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El señor BUSTOS ( Presidente ).-
Corresponde pronunciarse sobre las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Código del Trabajo en materia de salarios base, cuya urgencia ha sido calificada de “suma”.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletín 5433-13, sesión 44ª, en 19 de junio de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 4.
El señor BUSTOS (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , sólo para expresar mi opinión favorable a las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que incorpora en el Código del Trabajo importantes elementos sobre la jornada de trabajo, cuestión que fue considerada por la Cámara en su primer trámite constitucional.
La iniciativa consiste en modificar el artículo 22 del Código del Trabajo en relación con los trabajadores que están afectos al cumplimiento de una jornada de trabajo.
En ese sentido, se establece que, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo, se presumirá que el trabajador está afecto a cumplimiento de jornada cuando debiere registrar por cualquier medio y en cualquier momento del día el ingreso o egreso a sus labores, o bien cuando el empleador efectuare descuentos por atrasos en que incurriere el trabajador. Asimismo, se presumirá que el trabajador está afecto a la jornada ordinaria, cuando el empleador, por intermedio de un superior jerárquico, ejerciere una supervisión o control funcional y directo sobre la forma y oportunidad en que se desarrollen las labores, entendiéndose que no existe tal funcionalidad cuando el trabajador sólo entrega resultados de sus gestiones y se reporta esporádicamente, en especial en el caso de desarrollar sus labores en regiones diferentes de la del domicilio del empleador.
En ese sentido, se viene a dar respuesta a una serie de irregularidades y abusos que están sufriendo muchos trabajadores asimilados al artículo 22 del Código del Trabajo, cuando, en efecto, en su vida laboral diaria y cotidiana cumplían una jornada y se les hacían exigencias en cuanto a firmar tarjetas, reportarse, etcétera. Creo que el Senado ha dado una buena respuesta a esta situación.
Por otra parte, también se incorpora el derecho de la remuneración del séptimo día, semana corrida, de aquellos trabajadores que tienen una remuneración mixta, vale decir, fija más variable, estableciendo que igual derecho tendrá el trabajador remunerado por sueldo mensual y remuneraciones variables, tales como comisiones o tratos, pero, en este caso, el promedio se calculará sólo en relación a la parte variable de sus remuneraciones.
A mi juicio, son muy importantes las modificaciones que le ha introducido el Senado al proyecto y es de urgencia que lo despachemos a la brevedad, sobre todo, porque responde a una larga inquietud de quienes forman parte de organizaciones sindicales, como la Central Unitaria de Trabajadores, la Central Autónoma de Trabajadores (CAT) y otras, respecto de cuyos trabajadores ha habido un abuso muy grande.
Resulta increíble que, aun cuando todos los años el Congreso Nacional realiza un debate sobre el salario mínimo con el propósito de fijar un nuevo monto, hay una gran cantidad de trabajadores sometidos a un acuerdo sobre un sueldo base como piso, al cual se le agrega una serie de elementos como horas extras, comisiones, etcétera, y de esta manera los empleadores eluden una responsabilidad que se fija por ley todos los años y que beneficia a todos los trabajadores.
Por esta razón, la Comisión del Trabajo recomienda aprobar las modificaciones del Senado y despachar con prontitud el proyecto.
He dicho.
El señor CERONI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado don Sergio Aguiló.
El señor AGUILÓ .-
Señor Presidente , tal como lo expresó nuestra colega Adriana Muñoz , éste es uno de esos clásicos proyectos que, sin perjuicio de haber tenido su origen en el Ejecutivo , es el resultado de demandas de muchos sindicatos y organizaciones de trabajadores, quienes cotidianamente experimentaban el abuso de ver que sus sueldos base eran irrisorios y muy inferiores al salario mínimo legal.
Nos acompaña en las tribunas un grupo de trabajadores de Ripley y sus dirigentes sindicales, quienes son emblemáticos en la lucha por que este proyecto de ley sea una realidad, pues a igual que otros trabajadores, sobre todo del área del comercio y del retail, sufrían este abuso. Incluso, en algunas empresas se pagaban 5 ó 10 mil pesos de sueldo base y el resto eran comisiones.
Lo que hace el proyecto es equiparar el sueldo base al salario mínimo legal en términos de que, una vez que sea ley de la República, ningún trabajador va a ganar menos de 159 mil pesos mensuales. Todas las comisiones y estímulos por las ventas realizadas o por otras labores deberán hacerse sobre este piso que es el salario mínimo legal, el cual nunca podrá ser distinto del sueldo base.
