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El señor BUSTOS (Presidente).-
Corresponde considerar el informe de la Comisión Investigadora de asesorías efectuadas en diferentes reparticiones gubernamentales.
Diputado informante es el señor Marcelo Díaz.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión investigadora, sesión 14ª, en 8 de abril de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 19.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente , cumplo con rendir el informe de la Comisión Investigadora de Asesorías en Reparticiones Gubernamentales, que contiene detalladamente todas las actuaciones realizadas sobre la materia, así como las conclusiones y recomendaciones del caso.
La constitución de esta Comisión se originó en el mandato contenido en la solicitud presentada por 49 señores diputados, de conformidad con la letra c) del Nº 1 del artículo 52 de la Constitución Política de la República, aprobada por la Sala de la Cámara de Diputados en agosto de 2007.
En dicha petición, los parlamentarios hacían ver la existencia de posibles irregularidades ocurridas con ocasión de pagos extras por concepto de honorarios, en virtud de asesorías efectuadas por diversos profesionales a Gendarmería de Chile, entre 1990 y 2006. Agregaban que, en atención a lo anterior, era necesario analizar e investigar, en un plazo no superior a 120 días, los antecedentes y testimonios referentes a esos eventuales pagos irregulares, respecto de asesorías prestadas en las diferentes reparticiones gubernamentales desde el año aludido, con especial énfasis en las instituciones dependientes del Ministerio de Justicia.
Mediante oficio Nº 6978, de 30 de agosto de 2007, el señor Secretario General de la Cámara comunicó que integrarían esta Comisión los diputados señores Bobadilla, don Sergio ; Ceroni, don Guillermo ; Díaz, don Eduardo ; Dittborn, don Julio ; Encina, don Francisco ; Espinosa, don Marcos ; señora Muñoz , doña Adriana ; señores Sabag, don Jorge ; Salaberry, don Felipe ; Sepúlveda, don Roberto ; Vargas, don Alfonso ; Ward, don Felipe , y quien habla.
Con posterioridad, los señores Encina y Díaz, don Eduardo, fueron reemplazados por los diputados Rossi y Latorre, respectivamente, como miembros permanentes de la Comisión.
En cumplimiento de su cometido, la Comisión celebró 17 sesiones, recepcionando documentos y declaraciones de diversas autoridades, funcionarios públicos y dirigentes de organizaciones gremiales y particulares, entre ellos el contralor general de la República , el senador José Antonio Gómez , el ministro del Trabajo y Previsión Social, el ministro de Justicia , la ministra de Agricultura , el ex ministro secretario general de Gobierno , don Osvaldo Puccio ; el ex subsecretario de Justicia , don Jaime Arellano ; los directores de Gendarmería desde 1990 a la fecha, y representantes de diversas organizaciones gremiales de dicha institución.
Para facilitar la comprensión del trabajo investigativo realizado, la Comisión estimó conveniente consignar, en orden cronológico, un resumen de las declaraciones prestadas en su seno por las autoridades, dirigentes gremiales y particulares a que hice referencia, cuyo examen puede ser consultado por los honorables colegas a partir de las páginas 3 a 34 del informe.
Los documentos examinados por la Comisión y demás instrumentos recibidos también se encuentran a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados en las dependencias de la Secretaría de la Comisión.
Efectuadas las constancias reglamentarias de orden formal, a continuación paso al análisis de fondo relativo a las conclusiones y proposiciones a las que arribó la Comisión, que fueron aprobadas por siete votos a favor y seis en contra, tal como se consigna en las actas oficiales.
Dado el amplio mandato otorgado a la Comisión, ésta determinó, por la unanimidad de sus integrantes, situar el objeto de la investigación en el análisis de los antecedentes relativos a eventuales pagos irregulares de remuneraciones y de honorarios respecto de asesorías efectuadas en Gendarmería de Chile, institución dependiente del Ministerio de Justicia, entre los años 1990 y 2006.
En el desarrollo de las sesiones de la Comisión, su mandato se fue orientando a dar respuesta a una interrogante básica: determinar si los diversos contratos suscritos por Gendarmería con particulares habían sido efectivamente realizados.
Para ello, se recurrió a tres antecedentes fundamentales. A saber, a las declaraciones de las personas invitadas a la Comisión, a la documentación aportada por Gendarmería, por el Ministerio de Justicia y por los invitados, y al informe de fiscalización emitido por la Contraloría General de la República.
Cabe consignar que algunos miembros de la Comisión señalaron que ésta también tenía por mandato analizar la utilidad, calidad o pertinencia de las mencionadas asesorías para la institución contratante. A este respecto, a juicio de la mayoría de los miembros de la Comisión, dicho planteamiento excede el encargo conferido por la honorable Cámara y resulta impracticable, atendida la naturaleza de las prestaciones contenidas en la mayor parte de los contratos analizados, que versan sobre asesorías cuya traducción material no es un producto u obra determinada, sino la disposición de conocimientos profesionales o experiencias que se materializan mediante reuniones, consejos u orientaciones, entre otras.
Para atender lo planteando precedentemente, es preciso discernir la forma en que nuestro ordenamiento jurídico regula las contrataciones a honorarios, así como el medio para determinar el cumplimiento o ejecución de los mismos y, especialmente, de contratos cuya prestación consiste en un intangible.
Para ello, es preciso examinar la legislación vigente a este respecto.
En primer lugar, los contratos a honorarios están regulados en el artículo 11 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, el cual preceptúa:
“Podrá contratarse sobre la base de honorarios a profesionales y técnicos de educación superior o expertos en determinadas materias, cuando deban realizarse labores accidentales y que no sean las habituales de la institución, mediante resolución de la autoridad correspondiente”.
Además, se podrá contratar sobre la base de honorarios, la prestación de servicios para cometidos específicos, conforme a las normas generales”.
Las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato y no les serán aplicables las disposiciones de este Estatuto”.
En segundo lugar, la legislación vigente establece la obligación de emitirse una resolución por parte de autoridad competente, señalando el hecho de que alguien haya sido contratado a honorario.
Por su parte, el Ministerio de Hacienda emitió diversas circulares que establecen procedimientos respecto de la contratación a honorarios.
En ese sentido, cabe destacar que el oficio circular Nº 78, de 23 de diciembre de 2002, del Ministerio de Hacienda, estableció las modalidades a que deberán ajustarse los contratos a honorarios, que en suma viene a confirmar y a complementar lo expresado anteriormente en este informe.
Así, el citado oficio dispone que la contratación a honorarios procederá cuando exista una imposibilidad de ejecución directa de la prestación por parte de la institución pública, de tal forma que con sus recursos humanos propios no tenga la capacidad técnica o la disponibilidad temporal para ejecutar eficiente y oportunamente los trabajos encomendados. La labor que se contrate debe ser útil a la institución, por lo que su omisión o su deficiente cumplimiento han de acarrear un perjuicio al logro de sus fines y tareas.
Previo a la contratación, deberá acreditarse que existe un trabajo que es necesario realizar, así como también definir los requerimientos de competencia que deberá reunir el contratado. Procederá la contratación cuando las tareas requieran de una alta especialidad o experticia. Además, deberá acreditarse, en relación con las labores encomendadas, la excelencia profesional de la persona contratada, tanto en su currículo académico y experiencia profesional, como otras características de idoneidad necesarias para garantizar un adecuado desempeño. La especialidad de la persona contratada debe guardar estricta relación con las funciones que se le encomienden. Ahora bien, la contratación a honorarios procederá preferentemente en los siguientes casos:
a) Elaboración de estudios que sirvan de antecedentes para la decisión y ejecución de proyectos gubernamentales;
b) Realización de asesorías necesarias para la toma de decisiones por parte de las autoridades;
c) Peritajes técnicos e inspecciones que sirvan de base para controlar el estado de avance, pertinencia y calidad de planes, programas y proyectos;
d) La ejecución de programas, tareas o servicios de naturaleza temporal, y
e) Cuando una ley expresamente autorice este tipo de contrato.
