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El señor LEAL (Presidente).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que modifica la ley N°18.290, de Tránsito, tipificando como falta grave el quedar detenido en determinadas vías públicas debido a la falta de combustible.
Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Jaime Quintana .
Antecedentes:
- Moción, boletín N° 4078-09, sesión 70ª, en 18 de enero de 2006. Documentos de la Cuenta N° 6.
- Informe de la Comisión de Obras Públicas, sesión 69ª, en 5 de septiembre de 2006. Documentos de la Cuenta N° 14.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, paso a informar sobre el proyecto de ley, iniciado en moción del diputado señor Patricio Hales , que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, tipificando como infracción grave el quedar detenido en ciertas vías públicas, debido a la falta de combustible.
La iniciativa propone sancionar la actitud negligente y descuidada de los conductores que, no previendo que su vehículo consumirá todo el combustible de su estanque, quedan detenidos en un lugar inapropiado, como son las vías de una carretera de alta velocidad. Se busca, por lo tanto, evitar la ocurrencia de una situación de riesgo que pudiera causar un eventual accidente de tránsito.
El proyecto cuenta con el respaldo unánime de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, y sus autores han tenido presente el incremento del parque vehicular en los últimos veinte años, que ha pasado de 944 mil unidades en 1985 a 2 millones 300 mil, en 2005; en el aumento de doble calzada en las carreteras, de 320 kilómetros en 1990 a 2.100 kilómetros en 2001, y en la cantidad de nuevos miles de kilómetros pavimentados en igual período, que ha aumentado de 10.400 kilómetros a 16.000 kilómetros de carretera.
Todo lo anterior da cuenta de una modernización que hace necesario que los usuarios del nuevo sistema de carreteras, en especial en su calidad de conductores de vehículos motorizados, asuman un comportamiento cada vez más responsable en la Comisión se le denominó el proyecto de la pana del irresponsable y no el de la “pana del tonto”, como tradicionalmente se le conoce, que debe expresarse en la oportuna prevención de posibles situaciones riesgosas en las vías y espacios públicos.
Es importante destacar que la iniciativa sanciona como infracción menos grave la detención, por falta de combustible, no en cualquier camino público ni secundario, sino en una autopista interurbana.
Quiero señalar el riesgo de vida por accidentes graves, en vías urbanas y no urbanas, generados por la obstrucción inesperada de una pista de circulación a consecuencia de la detención de un vehículo, que obliga a los conductores a realizar maniobras evasivas o cambios de pistas sorpresivos que provocan la posibilidad de choques múltiples.
Alrededor de 30 por ciento de esas detenciones inesperadas no responden a un hecho fortuito, por cuanto pueden ser evitadas, ya que son consecuencia de la falta de combustible, que da origen a lo que vulgarmente antes se conocía como “la pana del tonto” y que en realidad debería llamarse “la pana del irresponsable”. Son detenciones independientes en su origen y de carácter distinto de otras que no pueden ser previstas por los conductores de los vehículos, tales como las fallas mecánicas o accidentales. La paralización en las vías debido a la falta de combustible denota descuido, falta de preocupación y negligencia de los conductores; es una distracción o descuido igual o más grave de los que han sido sancionados por las nuevas disposiciones de la ley de Tránsito y que cobra especial relevancia si se considera que en una vía de varias pistas, que es precisamente adonde apunta el proyecto, se registran las más altas velocidades, a pesar de que una de las modificaciones que introdujo a la ley de Tránsito la ley N° 20.068 tipifica como infracción grave la detención o estacionamiento en las calzadas o bermas de los caminos públicos de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido, atendiendo el peligro que ello puede representar. Sin embargo, la detención por falta de combustible, de acuerdo con las normas vigentes, constituiría un eximente de esa sanción grave al considerarse como una emergencia o falla mecánica. De ahí, la importancia del proyecto, que homologa situaciones similares, o tal vez mucho más graves, como ésta.
