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El señor PÉREZ VARELA .-
Señor Presidente , sin lugar a dudas, uno de los elementos en que todos debiéramos concordar es la búsqueda del perfeccionamiento de nuestro ordenamiento jurídico para incentivar en la vida pública las diversas organizaciones de la sociedad civil; para generar el más amplio abanico de alternativas a fin de que la ciudadanía pudiera organizarse y participar en la vida pública.
La posibilidad de crear organizaciones sociales intermedias está bastante garantizada no solo en la Constitución, sino también en la restante normativa. Muchas veces es necesario perfeccionar esta última, y creo que el proyecto camina en ese sentido.
Un segundo elemento se halla en que la promoción del funcionamiento de esas entidades también debe estar dada por la posibilidad real y objetiva de participar en la vida pública y tener voz en los organismos públicos que, a través de sus programas, su normativa y su accionar, van concretando el desarrollo del país, de la sociedad, y, por lo tanto, influyendo en la vida cotidiana de esta última y de las personas. Creo que es crecientemente claro lo necesario y saludable de que estas últimas instituciones registren participación de la ciudadanía.
El Congreso -y el Senado, en particular- ha avanzado sustancialmente en aspectos esenciales. En cuanto al acceso a la información, por ejemplo, los ciudadanos lo tendrán respecto de aquella que emana de los distintos órganos públicos. Pero creo que la participación ciudadana no debe agotarse obligadamente en ello, en contar con la información de cómo los organismos públicos van desarrollando sus tareas, sus objetivos, sino que también debe existir la posibilidad de ser escuchado, de que propuestas, anhelos, inquietudes, sean recibidos por la autoridad.
Recién terminamos un proceso eleccionario relativo a una entidad que, a mi juicio, es el órgano estatal clave. En efecto, pienso que el deseo de mucha gente es ser escuchada en las municipalidades. Y debemos buscar las fórmulas legales, jurídicas, para que ese propósito pueda ser logrado por el ciudadano que libremente se asocie a otros, que se incorpore a una organización, si cumple la ley y genera sus objetivos de bien común.
Me parece que no hay dos opiniones en el Senado en el sentido de que lo anterior es saludable, necesario. Por lo tanto, forzosamente debiéramos observar en forma detenida la iniciativa en debate, para ver si satisface tal condición.
El proyecto presenta aspectos a mi juicio cuestionables. Por eso, mencionaré algunos de ellos, ya que se apartan, de manera real y concreta, del objetivo de que exista libertad de los ciudadanos para organizarse, para participar en la vida pública y para definir los objetivos de su organización.
Lo primero que llama la atención es la vinculación que establece el articulado con un órgano preferentemente político: el Ministerio Secretaría General de Gobierno.
¿Cuál es el Ministro más político del gabinete? El que está en la pelea diaria, hora a hora, entre el Gobierno y la Oposición; el que decía que se iba a ganar cinco por cero en las elecciones municipales. Y al titular de esa Cartera vamos a darle la tuición de todo el entramado de organizaciones sociales del país.
Creo que ello forma parte de una contradicción vital del texto que nos ocupa.
Si creyera que al final se va a imponer el criterio de que sea ese Ministerio el que va a disponer de un sinnúmero de atribuciones fundamentales en la vida de las organizaciones sociales, debiese votar en contra de la iniciativa. Pero pienso que en la discusión en particular, por lo que hemos hablado en la Comisión de Gobierno, se presenta un amplio campo para modificar sustancialmente esa clase de aspectos.
No puede ser que el Registro sea manejado por el Ministerio Secretaría General de Gobierno; que las posibilidades de declarar si una organización es de interés público o no queden entregadas preferentemente a esa Cartera. Ello claramente significaría -concuerdo al respecto con el Senador señor García - una intromisión absolutamente inaceptable de los gobiernos de turno en lo que es la participación ciudadana, que debe estar básicamente radicada en la libertad de las personas para asociarse, para organizarse. Y lo anterior, sobre todo, en la medida en que es preciso que las organizaciones intermedias se manejen con la mayor amplitud, con el máximo campo para actuar, sin tener siempre presente la dificultad de que el Gobierno, a través del órgano más político de su estructura, pueda decirles: "Ustedes han dejado de ser de interés público" o "Vamos a quitarles el financiamiento, pues no están cumpliendo ciertas normas por las cuales, como facultad legislativa, debo velar".