En materia de restricciones a la contratación de servicios a honorarios, la citada circular establece los casos en que las autoridades responsables deben abstenerse de contratar servicios bajo esta modalidad:
a) Ejecución de tareas o acciones permanentes y propias de cada servicio;
b) Contratación de personal para labores administrativas y de servicios menores;
c) Contratación de funciones directivas, con excepción de las que implican la coordinación de programas transitorios y aquellas en que la ley contemple con carácter de agentes públicos, y
d) Pago de beneficios adicionales al personal de planta y a contrata que correspondan a las funciones idénticas del cargo que está desempeñando.
En materia de procedimiento, la circular en comento regula las normas de procedimiento a que deben someterse los contratos a honorarios.
En este orden de consideraciones, es menester precisar que los decretos o resoluciones que dispongan la contratación de honorarios contendrán, entre otros:
-Fuentes legales del contrato e imputación presupuestaria del gasto;
-Objeto del contrato, explicitándose los servicios y labores específicas que se encomiendan;
-Las condiciones en que se desempeñará el trabajo;
-Forma y oportunidad en que se efectúan los pagos por los servicios contratados;
-Los beneficios adicionales, tales como feriado, licencias, permisos u otros sólo procederán en la medida que se cumplan con las exigencias legales, y
-En lo relativo a los productos contratados y mecanismos de verificación, tales como estudios, informes y otros, debe determinarse la autoridad a la que corresponda controlar el cumplimiento del contrato, la declaración financiera, certificada por el Subsecretario , y la declaración de procedencia del contrato por inexistencia de conflicto de intereses e incompatibilidades, visada por el ministro respectivo, según corresponda.
Seguidamente, cabe consignar lo dispuesto por el oficio circular Nº 3, de 17 de enero del 2003, del Ministerio de Hacienda, que complementa y aclara el sentido y alcance del oficio circular Nº 78, de 2002, a que me he referido.
En dicho oficio se explica que entre las funciones para las que procede la contratación a honorarios contenidas en el Nº 5 del oficio circular N�� 78/02, debe entenderse incluida también la prestación de servicios para cometidos específicos, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 10 del Estatuto Administrativo. Se entiende por tales, individualizadas en forma precisa y circunscrita a puntuales, un objetivo especial, las que pueden recaer incluso en labores permanentes y habituales de la institución.
En cuanto a la situación de las contrataciones a honorarios en Gendarmería de Chile, la mayor parte de los recursos presupuestarios para contrataciones a honorarios en esta entidad se destinan a prestaciones médicas, a prestaciones dentales y a profesores para la Escuela de Gendarmería, a fin de suplementar la partida relativa al personal en régimen de planta y contrata, toda vez que éstas resultan insuficientes para cubrir las necesidades del Servicio. Una mínima parte de esos honorarios se destina a asesorías de carácter estratégico para el director de Gendarmería u otras jefaturas del servicio.
En la sesión cuarta de esta Comisión, de fecha 10 de octubre de 2007, el actual director de Gendarmería , señor Alejandro Jiménez señaló que “…presupuestariamente, el ítem de honorarios representa un 0,3% del presupuesto total de Gendarmería…”.
A partir de este antecedente marco, la Comisión procedió al análisis de diversos contratos a honorarios aportados por Gendarmería de Chile, y se extrajeron las siguientes conclusiones:
a) Diferencias remuneracionales para prestaciones aparentemente similares. Es lo que se constata en las remuneraciones por servicios de los asesores listados en el anexo 8, titulado asesorías genéricas, del informe de la Contraloría General de la República.
En efecto, bajo denominaciones similares, tales como asesorías en programas de modernización del Estado, asesorías en procesos de modernización del Estado, asesoría en modernización del Estado, o bien, programas de modernización del Estado o asesoría en procesos de modernización del Estado, los servicios prestados para la institución fluctuaron entre los 444.444 pesos y los 2 millones de pesos, ignorándose las razones que tuvieron los diversos directores de Gendarmería en el período comprendido en esta investigación para determinar la valoración del trabajo respectivo.
No encontramos ni en las declaraciones de los directores convocados, ni tampoco entre los antecedentes acompañados, razones que expliquen la diversidad de montos pagados por servicios aparentemente similares. Sin duda que una mayor, más profunda, detallada y clara exposición de las tareas de los asesores podría ayudar a clarificar estas diferencias.
También se encuentran entre los contratos analizados, asesores con derecho a feriados, licencias médicas, permisos administrativos y viáticos por cometidos funcionales, así como asesores con derecho a alimentación fiscal o a participar en actividades de capacitación.
Igualmente, en materia de dependencia, la realidad es diversa. Algunos asesores dependían directamente de la dirección nacional, mientras que otros lo hacían de la subdirección administrativa o de diferentes jefaturas de departamento.
En materia de rendición de informes, se constató que algunos contratos de honorarios establecían la obligación de remitir solamente un informe final. Sobre este particular es importante señalar que a partir de 1999 la obligación de entregar informe se transformó en una de carácter trimestral. No obstante lo anterior, se observaron entre los antecedentes acompañados por los prestadores de servicio y por la propia institución, contratos posteriores a dicho año en los que se estipulaba la obligación de entregar sólo un informe anual o un informe final con los objetivos alcanzados o los aportes hechos a la institución. Sin perjuicio de ello, los prestadores, en muchos casos, informaron de sus tareas o actividades de manera trimestral, tal como se aprecia en la documentación aportada por los propios prestadores de servicios que concurrieron a la Comisión.
Es importante se��alar que, a juicio de la Comisión, existe una confusión generalizada por parte de los asesores prestadores de servicios y de las autoridades de Gendarmería, en cuanto a que el informe correspondiente al último trimestre equivalía al informe final. Este error se visualiza en la generalidad de los informes de los contratos revisados tanto por la Comisión como por la Contraloría General de la República.
La ponderación de si estos informes constituyen en sí mismos un informe final que recoge los objetivos alcanzados o los aportes hechos a la institución fue imposible de realizar, puesto que dichos informes -en su gran mayoría- no fueron entregados a esta Comisión por el servicio investigado. Con todo, concluir si una asesoría fue de utilidad o no para la institución, tomando en cuenta solamente los informes entregados por los asesores, resulta imposible, pues éstos ofrecen un campo de análisis restringido.
A petición de esta honorable Cámara, en 2007 la Contraloría General de la República efectuó una auditoría a Gendarmería de Chile, con el objeto de “revisar los procedimientos llevados a cabo por la institución respecto de la selección, contratación, seguimiento y pago de honorarios efectuados durante el período comprendido entre enero de 2001 y junio de 2007”. El examen realizado por el órgano contralor se efectuó sobre una muestra de 90 casos de prestadores de servicios, cuya nómina está contenida en el anexo 5 de este informe. La nómina incluye los casos señalados por los honorables diputados denunciantes relativos a “los contratos de pública difusión por parte de la prensa”, así como a “contratos estratificados por mayores montos, como también contratos seleccionados de manera aleatoria.”.