La Conaset, que es un organismo técnico que monitorea el tema de los accidentes, nos ha dicho que la obstrucción de una pista de circulación constituye un incidente potencialmente peligroso, toda vez que altera el tránsito y, en particular, obliga a otros conductores a realizar cambios de pista. Así, la obstrucción de una calzada, incluso en la berma recordemos que la modificación de la ley 20.068 se refiere a la detención en la berma debe ser planificada, como en el caso de trabajos en la vía pública, y oportunamente advertida a los conductores, conforme lo dispone el capítulo V del Manual de Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía, a fin de asegurar que el cambio de pista se realice en forma gradual y no de manera brusca y sorpresiva, porque lo que genera los accidentes es lo inesperado de una maniobra.
Cuando el tránsito se obstaculiza, sin advertencia previa, por la detención inesperada de un vehículo que, por alguna razón, no puede continuar su marcha, una maniobra efectuada en forma sorpresiva, para eludirla, constituye un evidente riesgo de accidente. Un significativo porcentaje de detenciones inesperadas no responde a un hecho fortuito, sino que pueden ser evitadas, ya que muchas son consecuencia como lo hemos señalado de la falta de combustible.
Es muy necesario analizar algunas estadísticas.
a)En la Autopista Central, entre el río Maipo y Américo Vespucio Norte , se registra un promedio mensual de 237 vehículos que sufre pana de combustible, concentrándose entre 70 y 80 por ciento de estos incidentes en los horarios punta de días laborales, situación que representa por lo menos dos eventos por hora.
b)En la Costanera Norte, aproximadamente el 30 por ciento de las detenciones en la vía se debe a la falta de combustible. De éstas, 55 por ciento se produce en la calzada y 45 por ciento, en la berma, lo que también puede originar accidentes.
c)En las autopistas urbanas Vespucio Express y Vespucio Sur , el 30 por ciento de las atenciones a los usuarios en la vía obedece a panas por falta de combustible.
d)En la autopista del Bosque, de la Región del Biobío, las panas por falta de combustible, en 2005, representaron el 12 por ciento de las atenciones prestadas, porcentaje inferior al que se registra en las autopistas urbanas, aunque igualmente alto y grave.
En mérito de las cifras expuestas y en consideración al riesgo de accidentes que genera un hecho que sólo denota falta de preocupación y una actitud negligente de los conductores, el proyecto original proponía que la detención por falta de combustible fuera sancionada como infracción grave a las normas del tránsito, al igual como ocurre en otros países. En cierta medida, se le quería hacer concordante con una de las modificaciones que introdujera a la ley de Tránsito la ley N° 20.068, que tipificó –atendido el potencial riesgo que representa como infracción grave la detención o estacionamiento en las calzadas o bermas de los caminos públicos de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido.
El proyecto original, que contiene la idea matriz que inspiró al diputado Patricio Hales , fue objeto de indicación sustitutiva, la que fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, integrada por los diputados señores Juan Carlos Latorre , Cristián Monckeberg , Claudio Alvarado , Sergio Correa de la Cerda, Jorge Sabag , Fidel Espinoza , Gonzalo Uriarte , René Manuel García , Mario Venegas , Patricio Hales , Samuel Venegas , Javier Hernández y por quien habla, a fin de considerar la detención por falta de combustible como infracción menos grave.
Se originó un debate respecto de la voluntariedad de la infracción, no así respecto de sus consecuencias, que están expresadas en las estadísticas señaladas en el informe.
Reitero, la infracción en comento será considerada menos grave y podrá tener lugar sólo en caminos públicos de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido. El proyecto no está referido a caminos bidireccionales, como los que existen en el distrito que represento, que unen Lautaro y Curacautín , Victoria y Lautaro , Cajón y Vilcún , etcétera, o que une Huichahue y Cunco en el distrito que representa el diputado Becker , sino a caminos públicos, como la ruta 68, de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido. Es en ellos donde esta falta genera accidentes y problemas muy serios a los conductores.
Por lo expuesto, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recomienda a la Sala que apruebe este proyecto, avalado por la Subsecretaría de Transportes y por la Conaset, pues reducirá considerablemente el número de accidentes originados por la infracción señalada.
Es todo cuando puedo informar.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García .