Además, el proyecto tiene otros alcances, relacionados con los derechos de los trabajadores que son contratados por una empresa pero desempeñan cotidianamente sus labores fuera del edificio de la misma, o sea, trabajan en ventas, recorren ciudades, en fin. Ellos deben marcar tarjeta muy temprano en la mañana en sus respectivos lugares de trabajo y después salir a realizar su labor. Sin embargo, no les reconocen sus horarios de trabajo y su dependencia contractual, por lo que no quedaban comprendidos dentro de los beneficios que establece el proyecto. A través de una disposición introducida por el Senado, se logró incluirlos.
Por ello, nos alegramos mucho de haber aportado un grano de arena a una normativa legal que el ministro del Trabajo se ha comprometido a mejorar paso a paso. Incluso, ha comprometido públicamente el envío de otras iniciativas de ley para el segundo semestre, con lo que espero tengamos un mejor Código del Trabajo, complementado con las herramientas de fiscalización con que cuenta el país, para resguardar los derechos de los trabajadores.
Mis felicitaciones al Gobierno y a los dirigentes sindicales respectivos, quienes han hecho posible esta iniciativa.
He dicho.
El señor CERONI ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado don Felipe Salaberry.
El señor SALABERRY.-
Señor Presidente , anuncio nuestra disposición a votar favorablemente el proyecto. No obstante, quiero comentar algo de lo que señaló el diputado Aguiló en su intervención.
Ya en el proyecto anterior se había subsanado la inequidad a que hace referencia el señor diputado , principalmente respecto a qué se entendía como sueldo base para calcular las horas extraordinarias, ya que en el mundo del retail, del comercio, eran pagadas de acuerdo a dicho sueldo. Es decir, había trabajadores que recibían un sueldo base de un peso y el resto de su remuneración era variable. De manera que las horas extraordinarias -es algo muy común en el comercio- eran calculadas sobre ese sueldo.
Pero esta situación fue corregida hace más o menos un año. A partir de entonces, todas las horas extraordinarias se pagan de acuerdo el ingreso mínimo legal. Además, ningún trabajador puede recibir un salario inferior a éste. Es decir, era una especie de incentivo -en algunos casos, perverso- llegar al ingreso mínimo con las comisiones o con la remuneración variable. En todo caso, a los trabajadores se les debía pagar siempre. Por lo menos, ése fue el espíritu de la modificación anterior.
Entonces, lo que hace este proyecto de ley -ya fue discutido y aprobado por la Cámara y ahora vuelve del Senado con algunas modificaciones- es profundizar el espíritu con que el Congreso Nacional aprobó esta idea hace un año.
Tal como lo dijo el diputado Aguiló, las modificaciones del Senado mejoran sustancialmente el proyecto. Algunas presentan problemas de redacción relacionados con los beneficiarios del proyecto; es decir, con los trabajadores que no laboran en un espacio físico determinado, pero que tienen un superior jerárquico y que se dedican a las ventas. No afecta, obviamente, a los vendedores viajeros y a otros.
Finalmente, a propósito de la forma en que se materializará la modificación del artículo transitorio, estamos por acoger la modificación del Senado, en cuanto a que el cálculo del nuevo sueldo no afectará las remuneraciones de los trabajadores cuando la norma esté en plena vigencia.
He dicho.
El señor CERONI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , antes de expresar dos o tres ideas sobre las modificaciones del Senado, quiero decir que me siento orgulloso de los colegas a quienes les correspondió discutir el proyecto relativo al lobby, porque ello me permitió apreciar con claridad lo que somos: trabajadores leales a la función para la cual fuimos elegidos. Me refiero a los diputados Eluchans , Burgos , Cardemil , Montes, Dittborn y Leal; todos ellos hicieron una transparencia óptima sobre ese proyecto. Es un pequeño alcance importante para quienes concurrimos día a día a trabajar en el Congreso Nacional.
Esta iniciativa, que modifica el Código del Trabajo en materia de salarios base, sin duda, también es motivo de satisfacción para la Cámara de Diputados. ¿Por qué? Porque, tal como lo señala el mensaje de la Presidenta de la República , una de las causas que motivaron su envío al Congreso Nacional fue el resultado de las comisiones investigadoras sobre la materia, que informaron de la existencia de contratos de trabajo con sueldos irrisorios e indignantes, cuya base para completar el ingreso mínimo eran los ingresos variables de los trabajadores. Esto, antes de 2004, era particularmente grave, porque el sueldo base pactado era la plataforma de cálculo para las horas extraordinarias.
