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El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Proyecto, iniciado en moción de los Senadores señora Matthei y señor Pérez Varela, que sustituye el artículo 119 del Código de Aguas, con informe de la Comisión de Obras Públicas.
--Los antecedentes sobre el proyecto (5818-09) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los Senadores señor Pérez Varela y señora Matthei).
En primer trámite, sesión 11ª, en 15 de abril de 2008.
Informe de Comisión:
Obras Públicas, sesión 23ª, en 3 de junio de 2008.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El objetivo principal de la iniciativa es reemplazar el artículo 119 del Código de Aguas, que establece las menciones que deben contener las inscripciones originarias de los derechos de aprovechamiento de aguas, para lograr una mayor precisión y concordar esta materia con el artículo 45 del Reglamento de Catastro Público de Aguas en lo que concierne a la doble inscripción del derecho de aprovechamiento.
La Comisión de Obras Públicas discutió la materia solo en general, no obstante tratarse de una iniciativa de artículo único, y propone a la Sala que adopte igual resolución.
Dicho órgano técnico aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus integrantes, Senadores señores Kuschel, Letelier, Longueira, Romero y Ruiz-Esquide.
El texto pertinente se consigna en el primer informe.
Finalmente, la Comisión deja constancia de que la Dirección General de Aguas entregó una propuesta de indicación, la que se acordó analizar durante la discusión particular.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
En discusión general la iniciativa.
Tiene la palabra el Honorable señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA .-
Señor Presidente, el proyecto en análisis, iniciado en moción de la Senadora señora Matthei y de quien habla y aprobado en forma unánime por la Comisión de Obras Públicas -como expresó el señor Secretario en su relación-, es simple.
En la actualidad las inscripciones de los derechos de aprovechamiento de aguas se consignan en dos momentos distintos: primero, ante el conservador de bienes raíces respectivo, que los técnicos llaman "inscripción originaria", y luego, de acuerdo con el artículo 45 del Reglamento del Catastro Público de Aguas, en el Registro Público de Aguas , perteneciente a la Dirección General de Aguas.
La inscripción en el conservador de bienes raíces prueba las acciones que las personas poseen sobre determinados cauces de agua. Y el Catastro, como el detalle establecido es mucho más preciso, establece -por decirlo de una manera más burda- cuál es el verdadero caudal que le corresponde al propietario del derecho.
El problema radica en que muchas veces se generan discordancias entre la inscripción realizada en el Registro Público de Aguas y la efectuada en el conservador de bienes raíces. Ello se produce porque el artículo 119 del Código de Aguas no es claro en cuanto a las características y los requisitos que debe tener la inscripción. Es más: para inscribir estos derechos, el conservador exige cada uno de los requisitos; pero estos, lamentablemente, no se definen con claridad en el mencionado artículo 119.
Por lo tanto, la iniciativa tiene como propósito solo estandarizar, uniformar lo que el Reglamento del Catastro señala en cuanto a las características para inscribir los derechos de aprovechamiento de aguas con lo establecido para la inscripción en el conservador de bienes raíces.
Ello minimizará los conflictos, las dificultades y las discrepancias.
Al inicio de mi intervención expresé que la iniciativa es simple, porque se trata de precisar las menciones que debe contener la inscripción originaria -si los señores Senadores leen con atención la propuesta, verán que son siete-, todas las cuales deben ser demostradas ante el conservador de bienes raíces.
Por consiguiente, no formulamos una exigencia adicional, sino que planteamos un ordenamiento para homologar las normas de ambos registros.
En la Comisión, el Gobierno, a través del titular de la Dirección General de Aguas, organismo dependiente del Ministerio de Obras Públicas, manifestó su conformidad con la iniciativa. Asimismo, tal como consigna el informe, el Ejecutivo planteó una indicación para mejorar los procedimientos a fin de perfeccionar los derechos de aprovechamiento de aguas, propuesta que, sin duda, será analizada en la discusión particular.
En tal sentido, tenemos algún grado de discrepancia con la Dirección General de Aguas. Mediante la proposición señalada, dicho organismo busca tener un rol mucho más preponderante en la resolución de los conflictos, en lugar de que lo hagan los tribunales. A nuestro juicio, se debe perfeccionar el actual sistema procedimental, pero siempre han de ser los tribunales los que resuelvan las divergencias suscitadas entre particulares, entre particulares y juntas de vigilancia, entre particulares y el Estado o entre regantes.
En consecuencia, si bien miramos con simpatía la indicación referida, considero que durante el debate en particular se requerirán algunas modificaciones.