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, este proyecto fue presentado por el diputado Patricio Hales hace bastante tiempo, fundado en los graves peligros que originan los vehículos que por falta de combustible quedaban en pana en caminos de Santiago. No obstante, en la Comisión consideramos que éste no era sólo un problema de las vías de la capital, por lo que se presentó una indicación sustitutiva para incluir otras vías, con lo que se logró la redacción que estamos discutiendo.
La iniciativa establece que la pana en las vías urbanas de tres pistas o más en el mismo sentido o en las rurales de dos pistas en el mismo sentido, será sancionada como una falta menos grave. Esta disposición la redactamos teniendo en vista la seguridad ciudadana, porque uno de los mayores problemas que se producen en las carreteras en que se transita hasta a 120 kilómetros por hora, son los choques por alcance. De cada tres choques, uno ocurre por la circunstancia que estamos tratando de precaver. Pareciera que el chileno no toma conciencia de los problemas que causa hasta que no le aprietan el bolsillo. Es decir, para que no lo multen, se va a preocupar de echar un par de litros más de combustible para llegar a donde se dirige. Después de escuchar el completo informe del diputado Jaime Quintana , me causa preocupación que las pistas de un solo sentido no estén incluidas en el proyecto. No es un caso menor. Tenemos pistas importantes, como la de Traiguén a Angol, toda la zona costera, la de Villarrica a Freire, que es un camino colapsado en el verano; la ruta Villarrica a Pucón, que tiene una pista en cada sentido. Si alguien queda en pana en el camino que une Huichahue con Cunco, a lo mejor provoca mucho más peligro que el conductor que queda en pana en una vía que tenga dos o tres pistas en el mismo sentido. Esto se debe a una razón muy simple, cual es que en esos caminos rurales asfaltados que ni siquiera tienen bermas, también se transita a velocidades de entre 100 y 120 kilómetros por hora. Y este caso es mucho más grave, porque los vehículos en pana quedan prácticamente detenidos en medio del camino. En consecuencia, también debe ser sancionado ese conductor.
En esta ocasión no formularé indicación en el sentido señalado quizás la haga más adelante, pero considero que se debió incluir a todos los caminos asfaltados en los que se permita andar a más de 100 kilómetros por hora. Y esto no lo digo por no por perjudicar a algún conductor que, a lo mejor, le faltan un par de pesos para echar bencina, sino por la seguridad de los demás usuarios de esas vías.
Me parece increíble lo que ocurre en el camino que va de Padre Las Casas a Huichahue, por Cunco, que no pertenece a mi distrito, sino al de los diputados Eugenio Tuma y Eduardo Díaz y, en parte, al del diputado Becker . Hay un lugar que se llama San Ramón , en donde van a construir cinco mil viviendas. Al alcalde de Temuco y a la alcaldesa de Padre Las Casas se les antojó hacer un sector urbano en un lugar en donde no hay trabajo, comercio y escuelas, por lo que la gente tiene que ir a Temuco, que queda a 27 kilómetros. Pues bien, felizmente hoy corre la línea 3 de micros, pero no tienen paradero en ese sector, donde pasan cientos de vehículos diariamente. En consecuencia, si a esto le sumamos una pana de combustible y los choques por alcance, se va a convertir en un caos tremendo.
Por eso, solicito que el diputado Hales , autor del proyecto, que aceptemos las indicaciones sustitutivas respecto de las cuales él estuvo de acuerdo, como es la inclusión de los caminos que tienen un alto índice de peligrosidad. Tal es el caso del que une Villarrica con Lican Ray.
Reitero, no sólo en los caminos de dos o tres pistas en un mismo sentido existe ese riesgo por lo menos, en esas vías se tiene la posibilidad de hacer el quite al vehículo que está parado adelante sino también en los caminos que tienen una pista en cada sentido, en que no hay ninguna posibilidad de hacer esa maniobra.
Nos hubiéramos ahorrado la discusión de este proyecto si hubiese existido una ley de educación de tránsito que hubiera formado conciencia en los conductores sobre la necesidad de contar con el combustible suficiente para no quedar en pana en las vías y exponerse a provocar graves accidentes.
