REPÚBLICA DE CHILECÁMARA DE DIPUTADOSLEGISLATURA 355ªSesión 136ª, en jueves 17 de enero de 2008(Especial, de 14.10 a 17.03 horas) Presidencia de los señores Walker Prieto, don Patricio, y Meza Moncada, don Fernando. Presidencia accidental del señor Jarpa Wevar, don Carlos Abel. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.REDACCIÓN DE SESIONESPUBLICACIÓN OFICIAL ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- DISCUSIÓN INMEDIATA VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA VII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTAÍNDICE GENERALPág. I. Asistencia 5 II. Apertura de la sesión 9 III. Actas 9 IV. Cuenta 9 - Autorización a comisión unida para sesionar simultáneamente con la Sala 9 V. Discusión inmediata. - Facilidad de acceso a la información pública. Proposición de Comisión Mixta 9 - Examen único nacional de conocimientos de Medicina. Segundo trámite constitucional 16 - Modificación de la ley N° 19.885, sobre donaciones con beneficios tributarios. Primer trámite constitucional 41 - Minuto de silencio por fallecimiento de víctima de incendio en Cerro La Cruz, de Valparaíso 54 - Envío de nota de solidaridad a bomberos de Valparaíso 54 VI. Documentos de la Cuenta. 1. Mensaje de S. E. la Presidenta de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que “incrementa transitoriamente un incentivo tributario a la inversión en activo fijo de la micro, pequeña y mediana empresa”. (boletín N° 5734-26) 56 2. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Cardemil, Álvarez, Araya, Burgos, Encina, Fuentealba, Leal, Tarud, y de las diputadas señoras Cristi, doña María Angélica y Valcarce, doña Ximena, que “reforma la Constitución Política de la República sometiendo a la aprobación del Congreso Nacional la decisión de someter voluntariamente al arbitraje internacional o a la decisión de un tercero materias que puedan afectar la soberanía e integridad territorial del país”. (boletín N° 5733- 07) 59 3. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Pacheco, doña Clemira; Vidal, doña Ximena, y de los diputados señores Farías y Montes, que “modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en cuanto a modificar una causal y agregar una inhabilidad para optar al cargo de concejal y alcalde”. (boletín N° 5735-06) 61 4. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Vargas, Becker, Bertolino, Burgos, Ceroni, Delmastro, Galilea, García, y de las diputadas señoras Herrera, doña Amelia e Isasi, doña Marta, que “modifica el artículo 385, del Código de Procedimiento Civil”. (boletín N° 5736-07) 63Pág. - Oficios del Tribunal Constitucional por los cuales pone en conocimiento de la Cámara de Diputados, los siguientes documentos sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad: 5. Sentencia Rol N° 977-07-INA, respecto del artículo 5° de la ley N° 17.332. (Oficio N° 1696) 65 6. Requerimiento Rol N° 944-2007-INA, respecto del artículo 5° de la ley N° 18.900. (Oficio N° 1647) 65 7. Requerimiento Rol N° 1006-07-INA, respecto del artículo 96 del Código Tributario. (Oficio N° 1687) 66 VII. Otros documentos de la Cuenta. 1. Oficios. - Los Comités Parlamentarios, a petición de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, acordaron remitir a la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente el proyecto, iniciado en moción, que “garantiza el acceso a playas, estableciendo servidumbre de tránsito en caso que indica”. boletín N° 5669-01. - Oficio de las comisiones unidas de Economía y de la Pequeña y Mediana Industria por el cual solicitan el acuerdo de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala los días jueves, de 11 a 13 horas, para ver el proyecto boletín N° 5724-26, “que fija norma especiales para las empresas de menor tamaño”. I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: (107)NOMBRE (Partido* Región Distrito)Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24Aedo Ormeño, René RN III 5 Aguiló Melo, Sergio PS VII 37Alinco Bustos, René PPD XI 59 Allende Bussi, Isabel PS RM 29Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60Araya Guerrero, Pedro PDC II 4Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58Barros Montero, Ramón UDI VI 35Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33Becker Alvear, Germán RN IX 50Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45Burgos Varela, Jorge PDC RM 21Bustos Ramírez, Juan PS V 12Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14De Urresti Longton, Alfonso PS X 53Delmastro Naso, Roberto IND X 53Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15 Encina Moriamez, Francisco PS IV 8Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49Farías Ponce, Ramón PPD RM 30Forni Lobos, Marcelo UDI V 11Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59García García, René Manuel RN IX 52García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13 Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60González Torres, Rodrigo PPD V 14Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27Kast Rist, José Antonio UDI RM 30Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35Leal Labrín, Antonio PPD III 5León Ramírez, Roberto PDC VII 36Lobos Krause, Juan UDI VIII 47Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23 Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46Montes Cisternas, Carlos PS RM 26Moreira Barros, Iván UDI RM 27Mulet Martínez, Jaime PDC III 6Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45Palma Flores, Osvaldo RN VII 39Pascal Allende, Denise PS RM 31Quintana Leal, Jaime PPD IX 49Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6Rojas Molina, Manuel UDI II 4Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2Rubilar Barahona, Karla RN RM 17Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34Silber Romo, Gabriel PDC RM 16 Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43Tohá Morales, Carolina PPD RM 22Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51Turres Figueroa, Marisol UDI X 57Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40Valcarce Becerra, Ximena RN I 1Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32Vallespín López, Patricio PDC X 57Vargas Lyng, Alfonso RN V 10Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15Verdugo Soto, Germán RN VII 37Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54Walker Prieto, Patricio PDC IV 8 Ward Edwards, Felipe UDI II 3 -Asistieron, además, la ministra de Salud, señora María Barría, y el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, José Antonio Viera-Gallo. -Por encontrarse con permiso constitucional, no asistió el diputado señor Patricio Hales Dib.- II. APERTURA DE LA SESIÓN -Se abrió la sesión a las 14.10 horas. El señor WALKER (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTAS El señor WALKER (Presidente).- El acta de la sesión 131ª se declara aprobada. El acta de la sesión 132ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados. IV. CUENTA El señor WALKER (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta. -El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a la Cuenta. AUTORIZACIÓN A COMISIÓN UNIDA PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA. El señor WALKER (Presidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para acceder a la petición de la Comisión Unida de Economía, Fomento y Desarrollo y Especial de la Pequeña y Mediana Empresa para sesionar simultáneamente con la Sala los días jueves, de 11 a 13 horas. ¿Habría acuerdo? Acordado. V. DISCUSIÓN INMEDIATAFACILIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Proposición de Comisión Mixta. El señor WALKER (Presidente).- Esta sesión especial ha sido citada, en primer lugar, para tratar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en mensaje, sobre acceso a la información pública, con urgencia calificada de “discusión inmediata”. Antecedentes: -Oficio del Senado, boletín Nº 3773-06, sesión 135ª, en 17 de enero de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 5. El señor ULLOA.- Señor Presidente, punto de Reglamento. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra su señoría. El señor ULLOA.- Señor Presidente, usted calificó a ésta como sesión especial, y se trata de una sesión legislativa. Quiero corregir ese pequeño error. Sería de carácter legislativo y no especial. El señor WALKER (Presidente).- Señor diputado, es una sesión especial para legislar. Ése es el término exacto. El señor ULLOA.- En consecuencia, eso significa que las comisiones no pueden sesionar. El señor WALKER (Presidente).- Así es, señor diputado. El señor ULLOA.- Gracias, señor Presidente. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado señor Jorge Burgos. El señor BURGOS.- Señor Presidente, estamos en la última etapa de tramitación de un proyecto de ley muy importante para el futuro y el desarrollo del país desde el punto de vista de la probidad y la transparencia. Felicitamos particularmente a los impulsores de la primera moción sobre la materia, los senadores Hernán Larraín y Jaime Gazmuri, y al Ejecutivo, a través del ministro Viera-Gallo, del subsecretario Edgardo Riveros y del asesor Rafael Blanco, quienes han sido artífices de esta buena iniciativa. Me habría encantado que la Cámara de Diputados hubiese tenido un poco más de capacidad a la hora de nombrar alguno de los consejeros, pero no se pudo. Tenemos que coordinarnos más los diputados transversalmente para conseguir esas cosas, porque si nos ven desunidos vamos a seguir perdiendo atribuciones. Es una tarea para más adelante. No obstante la importancia del proyecto, que a mi juicio cambiará la cara al país cuando se ejecute bien desde el punto de vista de la transparencia activa y pasiva, previamente quisiera referirme a la naturaleza jurídica del órgano esencial que hemos creado en este proyecto de ley, que es el Consejo para la Transparencia, en el entendido de que frente a cualquier duda sobre interpretación, sobre hermenéutica legal, las normas requieren de una historia fidedigna en donde se pongan en consideración algunas cuestiones. El Consejo para la Transparencia, que crea el proyecto sobre acceso a la información, fue introducido en la Cámara de Diputados, en segundo trámite, por indicación del Ejecutivo. En dicha indicación no se le consideraba como servicio público, pues era definido como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Sus actos se regían por el derecho privado, su personal por el Código del Trabajo; no estaba sujeto al control de la Contraloría. En la designación y remoción de sus autoridades intervenía la Cámara y el Senado. Tenía un estatuto aprobado por decreto supremo que complementaba su regulación legal. Este modelo buscaba reforzar -una cuestión esencial- la autonomía de este órgano no sólo respecto del Gobierno, sino de cualquier otro órgano. Lo primero se lograba no considerándolo un servicio público y no considerando a sus autoridades como funcionarios de la exclusiva confianza del Ejecutivo. Lo segundo se lograba marginándolo, por ejemplo, del control de la Contraloría. En la Comisión Mixta se discutió si cabía que el legislador diseñara un órgano sin insertarlo en la estructura orgánica de la Administración. Algunos sostuvieron que sólo la Constitución podía crear entes que no fueran servicios públicos. Otros, entre los que me encuentro, señalaron que el legislador era plenamente competente para diseñar órganos, definir funciones y organización e inserción orgánica. También, que la Constitución no tiene un modelo de órgano público, sino que encarga a nosotros, los legisladores, la definición de los mismos. En la Comisión participó activamente personal de la Contraloría. Incluso, en algunas sesiones asistió el contralor. Sostuvieron que no era conveniente que un órgano quedara al margen de su control. En algún momento, incluso, insinuaron que el consejo era innecesario, porque la Contraloría tenía facultades suficientes para realizar esta tarea. Alegaron que podría haber una superposición de funciones. La Comisión Mixta fue partidaria de crear el consejo, como viene en el informe, pero diseñó un órgano que tiene una extraña mixtura, pues en algunos aspectos se acerca a un servicio público y en otros se separa de ellos. Lo que acerca el consejo que creamos a un servicio público esencialmente es lo siguiente. 1. Se rige por el decreto ley Nº 1.263, de Administración Financiera del Estado; pero recordemos que este decreto ley, en algunas de sus disposiciones, rige incluso al Congreso Nacional y al Poder Judicial, que no son órganos dependientes, obviamente. 2. La Contraloría fiscaliza al consejo, pero con limitaciones. Por de pronto, sus actos están exentos de la toma de razón -artículo 43-. En seguida, el control de la Contraloría se limita a su personal y al examen y juzgamiento de cuentas. No se trata, en consecuencia, de un control pleno, sino limitado en relación a otros servicios. 3. A su personal, no obstante regirse por el Código del Trabajo, se le aplican las normas de probidad -artículo 43-, y su personal directivo debe ser seleccionado por las normas de la Alta Dirección Pública. El personal del consejo no se rige por el Estatuto Administrativo. Como se observa, en los tres aspectos señalados en que se asemeja a un servicio público, no lo hace integralmente, incluso en las cosas que se parecen. Lo que separa al consejo de un servicio público. Esto es muy importante. A pesar de los elementos señalados, el Consejo tiene una serie de variables que lo separan del modelo de servicio público: 1. La ley no lo define como servicio, sino como una corporación autónoma (artículo 31). 2. No se señala el Ministerio con el cual se relaciona. Se dice que la dictación de decretos se hace a través del ministro secretario general de la Presidencia (artículo 31). El punto es importante, porque los servicios públicos descentralizados, que tienen personalidad jurídica y patrimonio propios, a diferencia de los centralizados, que no tienen estos elementos y que operan con la personalidad jurídica del Fisco, se deben relacionar con algún ministerio para los efectos del control interno. En los servicios centralizados, el control es jerárquico. 3. El Presidente de la República no designa su director. Éste es nombrado por los consejeros. 4. El organismo superior del Consejo es un órgano colegiado, compuesto por cuatro consejeros designados por el Presidente de la República, con acuerdo del Senado. Pero el Presidente de la República no los puede remover; esa facultad le corresponde a la Corte Suprema. Esta inamovilidad relativa es única en nuestro sistema. El señor WALKER (Presidente).- Ha terminado su tiempo, señor diputado. Solicito el acuerdo de la Sala para conceder algunos minutos al diputado Burgos, a fin de que termine su intervención. ¿Habría acuerdo? Acordado. Puede continuar su señoría. El señor BURGOS.- Gracias, señor Presidente. 5. Su personal se rige por el Código del Trabajo. S6. Sus resoluciones están exentas de la toma de razón. 7. La Contraloría sólo fiscaliza su personal y sus cuentas. 8. Las normas complementarias del Consejo no se harán a través de un reglamento, sino de un estatuto, elaborado por el propio Consejo, quien sólo las aprueba por decreto. Mi conclusión es que la Comisión Mixta diseñó al Consejo para la Transparencia como un órgano único dentro del Estado. No hay otro que tenga estas particularidades, lo que lo hace muy importante. Se siguió, entonces, la tesis de que el legislador, dentro de su autonomía, puede diseñar órganos, sin seguir modelos predefinidos. El consejo no es ni parece un servicio público. Tiene tantos elementos esenciales distintos que lo hacen singularísimo. Es necesario dejar constancia de lo anterior para la historia fidedigna de la ley, a fin de que, en el futuro, nadie lo considere como un servicio público. El consejo es un órgano con una autonomía reforzada, tanto del Ejecutivo como de otros órganos, como la Contraloría General de la República. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado don Alberto Cardemil. El señor CARDEMIL.- Señor Presidente, el diputado Burgos ha hecho una muy completa exposición del sentido del trabajo que hay detrás de la Proposición que la Comisión Mixta ha sometido a la decisión de esta Cámara. Aquí hay un esfuerzo importante, consistente, sólido y en la dirección correcta de lo que debe definirse como una política del Estado respecto de la transparencia de las decisiones públicas y el acceso a la información que manejan los órganos del Estado. Hubo -y es necesario recordarlo- una moción de los distinguidos senadores, señores Hernán Larraín y Jaime Gazmuri, que desencadenó todo este proceso, extraordinariamente interesante, en orden a crear un sistema de acceso a la información pública. La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara trabajó arduamente en redefinir, replantear, reformular y establecer con más nitidez el perfil de esta nueva institucionalidad en materia de transparencia -creo que logró su trabajo-, y esta Sala aprobó, por unanimidad, el informe de dicha Comisión. El Senado, en una muy buena decisión, rechazó el informe de la Cámara para que el proyecto fuera analizado por la Comisión Mixta, cuyo trabajo -me honro en decir- fue arduo, minucioso, prolijo, ilustrado, con una colaboración permanente de todos sus miembros, de todas las bancadas representadas en este Congreso Nacional; en un trabajo permanentemente bien hecho, bien armado con el Gobierno, con la Secretaría General de la Presidencia, y con la entidad encargada del programa de transparencia, lo que dio origen al informe de la Comisión Mixta. Aquí hay un trabajo bien hecho. El consejo que se crea, institución nueva, formada por cuatro personas de la más alta categoría, designadas por el Presidente de la República, con acuerdo del Senado, velará por la transparencia pasiva y activa. Esta última corresponde al cúmulo de información que debe mantener en su página web la administración pública para el acceso de cualquier ciudadano. La transparencia pasiva corresponde al reclamo que cualquier ciudadano, transformado en fiscalizador o movido por un interés, cuando solicite algún antecedente a la administración pública y ésta se lo niegue, tiene derecho a recurrir al consejo, el cual decidirá si se debe dar esa información. Todo esto está regido por el principio de que toda información que maneja el Estado es pública, salvo excepciones que están bien definidas y nítidas en el mismo cuerpo legal. Esperamos que el consejo funcione bien y que vaya creando jurisprudencia y precedente, para que, de esta manera, podamos avanzar en este camino ancho que la gente reclama, que es la transparencia. Hemos tenido ocasión de analizar algunas experiencias de otros países, concretamente de Gran Bretaña, donde está operando este sistema y ha tenido éxito en su aplicación. En Europa han sido señeros en esta materia, aun cuando, al inicio, hubo resistencia. Dicho sistema tiene una cosa interesante, que quisimos hacer aquí, pero esta vez no se logró. El consejo de Gran Bretaña maneja en una sola mano toda la información pública relacionada con datos de carácter personal. O sea, tiene que velar por la transparencia, por la aplicación de las normas de transparencia activa y pasiva, pero también tiene a su cargo la protección de los datos personales que la administración tiene respecto de cada uno de los ciudadanos. Habría sido ideal que eso se hubiera logrado introducir en el sistema chileno. No se pudo. Hemos conversado con el ministro para que envíe un proyecto de ley en ese sentido, para complementar lo que, seguramente, hoy vamos a aprobar. Esto es importante, porque pone a Chile en la punta americana -como en muchas otras materias-, en lo que se refiere al acceso a la información pública, en la transparencia de las decisiones públicas. Le da herramientas importantes a los ciudadanos, al sector privado, a los particulares, para requerir y obtener información del Estado, que muchas veces se maneja en cajones cerrados, oscuros o semioscuros, por una costumbre nacional que ya es secular y que es necesario cambiar para avanzar, definitivamente, por la vía que tiene que recorrer un país moderno. Estamos contentos con el trabajo realizado. Las bancadas de la Alianza han trabajado arduamente en el proyecto. No en vano el autor de la idea es un destacado senador y presidente de la Unión Demócrata Independiente, don Hernán Larraín, al igual que el trabajo realizado por todos los sectores que forman parte del Congreso Nacional. El trabajo realizado por diputados, senadores y representantes del Ejecutivo, ha sido prolijo, importante, bien hecho. Por ello, vamos a votar a favor la proposición de la Comisión Mixta. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el ministro secretario general de la Presidencia, don José Antonio Viera-Gallo. El señor VIERA-GALLO (ministro secretario general de la Presidencia).