En este momento, recuerdo la posición invariable y la firmeza que demostró la diputada Adriana Muñoz para trabajar en el tema. Considero que es bueno decir que fue una tremenda defensora de la iniciativa.
El proyecto iguala el sueldo base con el ingreso mínimo. De esta manera, como lo han dicho los colegas, una buena parte de trabajadores y trabajadoras del país, especialmente los que trabajan a porcentaje, es decir, los que tienen una remuneración variable, siempre tendrán asegurado un porcentaje fijo que no podrá ser inferior al ingreso mínimo. De manera que su remuneración variable se calculará a partir del monto que éste tenga.
Con esto, como se ha expresado muy bien aquí, se beneficiará mayoritariamente a los trabajadores del comercio, a los vendedores de instituciones financieras, de seguros y a los vendedores de planes de isapres, AFP, etcétera, que eran los grandes perjudicados porque recibían un ingreso mínimo que no correspondía a la realidad.
Como el proyecto ya fue discutido suficientemente por la Cámara, ahora corresponde opinar sobre las modificaciones introducidas por el Senado. Al respecto, debo señalar que concuerdo con la mayoría de ellas. En todo caso, sólo son tres.
Por eso, sólo quiero comentar la modificación del Senado a la letra a), número 1) del artículo único, que excluye del concepto de jornada laboral a los trabajadores que sólo entregan resultados de sus gestiones y se reportan esporádicamente, especialmente en el caso de desarrollar sus labores en regiones diferentes de la del domicilio del empleador.
En esta situación se encontrarían, por ejemplo, los denominados vendedores viajeros que recorren las zonas más apartadas del territorio nacional para vender productos de distintas empresas. Por lo general, ellos no tienen una jornada de trabajo establecida; la realizan en los más diversos horarios y jornadas, y no siempre están supervisados por un superior, sino que son controlados sobre la base de lo que producen.
En estos casos, sí existe un contrato de trabajo entre la empresa y el trabajador, pero no me queda muy claro, dadas las especiales condiciones en que realizan su labor. Como digo, se les excluye de los trabajadores beneficiados por este proyecto; más aún, se considera que el ingreso mínimo es sólo una referencia obligatoria para el pago de su remuneración y, como queda claro, ningún trabajador aspira a producir para obtener un salario mínimo, sino para percibir la mayor remuneración posible.
Para el que habla es una salvedad muy importante. Como la discusión llega a su fin, considero que no hay que entorpecer el despacho de esta iniciativa que, por lo demás, ha sido objeto de numerosos comentarios. Sin embargo, para el establecimiento de la historia fidedigna de la ley, quiero que quede constancia de mi opinión sobre la modificación del Senado a la letra a), número 1) del artículo único del proyecto.
He dicho.
El señor CERONI ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG (don Nicolás).-
Señor Presidente , me voy a referir exclusivamente a los cambios y adiciones hechas por el Senado al proyecto de ley en discusión.
Quiero ser muy franco. Si bien tiendo a coincidir con el propósito de las modificaciones del Senado, creo que su redacción no es la más feliz. A lo mejor, esta discusión puede servir para ir esclareciendo ciertas dudas y como antecedente a la hora de interpretar la norma.
Voy a hacer algunas reflexiones que me gustaría que el señor ministro del Trabajo , que es quien más ha defendido las modificaciones introducidas por el Senado, nos aclarara si es la correcta interpretación que les dan.
En primer lugar, quiero despejar algo que al parecer no queda claro. La norma, que establece como sueldo base para los comisionistas el ingreso mínimo, se aplica únicamente a los trabajadores que están afectos a una jornada laboral ordinaria. ¿Por qué digo esto? Porque la inmensa mayoría de los comisionistas no están afectos a esta jornada de trabajo, por ejemplo, porque venden productos de distintas empresas o empleadores o porque trabajan en jornadas parciales; en consecuencia, no se les podría aplicar como base el sueldo mínimo.
Entonces, remitamos la discusión a quienes se aplicará la norma, que son únicamente aquellos trabajadores que ganan comisiones o sueldos variables y están afectos a jornada de trabajo.