A lo mejor, el proyecto va a molestar a algunas personas, porque van a decir que no todos tienen la plata suficiente para cargar el combustible que les permita llegar a su punto de destino. Sin embargo, voy a votarlo favorablemente, porque apunta en la dirección correcta respecto de la seguridad de los usuarios de las vías concesionadas y no concesionadas de dos o tres pistas en el mismo sentido.
Por eso me gustaría que el diputado Hales o el diputado Quintana , como informante, le dieran una vuelta más al asunto, para ver si se pueden incorporar al proyecto los caminos rurales, intercomunales e interprovinciales que tienen una vía en cada sentido y que no tienen berma, para que quien cometa la falta sea sancionado con las mismas penas.
No obstante lo anterior, debo manifestar que la inexistencia de bermas en los caminos es un problema que debería solucionar el Ministerio de Obras Públicas y no el Poder Legislativo, mediante leyes que suplen la carencia de éstas por la negligencia de quienes elaboran los proyectos viales.
Por lo tanto, reitero mi anuncio de que voy a votar favorablemente.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Señores diputados, cito a reunión a los miembros de la Comisión de Régimen Interno.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia .
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, considero que ya es mucho querer regularlo todo, lo habido y por haber. Creo, a diferencia de lo expresado por mis colegas, que es necesario eliminar una cantidad enorme de leyes, en lugar de seguir elaborando otras que lo único que hacen es regular la vida de la gente en forma permanente. Para mí, no tiene sentido alguno el proyecto en discusión. Tal vez se justifique para las autopistas nuevas de Santiago, porque si en ellas queda un auto en pana, efectivamente se va a provocar un taco; pero que no me hablen de aplicar esto en la Panamericana, ¡por favor!, porque en ésta hay bermas, y si alguien sufre una pana, tiene la posibilidad de usarlas para no quedarse en medio del camino. Hay bermas en todas las vías urbanas para estacionarse en caso de una pana. Entonces, ¿por qué hacer leyes para seguir regulando el quehacer de las personas? El día de mañana vamos a castigar por ley a un niño por obtener una nota dos. No me parece lógico. No sigamos deespachando iniciativas que lo único que hacen es regular la vida de la gente. El proyecto de ley no tiene sentido, ¡ninguno!, salvo para las carreteras urbanas concesionadas, en donde no hay bermas, por lo que los vehículos no se pueden estacionar.
Aquí dice claro, como el agua, que esto también es aplicable a las carreteras con dos pistas y doble sentido, o sea, estamos hablando de la ruta 5 completa, desde Arica a Puerto Montt. En ella hay bermas, como en muchas otras carreteras, como en la ruta 68, que une Santiago y Valparaíso, donde se pueden estacionar los autos si tienen problemas. ¿Acaso también vamos a legislar para sacar partes a quienes queden en pana de neumático por no tenerlos nuevos, sino que semiusados? ¡No, pues! ¡Cortémosla, de una vez por todas! ¡No sigamos legislando tonteras! ¡Esto no tiene sentido, en absoluto!
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales .
El señor HALES.-
Señor Presidente, nuestra obligación es legislar de acuerdo con las necesidades, preocupándonos de que ellas sean adecuadas, coherentes y coincidentes.
Lo que hicimos el año pasado o el antepasado fue aprobar una gran modificación a la ley de Tránsito, que para información del diputado Urrutia, no fue una tontera, sino una muy buena idea. Incluso, fue aprobada en forma unánime.
Además, para información del diputado Urrutia no lo señalo en forma peyorativa, pues él no tiene la obligación de conocer todo lo que disponen las leyes; yo tampoco lo sé; ésta la conozco simplemente porque la estudié esa ley señala que está prohibido estacionarse en la berma. Si alguien queda en pana, no se resuelve el problema, lo que pasa es que no comete una infracción; ésa es la diferencia. Sin embargo, si una persona se estaciona en la berma para comprar paltas o porque tiene ganas de mirar el paisaje, la ley N° 20.068 señala esto referido a la observación del diputado Urrutia, que es una infracción grave. Pero no se trata de una falta grave que se cometa en cualquier camino en eso no comparto la observación del diputado García , a pesar de que valoro todo lo señalado por él, sino al estacionarse en la berma de grandes autopistas de dos o más pistas en un mismo sentido.
