. . . . . . . " \nEl se\u00F1or MU\u00D1OZ BARRA.- \nSe\u00F1or Presidente , esta iniciativa se inspira en la Ley de Asociaciones de Espa\u00F1a, donde se plantea que \"las agrupaciones permiten activar ideales, reconocer convicciones, cumplir fines sociales e influir en el medio para provocar cambios\".\n \nPor otra parte, como se plantea en el segundo ac\u00E1pite del mensaje, se busca -y en buena hora- promover la igualdad de condiciones en cuanto a la participaci\u00F3n de la ciudadan\u00EDa, lo que se encuentra en coherencia con el marco establecido por la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica.\n \nEn otras palabras, y tal como lo consigna el proyecto, el derecho de asociaci\u00F3n para fines culturales, sociales y sin fines de lucro permite democratizar los espacios p\u00FAblicos en la medida en que las asociaciones puedan acceder a su uso con responsabilidad legal y construir un puente entre los gobiernos locales, sobre todo las municipalidades, y sus habitantes. \nEn t\u00E9rminos del mejoramiento de la calidad de la democracia, podemos afirmar que en los \u00FAltimos a\u00F1os, debido a la ausencia de mecanismos expeditos para fomentar la acci\u00F3n civil organizada, se ha tendido a solucionar los conflictos sociales a trav\u00E9s de v\u00EDas no convencionales, que en algunas ocasiones incluyen aun la violencia. \nEn el proyecto se manifiesta una posici\u00F3n muy clara respecto a lo que el Gobierno entiende por relaci\u00F3n entre el Estado y los individuos: \"elemento de cooperaci\u00F3n y no de sumisi\u00F3n vertical de los individuos a la autoridad, lo cual, por ende, deviene en la intervenci\u00F3n de la sociedad civil en la elaboraci\u00F3n de la voluntad estatal, es decir, en el compromiso de la ciudadan\u00EDa para intervenir en la elaboraci\u00F3n y dise\u00F1o de las decisiones p\u00FAblicas\". Ello supone para el Estado tambi\u00E9n una posibilidad de ampliar sus v\u00EDnculos con la sociedad civil, en la medida en que esta, por aumentar su nivel de participaci\u00F3n, tiene un mayor conocimiento de los aspectos t\u00E9cnicos y legales a trav\u00E9s de los que aquel interviene en la comunidad. Al mismo tiempo, la intervenci\u00F3n estatal se hace -qu\u00E9 duda cabe- m\u00E1s eficiente, ya que tendr\u00EDa conocimiento de la aceptaci\u00F3n de sus medidas. En otras palabras, lo que aumenta son la comunicaci\u00F3n y la horizontalidad entre dos actores fundamentales de nuestra realidad: el Estado y la sociedad civil.\n \nComo saben los se\u00F1ores Senadores, la iniciativa enviada por el Ejecutivo tiene por objeto \"Facilitar el ejercicio del derecho de asociaci\u00F3n mediante regulaciones que simplifiquen la constituci\u00F3n de las agrupaciones intermedias que persigan finalidades de inter\u00E9s social o cultural, sin fines de lucro, que no est\u00E9n reglamentadas por estatutos especiales\". Esto significa desburocratizar los mecanismos conducentes a la legalizaci\u00F3n de las asociaciones civiles, para lo cual ser\u00E1 necesario aprobar dos art\u00EDculos con rango de ley org\u00E1nica constitucional, seg\u00FAn se\u00F1al\u00F3 el se\u00F1or Secretario de la Corporaci\u00F3n .\n \nEn definitiva, el proyecto plantea en su marco jur\u00EDdico general que el derecho de asociaci\u00F3n debe ser compatible con las modalidades de asociaci\u00F3n reguladas por leyes especiales, como la afiliaci\u00F3n a partidos pol\u00EDticos, sindicatos, organizaciones religiosas y agrupaciones deportivas. Se propone, por lo tanto, un r\u00E9gimen m\u00EDnimo com\u00FAn para las asociaciones que no tengan regulaci\u00F3n especial y que sean sin fines de lucro. Ello quiere decir que se excluyen de este marco las asociaciones civiles y las mercantiles. \nEn la b\u00FAsqueda de dar mayor capacidad a las asociaciones para tomar decisiones, traspasando as\u00ED responsabilidades desde el Estado a la propia sociedad civil, se permite a aquellas determinar su funcionamiento sin intervenci\u00F3n estatal. De esta forma, mediante su inclusi\u00F3n en un registro especial, las asociaciones quedan habilitadas para establecer con libertad su propia organizaci\u00F3n, cumplir sus fines y recibir protecci\u00F3n para evitar interferencias de la Administraci\u00F3n del Estado, tal como se plantea en el art\u00EDculo 3\u00BA.