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MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NÚÑEZ, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PERMISO PARA TRABAJADORAS DURANTE EL EMBARAZO (5856-13)
Honorable Senado:
FUNDAMENTOS:
El Código del Trabajo en su Título II establece un conjunto de normas referidas a la protección de la maternidad. Entre ellas podemos destacar el descanso de maternidad pre y post natal, la irrenunciabilidad del descanso, el fuero maternal, los casos de extensión del descanso, la prohibición de realizar trabajos pesados y perjudiciales para la salud de la trabajadora embarazada y los subsidios por maternidad de las mismas. Además, se contemplan normas sobre permisos para el cuidado de niños menores de un año, la obligación de los empleadores de disponer de salas cunas, el derecho a permiso para alimentar a los hijos menores de dos años y disposiciones sobre permisos para el padre trabajador.
A la luz de la legislación comparada podemos señalar que en general nuestro país posee una legislación laboral sobre protección a la maternidad bastante moderna y que recoge adecuadamente las principales recomendaciones y disposiciones de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) referidos al tema.
Sin embargo, existe una materia que no se encuentra normada por nuestro código laboral y que dice relación con las facilidades que debe tener una trabajadora embarazada para llevar a cabo sus controles médicos o de salud hasta antes de iniciarse su descanso prenatal. Debido a este vacío normativo las trabajadoras que deban realizarse necesariamente controles de embarazo durante la jornada laboral quedan supeditadas a la discrecionalidad de su empleador en cuanto al otorgamiento de permiso para ausentarse del trabajo.
Es más, en no pocos casos, muchos empleadores niegan los permisos a las trabajadoras embarazadas aduciendo que los controles prenatales deben hacerse fuera de la jornada laboral, desconociendo con ello el hecho que la inmensa mayoría de las trabajadoras de nuestro país son atendidas en el sistema público de salud y que éste entrega sus prestaciones de salud en días y horas hábiles. De esta forma, muchas trabajadoras embarazadas se ven imposibilitadas de realizarse los controles médicos que son necesarios para vigilar la evolución del embarazo.
Al respecto es necesario destacar que la Conferencia de la Naciones Unidas del año 2000 acordó llevar adelante los denominados Objetivos de Desarrollo del Milenio. Entre ellos destaca nítidamente el objetivo N°5 que establece “Mejorar la salud materna”, disponiendo como meta reducir al año 2015 la mortalidad materna en tres cuartas partes ya que las complicaciones durante el embarazo y el parto son la principal causa de defunción y discapacidad entre las mujeres en edad reproductiva de los países en desarrollo.
Coincidente con lo anterior, nuestro Ministerio de Salud estableció, hace unos años, los Objetivos Sanitarios para Chile 2000 - 2010, disponiendo como área prioritaria la Salud Materna, Infantil y del Niño, señalando como tema prioritarios dentro de esta área los cuidados prenatales.
A su vez, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el año 2000 revisó el convenio de protección de la maternidad actualizando sus normas (Convenio OIT N°183) y acordó una recomendación complementaria del convenio 183 que expresamente señala en el párrafo referido a la protección de la salud de la trabajadora que: “6.6) la mujer debería poder ausentarse de su trabajo, cuando corresponda, después de notificar a su empleador, con la finalidad de realizar controles médicos relativos a su embarazo.”
Por otra parte, el Ministerio de Salud dispone expresamente que el control prenatal es el conjunto de acciones y procedimientos sistemáticos y periódicos realizados durante el embarazo, destinados a la prevención, diagnóstico y tratamiento de los factores que puedan condicionar morbimortalidad materna y perinatal, recomendando iniciar el control prenatal antes de las doce semanas de gestación.
Habida consideración de lo expuesto y teniendo presente que las normas sobre la protección de la maternidad son fundamentales para cualquier política de promoción de igualdad de oportunidades en el trabajo y que la maternidad es una responsabilidad de toda la sociedad y no sólo de las mujeres. Es que vengo en proponer al Honorable Senado de la República, el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Para agregar un nuevo artículo al Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social del 16 de enero de 2003, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo del siguiente tenor:
“Artículo 196 bis: Durante el período de embarazo las trabajadoras tendrán derecho a disponer de dos horas de su jornada de trabajo una vez al mes a partir de las doce semanas de gestación y hasta las treinta semanas para los efectos de realizar su control prenatal. A partir de las treinta y un semanas de gestación y hasta las treinta y cuatro semanas este derecho se podrá ejercer cada quince días.”.
