rdf:value = " A los mandatos mencionados en el inciso anterior, les serán aplicables las disposiciones de este Título referidas a las prohibiciones de información relativas al mandante y las prohibiciones de recibir instrucciones relativas al mandatario, debiendo cumplir siempre con los estándares que sobre estas materias establece esta ley. Asimismo, le serán aplicables las disposiciones sobre fiscalización y procedimiento de reclamación, y las sanciones que establezcan dichos contratos deberán cumplir con los parámetros establecidos en el Capítulo 4° de este Título. A estos mandatos no se les aplicarán las normas relativas a oportunidades y causales de modificación del mandato dispuestas en el Párrafo 4° de este Capítulo.
"