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Honorable Senado:
Considerando:
1.-El que muchos pobladores rurales han recibido apoyo técnico por parte de Municipios o por motivación propia para obtener derechos de agua, al hacerse conscientes del valor de ésta o del riesgo de que otros los soliciten y los estén utilizando.
2.-El que la Ley N° 20.017, que modificó el DFL 1122/81, Código de Aguas, incluyó la obligatoriedad de complementar las publicaciones en diarios mediante mensajes radiales, que es la forma en que realmente los pobladores rurales se enteran de las peticiones de derechos de aguas que les puedan afectar.
3.-El que los mensajes tienen bajo costo y son complementarios a los avisos escritos, aunque quede registro escrito de los mensajes.
4.-El que un número significativo de personas, por falta de información oportuna o asesoría insuficiente, no han complementado sus solicitudes con mensajes radiales en el plazo establecido por la ley, perjudicándolos notablemente porque deben reiniciar su trámite completo.
Es que vengo en presentar la siguiente
MOCIÓN DE LEY
CONCEDE MAYOR PLAZO PARA COMUNICACIÓN RADIAL
EN PROCESO DE OBTENCIÓN DE DERECHOS DE AGUAS
Artículo 1°.-
Reemplácese las dos primeras oraciones del inciso tercero del Artículo 131 del DFL 1122/81, cuya última modificación corresponde a la Ley N° 20.099, por las siguientes:
“La solicitud o extracto se comunicará, a costa del interesado, además, por medio de tres mensajes radiales. Estos mensajes deberán emitirse dentro del plazo de 150 días adicionales a los que establece el inciso primero de este artículo.”
Artículo Transitorio.-
“Las personas naturales que hayan solicitado derechos de aguas, sin que se les haya presentado oposición y que no hayan cumplido con lo señalado en el inciso tercero del Artículo 131, tendrán un plazo extraordinario de 120 días a contar de la publicación de la presente ley, a fin de completar el procedimiento legal”
ANTONIO HORVATH KISS, Senador.- Hosaín Sabag Castillo, Senador.
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