En síntesis, el proyecto nace de una moción elaboramos con la Senadora señora Matthei ; es simple, y busca homologar las características que deben contener las inscripciones.
Estimo que, si el Congreso lo aprueba, muchos de los conflictos, las discrepancias y las dificultades -que son variadas y permanentes- que hoy se producen en esta materia, en especial en el mundo rural, desaparecerán. Ello, porque contaremos con las mismas menciones tanto en la inscripción en el conservador de bienes raíces como en la del Registro Público de Aguas de la Dirección General de Aguas . Por tanto, se conocerán de antemano los caudales de agua que cada propietario tiene derecho a utilizar.
Ese es el sentido de la iniciativa.
En consecuencia, espero que la Sala apruebe la idea de legislar, tal como hizo la Comisión.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente, el artículo el Código de Aguas que se propone modificar ha sido fuente de un sinnúmero de problemas.
De hecho, dos proyectos de ley han debido salvar de modo transitorio la falta de inscripción en el Registro Público de Aguas , dado que los titulares de los derechos de aprovechamiento se entienden propietarios -y, legalmente, así es- con la sola inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas . Ello, porque, al igual que para todo inmueble u otro tipo de bien, como las minas, se establece como dominio o concesión (en el caso de yacimientos mineros) el registro formalizado ante el respectivo conservador.
Nos hemos encontrado -en la Comisión de Agricultura analizamos el punto en dos ocasiones, y en la de Obras Públicas, en una- con que no se podían pagar los subsidios de riego cuando los beneficiarios no tenían inscritos los derecho de aprovechamiento de aguas.
El señor PÉREZ VARELA.-
¡En el Catastro, se entiende!
El señor VÁSQUEZ.-
Exacto: en el Catastro.
Y mucho me temo, señor Presidente, que esa situación se vuelva a repetir. Baste recordar que el subsidio de riego vence en 2010; y si se prorroga, se mantendrá la exigencia de estar inscrito en el Catastro.
En consecuencia, votaré a favor de la idea de legislar. Todo lo que facilite la inscripción de derechos de aprovechamiento de aguas por parte de los propietarios será positivo.
Sin embargo, señor Presidente , pido que el proyecto sea visto por la Comisión de Agricultura. No podemos permitir que lo ocurrido con los subsidios vuelva a suceder a un número importantísimo de personas. En aquella ocasión, durante meses no se pagó el beneficio porque más de 15 mil propietarios no estaban inscritos en el Catastro. Ellos lo estiman como un trámite innecesario.
Cuando las aguas faltan, por norma general, se procede a reducir las cuotas en determinados porcentajes en las asociaciones de canalistas o en la comunidad que las aprovecha.
De ahí que, señor Presidente , junto con anunciar mi voto favorable, solicito enviar el proyecto a la Comisión de Agricultura, tanto por lo que hemos vivido como por los problemas que los pequeños, medianos y grandes agricultores han sufrido en función del mencionado Catastro Público de Aguas .
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente, la intervención del Senador señor Pérez -autor de la moción, junto con la Honorable señora Matthei - me ahorra cualquier otro comentario.
Como miembro de la Comisión, debo decir que la iniciativa fue aprobada en forma unánime.
En realidad, las asociaciones de canalistas y todas las personas que de alguna forma deben cumplir con el requisito de que trata el artículo 45 del Código de Aguas, lo único que desean es que el proyecto sea tramitado rápido. Y su objetivo es -como se manifestó aquí- homologar dos registros que se llevan en el país en materia de derechos de aprovechamiento de aguas.
Históricamente, los derechos originarios han estado inscritos en los conservadores de bienes raíces. Pero hoy día se pretende establecer una equiparidad en tal sentido, básicamente conforme a litros por segundo, y sujetar a determinada exigencia toda la nomenclatura relacionada con anteriores asignaciones de canales, derechos de agua, en fin.
Para ese efecto, la iniciativa homologa los dos registros, lo que facilitará los trámites. Por eso, contó con la aprobación unánime en la Comisión. Esperamos que ocurra lo mismo en la Sala y podamos despacharla cuanto antes.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, la moción presentada por los Honorables colegas pretende flexibilizar y homologar la inscripción en el Catastro Público de Aguas con la inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas que llevan los conservadores de bienes raíces.
Sin embargo, los verdaderos títulos, los que valen y se ejercen, están inscritos en dichos conservadores. Dicho Catastro solo tiene carácter administrativo, en virtud del artículo 122 del Código de Aguas. Esto ha provocado la situación descrita por el Senador señor Vásquez , cual es que los inscritos en el Catastro Público, que es un acto administrativo, quedan impedidos de ejercer el legítimo derecho de propiedad que tienen los dueños de las aguas.
