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El señor LETELIER.-
Señor Presidente , este proyecto aborda un tema que se viene discutiendo hace muchos años.
Dicho brevemente, en el Ministerio de Transportes existen tres categorías para el transporte mayor de pasajeros, mientras que en el Código del Trabajo hay solo dos. En el primer caso se distingue entre lo urbano, lo rural y lo interprovincial o intrarregional; en el segundo únicamente se hace referencia a lo urbano e interprovincial.
Este proyecto tiene como finalidad principal el reconocer la especificidad del transporte rural y abrir un debate -de ahí la importancia de fijar un plazo para la presentación de indicaciones- para precisar lo que debería ser la jornada de los conductores y auxiliares que se desempeñan en ese sector.
Si bien la moción originalmente planteaba sacar el transporte rural de lo interprovincial y asimilarlo a lo urbano, la intención, después del debate llevado a cabo en la Comisión, es buscar una jornada que precise la particularidad del primero. El propósito es que se entienda, por un lado, que los tiempos de descanso tienen que ser computados de una manera distinta de la que se utiliza en lo interprovincial, donde -esto es muy importante- después de 5 horas de conducción continua se conceden dos de descanso, y, por otro, que el tiempo de trabajo se debe computar de una forma diferente a la que se emplea respecto de lo urbano, porque en este último caso los conductores se encuentran las 8 horas a disposición de la máquina y los tiempos de descanso que puede haber entre vuelta y vuelta son parte de la jornada.
En el transporte rural se requiere una definición distinta, pues dentro de él hay especificidades y una diversidad de realidades. Ahí algunos dan un par de vueltas en la mañana -se trata de trayectos de una hora y media de duración, aproximadamente-; en la segunda mitad de la mañana o a principios de la tarde no salen, y reanudan su recorrido al final del día. Entonces, esos choferes, si se les computaran las horas de descanso como parte de la jornada laboral, tendrían que dejar de trabajar a las dos o tres de la tarde. Y eso es un absurdo que ellos tampoco quieren.
Actualmente, el decreto supremo Nº 212, del Ministerio de Transportes, contempla una forma de definir la jornada que se pretende incorporar al texto.
¿Cuál es, señor Presidente , el problema que motivó la intención de generar una jornada especial para los choferes y auxiliares del transporte colectivo rural? Que, sobre la base de las normas legales vigentes, la Dirección del Trabajo fiscaliza el transporte colectivo rural como si fuera interprovincial. Y ello, en dos dimensiones que me parece importante separar. Una se refiere a la jornada. Es evidente que la jornada del transporte rural es diferente de la del interprovincial. Y la otra es la relativa a los instrumentos necesarios para verificar la jornada laboral, que es otro debate, absolutamente distinto. Lo malo es que al transporte rural se le están exigiendo requisitos propios del transporte interprovincial. Esto no significa que el primero no deba contar con mecanismos para verificar la jornada, pues todos hemos dicho que no queremos que la informalidad continúe en el transporte, sino que haya jornadas transparentes y comprobables.
El proyecto, señor Presidente, persigue esencialmente eso: definir la jornada laboral de los choferes y auxiliares del transporte colectivo rural.
Complementariamente, durante el debate se acogió la idea de abordar en la iniciativa -de ahí la importancia de abrir un período para presentar indicaciones- el problema de la jornada de otros trabajadores que también figuran en el artículo 25 del Código del Trabajo: los conductores de vehículos de carga terrestre.
Hace muchos años se estableció que las horas de descanso serían parte de la jornada de los choferes de carga. Pues bien, esa medida ha demostrado ser una mala solución, por cuanto ha llevado a una situación inadecuada. Las horas de espera para esos conductores son muchas.
Actualmente, el Código del Trabajo dispone que la jornada ordinaria de dichos trabajadores será de 180 horas mensuales. Sin embargo, si se imputan e ella las horas de espera, los choferes de carga terminan trabajando dos semanas, a lo más tres, pero pierden parte de sus oportunidades de ingreso.
Por eso, queremos que se abra plazo para formular indicaciones con el fin de proponer, a partir de un acuerdo entre los gremios de conductores y de dueños de camiones, que se establezca una jornada complementaria de espera -por así llamarla-, con una cantidad máxima de horas -es algo que se está discutiendo-, para los choferes de carga, de modo que puedan mejorar sus ingresos. Sobre su monto ya existe un juicio en la Comisión, aunque se está a la espera de mayor información.
Esperamos que el proyecto ayude a ordenar la jornada de los conductores y auxiliares del transporte colectivo rural, así como la de los choferes de carga.
No obstante, aquí no se van a definir, respecto de los rurales -y lo subrayo-, los instrumentos para verificar la jornada. Eso será materia de un reglamento posterior, porque, como se dice vulgarmente, es harina de otro costal.
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