El Congreso Nacional despachó un proyecto que señala que estacionarse en la berma o calzada de una carretera de dos o más pistas en un mismo sentido es una infracción grave. No es una invención del proyecto que hoy nos ocupa. Así se decidió, porque se trata de un acto voluntario del conductor. Lo que se nos quedó fuera de la ley es lo que pretende corregir este proyecto que la Comisión de Obras Públicas aprobó por unanimidad: transformar la infracción grave en menos grave cuando un conductor se detenga en la berma de una autopista de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido porque se le olvidó, no quiso o no pudo colocar la bencina suficiente a su vehículo.
La falta de bencina que provoca un vehículo se detenga ¿es asimilable a una falla mecánica producida porque al vehículo se le rompió una pieza, se le cortó una manguera, se quedó sin frenos, o se trata de un acto voluntario del conductor? Puede tratarse de un acto involuntario. Por esa razón, la Comisión corrigió mi planteamiento y dijo: “Mire, lo que usted propone es bueno, pero no puede importar la misma gravedad que detenerse voluntariamente.” Por ello, se tomó la decisión de establecerla como una falta menos grave para evitar un absurdo, una irracionalidad el diputado Venegas participó arduamente de esta discusión, como los diputados García , Alvarado , Quintana , en fin todos los miembros de la Comisión, porque la ley dispone que estacionarse en la berma de una carretera de dos o más pistas por sentido constituye una falta grave; es decir, se asumió que detenerse por falta de bencina en esas vías no es una falla mecánica, sino, a lo menos, un descuido que es de responsabilidad del conductor.
El error de la legislación es que supone que quedarse sin bencina es una falla del auto, lo que no podemos seguir sosteniendo, ya que el conductor es responsable de ello.
Por otra parte, esto no es aplicable en caminos rurales, como el de Traiguén a Los Sauces o el de Capitán Pastene a Lumaco. Eso no tiene sentido. Estamos ajustando esto a la ley vigente, que señala que es para caminos públicos de dos o más pistas en un mismo sentido, no para los pequeños caminos. De lo contrario, sería inviable.
Por lo tanto, este proyecto no es tan original, en el sentido de decir que es una solución para el tema sino que es una adecuación a la ley actual, que sanciona la detención en las bermas de las carreteras de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido. Ahora se establece que la detención por falta de combustible no constituye una falla del vehículo, sino un error o una culpa del conductor. La Comisión estimó que ese hecho en las grandes carreteras se sancionaría como una falta menos grave, porque, a diferencia del que se detiene a mirar el paisaje en la berma, en un acto ciento por ciento voluntario, en la falta de combustible puede haber cierta casualidad o un descuido del conductor, pero tampoco la inocencia absoluta. El vehículo es un gran medio de transporte, pero el descuido y la irresponsabilidad puede transformarse en un factor peligroso para los demás. De modo que este proyecto obedece al reclamo de los ciudadanos ante la gran cantidad de accidentes que se producen con motivo de la detención de vehículos en las vías por diferentes motivos. Ha habido 18.800 choques entre 2000 y 2004. Entonces, ¿qué hace el Congreso ante tal cantidad de accidentes de tránsito? ¿Qué hacemos con esos vehículos detenidos, considerando que hubo 15 mil heridos y 123 muertos durante ese período? Lo que hemos hecho es adecuar la ley. En 2004, se produjeron 4.600 choques; el proyecto se presentó en 2005.
Por eso, el Ministerio de Transportes y la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito apoyaron la idea de adecuar este proyecto a la ley N° 20.068.
Este es un proyecto de ley destinado a proteger a la mayoría. En definitiva, el Congreso aprobará una iniciativa para proteger al 99 por ciento de los usuarios. Sólo una minoría de los conductores una cifra inferior al 1 por ciento se detiene en las autopistas por quedar sin bencina. Pero, ¿para qué legislamos si eso les ocurre a tan pocas personas en las grandes autopistas? Porque el efecto del actuar de esa pequeña minoría repercute en la gran mayoría que sufre accidentes. Por cada uno de los automovilistas que se ha detenido en las autopistas se ha producido el resultado catastrófico de 18.800 colisiones entre 2000 y 2004.