Los primeros perjudicados fueron los agricultores y, curiosamente, la Comisión Nacional de Riego. Ella había destinado 14 mil millones de pesos a obras que se ejecutaron, pero no pudieron ser cobrados. Para hacerlo, se requería estar inscrito en el Catastro.
Es más: con respecto a muchas de las obras de riego realizadas por el Gobierno a través de canales y embalses construidos a lo largo del país, como La Paloma, Santa Juana , Digua, Pencahue, Laja-Diguillín , hoy día ninguno de los agricultores puede optar a subsidios para el riego, porque no se hallan inscritos en el Catastro Público.
Por lo tanto, existe una limitante grave para los pequeños y medianos agricultores.
¡Cómo será que para poder pagar esos 14 mil millones de pesos tuvimos que aprobar una normativa especial!
En consecuencia, hay una medida administrativa relacionada con dicho Catastro que impide ejercer el legítimo derecho de propiedad a los agricultores que tienen las aguas. Y eso, incluso, significa una vulneración al artículo 19, número 26°, de la Constitución Política de la República, pues se ponen trabas al libre ejercicio del derecho de aprovechamiento de aguas.
Por ello, creo que el proyecto, que parece inocente, tendrá diversas consecuencias en virtud de lo señalado, siendo necesario escuchar a los sectores involucrados.
De otro lado, señor Presidente , es del caso destacar que la Comisión de Obras Públicas solo extendió invitación a ciertas personas, en especial a representantes de la Sociedad Nacional de Agricultura. Pero se los citó el lunes para el martes. Naturalmente, enviaron una carta declarando que era imposible que una materia tan sensible como esta fuese expuesta de un día para otro.
Recuerdo que en uno de los viajes que realicé a mi Región visité San Carlos y me reuní con la Junta de Vigilancia del río Ñuble. Después de conversar sobre algunas materias, sus integrantes se manifestaron indignados por la forma en que se está procediendo. Dijeron que "cómo era posible que ello ocurra". Vale decir, estimaron que era grave la situación.
Por eso, es importante escuchar a los sectores implicados en el asunto. Lo digo porque lo que ayer se vio como inocente, hoy implica diversas consecuencias.
Incluso, mañana celebraremos una sesión especial para tratar el problema energético.
Cabe señalar que tanto la Corfo como la Comisión Nacional de Riego realizan estudios para aprovechar las aguas. ¡Pero todo se encuentra parado por el cuello de botella que representa el artículo 122 del Código de Aguas!
Por lo tanto, señor Presidente, siendo este un proyecto con buenas intenciones -no me cabe duda-, debe escucharse a los sectores involucrados.
La Sociedad Nacional de Agricultura invitó a diversos técnicos para ser escuchados por la Comisión de Obras Públicas.
Una situación similar ocurre con la Junta de Vigilancia de los Regantes. Sus miembros no han sido consultados.
Porque esto, que parece un inocente proyecto de ley que tiende a facilitar las cosas, podría causar graves daños, como los que ha estado provocando el artículo 122 del Código de Aguas.
Sin embargo, se pretende perfeccionar ese precepto, en circunstancias de que fue necesario aprobar una normativa para suspender su aplicación. Si la idea es tratar de sacar muchas centrales de pasadas de agua, a lo mejor, nuevamente habrá que suspenderla.
Lo anterior hay que analizarlo de manera profunda.
Por último, reitero: por ser este un proyecto de ley no objetable, por lo menos hay que escuchar a los sectores involucrados antes de que llegue de nuevo a la Sala.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, en verdad resulta loable el objetivo tendiente a lograr una mayor claridad respecto de las inscripciones de derechos de aprovechamiento de aguas, lo cual significa reemplazar el artículo 119 del Código de Aguas, haciéndolo concordante con el artículo 45 del Reglamento de Catastro Público. Así se evitarán errores u omisiones al momento de efectuar la doble inscripción.
El problema es real. Pero ésta es solo una parte de él. Hay algo más profundo, porque sería necesario resolver primero la equivalencia de la acción en los cauces.
Los Senadores de sectores rurales y agrícolas saben que los cauces se encuentran divididos desde principios de siglos en diversas partes. Y si esto no queda saneado totalmente, el desorden y el caos de los diferentes cauces y cuencas en que se presenta tal situación se transformarán en una limitante para la convivencia y el desarrollo de la equidad entre los distintos usuarios de una fuente. Ejemplos patéticos de ello son los derechos de los regantes de los ríos Ñuble y Laja , por nombrar algunos.
