rdf:value = " 2. Adecuar para los profesionales de planta y a contrata de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que cumplan funciones de dirección de establecimientos de educación parvularia o pedagógicas en dichos establecimientos, la aplicación del sistema de certificación de competencias pedagógicas y conocimientos disciplinarios contemplado en el título III del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, del Ministerio de Educación, de 1997. En el ejercicio de esta facultad podrá establecer, especialmente: las oportunidades de certificación y sus efectos; los casos en que la certificación será obligatoria y voluntaria; los profesionales que estarán exceptuados de la aplicación del sistema; y todas las demás normas necesarias para el adecuado funcionamiento del referido sistema.
"