Respecto de estos contratos en particular, la Contraloría General de la República realizó las siguientes observaciones que merecen ser destacadas:
-Contratos sin antecedentes de respaldo. Según el informe del organismo contralor, en 24 de los casos analizados, Gendarmería no aportó los informes de las asesorías realizadas o las boletas de honorarios, lo que impidió a dicho organismo validar la efectividad de la labor realizada por las personas individualizadas;
-Funciones paralelas. La Contraloría General de la República comprobó que en 23 casos, los prestadores de servicios mantenían vínculos paralelos con una o más instituciones del Estado;
-Contratos que establecen labores genéricas, lo que dificulta el control de la ejecución de las tareas contratadas;
-Faltas y/o deficiencias de los informes establecidos en los contratos;
-Falta de controles en las labores realizadas por los prestadores de servicios;
-Falta de resguardo de los productos emanados de los contratos;
-Tareas realizadas por los prestadores que no dicen relación con las asesorías contratadas;
-Desorden administrativo severo. En este punto citaré en forma textual al señor Contralor de la República : “…hay un gran desorden en la administración de los recursos en lo que dice relación con contratos a honorarios con personas naturales determinadas. (…) Hay mucha información y antecedentes y disposición de medios con pocos resultados. En definitiva, hay desorden…un gran desorden que lleva a la falta de control respecto de estos convenios de honorarios.”.
La Contraloría establece, además, la existencia de deficiencias severas en los controles internos. Algunas de ellas son las siguientes:
-Falta de un manual que establezca procedimientos formales de requerimiento, selección, contratación y control de las personas contratadas bajo el sistema de honorarios;
-Falta de registros que contengan antecedentes que justifiquen la contratación de los honorarios;
-Inexistencia de métodos de selección de los prestadores de servicio o asesores, en el que se establezcan requisitos de conocimiento, experiencia y competencia de los postulantes;
-Falta de un procedimiento uniforme respecto del control de las actividades realizadas por los asesores o prestadores de los servicios y de resguardo de los productos emanados de los respectivos contratos;
-Inexistencia de una base de datos que contenga información completa y oportuna de los honorarios contratados por la institución;
-Inadecuado archivo de la documentación de respaldo de los contratos;
-Deficiencias en la formalización de los contratos;
-Deficiencias en la comunicación y entrega de información desde la unidad de personal a la unidad de remuneraciones, referida a la contratación y término de funciones.
Asimismo, Gendarmería efectuó diversas auditorias que no reflejan en toda su magnitud las conclusiones a las que arribó la investigación llevada adelante por la Contraloría General de la República. Por el contrario, más bien dejan de manifiesto una situación de normalidad genérica en la institución que no se condice con las conclusiones a las que llegó la Contraloría General de la República y la Comisión.
La Comisión Investigadora de Asesorías en Reparticiones Gubernamentales ha dado cumplimiento a su mandato de investigar los antecedentes referidos a eventuales irregularidades en el pago de remuneraciones y de honorarios en Gendarmería de Chile. Durante el trabajo de esta Comisión se desplegaron diversos procedimientos de fiscalización, en virtud de las atribuciones de que disponemos. Sin embargo, es necesario dejar constancia de la imposibilidad de la Comisión para acceder a toda la documentación indispensable para una adecuada confrontación de los elementos que fueron objeto de fiscalización. Lo anterior se refrenda en el informe de Contraloría y en los antecedentes que acompañan el informe.
A este respecto, es importante destacar que las más de las veces fueron los propios prestadores de servicios quienes aportaron documentos de respaldo de las asesorías prestadas, las cuales no se encontraban a disposición del Servicio. La Comisión, enfrentada a esta importante limitación, considera que ello denota un grave desorden administrativo en Gendarmería de Chile que ha afectado la labor de los órganos fiscalizadores, atendida la información incompleta de que se dispuso.
Asimismo, esta conclusión se ve refrendada por las declaraciones del señor Contralor General de la República , don Ramiro Mendoza Zúñiga , quien en su exposición ante la Comisión enfatizó el gran desorden en la administración de los recursos en lo que dice relación con contratos a honorarios con personas naturales determinadas.
Las evidencias demostraron que Gendarmería de Chile no se encuentra preparada para administrar adecuadamente el personal a honorarios que se desempeña en dicha institución. La constatación de desorden administrativo y de falta de procedimientos, entre otras deficiencias, así lo confirman. De continuar este estado de cosas existe serio riesgo de que en el futuro se repitan las observaciones que la Contraloría ha realizado y que generaron connotación pública a partir de las denuncias que dieron origen a esta investigación.
En términos generales, de los documentos examinados por la Comisión no se detectan situaciones que permitan afirmar fehacientemente la existencia de delitos o ilicitudes que configuren un estado de corrupción generalizada en el organismo o faltas graves al principio de probidad administrativa. Sin embargo, es evidente que el grave desorden administrativo apreciado constituye o puede constituir un contexto propicio para aquello.
A juicio de esta Comisión, los documentos que se tuvieron a la vista no permiten descartar ni confirmar la presencia de ilícitos en el ámbito de su competencia, pero sí arribar a observaciones o reparos que dicen relación con deficiencias de procedimientos y formalidades, así como falencias significativas en los procesos completos y detallados que rigen a Gendarmería de Chile.
Coherente con esta ponderación es posible sostener que, aunque no se encuentra acreditada la existencia de una conducta cotidiana y generalizada de irregularidades que permita hablar de corrupción, sí se han constatado situaciones que deben ser sancionadas con el máximo de rigor en las instancias administrativas que correspondan.
A juicio de la Comisión, en este último punto no se debe desatender la responsabilidad de los directores de Gendarmería al no adoptar las medidas necesarias para fijar los procedimientos adecuados en materia de contratación, así como de seguimiento y respaldo de los servicios contratados, lo que, apreciado en su conjunto, ha afectado los mecanismos de control interno en Gendarmería de Chile.
Corresponde formular un severo reproche a quienes ejercieron el cargo de director de Gendarmería y el de auditor interno en el período comprendido en esta investigación, por la falta de control, dirección y fiscalización, así como por la falta de cuidado o resguardo de la documentación referida al tema.
De esta manera, tal como se señala en el informe emitido por la Contraloría, existen múltiples debilidades en los procedimientos de selección, contratación, seguimiento y pago de honorarios en el período en que se efectuó la revisión. Con todo, no se puede perder de vista que, en general, el servicio se ajusta, en algunos de los casos revisados, a la normativa vigente. Sin embargo, no siempre se cumplen con rigurosidad las exigencias contenidas en este precepto, quedando en evidencia prácticas administrativas que debilitan el control interno e impiden ejercer un control eficiente y oportuno de los recursos.
En consecuencia y a modo de conclusión de gran relevancia, la Comisión considera que este grave desorden administrativo ha sido un hecho determinante en la posibilidad de emitir un juicio fundado y debidamente probado respecto del cumplimiento de todos y cada uno de los contratos.
Sin perjuicio de lo anterior, de la documentación acompañada, del testimonio aportado por los propios comparecientes, como, asimismo, de todo lo ya reseñado en el cuerpo de este informe, la Comisión llega a la conclusión de que se puede razonablemente presumir que se prestaron los servicios contratados pese a toda la problemática de gestión administrativa que se ha explicado detalladamente. Lo anterior se funda en dos consideraciones: primero, en que al no haber sido posible acceder a la documentación que prueba la ejecución de los contratos, tales como los respectivos informes anuales, trimestrales o finales, corresponde que los prestadores de servicios referidos sean eximidos de reproche y que prime a su respecto el principio de la buena fe, según el cual debe entenderse que sus labores fueron realizadas, atendido a que no se ha demostrado de ninguna manera lo contrario.
Se agrega, además, la existencia de presunciones fundadas acerca de que los contratos se habrían cumplido, constituidas por las declaraciones de los directores de Gendarmería que fueron sus superiores directos, por la documentación completa o parcial aportada por los mismos prestadores y por sus propias declaraciones.
Cabe hacer presente que sólo en los siete casos señalados se profundizó en el análisis de su relación contractual con Gendarmería, ya sea cuestionando derechamente por algunos miembros de la Comisión la pertinencia de su aporte, o bien, su propia realización. Sobre ellas, los miembros de esta Comisión podríamos, de contar con los elementos necesarios, formarnos una impresión más acabada acerca de la utilidad y realidad de sus labores. Lamentablemente, no dispusimos de los antecedentes suficientes para arribar a un juicio concluyente.
