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- rdf:value = " El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el honorable diputado Francisco Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , dado lo completas que han sido las exposiciones de los diputados informantes de la Comisión de Hacienda y de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, no me referiré al contenido del proyecto, porque ha sido latamente ilustrado. Sin embargo, quiero señalar que en su momento esta última Comisión tuvo una legítima duda acerca de la constitucionalidad de algunas deposiciones del tratado de cooperación en materia de patentes. Por eso, me parece oportuno hacer presente la necesidad de recurrir a las instancias constitucionales ante el surgimiento de dudas durante la tramitación de determinado proyecto.
Al respecto, el artículo 93 de la Constitución Política del Estado, en su número 3º, dispone que son atribuciones del Tribunal Constitucional “Resolver las cuestiones sobre constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de los proyectos de ley o de reforma constitucional y de los tratados sometidos a la aprobación del Congreso;”.
Para hacer viable la resolución respecto de la constitucionalidad, en este caso, del tratado sometido a la aprobación de la Cámara de Diputados, se precisa que “el Tribunal podrá conocer de la materia a requerimiento del Presidente de la República , de cualquiera de las Cámaras o de diez de sus miembros.”
Cuando se presentó la duda de constitucionalidad, la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana hizo uso de ese mecanismo. Así, solicitó a la Sala que planteara, en el punto de tramitación en que estaba el proyecto, la cuestión al Tribunal Constitucional especializado para que resolviera si era o no procedente.
La argumentación para ello fue muy simple: si los parlamentarios tenemos una duda de constitucionalidad, debemos hacerla pre-
sente en el momento en que ella surge. No es posible que existiendo esa duda de constitucionalidad, despachemos un proyecto de ley con todos los trámites y formalidades que la Constitución indica, para que, con posterioridad, a través de un requerimiento que pueden formular diez integrantes de cualquiera de las dos cámaras, se eche abajo esa tramitación, como ha ocurrido con el tratado penal internacional. De manera tal que señalo la necesidad de que los parlamentarios hagamos uso de los recursos e instancias constitucionales que están establecidas para, precisamente, dilucidar cuestiones que son de fondo e importantes.
La Sala podrá adoptar la procedencia o no de las solicitudes. Pero lo que no puede hacer es, simplemente, obligar a la Comisión a pronunciarse por no efectuar la consulta.
En su momento, precisamente, la Comisión, ante esa presión de la Corporación, adoptó la decisión de no pronunciarse sobre el proyecto en la forma que constitucionalmente correspondía hacerlo. Sin embargo, con posterioridad, luego de escuchar y acoger los argumentos del ministro de Economía , presente en la Sala, la Comisión se vio en la obligación de adoptar una definición respecto del proyecto para honrar los compromisos internacionales contraídos por Chile en los tratados de libre comercio celebrados con Estados Unidos, la Unión Europea y la Asociación Europea de Libre Comercio. Y hemos hecho fe en la opinión del ministro de Economía para los efectos de que la comisión correspondiente pudiera evacuar un pronunciamiento respecto de esta iniciativa a la honorable Corporación.
En definitiva, no obstante aquellas dudas de constitucionalidad, creo que el proyecto tiene grandes ventajas en materia de tramitación de patentes. Entre otras, significará un ahorro sustancial de los costos en la medida en que la solicitud internacional produce los efectos de una solicitud nacional en los estados designados. Además, cualquier tercero estará en mejores condiciones de formarse una opinión fundada sobre la posible patentabilidad y preparar adecuadamente eventuales oposiciones.
Asimismo, se fortalecerá la labor de búsqueda y examen de las oficinas nacionales de patentes; se creará una base de datos de invenciones y nuevos desarrollos, fácilmente accesible y catalogada; se estandarizarán internacionalmente los requisitos formales que las oficinas nacionales de patentes pueden solicitar; se contemplará una publicación internacional, y se permitirá -no es menos importante que las anteriores- la posibilidad de sanear los errores, indicando que en ningún caso puede ser rechazada una solicitud internacional por el motivo de que no cumple con los requisitos del tratado de cooperación en materia de patentes o sus reglamentos o con la legislación nacional, sin antes dar oportunidad al solicitante de corregir dicha solicitud.
En consecuencia, los diputados de mi bancada apoyaremos la iniciativa del Gobierno para, precisamente, mantener los compromisos internacionales de Chile, según lo hizo presente el ministro de Economía en la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
He dicho.
"
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