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- rdf:value = " NEGATIVA A ENTREGAR INFORMACIÓN A COMISIÓN INVESTIGADORA DE CHILEDEPORTES. Oficios.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , quiero exponer una situación ocurrida en la Comisión Investigadora de Chiledeportes que, a juicio de sus miembros, constituye una limitación a las atribuciones que la Carta Fundamental otorga a esta Corporación, y específicamente, a este tipo de Comisiones.
Durante el desarrollo de la investigación respectiva se hizo necesario conocer el monto del beneficio tributario que habían recibido los donantes en el sistema de donaciones que establece la ley del deporte, con el objeto de determinar la ocurrencia de irregularidades en la entrega de recursos a los donatarios, que en algunos casos son empresas relacionadas con el donante.
Todo ello en virtud de las atribuciones que otorga el inciso segundo de la letra c) del número 1) del artículo 52 de la Constitución Política de la República a las Comisiones, que les permite citar y solicitar antecedentes, sin ninguna restricción, a los ministros y demás funcionarios de la administración del Estado, los cuales estarán obligados a comparecer y a suministrar los antecedentes y las informaciones que se les soliciten.
Pues bien, el director del Servicio de Impuestos Internos se ha rehusado a entregar la información requerida por la Comisión. Fundamenta su negativa en el inciso segundo del artículo 35 del Código Tributario, norma que claramente tiene un rango legal inferior a la Carta Fundamental y a la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, cuyos artículos 8° y 9°, respectivamente, interpretados de manera correcta, no hacen sino refrendar las atribuciones de las Comisiones Investigadoras consagradas en la citada letra c) del número 1 del artículo 52 de la Constitución Política de la República.
La Comisión Investigadora de Chiledeportes fue constituida a raíz del escándalo denunciado en los medios de comunicación a propósito de las fiscalizaciones de la Contraloría General de la República en esa repartición y que han dado origen a diversas investigaciones del Ministerio Público.
Me parece altamente improcedente la negativa del director del Servicio de Impuestos Internos de proporcionar información vital para la investigación y conclusiones de la Comisión, toda vez que se ha argumentado que el sistema de donaciones se habría prestado para financiar campañas políticas.
El correcto y total esclarecimiento de las denuncias investigadas supone el conocimiento cabal de los diversos antecedentes requeridos y no puede un servicio público negar una información que por mandato constitucional tiene el deber de entregar a la Comisión, porque ello puede constituir una obstrucción a su trabajo.
Dicho sea de paso, lo que se le está pidiendo al director del Servicio de Impuestos Internos no es la declaración de un contribuyente ni sus resultados de ganancias o pérdidas, sino sólo el monto de un beneficio fiscal que, en definitiva, pagamos todos los chilenos.
Por ello, solicito que se oficie a su excelencia la Presidenta de la República y al ministro de Hacienda, a fin de que ordenen al director del Servicio de Impuestos Internos la entrega de la información requerida por esta Comisión Investigadora.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
"
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