determinado laboratorio sirve, en tanto exculpa al Ministerio de Obras Públicas en un aspecto, y cuando lo culpa, se nos dice que no sirve.
Por lo tanto, tenemos una facultad fiscalizadora que nos permite preguntar, citar, conversar, sancionar al que no quiere conversar y exigir todos los antecedentes, pero en lo operativo, para acometer acciones, para obligar a incoar sumarios, para proponer destituciones o para modificar estructuras administrativas, no tenemos nada.
Les recuerdo que en el caso de las plantas de revisión técnica y las coimas hicimos recomendaciones de carácter técnico-administrativo, las cuales no fueron consideradas porque no teníamos imperio para ello.
La iniciativa es un buen avance en tanto confiere un ordenamiento de nuestra facultad fiscalizadora y de las obligaciones de los organismos del Estado; pero insuficiente en el imperio de las comisiones investigadoras para imponer sus resoluciones, las que debieran ser una suerte de mandato u obligación. Sólo así seremos verdaderos fiscalizadores, que es lo que la ciudadanía espera de nosotros.
He dicho.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Solicito el acuerdo de la Sala para extender en 10 minutos el término del Orden del Día, a fin de que puedan intervenir la diputada señora Marta Isasi y el diputado señor Eugenio Tuma.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Cito a reunión de comités.
El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Marta Isasi.
La señora ISASI (doña Marta).-
Señor Presidente, este debate es un gran avance en materia de transparencia del Estado.
Como diputada independiente y representante de un porcentaje del electorado que rompió un sistema antidemocrático, como el binominal, que llevó a mi partido a desaparecer porque no obtuvo el 5 por ciento nacional, pido votación separada para el artículo 30, porque perjudica y discrimina a las minorías.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , voy a presentar indicación al artículo 31, relativo a las proposiciones que hagan las comisiones mixtas, las que serán votadas en un solo acto; es decir, los parlamentarios no pueden pedir votación separada de sus normas.
La naturaleza de la comisión mixta es negociar como un todo cuando senadores y diputados tienen discrepancias acerca de determinadas materias de un proyecto de ley y entiendo que en tal carácter votan las cámaras la respectiva propuesta.
Sin embargo, en ocasiones hemos recibido propuestas de comisiones sobre iniciativas que contienen normas bastante complejas y la Sala sólo ha debido pronunciarse a favor o en contra de ella. Es decir, de acuerdo con la legislación vigente y las modificaciones que se proponen, no existe ninguna posibilidad de votar dichas propuestas en forma separada en aquellos artículos en que nos parezca necesario o indispensable pronunciarnos de manera distinta, ni aún habiendo unanimidad para ello en la Cámara o en el Senado, según sea el caso.
La indicación que propongo busca flexibilizar la legislación para que los parlamentarios podamos votar por separado algunas normas de las propuestas de las comisiones mixtas, para lo cual se requerirá el acuerdo favorable de 30 diputados o la unanimidad de los comités parlamentarios. Lo planteo como una norma de excepción para que diputados o senadores no se vean obligados a aprobar o rechazar, sin más, la proposición de una comisión mixta, cuando respecto de alguna sugerencia haya discrepancias. Es decir, que no se nos obligue a abstenernos, a votar en contra o a aprobar algo con lo cual no estamos de acuerdo.
Celebro la iniciativa y felicito al diputado Ascencio , impulsor de esta modernización de las atribuciones del Congreso Nacional.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
-Posteriormente, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LEAL ( Presidente ).-
En votación en general el proyecto de ley que introduce en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley N° 20.050, que reformó la Constitución Política de la República.
Para su aprobación se requiere el voto afirmativo de 69 señoras y señores diputados en ejercicio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 111 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguiente señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo Alejandro; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Álvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Muñoz D'albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado en particular el proyecto, dejándose constancia de haberse alcanzado el quórum constitucional exigido, con excepción de los artículos 30, 31, inciso 6º del artículo 54 y artículo 64, sobre los que se ha pedido votación separada.
Aprobadas.
En votación el Nº 15, referido al artículo 30.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 59 votos; por la negativa, 46 votos. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Rechazado, por no haberse alcanzado el quórum requerido.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Ceroni Fuentes Guillermo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Álvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; Girardi Briere Guido; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D'albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Robles Pantoja Alberto; Rossi Ciocca Fulvio; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo Alejandro; Arenas Hödar Gonzalo; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Cardemil Herrera Alberto; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Isasi Barbieri Marta; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Palma Flores Osvaldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rubilar Barahona Karla; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Vargas Lyng Alfonso; Verdugo Soto Germán; Ward Edwards Felipe.
El señor LEAL ( Presidente ).-
El señor Secretario dará lectura a la indicación al artículo 31.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La indicación es del diputado señor Tuma
“Por la unanimidad de los Comités o a solicitud de treinta diputados o diez senadores, según cada caso, se podrá concordar la votación separada de las disposiciones que integran la proposición de la Comisión Mixta.”.
El señor LEAL ( Presidente ).-
En votación la indicación al artículo 31.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 2 votos; por la negativa, 104 votos. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Rechazada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Latorre Carmona Juan Carlos; Tuma Zedan Eugenio.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
dal Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo Alejandro; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Álvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D'albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pérez Arriagada José; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
El señor LEAL ( Presidente ).-
En votación el Nº 16, que substituye el artículo 31.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos; por la negativa, 33 votos. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo Alejandro; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Enríquez- Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Isasi Barbieri Marta; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; MasferrerPellizzari Juan; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Ceroni Fuentes Guillermo; Encina Moriamez Francisco; Escobar Rufatt Álvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Briere Guido; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Paredes Fierro Iván; Quintana Leal Jaime; Robles Pantoja Alberto; Rossi Ciocca Fulvio; Saa Díaz María Antonieta; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena.
El señor LEAL (Presidente).-
A continuación, corresponde votar el inciso sexto del artículo 54.
Para mayor claridad, el señor Secretario dará lectura al inciso.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Inciso sexto del artículo 54:
“En el caso de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, la citación se hará llegar al superior jerárquico de la respectiva institución, por medio del Ministro de Estado que corresponda.”.
El señor LEAL (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 104 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo Alejandro; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Álvaro; EspinozaMonardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
-Votó por la negativa el diputado señor Arenas Hödar Gonzalo.
El señor LEAL ( Presidente ).-
El señor Secretario General dará lectura a la indicación formulada al artículo 64.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La indicación es al artículo 64, inciso primero, para agregar a continuación de la palabra “retiro” la expresión “fundado”. Está suscrita por las diputadas señoras Herrera e Isasi y por los diputados señores Cardemil, Eluchans, Ward, Monckeberg, don Cristián, Arenas, Uriarte y Masferrer.
El señor LEAL ( Presidente ).-
En votación el artículo 64 con la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 63 votos; por la negativa, 45 votos. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Rechazado por no alcanzar el quórum.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo Alejandro; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Isasi Barbieri Marta; Kast Rist José Antonio; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Palma Flores Osvaldo; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Bustos Ramírez Juan; Ceroni Fuentes Guillermo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Álvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Briere Guido; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Robles Pantoja Alberto; Rossi Ciocca Fulvio; Saa Díaz María Antonieta; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Valenzuela Van Treek Esteban; Vidal Lázaro Ximena.
El señor LEAL (Presidente).-
En votación el artículo 64.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 62 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 43 abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Rechazado por no alcanzar el quórum.
Despachado el proyecto.
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