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El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Hugo Gutiérrez .
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).-
Señor Presidente, el proyecto de ley tiene una importancia fundamental. En un país de mercados altamente concentrados, donde el abuso del que son víctimas los ciudadanos por parte del poder económico es una amenaza real, el perfeccionamiento de los mecanismos de defensa de la libre competencia es una cuestión de primera prioridad política.
Los casos que recientemente han sido conocidos por la opinión pública revelan lo profundo de esta preocupación ciudadana. En efecto, los carteles sancionados por tribunales o reconocidos ante la Fiscalía Nacional Económica desde 2009, afectan productos esenciales en la vida de los chilenos, productos caracterizados por una demanda altamente inelástica y con una muy difícil o nula capacidad de sustitución por parte del consumidor. Es el caso del transporte interurbano, a través del que ciudadanos se desplazan día a día a sus trabajos; de la carne de pollo, que constituye la fuente de proteína de mayor consumo de la población chilena; de los medicamentos éticos, es decir, aquellos cuya venta está sujeta a prescripción médica y sin cuyo suministro el paciente pone en riesgo su salud e incluso su vida; del papel higiénico; del asfalto, que permite conectar, mediante caminos, las ciudades y los pueblos de Chile. ¿Qué hogar chileno no es consumidor de alguno de estos productos? Todos, de una u otra forma, consumen pollo, deben movilizarse en buses interurbanos, usan papel higiénico, etcétera. En consecuencia, nadie está ajeno a este problema.
Hasta hace algunos años ni siquiera nos enterábamos de la existencia de estos ilícitos. Que lo sepamos nos da el consuelo de que, al menos, hemos avanzado en una institucionalidad que permite descubrirlos y sancionarlos duramente. Pero este desahogo provoca un desconsuelo mayor al darnos cuenta de que quienes están detrás del abuso no responden.
A las empresas les resulta más barato incumplir la ley. Los autores de estos delitos “de cuello y corbata”, que reciben suculentos bonos por hacer crecer las utilidades de las empresas, no responden por ellos. Marchan a sus casas a disfrutar de los resultados del fraude, mientras que quien hurta en un negocio tan solo uno de los productos que acabo de nombrar recibe directamente todo el peso de la persecución penal y es sancionado con penas de prisión.
Hace unos días vimos que un contribuyente fue sancionado por el Servicio de Impuestos Internos por no entregar una boleta de 300 pesos, mientras que las empresas coludidas no reciben sanción. En buena cuenta son efectivamente lo que decimos: ladrones de “cuello y corbata” que no reciben sanción alguna y que se van tranquilos a sus casas.
El proyecto castiga con la pena de presidio mayor en su grado mínimo, es decir, con pena de cárcel de 5 años y 1 día a 10 años, a quienes celebren, implementen, ejecuten u organicen acuerdos que involucren a dos o más competidores entre sí, con el objeto de fijar el precio al que son ofrecidos o demandados bienes o servicios en uno o más mercados; limitar la producción o provisión de bienes o servicios; dividir, asignar o repartir zonas o cuotas de un mercado de bienes o servicios, o afectar el resultado de licitaciones públicas o privadas convocadas por órganos de la administración del Estado por empresas públicas creadas por ley y por empresas en las que el Estado tenga participación.
Ello permitirá que las personas naturales que participan directamente en los denominados “carteles duros”, que corresponden a coordinaciones como las que acabo de mencionar, respondan personalmente por ello.
El proyecto contempla, además, la pena accesoria de inhabilitación absoluta para desempeñar cargos u oficios públicos, cargos de director o gerente en empresas del Estado, cargos de director o gerente en sociedades anónimas abiertas, así como cualquier cargo directivo en asociaciones gremiales, empresariales o de consumidores, partidos políticos o colegios profesionales, por un plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quedare ejecutoriada.
Quienes toman parte en una colusión atentan gravemente contra el orden económico y la confianza del público. Se trata de personas abiertamente conscientes de su fraude, que idean mecanismos de comunicación bajo nombres falsos; que se reúnen en secreto en hoteles o en clubes de golf para intercambiar información sobre cómo subir concertadamente los precios en perjuicio de todos, como sucedió en la reciente colusión del papel higiénico. Esas personas, que normalmente están en una posición privilegiada de poder, ocasionan, a sabiendas y en beneficio propio, un daño social enorme, generalmente a costa de los hogares más vulnerables de nuestro país. Es urgente que estos inescrupulosos se hagan responsables y sean sancionados con la máxima severidad por nuestra institucionalidad.
Además, hemos concordado en que la penalidad que tendrán será aquella que en su momento ideó el Parlamento en la llamada “ley Emilia”, es decir, aquellos que infrinjan las normas del proyecto no podrán evitar la prisión al menos por un año. Sin duda, se trata de un incentivo para que se arrepientan de sus fraudes en perjuicio de la ciudadanía y puedan delatar y denunciar los delitos cometidos.
He dicho.
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