Ciertamente, eso atenta contra la libertad de asociación, contra las organizaciones intermedias. Esperamos que en la discusión en particular sea algo modificado sustancialmente. Deseo hacer una demostración de fe en la conversación que hemos mantenido los miembros de la Comisión de Gobierno, donde participan Senadores de distintos partidos, respecto de que esa es una materia por enmendar.
Y ello, dado que la iniciativa es loable por tender a mejorar en forma fundamental la participación ciudadana, por proporcionarle a esta canales adecuados, por conferirle potestades para que los órganos públicos, así como deben permitir el acceso a su información, también tengan ciertas obligaciones al objeto de que el derecho a participar de la gente esté efectivamente resguardado.
Esa es una objeción de fondo.
El Ministro señor Viera-Gallo mencionó que uno de los aspectos de la iniciativa -y también hacemos sobre el particular perfecta cuestión- es el concerniente al voluntariado. ¡Resulta que es preciso regularlo! O sea, tenemos que generar un Estatuto del Voluntariado, con lo cual este ya no presenta tanto dicho carácter.
El proyecto incluso hace referencia a un contrato de voluntariado, lo que estimo claramente un despropósito, porque si algo interpreta adecuadamente dicha palabra es la absoluta libertad de las personas para participar en una organización y para salirse de ella. Si a través de la ley vamos a obligar a firmar tal contrato a quienes quieren participar de propia iniciativa en determinado organismo, a lo que se sumará el hecho de que su renuncia puede generar discusión, me parece que estamos trasgrediendo un elemento central en la materia.
Los anteriores son dos reparos en términos generales, con implicaciones de carácter político o de visión de las cosas. Pero también, en el desarrollo del proyecto, para concretarlo, se observan aspectos susceptibles de cuestionamientos de carácter constitucional, que vamos a hacer valer de no mediar una modificación.
Cabe mencionar al respecto, por ejemplo, todo lo tocante al financiamiento. Se dice que si un determinado organismo intermedio no cumple algunos requisitos no podría acceder al subsidio estatal. Y se hace referencia, en términos muy genéricos, ambiguos, a cierta discriminación.
Pero si la gente crea organizaciones -al servicio del bien común, desde luego, mas para dar cuenta de una parte de la sociedad-, resulta indudable que tiene el legítimo derecho de establecer normas y criterios de ingreso. Porque las ha constituido voluntariamente. ¿Y por esa razón el Estado podrá decirle: "Entonces, a usted no le doy financiamiento."?
Ello se aleja de normas constitucionales claras, como también el hecho de imponer en la ley determinadas maneras de organización. ¡Si nuevamente estamos aquí ante la libertad de las personas para organizarse! Y, si es así, tienen perfecto derecho a generar las estructuras de sus organizaciones de acuerdo con lo que mejor les parezca. No puede ser que les determinen, mediante actos de autoridad o leyes, estructuras que pueden no corresponder al ideario que se persigue y a la necesidad de organizarse -reitero- conforme a la voluntad y con absoluta libertad.
En consecuencia, estamos frente a una iniciativa realmente interesante, que nos importa promover dentro de los más amplios campos de libertad. Pero vamos a ser muy rigurosos para evitar y oponernos a toda norma que signifique inmiscuir a la autoridad política, gubernamental, en las organizaciones. También lo seremos para no aceptar disposiciones que impongan criterios a entidades que son, por sobre todo, voluntarias.
Lo que sí cabe es mejorar claramente todo aquello que a las personas organizadas voluntariamente les permita ser escuchadas por la autoridad y participar en una serie de procedimientos internos, lo cual resultaría sano para la convivencia democrática y, también, para la respuesta adecuada que la autoridad y los órganos públicos requieren dar a la ciudadanía.
Por eso, anuncio mi voto favorable, con la prevención clara de que en la discusión particular necesariamente habrá que modificar de manera sustancial algunos elementos para que la normativa cumpla con los objetivos que el mensaje reseña.
He dicho.
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