. "/akomaNtoso/bill/body/article[1]/clause/point[23]"^^ . "23."^^ . . . . " 23.Reempl\u00E1zase el art\u00EDculo 24 por el siguiente: \n\u201C \nArt\u00EDculo 24.-La Directiva Central estar\u00E1 compuesta de un Presidente, quien lo ser\u00E1 adem\u00E1s del partido, y, a lo menos, dos Vicepresidentes, un Secretario y un Tesorero. \nLa Directiva Central tendr\u00E1 las siguientes funciones: \na)Dirigir el partido conforme con su declaraci\u00F3n de principios, programa y las definiciones pol\u00EDticas adoptadas por sus organismos internos. \nb)Administrar los bienes del partido, rindiendo balance anual de ella ante el Consejo General, sin perjuicio de lo establecido en los estatutos del partido. \nc)Dictar las instrucciones generales necesarias para la realizaci\u00F3n adecuada de los procesos electorales internos, conforme a la ley y a los estatutos. \nd)Proponer al Consejo General las modificaciones a las declaraciones de principios, nombre del partido, programas partidarios, estatutos y reglamento interno, como asimismo, las alianzas, pactos electorales, fusi\u00F3n con otro u otros partidos, y su disoluci\u00F3n. \nd)Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo General. \ne)Proponer al Consejo General, para an\u00E1lisis y propuestas, los temas de pol\u00EDticas p\u00FAblicas considerados relevantes para el partido y el pa\u00EDs. \nf)Designar al Administrador General de Fondos del partido, cuando corresponda. \ng)Poner en conocimiento del Tribunal Supremo las faltas a los estatutos y a la disciplina partidaria de que tenga conocimiento. \nh)Todas las dem\u00E1s facultades que el respectivo estatuto les confiera, y que no sean contradictorias con la ley. \ni)Las dem\u00E1s funciones que establezca la ley. \nEl Presidente, los Vicepresidentes, los Secretarios y los Tesoreros del partido pol\u00EDtico deber\u00E1n efectuar una declaraci\u00F3n anual de intereses y patrimonio en los t\u00E9rminos de la ley Sobre Probidad en la Funci\u00F3n P\u00FAblica, la que deber\u00E1 ser remitida al Servicio Electoral para su custodia.\u201D. \n " . .