. . "Proyecto iniciado en moci\u00F3n de la Diputada se\u00F1ora Cristi y de los Diputados se\u00F1ores \u00C1lvarez, Alvarado, Bobadilla, Estay, Hern\u00E1ndez, Lobos, Norambuena, Uriarte y Urrutia, que modifica la ley N\u00B0 16.282, sobre Cat\u00E1strofes, dando prioridad a las viviendas sociales. (bolet\u00EDn N\u00B0 4559-06)"^^ . . . . . " Moci\u00F3n de la diputada se\u00F1ora Cristi y de los diputados se\u00F1ores \u00C1lvarez , Alvarado , Bobadilla , Estay , Hern\u00E1ndez , Lobos, Norambuena , Uriarte y Urrutia. \nModifica la ley N\u00B0 16.282, sobre Cat\u00E1strofes, dando prioridad a las viviendas sociales. (bolet\u00EDn N\u00B0 4559-06) \n \n\u201CChile, como pa\u00EDs de cat\u00E1strofe, constantemente debe entregar ayuda a quienes sufren un accidente producto de la naturaleza. En este sentido la oportunidad en la entrega de la ayuda es fundamental. Es decir, la gente que se ve afectada por alguna cat\u00E1strofe, no puede esperar semanas o meses por ayuda. \nChile fue, es y ser\u00E1 un pa\u00EDs de cat\u00E1strofes naturales. Todos sabemos que cada diez o quince a\u00F1os los chilenos tenemos que hacernos el \u00E1nimo de enfrentar un terremoto, adem\u00E1s de otras cat\u00E1strofes que en los inviernos afectan gran parte de nuestro territorio nacional. \nLos chilenos, a\u00F1o a a\u00F1o, somos testigos de cat\u00E1strofes naturales, las que provocan grandes problemas a viviendas y terrenos, por ello como chilenos debemos buscar la forma de ayudar a quienes se ven afectados por este tipo de accidentes. \nEl Gobierno es quien debe resguardar a la poblaci\u00F3n ante este tipo de cat\u00E1strofes naturales, entregando todo tipo de ayuda que vaya en beneficio de los damnificados. \nPor ello, la entrega de auxilio para las familias afectadas debe ser considerada prioritaria para estos efectos. Lamentablemente las familias y personas m\u00E1s afectadas con estos desastres son aquellas de menos recursos por lo que creemos necesario legislar para que en el evento de una situaci\u00F3n de esta naturaleza ellas tengan preferencia en la ayuda estatal. \n \nPROYECTO DE LEY \n \nModificase el inciso segundo del art\u00EDculo 2 de la ley N\u00B0 16.282 que fija disposiciones para casos de sismos o cat\u00E1strofes, de la siguiente forma. \nArt\u00EDculo \u00DAnico: \u201CSe tendr\u00E1 especial consideraci\u00F3n la cuant\u00EDa, calidad y oportunidad de la ayuda, respecto de los conjuntos habitacionales de viviendas sociales que hayan sido afectados por el sismo o cat\u00E1strofe.\u201D \n " . . . . . . . . . . . . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . . . . . . . . . . . . . . .