-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649573/seccion/akn649573-ds4-ds8
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1616
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- rdf:value = "
El señor WALKER ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Álvarez-Salamanca.
El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA.-
Señor Presidente, en la prensa de hoy en la mañana aparece el estudio del Centro de Investigación de Políticas Públicas para la Pyme, en el cual se plantea que el principal problema de las pequeñas y medianas empresas está centrado en su relación con las grandes empresas, al momento de venderles sus productos. Por lo tanto, no se trata del tradicional problema financiero.
Asimismo, en un diario de la tarde de hoy, se informa que una gran empresa decidió disminuir, de sesenta a treinta días, el plazo de pago a sus proveedores, que en su gran mayoría son pequeñas y medianas empresas. Al respecto, cabe recordar que, en general, las grandes empresas pagan a sesenta, noventa y ciento veinte días.
Deseo ser bien preciso en el planteamiento que, por intermedio del señor Presidente, voy a formular al ministro de Economía.
Hoy, cuando un pequeño o mediano empresario vende sus productos a una gran empresa, por ejemplo, botones o melones, recibe su factura, y el día 12 del mes siguiente -a los treinta días, más o menos- debe integrar el 19 por ciento del IVA en el Servicio de Tesorerías. La gran empresa, en cambio, retiene el IVA y lo entera recién cuando paga la factura al proveedor, es decir, a los sesenta, noventa o ciento veinte días.
Entiendo que se trata de un negocio entre privados y, por lo tanto, no es posible su regulación. Sin embargo, existen bastantes negocios entre privados, regulados por el Estado. Por ejemplo, nadie puede importar azúcar si no se supera el valor de la banda de precios; nadie puede importar trigo o harinas que también tienen precios mínimos establecidos por el Estado, o ningún pequeño agricultor puede vender ganado en una feria ganadera sin que el IVA le sea retenido y quien entera el valor del IVA a la Tesorería es, en este caso, la feria ganadera.
No sé si es posible utilizar un sistema parecido. Hay dos alternativas: una, que la gran empresa que compra al pequeño empresario le pague inmediatamente el IVA y, la otra, simplemente, que se ha usado desde hace ya más de veinte años, es una resolución de la Tesorería o del Servicio de Impuestos Internos, para que la gran empresa que compra le retenga el IVA y lo pague posteriormente a la Tesorería, con cargo, por supuesto, al proveedor.
Eso ayudaría bastante. Hoy, la gente que vende su producto, inmediatamente debe juntar la platita correspondiente al 19 por ciento y entregarla a la Tesorería; sin embargo, la gran empresa se queda con el crédito fiscal durante el plazo de pago definido, de sesenta, noventa o ciento veinte días. Lo utilizan y el pequeño empresario, con esto, se siente perjudicado, porque debe contar con el dinero correspondiente de inmediato.
Ése es un asunto que no le irroga ningún gasto al Estado. Obviamente, como otras que he explicado, es una regulación, pero perfectamente bien podría ayudar a solucionar el problema financiero inmediato que tienen muchas pequeñas y medianas empresas.
Señor Presidente, me gustaría, si es posible, tener una respuesta del señor ministro de Economía.
He dicho.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649573
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649573/seccion/akn649573-ds11-ds1