. . . . "/akomaNtoso/bill/body/title[8]/article[4]/clause[2]"^^ . . " El Consejo Consultivo de la Discapacidad se integrar\u00E1 como sigue: \na) \nCon el Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad, quien lo presidir\u00E1. \nb) \nCon cinco representantes de organizaciones de personas con discapacidad de car\u00E1cter nacional que no persigan fines de lucro. Estos consejeros deber\u00E1n representar equitativamente a agrupaciones de personas con discapacidad f\u00EDsica, auditiva, visual, intelectual y ps\u00EDquica. El reglamento establecer\u00E1 los requisitos que deben cumplir estas entidades para acreditar su car\u00E1cter nacional. \nc) \nCon un representante del sector empresarial. \nd) \nCon un representante de organizaciones de trabajadores. \ne) \nCon dos representantes de instituciones privadas sin fines de lucro constituidas para atender a personas con discapacidad. \n " . . " El Consejo Consultivo de la Discapacidad se integrar\u00E1 como sigue: \na)Con el Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad, quien lo presidir\u00E1. \nb)Con cinco representantes de organizaciones de personas con discapacidad de car\u00E1cter nacional que no persigan fines de lucro. Estos consejeros deber\u00E1n representar equitativamente a agrupaciones de personas con discapacidad f\u00EDsica, auditiva, visual, intelectual y ps\u00EDquica. El reglamento establecer\u00E1 los requisitos que deben cumplir estas entidades para acreditar su car\u00E1cter nacional. \nc)Con un representante del sector empresarial. \nd)Con un representante de organizaciones de trabajadores. \ne)Con dos representantes de instituciones privadas sin fines de lucro constituidas para atender a personas con discapacidad. \n " . . . .