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El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , yo participé en la discusión de este proyecto en la Comisión de Hacienda, y lo voy a votar favorablemente. Sin embargo, quiero hacer algunas observaciones.
Me parece que, más que de los derechos de los contribuyentes, tendríamos que hablar de los derechos de los ciudadanos en general, porque -cito algunos ejemplos- el "derecho a ser atendido cortésmente, con el debido respeto y consideración" debería ser una una norma general, no sólo aplicable a los contribuyentes, sino a todos los ciudadanos.
También se alude al "Derecho a recibir información, al inicio de todo acto de fiscalización". ¿Por qué se considera únicamente a los contribuyentes? ¿Por qué no a una persona que es objeto de fiscalización por parte de otro servicio?
Se menciona el "Derecho a ser informado acerca de la identidad y cargo de los funcionarios del Servicio bajo cuya responsabilidad se tramitan los procesos". Este también debería ser un derecho de todos los ciudadanos respecto de cualquier organismo público.
Otro ejemplo: "Derecho a que las actuaciones se lleven a cabo sin dilaciones, requerimientos o esperas innecesarias". Esto es como bastante obvio y debería igualmente ser parte de los derechos de los ciudadanos.
Quiero dejar de manifiesto este planteamiento porque me parece que estamos apuntando a una pequeña parte de lo que deben ser las relaciones del Estado con los ciudadanos. Se trata de normas de comportamiento que han de regir al conjunto de la Administración Pública, y no sólo al Servicio de Impuestos Internos con sus contribuyentes.
Yo no deseo pensar que detrás de esto hay un cierto sesgo en relación con ese organismo. Y desde ese punto de vista
El señor PROKURICA.-
¡Pero por qué! Si usted quiere eso para los demás
El señor OMINAMI.-
Por eso creo que, avanzando en esa dirección, deberíamos dejar establecido que este es un primer paso para dejar claramente consignados los derechos de los ciudadanos frente al conjunto de los servicios públicos del país.
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