- Señor Presidente, tal como han señalado los diputados Burgos y Cardemil, estamos llegando al final de un largo proceso legislativo de tremenda importancia para la administración pública y para todos los ciudadanos. Si tomamos el decreto ley Nº 488, de 1925, modificado en este proyecto, podremos ver hasta qué punto su artículo 8º refleja la cultura del secretismo que por tantos años, por décadas, ha imperado en el Estado chileno. En ese texto se establece que los documentos del Archivo Nacional de la Administración sólo podrán ser consultados con el acuerdo del ministro respectivo y que sólo podrá dar copia de ellos el ministro del ramo. Es decir, el Archivo era -y lo es hasta hoy- completamente impenetrable para los ciudadanos. En ese sentido, el proyecto produce una verdadera revolución copernicana en esta materia al establecer, precisamente, lo contrario. Lo que hace es volver operativo el artículo 8º de la Constitución Política, que establece que los actos de la administración, sus antecedentes y sus procedimientos son públicos, y que sólo por excepción estos pueden permanecer en secreto. Las excepciones son naturales y tienen que ver con los derechos de terceros, con el buen funcionamiento de los organismos públicos, con la seguridad de la nación y con el interés nacional, que incluye, entre otras, la sanidad pública y otras materias. Es decir, la norma es la publicidad; la excepción, la reserva. Y así se busca un equilibrio entre transparencia del Estado frente a los ciudadanos y un ámbito de toma de decisiones que sea autónomo de la autoridad, que asume la decisión, pero una vez asumida ésta es pública. La idea de la transparencia en la historia de la democracia o de los regímenes políticos, en general, no es muy antigua, salvo en períodos clásicos en que no había democracia representativa, sino directa. En casi todos los regímenes, al establecerse una separación entre gobernantes y gobernados, se producía una opacidad, una oscuridad, de manera que el ciudadano quedaba al margen de la información. Esto tiene su expresión paradigmática en la república veneciana, sin duda, una república estable que tenía órganos colegiados. En su época, era ejemplar para muchos, incluso, para Macchiavello. Pero en ella reinaba el secreto y los ciudadanos se sentían inermes frente a las decisiones del Gran Consejo o de los distintos órganos, tanto de administración como de justicia. La república chilena nació bajo la impronta de este tipo de concepción del poder y, por tanto, no es de extrañar la disposición de la ley relacionada con los archivos a que hice referencia al comienzo de mi intervención. Hoy, estamos poniendo a disposición de los ciudadanos toda la información que les es indispensable para ejercer cabalmente sus derechos, y estamos acortando al máximo la separación entre gobernantes y gobernados. Quiero referirme a algunos puntos importantes del proyecto de ley. En primer lugar, reconoce cabalmente el derecho de los ciudadanos a la información pública, derecho que ha sido sancionado por la Corte Interamericana de San José, precisamente, en una causa en contra del Estado de Chile. En segundo lugar, establece un organismo que va a velar por que este derecho sea eficaz. Me refiero al Consejo de la Transparencia, organismo autónomo dentro de la administración del Estado, cuyos consejeros van a gozar de inamovilidad, podrán normar la forma en que la administración de los órganos del Estado tienen que entregar la información y, al mismo tiempo, resolver los conflictos que se planteen cuando un ciudadano considere que su petición de información ha sido injustamente denegada. Es importante señalar que, aparte de este organismo, permanece el recurso último ante la administración de justicia, en caso de que un ciudadano considere que el Consejo de la Transparencia ha resuelto equivocadamente un caso particular. El artículo 21 establece en forma más pormenorizada los casos de excepción al principio de la transparencia. Por su parte, el artículo 22 se refiere a la permanencia del secreto en el tiempo, una vez que éste ha sido establecido por ley o por decisión de la autoridad. La transparencia puede ser activa o pasiva. Es activa cuando el organismo está obligado, por ley, a proporcionar una serie de información que normalmente se entregará a través de su sitio electrónico -hoy, de la respectiva página web- que debe ser actualizado periódicamente. Es pasiva, cuando el organismo responde los requerimientos de los ciudadanos. Para que los señores diputados lo entiendan cabalmente, este proyecto es muy importante porque, entre otras cosas, establece que será de público conocimiento el nombre de los beneficiarios de las políticas públicas, de manera que se podrá controlar que no haya un ejercicio arbitrario de la autoridad al otorgar determinado beneficio a una persona y no a otra. Junto con esto, otra norma establece una situación particular para los órganos del Estado constitucionalmente autónomos, es decir, el Banco Central y la Contraloría General de la República, que quedan sometidos a esta ley, pero no así a la competencia del Consejo de la Transparencia, por ser éste sólo un organismo con rango legal. Le es aplicable en todo lo demás, incluso, sus respectivos consejos o el Contralor General de la República, según el caso, tienen que implementar en sus organismos los dictámenes del Consejo de la Transparencia. Respecto de los otros Poderes del Estado, considero necesario señalar que el Congreso Nacional queda obligado a ejercer la transparencia activa, no así la pasiva. En todo caso, fue voluntad de diputados y senadores corregir este aspecto, estableciendo en un proyecto de ley que se encuentra en comisión mixta la obligación de la Cámara y del Senado de practicar una transparencia pasiva. Estoy seguro de que así va a ocurrir, porque así lo hicieron presente todos los miembros de la Comisión Mixta. Lo mismo vale para el Poder Judicial, para el Tribunal Constitucional, para el Tribunal Calificador de Elecciones y, en general, para todos los organismos del Estado. Es decir, la futura ley regirá para todos los organismos públicos, desde la Presidencia hasta la comuna más modesta, pasando por los gobiernos regionales, servicios públicos y empresas públicas. Respecto de estas últimas, debo señalar que serán regidas por la ley sólo cuando ésta haga mención específica de este tipo de entidades. Se refiere a empresas públicas creadas por ley y a aquéllas en cuyos directorios hay más de 50 por ciento de representantes del Estado o existe preeminencia estatal. En ese caso, el ciudadano tendrá derecho a conseguir de la empresa pública exactamente la misma información que hoy puede obtener de una empresa privada. Es decir, el ciudadano podrá tener información del Banco del Estado, tanto como puede tenerla, por ejemplo, del Banco de Chile, del Banco Edwards, o de cualquier otro. Asimismo, podrá saber de Televisión Nacional lo mismo que puede saber de Chilevisión, Megavisión, Canal 13 o La Red. Es decir, las empresas públicas quedan en iguales condiciones que las privadas. Distinta es la facultad fiscalizadora que tiene la Cámara de Diputados sobre las empresas públicas. En este caso, estamos hablando sólo del derecho del ciudadano a obtener información, directamente, sin intermediación de la Cámara, de una empresa pública. Como los señores diputados pueden comprender y, ya conocido este proyecto con motivo de su tramitación, se trata de una iniciativa de enorme trascendencia para el país. Quiero aprovechar la ocasión para agradecer a todos los parlamentarios que han participado en esta iniciativa, comenzando por los senadores Gazmuri y Larraín, que le dieron origen como moción, siguiendo por todos los senadores y diputados que participaron tanto en la Comisión Mixta como en las respectivas Cámaras. El acuerdo de la Comisión Mixta fue prácticamente unánime en todo y espero que esa misma votación se refleje esta tarde en la Cámara, con lo cual el proyecto quedará listo para ir al Tribunal Constitucional y después para ser promulgado por la Presidenta de la República, como un aporte esencial de la agenda de probidad y transparencia. Aprovecho la oportunidad para señalar que algunas de las críticas respecto de cierta “lentitud” en el despacho de los proyectos de la agenda de transparencia no me parecen del todo justas, porque se trata de iniciativas de enorme complejidad, que no se pueden legislar a la ligera, lo que queda de manifiesto en el empeño que han puesto los senadores y diputados en su tramitación, así como en la moción del diputado Jorge Burgos y de la diputada señora Carolina Tohá, entre otros, respecto de la ley del lobby, que se encuentra en Comisión Mixta, y esperamos que el 2 de marzo retome su tramitación con igual resultado positivo que el proyecto que nos convoca en esta oportunidad. Reitero los agradecimientos del Gobierno y creo que al final serán todos los ciudadanos de Chile los que podrán demostrar su gratitud al Gobierno y a los parlamentarios por su noble tarea al despachar este proyecto de ley. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos: El señor WALKER (Presidente).- Corresponde votar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley sobre acceso a la información pública. Hago presente que la aprobación de algunas disposiciones requiere quórum de ley orgánica y otras, de quórum calificado. Esto es, en el primer caso, el voto afirmativo de 67 señores diputados en ejercicio y, en el segundo, el voto afirmativo de 60 señores diputados. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 81 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.EXAMEN ÚNICO NACIONAL DE CONOCIMIENTOS DE MEDICINA. Segundo trámite constitucional. El señor WALKER (Presidente).- Corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto que crea el examen único nacional de conocimientos de Medicina. Diputado informante de la Comisión de Salud es el señor Alberto Robles. Antecedentes: -Oficio del Senado, mensaje, boletín Nº 4361-11 (S), sesión 79ª, en 2 de octubre de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 35. -Informes de las comisiones de Salud y Hacienda, sesión 135ª, en 17 de enero de 2008. Documentos de la Cuenta Nºs 7 y 8, respectivamente. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Alberto Robles. El señor ROBLES.- Señor Presidente, me corresponde informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto que crea el examen único nacional de conocimientos de medicina, originado en mensaje, con urgencia calificada de “suma”, de la cual se dio cuenta en la Sala el miércoles 2 de enero de 2008. Constancias reglamentarias previas. Las ideas matrices o fundamentales del proyecto son las siguientes: 1. Establecer, como requisito general de ingreso, a todos los cargos de médico en el sistema público de salud, un examen nacional de conocimientos de medicina, sea cual fuere el sistema de contratación. 2. Entregar al reglamento los criterios de diseño de administración de dicho examen, así como todas las demás materias relacionadas. 3. Incorporar al sistema de Alta Dirección Pública a los subdirectores médicos de hospital y directores de atención primaria de los servicios de salud. 4. Dictar normas modificatorias sobre administración de los servicios de salud. 5. Declarar bien recibida la asignación de reforzamiento profesional diurno, entre los meses de diciembre de 1999 y julio de 2000, de ciertos profesionales médicos. Normas de carácter orgánico constitucional. Se hace presente que el Senado estimó que los artículos 8º y 9º permanentes y tercero transitorio, son de carácter orgánico constitucional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 de la Constitución Política de la República. Normas que requieren trámite de Hacienda. Se encuentran en tal situación los artículos 3º, 5º, 6º, 7º, 9º, 10 y 11 permanentes y segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto transitorios. El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los diputados integrantes presentes. Se designó como informante al diputado que habla. Durante el estudio de la iniciativa, la Comisión contó con la colaboración de la ministra de Salud, señora María Soledad Barría Iroume; del jefe de la División de Recursos Humanos del Ministerio, señor Jorge Luis Carabantes Cárcamo; del jefe del Departamento Jurídico de ese Ministerio, señor Sebastián Pavlovic Jeldres, y de los asesores de esa Secretaría de Estado, señores Eduardo Álvarez Reyes, Mario Inostroza Martínez, Patricio Cornejo Vidaurrázaga y Alan Mrugalski Meiser. Asistieron como invitados, el director del Fondo Nacional de Salud, Fonasa, señor Hernán Monasterio Irazoque; en representación del Colegio Médico, los señores Juan Luis Castro González, presidente, Pablo Rodríguez Whipple, vicepresidente, y Ricardo García Peñaloza, presidente del Departamento de Trabajo Médico; el presidente de la Asociación de Facultades de Medicina de Chile, Asofamech, señor Octavio Enríquez Lorca, y la presidenta de la Asociación de Clínicas y Prestadores de Salud Privados AG., señora Manola Jara Carrasco, junto al director de dicha entidad, señor Jorge Aspee Westphal.Resumen de los fundamentos del proyecto. El mensaje hace presente que las modificaciones propuestas tienen por objeto contribuir en la implementación de la reforma de salud, asegurando la calidad de la atención de prestaciones de salud que el Estado otorga y financia a los usuarios del sistema público de salud. Divide su exposición de motivos en cuatro acápites:I. Examen único nacional de conocimientos de Medicina. Se establece un requisito de ingreso a cargos o empleos de médico cirujano en los servicios de salud del país, en los establecimientos de carácter experimental y en establecimientos de atención primaria de salud municipal, consistente en la aprobación de un examen de conocimientos de medicina. Atendido que la finalidad de la reforma de salud impulsada por los Gobiernos de la Concertación es extender o ampliar los niveles de cobertura de las prestaciones de salud a la población y mejorar los estándares de calidad en la atención, la exigencia de un examen único de conocimientos se enmarca plenamente en los propósitos de la reforma de salud. Se hace presente que los actores involucrados en esta proposición del Gobierno han manifestado su conformidad con la misma, como las diversas facultades o escuelas de medicina del país, en que el examen en cuestión es rendido actualmente por sus egresados en forma voluntaria. En el mismo sentido se ha manifestado el Colegio Médico de Chile A.G., quien también es partidario de establecer legalmente esta exigencia.II. Incorporación de cargos al Sistema de Alta Dirección Pública. El proceso de modernización del Estado llevado a cabo, entre otras, a través de las leyes Nº 19.937, que establece una nueva concepción de autoridad sanitaria, y Nº 19.882, sobre Nuevo Trato Laboral, ha incorporado el Sistema de Alta Dirección Pública como proceso de selección de los directivos. Sin embargo, no quedaron incorporados algunos cargos de subdirector médico de hospital y de director de atención primaria de los Servicios de Salud. El proyecto tiene por objeto exigir el mismo proceso de selección para todos los cargos de subdirector médico y de director de atención primaria de Salud, cualquiera sea su grado remuneratorio y nivel jerárquico.III. Modificación de la ley 19.664. La ley Nº 19.664, que establece normas especiales para los profesionales funcionarios de los Servicios de Salud, en agosto de 2006 -año de ingreso del proyecto a trámite legislativo-, contaba con seis años de vigencia. Su aplicación, especialmente en relación con algunas de las necesidades de la reforma de salud, ha permitido identificar en su normativa la necesidad de introducir algunos perfeccionamientos, que tienen como elemento común el fortalecimiento del sistema de carrera funcionaria de los profesionales funcionarios. Dichas modificaciones dicen relación con las etapas de destinación y formación y de planta superior, con normas sobre acceso a la etapa de destinación y formación, y regulación de la etapa de planta superior.IV. Separación de cargos ligados. Señala el mensaje que, en la actualidad, existe un conjunto de profesionales que gozan del beneficio de liberación de guardias que establece el artículo 44 de la ley Nº 15.076 y que, además, son titulares de un cargo ligado de jornada diurna de 11-22 ó de 22-22 horas semanales, cuya separación es conveniente disponer para efectos de incorporar plenamente esas jornadas diurnas a la gestión de la dotación de horas asignadas a los servicios de salud en que se desempeñan. Síntesis de la discusión en la Comisión y acuerdos adoptados.Discusión en general.Intervenciones en el seno de la Comisión. La ministra de Salud, señora María Soledad Barría Iroume, expuso en términos generales el contenido de cada una de las disposiciones del proyecto aprobado en el Senado, y de las indicaciones presentadas en este trámite constitucional y reglamentario, las cuales constan en la discusión particular de cada artículo en este informe. Asimismo, hizo referencia al acuerdo celebrado entre el Ministerio de Salud y el Colegio Médico de Chile A.G., en octubre de 2007, que se ha traducido en una indicación que presentó el Ejecutivo para los efectos de mejorar la remuneración de los profesionales que tienen un sueldo base y perciben una asignación de reforzamiento profesional diurno imponible. También participó el vicepresidente del Colegio Médico de Chile, señor Pablo Rodríguez Whipple, quien señaló que las indicaciones presentadas por el Ejecutivo recogen los acuerdos alcanzados entre el Ministerio de Salud y esa entidad gremial sobre materias como el incremento de la asignación de reforzamiento profesional diurno, tanto para los médicos en etapa de destinación y formación, como para los profesionales de la etapa de planta superior. El establecimiento de un bono mensual de 100 mil pesos para los médicos que realizan guardia nocturna. La incorporación de un estímulo para médicos con jornadas iguales o superiores a 22 horas semanales en los Servicios de Salud. El incentivo al retiro para profesionales funcionarios regidos por las leyes Nºs. 15.076 y 19.664, que se desempeñen en Servicios de Salud y en establecimientos de carácter experimental, creados por los decretos con fuerza de ley Nºs. 29, 30 y 31, de 2001, del Ministerio de Salud. Asimismo, el incremento de los cargos de planta afectos a la ley Nº 15.076 de los Servicios de Salud, contenidos en los decretos con fuerza de ley Nºs 2 al 27, de 1995, y Nºs 2 y 3, de 1997, todos del Ministerio de Salud. El Director del Fondo Nacional de Salud, señor Hernán Monasterio Irazoque, fue invitado para emitir la opinión de ese organismo en relación al beneficio que se pretende otorgar a los médicos, vinculado a la posibilidad de cobrar hasta el 60 por ciento adicional del arancel Fonasa, cuando se utilicen pensionados y se cumplan los supuestos establecidos en la indicación presentada por el Ejecutivo. Al respecto, hizo presente la necesidad de consagrar dicha norma en la ley y no en un reglamento. La Presidenta de la Asociación de Clínicas y Prestadores de Salud Privados, señora Manola Jara Carrasco, basó su exposición, fundamentalmente, en emitir opinión relativa a la modificación propuesta en virtud de una indicación del Ejecutivo que permite establecer un honorario adicional, de hasta el 60 por ciento, por sobre el valor establecido en el arancel de la modalidad de libre elección por aquellas prestaciones que se efectúen “sólo en establecimientos públicos a pacientes hospitalizados en pensionado”. Sostuvo que dicha medida producirá un efecto perverso, ya que con la idea de que los funcionarios médicos sigan utilizando el horario funcionario en la atención de pacientes privados, se podría ocasionar un desmedro en la atención de los pacientes institucionales.Votación en general del proyecto. Luego de compartir los objetivos y fundamentos tenidos en consideración por el mensaje, y de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones individualizadas con anterioridad, que permitieron a sus miembros formarse una idea de la conveniencia de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, la Comisión procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes.Discusión particular. En el artículo 1º el Senado establece que el examen único nacional de conocimientos de medicina será una prueba diseñada y administrada por la asociación que reúna al mayor número de escuelas de medicina del país, de entre aquellas que tengan, a lo menos, una promoción de graduados y cuyas carreras y programas de estudio hayan sido acreditados conforme a lo establecido en el artículo 27 de la ley Nº 20.129. No voy a leer todo lo que se discutió, a pesar de ser muy interesante. Sólo voy a destacar dos cosas. El Ministerio de Salud, a través de un reglamento, establecerá los criterios generales destinados a garantizar la adecuación del examen de conocimientos establecido en el presente artículo con el perfil profesional requerido para el cumplimiento de los objetivos de la política nacional de salud, así como también, aquellos que aseguren la objetividad, transparencia, igualdad y adecuada publicidad en su diseño y administración, y, en general, toda otra materia relacionada con su exigencia, aplicación y evaluación. Se presentaron dos indicaciones a este artículo que buscan que este examen no sólo sea dado por los médicos del sector público, sino también por los que prestan servicios en el sector privado, Fuerzas Armadas y otras. Sometidas a votación, fueron aprobadas por unanimidad. Durante la discusión del artículo 4º, se dio especial importancia a la