" El se\u00F1or P\u00C9REZ VARELA .- \nSe\u00F1or Presidente , no voy a realizar un an\u00E1lisis acabado de las distintas normas que la Comisi\u00F3n Mixta aprob\u00F3. Sobre esa materia hago m\u00EDa la detallada intervenci\u00F3n que efectu\u00F3 el Senador se\u00F1or Larra\u00EDn , quien adem\u00E1s es uno de los autores de la iniciativa, la cual tiene por objeto generar en nuestro ordenamiento institucional el derecho al libre acceso a las fuentes p\u00FAblicas de informaci\u00F3n, entendido como la posibilidad real que tendr\u00E1 la ciudadan\u00EDa de tomar conocimiento de los actos de la Administraci\u00F3n del Estado.\n \nEllo es extraordinariamente significativo, porque tal instrumento legal va a permitir dar un salto cualitativo y excepcional en todo lo que es la transparencia y el control ciudadano frente a las acciones de la Administraci\u00F3n, de los distintos Poderes del Estado y de los dem\u00E1s organismos a los cuales se les aplicar\u00E1 la presente normativa. Esta se basa en un principio fundamental: el de la transparencia, definido en el art\u00EDculo 4\u00BA de la ley.\n \nToda autoridad y todo funcionario p\u00FAblico deber\u00E1n velar por que se respete y cautele la publicidad de los actos, las resoluciones, los procedimientos y documentos de la Administraci\u00F3n, as\u00ED como la de sus fundamentos. Del mismo modo, deber\u00E1n facilitar el acceso de cualquier persona a esa informaci\u00F3n, a trav\u00E9s de los medios y procedimientos que establezca la ley. \nEse es el principio de transparencia que debe regir toda la acci\u00F3n de la Administraci\u00F3n del Estado, del Congreso, del Poder Judicial y de los distintos \u00F3rganos incorporados como sujetos pasivos de esta legislaci\u00F3n. Tal idea fue fruto del trabajo realizado por la Comisi\u00F3n Mixta presidida por el Senador se\u00F1or Sabag , pues el texto aprobado por la C\u00E1mara de Diputados dejaba afuera al Parlamento, a la Judicatura y a otros \u00F3rganos p\u00FAblicos.\n \nPor lo tanto, creo que hoy estamos dando un paso fundamental hacia la transparencia. Se les da poder a los ciudadanos a trav\u00E9s de la informaci\u00F3n, tanto mediante la transparencia activa, que es la obligaci\u00F3n que tiene la Administraci\u00F3n de entregar informaci\u00F3n acerca de sus actos y de los fundamentos de ellos, como por medio de la transparencia pasiva, que es la capacidad de cualquier ciudadano para requerir informaci\u00F3n a los \u00F3rganos del aparato estatal. \nRevisando las disposiciones del proyecto en an\u00E1lisis, que, sin duda, vamos a aprobar, se observa que el art\u00EDculo 7\u00BA, consignado en el ART\u00CDCULO PRIMERO, se refiere a la transparencia activa y contiene una serie de normas que nos habr\u00EDan evitado muchas de las dificultades que vivimos en el pasado y que provocaron profundos disensos pol\u00EDticos en la materia.\n \nLa letra d), por ejemplo, establece que los \u00F3rganos de la Administraci\u00F3n del Estado estar\u00E1n obligados a publicar \"La planta del personal y el personal a contrata y a honorarios, con las correspondientes remuneraciones\". \nA\u00F1os atr\u00E1s hubo una seria discusi\u00F3n por la solicitud de todos los contratos a honorarios del aparato p\u00FAblico. Hasta se presentaron demandas a los tribunales de justicia para evitar que esos antecedentes se conocieran. Incluso la C\u00E1mara Baja realiz\u00F3 una sesi\u00F3n especial para tratar de sancionar a los Diputados que, ejerciendo su rol fiscalizador, lucharon para dar a conocer los honorarios de los funcionarios contratados en el sistema estatal.\n \nPor eso, hoy estamos dando un paso fundamental. \nSi anteriormente hubiera existido una norma como aquella, de obvia transparencia para el conocimiento de la ciudadan\u00EDa, nos habr\u00EDamos evitado, sin duda, largos conflictos pol\u00EDticos, como el suscitado a ra\u00EDz del llamado \"caso MOP-Gate\" o el vinculado a los traspasos de recursos a distintas ONG. \nPor lo tanto, este es un logro sustancial, que demuestra que nos habr\u00EDamos evitado problemas de haber existido antes una normativa sobre transparencia y publicidad. \nMe parece que se avanza de manera fundamental al darles ese poder a los ciudadanos. \nAdem\u00E1s, en el art\u00EDculo 21 se establecen con claridad, con rigor, con precisi\u00F3n cu\u00E1les ser\u00E1n las \u00FAnicas causales de secreto o de reserva que permitir\u00E1n a una autoridad denegar a la persona que lo solicite el acceso a una informaci\u00F3n. Se fija un procedimiento acotado, transparente, expedito y fluido para que todos conozcan las razones por las cuales tal autoridad no entrega determinada informaci\u00F3n.\n \nEn otro art\u00EDculo se se\u00F1ala d\u00F3nde procede efectuar los reclamos de ilegalidad: la Corte de Apelaciones correspondiente. \nTambi\u00E9n se resuelve adecuadamente -algo se ha hablado sobre esta materia- la institucionalidad del Consejo para la Transparencia, el cual present\u00F3 dificultades en su dise\u00F1o original, porque le quitaba atribuciones a la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica. Sin embargo, el trabajo de la Comisi\u00F3n Mixta y, en especial el aporte entregado por el Contralor, permitieron solucionar el punto de forma apropiada.\n \nDicho Consejo, entre otros objetivos, garantizar\u00E1 a la ciudadan\u00EDa la aplicabilidad de la ley. Por lo tanto, las personas podr\u00E1n acceder efectivamente a las informaciones, a los antecedentes, a los documentos y a los fundamentos de las actuaciones de todos los \u00F3rganos de la Administraci\u00F3n, los cuales tendr\u00E1n la obligaci\u00F3n de entregarlos. Porque no hay duda de que las resoluciones y los actos de los distintos Poderes del Estado son informaci\u00F3n importante. Y esa relevancia debe estar directamente relacionada con el derecho de las personas a conocer antecedentes de ese tipo.\n \nSe\u00F1or Presidente, creo que hemos estructurado un cuerpo legal adecuado, que protege en forma precisa el derecho de acceder a la informaci\u00F3n p\u00FAblica. \nEn consecuencia, aprobar el proyecto esta tarde -como estoy seguro de que suceder\u00E1- permitir\u00E1, a partir de la promulgaci\u00F3n de la ley, contar con un Estado que posibilite efectiva y realmente la participaci\u00F3n ciudadana. Porque tendremos personas mucho m\u00E1s informadas sobre el uso de los recursos fiscales y los actos y las resoluciones de quienes trabajan para la ciudadan\u00EDa, rol que deber\u00EDamos cumplir todos aquellos que formamos parte del aparato p\u00FAblico.\n \nHe dicho. \n " . . . . . . . .