El diputado Sergio Aguiló dio el mejor ejemplo. Muchas veces en el retail los trabajadores laboran exclusivamente para el empleador en jornada completa; sin embargo, tienen sueldos base inferiores al mínimo. A ellos apunta el proyecto, pero hay que decir que son la minoría de los trabajadores comisionistas del país.
Se dice que el proyecto incorpora el pago del séptimo día a los trabajadores comisionistas afectos a jornada de trabajo, a los que perciben renta fija, lo que me parece positivo, porque actualmente no se les paga.
El séptimo día no se calculará sobre el sueldo base, que es el mínimo, sino sobre el total de la remuneración, lo que me parece justo, porque si a un trabajador se le paga el día de descanso, debe hacerse en relación con lo que efectivamente gana después de haber trabajado todo el mes, no sólo sobre el sueldo base.
El proyecto establece un artículo transitorio, cuya redacción, insisto, no me parece afortunada, que faculta al empleador para que, unilateralmente, haga los ajustes que dispone el proyecto en las liquidaciones de sueldo y después en el contrato, ajustes que son muy simples -no quiero que se creen falsas expectativas-; y consisten en que el mayor monto que se pagará al trabajador para fijar su sueldo base igual al salario mínimo, se sacará de sus comisiones; es decir, si un trabajador tiene un sueldo base de sesenta mil pesos y de acuerdo con el proyecto hay que subirlo a 159 mil pesos, la diferencia se saca de las comisiones del trabajador. Esto quiere decir que, en la práctica, se faculta al empleador para no pagarle un peso más al trabajador comisionista, sino que, sencillamente, lo que antes se le pagaba por comisión, ahora se le pagará por sueldo base. Así es como interpreto el proyecto.
Es muy importante, no sólo para los trabajadores, que el ministro ratifique o no esta forma de interpretar la norma, porque, de paso, la iniciativa establece algo bastante inédito, ante lo cual expreso mis dudas: cuando la estructura de comisiones vigente está en un contrato colectivo de trabajo, se faculta al empleador para modificarla o hacer los ajustes necesarios unilateralmente, sin siquiera consultar al sindicato o a quienes negociaron colectivamente.
Me preocupa la constitucionalidad de la norma, porque, aun cuando no se modifican los valores y no se perjudica al trabajador, este perfectamente puede decir: ¿quién me preguntó si quiero esta nueva estructura? ¿Por qué no nos sentamos a dialogar sobre eso? No estoy pidiendo que me aumenten mi comisión o el sueldo, sino que analicemos la situación, porque la estructura anterior puede ser mejor para mí.
Estoy haciendo un análisis de principios. Estamos diciendo que un contrato colectivo podrá ser modificado unilateralmente por el empleador.
Señor Presidente , por su intermedio le pido al ministro que confirme, si esa es la interpretación correcta de la norma, pues la redacción de la propuesta del Senado no me parece suficientemente clara. Por lo tanto, es menester que evitemos cualquier aplicación distorsionada de la Dirección del Trabajo o de la jurisprudencia.
He dicho.
El señor CERONI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada Carolina Goic.
La señora GOIC (doña Carolina).-
Señor Presidente , sin perjuicio de que el ministro aporte todos los antecedentes necesarios para responder a las consultas planteadas y que permitan la mejor comprensión del proyecto, en representación de la bancada de la Democracia Cristiana quiero manifestar nuestro apoyo, porque las modificaciones del Senado hacen que efectivamente sea justo para los trabajadores, sobre todo para quienes no están afectos a jornada de trabajo.
Lo importante es que el proyecto sea lo más claro posible en su redacción e interpretación, para que ojalá todos los trabajadores comisionistas tengan garantizado un sueldo base no inferior al mínimo.
Quiero destacar la urgencia que ha puesto el Gobierno a la iniciativa, luego de aprobarse el reajuste al salario mínimo, hoy fijado en 159 mil pesos, porque de alguna manera ello garantiza que no se sigan cometiendo abusos con los trabajadores que debían cumplir metas de ventas y hacer un gran esfuerzo para acceder a lo que por ley debió estar consagrado.
Nunca más queremos sueldos base de 5, 10 ó 25 mil pesos, sino que el derecho que consagra el proyecto sea efectivo para todos los trabajadores.
He dicho.