Los prestadores de servicios citados y comparecientes y, por lo tanto, con posibilidad de exponer su posición y explicar el alcance de sus asesorías, fueron las señoras Loreto Ditzel y Marigen Hornkhol , y los señores Carlos Maldonado , Jaime Arellano, José Antonio Gómez , Osvaldo Andrade y Osvaldo Puccio . Todos ellos relataron los trabajos realizados, las vinculaciones con los respectivos servicios e hicieron entrega de documentación relativa a sus contratos e informes proporcionados a la institución.
Señor Presidente , para poder concluir en el tiempo que se me ha otorgado, señalaré las proposiciones y recomendaciones de la Comisión.
La Comisión ha acordado que la Cámara de Diputados debe proponer las mejoras y perfeccionamientos de la ley Nº 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2005, como también a la institucionalidad asociada, atendida las exigencias normativas para regular estos actos.
En este ámbito, la honorable Cámara debe estar disponible para de lege ferenda analizar el proponer los perfeccionamientos del Estatuto Administrativo, el cual requiere una reforma que lo adecue a los estándares modernos en cuanto a contratación del Estado y requisitos de orden administrativo.
Esta tarea es impostergable y la Comisión solicita al Ejecutivo presentar el proyecto de modificación del Estatuto durante el presente año, o el patrocinio a aquellos que surjan de la iniciativa parlamentaria.
Todas las autoridades vinculadas a estas materias deben cumplir con sus obligaciones. Así, será fundamental que la Contraloría General de la República realice auditorías de seguimiento a las observaciones planteadas.
Por su parte, la Subsecretaría de Justicia debe exigir una evaluación permanente para todas las contrataciones que autorice mediante decreto. No es aceptable que dicho Ministerio autorice una contratación con la sola presentación de la justificación presupuestaria. Se debe establecer, por parte de esa cartera, un mecanismo que demuestre la necesidad de la contratación que proponga el servicio y, tratándose de contratos que se renueven, que se acompañe un certificado que acredite la presentación, a satisfacción de la jefatura pertinente, del informe final con los objetivos alcanzados.
Finalmente, esta Comisión considera que es necesario un rediseño de los procesos de control y fiscalización de Contraloría que permitan establecer la hipótesis de suspensión o interrupción de los plazos de prescripción, atendida la importancia que el principio de probidad administrativa reclama en nuestro sistema jurídico.
La experiencia de haber constatado este grave desorden administrativo en Gendarmería y la posibilidad de que ello se preste para hechos que pueden ser calificados como de corrupción en el futuro, nos mueve a señalar que es fundamental que estas recomendaciones y conclusiones sean remitidas a su excelencia la Presidenta de la República , a la excelentísima Corte Suprema de Justicia, a la Contraloría General de la República y al Consejo de Defensa del Estado.
Asimismo, la Comisión acordó que forman parte de las conclusiones y recomendaciones aprobadas las consideraciones que les sirven de fundamento.
He dicho.
El señor CERONI ( Vicepresidente ).-
En discusión.
En el tiempo del Comité Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Felipe Ward.
El señor WARD.-
Señor Presidente , el informe da cuenta del trabajo realizado por la Comisión en las diferentes sesiones que realizó.
Fue imposible concordar en un solo informe, y si bien reglamentariamente corresponde votar el de mayoría, la Comisión también acordó anexar el presentado por la Alianza por Chile al documento que los diputados y diputadas tienen en sus pupitres y donde se contienen las conclusiones del informe principal.
Me parece importante entregar algunos fundamentos y explicaciones sobre por qué fue imposible llegar a un solo documento final, a un solo informe definitivo.
Hay una visión completamente diferente de lo que ocurrió y, en concepto de algunos, de lo que todavía ocurre al interior de Gendarmería de Chile .
Tuvimos la oportunidad de recibir al contralor general de la República ; el informe que durante meses preparó un equipo especial de auditoría de la Contraloría al interior de Gendarmería y, especialmente, de conversar con quienes más saben acerca de lo que ocurre en Gendarmería, que son sus funcionarios y los dirigentes de las distintas asociaciones. Me parece que ese testimonio debe ser compartido en esta ocasi��n, en que vamos a votar como Sala las conclusiones de la Comisión, con el propósito de que los miembros que no formaron parte de ella posean también algún grado de antecedentes adicionales y no una información tan imperfecta, asimétrica, en relación con lo que ocurrió en la Comisión.
Como decía, recibimos el informe del equipo especial de auditoría de la Contraloría e hice un resumen sintético de sus conclusiones. Insisto en que dicho equipo, a diferencia nuestra, sí tuvo la oportunidad de estar físicamente en dependencias de Gendarmería, lo que también le da una perspectiva bastante distinta. Nosotros, por decisión de la Comisión, no salimos de la sala Nº 311 donde funcionó durante 17 sesiones, si no me equivoco.
Algunas conclusiones de la Contraloría:
Información incompleta remitida por el Ministerio de Justicia; contratos a honorario sin respaldo administrativo, deficiencias de control interno, diferencias en los montos pagados respecto de lo estipulado en los contratos, pagos efectuados por sobre lo estipulado en los contratos, pagos efectuados sin respaldo de contratos, duplicidad de funciones de algunos asesores, ausencia de fundamentos en la contratación a honorarios, deficiencias en los informes, informes trimestrales que no especifican la tarea realizada, falta de informes finales, cumplimiento parcial de los contratos, inconsistencia entre lo estipulado en contratos y lo ejecutado en la práctica, asesorías no realizadas en Gendarmería.
Uno de los casos que llamó bastante la atención a quienes formamos parte de la Comisión está relacionado con el ex ministro y actual embajador, señor Osvaldo Puccio . ¿Qué dice la Contraloría, luego de analizar -insisto- durante varios meses, a través de una unidad de auditoría especial, en la parte final del informe oficial, no en el de nuestras conclusiones, respecto a las supuestas tareas ejecutadas?
“Con todo, no existe evidencia concreta del trabajo realizado por el señor Puccio en los meses de julio y agosto -del año anterior-, período por el cual percibió honorarios por la suma de un millón ciento setenta mil ochocientos ochenta pesos, cifra que corresponde reparar”.
Actualmente está en tramitación -ha sido, incluso, divulgado a través de los medios de prensa durante esta semana- un juicio de cuentas dirigido contra el funcionario público encargado de efectuar un pago, no directamente en contra del señor Osvaldo Puccio , sino de quien era en aquel entonces director de Gendarmería . El resultado de ese juicio de cuentas es incierto, pero obedece a la conclusión de la Contraloría. Forma parte de la proposición que presentamos a la Comisión pero que no fue considerada por el informe de mayoría, porque fue rechazado por tan solo un voto de diferencia.
La conclusión Nº 3 de la Contraloría General de la República expresa lo siguiente: Sin perjuicio de lo anterior, procede que Gendarmería instruya un procedimiento disciplinario, a fin de precisar los hechos denunciados; en particular, aquellos que dicen relación con los contratos a honorarios respecto de los cuales no se habían emitido las respectivas resoluciones, diferencias en los montos pagados y pagos sin contratos; inconsistencias entre las labores efectuadas y las estipuladas en los contratos; contratos que no contaron con la suficiente justificación que avalara la ejecución de las tareas contratadas.
Como expresaba, en la Comisión tuvimos la oportunidad de conversar con el contralor, y él en una de sus declaraciones manifiesta -cita textual-: “Uno ve en esta fiscalización que hay muchos contratos a honorarios que no llegan a un puerto específico ni para satisfacer ninguna necesidad particular”. Eso es una suerte de constante en esta investigación. Muchos contratos a honorarios que, en el fondo, como figura tipológica, significan labores que no está acreditado que se hayan realizado; informes que no se terminan o en los que no está la constancia clara de su término, y desvío de situaciones desde el punto de vista de las funciones, porque se encarga una labor específica y se terminan realizando otras.
