. "MOCI\u00D3N DEL HONORABLE SENADOR LETELIER, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ART\u00CDCULO 315 DEL C\u00D3DIGO DEL TRABAJO, PARA PRECISAR INFORMACI\u00D3N FINANCIERA QUE DEBE ENTREGAR EL EMPLEADOR AL INICIO DE UNA NEGOCIACI\u00D3N COLECTIVA (4854-13)"^^ . . . . " MOCI\u00D3N DEL HONORABLE SENADOR LETELIER, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ART\u00CDCULO 315 DEL C\u00D3DIGO DEL TRABAJO, PARA PRECISAR INFORMACI\u00D3N FINANCIERA QUE DEBE ENTREGAR EL EMPLEADOR AL INICIO DE UNA NEGOCIACI\u00D3N COLECTIVA (4854-13) \nHonorable Senado: \nFundamentos. \nQue dentro del procedimiento de negociaci\u00F3n colectiva establecido por nuestro C\u00F3digo del Trabajo se encuentra la obligaci\u00F3n del empleador de entregar informaci\u00F3n respecto de los antecedentes financieros de la empresa materia de dicha negociaci\u00F3n. Sin embargo, dicha norma[1] no establece claramente la obligaci\u00F3n de separar la informaci\u00F3n correspondiente. \nPara efectos de lo anteriormente dicho, estimamos que establecer esta norma permitir\u00E1 que, al momento de negociar colectivamente, las organizaciones sindicales tendr\u00E1n acceso a una informaci\u00F3n de mayor calidad y exactitud. En este sentido, cada organizaci\u00F3n sindical podr\u00E1 optar a objetivos m\u00E1s claros al momento de negociar con los empleadores, de acuerdo con los antecedentes que obran en su poder. \nIdeas Matriz. \nEl objetivo principal de este proyecto de ley consiste en establecer una obligaci\u00F3n a los empleadores, para efectos de que entreguen una informaci\u00F3n de mayor calidad y con antecedentes m\u00E1s exactos y precisos, respecto de los costos de operaciones y por concepto de remuneraciones, permitiendo que las organizaciones de sindicales tengan una informaci\u00F3n m\u00E1s concreta al momento de dar a conocer sus planteamientos al empleador correspondiente. \n \nProyecto de Ley \nArt\u00EDculo \u00DAnico. Modif\u00EDquese el inciso 5\u00BA del art\u00EDculo 315 del C\u00F3digo del Trabajo. \nInterc\u00E1lese despu\u00E9s de la expresi\u00F3n \u201Cinformaci\u00F3n financiera necesaria\u201D una \u201C,\u201D y a continuaci\u00F3n la frase \u201Cdistinguiendo entre costos de operaci\u00F3n y costos por concepto de remuneraci\u00F3n\u201D agregando a continuaci\u00F3n una \u201C,\u201D. \n(FDO.):JUAN PABLO LETELIER MOREL, SENADOR DE LA REP\u00DABLICA \n " . . . . . . . . . . "[1] Inciso 5\u00BA art\u00EDculo 315 del C\u00F3digo del Trabajo: \u201CTodo sindicato o grupo negociador de empresa podr\u00E1 solicitar del empleador dentro de los tres meses anteriores a la fecha de vencimiento del contrato colectivo vigente los antecedentes indispensables para preparar el proyecto de contrato colectivo. Para el empleador ser\u00E1 obligatorio entregar a lo menos los balances de los a\u00F1os inmediatamente anteriores salvo que la empresa tuviere una existencia menor en cuyo caso la obligaci\u00F3n se reducir\u00E1 al tiempo de existencia de ella; la informaci\u00F3n financiera necesaria para la confecci\u00F3n del proyecto referida a los meses del a\u00F1o de ejercicio y los costos globales de mano de obra del mismo per\u00EDodo. Asimismo el empleador entregar\u00E1 la informaci\u00F3n pertinente que incida en la pol\u00EDtica futura de inversiones de la empresa siempre que no sea considerada por aqu\u00E9l como confidencial\u201D."^^ . . .