Dicho de otra manera, ya que hay ánimo para tomar acuerdos y estamos en vías de hacerlo, ¿por qué no solucionamos todos los problemas que generan conflictos permanentes, ponen trabas al desarrollo y afectan la equidad? ¿Por qué no se revisan todas las normas que no hacen imperio, son ineficaces o no están actualizadas con la dinámica del desarrollo y con los conceptos modernos de equidad y gestión del agua?
Lo anterior, por cierto, considerando en todo momento la valiosa opinión del lugar donde se viven y sufren los problemas, que son las regiones y los sectores que conocen exactamente las dificultades que surgen.
El problema existe, al igual que muchos otros que también requieren solución, como el artículo 172, sobre modificaciones de cauce.
En este sentido, uno se pregunta por qué hacer las cosas tan fáciles ante un interés parcial. A veces ellas se dificultan frente a los intereses de fondo. Por eso, creo que estos últimos deberían abordarse de una vez.
En el Registro Público de Derechos de Aprovechamientos de Aguas , según lo indica el Reglamento, deberán registrarse todos los derechos constituidos o reconocidos en conformidad a la ley. Tal inscripción, de acuerdo con lo establecido en los artículos 32 y siguientes de ese mismo texto, tiene el carácter de obligatoria, pues la Dirección de Aguas está obligada a no recepcionar la solicitud relativa a los derechos de aprovechamientos de aguas, a menos que los interesados exhiban copia autorizada del respectivo Catastro Público (artículo 33 del Reglamento).
Las menciones que debe contener la referida inscripción, señaladas en el artículo 45 del Reglamento del Catastro, se consideran características esenciales de cada derecho de aprovechamiento de agua objeto de regularización.
Sin embargo, con iniciativas individuales resulta perfectamente esperable que el problema global no se resuelva nunca.
Insisto, el asunto de fondo radica en los miles de titulares con derechos no perfeccionados ni identificados por completo. La mayoría de ellos no cuenta con conocimientos ni recursos para regularizarlos. Por ello, la vía existente -la judicial- solo puede ser utilizada por quienes poseen recursos económicos. Se produce con eso nuevamente un asunto de equidad: el que posee dinero resuelve su situación, y quien no, la mantiene eternamente.
El Director General de Aguas señaló que su institución está de acuerdo con el proyecto en análisis. Aunque no tuve oportunidad de participar en el debate habido en la Comisión, me gustaría preguntar a dicha autoridad -tal vez los señores Senadores que representan a zonas rurales tienen la misma inquietud-: ¿soluciona esta iniciativa el problema a todo el mundo o con ella solo se atienden las necesidades de los más poderosos, por así llamarlos?
La modificación al Código de Aguas de la ley N° 20.017, aparte de trancar las tramitaciones en la Dirección General por seis meses a lo menos, permite que hoy solo puedan acceder al recurso los grandes empresarios cuando se entra en hipótesis de remate y tienen dinero para ofertar. Al respecto, cabe preguntar si la gente tendrá alguna razón para seguir en el campo cuando vaya quedando sin agua.
Algunos dirán: "El Estado verá cómo resuelve el problema". Como queremos anticiparnos a ello y posibilitar la regularización y el cuidado de los derechos de los pequeños propietarios, pensamos que esto requiere un debate mucho más profundo.
El Director General de Aguas en su informe propuso el establecimiento de un procedimiento voluntario, para que no sea necesario demandar al Fisco, sino solo hacer una presentación ante el tribunal respectivo. De ese modo, la DGA puede emitir un informe, para que, en mérito de este y con los antecedentes que proporcione el solicitante, se resuelva la solicitud.
La idea de contar con una modalidad más expedita para el perfeccionamiento de los derechos de aprovechamiento de aguas ha sido analizada también, con toda propiedad, por la Sociedad Nacional de Agricultura.
No obstante, la única institución que cuenta con capacidad técnica y la información necesaria para desenredar esta madeja llena de nudos ciegos es la Dirección General de Aguas.
¿Por qué se piensa, entonces, en una solución vía tribunales o, al menos, mixta con tribunales?
¿No sería mucho más práctico y efectivo que a la Dirección General de Aguas se la dotara de facultades directas para perfeccionar aquellos derechos no regularizados, a través de actos administrativos?