El señor CERONI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Alfonso De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente , celebro que el proyecto equipare el sueldo base al ingreso mínimo mensual. Es una conquista para miles de trabajadores que, sobre todo en la industria del retail y en muchas otras actividades, perciben un sueldo base irrisorio y, peor aún, cuando no pueden desarrollar su actividad durante todo el mes, muchas veces reciben una cifra muy inferior.
La posibilidad de incorporar como sueldo base el salario mínimo permite establecer un piso superior para futuras negociaciones.
Comentaba con el diputado Nicolás Monckeberg que no necesariamente significará un aumento de sus rentas, porque seguramente el sueldo base se les imputará a las comisiones, pero los trabajadores tendrán la capacidad de negociar en el futuro mejores comisiones, partiendo de una base.
Es efectivo que, tal vez, no habrá un aumento automático del sueldo del trabajador, pero establecer una base mínima permitirá que en el futuro, las comisiones, se negocien con el empleador sobre una base superior.
Es importante también que avancemos en otros aspectos de la legislación laboral, como la negociación colectiva, que permitirá a los trabajadores, agrupados en este caso en sindicatos en las grandes tiendas, obtener comisiones que aumenten las remuneraciones sobre la del sueldo mínimo, establecido en 159 mil pesos.
El avance del proyecto lo constituye la posibilidad de que el mejor desempeño se refleje en la liquidación de fin de mes en el pago de las comisiones.
Por su intermedio, señor Presidente , quiero decir al diputado Nicolás Monckeberg que ahí se reflejará el aumento.
Por otra parte, es importante la modificación del Senado que dispone que el empleador, dentro de seis meses desde la entrada en vigencia de la ley, debe ajustar el sueldo base al ingreso mínimo, y así, en conjunto con los trabajadores beneficiados, establecer comisiones más adecuadas, en función de la productividad de los trabajadores. Eso apunta a asegurar derechos, pero también productividad, la que estará dada por el porcentaje de comisiones que recibirán y que asegurará a los trabajadores obtener mejores sueldos y una mejor participación en la fuerza de venta.
También es importante que estén consagrados los derechos de los trabajadores que laboran como fuerza de venta. Muchas personas se desempeñan vendiendo seguros, contratados con AFPs y distintos productos. Es conveniente que eso esté regulado, pues marcan tarjeta a primera hora y, generalmente, durante el día sólo reciben un par de llamados telefónicos de su empleador. Deben estar afectos a un régimen que permita consagrar sus derechos.
Felicito al ministro en este día que comienza a regir la reforma previsional. Es una buena noticia que se suma a la aprobación de la iniciativa en debate, mediante la cual miles de trabajadores ya no verán en sus liquidaciones de sueldos bases indignos de ocho mil o treinta mil pesos, pues ahora se consagra el sueldo mínimo como condición básica para el cálculo de la remuneración de todo trabajador que desempeñe su labor en este país.
He dicho.
El señor CERONI ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el ministro del Trabajo y Previsión Social , señor Osvaldo Andrade.
El señor ANDRADE ( ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , el proyecto avanza en un aspecto que no es muy propio del mercado, menos del relacionado con el trabajo: la dignidad del trabajador. Ellos ya no estarán expuestos a tener sueldos base del orden de los tres, cinco o seis mil pesos, lo que es una indignidad.
Quiero aclarar algunas inquietudes del diputado Nicolás Monckeberg. Efectivamente, el proyecto se aplica a los trabajadores que cumplen jornada. En las indicaciones presentadas en el Senado se establecieron claramente presunciones de jornada, y así quedarán consagradas en el texto.
Con las indicaciones resolvimos también un tema muy importante, en particular para los trabajadores del comercio, que es el séptimo día o la semana corrida. Así quedó perfectamente establecido.
Desde ese punto de vista, más que responder, estoy ratificando los dichos del diputado Monckeberg en esa dirección.
El ajuste es una responsabilidad del empleador, el que tiene un plazo para resolverlo. Debe ser así, pues si fuese bilateral nos encontraríamos con que podría negociarse una cosa distinta. Por eso, es una obligación perentoria del empleador que en ese plazo debe ajustar la remuneración de forma tal que el sueldo base no pueda ser inferior al mínimo. Debe resolver cómo lo hace. Pero, reitero, el proyecto no tiene la intención de provocar un aumento de las remuneraciones. Por cierto, de ningún modo una disminución, lo dice expresamente. Por ello, en el ajuste que haga el empleador para configurar el sueldo base no inferior al ingreso mínimo, tendrá que pagar las remuneraciones variables.