dedicación exclusiva del director y subdirector médico de hospitales o de servicios de salud relacionados con el Sistema de Alta Dirección Pública. Se presentó una indicación a ese artículo, la que fue aprobada por la mayoría de los miembros presentes. El diputado señor Monsalve destacó la importancia de contar con gestores buenos y competentes al interior de los establecimientos de salud y de las direcciones de los servicios de salud. Eso supone cumplimiento del horario asignado y la ausencia de conflictos de interés, aspectos que se encuentran regulados en la actualidad en virtud de las normas de carácter administrativo. Su infracción trae como consecuencia la aplicación de una sanción. No obstante, hizo presente que la propuesta contenida en la indicación es adecuada sólo para los cargos de director y subdirector médico de hospitales, en cuanto a que no sea exigible para ellos la dedicación exclusiva, pero no sería conveniente liberar de esta obligación a los directores de Servicios de Salud que detentan cargos a los que se accede en virtud del Sistema de la Alta Dirección Pública, que implican una gran responsabilidad dentro del territorio en el que ejercen sus funciones, de modo que no sería pertinente que se desentendieran de ella para desempeñarse en otras actividades. La indicación fue aprobada por mayoría de votos. Me referiré sólo a dos artículos más, respecto de los cuales la Comisión de Salud pidió que hiciera hincapié en la Sala. Al artículo 8º, que tiene por objeto agregar, en el artículo 14 de la ley Nº 15.076, los incisos cuarto y quinto, nuevos, con la finalidad de permitir que los profesionales funcionarios que, en virtud del Sistema de Alta Dirección Pública, sean nombrados en los cargos de director de hospital o subdirector médico ya sea de hospital o de un Servicio de Salud, retengan la propiedad de sus empleos anteriores incompatibles, sin derecho a remuneración. Dicho derecho se podrá hacer efectivo exclusivamente por el primer período de nombramiento en algún cargo afecto al Sistema de Alta Dirección Pública. Esto es con el fin de acercar lo que hoy reciben los colegas jefes de servicios clínicos y que, en este caso, los directores o subdirectores médicos de hospitales o de servicios de salud no tenían derecho a mantener en propiedad sus empleos anteriores. Como estos cargos son de exclusiva confianza, pueden ser pedidos en cualquier minuto por la autoridad competente. Por otro lado, el Ejecutivo presentó indicación con la finalidad de agregar un artículo que buscaba autorizar un honorario adicional por sobre el valor establecido para el grupo del rol correspondiente en el arancel de la modalidad libre elección, por las prestaciones que, con ocasión de convenios para atención de sus pacientes en establecimientos dependientes de los Servicios de Salud efectúen, bajo dicha modalidad, en los establecimientos públicos. La indicación fue rechazada por mayoría de votos. El proyecto que los señores diputados tienen en sus respectivos pupitres, para que lo puedan estudiar más a fondo, fue tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes, en las sesiones de los días 4, 11 y 18 de diciembre de 2007, y 8 de enero de 2008, con la asistencia de los diputados señores Marco Antonio Núñez Lozano (Presidente), Francisco Chahuán Chahuán, María Angélica Cristi Marfil, Guido Girardi Brieri, Juan Lobos Krause, Juan Masferrer Pellizzari, Manuel Monsalve Benavides, Carlos Olivares Zepeda, Alberto Robles Pantoja, Fulvio Rossi Ciocca, Karla Rubilar Barahona, Roberto Sepúlveda Hermosilla y Gabriel Silber Romo. Por último, debo destacar que la Comisión despachó el proyecto en dos semanas, en circunstancias de que el Senado demoró más de año y medio en su trámite. Por tanto, la Cámara de Diputados cumple, en tiempo y oportunidad, con la tramitación de este proyecto que resuelve un problema que tienen los médicos de Chile. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda, señor Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto que crea el examen único nacional de conocimientos de medicina. La Comisión de Salud dispuso en su informe que la Comisión de Hacienda tomara conocimiento de los artículos 3º, 5º, 6º, 7º, 9º, 10 y 11 permanentes, y segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto transitorios. Asimismo, la Comisión de Hacienda incorporó a su conocimiento los artículos 1º, 4º y 8º, por ser objeto de indicaciones del Ejecutivo. Se encuentra este informe comparado, con el texto aprobado por la Comisión. A fin de no ahondar en las características del proyecto, que ya fueron dadas a conocer por el diputado Alberto Robles, me centraré en el informe económico financiero y en las principales modificaciones que se introdujeron al texto en su tramitación en la Comisión de Hacienda.Origen y urgencia. La iniciativa tuvo su origen en el Senado por mensaje de la Presidenta de la República, con urgencia calificada de “suma”.Disposiciones o indicaciones rechazadas: ninguna. Disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad: las indicaciones del Ejecutivo al artículo 1º; la indicación del Ejecutivo al inciso primero del artículo 8º, y el inciso quinto que se agrega al artículo 14 de la ley Nº 15.076, por el artículo 8º. Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto la ministra de Salud, señora Soledad Barría; el jefe de la Dirección de Gestión y Desarrollo del Ministerio, señor Jorge Luis Carabantes; los asesores de dicha cartera, señores Alan Mrugalski, Mario Hinostroza y Eduardo Álvarez; el subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, señor Julio Valladares y la abogada de dicho Ministerio, señora Macarena Lobos. El objetivo de la iniciativa es establecer un examen nacional de conocimientos de medicina, como requisito general de ingreso a todos los cargos de médico en el sistema público de salud; incorporar al Sistema de Alta Dirección Pública a los subdirectores médicos de hospital y directores de atención primaria de los servicios de salud, que aún no lo estuvieren; declarar bien recibida la asignación de reforzamiento profesional diurno, entre los meses de diciembre de 1999 y julio de 2000, de ciertos profesionales médicos, y dictar normas modificatorias sobre administración de los servicios de salud. El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, de fecha 20 de julio de 2006, consigna que el impacto financiero del proyecto es el siguiente: Costo anual: incorporación de cargos al Sistema de Alta Dirección Pública, 225 millones de pesos; modificación de la ley Nº 19.664, 387 millones de pesos. Total: 613 millones de pesos. El mayor gasto que represente el proyecto se financiará mediante los recursos incorporados en el presupuesto del Ministerio de Salud. El informe financiero complementario elaborado por la Dirección de Presupuestos, de fecha 4 de diciembre de 2007, señala que en el contexto del acuerdo alcanzado con el Colegio Médico se establecen mejoramientos económicos a los profesionales funcionarios regidos por las leyes Nº 15.076 y Nº 19.664 que se desempeñan en los Servicios de Salud. 1. El numeral 1 aumenta la asignación de reforzamiento profesional que actualmente perciben los profesionales funcionarios que se desempeñan en jornadas de 11, 22, 33 y 44 horas semanales, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la ley Nº 19.664. Respecto del personal adscrito a la Etapa de Destinación y Formación, el monto de la asignación, actualmente equivalente al 18 por ciento de la base de cálculo correspondiente, se eleva a 23 por ciento de la misma. Este incremento se percibirá en dos etapas: la primera comprende el último trimestre del año 2007 y el año 2008, y la segunda, el año 2009, quedando la asignación en 20,5 por ciento y 23 por ciento, respectivamente. En relación con los profesionales funcionarios pertenecientes a la Etapa de Planta Superior, el monto de la asignación, actualmente equivalente al 18 por ciento de la base de cálculo correspondiente, se eleva a 92 por ciento de la misma. Este incremento se percibirá en tres etapas: la primera comprende el último trimestre del año 2007 y el año 2008; la segunda, el año 2009 y la tercera, el año 2010, quedando la asignación en 43,9 por ciento, 69,8 por ciento y 92 por ciento, respectivamente. 2. En el numeral 2 se otorga un bono mensual permanente de 100 mil pesos a los profesionales funcionarios que se desempeñan en jornadas de 28 horas semanales, conforme a lo establecido en el artículo 12, inciso séptimo, del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2001, del Ministerio de Salud, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.076. 3. En el numeral 3 se establece que, mediante resolución conjunta de los Ministerio de Salud y de Hacienda, podrá autorizarse, con cargo al usuario, un honorario adicional de hasta el 60 por ciento del valor establecido para el grupo del rol correspondiente en el arancel para profesionales de la modalidad de libre elección, por las prestaciones otorgadas a sus pacientes bajo dicha modalidad en pensionados de los establecimientos dependientes de los servicios de salud. 4. En el numeral 4 se otorga una bonificación por retiro voluntario equivalente a 769 unidades de fomento para un total de 500 profesionales funcionarios de planta y a contrata regidos por las leyes Nº 15.076 y Nº 19.664 que se desempeñen en los servicios de salud, y a los mismos que pertenezcan a los establecimientos de salud de carácter experimental que cumplan los requisitos establecidos en el artículo quinto transitorio del proyecto. 5. En el numeral 5 se faculta al Presidente de la República para incrementar hasta en 200 cargos adscritos a la ley Nº 15.076 los empleos que bajo esta denominación contienen las plantas de los servicios de salud. 6. De las medidas señaladas tienen impacto financiero las siguientes: Gastos permanentes: para 2007, 2.205 millones de pesos; para 2008, 13.338 millones de pesos; para 2009, 19.953 millones de pesos; para 2010, 25.083 millones de pesos. Lo anterior se desglosa en incremento de asignación de reforzamiento profesional, en etapa de formación y destinación y en etapa de planta superior. Se efectúa un gasto, por única vez, de 3.750 millones de pesos, por concepto de bonificación por retiro voluntario. El total de gastos es el siguiente: en 2007, 2.205 millones de pesos; en 2008, 17 mil millones de pesos; en 2009, 23.703 millones de pesos, y en 2010, 25.083 millones de pesos. El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley durante el año 2007, se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiera financiar con esos recursos. En el debate de la Comisión, la ministra señora Soledad Barría expuso, en términos generales, los objetivos del proyecto y explicó que todo lo relativo a remuneraciones está concordado tanto con los gremios como con los diputados de la Comisión de Salud, por lo que las indicaciones que se han presentado a la Comisión no abordan dichas materias. No obstante, los puntos en que se produjeron discrepancias con los integrantes de la comisión técnica dicen relación con aspectos como la dedicación exclusiva de los cargos de director de hospital y subdirector médico de hospital o servicio de salud seleccionados mediante el Sistema de Alta Dirección Pública, requisito eliminado en virtud de una indicación parlamentaria en dicha Comisión y que, a través de una indicación del Ejecutivo se propone reponer, otorgándoles incluso una mayor flexibilidad, puesto que se autoriza que las 12 horas semanales que la ley Nº 19.863 faculta para destinar a docencia puedan ser destinadas, en forma indistinta o combinada, al desempeño de la actividad clínica y asistencial. Gran indicación. Otra divergencia con el texto aprobado por la Comisión de Salud dice relación con el carácter nacional que dicha instancia otorgó al examen único nacional de conocimientos de medicina a que se refiere el artículo 1º de la iniciativa, que en opinión del Ejecutivo sólo debe considerarse como un requisito de ingreso para la administración pública y no como un requisito habilitante para el ejercicio general de la profesión. Por esa razón, agregó, el Gobierno repone, vía indicación, el texto aprobado por el honorable Senado en el primer trámite constitucional. Si bien la Comisión de Hacienda, que represento, hubiera preferido que ese examen se aplicara a todos los médicos que ejercen en el país, estimó prudente no afectar disposiciones legales de rango constitucional que establecen que los respectivos títulos profesionales son habilitantes para ejercer la profesión de médico cirujano, razón por la cual optó, por ahora, por no establecer su aplicación en forma universal. Sin embargo, estima que, en la práctica, ese examen será demandado por los empleadores a todos los médicos, dado lo relevante que es para ellos el acceso a la administración pública y los beneficios que el Estado otorga. Tratado y acordado en sesión de fecha 15 de enero de 2008, con la asistencia de los diputados señores José Miguel Ortiz (Presidente); don Claudio Alvarado, don Rodrigo Álvarez, don Roberto Delmastro, don Enrique Jaramillo, don Carlos Montes, don Alberto Robles, don Raúl Sunico, y don Gastón Von Mühlenbrock. Es cuanto puedo informar. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- En discusión. Tiene la palabra el diputado señor Juan Lobos. El señor LOBOS.- Señor Presidente, hay muy poco que decir respecto del proyecto, que recoge algunas cosas tremendamente sensibles para el gremio médico. Por lo tanto, espero que la Cámara le dé su aprobación unánime. En primer lugar, me voy a referir al examen único nacional de conocimientos de Medicina. A mi juicio, se trata de un anhelo no sólo de los médicos. En efecto, al hacer un análisis sobre la materia, se comprueba que la medida es tremendamente positiva para los pacientes, los enfermos, es decir, los usuarios del sector salud, porque significará que el Estado de Chile tendrá la obligación de acreditar y garantizar que quienes prestan atención en salud sean en verdad lo que dicen ser, es decir, que cuenten con las competencias necesarias para satisfacer la legítima aspiración de los enfermos que concurren a algún centro asistencial a fin de ver solucionado su problema de salud. En ese sentido, resulta interesante el ejemplo de Estados Unidos de América, país en el que ningún médico puede ejercer sin antes aprobar un examen bastante difícil que acredita que está en condiciones de atender a pacientes. El diputado señor Aguiló presentó una interesante indicación, que suscribí, que dice relación con que los profesionales que aprueben el examen único nacional de conocimientos de medicina revalidarán en forma automática su título profesional de médico cirujano, sin que sea necesario cumplir ningún otro requisito, como pasar por la acreditación, además, de la Universidad de Chile. Es una indicación muy importante para médicos extranjeros que deseen ejercer en Chile. En ese sentido, considero que la demostración de conocimientos por medio de ese examen debe ser suficiente requisito para acoger a esos profesionales como médicos debidamente calificados. En segundo lugar, deseo referirme al acuerdo alcanzado en la negociación con el Colegio Médico respecto de las remuneraciones de los médicos. Con el pasar de los años, algunos galenos emigraron del sector público o miraron con peores ojos el ejercicio profesional en hospitales. No obstante, podemos decir con orgullo que en los hospitales -no en las clínicas o en las universidades- están los mejores médicos de Chile, y debemos mantener ese orgullo por muchos años. La iniciativa significa dar un paso importante en ese sentido, porque se mejoran las rentas de las horas diurnas y se clarifican algunos aspectos en relación con el progreso en la carrera funcionaria. Además, se establece un excelente incentivo al retiro. Quedó pendiente el aspecto relacionado con los médicos que trabajan en las Fuerzas Armadas, cuya situación debiera mejorarse en una iniciativa futura. Ayer conversamos sobre el particular con la ministra de Salud. Otro aspecto que deseo destacar, que puede llamar la atención de quienes no son médicos, se refiere a la supresión del requisito de dedicación exclusiva respecto de algunos directivos. Parece ser un contrasentido, pero no es así, porque mejorará la calidad de los postulantes. En efecto, en todas las ciudades existen médicos destacados, con gran ascendiente técnico y ético sobre sus colegas, que no postulan a cargos directivos porque asumir esas responsabilidades les impediría seguir desarrollándose en su actividad profesional privada. Por lo tanto, al eximir de esa exigencia no se echará a perder la calidad, sino, por el contrario, se incentivará a que médicos destacados que no querían asumir esas responsabilidades debido a dicha limitante, se atrevan a ejercer la dirección de algún servicio u hospital y a aportar con su sapiencia y experiencia calificada al desarrollo de ese gran orgullo que es el servicio de salud. Finalmente, anuncio mi voto a favor y el de mi bancada para este importante proyecto. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Manuel Monsalve. El señor MONSALVE.- Señor Presidente, en primer lugar, deseo saludar a la ministra de Salud, señora María Soledad Barría, presente en la Sala. A mi juicio, conocemos un buen proyecto, que se enmarca en el acuerdo alcanzado entre el Gobierno, a través de la ministra de Salud, y el Colegio Médico. La iniciativa apunta, a lo menos, a tres materias de extraordinaria relevancia para la atención de salud de los chilenos. En primer lugar, garantiza la calidad respecto de uno de los actores principales de la atención de salud como es el profesional médico. En efecto, la iniciativa crea un examen único nacional de conocimientos de medicina que garantizará que todos los profesionales médicos que ejerzan en Chile, independientemente del lugar en que atiendan a sus pacientes, cuenten con los conocimientos y competencias necesarios para llevar adelante la atención de salud. En segundo lugar, algunas de sus normas contribuirán al fortalecimiento de la gerencia pública en relación con un aspecto tan relevante como las redes asistenciales y los hospitales públicos. Existen profesionales médicos que cuentan con elevadas competencias en el ámbito de la gestión pública. Por lo tanto, es necesario crear las condiciones adecuadas, de manera que para ellos resulte atractivo hacerse cargo de la gestión de las redes públicas a nivel de las direcciones de los servicios de salud y de las direcciones de hospitales. Claramente, se avanza al incorporar a los subdirectores médicos en la Alta Dirección Pública y en el cargo de directores de atención primaria de los servicios de salud. Además, se avanza a través de flexibilizar la norma de dedicación exclusiva, permitiendo dedicar 12 horas a la docencia o a la clínica, lo que hace más atractivo estos cargos. De lo contrario, va a seguir ocurriendo lo de hoy, que numerosos cargos como esos son declarados desiertos en los concursos de Alta Dirección Pública, porque no hay interés en asumir una responsabilidad tan importante como es la gestión pública en el ámbito de la salud. Esta iniciativa contribuye a que eso sea más atractivo y, por lo tanto, a que podamos fortalecer la gerencia pública en los servicios de salud y en los hospitales públicos. El proyecto introduce una serie de modificaciones a la ley Nº 19.664, que es sumamente importante para los ciudadanos, porque busca fortalecer el capital humano de médicos y, particularmente, de especialistas, indispensables para resolver la atención en forma oportuna y con calidad. Entonces, se establece la facultad de prorrogar por dos años las etapas de destinación y formación, con el objeto de finalizar los programas de formación de especialidad. Y, en la etapa superior, los médicos especialistas van a tener la posibilidad de mantener la asignación de experiencia calificada, si postulan a concursos para cargos titulares en el mismo servicio o, incluso, para cambiar de servicio, en el evento de que su especialidad sea considerada como falente. En consecuencia, estamos contribuyendo a que haya incentivos efectivos para los médicos de especialidades escasas, a las que a los ciudadanos les cuesta conseguir hora, para que se mantengan en los servicios de salud. Se establece también un aumento en la asignación de reforzamiento profesional diurno, tanto en la etapa de destinación y formación, que sube de 18 a 23 por ciento, como en la etapa superior, que aumenta de 18 a 92 por ciento. Esperamos que con estos estímulos haya más médicos especialistas en los servicios públicos y, por lo tanto, la gente tenga mejores oportunidades de atención. Es relevante -quizá no se ha hecho notar- la creación de doscientos cargos de 28 horas. Para que se entienda, son los cargos que atienden los servicios de urgencia las 24 horas del día los 365 días del año, que son los que reciben una demanda asistencial enorme por parte de la ciudadanía. La creación de dichos cargos contribuirá al fortalecimiento de los servicios de urgencia. También es destacable la asignación del incentivo para el retiro de los profesionales médicos. Reitero que nos asalta una sola inquietud respecto de la opinión del Senado para poder votar. Esperamos resolverla, porque no queremos obstaculizar la tramitación del proyecto. Nos parece que el examen único nacional de conocimientos de medicina debería ser un requisito obligatorio tanto para los médicos que ejercen en el sector público, en los servicios de salud, en la atención primaria, como para aquellos que lo hacen en el sector privado. Nos parecería razonable -esperamos que el Senado dé señales en el sentido de estar de acuerdo- que esta Cámara aprobara que dicho examen fuera obligatorio para ambos sectores. Si fuese así, contribuiremos a que las garantías se extiendan a la totalidad de los ciudadanos, independientemente del sistema de salud en los cuales se atiendan. Éste es un buen proyecto, que ha significado un esfuerzo en un tema complejo. No siempre la relación con el Colegio Médico es simple. La mesa de diálogo ha tenido la capacidad de llegar a un acuerdo que ha permitido avanzar en los intereses de los médicos, aunque el interés del Colegio Médico ha estado siempre dispuesto a resolver problemas que, en definitiva, afectan a los ciudadanos. Anuncio mi voto favorable y el de mi bancada, y vamos a esperar la respuesta del Senado para ver cómo procederemos respecto al examen único nacional de conocimientos de medicina. