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Honorable Senado:
La situación de los derechos humanos en Venezuela es un asunto de la mayor relevancia y que demanda la mayor preocupación. De ello da cuenta una serie de organismos internacionales encargados de su tutela.
Desde que el Presidente Hugo Chávez asumió la presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, el deterioro a la protección en general de los derechos civiles y políticos en ese país ha ido en franco deterioro y es cada vez más evidente el riesgo de segregación de un sector de la sociedad venezolana a razón de su disenso político. Los distintos informes internacionales sobre la materia son claros y expresan, en términos categóricos, que la situación de derechos como, por ejemplo, la libertad de expresión, se encuentra amenazado.
Un ejemplo de lo anterior, lo constituye el último informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre Venezuela (Capítulo IV), del año 2005, que da cuenta en una serie de sus secciones de la preocupación por la existencia de una tendencia dirigida a intimidar, hostigar y estigmatizar a personas u organizaciones que se pronuncian en disenso de las políticas o funcionarios del gobierno. Preocupa asimismo a la Comisión en dicho informe, el debilitamiento las garantías básicas para el ejercicio de la defensa de los derechos humanos, la libertad de expresión y la oposición política.
El ejercicio de la libertad de expresión en Venezuela sigue siendo un tema de preocupación para la CIDH. La Comisión ha constatado que los medios de comunicación despliegan una actitud crítica de los actos del gobierno. Sin embargo, la Comisión nota tal como sugirió en su Informe sobre Derechos Humanos en Venezuela del año 2003, que el posicionamiento crítico por parte de medios privados no justifica restricciones a la libertad de expresión contrarias a normas internacionales e interamericanas.
Durante el año 2005, la CIDH recibió, a través de su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, reportes de distintas situaciones que afectan el normal ejercicio de este derecho fundamental. La información recibida da cuenta de la promulgación de leyes que en su aplicación pueden afectar a la libertad de expresión; de un aumento en la iniciación de procesos penales en contra de periodistas a través de estas leyes; de denuncias sobre acciones desplegadas por parte de agencias estatales encargadas de la
percepción de tributos que han impactado en el ejercicio de la libertad de prensa; de acciones discriminatorias en el otorgamiento de publicidad oficial; así como de ataques, hostigamientos, detenciones e intimidaciones de periodistas por efectivos militares.
Algunos hechos de que dio cuenta dicho informe, como atentatorios contra la libertad de expresión, son los siguientes:
1) Promulgación de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión a finales de 2004. Sus restricciones definidas de maneras vagas y combinadas con sanciones altamente punitivas crean condiciones ideales para la autocensura en los medios. Lo anterior, mientras tanto se favorece a la programación estatal, otorgando 70 minutos semanales a la información exclusivamente solicitada por el Poder Ejecutivo y dándole control a una comisión integrada por el Estado para promover la “programación y producción nacional independiente”.
2) Creación del Directorio y el Consejo de Responsabilidad Social, ambas organizaciones con amplio poder para sancionar sin los límites necesarios para cualquier organización de este tipo. La Comisión y la Relatoría para la Libertad de Expresión consideran que la operación de estos organismos en la manera prevista en la Ley facilita el ejercicio de la censura previa y posterior por parte del Estado.
3) Reforma al Código Penal efectuada en marzo de 2005, que fortalece y expande un marco legal que criminaliza formas de expresión protegidas por la Convención Americana, tanto por periodistas como por ciudadanos privados. Asimismo, expande a las normas de desacato en número de funcionarios públicos protegidos y en contenido, aumentan las penas para desacato y otras formas de difamación, injuria, instigación, ultraje y calumnia, entre otros delitos y criminaliza nuevos tipos de protesta en contra del gobierno, tanto en el ámbito público como privado, y aumenta las penas para las violaciones a estas normas.
4) Explosivo aumento, desde la promulgación del nuevo Código Penal, de las imputaciones por el Ministerio Público venezolano, a periodistas y medios por violar las nuevas normas. Resulta preocupante para la CIDH que según la información que dan cuenta distintas agencias, durante el año 2005 aumentaron en más del doble los juicios contra periodistas en comparación con acciones similares iniciadas durante el año 2002.
Los casos como los recién expuestos no son los únicos. Ellos suman y siguen. Según la información transmitida por organizaciones no gubernamentales a la CIDH durante en octubre de 2005, los programas de información se han reducido en una mitad en las emisoras privadas del país. También un número importante de programas de opinión dirigidas por periodistas críticos de la gestión de gobierno han sido eliminados del aire. En el caso de una emisora privada, cuatro programas de opinión dirigidos por periodistas reconocidos fueron removidos del aire.
Otros ejemplos recientes del atentado a la libertad de expresión, lo constituye la reciente revocación de la concesión de Radio Caracas Televisión, acusada por el oficialismo de medio golpista.
Es innegable que toda persona tiene derecho a ejercer legítimamente su libertad de expresión, reunión, asociación y conciencia, y que estas constituyen una forma de pluralismo necesario para garantizar los derechos reconocidos en los diversos instrumentos internacionales de derechos humanos y fortalecer las instituciones democráticas. La obstrucción u amedrentamiento a estas libertades dejan a las personas y a los diversos sectores de la sociedad sin instrumentos para defender sus intereses, protestar, criticar, proponer y ejercer el rol fiscalizador y de ciudadano activo en ejercicio de su soberanía popular dentro del sistema democrático.
Por lo anterior, que evidencia una flagrante violación a las obligaciones a la Carta Americana de Derechos Humanos, es que venimos en proponer el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO
“Solicitar a la Presidenta de la República expresar el enérgico rechazo de la República de Chile a la crítica situación de la libertad de expresión y sus garantías en la República Bolivariana de Venezuela, en los términos consagrados por el Art. 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, solicitándole asimismo que interceda ante el gobierno de dicha nación, por las víctimas que se han visto restringidas en si legítimo ejercicio de este derecho, manifestando además la preocupación nacional ante todos los foros políticos que correspondan, considerando desde luego a la Asamblea General, el Consejo Permanente o las Reuniones de Consulta en el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA), al alero de la cual se desarrolla el sistema interamericano de protección a los Derechos Humanos, integrado tanto por la Comisión como la Corte Interamericana de DD.HH.”.
(Fdo.):Baldo Prokurica Prokurica, Senador
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