(Fdo.): Ricardo Núñez Muñoz, Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR BIANCHI, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AMPLÍA EL PLAZO RELATIVO AL DERECHO DE LA MADRE A AUSENTARSE DEL TRABAJO EN CASO DE QUE LA ENFERMEDAD SUFRIDA POR EL HIJO SEA CÁNCER (5857-13)
Honorable Senado:
Alrededor de 500 niños se enferman de cáncer cada año en Chile. Con los tratamientos actuales, afortunadamente, cerca del 70% de ellos se pueden curar. Los tratamientos incluyen cirugías, radioterapia y quimioterapia, los que generalmente duran entre seis meses y dos años.
El impacto emocional que significa para una familia que el cáncer lo padezca un niño, es inmenso. Está científicamente comprobado que el cáncer de un hijo es la situación más crítica por la que puede atravesar una familia, incluso superando la separación o muerte de uno de los padres.
Para lograr la recuperación de estos niños, el apoyo psicológico es fundamental, ya que ningún niño se curará si no tiene ganas de vivir.
En este contexto, la presencia de la madre es un pilar indispensable no sólo para un buen tratamiento, sino por todo el apoyo familiar que para el niño representa y la fuerza que ella pude transmitirle a su hijo para seguir adelante.
Aproximadamente el 50% de las madres de niños con cáncer son trabajadoras, razón por la cual un número importante deben renunciar a sus empleos para poder atender a sus hijos, lo que se traduce en un grave problema familiar ya que significa una baja considerable en el ingreso, problemas económicos y dificultad para vivir. Gran parte de ellas sufre, además, de cuadros depresivos a consecuencia de la enfermedad de sus hijos, y a algunas se les entrega licencias médicas debido a esta causa.
La ley número 19.505 modificó el Código del Trabajo otorgándole el derecho a la madre trabajadora para ausentarse hasta por el número de horas equivalentes a diez jornadas ordinarias de trabajo, distribuidas a elección de ella en jornadas completas, parciales o combinación de ambas, las que se consideraran trabajadas para todos los efectos legales, en caso de que la salud de un menor de 18 años requiera la atención personal de sus padres, con motivo de un accidente grave, o de una enfermedad terminal en su fase final, o enfermedad grave , aguda y con peligro de muerte.
La misma ley estableció que si ambos padres son trabajadoras dependientes, cualquiera de ellos a elección de la madre, podrá gozar del referido permiso.
Creemos necesario distinguir dentro de este derecho la especial situación que enfrentan los padres que tienen un hijo que padezca la enfermedad de cáncer. Por las razones anteriores es que vengo en presentar el siguiente:
Proyecto de ley
Artículo Único: Incorpórese el siguiente inciso final al artículo 199 bis del Código del Trabajo:
En caso de que la enfermedad que sufra el hijo de la madre trabajadora sea cáncer- en cualquiera de sus formas- el derecho a ausentarse para la madre trabajadora podrá extenderse a todo el tiempo que dure el tratamiento de recuperación del menor.
(Fdo.): CARLOS BIANCHI CHELECH, SENADOR
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES NAVARRO, MUÑOZ ABURTO, OMINAMI Y VÁSQUEZ, CON EL QUE SOLICITAN AL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN QUE ESTUDIE Y PROMUEVA EN LOS DISTINTOS MINISTERIOS Y SERVICIOS PÚBLICOS MECANISMOS QUE GARANTICEN A LOS CIUDADANOS EL ACCESO Y USO IGUALITARIO DE SUS PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS (S 1069-12)
Honorable Senado:
Considerando:
1. Que con fecha 11 de mayo del 2001 se dictó un instructivo presidencial con el fin de poder tener orientaciones claras y precisas sobre el desarrollo digital o electrónico en Chile. En la letra i. de dicho instructivo se señala que se deben “adoptar, progresivamente, estándares de la industria de tecnologías de información que permitan relacionar e interconectar distintos sistemas y diversas plataformas de modo que sean abiertos y no propietarios".
2. Que el Ejecutivo presentó una indicación en el marco de la discusión del Presupuesto de la Nación 2008 donde comprometió el desarrollo de un estudio que permitiera evaluar las mejores propuestas para incorporar plataformas de código abierto y software libre en los sistemas informáticos de los servicios públicos y del Estado en general, de manera de abaratar los millonarios costos que para el erario nacional tiene el pago de licencias y patentes de programas de software licenciado, pero sobre todo para garantizar la interoperabilidad, la neutralidad tecnológica y, especialmente, la accesibilidad ciudadana.