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el honorable diputado Roberto Sepúlveda. El señor SEPÚLVEDA (don Roberto).- Señor Presidente, aprovecho de saludar a la señora ministra de Salud presente en la Sala. Este proyecto de ley constituye un avance efectivo que contribuirá, sin duda alguna, a una mejor implementación de la reforma de la salud para asegurar la calidad de las prestaciones, razón por la cual le hemos dado nuestro más decidido apoyo. Uno de los objetivos fundamentales de la iniciativa es el examen único nacional de conocimientos de medicina que se establece como requisito de ingreso para todos los cargos o empleos de médico cirujano en los servicios de salud del país, como también en los consultorios de salud municipalizados y, además, para los cargos cuyos servicios se presten sobre la base de la modalidad a honorarios. Asimismo, en la Comisión se introdujo una indicación en el sentido de que este requisito sea obligatorio para el ejercicio de la profesión médica en todo el territorio nacional, lo cual legalizará definitivamente la situación de los numerosos médicos que hoy se desempeñan en el país. Creemos que la incorporación de esta exigencia es fundamental, razón por la cual ha concitado la aprobación del Colegio Médico y de las diversas facultades y escuelas de medicina nacionales que actualmente toman este examen en forma voluntaria. Por ello, estimamos que esta disposición, de suyo necesaria, debe votarse favorablemente en la Sala, ojalá por la unanimidad de sus miembros, como lo fue en la votación de la Comisión de Salud. De igual modo, estimamos que debe ser aprobado el artículo 2º, que exige una puntuación mínima en dicho examen, en conformidad con lo que determine el reglamento respectivo para la postulación a programas de posgrado, de postítulo, conducentes a la obtención de un grado académico y de especializaciones y subespecializaciones que sean financiadas por el Estado. En lo que respecta al artículo 4º, hemos introducido una indicación, que fue aprobada, con el fin de eliminar el requisito de dedicación exclusiva para los cargos de director o subdirector médico de hospitales o servicios de salud, regidos por el Sistema de Alta Dirección Pública, y que el incumplimiento de su respectivo horario sea motivo de investigación sumaria. Consideramos indispensable la supresión de esta restricción, de modo que los profesionales que se desempeñen en estos cargos puedan ejercer la docencia o la actividad clínica privada, tan necesaria para la complementación de estos cargos directivos. El resto del articulado en examen contiene diversos beneficios económicos para los profesionales médicos que nos parecen absolutamente acertados, de manera de atraer a los mejores médicos al ejercicio de la profesión en esos establecimientos. Por las razones expuestas, solicito a los colegas que demos nuestra aprobación a este proyecto de ley con las indicaciones introducidas, el que podrá ser perfeccionado en la Comisión mixta que se forme debido a las diferencias existentes con el texto aprobado por el Senado. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el honorable diputado Gabriel Silber. El señor SILBER.- Señor Presidente, no hablo en calidad de médico, sino desde la perspectiva de quien ha sido paciente y, por tanto, con mucho derecho también para integrar la Comisión de Salud de esta Cámara. Tal vez, con el tiempo y los grados académicos, se pueda llegar a ser doctor en términos académicos que digan relación con la profesión que se estudió. Quiero señalar, en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, nuestro total acuerdo con el proyecto de ley en debate. Debo destacar el trabajo conjunto en la Comisión. Gran parte de los artículos fueron aprobados de manera unánime y, por cierto, con el concurso de nuestra ministra que participó activamente en su elaboración. Esperamos que la iniciativa, a la brevedad, se transforme en ley de la República. Hago presente que es importante aprobar el proyecto, por cuanto consagra un trabajo previo realizado con el Colegio Médico, una negociación de la cual es fruto esta iniciativa que hoy, en mérito de los antecedentes, se someterá a votación. Los artículos que se quieren modificar se contienen en distintos cuerpos legales, pero lo sustancial es el examen único nacional de conocimientos de medicina. La Comisión de Salud siempre tuvo la intención de que se aplicara no sólo a los médicos del sector público, indistintamente de su relación contractual, sino también a aquellos que se desempeñan en el sector privado. Vale decir, esta norma se hizo expansiva en todo el territorio nacional. Compartimos el fondo del proyecto. No obstante, deseo que la ministra se refiera a la constitucionalidad de dicho artículo. Recordemos que ésta será una ley común, en circunstancias de que la Loce, ley orgánica constitucional de Enseñanza -el día de mañana ley general de Educación- es la llamada a normar el nivel de las carreras, sean universitarias o técnicas. Entiendo que el Estado puede darse para sí normas distintas, exigibles como las que se nos han planteado, pero no estoy en condiciones de afirmar que no tiene vicios de inconstitucionalidad aplicársela al resto de los profesionales que ejercen en el territorio nacional. Creo que ahí pudiesen existir obstáculos que hagan necesaria una modificación a la Loce o a la ley general de Educación, según sea la temporalidad en que se haga. Es dable la intención de elevar los estándares de calidad de los profesionales que ejercen la medicina; es absolutamente pertinente, al igual como existe en otros países, el examen de conocimientos. Pienso que esta es la primera etapa, porque en materia educacional estamos instalando el principio de educación permanente y, a los menos para los profesionales que ejercen en la educación pública, queremos establecer pruebas cada cierto tiempo. No sé si un profesional, pasados 10 ó 20 años, mantiene sus conocimientos. Por eso, el proceso de adecuación de conocimientos debe ser permanente y no esperar sólo el examen único nacional de conocimientos. Estamos absolutamente a favor de los otros aspectos que contempla el proyecto, como incorporar al Sistema de Alta Dirección Pública a los subdirectores médicos de hospital y directores de atención primaria de los servicios de salud; las modificaciones a la ley Nº 19.664, que enriquecen el capital humano, la etapa de formación, y el incentivo a los profesionales de la salud para participar en el sistema público. En lo que dice relación con la dedicación exclusiva, estamos contestes con la indicación presentada por el Ejecutivo, en cuanto migra desde la posición original y la hace conciliable con la intención que tuvo la Comisión de Salud de generar un incentivo, habida consideración que la dedicación exclusiva, en no pocas ocasiones, era un obstáculo. Esto de que las 12 horas semanales que se pueden dedicar a la docencia se puedan compatibilizar con la clínica o combinarlas, me parece una medida muy sana. Esperamos que uno de los objetivos del Sistema de Alta Dirección Pública no se desvirtúe. Es cierto que queremos a los mejores, a los más capaces de entre los profesionales, pero también queremos que haya compromiso de servicio público y para ello no podemos caer en la discusión de rentas sector público versus sector privado, porque al final del día estaremos desvirtuando el sentido y alcance del Sistema de Alta Dirección Pública: traer al servicio público a los profesionales con vocación. Respaldo el proyecto, con los alcances que acabo de señalar. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Karla Rubilar. La señora RUBILAR (doña Karla).- Señor Presidente, el proyecto de ley nos satisface enormemente. Una iniciativa que busca asegurar a todos los usuarios de la salud pública una atención de calidad de sus médicos a través de un instrumento que medirá las competencias de estos profesionales, en forma seria y objetiva, no queda más que aplaudirla. El proyecto, que modifica la ley Nº 19.664, regula los contratos de profesionales de la medicina del sistema público. Su objetivo es fijar la obligatoriedad de rendir un examen nacional de conocimientos de medicina para el ingreso a los servicio de salud y a la atención primaria, amén de ser exigible para optar a becas y atender como médico cirujano a los beneficiarios del Fonasa en la modalidad de libre elección. ¿De qué se trata el examen de conocimientos de medicina? De medir la aplicación del conocimiento a la solución de problemas médicos, es decir, habilidades de razonamiento clínico. Lo ideal sería que en el futuro se agregaran otras habilidades, como la interpretación de imágenes u otras. Citaré como ejemplo algunas de las preguntas de este examen, para que nos demos cuenta que el grado de conocimientos que se pide es mínimo para ejercer con calidad la atención de salud: ¿Cuál es la dosis adecuada de amoxicilina en un adulto para tratar una neumonia? Y aparecen varias alternativas de dosis de entre las que debe elegir el profesional examinado. Otra pregunta. ¿Cuál de los siguientes fármacos tiene contraindicación absoluta durante el embarazo? Y también figura una serie de fármacos. Son respuestas que, por lógica, debe conocer todo profesional de la medicina. El examen mide materias como medicina interna, en un porcentaje muy importante y trascendental; es lo que se conoce como medicina general, pero en un nivel mucho más elevado. Luego, cirugía, en 12 por ciento; pediatría, en 16 por ciento; obstetricia y ginecología, en 16 por ciento; psiquiatría, en 8 por ciento; salud pública, en 5 por ciento y especialidades, en 6 por ciento. Es decir, un examen que mide conocimientos para un médico general. No incluye las múltiples e importantes habilidades. Este examen será fundamental para todo médico que quiera prestar una atención de calidad. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Alinco. El señor ALINCO.- Señor Presidente, es indudable que con el proyecto se pretende favorecer a la gran mayoría de chilenos que se atiende en los hospitales públicos. La intención de nuestro Gobierno es buena, pero me asalta una duda. Una cosa es presentar proyectos bien intencionados, que favorezcan a los pobres de Chile y otra es que, una vez aprobados por el Congreso, esas leyes se apliquen bien. Me preocupan sobremanera -lo digo con mucha responsabilidad ante la ministra de Salud- los graves problemas del sistema de salud en la Región de Aisén, que persisten por años sin solución. Ha sido este diputado, un diputado de Gobierno, un diputado de la Concertación, quien ha recurrido en múltiples oportunidades a las autoridades de Salud, incluso ha llegado a la ministra del ramo, y los problemas de salud que afectan a los habitantes de mi región aún no se solucionan. Se han realizado investigaciones y todavía no tenemos resultados; se han hecho propuestas, y tampoco somos escuchados. Por lo tanto, -Hablan varios señores diputados a la vez. El señor ALINCO.- ¡Le pido a ese insolente diputado que me deje hablar! El señor MEZA (Vicepresidente).- Señores diputados, les pido que guarden la compostura y que usen un lenguaje adecuado. Su señoría continúa con el uso de la palabra. El señor ALINCO.- Estoy hablando de la atención de salud de los pobres de Chile, no de los que se atienden en las clínicas privadas, como él. El señor MEZA (Vicepresidente).- Señores diputados, solicito que terminen con los diálogos y se dirijan a la Mesa al intervenir. Continúe su señoría. El señor ALINCO.- Por lo tanto, aprobaré el proyecto; pero quiero, compañera ministra, por su intermedio, señor Presidente, que exijamos también una nueva actitud a los directivos de la salud, para que den una participación real y efectiva, a través de sus organizaciones, a la gente que trabaja en salud. Me refiero a los que representa la Fenats, porque también tienen algo que decir sobre la materia; al usuario, porque también hay instancias que pueden ser aprovechadas por los directivos de la salud. Creo que este es un buen proyecto, que ojalá se materialice; pero la única manera de que sus beneficios lleguen a la gente es que las autoridades políticas del Ministerio de Salud cambien de actitud y apliquen de buena manera la ley. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Iván Moreira para plantear un asunto reglamentario. El señor MOREIRA.- Señor Presidente, las quejas se deben hacer a través de la Mesa. Por lo tanto, no acepto las insolencias de este señor y menos que diga que nosotros vamos a clínicas. Señor diputado, por su intermedio, señor Presidente, yo gano los mismos 10 millones que gana usted, pero no sé si ese dinero lo entrega a los pobres. He dicho. El señor AGUILÓ.- Señor Presidente, no es una materia de Reglamento. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles. El señor ROBLES.- Señor Presidente, el proyecto va en la dirección correcta, porque entrega estímulos, como el aumento de remuneraciones, a los colegas médicos que trabajan en las instituciones públicas, para mantenerlos ligados y trabajando en el sector público, pues en el último tiempo los colegas con más experiencia han emigrado paulatinamente al sector privado, razón por las cuales la población pierde los conocimientos y el liderazgo de estos facultativos. Por lo tanto, me parece muy positivo que el proyecto vaya en esa línea. Además, soluciona algunos temas pendientes en otros cuerpos legales, que dificultaban que los médicos accedieran a cargos directivos en hospitales, materia en la que avanza el proyecto. El debate era si los hospitales públicos y los servicios de salud de Chile deben ser o no administrados o liderados por médicos. Lo cierto es que estos cargos ya no estaban siendo concursados por médicos. En ese sentido, lo que hace el proyecto es dar posibilidades para que algunos prestigiosos colegas que tienen conocimientos de salud pública y de administración; pero que además tienen liderazgos dentro de sus equipos de salud, ganados por su profesionalismo y por su capacidad, puedan administrar hospitales que sirvan a todos los chilenos. Hay un solo tema que quiero tocar, en el que hemos tenido algunas diferencias con el Ministerio de Salud, que tiene que ver con el examen único nacional de conocimientos de medicina. La Comisión de Salud estima en forma unánime que este examen lo deben dar no sólo los profesionales que quieren desarrollar la medicina en el sector público, sino también los que desean realizarla en las Fuerzas Armadas, en las clínicas de las mutuales o en las clínicas privadas, porque es muy importante que el Estado certifique esas capacidades, para que toda la gente sepa que el médico que la está atendiendo tiene los conocimientos mínimos necesarios para hacerlo. Este es un tema de Estado, ya que el Estado necesita que los médicos tengan una formación mínima. Sé que la gran mayoría de los establecimientos privados exigen muchos otros requisitos a los médicos, en algunos casos mucho más difíciles que el examen que propone el proyecto. Este examen no se aplicará a los médicos que han llegado a Chile y que están trabajando ni a los médicos extranjeros que hoy están haciendo un gran aporte en el sector público, ya que el proyecto dispone que se impondrá de aquí para adelante. Reitero, nuestro planteamiento en la Comisión de Salud fue que este examen debe aplicarse a todos los profesionales que ejercen la medicina en Chile y no sólo a quienes laboran en el sector público. Hemos logrado acuerdos transversales en la Cámara de Diputados y también he conversado con diversos senadores para lograr un acuerdo en este sentido, porque tememos que el proyecto vaya a un tercer trámite constitucional, lo que impedirá que se cumplan dentro de las próximas semanas los compromisos adquiridos con el Colegio Médico. En realidad, ya se ha alcanzado ese acuerdo en la Cámara de Diputados y en el Senado, porque no existe ningún inconveniente con los artículos que cumplen los compromisos suscritos con el Colegio Médico. Ésta es la oportunidad para que el Estado de Chile diga a todos sus ciudadanos que quienes los tratarán como médicos cirujanos en el futuro y en cualquier lugar del país, ya han pasado por este examen y, por lo tanto, tienen las capacidades mínimas para realizar la labor de médico cirujano. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, los informes de las Comisiones de Salud y de Hacienda fueron muy completos. El proyecto ofrece incentivos, lo cual no se ha dicho, para el inicio de las carreras médica y odontológica en los servicios de salud, sobre todo en lo que se refiere a las especializaciones, ya que permite, por razones fundadas, como concordamos con el doctor Jorge Carabantes, prorrogar hasta por dos años los contratos de los profesionales que estén cumpliendo un programa de especialización, con lo que se resguarda especialmente el derecho a la maternidad de las profesionales. También se facilita el cumplimiento de los compromisos de retorno a los servicios de salud que adquieren los profesionales que se especializan, al permitir su intercambio entre servicios de salud, con acuerdo entre los directores de estos. Con el fin de facilitar la especialización en programas de interés para la atención primaria, el proyecto disminuye a un año el requisito de permanencia en este nivel para acceder a dichos programas, manteniéndose en tres para las especialidades que atiendan necesidades de otros niveles. También permite el cambio de los profesionales que pertenecen a esta etapa de destinación y formación a otros servicios de salud, lo que contribuirá a atender situaciones humanas que la legislación debe prever. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la ministra de Salud. La señora BARRÍA (ministra de Salud).- Señor Presidente, por su intermedio, aprovecho de saludar y agradecer a los diputados este apoyo transversal que ha suscitado el proyecto, como por el pronto despacho en las Comisiones de Salud y de Hacienda. Quiero decir claramente al diputado Alinco, por su intermedio, señor Presidente, que lo que buscamos es mejorar la calidad de salud que estamos entregando a los ciudadanos, para lo cual este Gobierno está trabajando incansablemente. La Cámara aprobó hace pocos días el proyecto de ley sobre derechos de las personas en su atención de salud, lo que asegura calidad y dignidad en el trato. También son de conocimiento público los grandes incrementos en inversiones e infraestructura, a los cuales estamos abocados en la búsqueda de nuevos instrumentos y en la aplicación de garantías, como en el Auge. Además, estamos preocupados por el personal de los servicios de salud y de la atención primaria municipal. En el año recién pasado llegamos a acuerdo con la mayor parte de los gremios y logramos mejorar las remuneraciones del personal de atención primaria y del personal no médico de los servicios de salud. Ahora, en esta iniciativa se establecen mejoras de remuneraciones, sobre la base de los acuerdos a que llegamos con los gremios médicos, de los odontólogos y de los químicos farmacéuticos, porque si queremos que exista mejor calidad en la atención de las personas debemos preocuparnos del personal que la otorga. No voy a profundizar sobre aspectos específicos de la iniciativa, porque fueron muy bien abordados por los diputados informantes. Sólo quiero señalar que respecto del examen médico nacional, el cual ha sido causa de discusión, no tenemos ninguna aprensión a que pueda hacerse válido para la totalidad de los médicos. De hecho, parece muy interesante que se homologue el ejercicio de la profesión y que, por ejemplo, puedan revalidar su título de manera automática los médicos recibidos en otros países. Hago un llamado a que la Cámara preste su apoyo al proyecto, para su pronto despacho, puesto que contribuirá a mejorar la calidad de atención y las remuneraciones del personal de salud, que es algo que está esperando desde noviembre de 2007. Muchas gracias. El señor MEZA (Vicepresidente).- Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos: El señor WALKER (Presidente).