-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/648053/seccion/akn648053-ds36-ds17
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/685
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/516
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/507
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/648053/seccion/entity7MT6U17M
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdfs:label = "Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Escobar y Enríquez-Ominami y Chahuán. Modifica el artículo 66 del Código del Trabajo, en orden de ampliar plazo de permisos en caso de fallecimiento de hijos en periodo de gestación y los padres del trabajador. (boletín N° 6172-13) "^^xsd:string
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/648053/seccion/akn648053-ds36
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/648053
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/6172-13
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta
- rdf:type = bcnres:MocionParlamentaria
- dc:title = "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/507
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/685
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/516
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/modificacion-codigo-del-trabajo
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/permiso-laporal-por-perdida-de-embarazo
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/art-66-del-codigo-del-trabajo
- rdf:value = " Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Escobar y Enríquez-Ominami y Chahuán.
Modifica el artículo 66 del Código del Trabajo, en orden de ampliar plazo de permisos en caso de fallecimiento de hijos en periodo de gestación y los padres del trabajador. (boletín N° 6172-13)
I. CONSIDERACIONES PREVIAS.
Existen hechos en la vida de una persona que, por su importancia y gravedad, afectan profundamente marcando un antes y un después en el desarrollo vital. Uno de ellos, es sin duda, la muerte de un ser querido. En ese instante se genera un duelo, proceso complejo y dinámico que desestabiliza emocionalmente al que lo padece. De hecho el fallecimiento de un ser querido está definido, en el ámbito de la salud mental, como una experiencia traumática que, de no mediar los tiempos y el descanso necesario para recuperar el equilibrio perdido puede desembocar en estados depresivos o angustiosos.
Lo anterior puede afectar el desempeño de un trabajador en sus labores habituales. En ese sentido, nuestra legislación ha ido recogiendo esta nueva visión, en la que sin sobreproteger al trabajador se le reconocen derechos en aras de su dignidad como persona.
De hecho en el año 2006 se ingresaron a tramitación dos mociones parlamentarias que perseguían modernizar el tratamiento legal de los permisos otorgados a los trabajadores en caso de nacimientos de hijos y muerte de parientes. Ellas se encuentran contenidas en los boletines N°s 4138 13 y 4236 13. Este trabajo legislativo se vio materializado en la dictación de la ley N° 20.137, que innova en este tema al modificar el artículo 66 del Código del Trabajo en esa materia. Veamos: 1. Se concede a los trabajadores el derecho a un permiso pagado adicional al feriado anual de siete días corridos en caso de fallecimiento de un hijo o del cónyuge.
2. Se incorpora el derecho de los trabajadores a tener un permiso de tres días hábiles en caso del fallecimiento de un hijo en vías de gestación o del padre o madre.
3. Se regula el momento en que se hacen efectivos estos permisos.
4. Se consagra la existencia de fuero laboral de un mes respecto de los trabajadores consignados en el número 1.
5. Finalmente se establece que este permiso no es compensable en dinero.
Del estudio de la norma advertimos que el legislador ha efectuado una distinción entre el lapso del permiso otorgado en caso de fallecimiento de hijos o cónyuges y el otorgado al trabajador respecto de fallecimiento de un hijo en gestación o de los padres.
Por ende, el legislador ha efectuado una calificación del duelo, en circunstancias de que a juicio nuestro cualquiera de estas pérdidas genera una situación de estrés que puede socavar la estabilidad emocional del trabajador. Generalmente la muerte de uno de los padres conlleva una serie de toma de decisiones sea porque sobrevive el otro progenitor, sea porque se cierra una etapa de vida y enfrentar trámites y situaciones sucesorias de todo tipo.
Además hemos advertido que el fuero establecido en el artículo 66 sólo resulta procedente en el caso que fallezcan hijos o cónyuges, lo que no resulta atendible debido a las consecuencias del proceso de duelo por pérdida de relaciones parentales en las que puede existir un nivel de apego que el legislador no puede cuantificar ya que varía de persona en persona.
Por tanto, En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo expuesto en el artículo 12 de le ley N° 18.918 en concordancia con el Reglamento Interno de la H. Cámara de Diputados vengo en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
ARTÍCULO ÚNICO: a) Suprímase en el inciso segundo del articulo 66 del Código del Trabajo, la frase “por tres días hábiles”. b) Sustitúyese en el inciso cuarto del artículo 66 del Código del Trabajo la frase “el trabajador a que se refiere el inciso primero” por la siguiente: “Los trabajadores a que se refieren los incisos primero y segundo”
"