Consultado por el diputado Bobadilla respecto de si se habían detectado, a través de esta auditoría o informe de la Contraloría General de la República, trabajos no efectuados, el contralor responde: “ Presidente , respecto de la pregunta del diputado Bobadilla de si comprobamos trabajos no efectuados, eso es efectivo.”
También conversamos con varios dirigentes de las asociaciones de funcionarios de Gendarmería de Chile, y es relevante dar a conocer algunas de las declaraciones que hicieron en la Comisión.
Cito textualmente:
“…Gendarmería se ha transformado en una fuente de ingresos extras.”.
“…por la institución ha desfilado un sinnúmero de personas que ocupan cargos, subdirectores y jefes de departamento, que en nada han contribuido. Incluso, sus profesiones no tienen vínculo alguno con la función penitenciaria. Todos los problemas que tenemos y que, de alguna manera, restan eficacia y eficiencia a la institución, no se van a solucionar si Gendarmería continúa como fuente de ingresos extras y para devolver diversos favores políticos.”.
“Al director nacional le han puesto asesores en todas las unidades del país, en la escuela institucional y en las direcciones regionales. Son asesores cuyos cargos responden a la devolución de favores políticos.”.
“Es claro que se crean puestos para devolver favores y que no contribuyen a la institución.”.
Todas esas declaraciones son de los dirigentes de los funcionarios de Gendarmería.
El 23 de diciembre del año pasado se publicó una inserción en un periódico de circulación nacional, firmada por distintas asociaciones de funcionarios de Gendarmería, que señala textualmente: “La responsabilidad de esta crisis se acentúa a partir de gestiones displicentes y erráticas de parte de las autoridades ministeriales y del propio servicio, como por ejemplo: el desmejoramiento de los sueldos de los funcionarios y la privatización inexplicable de la reinserción que le corresponde al Estado en las cárceles concesionadas. Además, el desvío de recursos institucionales para el pago de sobresueldos a personas ajenas a Gendarmería, que han contribuido una vez más al descrédito institucional por decisiones políticas que hoy cuestionamos como trabajadores penitenciarios.”
También escuchamos a varios ex directores de Gendarmería, entre ellos a don Mario Morales , quien, consultado sobre las asesorías contratadas, específicamente las de los actuales ministros de Justicia y de Agricultura , Carlos Maldonado y Marigen Hornkohl , respectivamente, fue categórico en cuanto a su naturaleza estrictamente política: “…pienso que esas asesorías obedecen a lo que señaló el senador Gómez , en cuanto a que podían responder a formas de establecer regímenes de sueldo -imagino- pero yo no tuve informes de asesorías ni del señor Arellano ni del señor Maldonado .” Lo mismo señala respecto de la actual ministra de Agricultura . Resulta bastante interesante saber que el señor Morales era jefe de estas tres personas; sin embargo, señala categóricamente y así consta en las actas de la Comisión: “No, estas personas no trabajaban en Gendarmería”. Agregó que él no recibió informes. Si bien se puede argumentar que los informes obedecían a una obligación posterior, por cuanto el señor Morales sólo estuvo cerca de un año en Gendarmería, al menos durante el tiempo que dirigió la institución, señaló que estas personas recibieron honorarios sin trabajar en Gendarmería. Si esto no son sobresueldos, entonces no se qué son.
También conocimos las declaraciones de las personas que fueron sindicadas públicamente, en un principio, como responsables de esta situación y con quienes conversamos en la Comisión.
El actual ministro de Justicia , don Carlos Maldonado , explicó al diario “La Tercera”, el 21 de julio de 2007, que los pagos percibidos de Gendarmería de Chile fueron “una manera, a través de la prestación de asesorías adicionales, de aumentar las remuneraciones para hacerlas más razonables y coherentes con las funciones y responsabilidades que se desempeñaban.”
Por su parte, el senador José Antonio Gómez , el 21 de julio de 2007, en el programa Estado Nacional de Televisión Nacional señala textual: “La estructura de sueldo está establecida de la siguiente manera: los jefes de gabinete teníamos una contrata que se renovaba año a año en el Ministerio de Justicia más un honorario en Gendarmería”. En el mismo programa, el senador Gómez agregó textualmente: “Por eso yo me refiero a la estructura de sueldo. Sin perjuicio de que a mí me podrían haber pagado por el Registro Civil o el Sename o por cualquier otra institución. Se definió que fuera por Gendarmería, porque desde el punto de vista del trabajo nuestro en Gendarmería hubo un elemento central”.
Una de las fuentes principales de nuestras conclusiones y del trabajo de la Comisión fueron los informes de auditoría de remuneraciones y honorarios correspondientes a los años 2000 a 2006. Estos informes fueron elaborados por el entonces jefe de la Unidad de Auditoría Interna, hoy director nacional de Gendarmería .
En esas auditorías se detectaron pagos incorrectos, determinación y pago errado de retenciones de impuestos, incumplimiento significativo de la obligación de presentar informes trimestrales por parte de las personas contratadas a honorarios, diferencias entre la planilla de honorarios, la ejecución presupuestaria y la inexistencia de comprobantes de egresos; existencia de funcionarios activos que figuran con un RUT discordante con el registrado en el sistema de remuneraciones; funcionarios que se incluyen en la nómina de personal sin aparecer en las planillas de pago e inexistencia de respaldos que acrediten suficientemente el pago de horas extraordinarias.
Señor Presidente , no creo que la Concertación, la coalición gobernante, sea corrupta. Sería injusto generalizar, pero cuando se detectan irregularidades y gérmenes de corrupción tan evidentes, como los que hemos revelado en este caso y que además son avalados por funcionarios de Gendarmería, que son quienes mejor conocen la situación, no queda más que reconocer y no guardar la basura debajo de la alfombra. Digo esto, porque Gendarmería, institución dependiente del Ministerio de Justicia, ha sido víctima de una politización escandalosa.
Ejemplos de esta naturaleza se han advertido en el caso de la subsecretaria de Transportes, detectada vendiendo frambuesa en auto fiscal, por lo cual debió abandonar el cargo; lo mismo ocurrió con el escolta presidencial. En cambio, el coronel de Gendarmería, Pedro Manchileo , detectado en una situación exactamente igual a las anteriores, con 50 días de vacaciones pagadas, es sumariado por un inferior jerárquico. Me pregunto qué garantías de objetividad da esto. A nosotros no se nos van a olvidar ese sumario ni esos 50 días.
Comprendamos que no estamos hablando sólo de desordenes en Gendarmería; no se trata de un par de carpetas metidas en un kardex equivocado. Estamos hablando de corrupción, estamos hablando de irregularidades; sin embargo, el Ministerio de Justicia guarda un silencio cómplice y nada hace y nada dice en relación con lo descubierto en Gendarmería.
Esa conducta nos preocupa, por lo que llamamos a los diputados de la Concertación a entender que aprobar este informe, tan pobre y tan débil, es avalar las prácticas que se han desarrollado en Gendarmería.
No se trata de un sustituto para la probidad, tampoco hay sustituto para la verdad, por lo que pido que respetemos la opinión de quienes más saben de Gendarmería, como son sus funcionarios.
He dicho.
El señor CERONI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG .-
Señor Presidente , apoyaré el informe de mayoría de la Comisión investigadora, que se abocó durante varios meses a estudiar la existencia de posibles irregularidades ocurridas con ocasión de pagos extras por concepto de honorarios, en virtud de asesorías efectuadas por diversos profesionales a Gendarmería de Chile entre los años 1990 y 2006, por varias razones.
En primer lugar, por prudencia. No se puede involucrar en esas irregularidades a cientos de profesionales, algunos de los cuales hoy ocupan cargos políticos relevantes, como los ministros de Estado , que de buena fe prestaron servicios a Gendarmería, por el sólo hecho de que otras personas no cumplieron con su cometido o recibieron favores políticos, como señala el informe de minoría.
