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Durante este año se viralizó a través de las redes sociales y por la prensa, un video donde una pasajera del Metro de Santiago grabó a dos mujeres que se negaron a dar el asiento preferencial a una joven con 8 meses de embarazo. Otras mujeres también la increparon, más nunca cedieron su lugar.
Consultadas por la prensa, ante la indignación ciudadana y la amplia difusión del video, las autoridades del tren urbano, señalaron que no había legislación vigente al respecto, que la conducta no era ilegal.
Creemos que es necesario terminar con una práctica que parece reiterativa, y es que no se respeta el derecho implícito que tienen tanto los adultos mayores, las mujeres embarazadas, como las personas con capacidades diferentes a hacer uso del asiento preferente.
Lamentablemente en Chile estamos a acostumbrados a que los cambios culturales se inicien desde lo coercitivo. Por lo que si este proyecto es aprobado, una persona que se niegue a ceder el asiento preferencial, puede ser multada hasta con 1 UTM.
Esta reforma se inspira en el Derecho Humano a la no discriminación. Las embarazadas, tercera edad y personas con capacidades distintas merecen un trato preferente. Merecen respeto y atención a sus características especiales. Existe un derecho a la igualdad ante la ley que motiva acciones afirmativas. No ceder el asiento a estas personas implica vulnerar el derecho a la igualdad que los protege de acciones y omisiones que afectan tal derecho.
Desde la Dictadura Militar que no se reforma sustancialmente el articulado de los cuerpos legales que venimos en reformar. Resulta curioso que se multa a quienes sacan fotos denunciando las aglomeraciones del Metro, pero quien le niega el asiento a una embarazada queda impune.
Por tanto, venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase un nuevo inciso segundo al artículo 4 del Decreto Ley N. 1129, de 11 de agosto de 1975, del Ministerio de Obras Públicas, que Declara Aplicables a La Dirección General de Metro las Disposiciones Legales, que indica:
"Los usuarios del Metro serán sancionados con el máximo de la multa mencionada si no cedieren los asientos preferentes a las usuarias embarazadas, tercera edad, y personas con capacidades especiales que protege la ley 20.422. Lo anterior es sin perjuicio de las sanciones civiles contra el infractor, incluyendo el daño moral al afectado o afectada".
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
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