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El señor ALLAMAND.-
Señor Presidente, he escuchado con mucho respeto las diferentes intervenciones de mis Honorables colegas. Y estaba pensando en lo siguiente.
Puede haber casos de despidos que técnicamente se llaman "despidos ignominiosos".
Por ejemplo, un empresario -algunos, obviamente, consideran que todos los empresarios son tipos indeseables- podría echar a una persona por su orientación sexual, por ser homosexual; o podría despedirla en razón de su raza, o de su nacionalidad, o porque es discapacitado, o por tener un defecto físico.
Todas esas hipótesis se denominan en nuestra legislación "despidos ignominiosos", y son tanto o más graves que los despidos antisindicales, con una diferencia: que la propia ley señala que se trata de un despido por violación de derechos fundamentales.
¿Qué hace la legislación en esos casos? ¿Obliga al trabajador que ha sido objeto de ese despido ignominioso a reintegrarse a la empresa? ¡No, señor Presidente!
En casos de despidos ignominiosos, el trabajador cuenta con la opción que nosotros queremos que prevalezca; y él, aunque haya sido objeto de la máxima humillación, tiene derecho a reintegrarse a la empresa u obtener su indemnización.
¿Qué razón existe para que no opere la misma lógica cuando hay un despido antisindical?
Es decir, si a una persona, violentándola de la peor manera, la expulsan por su orientación sexual, por su raza, porque posee un defecto físico, nadie cree en ese minuto que hay que quitarle el derecho a optar. Pero si el despido es por práctica antisindical, entonces el argumento es que no tiene opción.
Señor Presidente , yo reclamo un mínimo de coherencia. Porque si en definitiva la tesis es que nunca debe existir el derecho a optar, con mayor razón debiéramos aplicar esa norma a los despidos ignominiosos, por violación de derechos fundamentales.
Aquí simplemente le estamos dando un derecho al trabajador. El empleador no tiene arte ni parte, puesto que no resuelve.
La incoherencia está en decir que cuando se despide a alguien por grave violación de derechos fundamentales, entonces, el trabajador puede optar, pero cuando el despido es por práctica antisindical, no lo puede hacer.
¿Alguien podría sostener de buena fe que ese es un razonamiento coherente?
Señor Presidente , los argumentos están planteados con respeto; simplemente llegó el momento de votar. Sin embargo, tengo la impresión de que al final, especialmente para la gente que nos está escuchando, la fuerza de aquellos algún peso va a tener.
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