Ahora, en el largo plazo, con una estructura de remuneración como la que se busca aprobar hoy -esperamos el respaldo de la Sala de la Cámara de Diputados-, es probable que los trabajadores en sus futuras negociaciones puedan mejorar su estructura de remuneración desde un sueldo base que hoy no puede ser inferior al mínimo.
Como es una obligación unilateral del empleador -quedará autorizado por ley-, no hay inconveniente para que en los contratos o convenios colectivos pueda operar de manera directa, toda vez que el principio es que no afecte de modo alguno el patrimonio del trabajador.
Muchas gracias.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN .-
Señor Presidente , el proyecto es muy simple y los cambios que le introdujo el Senado aclaran algunos puntos. Teníamos algunas dudas respecto de la redacción, pero no del fondo. Entiendo que el diputado Monckeberg continúa con dudas, pero no sobre el fondo. Por lo tanto, vamos a votarlo favorablemente.
Como dijo el ministro , el proyecto no significa un aumento de remuneraciones ni un gran cambio para los trabajadores. Por eso, es importante mantener los pies en la tierra y no vender ilusiones. Sin embargo, hace algo muy razonable: establece que el sueldo mínimo sea válido para todos los trabajadores que cumplan una jornada laboral completa, cualquiera sea el tipo de labor que realizan.
En la actualidad, mucha gente, en especial la que gana comisiones, tiene un salario base inferior al sueldo mínimo, y la diferencia entre ambos sueldos la completan o superan con sus comisiones.
El proyecto consigna que no es digno ni justo que un trabajador parta con un sueldo base inferior al mínimo. Agrega que todo trabajador que cumple una jornada laboral completa debe ganar, al menos, el sueldo mínimo. Y de ahí para arriba tendrá una mejoría en su remuneración en caso de que sus comisiones así lo justifiquen.
Eso nos parece de toda justicia y significa añadirle un elemento de dignidad, porque no es razonable que un trabajador comience el mes con 30, 40, 50 ó 100 mil pesos, aunque sabe que a fin de mes recibirá el mínimo, ya que por ley no puede recibir menos. Por eso, el proyecto nos parece justo y lo votaremos a favor.
Sin embargo, debo ser franco y aclarar que no es enteramente cierto el comentario irónico que formuló el ministro al principio de su intervención, cuando expresó que no es propio del mercado la dignidad y que por eso la introducen el Estado o la ley. Creo que las leyes pueden causar indignidad.
De hecho, sin ir más lejos, hoy aparece un muy buen artículo en “El Mercurio”, que les recomiendo leer. Tal vez no es un diario del gusto del ministro , pero dice cosas interesantes. El respetado analista de Economía y Negocios, Pablo Obregón Castro , habla de que la “rigidez laboral, y no el nivel de los salarios, es la principal causa del desempleo”.
A lo mejor, el mercado sin leyes habría llevado a una situación de mayor o menor desempleo, más dignos, sin duda, que los que tenemos hoy.
Además, aparece un gráfico que deja al descubierto que Chile es uno de los pocos países en que la tasa de desempleo a nivel nacional avanza. En el último trimestre llegó a 8 por ciento, es decir, es notablemente superior a la de hace un año. El desempleo juvenil dobla esa cifra.
Lamentablemente, el mundo no es tan simple como para decir que el mercado en sí no añade dignidad y que por eso la agrego yo, como legislador o Ejecutivo. En este caso, comparto que esta iniciativa da dignidad.
Sería conveniente tener amplitud de criterio y reconocer que tal vez nos hemos equivocado en la legislación laboral, lo que ha provocado no mayor dignidad, sino mayor dificultad a una persona para encontrar trabajo.
¡Qué más indigno es que un ser con sus dos brazos, sus dos piernas y en edad de trabajar, tenga que recorrer las calles de Santiago durante meses sin encontrar trabajo!
Eso es lo más indigno que me puedo imaginar como situación. A lo mejor, es lo que tenemos que evaluar es si somos los causantes con una legislación inadecuada.
Pido que abramos nuestras mentes y nuestros corazones para analizar la situación con amplitud y sin dogmas, porque no siempre es el mercado el que introduce la cuota de indignidad, sino nosotros.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor René Alinco.