\n \nSin embargo, eso no significa que las asociaciones queden sin responsabilidades jur\u00EDdicas -hay que subrayarlo-, sino que estas deben hallarse esencialmente en las regulaciones sobre las actas de fundaci\u00F3n y estatutos, seg\u00FAn establece el art\u00EDculo 5\u00BA.\n \nRespecto a la modificaci\u00F3n y disoluci\u00F3n de las asociaciones, a las obligaciones de sus directivos y a la transparencia en cuanto a la identidad de estos, me parece que los art\u00EDculos 8\u00BA y 11 son aclaratorios. \nUn punto relevante es el referido a la situaci\u00F3n actual de los trabajos voluntarios, que sirven muchas veces para paliar los d\u00E9ficits que existen en materia de cobertura de ayudas espec\u00EDficas en los lugares m\u00E1s apartados del pa\u00EDs, o bien, ante cat\u00E1strofes naturales. \nSe incluye en el proyecto un ac\u00E1pite que contempla regulaciones que afianzan la protecci\u00F3n jur\u00EDdica de dichas actividades cuando se realizan bajo el marco de asociaciones de la sociedad civil. \nEl art\u00EDculo 34 de la iniciativa plantea que los voluntarios que formen parte de una asociaci\u00F3n acreditada tienen derechos, tales como los de participar activamente, recibir capacitaci\u00F3n por parte de la asociaci\u00F3n y obtener certificaci\u00F3n de voluntario. Asimismo, adquieren obligaciones: cumplir los compromisos adquiridos con la organizaci\u00F3n, rechazar cualquier tipo de remuneraci\u00F3n por su acci\u00F3n voluntaria, participar en los cursos de capacitaci\u00F3n y velar por la mantenci\u00F3n de los recursos materiales que aquella ponga a su disposici\u00F3n.\n \nPor otra parte, se reglamenta respecto de la libertad de asociaci\u00F3n, el cumplimiento de los fines para los cuales fue conformada la asociaci\u00F3n y la posibilidad de acceder a recursos p\u00FAblicos para concretar ese prop\u00F3sito. As\u00ED, se busca proveer de un marco jur\u00EDdico que promueva la transparencia y la eficiencia en la gesti\u00F3n, pero que al mismo tiempo cree incentivos para que las asociaciones participen activamente de las posibilidades de subsidio estatal. \nEn el art\u00EDculo 7\u00BA de la iniciativa se plantea que las organizaciones sin fines de lucro \"podr\u00E1n contraer todo tipo de obligaciones financieras, administrar proyectos de origen nacional o de cooperaci\u00F3n internacional, recibir subvenciones o donaciones, postular a fondos concursables, solicitar cr\u00E9ditos, pagar remuneraciones y asignar becas.\".\n \nEs importante en tal sentido tener presente que, si bien las organizaciones sin fines de lucro deben responder con sus bienes presentes y futuros, ello no se hace extensivo a sus asociados. \nEn lo referente a la calidad del sistema pol\u00EDtico, tal como lo hemos planteado ya, el proyecto busca reforzar los mecanismos democr\u00E1ticos de participaci\u00F3n, que a su vez son el pilar fundamental de una gesti\u00F3n gubernamental fiscalizada por los propios interesados, al tiempo que fomenta el sentido de comunidad, tanto de manera local en cuanto la asociaci\u00F3n participa en un entorno determinado como en la medida en que sirve de enlace entre los individuos y el Estado.\n \nPor \u00FAltimo, hay una valoraci\u00F3n respecto a la diversidad de intereses sociales e identidades culturales que se necesita orientar a trav\u00E9s de la organizaci\u00F3n civil por la v\u00EDa de canales regulares. Subyace aqu\u00ED el principio de que no existe una contradicci\u00F3n entre el valor de la diversidad y la unidad nacional, pues, al contrario, el encauzamiento de las demandas particulares por medio de la organizaci\u00F3n colectiva refuerza el \"nosotros\", que sirve de marco para la participaci\u00F3n de los diferentes actores sociales. \nSe\u00F1or Presidente , de conformidad con el prop\u00F3sito y esp\u00EDritu de este proyecto, as\u00ED como con su presentaci\u00F3n formal, por supuesto que voy a votar a favor.\n \nHe dicho. \n " . .