-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650234/seccion/akn650234-po1-ds5-ds105
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3336
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3336
- rdf:value = "
El señor WALKER (don Ignacio) .-
Señor Presidente , muy brevemente, me voy a referir solo a la admisibilidad, pues ya nos pronunciamos sobre el fondo del asunto.
Los Senadores de la Democracia Cristiana, autores de esta indicación, que es complementaria con la que acabamos de votar a favor, sostenemos que es perfectamente admisible, por la siguiente razón.
En primer lugar, lo que aquí estamos proponiendo no va en el capítulo de negociación colectiva, lo que obviamente podría ser considerado inadmisible, sino en el Título Preliminar del Código del Trabajo. Es un nuevo artículo 6° bis.
¿Por qué? Porque es un aspecto de los principios fundamentales...
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Ruego a los señores Senadores guardar silencio.
El señor WALKER (don Ignacio) .-
¿Cuáles son los dos principios? El primero es que la negociación colectiva debe llevarse de manera pacífica entre el sindicato y el empleador. Es decir, es un principio sin sesgo: rige para empleadores y trabajadores; para todos.
El segundo principio es el de la libertad de trabajo de los trabajadores que no están involucrados en la huelga. Se trata de que la fuerza física en las cosas y en las personas que pueda ser ejercida tanto por los trabajadores en huelga, como por los empresarios o empleadores, no lesione -por ejemplo, al obstaculizar el ingreso a los lugares de trabajo- el derecho a trabajar de los no huelguistas.
Este es el respeto por la libertad de trabajo que -reitero- está en el proyecto del Gobierno que vamos a ver a propósito del tema de las adecuaciones necesarias.
Ese es el primer argumento. Va al Título Preliminar.
¿Cuáles son los dos principios? Los que he mencionado.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
Silencio en la Sala, por favor.
El señor WALKER (don Ignacio) .-
Segundo argumento: debemos ser consistentes. La Comisión de Trabajo del Senado ya se pronunció favorablemente en votación unánime frente a una indicación presentada por la Honorable señora Adriana Muñoz y que modifica el Título Preliminar (artículo 2° del Código del Trabajo), al incluir las causales de discriminación laboral (indicación N° 1 del segundo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social).
En aquella ocasión, la Ministra del Trabajo , legítimamente, quiso objetar la indicación por inadmisible. Sin embargo, la Comisión y su Presidente , por unanimidad, consideraron que se refería a materias -como el principio de la no discriminación- que estaban dentro de las ideas matrices y, por lo tanto, resolvieron que era admisible.
Reitero que la votación fue unánime. Así lo decidió la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con su Presidente , en un caso muy similar: una legítima -insisto- indicación de la Senadora Muñoz .
Nuestra indicación establece los principios que ya mencioné y se refiere a las prácticas desleales como una mera revisión. ¡Es una revisión que se hace al tema de las prácticas desleales!
Por consiguiente, el fondo de la indicación son los principios mencionados, materia absolutamente admisible desde el punto de vista de las ideas matrices del proyecto.
Un último argumento, señor Presidente , muy sencillo: la Comisión de Trabajo y Previsión Social rechazó, pero no declaró inadmisible, la indicación que acabamos de votar. ¡Se rechazó! No se declaró inadmisible. Al contrario, se declaró admisible. Por eso, se sometió a votación y se rechazó.
Donde existe la misma razón, debe existir la misma disposición.
En consecuencia, estimamos que esto es perfectamente admisible.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650234
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650234/seccion/akn650234-po1-ds5