El señor ALINCO.-
Señor Presidente , salario mínimo, salario básico. ¿Mínimo básico para vivir o para sobrevivir? Pero ése no es el tema en discusión. Sigo pensando que el salario básico debe ser el que permite a un jefe de hogar o a un trabajador vivir en forma digna y decente.
El acuerdo logrado entre la CUT y el Gobierno, representado en su oportunidad por los ministros de Hacienda y del Trabajo, señores Velasco y Andrade , respectivamente, en relación con un aumento del salario mínimo de 10,4 por ciento, concluyó con un sueldo mínimo nacional de 159 mil pesos, a partir del 1 de julio del presente año.
Todo hace indicar que los trabajadores negocian hacia abajo, porque el año pasado la CUT pedía 180 mil pesos, y en 2008 ha habido un notorio incremento del costo de la vida. En esta práctica anual -me refiero a las negociaciones del sueldo mínimo-, que parece más un ritual, cuyos acuerdos muchas veces salen con fórceps o mediante cesárea política, los trabajadores representados por la CUT, en este caso por el compañero Arturo Martínez , suelen quejarse de intransigencia y falta de voluntad política por parte de las autoridades económicas. En este episodio regular y permanente los trabajadores por lo general salen pensando que pudo haber sido peor o, como decimos en mi tierra, “van por lana y vuelven trasquilados”. Estos resultados, porque no se les puede llamar conquistas salariales, contrastan abiertamente con la situación del sector financiero y de las sociedades anónimas, que siempre han tenido el respaldo y apoyo de la unidad de fomento, como mecanismo para proteger sus enormes utilidades en el curso de estos últimos años.
Estoy convencido de que hay que rediseñar la forma de determinar el famoso y controvertido salario mínimo, por ejemplo vía ajuste automático de reajustabilidad, incluidos los salarios que los trabajadores reciben por contrato. ¿Y por qué no, si la banca y las sociedades comerciales ajustan sus ingresos automáticamente según el IPC y gracias a la UF? Con ello, evitaríamos el desangre permanente de los trabajadores en los procesos de negociación, buscando aminorar el impacto que producen las alzas en su poder adquisitivo dentro del mal llamado sistema neoliberal, el que en realidad debiera llamarse neoconservador.
La historia salarial de los trabajadores muestra signos contrarios a la banca privada y a los inversionistas nacionales y extranjeros, muchas veces meros especuladores financieros que ponen sus huevos en gallinas ajenas. Sabemos que la fijación del nivel de salarios es objeto de una negociación entre el empleador y el trabajador particular, resultando que la actualización del salario, en función del nivel de inflación, está condicionada a las escasas o mínimas posibilidades de los trabajadores de incluir cláusulas de indexación en sus contratos, principalmente a través de procesos de negociación y convenios colectivos más que a contratos colectivos.
Ahora bien, si ponemos en la mesa el hecho de que el número de trabajadores que negociaban colectivamente en nuestro país entre 1990 y 2007 no alcanzaba a cubrir el 15 por ciento del total de trabajadores ocupados, tendremos muy clara la película respecto de hacia dónde va la ingeniería política laboral. En ese sentido, la Derecha se soba las manos. Se sube el salario mínimo y los empresarios bajan las comisiones; por lo tanto, se sigue jugando con la letra y el espíritu de la ley. Si un trabajador no firma un anexo de contrato, las puertas son bastante anchas y se puede ir.
La baja participación sindical da muestras de la poca efectividad de dejar a la parte más débil de la relación laboral la responsabilidad de negociar periódicamente el reajuste de sus salarios respecto de las utilidades, porque las remuneraciones han presentado una tendencia a la baja.
El ciclo económico va en sentido contrario al que registran anualmente las utilidades de las empresas salmoneras y mineras, como La Escondida, entre otras.
Siempre voy a estar de acuerdo y apoyando cualquiera iniciativa legal o de otra índole que signifique compensar económicamente la fuerza de trabajo de los trabajadores. Debemos ser claros en que la explotación, la plusvalía se ha modernizado a través de la tecnología, de la informática, con intelectuales reclutados al servicio de la causa empresarial, cuya máxima es “a menor inversión mayor ganancia”. Los nacionalismos son parte del pasado, aunque los yanaconas siguen reproduciéndose como mala hierba y escribiendo en sus medios de comunicación amarillentos, presionados y pidiendo más libertades económicas. Pero, al primer problema corren a pedir que intervenga el Banco Central o, de lo contrario, hacen berrinches políticos y se toman los caminos y amenazan con despidos masivos o con llevarse el capital a otras latitudes, como en este momento, lo están haciendo, por ejemplo, las empresas salmoneras.
