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- rdf:value = " El señor FARÍAS.-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de la Cultura y de las Artes, paso a informar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, originado en una moción del senador Jaime Naranjo Ortiz , que autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Santiago en memoria de las víctimas del Holocausto ocurrido durante la Segunda Guerra Mundial.
El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los diputados presentes, señora Nogueira , doña Claudia , y señores Egaña , Escobar , Rojas , Uriarte y quien habla.
Durante el análisis de esta iniciativa legal concurrió, especialmente invitado por la Comisión, el senador Jaime Naranjo Ortiz , quien, como autor del proyecto, reiteró los fundamentos y razones expuestos en la parte expositiva de la moción.
En la iniciativa se hace referencia a la aprobación, en 1948, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, como mecanismo utilizado por la Organización de las Naciones Unidas para evitar la repetición de hechos acaecidos durante la Segunda Guerra Mundial, en especial lo sucedido en los campos de concentración de exterminio.
Para evitar este tipo de episodios, se requiere generar amplia conciencia en las personas sobre el valor de la defensa y promoción de los derechos humanos y, muy especialmente, el derecho a la vida.
Por ello, los Estados tienden a desarrollar programas educativos para que las generaciones futuras conozcan los alcances del Holocausto de la Segunda Guerra Mundial, como una forma de combatir toda manifestación de acoso o violencia contra las personas o comunidades basadas en criterios étnicos, religiosos, sexuales o políticos.
Nuestra historia reciente ha permitido generar una mayor conciencia acerca del valor y la importancia de los derechos humanos. Desde la restauración de la democracia, en marzo de 1990, los diversos gobiernos han desarrollado programas de promoción y respeto de los derechos humanos que han sido insuficientes, ya que el mundo enfrenta rebrotes de la ideología nazi y de la intolerancia y fundamentalismo religioso.
El proyecto de ley fue aprobado por unanimidad en la Comisión de la Cultura y de las Artes en los mismos términos propuestos por el Senado. Está constituido por seis artículos, cuyo contenido se indica a continuación.
El artículo 1º autoriza erigir un monumento, en la ciudad de Santiago, en memoria de las víctimas del Holocausto ocurrido durante la Segunda Guerra Mundial.
El artículo 2º establece la forma en que dicha obra será financiada: erogaciones populares por medio de colectas públicas, donaciones y aportes de privados.
El artículo 3º dispone la creación de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes para el financiamiento de la obra.
El artículo 4º crea una comisión especial, integrada por cinco miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de la ley, cuya composición y quórum para sesionar y adoptar acuerdos se especifican.
El artículo 5º enumera las funciones que tendrá la mencionada comisión especial, entre las que destacan las de determinar las fechas y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, establecer la ubicación específica del monumento en la ciudad de Santiago, y otras de índole administrativa.
El artículo 6º, faculta a la Comisión para determinar el destino de las erogaciones recibidas que quedaren una vez construido el monumento.
Por las razones expuestas, pido a La Sala dar su aprobación al proyecto de ley.
He dicho.
"
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