En segundo lugar, después de escuchar todos los testimonios no he llegado a una convicción seria, en uno u otro sentido, de si se prestaron las asesorías o no.
Se ha señalado que aquí no hemos podido llegar a una verdad más de fondo, por cuanto existe desorden administrativo, faltan registros y respaldos de los informes de los profesionales, y se da una serie de otros vacíos administrativos que impiden llegar a una convicción seria y tan grave como la de que Gendarmería se transformó en una caja pagadora de favores políticos, como señala el informe de minoría. Eso sería algo muy delicado. Pero ello tampoco puede llevar a la convicción contraria, cual es que no se prestaron las asesorías, porque no están los informes. Perfectamente, la asesoría de un profesional, como la del actual senador Gómez , pudo ser verbal y entregada en reuniones, de lo cual no quedó constancia.
Por lo tanto, respetando la presunción contraria de que aquí ha habido una caja pagadora de favores políticos, creo que el principio que debe regir y que figura en nuestro ordenamiento jurídico es el de la buena fe; es decir, que se presume inocente, a menos que se pruebe lo contrario. No podemos condenar a una persona por la presunción de que aquí ha habido irregularidades políticas.
Quiero recordar que en 2003 se hicieron famosos los acuerdos Insulza-Longueira que, en síntesis, pretendían emitir un reproche respecto de una práctica que se aplicaba en nuestra administración pública de mejorar algunos sueldos mediante asesorías, como los ocurridos en el caso MOP-Gate y otros. Esta práctica no sólo se dio en los gobiernos de la Concertación, ya que se hacía desde hace mucho tiempo en la administración pública. En los acuerdos Insulza-Longueira se llegó al convencimiento de que existía la práctica de mejorar las remuneraciones de quienes ejercían funciones críticas. En consecuencia, desde esa fecha en adelante, resultaba reprochable ese tipo de prácticas.
Por su parte, después de esos acuerdos, el Congreso Nacional hizo un esfuerzo para sanear esa situación de hecho que se daba en la administración pública, dado que los sueldos de sus funcionarios eran muy bajos. Se trataba de un problema del que teníamos que hacernos cargo como país, con el objeto de transparentar el servicio público.
Quiero reivindicar ese acuerdo, porque, incluso en la hipótesis de que se hubiese probado fehacientemente que Gendarmería fue una caja pagadora, hubo un acuerdo político para sanear esta situación hasta 2003. Después de esa fecha, esas actuaciones debieran tener una sanción, para lo cual debiéramos perfeccionar el Estatuto Administrativo.
Al respecto, me hago eco de lo dicho por el diputado informante , en el sentido de que pedimos a la Presidenta de la República y al Ejecutivo el envío de un proyecto a la brevedad al Congreso para mejorar la transparencia en la Administración Pública respecto de todas las asesorías que se prestan a las diversas reparticiones, con el objeto que sea exigible un informe final y procedimientos que ameriten la necesidad de esos informes, para que no se cumpla la predicción de que éstas se transformarán en cajas pagadoras de favores políticos, como señala el informe de minoría.
Finalmente, quiero hacer mención a un aspecto procedimental de las comisiones investigadoras. Si rechazamos el informe, la Comisión Investigadora va a carecer de un trabajo final después de haber trabajado durante seis o siete meses. Por lo tanto, como lo discutimos en la Comisión, creo necesario que operemos como lo hacen las cortes de apelaciones, los tribunales superiores de justicia, en el sentido de que si se rechaza el informe de mayoría, de pleno derecho tiene validez el de minoría. Este aspecto se debiera considerar respecto de las futuras comisiones investigadoras.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Lobos.
El señor LOBOS.-
Señor Presidente , es triste, pero estamos nuevamente ante una Comisión Investigadora que termina con dos informes. Se ha dicho aquí que hay una ideología que podríamos llamar del despelote, pero éste es un despelote adrede, ya que se nos han entregado datos absolutamente trucados, seguramente para tapar ciertas verdades que son dolorosas de reconocer.
Las tribunas están semivacías en este momento. En una conversación que sostuve recién con el diputado Alinco me expresó que tal vez eso se debía a que cuesta poner la cara para soportar una vergüenza como ésta.
Por eso, felicito a los colegas de la Concertación presentes en la Sala, porque hay que ser valiente y bien hombre para dar la cara en un momento tan difícil como éste.
Gendarmería se comportó como una verdadera caja pagadora, a pesar de que sus funcionarios reciben sueldos muy bajos y están tan presos como los reclusos que cuidan, pero ven que figuras notables de nuestro país reciben honorarios millonarios con cargo a ese servicio. Ésta es la típica vaca flaca que alimenta a terneros gordos, pero ajenos, del campo de al lado.
De hecho, el senador Gómez indicó que esto obedecía a una verdadera estructura de sueldos, que comprometía fondos cuantiosos, y que no es más que la punta del iceberg, ya que, además de Gendarmería, están comprometidos EFE y muchos otros servicios.
Me pregunto, ¿no bastan los fondos reservados para pagar los honorarios de tantos amigos?
Se dice que los sueldos de los funcionarios públicos no alcanzan para vivir. Puedo estar de acuerdo con eso, pero hay que sincerar la situación, hay que poner la cara y decir que un ministro merece un sueldo mejor, pero se debe pedir expresamente; hagamos el esfuerzo.
También estoy de acuerdo en que no es posible que un ministro de Estado gane menos que cualquier gerente de empresa privada, pero hay que sincerarlo, hay que decirlo. No hay que hacerlo por la vía de la bicicleta o de la cuchufleta, para pasar la plata por debajo, en un sobrecito, como se estila en otro tipo de profesiones. Me encanta que tengamos buenos ministros, bien pagados, pero que hagan la pega y que sean los más calificados.
Sin embargo, también hubo sobresueldos para algunos personajes que una vez que fueron nombrados en sus cargos, como sucedió en Chiledeportes, duraron menos que la lombriz en el pico del pavo, como sucedió con una dama que alcanzó a estar dos días en su cargo, porque tuvieron que sacarla, ya que ni siquiera tenía el título que indicaba en su currículo. En consecuencia, no podemos hablar de que eran asesorías de buena calidad. Creo que no vale la pena dar los nombres de todos los notables que desfilaron por ese servicio.
Se ha dicho que algunos de estos personajes pudieron haber entregado una asesoría oral. La verdad es que una asesoría oral causó un gran escándalo en la Casa Blanca, por lo que no me gusta ese término y considero que debe ser retirado del boletín de esta sesión.
Por último, hubo además una política de silencio y de amedrentamiento en contra de los funcionarios, lo que hace pensar que los sueldos se pagaban por Gendarmería, porque se estimaba que quienes los recibían debían estar al cuidado de los funcionarios de ese servicio.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI .-
Señor Presidente , cuando uno tiene que analizar el trabajo y las conclusiones de una Comisión Investigadora no puede perder de vista el contexto en que se generó el informe.
La condición de Gendarmería de Chile en 1990 era bastante desmedrada, y si la comparamos con lo que hoy es, veremos que estamos frente a un servicio que ha cambiado ostensiblemente para el bien del país.
Es una institución que tiene una carga de trabajo notable, que debe enfrentar con un personal mejor preparado. En 1990, la población penal que tenía a su cargo era de 22.593 personas y, en 2007, de 43.602 personas.
Gendarmería ha tenido que ir evolucionando para enfrentar los desafíos de la reforma procesal penal y ha sido capaz de enfrentarlos adecuadamente, en particular en lo que dice relación con un trato diferente a los internos, a los condenados, a las personas sometidas a su vigilancia, que está especialmente orientado a la rehabilitación. Por consiguiente, ha tenido que enfrentar tremendos desafíos para ponerse a la altura de los requerimientos de los nuevos tiempos. De una institución postergada ha pasado a ser una institución moderna, con crecimiento permanente, tanto en materia de recursos como de funcionarios.