Después de este preámbulo, anuncio mi voto a favor de manera leal y consecuente con la clase trabajadora. No obstante, por su intermedio señor Presidente , pido al ministro del Trabajo que piense en que si bien Chile es un Estado nacional, recuerde la lucha que dieron los miles de trabajadores que estuvieron detenidos en el Estadio Nacional. Ellos lucharon por una sociedad más justa y libre de explotación, donde el objetivo iba más allá de las reivindicaciones meramente economicistas. La lucha estaba cifrada en terminar con la explotación del hombre por el hombre, donde una minoría de la clase privilegiada hacía uso y abuso de las leyes hechas como traje a su medida.
Los sueños de Luis Emilio Recabarren , Clotario Blest y del compañero Salvador Allende - Luis Figueroa , recalca el diputado Hales - están vigentes y más vivos que nunca, encarnados en las nuevas generaciones de quienes tomaron las banderas de lucha desde distintos puestos, incluso, por qué no decirlo, desde el Poder Legislativo en que hoy estamos.
Doy mi respaldo al proyecto, pero creo que falta más para los trabajadores chilenos.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG (don Nicolás).-
Señor Presidente , dado que no me quedó claro uno de los aspectos señalados por el ministro Andrade , me gustaría saber si la intención del Ejecutivo con la indicación que dice “sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 22” es excluir de la presunción de jornada ordinaria a todas aquellas personas señaladas en dicho artículo.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Recondo.
El señor RECONDO .-
Señor Presidente , los temas laborales en general requieren para su análisis desideologizar al máximo el debate para lograr consenso. Estas son las típicas materias en las que se requieren amplios consensos para avanzar en lo que necesitamos.
En esta oportunidad, el Congreso Nacional ha atendido una petición muy sentida de los trabajadores, que compartimos, la cual se expresó muy claramente en la Comisión Investigadora radicada en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, para atender precisamente los requerimientos de los trabajadores del mundo del retail y de los supermercados. Ellos plantearon muy insistentemente la necesidad de hacer una modificación legal a través de este proyecto para equiparar el sueldo base con el ingreso mínimo mensual. En ese sentido, puedo observar dos hechos que, en mi opinión, son muy importantes.
Primero, eso no significa que aumentarán las remuneraciones o los sueldos de los trabajadores, sino que, probablemente, variará la proporción entre el sueldo base y las comisiones o la variable de que está compuesta la remuneración. Sin embargo, ése no es el punto central de la discusión. Segundo, al llevar a cabo esta adecuación, que no modifica la remuneración total del trabajador, el Congreso contribuye a dignificar a los trabajadores en dos aspectos: por una parte, otorga mayor seguridad relativa a sus remuneraciones y, por otra, mejora la apreciación del empleado respecto de su propia condición laboral. Para éste no puede resultar lo mismo recibir un sueldo base equivalente al ingreso mínimo mensual que veinte mil pesos.
Repito, la Cámara de Diputados, en forma consensuada y amplia, ha contribuido a realzar la dignidad del trabajador. Por tal razón, anuncio que mi bancada votará favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro del Trabajo.
El señor ANDRADE ( ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , respecto de la pregunta del diputado señor Nicolás Monckeberg, debo señalar que la expresión “sin perjuicio de” no excluye a todos los trabajadores señalados en el inciso segundo del artículo 22, pero sí precisa con exactitud lo que debe entenderse por supervisión y control directo para determinar la presunción de si existe o no jornada laboral.
En segundo lugar, concuerdo plenamente con lo señalado por el diputado señor Dittborn, en cuanto a que el proyecto avanza mucho en materia dignidad. Como su señoría indicó, fue necesaria la dictación de una norma legal para establecer ese avance.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor BUSTOS (Presidente).-
En votación las modificaciones introducidas por el honorable Senado al proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de salarios base.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 94 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 4 abstenciones.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Aprobadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Bruner Cristián; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Sunico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Bertolino Rendic Mario; Martínez Labbé Rosauro; Monckeberg Díaz Nicolás; Sepúlveda Hermosilla Roberto.
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