. "MOCI\u00D3N DEL HONORABLE SENADOR N\u00DA\u00D1EZ, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE EXPLORACI\u00D3N, EXPLOTACI\u00D3N Y CONSTITUCI\u00D3N DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS. (6141-09)"^^ . . . . . . . . . . . . . " MOCI\u00D3N DEL HONORABLE SENADOR N\u00DA\u00D1EZ, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE EXPLORACI\u00D3N, EXPLOTACI\u00D3N Y CONSTITUCI\u00D3N DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS. (6141-09) \nHonorable Senado: \n \nCONSIDERANDO: \n1. Que uno de los desaf\u00EDos y problemas mayores a que la sociedad chilena se ver\u00E1 enfrentada en los pr\u00F3ximos a\u00F1os es el que se relaciona con la disponibilidad de recursos de aguas, en cantidad y calidad apropiadas, para responder a los requerimientos de su desarrollo econ\u00F3mico y social, en un proceso que signifique, adem\u00E1s, respeto al medio ambiente y a la calidad de vida de nuestros ciudadanos. \n2. Que el pa\u00EDs se encuentra enfrentado a condiciones generales cr\u00EDticas de escasez y de contaminaci\u00F3n acentuadas en las zonas \u00E1ridas y semi\u00E1ridas, que requieren de normas legales eficaces para solucionar esas dificultades. \n3. Que la actual legislaci\u00F3n de aguas no asume el car\u00E1cter longitudinal del territorio nacional por lo que de manera evidente en su recorrido latitudinal cruza distintas zonas clim\u00E1ticas y regiones geogr\u00E1ficas muy diferentes que determinan variaciones extremas en temperatura, pluviosidad, reg\u00EDmenes de viento, etc. \n4. Que hasta la fecha no se ha aceptado en la ley esta realidad y nuestro C\u00F3digo de Aguas asume de un modo uniforme para todo el pa\u00EDs la constituci\u00F3n de los derechos de aprovechamiento, estableciendo solamente medidas de protecci\u00F3n especial para vegas y bofedales ubicados en las Regiones de Arica y Parinacota, Tarapac\u00E1 y Antofagasta. \n5. Que ya don Andr\u00E9s Bello en el mensaje del C\u00F3digo Civil mencion\u00F3 esta situaci\u00F3n cuando se\u00F1al\u00F3 que \"... en este punto, como en todo lo que concierne al uso y goce de las aguas, el proyecto, como el C\u00F3digo que le ha servido de gu\u00EDa, se ha ce\u00F1ido a poco m\u00E1s que sentar las bases, reservando los pormenores a ordenanzas especiales, que probablemente no podr\u00E1n ser unas mismas para las diferentes localidades\". \n6. Que los datos disponibles en la Direcci\u00F3n General de Aguas del Ministerio de Obras P\u00FAblicas demuestran fehacientemente que el recurso h\u00EDdrico presenta una mayor escasez en las zonas \u00E1ridas y semi\u00E1ridas del pa\u00EDs. En efecto, el a\u00F1o 2004 esa direcci\u00F3n declar\u00F3 el agotamiento del r\u00EDo Choapa y sus afluentes para los efectos de la concesi\u00F3n de nuevos derechos y que el a\u00F1o 2005 decret\u00F3 igual resoluci\u00F3n respecto del r\u00EDo Grande y Limar\u00ED y sus afluentes. Del mismo modo, de las 24 declaraciones de restricci\u00F3n para nuevas explotaciones de aguas subterr\u00E1neas realizadas por la autoridad entre los a\u00F1os 1996 y 2008, 20 de ellas afectan acu\u00EDferos localizados entre la I regi\u00F3n y la Regi\u00F3n Metropolitana y 4 a la VI regi\u00F3n. \n7. Que en este contexto, se hace imprescindible establecer en la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica, una norma que de cuenta, para los efectos de la constituci\u00F3n de los derechos de aprovechamiento de agua, as\u00ED como de otras normas que regulan su uso, de la diversidad clim\u00E1tica del pa\u00EDs, la densidad poblacional del territorio nacional, as\u00ED como la disponibilidad cierta de un recurso cada vez m\u00E1s escaso, como es el agua. \n8. Que en virtud de lo expuesto vengo en presentar la siguiente reforma constitucional: \nREFORMA CONSTITUCIONAL \nAgregase al art\u00EDculo 19 N\u00BA 24 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica el siguiente inciso final nuevo: \n\u201CEn todo caso, la exploraci\u00F3n, explotaci\u00F3n y constituci\u00F3n de derechos de aprovechamiento de aguas ser\u00E1 establecida por la ley en conformidad a la diversidad geogr\u00E1fica y clim\u00E1tica del pa\u00EDs, y a la disponibilidad efectiva de los recursos h\u00EDdricos.\u201D. \n(Fdo.): Ricardo N\u00FA\u00F1ez Mu\u00F1oz, Senador. \n " . .