Su presupuesto, desde 1990 hasta hoy, se ha incrementado en 434 por ciento. Por supuesto, ha aumentado notoriamente la cantidad de los funcionarios. Por eso, debe seguir mejorando y debemos apoyar más a esta institución, porque es tremenda la responsabilidad que le hemos dado. Cada día aumentamos las penas y somos más estrictos en el combate contra los delitos, lo que significa más detenidos y condenados que deben ser tratados adecuadamente por sus funcionarios.
Reitero: Gendarmería es una institución que se ha ido modernizando ostensiblemente desde 1990 y, para ello, ha necesitado personas capaces. Los distintos directores han requerido el apoyo de asesorías de varias personas que trabajaron a honorarios para hacer un trabajo más eficiente. Ahí surgen los nombres de muchas personas, como Jaime Arellano , Marigen Hornkohl , Osvaldo Puccio , Loreto Ditzel , Osvaldo Andrade y tantos otros que hicieron un trabajo de apoyo al director nacional de Gendarmería , para que se transformara en la institución que es hoy día. La transformación de Gendarmería no es por obra y gracia del Espíritu Santo, sino producto del trabajo y de asesorías de hombres y mujeres capaces que dieron, en forma acertada, los consejos correspondientes al director respectivo, con el objeto de que Gendarmería se fuera modernizando.
Además, el contralor concluyó en su investigación dos cosas que son importantes de decir, cuales son que, evidentemente, hay un desorden administrativo en el manejo de los recursos en contratos a honorarios, pero que dicho desorden tiene una explicación desde el punto de vista sociológico y de la administración pública, como un fenómeno de la administración. Eso es evidente, pues estamos hablando de un servicio postergado, que se ha ido modernizando, y no hay duda de que en el trayecto para mejorar el sistema se producen desordenes, como los que, en general, tenía nuestra administración pública y que hoy han mejorado ostensiblemente.
El contralor dice: “…no se detectan situaciones que permitan afirmar fehacientemente la existencia de delitos o ilicitudes que configuren un estado de corrupción generalizada en el organismo o faltas graves al principio de probidad administrativa por parte de sus funcionarios.” O sea, ¡qué más queremos!
Después de ver todos los antecedentes, no me he formado, en absoluto, la convicción de que aquí haya actos dignos de censurarse por ilicitud o por ser faltas a la ética. Desorden sí, pero uno lo entiende. Al analizar hoy la situación, se aprecia que Gendarmería está en un estado totalmente distinto, pues es una institución eficiente, que cada día mejora la función que le hemos encomendado.
Por eso, las conclusiones que hemos aprobado son adecuadas y el PPD las apoyará.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente , liberado de mi condición de diputado informante , quiero entregar algunas apreciaciones personales que me dejó el trabajo de la Comisión.
La situación de Gendarmería es delicada. No creo que estemos frente a un servicio que esté funcionando normalmente ni en las mejores condiciones. Quienes han tenido la responsabilidad de dirigir este servicio tienen mucho que decir al respecto. Es cierto: a Gendarmería le ha tocado administrar una realidad y un cambio penitenciario de proporciones, no sólo desde el punto de vista de la población penal, que ha aumentado a nivel exponencial. No nos olvidemos que Chile es uno de los países de América Latina con mayor población penal, con un número de funcionarios que supera los 12 mil y que tiene condiciones laborales bastantes precarias. En la Comisión recibimos los testimonios de sus dirigentes.
Cuando se dice grave desorden administrativo, no se está hablando de dos papeles perdidos en dos kardex distintos, sino de una situación más grave. El desorden en la administración pública es grave. Cuando a un servicio público se le imputa estar en condición de grave desorden administrativo, se le está haciendo un reproche bastante severo.
Por otra parte, estamos hablando de más de dos mil contratos. En mi oficina hay copia de todos los contratos, desde 1990 a la fecha; sin embargo, nos concentramos en siete casos. Eso no da siquiera para un estudio de casos ni para una muestra fiable de la real situación de Gendarmería.
A propósito de lo que dijo el diputado Ward , voy a mencionar el juicio de cuentas, el cual no fue instruido en contra del embajador Puccio , sino de Juan Carlos Pérez , director de la época, por la ausencia de un informe que demuestra que el señor Puccio prestó sus servicios en un trimestre; los demás están. ¿Cuál es el deber de la Contraloría cuando falta un documento que acredita la prestación de servicios? Iniciar un juicio de cuentas en contra de la autoridad responsable en esa época. Reitero, no es en contra del señor Puccio , sino del señor Juan Carlos Pérez . La Contraloría nada dice respecto de los demás servicios prestados por el señor Puccio , porque está el resto de los informes; el mismo señor Puccio nos los aportó.
¿Qué quiero decir? Que la incapacidad de Gendarmería para haber dispuesto el archivo correspondiente a esos informes puso en grave peligro la honra e integridad de estas siete personas que fueron llevadas a la “hoguera pública” en la Comisión, porque no invitamos a una persona equis, sino a personas que eran conocidas públicamente, porque tenían relevancia política nacional. La propia Contraloría General de la República y su contralor, que tiene la obligación legal de denunciar a la justicia o al Consejo de Defensa del Estado cualquier hecho que pueda revestir el carácter de delito, no lo hizo, no porque el contralor no supiera cuáles son sus responsabilidades o se le haya pasado su obligación legal de denunciar, por la cual podría incurrir en notable abandono de deberes, sino simplemente porque no hay hechos que puedan revestir el carácter de delito. ¡Hay que decir las cosas como son! No hubo pruebas que permitieran acreditar ninguna de las denuncias que formuló la Oposición en esta materia. Por eso, se enviaron los documentos y este informe al Consejo de Defensa del Estado para que se siga investigando. Reitero, no hubo prueba de que alguna de esas personas ilustres, connotadas o como quiera denominárseles, no hubiera prestado sus servicios.
En eso hay que ser suficientemente responsables, porque tenemos dos vías: usar la buena fe o la mala fe. Y como sabemos que la mala fe sólo conduce al descrédito de la institución, de la política y de los ciudadanos, es un camino que debemos desterrar como opción política.
Señor Presidente , en política no todo vale. Aquí hay quienes sobre la base de una denuncia sin prueba, amparados en el fuero que otorga estar sentado en este hemiciclo, se permiten lanzar cualquiera imputación por los medios de comunicación, la que después no puede ser probada.
Creo que la Comisión arribó a conclusiones bien relevantes. Hay desorden grave y crítico, hay pagos irregulares, carencia de mecanismos de fiscalización y control, y todo ese contexto podría encubrir las cosas que ha dicho el diputado Ward , como sobresueldos, pago de favores políticos y algún otro fenómeno de corrupción, pero no logramos probarlo en la Comisión. Es cierto que una de las razones por las que no pudimos, de manera inequívoca y fehaciente, determinar si un contrato se efectuó o no se debió a que no dispusimos de los informes trimestrales. ¿Y de quién es la responsabilidad de conservarlos? Del servicio público y no de los particulares, no de los que subcontrataron con el Estado. Lo dijo el propio contralor en su intervención en la Comisión.
Sin duda, la Cámara no puede sino reprochar de manera severa la situación que ocurre al interior de Gendarmería y pedir que se tomen medidas al respecto.