- En votación general el proyecto que crea un examen único nacional de conocimientos de Medicina, con excepción de los artículos 8º y 9º, permanentes, y 3º transitorio, que contienen materias propias de ley orgánica constitucional. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 80 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. El señor WALKER (Presidente).- En votación general los artículos 8º y 9º, permanentes, y 3º, transitorio, para cuya aprobación se requiere el voto afirmativo de 67 señores diputados en ejercicio. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor WALKER (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Bauer Jouanne Eugenio; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvo el diputado señor Burgos Varela Jorge. El señor WALKER (Presidente).- El proyecto vuelve a Comisión para tratar las indicaciones que se han presentado. Tiene la palabra el diputado señor Aguiló. El señor AGUILÓ.- Señor Presidente, se presentaron dos indicaciones. Una fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Salud y la otra, fue presentada en forma transversal por diputados de la UDI, de Renovación Nacional y de la Concertación. ¿Podría pedir la unanimidad para votarlas ahora, porque son beneficios para un conjunto de trabajadores del sector público? He dicho. El señor WALKER (Presidente).- ¿Habría acuerdo para votar las indicaciones? Acordado. En votación particular el proyecto. Por no haber sido objeto de indicaciones, se declaran aprobados todos los artículos del proyecto, dejándose constancia de haberse alcanzado el quórum constitucional requerido, con excepción de los incisos primero y segundo del artículo 1º; del artículo 4º; de los numerales 1. y 4. del artículo 5º; del inciso cuarto del artículo 8º; del artículo 11 y del artículo cuarto transitorio, que fueron objeto de indicaciones en la Comisión de Hacienda. Corresponde votar la indicación presentada por el Ejecutivo en la Comisión de Hacienda a los incisos primero y segundo del artículo 1º. El señor Secretario va a dar lectura a la indicación. El señor LOYOLA (Secretario).- En la Comisión de Hacienda, el Ejecutivo formuló una indicación al artículo 1º en el siguiente sentido: 1) para eliminar en su inciso primero la frase “y para el ejercicio general de la profesión en territorio chileno” entre la palabra “municipal” y la palabra “rendir”, y 2) para sustituir su inciso segundo por el siguiente: “Los médicos cirujanos, para otorgar las prestaciones de salud a los beneficiarios del régimen que regula el Libro II del decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio de Salud, de 2005, en la modalidad de libre elección, deberán haber obtenido, de conformidad a lo que establezca el reglamento, a lo menos, la puntuación mínima en el examen a que se refiere el inciso anterior, de lo que deberá dejarse constancia en el respectivo convenio.”. El señor WALKER (Presidente).- En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 35 votos. Hubo 3 abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo Sergio; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Del Río Eduardo; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinoza Sandoval Fidel; Fuentealba Vildósola Renán; González Torres Rodrigo; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Bauer Jouanne Eugenio; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; Galilea Carrillo Pablo; Godoy Ibáñez Joaquín; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Moreira Barros Iván; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Palma Flores Osvaldo; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vargas Lyng Alfonso; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvieron los diputados señores: Farías Ponce Ramón; Meza Moncada Fernando; Silber Romo Gabriel. El señor WALKER (Presidente).- El señor Secretario va a dar lectura a una nueva indicación que se ha presentado. El señor LOYOLA (Secretario).- La indicación es de los diputados señores Aguiló, Robles, señora Karla Rubilar, señores Lobos, Burgos, Duarte, Montes, Monsalve y Jaramillo, para agregar un inciso segundo nuevo al artículo 1º del proyecto, pasando el actual segundo a tercero y así sucesivamente, del siguiente tenor: “Se entenderá que los profesionales que aprueben el examen único nacional de conocimientos de medicina habrán revalidado automáticamente su título profesional de médico cirujano, sin necesitar cumplir ningún otro requisito para este efecto.” El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Gabriel Silber. El señor SILBER.- Señor Presidente, entiendo el espíritu de la indicación, pero quiero saber la constitucionalidad, pues podría alterar tanto la Loce como tratados internacionales en materia de revalidación de títulos a nivel nacional, como el Convenio Andrés Bello sobre la materia. El señor WALKER (Presidente).- Señor Diputado, sin perjuicio de lo establecido en los tratados sobre la materia, lo dispuesto en la indicación se entiende como requisito en el tema de la Administración Pública. Por tanto, la Mesa estima que es materia de ley común. En votación la indicación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 77 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor WALKER (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Allende Bussi Isabel; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; Godoy Ibáñez Joaquín; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvo el diputado señor Alvarado Andrade Claudio. El señor WALKER (Presidente).- Se deja constancia de que la indicación fue aprobada con el quórum especial requerido. En votación la indicación del Ejecutivo presentada en la Comisión de Hacienda al numeral 1. del artículo 5º. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Fuentealba Vildósola Renán; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Herrera Silva Amelia; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silber Romo Gabriel; Sule Fernández Alejandro; Sunico Galdames Raúl; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. El señor WALKER (Presidente).- En votación la indicación al artículo 4º. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Godoy Ibáñez Joaquín; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. El señor WALKER (Presidente).- En votación la indicación del Ejecutivo presentada en la Comisión de Hacienda para sustituir el numeral 4. del artículo 5º. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Godoy Ibáñez Joaquín; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. El señor WALKER (Presidente).- Corresponde votar la indicación de la Comisión de Hacienda al artículo 8º, para agregar un inciso cuarto al artículo 14 de la ley Nº 15.076, para cuya aprobación se requiere el voto afirmativo de 67 señores diputados en ejercicio, por tratarse de una materia de ley orgánica constitucional. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor WALKER (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Galilea Carrillo Pablo; Godoy Ibáñez Joaquín; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvo el diputado señor Fuentealba Vildósola Renán. El señor WALKER (Presidente).- En votación la indicación del Ejecutivo presentada en la Comisión de Hacienda para sustituir el artículo 11 del proyecto. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor WALKER (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Galilea Carrillo Pablo; Godoy Ibáñez Joaquín; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvo el diputado señor Fuentealba Vildósola Renán. El señor WALKER (Presidente).- En votación la indicación del Ejecutivo presentada en la Comisión de Hacienda para sustituir el artículo cuarto transitorio. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Galilea Carrillo Pablo; Godoy Ibáñez Joaquín; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. El señor WALKER (Presidente).- Despachado el proyecto.MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 19.885, SOBRE DONACIONES CON BENEFICIOS TRIBUTARIOS. Primer trámite constitucional. El señor MEZA (Vicepresidente).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en mensaje, que modifica la ley Nº 19.885, sobre donaciones con beneficios tributarios. Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Julio Dittborn. Antecedentes: -Mensaje, boletín 5315-05, sesión 74ª, en 5 de septiembre de 2007. Documentos de la Cuenta N° 1. -Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 124ª, en 8 de enero de 2008. Documentos de la Cuenta N° 10. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor DITTBORN.- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de ley, originado en mensaje, que modifica la ley Nº 19.885, en materia de donaciones con beneficios tributarios. Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, lo siguiente: Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe consiste en perfeccionar el sistema de franquicias tributarias a las donaciones con fines sociales. Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones calificadas de orgánicas constitucionales. Que el proyecto fue aprobado en general por mayoría de votos, con el voto favorable de los diputados señores Aedo, don René; Álvarez, don Rodrigo; Bertolino, don Mario; Dittborn, don Julio; Hernández, don Javier; Insunza, don Jorge; Jaramillo, don Enrique; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel, y Von Mühlenbrock, don Gastón y las abstenciones de los diputados señores Lorenzini, don Pablo y Sunico, don Raúl. Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto las señoras Clarisa Hardy, ex ministra de Planificación; María Olivia Recart, subsecretaria de Hacienda, y diversos asesores de distintos ministerios. Además, concurrieron representantes de instituciones que se verán beneficiadas con estas disposiciones, como el Padre Agustín Moreira, capellán general del Hogar de Cristo; el señor Felipe Valenzuela, gerente general de la Fundación Las Rosas; la señora Pilar Aspillaga, directora ejecutiva de la Fundación Pro Bono; el señor Roberto Peralta, abogado de dicha fundación, y asesores de otras instituciones afines. Respecto de los antecedentes generales, cabe señalar que en el mensaje de su excelencia la Presidenta de la República se argumenta que la ley Nº 19.885, que consagró el acceso a beneficios tributarios a las donaciones que realizan las empresas a instituciones sin fines de lucro que trabajan directamente en el apoyo de chilenos de más escasos recursos, requiere ser perfeccionada, a fin de incentivar dichas donaciones. En ese sentido, deseo hacer notar que el fracaso de la ley que la iniciativa está tratando de corregir es total, puesto que no se recibió ninguna donación con el cuerpo legal que esta Cámara aprobó por abrumadora mayoría de votos hace algún tiempo, de manera que la necesidad de corregirlo es evidente. Las razones por las cuales la legislación vigente no ha operado son varias, entre otras, porque las sanciones específicas que contiene han desincentivado notablemente las donaciones y también el hecho de que se haya obligado a que una parte de las donaciones que se realizan a las instituciones deben ir obligatoriamente a un fondo, compuesto por un directorio que decide hacia dónde se focalizará esa donación. La necesidad de corregir la normativa actual para lograr el objetivo buscado, es decir, que los chilenos donen más, es evidente. El mensaje señala que el proyecto se funda en tres objetivos fundamentales. En primer lugar, se pretende establecer mejores incentivos para la captación de donaciones con fines sociales, tanto de empresas como de personas naturales. En segundo lugar, se propugna la solidaridad entre las entidades receptoras de las donaciones, mediante una distribución equitativa entre los fondos donados, que se consideran en el mensaje como recursos fiscales. Por último, se establecen medidas de responsabilidad y de sanción a quienes den un uso inadecuado de las donaciones. Dada la complejidad de esta iniciativa, para su análisis abordaré algunos aspectos en forma separada. En cuanto a los nuevos donantes, el proyecto establece una modificación muy positiva, puesto que amplía su espectro, extendiendo la posibilidad de acogerse al beneficio tributario a las personas naturales, contribuyentes del impuesto global complementario que declaren su renta efectiva sobre la base de contabilidad completa. Eso es muy importante, porque no está contemplado en la actual legislación. Por lo tanto, hay un nuevo grupo importante de personas que pueden donar. Respecto del tramo de las donaciones, el incentivo tributario, tanto para empresas como para personas naturales, se estructura sobre la base de distintos tipos de donaciones, sujetas a distintos tratamientos. En el caso de las donaciones inferiores a 1.000 UTM -en la actualidad alrededor de 33 millones de pesos-, realizadas directamente a las instituciones sociales elegibles o al fondo mixto de apoyo social, el donante adquiere un crédito contra el fisco por el 50 por ciento del monto donado. Para esos efectos, se considerará como una única donación todas las efectuadas en un mismo año calendario por un mismo donante, aun si esas ellas van a distintas instituciones. Por otra parte, para las donaciones iguales o superiores al monto anteriormente señalado, se establecen dos opciones para el donante: puede escoger imputar el 33 por ciento de su donación al fondo mixto, con la facultad de indicar a qué áreas de programas o proyectos del mismo deberá estar destinada, o bien, puede efectuar una donación directa, sin imputación a ese fondo. Sin embargo, en este caso sólo podrá imputar un crédito correspondiente al 35 por ciento de la donación y no al 50 por ciento, como en el caso anterior. De tal manera que aquí se le abre un menú para el donante de dos opciones: pasar su donación por el fondo mixto o no hacerlo. Si no la pasa y elige donar sólo a una institución, puede imputar un crédito menor que si su donación va al fondo mixto, pero no podrá determinar cuál es la institución que recibirá el 33 por ciento de su donación. En tercer lugar, está el tema de los límites a las donaciones con beneficio tributario. En ningún caso las donaciones mencionadas pueden superar el 2 por ciento de la renta líquida imponible del año o del impuesto global complementario, en su caso, o la suma de 14.000 unidades tributarias mensuales al año, que hoy es del orden de 470 millones de pesos. Es decir, hay un tope, ya sea un porcentaje de la renta líquida imponible del contribuyente o un monto absoluto. El que sea menor de esos dos es el techo que se puede usar como donación con crédito fiscal. Hay otros límites. Hay un límite global, en el caso de que el donante realizare distintas donaciones en un mismo período tributario, al amparo de ésta o de cualquier otra ley que otorgare beneficios tributarios -recordemos que también se pueden imputar créditos tributarios cuando se aporta a las campañas electorales y a otras áreas-, el límite global o la suma de todas ellas será de 5 por ciento de la renta líquida imponible. Este límite se fija ya sea para obtener el beneficio del crédito o para descontar los montos como gastos. Luego, está el límite a las donaciones irrevocables de largo plazo, que son aquellas en que el donante se compromete a pagar cierta suma durante un determinado período de tiempo, por medio de cuotas. Los contribuyentes de primera categoría pueden efectuar donaciones de este tipo, cualquiera sea su renta imponible, y aun cuando tengan pérdidas. Estas donaciones pueden alcanzar hasta el 1,6 por mil de su capital propio tributario, con un máximo de 14.000 unidades tributarias mensuales al año. En cuanto a responsabilidad, se quiere establecer un sistema de registro de las donaciones, a través de un libro de donaciones, que deberá llevar cada entidad de beneficencia, manteniéndose disponible en internet. Asimismo, anualmente deberán elaborar un informe del estado de los ingresos, de los recursos donados y del uso detallado de ellos. Es decir, se establece una mayor transparencia respecto tanto de los ingresos por donaciones como de los usos que se hacen de esas donaciones. Se rebaja el plazo mínimo de existencia de la entidad donataria para estar autorizada a inscribirse en el registro del fondo mixto de apoyo social, de dos años a un año. Además, se aumenta el número de integrantes del consejo que administra el fondo mixto de siete a nueve, mediante la incorporación de dos miembros que deberán representar a la sociedad civil. Otro tema de gran importancia es el de las contraprestaciones del donatario al donante. Esto también causó muchos problemas en la ley vigente, porque inhibió donaciones. Las limitaciones a las contraprestaciones reciben en el proyecto un tratamiento más extenso. En particular, se prohíben todas las contraprestaciones en favor del donante, durante los seis meses anteriores y los 24 meses posteriores a la donación, de los empleados, de sus directores, cónyuge y parientes, hasta el segundo grado de consanguinidad de todos ellos, ya sea directamente o a través de entidades relacionadas definidas en el artículo 100 de la ley de Mercado de Valores. Se perfeccionan los ejemplos de contraprestaciones prohibidas, especialmente en lo referente a la publicidad. Asimismo, se establece que están permitidas las contraprestaciones que no superen el 10 por ciento de lo donado. Señor Presidente, esto es en pocas palabras un resumen de los principales cambios que tiene el proyecto que estoy informando respecto de la ley vigente, que, como decía anteriormente, fue un rotundo fracaso, que debemos aceptar, pues no se otorgó ninguna donación en virtud de la ley que hoy estamos corrigiendo. Eso es prueba elocuente de nuestro fracaso, que debemos aceptar, y el Ejecutivo, al ser colegislador, también debe reconocer. Esperamos, con mucho entusiasmo, por la importancia de las instituciones que serán beneficiadas, haber corregido los problemas de la ley vigente en este nuevo proyecto, con el objeto de que sirva como un canal eficaz para que todas las personas naturales y jurídicas que desean apoyar a instituciones de caridad, sin fines de lucro, como las receptoras de estos recursos, lo puedan hacer. Así podrán tener mayores recursos, que siempre son tan necesarios en estas instituciones. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- En discusión. Tiene la palabra el diputado señor Patricio Walker. El señor WALKER.- Señor Presidente, éste es un día histórico. Objetivamente, las donaciones con fines sociales están castigadas en nuestro país. Las donaciones culturales, deportivas y educacionales tienen una serie de incentivos, pero las donaciones sociales tienen mucho castigo, y por eso en la práctica no funcionan. Hay una discusión súper legítima respecto de democracia tributaria, pero uno lamenta que esa discusión no se haya dado respecto de otro tipo de donaciones y siempre se concentre en este tema y, en consecuencia, los perjudicados terminan siendo las personas más modestas. Por eso la importancia de la materia en estudio. Benito Baranda, del Hogar de Cristo, nos llamó a cumplir un sueño país, que es reducir de aquí al Bicentenario la extrema pobreza a un dígito. Uno ve que el Estado hace tremendos esfuerzos, como la reforma previsional, en educación, en salud, Chile Solidario, Programa Puente, pero no existen los incentivos suficientes para las instituciones sin fines de lucro que han demostrado ser eficaces y eficientes en la lucha contra la pobreza. Todos conocemos la labor que cumple el Hogar de Cristo; asimismo, la del Fondo Esperanza otorga micro crédito a gente de extrema pobreza, especialmente a mujeres, que son muy buenas pagadoras. Con los diputados Juan Carlos Latorre y José Miguel Ortiz recibimos al padre Moreira y a otras personas del Hogar de Cristo, y ellos nos decían que aspiraban a tener de aquí al Bicentenario, 50 mil beneficiarias con el micro crédito. La idea del Banco de los Pobres, de Yunus. Si aprobamos este proyecto de ley de donaciones sociales, podríamos tener 100 mil beneficiarios al Bicentenario, es decir, daríamos una herramienta directa a los más necesitados. Ya no sería ayuda sólo en vivienda, en pavimento participativo o mejor educación, sino que se posibilita una fuente de auto sustentación para gente que hoy vive en la pobreza, que no tiene trabajo. Reitero que el Fondo Esperanza ha demostrado que la gran mayoría de ellos salen de la extrema pobreza, especialmente las mujeres, que son muy buenas pagadoras. Ahí radica la importancia práctica de mejorar la ley de donaciones sociales. Por eso, creo que éste es un día histórico, un día importante. Lo más relevante de la iniciativa es que se amplían los donantes, no tan solo personas jurídicas, sino también personas naturales que hoy pueden donar al Hogar de Cristo. Los contribuyentes que hoy declaran su renta efectiva sobre la base de contabilidad completa, podrán descontar la donación de los impuestos que se indican. ¡Por Dios que es importante incentivar a que ellos se sumen a la lucha contra la pobreza! El caso de donaciones inferiores a 1.000 unidades tributarias mensuales, ellos pueden definir el donatario y tendrán derecho a un crédito equivalente a un 50 por ciento de las donaciones. Otro artículo establece que las donaciones iguales o superiores a 1.000 unidades tributarias mensuales en que al menos el 33 por ciento del total haya sido efectuado al Fondo, tendrán derecho a un crédito equivalente a un 50 por ciento del monto de la donación. Las donaciones de un monto igual o superior a 1.000 unidades tributarias mensuales, que no destinen al fondo mixto al menos 33 por ciento del total, tendrán derecho a un crédito equivalente a un 35 por ciento de la donación. ¿Por qué la norma es distinta respecto de uno y de otro caso? Porque no queremos excesiva concentración. No queremos que sean unos pocos los que reciben estos beneficios. Ojalá sean los más posibles. Si es el Hogar de Cristo el que recibe todos los beneficios, uno dice que está muy bien, pero probablemente hay algunas instituciones sin fines de lucro que no tienen tanto nombre y que requieren incentivos. Por eso, es importante un tratamiento diferenciado para cuando haya aporte al fondo mixto y para cuando no lo haya. Otro punto importante es el tema de la responsabilidad. Naturalmente, la información va a estar disponible en internet; se debe entregar al Servicio de Impuestos Internos, de manera que haya fiscalización. Se establecen sanciones. Se dispone la eliminación del registro de las instituciones que incurran en algunas de las conductas sancionadas por el proyecto. Se amplía la composición del fondo mixto. Hay dos representantes más de la sociedad civil. Eso es importante. El tema de las contraprestaciones lo explicó bien el diputado Dittborn, por lo que no me referiré a ello. Una de las cosas más importantes es la protección que se da al donante de buena fe. Hoy nadie se atreve a donar con fines sociales, porque puede sufrir las penas del infierno, las que no se sufren en otro tipo de donaciones. Pero al donatario de mala fe que incurre en prácticas indebidas, se le aplica el garrote, el peso de la ley, porque serán sancionados con penas de presidio menor, en sus grados medio a máximo. Dar nuestra aprobación a esta iniciativa va a ser algo histórico, porque permitirá derrotar la pobreza, especialmente la extrema pobreza, con los cuidados necesarios para evitar las concentraciones excesivas que benefician sólo a algunos. