rdf:value = " 1. Adecuar, para los profesionales de planta y a contrata de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que cumplan funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia o pedagógicas en dichos establecimientos, los procesos de inducción y mentoría contemplados en el título II, del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, del Ministerio de Educación, de 1997, pudiendo establecer para tal efecto, especialmente: su duración; requisitos que deberán reunir los profesionales para optar a dicho proceso; el sistema de postulación a los cupos del proceso y la forma en que serán asignados; derechos y obligaciones de los participantes; determinar los requisitos para la inscripción en el registro público de mentores que refiere el inciso siguiente; derechos y obligaciones del mentor y causales de término de la mentoría; evaluación de los participantes y mentores del proceso, y todas las demás normas necesarias para el adecuado funcionamiento del referido proceso.
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