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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario. El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).- El objetivo principal de la iniciativa es reponer las penas privativas de libertad para el delito de colusión tipificado por el decreto ley N° 211, de 1973, sobre defensa de la libre competencia. La Comisión hace constar que, no obstante tratarse de un proyecto de artículo único, lo aprobó solo en general, pronunciándose a favor los Honorables señores Moreira y Tuma y absteniéndose la Senadora señora Lily Pérez. El órgano técnico deja establecido que el Honorable señor Pizarro solicitó hacer especial mención de su posición a favor de la iniciativa. El texto que se propone acoger en general se transcribe en el primer informe. --(Durante la votación). El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma, Presidente de la Comisión de Economía . El señor TUMA.- Señor Presidente , en el proyecto, presentado en 2013, incorporamos en el artículo 32 bis del decreto ley N° 211, de 1973, sobre protección de la libre competencia, la pena de presidio menor, en cualquiera de sus grados, y una multa de beneficio fiscal de hasta treinta mil unidades tributarias anuales a los que fijen precios de venta o de compra de bienes o servicios de primera necesidad. El espíritu del articulado es exactamente el mismo que animó a los autores de la primera moción que hemos votado por unanimidad, apuntándose a reponer la pena de privación de libertad para quienes se coluden y actúan en contra, no solo de los consumidores, sino también de los competidores. Estimamos que la iniciativa es muy coincidente con lo que esperan los ciudadanos en el sentido de que los delitos de cuello y corbata no sigan quedando impunes. Normalmente, estos ilícitos, gracias a las atenuantes y las buenas defensas con que cuentan los hechores, quedan sin ser sancionados con penas de privación de libertad. Lo que estamos haciendo es reponer estas últimas, además de subir las multas y establecer, en proyectos complementarios, la eliminación de atenuantes y la figura, cuando hay un dictamen de colusión, de que una demanda colectiva de indemnización de perjuicios y de reparación del daño a los consumidores automáticamente quede en condiciones de presentarse. Invito a mis Honorables colegas a que, así como acompañamos la iniciativa que votamos con anterioridad para establecer sanciones rigurosas contra la colusión, también lo hagamos, como señal, en relación con la que ahora nos ocupa. Me pronuncio a favor. El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra el Senador señor Chahuán. El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente , quiero preguntarles a los miembros de la Comisión de Economía por qué no se fusionaron proyectos idénticos -soy autor de uno de ellos- presentados con mucha antelación. Finalmente, son algunos los tramitados. Hay poca generosidad para decir: "¿Sabe? ¿Por qué no vemos todos los articulados y rescatamos los aportes de todos los parlamentarios?". Entonces, deseo consultar qué pasó con la iniciativa que presenté seis meses antes de la que ahora tratamos y que no tuvo la suerte de ser discutida y de llegar a la Sala. Voy a votar a favor, porque creo que el texto en examen va en la misma línea de lo que sostuvimos, que es restablecer, básicamente, las penas de privación de libertad para la colusión; pero lamento que los otros planteados con antelación no avancen con prontitud y no sean fusionados, lo que no costaría nada y de alguna manera permitiría salvar los aportes de los parlamentarios respecto a estas materias. El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Larraín. El señor LARRAÍN.- Señor Presidente , seré muy breve. Deseo consignar que comparto los lineamientos generales expuestos para fundamentar el proyecto por el Senador señor Tuma, uno de sus autores. Al leerlo, sin embargo, juzgo que es fácil advertir la necesidad de un análisis más detenido, porque se requiere una serie de consideraciones para determinar, primero, el tipo penal que se crea, el cual necesita algunas precisiones mayores. Segundo, la multa, de treinta mil unidades tributarias anuales, puede ser bastante insuficiente en algunos casos. Es posible que sea un buen negocio pagarla cuando es más baja que lo obtenido. En este sentido, me parece que es preciso revisar el monto fijo. Es algo incorporado en la iniciativa. Es importante tener presente también uno de los problemas registrados, que es la relación entre la Fiscalía Nacional Económica y el Ministerio Público. Por eso, estimo que la normativa es muy sucinta. A mi juicio, lo mismo ocurre con el siguiente proyecto en tabla. Uno y otro merecen la aprobación en general, pero, como es obvio, necesitan ser objeto de un trabajo mayor para realmente poder articular una verdadera protección a la libre competencia. El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario. El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).- Terminada la votación. --Por 18 votos a favor, se aprueba en general el proyecto, fijándose el lunes 30 del mes en curso, a mediodía, como plazo para la presentación de indicaciones. Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Chahuán, García-Huidobro, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Moreira, Navarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Patricio Walker y Andrés Zaldívar. "
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