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado don Roberto Delmastro. El señor DELMASTRO.- Señor Presidente, ayer decía que el proyecto sobre reforma provisional que la Cámara aprobó en forma unánime, había sido una de las iniciativas más significativas que me había tocado ver. Pero eso duró veinticuatro horas, porque el proyecto que hoy tratamos, apunta en la dirección que el país requiere. Habla muy bien del país que el Gobierno y el Congreso Nacional reconozcan un error, pues la ley que se dictó hace un tiempo no funcionó. Ese es el sentido de la iniciativa en discusión, porque reconoce un error y enmienda el rumbo. Eso es muy bueno. La ley de donaciones sociales no ha funcionado, porque hay una asimetría muy grande con otras leyes que están vigentes respecto de donaciones en el ámbito educacional o deportivo. Hay una asimetría muy grande entre el tratamiento que da la ley Nº 19.885 y las leyes sobre donaciones a educación y deportes. El proyecto apunta en la dirección correcta, ya que favorece en forma real y concreta a instituciones que hoy benefician a la gente de menos recursos, especialmente a los ancianos, a los niños, a los jóvenes, en general, a los pobres, a los discapacitados, a los enfermos. Ese es el tipo de gente que requiere ayuda y apoyo en forma eficiente. Todos sabemos que el Estado -no es una crítica a este Gobierno- es ineficiente para administrar los fondos públicos, sobre todo cuando va en beneficio de la gente de menos recursos. Cuando existe este tipo de donaciones, ese dinero va directamente a la vena de la gente. Por lo tanto, la eficiencia en la aplicación de esos recursos es mucho mayor. Hace unos meses, presentamos una moción, con el apoyo de todas las bancadas, para que el Gobierno estudie la posibilidad de crear los bancos solidarios o bancos comunales. Este tipo de bancos, que funcionan en muchos países, como el Banco de los Pobres, de quienes apuntan en esa dirección, pues otorgan pequeños créditos a la gente de menos recursos para emprender pequeñas actividades productivas que les signifique salir de su estado de pobreza. Ese es un tema pendiente. Sería bueno que el Ejecutivo recogiera esta inquietud y pusiera sobre la mesa la discusión respecto de la institucionalización de los bancos solidarios, que ataquen la pobreza en forma local y no nacional. Hago un llamado a apoyar el proyecto, ojalá por unanimidad, y que sea rápidamente tramitado en el Senado para que muy pronto se convierta en ley de la República. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado don Sergio Aguiló. El señor AGUILÓ.- Señor Presidente, éste es un proyecto, a pesar de su apariencia y de la muy buena motivación de sus impulsores, profundamente injusto. Y voy a explicar por qué. Chile, como cualquier otro país, tiene carencias sociales, de infraestructura, necesidades de lo que los economistas llamamos bienes públicos. ¿Cómo financian estos países -incluido Chile- estas carencias y necesidades? A través de impuestos que, luego de ser recaudados, autoridades legítimas -porque han sido originadas en la soberanía popular y elegidas para el efecto- los asignan de acuerdo a criterios vinculados a programas que en su oportunidad la ciudadanía, con su voto, ha ratificado. ¿Qué propone el proyecto? Invertir radicalmente este proceso. Es decir, que cada empresario decida, por sí y ante sí, a qué necesidad, a qué grupo social, a qué precariedad asigna recursos y luego descuenta de los impuestos que él debiera pagar. Es decir, en lugar de ser el Estado un organismo generado en la sociedad, precisamente, para promover el bien común y para resolver estas necesidades que el mercado no puede resolver, -como la construcción de plazas, por una razón muy sencilla, ya que no se puede cobrar para ingresar a ellas, de manera que no hay posibilidad de restituir económicamente la inversión que ha hecho el empresario privado-; como la necesidad de tener políticas públicas de apoyo a los más pobres, porque eso tampoco tiene rentabilidad alguna, y los empresarios realizan -legítimamente, por lo demás- actividades en las cuales su inversión requiere posteriormente una rentabilidad. Entonces, ¿quién hace estas políticas sociales públicas? ¿Quién realiza esta inversión en bienes públicos? Muy simple, el Estado, el cual puede tener mecanismos más discutibles o menos discutibles, como lo hace, por ejemplo, en las políticas culturales, donde se crea un Fondo al que concursa un conjunto de artistas, de promotores de la cultura, con un consejo compuesto al más alto nivel por todos los representantes de la sociedad; se constituye un jurado, el cual va asignando. Alguien podría pensar que ese es un mecanismo perfeccionable. Lo hace a través del Fosis, al cual se presentan proyectos y éste, como parte del Estado, asigna los recursos con el criterio del bien común. Se pueden perfeccionar estos mecanismos del Estado. Pero, aunque uno tuviera la mejor de las intenciones, no es posible que un empresario -desde luego, los empresarios no se eligen, se hacen; invierten, asumen sus riesgos, en fin- pueda decidir que hay un grupo de personas a las cuales quiere ayudar, legítimamente, pero con un criterio enteramente arbitrario, no en el sentido malévolo de la palabra, sino porque no tiene padrones de conducta, porque nadie puede fiscalizar aquello, salvo que se asignen a personas humildes y pobres. De manera que, el día de mañana, el señor Piñera, el señor Luksic, u otros empresarios, con gran sensibilidad social, van a asignar estos recursos, pero después van a recabar que les devuelvan de sus impuestos los recursos que ellos están asignando. Esto, naturalmente, pone en tela de juicio el carácter caritativo de tales donaciones, porque tienen devolución de impuestos. Quiero poner en tela de juicio no sólo el carácter caritativo que pudieran tener las donaciones de estos empresarios, sino el criterio con que se realizan. Si lleváramos al extremo esta situación, el Estado se disuelve, porque todos los impuestos se irían asignando progresivamente por la vía de que cada empresario elegiría a los deportistas que apoya, a los pobres que apoya. ¿Qué ocurre si hay segmentos de deportistas, grupos pobres que no cuentan con las simpatías de ningún empresario? ¿Qué pasa si llevamos al extremo esta situación y vamos descontando impuestos por cada una de las actividades que realizan quienes debieran pagar impuestos? Creo que, finalmente, estamos poniendo en duda la existencia de un Estado democrático, republicano, que formula programas, orientaciones y criterios. Considero que la iniciativa está bien inspirada; no tengo duda alguna al respecto, porque conozco a las personas que la impulsaron y me merecen toda la confianza. Los diputados Delmastro, Walker, Dittborn y todos los otros que han intervenido son personas muy bien inspiradas. Sin embargo, créanme, desde el punto de vista de la asignación de recursos no sólo es injusto, sino completamente ineficaz. El señor MEZA (Vicepresidente).- Ha terminado su tiempo, señor diputado. El señor AGUILÓ.- Concluyo, señor Presidente. ¿Por qué van a estar bien destinados los recursos de un empresario a fines sociales, cuando no es el rol que le corresponde? El diputado Patricio Walker preguntaba por qué no habíamos hecho esta discusión con ocasión de otros proyectos similares relacionados con la cultura. Hicimos las mismas intervenciones, planteamos las mismas preocupaciones y, por esa razón, por lo menos yo -pido las disculpas del caso a mis colegas- voy a votar en contra. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el honorable diputado Jorge Insunza. El señor INSUNZA.- Señor Presidente, este proyecto de ley fue objeto de un debate muy intenso en la Comisión de Hacienda, y buena parte de él lo describió muy bien el diputado Dittborn en su informe. Tal como ha llegado a la Sala, creo que el proyecto aún está bastante verde. Además, no existe consenso para aprobarlo. Podemos aprobar la idea de legislar sobre la materia, porque contiene aspectos que pueden ser muy positivos para fortalecer algunas organizaciones de la sociedad civil, pero hemos presentado indicaciones, con el objeto de que el proyecto sea objeto de un nuevo análisis por la Comisión de Hacienda y de que se aquilaten nuestros puntos de vista. De hecho, hay artículos relevantes, enviados por el Ejecutivo, que fueron rechazados en la Comisión. Por lo tanto, no aparecen en el texto que se presenta a consideración de la Sala. Entiendo que también va a ser objeto de indicaciones por parte del Ejecutivo. Como una apreciación más de fondo, quiero decir que la donación es una institución jurídica de antigua data y que, desde el punto de vista de los objetivos del proyecto, que son fortalecer las donaciones con fines sociales, puede cumplir un papel significativo en Chile. En efecto, la sociedad chilena tiene que buscar un equilibrio en este minuto porque, atendido nuestro grado de desarrollo y el tamaño de nuestro Estado, es necesario que otras instituciones de la sociedad civil se fortalezcan para que puedan acometer algunas tareas sociales. Pero nuestro país no está en condiciones de introducir una lógica de democracia tributaria. Como lo advertía el diputado Aguiló, no podemos darnos ese lujo sin asumir otros grandes riesgos, como el fortalecimiento de la tendencia al clientelismo y al paternalismo, o de una opción muy sesgada que termina por producir más concentración de poder, en lugar de fortalecer a la sociedad civil. Respecto de la preocupación por el equilibrio que debemos generar en este proyecto, todavía hay aspectos que no están resueltos. En primer lugar, es relevante considerar algunas indicaciones que hemos presentado, que tienden a reafirmar que el beneficio tributario que se entregue a estas donaciones debe estar condicionado estrictamente al interés social de los proyectos de las instituciones beneficiadas. En segundo lugar, hay otra indicación que apunta a incorporar en la elección de los consejeros a otras organizaciones comunitarias. Si el proyecto queda tal como está redactado, sólo tendrán posibilidades de elección los representantes de corporaciones o fundaciones, que son instituciones más complejas y mucho más difíciles de instituir. En cambio, hay muchas otras organizaciones sociales que cumplen objetivos similares con gran eficacia, como se ha demostrado en diversas políticas públicas que se han implementado, a partir de la relación que se establece con las organizaciones comunitarias que tienen personalidad jurídica, que pueden ser revisadas por el consejo y calificadas para participar en las votaciones y, de esa forma, evitar el riesgo de elitización de esta instancia y generar su apertura. A mi juicio, también hay un mecanismo tributario que no es simple. Cuando se establece un límite de 1.000 UTM, creo que estamos haciendo más compleja la aplicación de criterios tributarios en esta materia. Yo preferiría eliminar este límite y hacer una distinción más simple: si hay una donación que consiste en entregar un aporte al Fondo, que reciba un beneficio tributario mayor o que conserve el que establece este proyecto de ley; pero si se trata de una donación que no va al Fondo, que reciba un beneficio tributario sustantivamente inferior. Creemos que el diferencial no genera un incentivo real para fortalecer el Fondo. Considero que el proyecto puede convertirse en una buena ley, pero para ello requiere ser perfeccionado, porque hay un ámbito de la sociedad civil que debe ser fortalecido y las empresas también pueden hacer más fuerte su identidad si refuerzan sus políticas de responsabilidad social y empresarial. Todo esto puede ser un círculo virtuoso, pero no como está redactado el proyecto. Insisto en que debe ser perfeccionado. He dicho. El señor LEÓN.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra su señoría. El señor LEÓN.- Señor Presidente, solicito que cite a reunión de Comités, sin suspender la sesión. El señor MEZA (Vicepresidente).- Cito a reunión de Comités, sin suspender la sesión. Tiene la palabra el honorable diputado Julio Dittborn. El señor DITTBORN.- Señor Presidente, los diputados señores Aguiló e Insunza, que me antecedieron en el uso de la palabra, plantearon la posición de la Izquierda respecto de este proyecto que, como se dijo, fue ampliamente debatido en la Comisión de Hacienda. El diputado Aguiló dijo textualmente: “Este es un proyecto profundamente injusto”. A juicio del diputado Aguiló y de la Izquierda chilena -es bueno que la gente lo sepa- es injusto que una persona natural, un profesional, una dueña de casa, un empresario o una pyme puedan donar parte de sus ingresos o de sus utilidades a instituciones previamente definidas y aceptadas como posibles receptoras de la donación. ¿Cuál es el argumento que da la Izquierda? Dice que las carencias, las necesidades y los bienes públicos son tareas que, necesariamente, debe acometer el Estado. Ése es el argumento que dio el diputado Aguiló. ¿Por qué? Porque el combate de la pobreza o la provisión de bienes públicos no generan utilidades al empresario o al particular. Entonces, como no hay una utilidad, no lo va a hacer bien y, por lo tanto, es necesario que el Estado recaude impuestos para acometer esas tareas que son socialmente necesarias. Éste es un argumento muy antiguo en la historia económica, pero profundamente falso, y voy a tratar de explicarlo porque es un punto muy importante. Acepto parte de la argumentación del diputado Aguiló sobre la necesidad de que el Estado recaude impuestos para acometer las tareas que mencionó el colega. Lo acepto. Sin embargo -y esto lo digo con la mejor disposición para que podamos conversar y entendernos-, debemos aceptar que la sociedad civil organizada, como el Hogar de Cristo, la Fundación Las Rosas y toda la larga lista de instituciones benéficas, todas personas organizadas que no tienen fines de lucro -el lucro no es lo único que mueve a la gente, como lo demuestra, por lo demás, la existencia de estas instituciones- también pueden hacerlo. Estas instituciones son tan valiosas que, como país, no podemos darnos el lujo de no apoyarlas ni financiarlas. Parece que a la Izquierda le molestan, como dice el diputado Aguiló, el señor Luksic o el señor Matte, porque están obsesionados con esas personas. Nunca hablan del señor Pérez o Soto, en fin, hay tanta gente honorable. A la Izquierda le molesta que los empresarios -en especial los dos nombrados- financien esas instituciones. Les voy a aceptar la molestia, pero, como sociedad, no podemos dejar de valorar y financiar dichas instituciones. Si a los diputados de la Izquierda les molesta tanto que esas instituciones se financien mediante donaciones que hacen libremente las empresa o las personas, les pido, por favor, que parte de la plata que están perdiendo a manos llenas, en general, en una mala gestión pública en muchas áreas, la destinen a licitación pública para combatir la pobreza, de manera que tengamos un Hogar de Cristo que no sólo se financie con aportes de las empresas o -según la Izquierda- de esos empresarios ogros, sino que se financien con aportes del Estado, y ojalá tengamos Hogar de Cristo de Arica a Punta Arenas, o una Fundación Las Rosas mucho más masiva de la que existe hoy. El Estado debe marginarse de la administración de todos los problemas sociales, donde pierde una tremenda cantidad de plata; se hace política con esas instituciones fiscales que hoy reparten trabajo y otras cosas, y no se cumple el objetivo que se persigue. Ese dinero hay que canalizarlo a través de instituciones privadas de la sociedad civil a las que hoy les cuesta conseguir donaciones. Debemos tener un Estado financiero fuerte, pero también una sociedad civil que funcione con mucha fuerza, porque ha demostrado hacerlo bien. El Hogar de Cristo y la Fundación Las Rosas funcionan bien. Necesitamos más financiamiento para esas instituciones. Necesitamos un Estado que canalice plata de los impuestos hacia esas instituciones. El proyecto constituye la primera parte de la solución del problema; la segunda es que necesitamos más dinero público para esas instituciones. He dicho. El señor MEZA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado René Aedo. El señor AEDO.- Señor Presidente, el proyecto en discusión modifica la ley Nº 19.885, sobre donaciones, porque hasta ahora ha sido ineficiente e ineficaz para permitir las donaciones. De hecho, no existen donaciones efectuadas en virtud de dicha ley. La iniciativa permite las donaciones, con fines específicos, a instituciones que presten servicios directos a las personas de escasos recursos o discapacitadas y al fondo mixto de apoyo social. El fondo mixto, constituido por 130 instituciones, está absolutamente reglado y dirigido por un consejo integrado por miembros que designa la Presidenta de la República y otros. El proyecto permite que personas naturales o jurídicas, o empresas que paguen impuesto global complementario de primera categoría hagan donaciones. Cuando el monto es inferior a mil unidades tributarias, pueden hacerla directamente a esas instituciones o al fondo mixto, y obtienen un crédito equivalente al 50 por ciento de la donación. Cuando sean superiores a mil unidades de fomento, las donaciones se pueden hacer al fondo mixto social, de manera de distribuir más equitativamente los recursos, dando como estímulo un crédito del 50 por ciento; si no se hace así, el crédito es de sólo 35 por ciento. La iniciativa perfecciona la legislación actual, razón por la cual la votaremos a favor. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Alberto Robles. El señor ROBLES.- Señor Presidente, nadie duda de que las instituciones que desarrollan actividades sociales o de caridad para la gente de menores recursos de nuestro país no sólo son nobles, sino que son extremadamente importantes para el desarrollo de las regiones y del país. Instituciones como el Hogar de Cristo, que está presente prácticamente en todo el país, dignifican su labor en el territorio nacional, por lo que nos parece evidente darles nuestro apoyo. Sin embargo, también me parece importante que el proyecto solucione problemas de fondo, porque, efectivamente, el Estado es responsable de las políticas públicas y su forma de financiamiento. En ese sentido, cuando una empresa privada descuenta impuestos que debieran llegar al erario para entregarlos en forma dirigida a una institución, lo que hace, de una u otra manera, es tomar la decisión por el Estado. A mi juicio, ello no corresponde, porque, finalmente, se dirige la caridad hacia una sola institución, originando otro tipo de problemas. En la Comisión Investigadora de Chiledeportes, vimos el ejemplo de una empresa que hacía donaciones a su propio club deportivo, donde sus propios trabajadores practicaban el deporte. Por lo tanto, finalmente, con platas del Estado, mantenía y regulaba una política de recursos humanos de su propia empresa. Entonces, me parece fundamental debatir esos temas. Otro punto importante de considerar es que las instituciones caritativas reciben recursos de todo el país; sin embargo, no están presentes en todo el país. Por ejemplo, en Vallenar, he ido a una farmacia de una cadena nacional, donde los vallenarinos estamos dando parte de nuestros recursos a instituciones que hacen caridad en Santiago. Con esos mismos recursos podríamos hacer caridad en Vallenar o en la provincia del Huasco. Lo cierto es que debemos discutir la materia en forma más profunda. Me parecen bien analizan las indicaciones del diputado Insunza en la Comisión. Junto con revisar el tema de las donaciones sociales, debemos también revisar las donaciones tanto a instituciones deportivas como culturales, porque, de otra manera, no se entiende el proyecto. Señor Presidente, por su intermedio cedo el tiempo que me resta al diputado Carlos Montes. