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- rdf:value = " El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables señores Horvath y Prokurica y del entonces Senador señor Viera-Gallo, en primer trámite constitucional, que introduce diversas modificaciones a la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente .
Enmiendas a Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente
--Los antecedentes sobre el proyecto (3286-12) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los Senadores señores Horvath y Prokurica y del ex Senador señor Viera-Gallo).
En primer trámite, sesión 10ª, en 9 de julio de 2003.
Informes de Comisión:
Medio Ambiente y B. Nacionales, sesión 55ª, en 3 de enero de 2005.
Medio Ambiente y B. Nacionales (segundo), sesión 88ª, en 4 de marzo de 2008.
Discusión:
Sesión 56ª, en 4 de enero de 2006 (se aprueba en general).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El proyecto fue aprobado en general en sesión de 4 de enero de 2006 y cuenta con un segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, que consigna, en su primera página, las pertinentes constancias reglamentarias.
La modificación efectuada por aquella al texto de la iniciativa aprobada en general consiste en agregar una nueva materia que deberán tener en cuenta los estudios de impacto ambiental, cual es una descripción circunstanciada de la forma en que el proyecto o actividad considerados para su calificación, se compatibiliza con las políticas o estrategias de planificación territorial, incluyendo las de ordenamiento territorial y de zonificación del borde costero dictadas o sancionadas por los órganos de la Administración del Estado competentes.
Tal enmienda fue acordada por unanimidad, por lo que debe ser votada sin debate, salvo que algún señor Senador objete lo aprobado por la Comisión o haya una indicación renovada.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado dividido en cuatro columnas, que transcriben los artículos pertinentes de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el proyecto aprobado en general; la modificación efectuada en el segundo informe, y el texto final que resultaría de aprobarse dicha enmienda.
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