. . . . " El patrimonio de la Agencia estar\u00E1 constituido por: \na)Los aportes que anualmente le asigne la Ley de Presupuestos; \nb)Los recursos otorgados por leyes especiales; \nc)Los bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, que se le transfieran o que adquiera a cualquier t\u00EDtulo; \nd)Los frutos, rentas e intereses de sus bienes y servicios; \ne)Las herencias y legados que acepte, lo que deber\u00E1 hacer con beneficio de inventario; \nDichas asignaciones hereditarias estar\u00E1n exentas de toda clase de impuestos y de todo gravamen o pago que les afecten. \nf)Los ingresos que perciba por los servicios que preste, y \ng)Los aportes de la cooperaci\u00F3n internacional que reciba a cualquier t\u00EDtulo. \nLa Agencia estar\u00E1 sujeta a las normas del decreto ley N\u00BA 1.263, de 1975, y sus disposiciones complementarias. \n " . . . . . . . "/akomaNtoso/bill/body/title[2]/paragraph[7]/article/clause"^^ . . .