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El señor WALKER (Presidente).-
Tiene la palabra don Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , éste es un proyecto muy relevante, porque si estamos en una lucha contra la corrupción esta es la mejor forma para prevenirla y fortalecer la probidad de nuestras instituciones.
El proyecto va a la esencia de esos dos aspectos, ya que lleva implícito el fortalecimiento y mantención de la probidad y el combate a posibles corrupciones o corruptelas dentro de la Administración Pública.
Por otra parte, termina con una práctica de carácter cultural en nuestro país, que es el secretismo, propio de una administración que venía de la época española del siglo XIX, y que se vio acentuada en nuestro país durante el siglo XX.
Por ello, el proyecto implica la posibilidad de un gran cambio cultural en el país, lo que implica también de nuestra parte la difusión y capacitación desde esta perspectiva, porque los cambios culturales no son fáciles. En ese sentido, el proyecto tiene una enorme importancia.
Por otra parte, también es importante desde el punto de vista de la participación ciudadana, porque ahora cualquier persona puede pedir a la Administración Pública la información que estime necesaria o que crea conveniente. Es decir, no hay límite alguno, con lo cual, desde esa perspectiva, existirá un mayor control de parte de la ciudadanía respecto de los actos del Gobierno.
Además, se ha establecido en forma clara cuáles son los casos especiales de reserva en esta materia, con el objeto de que no se amplíen -como se acostumbra- para evitar dar la información correspondiente. En ese sentido, está implícita la proporcionalidad -como decía el ministro -, lo que implica que, a su vez, la reserva sea lo menos restrictiva posible. Desde esa perspectiva, que es el marco teórico del proyecto, resulta sumamente relevante para nuestro país.
También pienso que fue acertado, dentro de la discusión, no incluir a los tribunales de justicia, porque hoy, el principio de publicidad está cada vez más dentro de los aspectos jurisdiccionales. La nueva ley procesal penal marcó un cambio radical, desde el secretismo que tenía el sistema inquisitivo al sistema de publicidad, como principio fundamental del nuevo proceso penal.
En esa dirección van actualmente todos los procedimientos que esta Cámara ha discutido, como es el procedimiento laboral, que también apunta a la publicidad y no al secretismo. En general, todos los nuevos procedimientos quedan sujetos al principio básico de la publicidad. Así regirá para el Poder Judicial , quedando incorporada dentro de las leyes específicas.
También es interesante que en el artículo 2° se incluya a los ministerios, las intendencias, las gobernaciones y los servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, así como también a la Contraloría General de la República, al Banco Central, a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, a los gobiernos regionales y a las municipalidades.
Desde esta perspectiva, también es importante la diferencia que se hace entre transparencia y la información que solicita cualquier persona. Es decir, los órganos del Estado deberán publicar necesariamente determinada información en sus páginas web, sin necesidad de ninguna solicitud. Esto es muy importante, puesto que facilitará la publicidad de la información a la ciudadanía.
Asimismo, es relevante que se establezcan sanciones cuando no se entregue la información requerida. Para tales efectos se crea el Consejo para la Transparencia, órgano autónomo, al cual se le entregan funciones jurisdiccionales, de manera que aplique determinadas sanciones cuando un funcionario público o un jefe de servicio se niegue a entregar la información solicitada o cuando la retarde, de manera que el solicitante no la obtenga oportunamente.
En síntesis, se trata de una iniciativa de gran relevancia, desde el punto de vista de la probidad y del combate a la corrupción.
Por eso, nuestra bancada dará su aprobación a este proyecto.
He dicho.
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