¿No sería mejor que a la DGA se le otorgaran los recursos humanos y económicos necesarios para ello -constituye un trabajo muy sensible que requiere de un ente capacitado técnicamente y garante del interés colectivo-, dejando la alternativa de recurrir a los tribunales y que el peso de la prueba sea de quienes no concuerden con lo resuelto? Es decir, un procedimiento administrativo previo a la comparecencia judicial.
Advierto: si insistimos en que se recurra de manera inmediata a un juicio sin buscar la mediación de la Dirección General de Aguas, estaremos posibilitando que los únicos que puedan ganar en ese trámite sean los que cuentan con más dinero, más capacitación, más contacto y tengan la posibilidad de pagar a un abogado.
Si se dieran las facultades anteriormente mencionadas a la Dirección General de Aguas, tendría que ser con plazos y recursos bien acotados. En mi opinión, esa sería la solución global definitiva, que apunta hacia la equidad con un garante público distinto de los tribunales. Porque estos no tienen por qué conocer la compleja trama de la ley de derechos de agua -como lo hemos señalado respecto de muchos asuntos laborales- ni en la Corte Suprema hay salas especializadas en la materia.
Por lo tanto, al organismo técnico -la DGA- se le deben dar las instancias de mediación o resolución que sean apelables ante las instancias judiciales. Porque recurrir directamente a los tribunales deja en desmedro a los más modestos, quienes generalmente pierden por incapacidad de defensa.
En lo que dice relación a los derechos de volumen por unidad de tiempo, lo más seguro es que estos se reducirán, pues el vital elemento es cada vez más escaso. Su valor radica en que se establece un criterio, una proporcionalidad, de acuerdo con la disponibilidad de agua existente. Y para alcanzar una buena lógica habría que hacer una equivalencia global. La única institución -reitero- que la puede efectuar es la Dirección General de Aguas, dado su nivel técnico.
Entonces, señor Presidente , insisto en la necesidad de un debate mayor. No sé si la Comisión de Obras Públicas lo realizó. Porque esto no puede quedar entregado única y exclusivamente a la iniciativa particular de aquellos que poseen recursos para poder entablar estas acciones. El problema, que se viene arrastrando desde 1998, sigue enredado, y es aun peor. Por lo tanto, estamos tratando de corregirlo.
¿Por qué no resolver el asunto de fondo de una vez por todas y no solo para los que tienen recursos? De esa forma evitaremos que algunas organizaciones se "suban por el chorro". La Junta de Vigilancia del río Ñuble -que tiene harta buena voluntad- podría pensar en caudales del orden de los 50 metros cúbicos por segundo comprometidos en el riego histórico. Pretende, a través del perfeccionamiento judicial, alcanzar 109 metros cúbicos; es decir, prácticamente el doble o el triple de lo que ha necesitado hasta ahora, por el solo mérito de la inscripción. Y esto me parecería justo si estuviera debidamente resguardado y garantizado, aunque lo dudo. Siendo el agua un bien cada día más escaso, más allá de inscripciones y solicitudes, no tenemos certeza de que vaya a haber disponibilidad del vital elemento.
Las asociaciones de regantes son buenas, porque defienden el derecho de las personas. Pero también persiguen soluciones que estén de acuerdo con los intereses de ellas.
Yo apelo a que las observaciones que he hecho al proyecto sean consideradas, aunque pretendo presentar las indicaciones necesarias para mejorar su texto.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, si hay intención de resolver el problema, solicito la apertura de la votación. Aunque varios señores Senadores intervendrán, tal vez Su Señoría podría acoger mi planteamiento.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
En verdad, si intervinieran todos quienes están inscritos, no podríamos votar hoy la iniciativa.
El señor LARRAÍN .-
Abra la votación.
El señor LETELIER.-
Que se abra, señor Presidente.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
En votación general el proyecto.
--(Durante el fundamento de voto).
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente, el objetivo de la moción que estamos discutiendo es muy simple. Lo señaló el señor Senador que la presentó: modificar el artículo 119 del Código de Aguas. Así debe ser entendido por los Honorables colegas. No apunta a otra materia. Y en la Comisión de Obras Públicas nadie se pronunció en su contra. Constituye una enmienda para perfeccionar y facilitar las inscripciones de los derechos de aprovechamiento de aguas, lo que va a ayudar a grandes y pequeños propietarios de derechos, al homologar la exigencia de información que deben contener los dos registros existentes: el de los Conservadores de Bienes Raíces y los establecidos en el artículo 45 del Reglamento del Catastro Público de Aguas.