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Carlos Montes, quien puede ocupar también el tiempo que le cedió el Comité Independiente. El señor MONTES.- Señor Presidente, en primer lugar, deseo manifestar que votaré a favor la idea de legislar sobre la materia, porque es importante contar con franquicias para objetivos de interés social y público. Coincido con el diputado Aguiló, en el sentido de que no cualquier modelo de franquicia para estos fines asegura que se responda a problemas nacionales centrales. No voy a destinar tiempo a la caricatura hecha por el diputado Julio Dittborn. Él no entiende la posición de la Izquierda y tiende a tergiversarla. Él dice que el Estado no sirve. En toda la historia, desde el municipio del Imperio Romano, ha sido necesario organizar el bien común y las tareas comunes. Sería bueno repasar el rol del Estado. Está claro que debe ser de mejor calidad. En cuanto a que se hace política con los programas del Estado, es una caricatura lamentable, porque quiere decir que la Fundación La Vaca, que va a recibir todo esto, no lo haría. Hace poco tiempo, todas las ONG eran demonios; ahora, no. Debemos recordar que hace algún tiempo mucha gente vivió gracias a las ollas comunes, que fueron parte de un esfuerzo de distinta gente de la sociedad civil. Pero, no deseo gastar mi tiempo en esto. Sólo quiero decir que, en 2003, dentro de los acuerdos para la reforma del Estado, el Gobierno envió un proyecto para racionalizar las franquicias tributarias a las donaciones, porque el sistema que existía superponía y dispersaba, habían normas separadas y mucha irracionalidad. Además, no cualquiera podía acceder a esto. Había ciertos fines y se carecía de mecanismos que aseguraran la redistribución de las platas. Eso había llevado a una gran inequidad. ¡Es importante que se oiga que con las donaciones había gran inequidad! De hecho, no había organizaciones con fines sociales, como el Hogar de Cristo y la Fundación Las Rozas. Por ejemplo, el 50 por ciento de las donaciones para fines educacionales estaba concentrado por el 9 por ciento de las instituciones. Cuatro universidades recibían el 50 por ciento de las donaciones. ¡Para qué hablar de los temas culturales! Entonces, no hagamos caricaturas infundadas. Pero, además, había elusión y evasión tributaria. El principal problema se refería a la posibilidad de transacciones simuladas como donación. Una operación comercial era subsidiada por todos los chilenos a través de ese beneficio tributario. ¿Se acuerdan cuando Lavín negoció las aguas de la Municipalidad de Santiago y dijo que pagaría con la ley de donaciones? Por eso, había que corregir esa ley. El Congreso compartió esos argumentos y, en mayo de 2003, la modificó por unanimidad, incluso con el voto del diputado Dittborn. En estos cuatro años han pasado muchas cosas, que también es necesario revisar. Muchos escritos han dicho que la ley de donaciones no funciona. Los argumentos son los mismos que se han dado acá: penalidades muy altas, penalidades para quienes cometen irregularidades, límites muy bajos, ambigüedad en la definición de la contraprestación. Todos los críticos dicen que la ley de 2003 paralizó las donaciones. Pero ¿cuál es la realidad de las cifras? En las donaciones para fines culturales, pasamos de 4.466 millones en 2003, a 8.560 millones en 2006. La mitad de estos recursos es plata pública, del Estado. No es una donación de las empresas, porque como descuentan el 60 por ciento de sus propias utilidades, la mitad es plata pública. En las donaciones para fines deportivos, pasamos de 2.471 millones, en 2003, a 4.194, millones en 2006. Las donaciones para fines educacionales bajaron, de 9.700 a 8.031 millones en el mismo período. En el caso de las donaciones de personas naturales, la cifra se mantuvo. De todo esto, ¿qué dicen las fiscalizaciones? En las donaciones para fines culturales, entre 2006 y 2007, se estableció que alrededor de 150 empresas presentaron datos inconsistentes en la declaración del crédito tributario. En el caso de las donaciones para fines deportivos, se detectaron entre 38 y 45 inconsistencias. Este tema no es simple. Se debe buscar un modelo adecuado. Otros países tienen modelos mejores o peores. En ese sentido, son muy importantes las indicaciones del diputado Jorge Insunza. Hemos buscado que una parte de las donaciones vaya a los fines que más necesita Chile. Está claro que falta un sistema para los adultos mayores no valentes y sin familia. Hay que construir un sistema con plata pública y con donaciones. En eso hay consenso. En segundo lugar, una parte de las donaciones se debe destinar a crear respuesta a problemas que, en general, interesan a la sociedad, como el de la drogadicción, de las penas alternativas, etcétera. También hay que dejar una parte de los recursos, limitada y circunscrita, para dar respuesta a otras necesidades. Esto debe ser con redistribución, no concentrado. Por lo tanto, la discusión planteada por el diputado Insunza es que debemos pensar un modelo adecuado. Esto no es blanco o negro; que los de la Izquierda están en contra de las donaciones y los de la Derecha no quieren que haya Estado, como dijo el diputado Dittborn. La discusión no es ésa, sino cómo creamos un modelo que asegure que los recursos públicos dirigidos al sistema de donaciones apunten a fines prioritarios a nivel nacional y por regiones. Ahí deberíamos concentrar los recursos y esfuerzos de todos. En todo caso, la mejor donación que pueden hacer las empresas es pagar mayores sueldos. Es el mejor aporte que pueden hacer a la sociedad. En ese sentido, uno siempre está reivindicando que los sueldos sean mejores en aquellas empresas que más ganan. Porque cuando ve que D&S, la empresa con mayores donaciones y responsabilidad social, uno se pregunta qué pasa con los sueldos de sus trabajadores, en qué situación están y por qué no son mejores, como en otros lados. Es importante aprobar la iniciativa en general, pero también es muy importante que el Congreso Nacional piense seriamente en el modelo más adecuado para nuestra realidad, para responder a ciertos fines, porque aquí hay plata pública comprometida. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Cerrado el debate. -Posteriormente, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos: El señor WALKER (Presidente).- Corresponde votar en general el proyecto que modifica la ley Nº 19.885, en materia de donaciones con beneficios tributarios. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 77 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; Godoy Ibáñez Joaquín; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sunico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. El señor WALKER (Presidente).- Para un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Aguiló. El señor AGUILÓ.- Señor Presidente, deseo saber si puedo cambiar mi voto a abstención. El señor WALKER (Presidente).- ¿Habría acuerdo para que el diputado señor Aguiló pueda modificar su votación? No hay acuerdo. Sin embargo, se dejará constancia en el Boletín de Sesiones de su real intención de voto. Por haber sido objeto de indicaciones, el proyecto vuelve a Comisión para su segundo informe. -El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:Artículo únicoNúmero 3) 1. De los señores Insunza y Montes para agregar en el artículo 1° que se sustituye mediante el número 3) del proyecto, el siguiente número 1.-, nuevo, corriéndose correlativamente los números del 1 al 11: “1.- La donación no podrá ceder en beneficio de una institución en cuyo directorio participe el cónyuge del donante o de alguno de los directores o gerentes, socios o accionistas que representen el 10% o más del capital social de éste. El donante tampoco podrá ser gerente, administrador, representante o director de la institución donataria. Si el donante fuera persona jurídica ésta no podrá tener entre sus miembros en calidad de director o gerente, socio o accionista que represente el 10% o más de su capital social o a uno o más funcionarios socios, directores o gerentes de la institución donataria.”.Número 9) 2. De los señores Insunza y Montes para modificar el artículo 11 propuesto, de la siguiente forma: i. Para agregar en el inciso primero del a continuación de las palabras “ninguna presentación a favor de éste” y antes la expresión “en forma exclusiva” la expresión “directa o indirectamente,”. ii. Para eliminar el inciso segundo.-o- Nuevas indicaciones para modificar la ley N° 19.885Al artículo 2° 3. De los señores Inzunsa y Montes para agregar en su inciso primero a continuación de la palabra “reglamento” precedida de coma (,), la siguiente oración: “que cuenten con las calificación de “interés social” por parte del consejo, priorizando las situaciones sociales con insuficiencias de programas públicos a nivel nacional o en territorios específicos. Para esta certificación se deberá presentar el proyecto, plan o programa de actividades sociales específicos que el beneficiario se propone realizar dentro de un período determinado.”.Al artículo 4°Inciso primero 4. De los señores Insunza y Montes para modificarlo como sigue: i. Para agregar a continuación de la expresión “elegidas por” la oración “las organizaciones comunitarias funcionales o territoriales regidas por la ley N° 19.418 calificadas por el Consejo conforme al artículo 3° de la ley,”. ii. Para consultar luego de las locuciones “en la elección de los representantes de las corporaciones o fundaciones” la oración:”y de las organizaciones comunitarias funcionales o territoriales regidas por ley N° 19.418 calificadas por el Consejo conforme el artículo 3° de la ley,”. MINUTO DE SILENCIO POR FALLECIMIENTO DE VÍCTIMA DE INCENDIO EN CERRO LA CRUZ, DE VALPARAÍSO. El señor WALKER (Presidente).- A petición del diputado señor Joaquín Godoy, solicito a la Sala guardar un minuto de silencio por el fallecimiento de la señora Patricia Valenzuela, víctima del incendio ocurrido en el cerro La Cruz, de Valparaíso. -Los señores diputados, funcionarios y asistentes a las tribunas guardan, de pie, un minuto de silencio. El señor WALKER (Presidente).- Muchas gracias. ENVÍO DE NOTA DE SOLIDARIDAD A BOMBEROS DE VALPARAÍSO. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa. El señor ULLOA.- Señor Presidente, solicito enviar, a nombre de la Cámara, una nota al comandante del Cuerpo de Bomberos de Valparaíso, a fin de expresar nuestra solidaridad y los deseos de pronta recuperación para el voluntario que resultó muy mal herido en el incendio ocurrido en el cerro La Cruz, de Valparaíso. El señor WALKER (Presidente).- ¿Habría acuerdo? Acordado. El señor WALKER (Presidente).- Señores diputados, la próxima semana es distrital. Durante 2007 y lo que va corrido de 2008, la Cámara aprobó 270 proyectos. Por lo tanto, fue un año arduo. Espero que los señores diputados disfruten, en febrero, de sus tres semanas de merecidas vacaciones. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 17.03 horas.JORGE VERDUGO NARANJO,Jefe de la Redacción de Sesiones.VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que se inicia un proyecto de ley que incrementa transitoriamente un incentivo tributario a la inversión en activo fijo de las micro, pequeñas y medianas empresas. (boletín Nº 5734-26)“Honorable Cámara de Diputados:Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que incrementa transitoriamente un incentivo tributario a la inversión en activo fijo de las micro, pequeñas y medianas empresas.I. ANTECEDENTES 1. El crecimiento económico como condición esencial para el desarrollo del país. Como todos sabemos, el crecimiento económico es condición fundamental y necesaria para el desarrollo del país. La inversión es uno de los motores de ese crecimiento, al poner a disposición de emprendedores y trabajadores, los recursos necesarios para generar producción, empleo y comercio. En este contexto, la inversión en activo fijo y su constante renovación son, naturalmente, claves del desarrollo y expansión de las empresas. Ello, por cuanto les permite disponer de los medios físicos necesarios para ser más eficientes y productivos, al tiempo que realizan su labor con mayor seguridad, rendimiento y ahorro de energía. 2. El crédito tributario del artículo 33 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Es por todo lo señalado que nuestro sistema tributario contempla un incentivo que promueve la inversión en activo fijo, contenido en el artículo 33 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Esta norma ofrece un crédito contra el impuesto de primera categoría, por un monto equivalente a 4% del valor de la inversión realizada en activo fijo, con un tope anual de 500 UTM. Se trata de una herramienta potente, que abarata directamente el costo de invertir en el mismo monto del crédito tributario. Así, por cada $100 de inversión, el Fisco financia $ 4, dejando de recibir los impuestos correspondientes. Con ello, el empresario solamente soporta $ 96 como costo de invertir. 3. Impacto de este incentivo en las micro, pequeñas y medianas empresas, así como en la inversión. Este incentivo no podría ser más apropiado y eficaz para el caso de nuestras empresas de menor tamaño, que como sabemos deben realizar importantes esfuerzos para financiar la adquisición de herramientas de trabajo e infraestructura. Su complejo acceso al crédito, atendido el mayor riesgo de su actividad, hace que cada peso de ahorro de costo de estas inversiones, importe. El crédito tributario puede significar la diferencia positiva entre que nuestros emprendedores opten por invertir o no hacerlo, determinando con ello la suerte de nuevas fuentes de trabajo, de la generación de bienes y servicios, de riqueza y crecimiento para todas las chilenas y chilenos. Es por todo esto que el año 2006 propusimos elevar transitoriamente este crédito, con vigencia entre 2007 y 2009, para todas las empresas del país. Entonces, con acuerdo unánime del Congreso, incrementamos la tasa de 4% a 6% (un 50%) y el tope de 500 a 650 UTM (un 30%). No es coincidencia que el 2007 haya sido un año record para la inversión, que ha crecido a una tasa de 11,2%, esto es, llegando a más de 25% del PIB. 4. Incremento del crédito. Esta buena experiencia nos ha llevado al convencimiento que podemos hacer aún más con esta herramienta. Pero focalizando su acción y los esfuerzos fiscales ahí donde son más fecundos, es decir, en las empresas de menor tamaño. Es por esto que, en el marco de la implementación de la Agenda pyme destinada a potenciar la modernización productiva de dichas empresas, proponemos incrementar el monto del crédito tributario por activo fijo, pero esta vez solamente para las inversiones de las empresas de menor tamaño. Así, por los años 2008 a 2011, conforme a esta iniciativa, las inversiones en activo fijo de las empresas con ventas inferiores a 100 mil UF al año, contarán con un crédito tributario de 8%, duplicando la tasa de crédito prevista en la ley, al tiempo que mantendrán el tope más elevado de 650 UTM. Este proyecto de ley constituye una política concreta dirigida a todos nuestros micro, pequeños y medianos emprendedores. Así los gobiernos de la Concertación ratifican su compromiso de promoción y fomento del desarrollo productivo de las Pymes. Con su esfuerzo, creatividad e inversión, obtendremos mayor actividad, mejor empleo y más desarrollo para nuestro país. En mérito de lo expuesto, someto a vuestra consideración, el siguientePROYECTO DE LEY: “Artículo único.- En el caso de los contribuyentes indicados en el inciso segundo, el crédito que establece el artículo 33 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo primero del Decreto Ley N° 824 de 1974, será de 8% del valor de los bienes físicos del activo inmovilizado a que se refiere dicha disposición, que sean adquiridos nuevos, terminados de construir o recibidos en arrendamiento con opción de compra entre el día 1 de enero de 2008 y el día 31 de diciembre de 2011, con un límite máximo anual de 650 unidades tributarias mensuales. Esta norma se aplicará a contribuyentes cuyos ingresos anuales por ventas y servicios del giro no hayan superado, ninguno de los dos años anteriores a aquél en que pretendan impetrar el crédito, el equivalente a cien mil unidades de fomento. También se aplicará a los contribuyentes que no registren ventas en los dos años anteriores, en la medida que en el año en que pretendan impetrar el crédito tampoco superen dicho límite. Para estos efectos, los ingresos por ventas y servicios se considerarán por sus valores descontado el impuesto al valor agregado. Asimismo, las cantidades expresadas en unidades de fomento se calcularán de acuerdo al valor de dicha unidad para el último día hábil del período respectivo.”. Dios guarde a V.E., (Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República; ANDRÉS VELASCO BRAÑES, Ministro de Hacienda; ALEJANDRO FERREIRO YAZIGI, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción”.INFORME FINANCIEROPROYECTO DE LEY QUE INCREMENTA TRANSITORIAMENTE UNINCENTIVO TRIBUTARIO A LA INVERSIÓN EN ACTIVO FIJO DE LASMICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS El proyecto de ley que se introduce modifica transitoriamente el crédito tributario a la inversión en activo fijo, establecido en el artículo 33 bis de la ley sobre Impuesto a la Renta, pero sólo para las micro, pequeñas y medianas empresas. En concreto, la norma propuesta incrementa de 4% a 8% el monto porcentual de la inversión efectuada que puede ser usada como crédito y eleva de 500 a 650 unidades tributarias mensuales (UTM) el límite máximo de crédito contra el Impuesto de Primera Categoría que puede utilizarse cada año. El incremento de ambos parámetros se aplicará exclusivamente a las empresas con ventas inferiores a 100 mil UF anuales y regirá durante los años 2008 a 2011. Cabe señalar que durante los años 2008 y 2009 rige una modificación transitoria, establecida en la ley Nº 20.171, de febrero de 2007, que fijó en 6% el monto porcentual del mencionado crédito y en 650 UTM su límite máximo. Las modificaciones que se proponen implicarán un costo fiscal que se reflejará durante sus cuatro años de vigencia. Este costo fiscal está dado por la pérdida esperada en los ingresos tributarios. Para su estimación se han considerado los resultados de la Operación Renta de 2007, asumiendo una evolución de las utilidades de las empresas y sus inversiones en activo fijo consistentes con las tasas estimadas de aumento del PIB y de la inversión. Esta estimación constituye un piso de costo fiscal, por cuanto no incluye el efecto del estímulo adicional que provocarán las modificaciones propuestas en las decisiones de inversión de las empresas. Por último, se debe consignar que el impacto en los ingresos tributarios se producirá al año siguiente de efectuadas las inversiones, por cuanto estos beneficios se reflejan en la declaración anual de impuestos a la renta que se lleva a cabo en abril de cada año. De esta manera, se estima el siguiente costo fiscal para el período 2009-2012:AñoCosto Fiscal(Millones de pesos de 2008)20094.97020105.180201112.640201213.210 (Fdo.): ALBERTO ARENAS DE MESA, Director de Presupuestos”.2. