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Agrega nuevo agravante, en el Código Penal, para el robo en casas no habitadas. (boletín N° 5105-07)
1. Se ha vuelto común que los delincuentes realicen ciertas marcas en casas particulares como una forma de conocer el movimiento existente en ella.
2. Esta situación ha generado un gran temor en la comunidad, porque son muchas las familias que se han visto afectadas por estas especies de graffitis en las paredes exteriores de sus casas, lo que implica generar un grado de miedo por ser atacados por delincuentes.
3. Al recorrer cualquier barrio del país, indica que el grado de impunidad con que actúan quienes llevan acabo estos hechos, les ha llevado a rayar un alto porcentaje de inmuebles particulares.
4. El sostenido amento de la delincuencia en el país, y la agresividad con que se realiza estos actos, hace necesario tomar medidas urgentes en esta materia.
5. Los delincuentes hacen de las suyas, muchas veces llegan a asesinar al interior de un domicilio, y las penas no se condicen con el brutal acto realizado.
6. Por ello, el hecho de marcar las casas es un tema que recobra cada vez mayor connotación en el país, sin que las autoridades tomen conciencia de la gravedad de los hechos
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase un nuevo numeral cuarto al artículo 442 del Código Penal, de la siguiente forma:
“4°. Haber pintado, rayado o marcado con signos o garabatos, la propiedad con objeto de ingresar a robar en ella”.
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