La Junta de Vigilancia del río Ñuble se ha reunido con varios señores parlamentarios. También lo hizo conmigo. Y a algunos les expresó cosas completamente falsas. No es el caso de lo planteado por el Senador señor Navarro .
Una de las inquietudes de Su Señoría se discutió en la Comisión. Su debate quedó pendiente.
La indicación respectiva tiene que presentarla el Ejecutivo . La queremos analizar en la discusión particular. Se refiere básicamente al último asunto planteado por ese señor Senador.
Quiero señalar que en la Comisión se desarrolló un trabajo muy serio. Porque aquí da la impresión de que ella no ha escuchado a nadie. Muy por el contrario.
La Junta de Vigilancia del río Ñuble ha formulado reparos precisamente respecto de una indicación del Ejecutivo que se nos pidió incorporar en esta moción para perfeccionar el mecanismo de reclamo existente frente a los tribunales, la cual, por cierto, vamos a discutir escuchando a las organizaciones interesadas y, también, a las personas que deseen participar a este respecto.
Sin embargo, debo señalar que la Comisión ha realizado un trabajo muy serio. Se trata de una iniciativa bastante buena, que otorga facilidades a todas las personas involucradas, especialmente a los pequeños propietarios de derechos de agua en relación con los que disponen de mayores recursos para efectuar todas las modificaciones propuestas.
Por lo tanto, la moción apunta en el sentido correcto; el Ejecutivo la respaldó plenamente, y todos los miembros de la Comisión la votamos a favor.
Así es que pediría circunscribirse al mérito del proyecto, sin perjuicio de que cada Parlamentario puede formular las indicaciones que estime pertinentes.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez para fundamentar el voto.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente, no tengo la menor duda sobre la muy buena intención de quienes han participado en la elaboración de este proyecto de ley. Así es que solo plantearé algunas inquietudes acerca de ciertos alcances de las modificaciones que se sugiere introducir al artículo 119 del Código de Aguas.
Partiendo de la base de que dicho cuerpo legal es uno de los más intrincados del país, muy complejo, lo que deberíamos haber entendido hace mucho tiempo es la diversidad de nuestro territorio desde el punto de vista geográfico, dado que resulta absurdo que sus disposiciones rijan por igual tanto en Aisén como en Antofagasta.
Es ilógico. El agua tiene un sentido por completo distinto desde Coquimbo hacia el norte. Existen por lo menos 3 macrozonas particularmente diferentes en cuanto a los alcances del citado Código.
Reitero mi certeza sobre la buena intención de la iniciativa, porque permite a los pequeños y medianos propietarios agrícolas acceder con mayor facilidad a la obtención de los derechos de agua correspondientes.
Pero tengo dudas -que con seguridad en las zonas central y sur no constituyen mayor problema- con relación al número 4 del artículo 119 propuesto, que dice: "El o los puntos donde se captará el agua y el modo de extraerla;", pues se trata de un tema complejo en zonas donde los acuíferos se encuentran agotados. Y así ocurre en el norte con la mayoría de ellos.
Por eso, cuando se designa uno o más lugares donde extraer agua subterránea, debe hacerse con precisión, ya que de lo contrario se generará una dificultad extraordinariamente grave: la ocurrencia de un litigio, que, al final, lo más seguro es que terminará siendo resuelto por la justicia.
Por tal razón, no obstante avalar la idea de que la moción de los Senadores señora Matthei y señor Pérez Varela simplifica bastante los trámites que establece el actual artículo 119 del Código de Aguas -lo cual se desprende de su lectura-, no cabe duda, sin embargo, de que ciertas disposiciones contenidas en ella pueden resultar de difícil aplicación según la zona del país de que se trate.
De ahí que me parece bien lo manifestado por el Honorable señor Sabag en el sentido de que se debe escuchar a todas las personas implicadas, con especial atención a las provenientes de distintos lugares del país, pues no es lo mismo el derecho de agua aplicado en la zona central que en la zona norte, y con mayor razón no es igual si lo remitimos a la Patagonia, que hoy se encuentra tan de moda.
Entonces, pido -por favor- hacer un esfuerzo para adaptar las normas del Código de Aguas a las condiciones de cada una de las Regiones.
Voto a favor.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente, en primer lugar, vuelvo a insistir en que la Mesa distribuya los tiempos como corresponde, ya que no es posible que algunos señores Senadores intervengan 15 minutos, otros, 10 minutos, y los últimos debamos limitarnos a 5 minutos.
Creo que eso dificulta el debate.