3. Que la Estrategia Digital impulsada por el Gobierno para el período 2007-2012 establece como objetivo general el contribuir al desarrollo económico y social del país a través del potencial que ofrece el uso de las tecnologías de información y comunicación para mejorar la calidad de la educación, incrementar la transparencia, aumentar la productividad y competitividad, y hacer mejor gobierno, mediante mayor participación y compromiso ciudadano.
4. Que para el cumplimiento de dicho objetivo general establece a su vez objetivos específicos, tales como aumentar la competitividad de las empresas, especialmente las de menor tamaño, mediante el uso más profundo e intensivo de tecnologías de la información y comunicación. Asimismo, se plantea que los trabajadores incorporen competencias de TIC entre sus capacidades y que Chile se convierta en una atractiva plataforma de inversión para suministro de servicios tecnológicos remotos.
5. Que otro objetivo específico es crear y fomentar una nueva cultura en TIC para incrementar la transparencia y la participación ciudadana. En esta línea se espera que los ciudadanos usarán de mayor y mejor forma las TIC como herramientas de interacción con las instituciones públicas A su vez, las instituciones públicas las utilizarán para aumentar la transparencia y la participación, contribuyendo a mejorar los índices de confianza con el Estado y entre los ciudadanos, potenciando el desarrollo de un mejor capital humano y social.
6. Que un tercer objetivo específico en esta materia es promover el desarrollo de un gobierno digital de calidad. En este orden de cosas, los servicios públicos debieran digitalizar e interoperar sus procesos para mejorar la atención y los servicios que se prestan a ciudadanos y otras instituciones públicas y privadas. Asimismo, los organismos públicos contarán con funcionarios capacitados de acuerdo a las necesidades de digitalización y atención de usuarios de sus organismos.
7. Que el país tendrá una Política Tecnológica que de cuenta de sus necesidades digitales, entre ellos seguridad informática, software libre o de código abierto, y estándares. Y se dispondrá de un marco jurídico adecuado a las necesidades del entorno.
8. Que otro objetivo específico es aumentar la intensidad y profundidad de uso de TIC por estudiantes y sociedad civil. Se espera que las personas cuenten con la conectividad y el acceso a las TIC para desarrollar sus múltiples actividades, y por cierto, tengan las competencias digitales necesarias para su plena inserción en la sociedad. El país contará con una infraestructura digital de calidad para apoyar el proceso educativo, contando con contenidos pedagógicos y modelos de uso que incorporan TIC, en tanto que el sistema educativo las incorporará en sus procesos de gestión.
9. Que de esta forma, el país espera contar con una oferta de servicios y contenidos públicos y privados disponibles en la red, pertinentes y adecuados a las necesidades del proceso educativo, así como contar también con una red consolidada de bibliotecas públicas, centros de servicios y otros puntos de acceso comunitario, para promover la inclusión digital de los sectores de escasos recursos
10. Que pese a esto, a lo largo del tiempo han ido detectándose diversos problemas de accesibilidad de parte de los ciudadanos a diversos servicios que prestan las reparticiones públicas a través de Internet, especialmente debido al uso de distintas plataformas operativas, que en el caso de las personas se traduce en la imposibilidad de acceder a las páginas web o a algunas de sus funciones.
11. Que, así se han conocido reclamos de personas que no han podido, por ejemplo, hacer su declaración de impuestos o inscribirse como prestador de servicios en Chilecompra por el sólo hecho de tener un equipo con un programa de características distintas a los que utilizan, de manera exclusiva, algunos servicios públicos.
12. Que este fenómeno se ha venido repitiendo en el último tiempo en el caso de las personas interesadas en postular a los fondos públicos que vía concurso ofrecen distintos ministerios, pues en no pocos casos, se puede participar sólo si se cuenta con un determinado sistema operativo o de acceso a Internet, lo que deja a muchos potenciales interesados fuera de acceder a esa posibilidad.
El Senado acuerda:
Solicitar al Ministerio de Economía, como cartera coordinadora de la Agenda Digital del Gobierno, estudiar y promover en los distintos ministerios y servicios públicos los mecanismos que permitan garantizar a los ciudadanos un acceso y uso igualitario a sus plataformas tecnológicas, de manera que su opción o necesidad de utilizar determinados software no se convierta en una nueva forma de discriminación, especialmente a aquellos que buscan utilizar un servicio, optar a un beneficio, realizar un trámite o postular a algún concurso con fondos públicos.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.- Pedro Muñoz Aburto, Senador.- Carlos Ominami Pascual, Senador.- Guillermo Vásquez Úbeda.
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