-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649436/seccion/akn649436-po1-ds5-ds21
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/504
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- rdf:value = "
El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero.
El señor MELERO .-
Señor Presidente , mi intervención al final de la discusión de este proyecto, respecto del cual trabajé intensamente en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, se debe a que coincidió con una sesión de la Comisión Investigadora del Plan Transantiago. Sin embargo, las intervenciones de los demás miembros de la Comisión, en especial del diputado señor Dittborn y otros, me representan plenamente.
Voy hacer hincapié en una falencia, que ojalá se pueda solucionar durante el trámite del proyecto en el Senado.
¿Cuál es la falencia? Como recordarán las señoras diputadas y los señores diputados, en esta iniciativa se establece cómo se procederá respecto del régimen patrimonial en el caso de divorcio, en la partición entre los miembros del matrimonio, si es que llegan a esa etapa. Se obliga a compartir los fondos previsionales con el cónyuge más débil, lo que puede llegar hasta el 50 por ciento.
La iniciativa es de la mayor justicia, porque si tomamos el ejemplo clásico de un jefe de hogar hombre que trabaja y de una mujer que no labora remuneradamente, pero que contribuye a ese patrimonio al hacerse cargo de la educación de los hijos y de la administración del hogar, al llegar el momento del divorcio no parece justo que todo lo ahorrado quede en el patrimonio del más fuerte y la cónyuge más débil, en este caso la mujer, quede desprotegida.
Las Fuerzas Armadas y de Orden quedan al margen de este avance tan relevante. Los miembros de este importante sector también pueden verse sometidos a una situación de divorcio, pero por tener un sistema distinto no puede procederse de igual forma. A mi juicio, eso es una discriminación bastante arbitraria, en especial respecto de las mujeres casadas con uniformados.
Por eso, en el evento de divorcio o de nulidad del matrimonio de un cotizante de alguna caja de previsión de las Fuerzas Armadas o de Carabineros, la pensión del montepío que se generará al fallecimiento del cotizante deberá distribuirse entre quien era su cónyuge a la fecha del fallecimiento y la ex cónyuge divorciada o anulada sobreviviente y que no se hubiere vuelto a casar a la fecha del fallecimiento del causante.
En esta materia no se irroga gasto al Estado; por lo tanto, el Congreso Nacional puede corregir la situación. Al juez que conozca el juicio de divorcio o de nulidad, corresponderá distribuir la pensión del montepío, no pudiendo exceder el 50 por ciento, al igual que la norma vigente.
Al fallecimiento de cualquiera de los beneficiarios con la pensión del montepío, la cuota de ésta que se encontrare percibiendo acrecentará al cónyuge o ex cónyuge sobreviviente y que no se hubiere casado nuevamente.
En el caso de divorcio o de nulidad, el pensionado de las Fuerzas Armadas o de Carabineros de Chile podrá designar como beneficiario del derecho a recibir las prestaciones de Salud y asistencia a su primera ex cónyuge, como si nunca se hubiere divorciado o anulado.
En caso de desacuerdo, la materia será dirimida por el juez que estudia la causa, porque ésa es la otra situación. También en el caso de divorcio de los miembros de las Fuerzas Armadas, la cónyuge más débil queda desprotegida del punto de vista de las prestaciones de salud y asistencia.
El tema me parece de la mayor justicia. Junto a otros diputados, lo planteamos en la Comisión de Trabajo. Al respecto, el Ejecutivo esgrimió que no es prudente abrir un flanco sobre el tema de la previsión de las Fuerzas Armadas. Pero si estamos aludiendo al principio de equidad y a la protección del género, no veo por qué debe hacerse diferencia entre las mujeres casadas con uniformados y las casadas con civiles. Es de justicia arreglar este problema. Espero que se solucione en el honorable Senado.
El segundo tema tiene que ver con una sugerencia que señalamos algunos diputados, en beneficio de la transparencia del proceso de pago de la pensión básica solidaria.
Espero que en el Senado se avance en una institucionalidad que permita y evite cualquier duda o suspicacia acerca de quienes son los beneficiados de ese 60 por ciento.
He dicho.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649436/seccion/akn649436-po1-ds5
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649436