En segundo término, debo hacer presente que nosotros aprobamos el proyecto porque nos pareció adecuado. Escuchamos a las personas que tenían conocimientos técnicos, y dejamos expresamente establecido en el primer informe que, con ocasión del análisis en particular, se iba a analizar el tema oyendo a otras personas.
En el referido informe -y de acuerdo con la información verbal proporcionada por las personas de Secretaría que trabajaron con nosotros-, se deja constancia de que la Sociedad Nacional de Agricultura manifestó que no podía concurrir a la Comisión por disponer de poco tiempo, y se acordó escucharla en la discusión particular del proyecto.
Además, se pidió a uno de los señores Senadores dar nombres de personas para ser escuchadas por el órgano técnico -que ahora ha planteado la ausencia de ese trámite-, pero no dio a conocer ninguno en ese momento.
En definitiva, se encuentra tan expresamente claro que lo que nos interesa es trabajar bien, ya sea en el informe relativo al debate en general como en el de la discusión particular, y oyendo a quien desee ser escuchado, que no tengo ningún inconveniente en aprobar la iniciativa y, de ese modo, ratificar mi voto entregado en ese instante.
Ahora, señor Presidente , debo manifestar mi opinión general sobre el tema, que, obviamente, no muchos comparten.
Yo siempre he considerado -desde que empezó a tratarse el asunto hace muchísimos años- que el agua es un elemento esencial, pertenece al país, por ende, a cada ciudadano globalmente considerado; es de la sociedad chilena, del Estado chileno.
En tales condiciones, debe hacerse una adecuada distribución de dicho recurso, dependiendo de si se trata de la zona norte, central o sur, porque las circunstancias en cada una de ellas son distintas. Pero de ahí a enviar la iniciativa de nuevo a la Comisión de Obras Públicas, o ahora decidir su paso por la de Agricultura, perdónenme Sus Señorías, creo que significaría generar, por ese afán de mandar a una y otra Comisión, una dificultad muy grande en la discusión del proyecto.
Tenemos una iniciativa tratada por 3 organismos técnicos, lo cual, evidentemente, no es un buen mecanismo.
Por eso, la observación realizada en el sentido de que lo propuesto daña fundamentalmente a los propietarios de derechos de agua más pequeños no la entendí de esa forma, al igual que ahora. Pero si así fuera, sin duda, tendríamos que solucionarlo.
Entonces, señor Presidente , lo que se debe hacer aquí es votar el proyecto -y yo me pronunciaré favorablemente-, que vaya a la Comisión para segundo informe, como corresponde, e invitar a todas las personas que deseen asistir, incluidos los señores Senadores , entre los cuales podría estar el Honorable señor Núñez , a quien con mucho cariño estoy respaldando en sus dichos, pero que no me escucha por estar conversando.
El señor LETELIER .-
Está "reflexionando" sobre lo que expuso en su intervención.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Puede continuar, Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
En resumen, señor Presidente, propongo aprobar el proyecto, y que asistan todos los interesados a la discusión particular en la Comisión de Obras Públicas -cuyos nombres se nos prometieron, pero que no nos entregaron en el debate en general-, que es lo que corresponde, a la cual pueden concurrir los miembros de la Comisión de Agricultura que deseen emitir su opinión.
Así es que, manteniendo claramente mi opción -tal vez en la próxima reencarnación- de que el agua sea un bien nacional y de que no se halle adscrita a la propiedad personal, sobre todo sabiendo con exactitud que las próximas guerras estarán motivadas por el agua y no por el petróleo, apruebo en general el proyecto.
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente, si bien es cierto que en apariencia se trata de una iniciativa inocente tanto en su presentación como en su argumentación, reviste implicancias de distinta naturaleza. Y, en ese sentido, comparto plenamente lo señalado aquí respecto de que esta visión homogénea para realidades heterogéneas no corresponde.
Por eso, estoy disponible para aprobar en general el proyecto, pero considero muy oportuno enviarlo a la Comisión técnica respectiva: la de Agricultura.
No se trata de poner obstáculos al trámite de la normativa en debate. Me parece bien que continúe en la Comisión que ya la analizó en primera oportunidad, pero solicito a la Sala que ahora sea vista conjuntamente con la de Agricultura, que es la que está más directamente relacionada.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier, con lo cual terminamos con la fundación del voto.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente, el agua es utilizada por varios sectores de la economía, como el industrial eléctrico, pero no solo por la agricultura, y lo digo a pesar de representar a una Región que usa intensamente dicho recurso.