En relación con los hechos anteriores, tal como lo expresó el diputado Ward , el contralor ha dicho que se determinó que hubo asesorías no efectuadas, pero no hay pruebas en el informe de la Contraloría. Lo curioso es que el propio contralor dice que no se pudo investigar hacia atrás, porque los hechos se encontraban prescritos. Sin embargo, emite un juicio general hacia atrás. No sé por qué no está en el informe del contralor general de la República . Pero respecto de los casos que investigamos, en primer lugar, tuvimos las declaraciones de los propios invitados, quienes señalaron las asesorías y servicios que prestaron a Gendarmería. También están los directores de la época a quienes prestaron sus servicios, pero lo más importante se encuentra en documentos aportados, informes trimestrales.
Uno puede tener un juicio respecto de la calidad de esos informes, pero todos los elementos y antecedentes que recibimos nos permiten concluir precisamente lo contrario de lo que señaló el diputado Ward . Hay indicios de que esos servicios sí se prestaron. No sabemos si son útiles. En varias ocasiones el mismo diputado Ward reconoció en la Comisión que, por ejemplo, en el caso del actual ministro del Trabajo , Osvaldo Andrade , sí se prestaron los servicios, porque recibió antecedentes fuera de la Comisión que así se lo permitieron acreditar. Reconozco la hidalguía de ese gesto. Pero respecto de lo demás, está claro que no hay elementos que permitan afirmar de manera inequívoca que los servicios no fueron realizados; de lo contrario, el propio contralor habría enviado los antecedentes a los tribunales de justicia.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Roberto Sepúlveda.
El señor SEPÚLVEDA (don Roberto) .-
Señor Presidente , el informe de la Comisión Especial Investigadora que se presenta hoy para nuestra aprobación corresponde al fruto del trabajo de más de seis meses de investigación.
Sin embargo, una vez más nos vemos enfrentados a la aprobación de un informe, elaborado por una mayoría circunstancial de la Concertación, que ha minimizado los resultados de la indagación, estableciendo que sólo han existido graves desórdenes administrativos en Gendarmería de Chile, que afectaron la labor de los fiscalizadores, dada la información incompleta de que se dispuso en relación con la contratación a honorarios de distintas personas que supuestamente prestaron servicios a dicha institución.
Se agrega en el informe de mayoría que los prestadores de servicios sean eximidos de reproche y que prime a su respecto el principio de la buena fe, según el cual debe entenderse que sus labores fueron realizadas por no haberse demostrado de ninguna manera lo contrario.
Asimismo, esa mayoría concluye que existen presunciones fundadas sobre el efectivo cumplimiento de los contratos de tales prestadores, constituidas por las declaraciones de los directores de Gendarmería que fueron sus superiores directos, la documentación completa o parcial aportada por los prestadores y sus propias declaraciones.
Tan peregrinas afirmaciones no son sino la demostración de un absoluto descaro por parte de quienes han aprobado dicho informe, que no quieren reconocer que en los últimos años Gendarmería de Chile pasó a constituir, al igual que muchas otras reparticiones públicas, una simple caja pagadora de favores políticos, abusando para dicho efecto del progresivo aumento del presupuesto que dicha institución recibió con motivo de la entrada en vigencia de la reforma procesal penal y del sistema de construcción de cárceles concesionadas.
Señor Presidente , el completo y documentado informe de la Contraloría General de la República, evacuado a petición de esta propia Comisión Investigadora y que se encuentra inserto en el informe que hoy se somete a nuestra consideración, es absolutamente lapidario en este sentido.
Se establece, entre otras irregularidades, que en algunos casos se efectuaron tareas distintas para las cuales se contrató una determinada prestación de servicios; en otros, no existen informes fidedignos de los cometidos; además, se efectuaron pagos de honorarios sin la resolución aprobatoria de los respectivos contratos. También existen casos de personas que renunciaron a sus contratos y, no obstante ello, igualmente les fueron pagados sus supuestos servicios, incluso por mayor monto de lo contratado. En fin, hay una serie de otras anomalías, sin considerar que en la mayoría de los casos los servicios contratados no tuvieron utilidad alguna, los prestadores carecían de conocimientos especializados o experticia y los informes respectivos ni siquiera fueron considerados por las autoridades institucionales a quienes presuntamente iban dirigidos, por lo que su utilidad para el servicio resultó nula.
Lo que resulta más irregular aún, casi pintoresco, es que en muchos casos, en la Secretaría de la Dirección Nacional de Gendarmería se tenían reservados los números de las resoluciones que aprobarían los contratos a honorarios de diversas personas. O sea, que lisa y llanamente, la institución estaba esperando a los beneficiados con estos pagos por favores políticos.
Eso resulta simplemente un despropósito y una burla para el país.
Ante tan contundente conclusión del órgano contralor, ¿cómo puede sostenerse con tanta ligereza y desparpajo que los servicios fueron efectivamente prestados, los contratos fueron también cumplidos, por lo que no hay reproche alguno en contra de los que aparecen como prestadores y que, por el contrario, debe aplicarse el principio de la buena fe?
Tales afirmaciones chocan estrepitosamente con la realidad, por lo cual no podemos, por ningún motivo, aceptar este informe de la mayoría de los parlamentarios que integraron la Comisión, porque no quieren reconocer que Gendarmería de Chile fue utilizada políticamente con el único objeto de pagar favores políticos, o mantener en esa institución, al igual que en muchas otras del aparato estatal, una red de operadores políticos.
Al contrario de lo que concluye dicho informe, nosotros, los representantes de la Alianza, estimamos que se encuentra nítidamente demostrada la responsabilidad política que en estas irregularidades les cupo a diversos personeros políticos -los que se mencionan en el informe de minoría- que han tenido participación activa o por omisión en esas conductas anómalas que causaron un detrimento económico a las arcas fiscales de nuestro país.
Quienes son responsables de tales anomalías y aún permanecen cumpliendo funciones públicas de otra índole no pueden seguir en sus cargos.
El servidor del Estado, cualquiera sea la modalidad de su vinculación laboral en la prestación de los respectivos servicios y que hace de la falta de probidad una conducta recurrente, haciendo prevalecer los intereses políticos o propios por sobre el bien publico, no puede seguir desempeñando su cargo.
Quienes suscribimos el informe de minoría, eso es precisamente lo que demandamos de la Presidenta de la República , petición que al no haber sido aprobado por la mayoría circunstancial de la Comisión, nos impide aprobar el citado informe, por lo cual votaré en contra.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Cerrado el debate.
Tiene la palabra el diputado don José Antonio Kast .
El señor KAST .-
Señor Presidente , pido que cite a reunión de Comités y que suspenda la sesión.
El señor BUSTOS .-
Señor diputado , en este momento corresponde recibir al Canciller Federal de la República de Austria . Por tanto, podría citar a los Comités una vez terminada dicha ceremonia.
El señor KAST.-
Señor Presidente, entonces, le pido que se voten los proyectos después de la ceremonia.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Muy bien, señor diputado.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el informe en los siguientes términos:
El señor BUSTOS ( Presidente ).-
En votación el informe de la Comisión Investigadora de asesorías efectuadas en diferentes reparticiones gubernamentales.
-Durante la votación.
El señor KAST.-
Pido la palabra, por un asunto de Reglamento.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor KAST .-
Señor Presidente , quiero saber la manera en que quedarán registrados los votos de las señoras diputadas y de los señores diputados, de modo de conocer la votación nominal.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Señor diputado, es imposible consignar los votos en forma nominal a través del sistema de manos levantadas.
El señor KAST .-
Entonces, solicito que el señor Secretario pregunte a cada una de sus señorías cómo votará y registre esa información.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Señor diputado, no se ha pedido votación nominal, de modo que no corresponde escrutar de esa manera.
El señor PAYA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor PAYA.-
Señor Presidente , lo normal en la Sala es la votación nominal. Simplemente estamos pidiendo que se utilice un mecanismo que permita reemplazar el sistema electrónico y que entregue información de cómo vota cada parlamentario.
El señor BUSTOS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema de manos levantadas, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 48 votos. Hubo 6 abstenciones.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Rechazado.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/648993/seccion/akn648993-po1
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