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Cardemil, Álvarez, Araya, Burgos, Encina, Fuentealba, Leal, Tarud, y de las diputadas señoras Cristi, doña María Angélica y Valcarce, doña Ximena. Reforma la Constitución Política de la República que somete a la aprobación del Con-greso Nacional la decisión de someter voluntariamente al arbitraje internacional o a la decisión de un tercero materias que puedan afectar la soberanía e integridad territorial del país. (boletín N° 5733- 07)Fundamentos La aprobación de tratados internacionales a que se refiere el artículo 54 de la Constitución Política de la República es la primera de las atribuciones exclusivas del Congreso Nacional. Dicho artículo fue modificado por la Ley N° 20.050 para introducir la facultad del Congreso de proponer reservas o declaraciones interpretativas. Por otra parte, el desarrollo y ejecución de los tratados internacionales requiere de una serie de actuaciones jurídicas posteriores para lograr los objetivos que se proveen en los mismos. Para ello, precisamente, se considera la facultad del Presidente de la República para adoptar medidas o acuerdos en cumplimiento de un tratado en vigor, sin nueva aprobación del Congreso. Parece necesario considerar, sin embargo, que dentro de ese ámbito de ejecución de los tratados internacionales existen una serie de medidas, acuerdos y decisiones que pueden tener un impacto irreparable sobre la soberanía nacional y la integridad territorial; como por ejemplo sucedería con el uso y aplicación de un tratado cuyo mecanismo de solución de controversias faculte al Estado de Chile para someter a la decisión de un tercero algún asunto que incida o afecte la soberanía que el Estado de Chile ejerce sobre el espacio aéreo, la zona económica exclusiva, el mar territorial o el territorio nacional. Nos parece que una decisión, medida o acuerdo de tamaña importancia, que puede ocurrir años o décadas después de la suscripción del tratado mismo, merece, definitivamente, una revisión especial o particular posterior de las Cámaras, que sobrepasa al simple trámite de la aprobación general y primitiva del documento por el Congreso Nacional, y que supone necesariamente una nueva revisión y votación de esa decisión, medida o acuerdo, usando el trámite de ley para resolver sobre ese aspecto político particular. En términos generales, puede afirmarse la conveniencia política de que toda decisión voluntaria de la República de Chile, que la obligue internacionalmente, adoptada por el Presidente de la República, y que comprometa o pueda comprometer la certeza de sus límites, su soberanía y su integridad territorial se enmarque en un tratado preexistente o no, deba ser aprobada por el Congreso Nacional, depositario de la función legislativa de la soberanía nacional. Habiendo sido el anterior un aspecto ampliamente discutido en el seno de la Comisión de Estudios para una Nueva Constitución, es oportuno abordar ahora una reforma constitucional con el contenido de la que aquí se presenta, pues supone un paso trascendental en la manera de construir políticas de Estado sobre materias especialmente sensibles, de manera tal que recojan el más amplio respaldo transversal y eviten juicios históricos posteriores muchas veces amargos. El proyecto considera en su primera parte modificar el artículo 32 N° 15 de la Constitución, en materia de atribuciones exclusivas del Presidente, para incorporar la necesaria aprobación del Congreso a la decisión de someter voluntariamente materias de arbitraje internacional a la solución obligatoria de un tercero, lo que se regulará de conformidad con el artículo 54 N° 1. Como consecuencia de lo anterior, también se modifica el artículo 54, sobre atribuciones exclusivas del Congreso, agregando la facultad de aprobar o desechar los acuerdos que contengan la decisión de someter voluntariamente al arbitraje internacional o solución obligatoria de un tercero, materias que afecten o puedan afectar nuestra soberanía sobre el espacio aéreo, la zona económica exclusiva, el mar territorial o el territorio nacional. Lo anterior seguirá el trámite de una ley, tal y como lo hace hoy un tratado internacional. Por otra parte, también se considera, en el mismo artículo, una excepción para las medidas que el Presidente de la República adopte, los acuerdos que celebre, o las decisiones que tome para el cumplimiento de un tratado en vigor, en el sentido de establecer que si esas medidas o acuerdos consisten en someter voluntariamente materias de arbitraje internacional en los términos antes señalados, deberá someter dicha decisión a una nueva aprobación del Congreso, agregando, además, el contenido que dicha proposición del Presidente debe contener las características o términos del compromiso o mecanismo de solución de controversias de que se trate. Finalmente, se limita el ámbito de la legislación susceptible de ser delegada en el Presidente, excluyendo de los Decretos con Fuerza de Ley, aquellas materias que consideren soberanía en las condiciones antes expresadas, Por las razones y en mérito de lo expuesto, es que venimos en proponer el siguientePROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL: “Artículo único. Introdúcense las siguientes modificaciones a la ConstituciónPolítica de la República: 1. Reemplázase el número 15 del artículo 32, sobre atribuciones especiales del Presidente de la República, por el siguiente: “15”. Conducir las relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales, y llevar a cabo las negociaciones; concluir, firmar y ratificar los tratados que estime convenientes para los intereses del país, así como decidir someter materias de arbitraje internacional a la solución obligatoria de un tercero. Estos dos últimos deberán ser sometidos a la aprobación del Congreso conforme a lo prescrito en el artículo 50 N° 1. Las discusiones y deliberaciones sobre estos objetos serán secretos si el Presidente de la República así lo exigiere”. 2. Reemplázase el inciso primero del número 1) del artículo 54, por el siguiente: “Aprobar o desechar los tratados internacionales, así como las decisiones del Presidente de la República para someter voluntariamente materias que consideren soberanía sobre el espacio aéreo, la zona económica exclusiva, el mar territorial o el territorio nacional, a la solución obligatoria de un tercero, que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación o de su adopción, según corresponda. La aprobación de un tratado, como asimismo el sometimiento de materias de arbitraje internacional a la solución obligatoria de un tercero requerirá, en cada Cámara, de los quórum que corresponda, en conformidad al artículo 66, y se someterá, en lo pertinente, a los trámites de una ley”. 3. Reemplázase el inciso cuarto del número 1) del artículo 54, por el siguiente: “Las medidas que el Presidente de la República adopte o los acuerdos que celebre para el cumplimiento de un tratado en vigor no requerirán nueva aprobación del Congreso, a menos que se trate de someter voluntariamente materias de arbitraje internacional que consideren soberanía sobre el espacio aéreo, la zona económica exclusiva, el mar territorial o el territorio nacional, a la solución obligatoria de un tercero; o de materias propias de una ley. No requerirán de aprobación del Congreso los tratados celebrados por el Presidente de la República en el ejercicio de su potestad reglamentaria”. 4 Intercálase entre los incisos cuarto y quinto del artículo 54, el siguiente inciso quinto, nuevo: “La proposición que el Presidente de la República efectúe para el sometimiento voluntario a la solución obligatoria por un tercero de un asunto que considere soberanía sobre el espacio aéreo, la zona económica exclusiva, el mar territorial o el territorio nacional, deberá contener el nombre de los árbitros, las cláusulas de compromiso, el procedimiento y los recursos que se puedan interponer en contra del fallo, o señalar la circunstancia de no existir dichos recursos”. 5. Introdúcese en el inciso segundo del artículo 64, entre las expresiones “nacionalidad,” y “la ciudadanía,”, la siguiente frase: “a materias que consideren soberanía sobre el espacio aéreo, la zona económica exclusiva, el mar territorial o el territorio nacional”.3. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Pacheco, doña Clemira; Vidal, doña Ximena, y de los diputados señores Farías y Montes. Modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en cuanto a modificar una causal y agregar una inhabilidad para optar al cargo de concejal y alcalde. (boletín N° 5735-06) “Considerando: 1) Desde la entrada en vigencia del sistema de pensiones actual, en el año 1980, la responsabilidad de cancelar los montos de la previsión del trabajador corresponde al empleador. Es aquel quien tiene el deber de pagar por el trabajador ante la Administradora de Fondos de Pensiones correspondiente. 2) Lamentablemente, muchos de estos empleadores no cumplen en todo o en parte esta responsabilidad que la ley les encomendó. Es así, que muchos trabajadores eran incluso despedidos de sus empleos sin siquiera tener sus imposiciones previsionales al día. Los medios para exigir el pago de dichos montos adeudados se realizaba exclusivamente por una judicatura laboral engorrosa y ajena en el trato que irroga un gasto extra al trabajador. 3) El año 1999, mediante la N° 19.631, conocida como “Ley Bustos”, se obliga a los empleadores a pagar las cotizaciones previsionales adeudadas al trabajadora) como requisito para despedirlo. Desde aquel momento, las herramientas legales a favor del pago efectivo y oportuno de dichas cotizaciones previsionales se incrementan al dejar sin efecto aquellos despidos que no se realicen sin ese fundamental requisito que la ley encarga al empresario. 4) Por otro lado, a millones de chilenos, al momento de optar a un cargo o empleo, sea en el sector publico o privado, se les exige tener un historial crediticio y de antecedentes sin tacha. Esta exigencia se hace extensiva en muchas grandes empresas a aquellas contratistas que deseen prestar servicios, en el ámbito de las deudas previsionales. En efecto, la empresa que posea deudas previsionales con sus trabajadores, mal podría dar muestras de cumplimiento en el ámbito contractual cuando ella no las cumple con sus propios trabajadores, cuando la ley así se lo exige. 5) Sin embargo, constatamos que este requisito no es exigido al momento de optar a aquellos cargos de representación popular en que existe un vínculo de cercanía y confianza mas estrecho, como es el caso de alcaldes y concejales, quienes sólo deben cumplir las exigencias que señala el artículo 73 de la Ley Orgánica de Municipalidades. Esto es: a) Ser ciudadano con derecho a sufragio; b) Saber leer y escribir; c) Tener residencia en la región a que pertenezca la respectiva comuna o agrupación de comunas, según corresponda, a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección; d) Tener su situación militar al día, y e) No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece esta ley. 6) Tanto alcaldes y concejales deben, asimismo, cumplir con el principio de probidad administrativa consagrado en el artículo 7° de la ley orgánica constitucional de Bases Generales de la administración del Estado, que implica “una conducta moralmente intachable y una entrega honesta y leal al desempeño de su cargo con preeminencia del interés público sobre el privado.” Es en esta misma línea que estimamos indispensable, en razón de la alta investidura de su cargo, de los vínculos de cercanía con la ciudadanía, y la confianza que esta última deposita en ellos, que aquel candidato a alcalde o concejal debe exigírsele una conducta irreprochable en lo que a sus obligaciones de carácter previsional se refiere. Un buen manejo y control de la probidad pública fortalece las bases democráticas del sistema y de cada una de sus instituciones consolidando el estado de derecho y consiguientemente las confianzas necesarias entre los ciudadanos y quienes mas directamente lo representan. Asimismo, estimamos que a diferencia de otros cargos de representación popular, tal como el de diputado, en que se le exige un requisito de permanencia en la región en a lo menos dos años antes de la elección, el candidato a concejal o alcalde guarda una relación mucho mas intima y directa con sus votantes, en atención a la cercanía con la comuna a la que representan, a diferencia del representante de la Cámara Baja, que muchas veces representa a una agrupación de comunas en su distrito. Es por esto que pensamos se torna relevante exigirles un requisito de permanencia en dicha comuna a la que aspiran representar. 2. Ideas Matrices. Este proyecto de ley tiene por idea esencial establecer una nueva causal de inhabilidad para optar al cargo de alcalde o concejal, estableciendo que aquel candidato debe carecer de antecedentes que signifiquen un incumplimiento en sus obligaciones de carácter previsional para con sus trabajadores. Es decir, aquel alcalde que incumpla el mandato del legislador en cuanto a cancelar en forma oportuna e íntegra las cotizaciones previsionales de sus trabajadores se considerará inhabilitado para optar al cargo de alcalde o concejal. Además, modificar el requisito para poder optar al cargo de concejal o alcalde, en cuanto a restringir la permanencia exigida desde la región a la comuna a la que esperan dirigir sus destinos. Es por eso que sobre la base de estos antecedentesProyecto de ley: Art. 1°. Modifíquese la letra c) del artículo 73 de la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades en el siguiente sentido: “c) Tener residencia en la respectiva comuna a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección.” Art. 2°. Agréguese una letra d) al artículo 74° de la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades en el siguiente sentido: “d) Las personas que a la fecha de la inscripción de sus candidaturas, mantengan montos impagos por concepto de cotizaciones previsionales de su o sus trabajadores”.4. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Vargas, Becker, Bertolino, Burgos, Ceroni, Delmastro, Galilea, García, y de las diputadas señoras Herrera, doña Amelia e Isasi, doña Marta. Modifica el artículo 385, del Código de Procedimiento Civil. (boletín N° 5736-07) “Considerando: El proceso de modernización del Estado que se está desarrollando en nuestro país desde hace ya varios años debe comprender no sólo su área ejecutiva o de administración, sino que debe extenderse a todas las dimensiones a través de las cuales el Estado se manifiesta. En ese marco, no cabe duda que una de las áreas que debe verse sometida a dicho proceso es la jurisdiccional y, más concretamente, la de los procedimientos a través de los cuales se desenvuelve el ejercicio de la jurisdicción, que en muchos casos, se han originado bajo una realidad muy distinta a la actual, resultando en ocasiones obstructivos de cara a la agilidad que en todo ámbito exigen nuestros tiempos, particularmente tratándose del desarrollo de actividades laborales, económicas o comerciales, en que los ritmos de trabajo son ágiles e intensos. Muestra de lo anterior ha sido, por ejemplo, la reforma procesal penal que se encuentra en vigencia desde hace algunos años y que, sin duda, ha significado un importante avance en lo que a agilización de procedimientos se refiere, o la reforma al procedimiento laboral, que pronto entrará en vigencia y que, entre otros fines u objetivos, también pretende significar una mayor simplicidad y expedición en estos procedimientos judiciales. De otra parte, la necesaria implementación de reformas que permitan simplificar, en la medida de lo posible, las diligencias y trámites a través de los cuales se desarrollan los procedimientos judiciales, se vuelve especialmente relevante si ellas, como ocurre con la que más delante se indicará, han de contribuir a no entorpecer la solución y tramitación de los conflictos jurídicos en sede jurisdiccional. Teniendo en cuenta lo anterior, ha sido posible detectar, en el contexto del procedimiento civil que rige en nuestro ordenamiento jurídico procesal, que en una de las áreas o etapas más delicadas y trascendentes de todo proceso, esto es, la de prueba, y más específicamente, tratándose de la diligencia de absolución de posiciones, que es el trámite mediante el cual se ha de producir una prueba tan relevante como la confesión judicial, se encuentra vigente la exigencia de que en los casos en que el litigante de un juicio civil sea una persona jurídica, deberá, necesariamente si así lo exige la contraparte, comparecer a absolver posiciones, el representante legal de la mismas, que en el caso de las sociedades anónimas, por disposición expresa de la ley, es el gerente general. Desde el punto de vista estrictamente procesal, una exigencia como la referida presenta severos inconvenientes prácticos que terminan perjudicando a los demandantes, y especialmente a los trabajadores en los juicios laborales, sin perjuicio que conllevan igualmente inconvenientes para la marcha de las empresas. En efecto, no parece adecuado, para los fines propios de la diligencia de absolución de posiciones, pedirle a quien ocupa un alto cargo de administración el conocimiento pormenorizado de las actividades o hechos que la mayor parte de las veces dicen relación con áreas específicas que, lógicamente no están a su alcance o conocimiento personal. Tampoco tiene sentido que se exija comparecer a quien, al momento de ocurrir los hechos sobre los cuales se le va a interrogar, no ocupaba el cargo de gerente general, sino que ocupaba otro, o simplemente no trabajaba en la empresa. Asimismo, no resulta lógico que en el caso de personas jurídicas que cuentan con oficinas o sucursales en zonas distintas del país, deba comparecer el gerente general, en circunstancias que seguramente existe personal de la referida sucursal u oficina que tiene mejor conocimiento respecto de los hechos sobre los cuales deberá declarar. En los hechos, la citación al gerente general conlleva dilaciones y demoras en la tramitación de los procesos, pues éstos muchas veces se encuentran distantes del tribunal que los cita, lo que significa incurrir en costos por notificación y compulsas, que perjudican en la mayor de las veces a la parte demandante. En definitiva, una diligencia probatoria de la trascendencia y valor que presenta la absolución de posiciones, por su propia naturaleza, así como por las finalidades que se señalaron en un principio, debiera admitir la comparecencia y declaración de una persona natural dependiente de la persona jurídica litigante de que se trate, en la medida que cuente con la autorización y facultades que sean necesarias para representar a dicha persona, en la diligencia específica. La modificación legislativa que se pretende implementar mediante el presente proyecto, no obstante su especificidad, se enmarca en el ya referido proceso de modernización de los procedimiento judiciales por medio de los cuales se desarrolla la actividad jurisdiccional y apunta a permitir, al mismo tiempo, una necesaria modernización en el procedimiento civil que contempla nuestro derecho, acabar con las dificultades operativas que genera la obligatoria comparecencia del gerente general a dicha diligencia, propender a una mayor eficacia en su realización y terminar, también, con la práctica abusiva para la cual se ha prestado, según se dijo con antelación, la situación hasta hoy vigente. Atendido lo que se ha señalado, el presente proyecto pretende introducir una modificación, específicamente en el artículo 385 del Código de Procedimiento Civil, que admita la posibilidad de que, en el caso que el o los litigantes en un proceso judicial sean personas jurídicas, puedan comparecer a absolver posiciones las personas naturales o apoderados, dependientes de las mismas, que se encuentren debidamente facultadas para ello, terminando así con la exigencia de que quien comparezca deba ser, necesariamente, el administrador o gerente general de la misma, con las dificultades que dicha exigencia conlleva. Por tanto, Venimos en presentar el siguientePROYECTO DE LEY: “Artículo único. Introdúcese la siguiente modificación al Código de Procedimiento Civil: Agréguese al artículo 385, el siguiente inciso 3°, nuevo: Inciso 3°: “Cuando el litigante sea persona jurídica, podrá siempre declarar bajo juramento su representante legal, o quien tenga facultades suficiente para ello, acreditadas estas últimas mediante instrumento público”.5. Oficio del Tribunal Constitucional. “Santiago, 9 de enero de 2008. Oficio Nº 1696Señor PresidenteCámara de Diputados Tengo el honor de remitir a V.E. copia autorizada de la sentencia de fecha 8 de enero de 2007, dictada por el Tribunal Constitucional en el Rol Nº 977-07-INA, acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 5º de la ley Nº 17.332, en relación con la causa RIT A-220-2007 de que conoce el Juzgado de Cobranza Laboral y Provisional de Santiago. Dios guarde a V.E. (Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL, Presidente; RAFAEL LARRAÍN CRUZ, SecretarioAL SEÑOR PRESIDENTEDE LA CÁMARA DE DIPUTADOSDON PATRICIO WALKER PRIETOPRESENTE”.6. Oficio del Tribunal Constitucional. “Santiago, 13 de diciembre de 2008. Oficio Nº 1647Señor PresidenteCámara de Diputados En cumplimiento a lo ordenado en la resolución de fecha 12 de diciembre pongo en su conocimiento el requerimiento Rol Nº 944-2007-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 5º de la ley Nº 18.900, en la causa seguida ante la Corte Suprema bajo el Rol Nº 4877-2007, caratulado “Barrera Eduardo con Fisco”. Adjunto resoluciones en que se declara admisible y se fijan las reglas de tramitación y se da traslado para los fines que indica. Dios guarde a V.E. (Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL, Presidente; RAFAEL LARRAÍN CRUZ, SecretarioAL SEÑOR PRESIDENTEDE LA CÁMARA DE DIPUTADOSDON PATRICIO WALKER PRIETOPRESENTE”.7. Oficio del Tribunal Constitucional. “Santiago, 13 de diciembre de 2008. Oficio Nº 1687Señor Presidente En cumplimiento de la resolución de 3 de enero de 2008, tengo el honor de poner en conocimiento de V.E. copia autorizada del requerimiento Rol Nº 1.006-07-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 96 del Código Tributario, en los autos caratulados “Tesorería General de la República con Sanchirico Galliani y otros”, Rol Nº 2415 del Juzgado Civil de Rancagua. Además, le adjunto la resolución de admisibilidad y la que fija las respectivas reglas de tramitación del requerimiento ante esta Magistratura. Dios guarde a V.E. (Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL, Presidente; RAFAEL LARRAÍN CRUZ, SecretarioAL SEÑOR PRESIDENTEDE LA CÁMARA DE DIPUTADOSDON PATRICIO WALKER PRIETOPRESENTE”.