Sin embargo, independientemente de la utilización del agua, lo que se debe asumir es que el Parlamento -yo lo prefiero enfocar así- no hizo bien su trabajo cuando reformó el Código de Aguas (quizás no se contó con la asesoría adecuada), ya que los requisitos para inscribir en el Registro de Aguas del Conservador de Bienes Raíces no son los mismos que los establecidos en la ley, lo cual lleva a un conflicto innecesario.
Y ese es un dato de la realidad, más aún si se considera que existen varios procedimientos de regularización o de perfeccionamiento, dada la historia de nuestro país. En algunos casos, los derechos de agua fueron inscritos de determinada manera, y en otros, de modo diferente. Necesitamos avanzar hacia una regularización, una estandarización de los procedimientos de inscripción en los conservadores de bienes raíces y, sin duda, establecer algo que la Dirección General de Aguas estima relevante, como es contar con unidades de medición de volúmenes por tiempo. Eso es básico. A veces, en las escrituras los derechos aparecen expresados como "tejas"; en otras, como "acciones por hectárea", y en otras, como "acciones por cuadra". Es decir, no hay armonía y, como lo han indicado otros Honorables colegas, lo que se exige para el Registro no es lo mismo que lo que se pide para los conservadores.
En el momento en que la Comisión de Obras Públicas analizó el proyecto, hubo coincidencia en cuanto a que su contenido debió haber sido abordado cuando, no hace mucho tiempo, se legisló sobre el Código de Aguas. No fue así. Por eso, quiero hacer un reconocimiento a sus autores, dado que, si bien la iniciativa no tiene gran trascendencia, constituirá un aporte importante para facilitar el trabajo de quienes deben inscribir, regularizar o perfeccionar derechos.
Un tema que surgió durante el debate fue la posibilidad de revisar, a petición del Ejecutivo, un aspecto relacionado con la situación que se presenta cuando hay controversia en la materia. Y existe voluntad en la Comisión para estudiarlo.
Comparto en plenitud la opinión del Senador señor Núñez en orden a que resulta necesario generar instrumentos que permitan diferenciar la realidad de los distintos territorios del país. En algunos lugares los acuíferos ya están absolutamente agotados. En varios la situación es dramática. La verdad es que se entregan derechos de aprovechamiento que exceden la disponibilidad del recurso. Y el problema se va a agudizar. Por ello, es fundamental establecer que los derechos se inscriban, homogéneamente, en volúmenes por tiempo, única forma de prorratear el agua en caso de mayor escasez.
Nosotros pedimos que el proyecto sea aprobado en general. En lo personal, como Presidente de la Comisión de Obras Públicas, no tengo inconveniente en que lo vean todas las Comisiones que quieran, sin perder de vista que, aun cuando el uso del agua no es un problema exclusivo de la agricultura, su objetivo es estandarizar los requisitos para la inscripción tanto en el Registro Público como en los conservadores.
Otra cosa, señor Presidente -que no podemos hacer con motivo de la presente iniciativa-, es efectuar un debate sobre una política nacional de aguas. En nuestro país no existe, claramente, una definición estratégica sobre la materia y, tal como lo decía el Senador señor Ruiz-Esquide , el agua puede ser causa de muchos conflictos en el futuro. Es uno de los recursos naturales básicos para la supervivencia de la especie humana y, probablemente, deberíamos abrirnos a la idea de realizar una sesión especial acerca del tema en algún tiempo más.
Voto que sí.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (25 votos) y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el lunes 14 de julio, a las 12.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Allamand, Arancibia, Espina, Flores, Frei, García, Gazmuri, Horvath, Kuschel, Larraín, Letelier, Longueira, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Sabag y Vásquez.
El señor PROKURICA (Vicepresidente).-
Se ha solicitado que el proyecto sea enviado también a la Comisión de Agricultura.
¿Habría acuerdo?
La señora MATTHEI.-
No, señor Presidente.
Que los Senadores interesados en él vayan a la Comisión de Obras Públicas.
El señor LETELIER.-
Votemos, señor Presidente .
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Quienes deseen que la iniciativa sea remitida solo a Obras Públicas deben votar "sí".
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PROKURICA ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se acuerda enviar el proyecto, para segundo informe, exclusivamente a la Comisión de Obras Públicas (12 votos contra 4 y 4 abstenciones).
Votaron por la afirmativa la señora Matthei y los señores Allamand, Arancibia, Espina, Flores, García, Horvath, Longueira, Novoa, Orpis, Pérez Varela y Prokurica.
Votaron por la negativa los señores Muñoz Aburto, Naranjo, Sabag y Vásquez.
Se abstuvieron los señores Gazmuri, Letelier, Navarro y Núñez.
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