Señor Presidente, lo invito a conocer la estadística que aparece en el excelente informe preparado por la Secretaría, la cual merece ser felicitada y no sólo la Comisión en su conjunto. La secretaría ha entregado el dato sobre lo que ocurre en las autopistas. Por ejemplo, en la llamada ruta 5 Sur, sólo en el trayecto entre el Río Maipo y Américo Vespucio , se ha detectado un promedio mensual de 237 vehículos que se han quedado sin combustible; es decir, casi ocho vehículos diarios. Además, el 70 u 80 por ciento de la detención de esos vehículos por falta de combustible se concentra en los horarios de punta, en días laborales, situación que representa, a lo menos, dos eventos por hora. Asimismo, en la Autopista del Bosque, Región del Biobío, el 12 por ciento de las atenciones prestadas corresponden al mismo caso.
¡Para qué mencionar la ruta 68!
¿A quién protege el proyecto? A la gran mayoría de las personas que sufren accidentes.
¿A quién sanciona? Al uno por ciento de los automovilistas cuyos vehículos, por descuido o negligencia, quedan detenidos en una autopista debido a la falta de combustible. El proyecto no se refiere a calles secundarias o caminos rurales. Hoy, la ley sanciona como una infracción de tránsito de carácter grave el estacionamiento voluntadio de un vehículo en la pista o en la berma.
En Chile, el parque vehicular ha crecido mucho. Por unos pocos que cometen esa infracción, se puede afectar a más de dos millones y medio de automovilistas.
Es fácil imaginar la sorpresa que significa ir manejando a 90 kilómetros por hora y encontrarse con un vehículo detenido en una curva o en un túnel. No estoy hablando del camino a Coihueco ni del que une Carahue con Imperial, que no cuentan con cuatro pistas. La moción propuesta no se refiere a caminos inferiores a cuatro pistas.
En 2005, se tipificó el acto de estacionarse voluntariamente en la vía y en la berma como grave. Correctamente, resolvimos aplicar esa sanción sólo en las rutas con cuatro pistas, y no en todas las calles ni caminos del país. Sin embargo, hay que aclarar que el vehículo no tiene voluntad y que es conducido por alguien que tiene que ser responsable.
La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones aprobó calificar como infracción menos grave el que un vehículo por falta de combustible quede detenido en caminos públicos.
Por otra parte, la cifra de lesionados en accidentes de tránsito entre 2000 y 2004 es de 3.102 personas graves y 22.100 leves. El número de colisiones en ese mismo período fue de 28.500.
El Congreso Nacional actuará responsablemente frente a esas cifras.
Los fundamentos del proyecto han sido muy bien explicados por el diputado informante, pero quiero resumirlos en tres ideas:
La ley sanciona como infracción grave el hecho de detener voluntariamente el vehículo en una autopista.
No es posible culpar al vehículo cuando se queda sin bencina, sino al conductor.
La Comisión no acogió la propuesta original del proyecto de calificar dicha sanción como grave, tal como lo como lo contempla la ley para la detención de vehículos por otras causas, sino que propone que sea calificada de menos grave.
Hago un llamado a la Sala para aprobar el proyecto en general y en particular, y no extender esta sanción a los caminos rurales.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre .
El señor LATORRE.-
Señor Presidente, tal como señalaron el diputado Rodrigo Quintana , en su calidad de informante, y el diputado Patricio Hales , en su condición de patrocinante principal de la iniciativa, durante el estudio del proyecto en la Comisión de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones pudimos conocer algunos antecedentes estadísticos que nos proporcionaron personeros del Ministerio de Transportes que demuestran la alta incidencia que tienen en la tasa de accidentabilidad los siniestros producidos en autopistas como consecuencia de la detención inesperada de vehículos.
En efecto, en un período de casi cinco años se han producido 18.854 accidentes que han tenido su origen en la causa mencionada, como consecuencia de los cuales resultaron 123 muertos y 15.542 lesionados: 1.119 graves, 1.855 menos graves y 12.568 leves.
En nuestra opinión, el proyecto se hace cargo adecuadamente de un problema que incluso podemos calificar de cultural, cual es el de la falta de previsión de los conductores. Además, consideramos que por el notable aumento del parque vehicular y las mejoras en la infraestructura de carreteras, debemos velar para que no se produzcan las situaciones que provocan accidentes en las autopistas.
En ese sentido, no cabe duda de que exigir que los conductores pongan más atención para evitar una situación previsible, como quedar sin combustible, es del todo razonable. La previsión que se exige al conductor dice relación con la seguridad del resto de las personas que circulan por la autopista que él está usando, lo que no se da cuando se producen detenciones repentinas de vehículos.
Como muchos de los señores parlamentarios habrán advertido, ayer, alrededor de las nueve de la noche, se produjo una congestión bastante notable en el tráfico vehicular entre Valparaíso y Viña del Mar. La causa de esa congestión fue, precisamente, la detención de un vehículo que se quedó sin combustible. Felizmente no se produjo ningún accidente, pero ocasionó perjuicios y molestias a terceros.
La iniciativa recoge una inquietud que es razonable abordar. El texto original calificaba como grave la infracción que se tipifica, pero después de analizar los antecedentes, la Comisión decidió cambiarla a menos grave.
Creemos que el proyecto va en el sentido correcto y que ayudará a que asumamos culturalmente de mejor forma la transformación que está teniendo lugar en la conducción de vehículos, más aún cuando hoy las carreteras o autopistas no sólo son interurbanas, sino también urbanas.
Hay que tener presente que, en la actualidad, varias ciudades son atravesadas o tienen una línea de circunvalación con carreteras de este tipo, por lo que es importante velar para impedir la ocurrencia de estas situaciones.
Por último, quiero señalar que el proyecto fue acogido por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, que tengo el honor de presidir, y en consecuencia pido a la Sala el respaldo unánime.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Julio Dittborn .
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente, esta iniciativa, y debo ser franco, me da un poco de vergüenza ajena. Lo mismo me ocurrió cuando aprobamos el proyecto que obligaba a la gente que andaba en bicicleta en las zonas agrícolas a usar casco rojo en vez de chupalla, que estudiamos hace algún tiempo.
Otro ejemplo: una iniciativa que despachamos hace algún tiempo prohibimos que se transportaran animales vivos en vehículos. Y a uno se le vienen a la memoria esas camionetas llenas de gallinas o pavos que transitan por los caminos rurales. Eso está prohibido, para que toda la gente que nos escucha lo sepa.
El origen de esta vergüenza ajena es que la ley debe tener límites. No podemos pretender regular a través de una ley todas las conductas del ser humano. Hay espacios para la ley, evidentemente, pero creo que ésta es una típica conducta que debe ser regulada por un reglamento del Ministerio de Transportes que, por ejemplo, establezca que las personas que han sufrido la “pana del tonto” en una autopista de cuatro pistas, deben pagar por el uso de un carro grúa diez veces más que si se quedaran en pana de bencina en otra parte. Estoy seguro de que por ese solo hecho la gente tendría mucho más cuidado y llenaría sus estanques antes de ingresar a las autopistas.
Reitero, no podemos pretender, mediante la ley, regular todas las conductas del ser humano.
Otra posible vía de solución es que se publicaran los nombres de aquellas personas que se quedan en pana de bencina en una autopista. Sería otra manera de imponer un costo a la gente para que tuviera más cuidado.
Me parece que la distinción que hacía el diputado Hales entre las fallas del vehículo y las fallas del conductor es una falacia, porque el 90 por ciento de las fallas del vehículo se deben a la dejación del conductor. Casi no existen, o son muy pocas, las fallas que son atribuibles sólo al vehículo; por lo tanto, casi siempre el responsable es el conductor. Una falla de neumáticos probablemente se debe a que el neumático no fue cambiado; en fin.
Prestigiemos la ley como un instrumento muy poderoso en una organización social y orientémosla a regular aquellas conductas que realmente ameritan ser reguladas por ley y dejemos a los reglamentos o a otro tipo de instrumentos de menor jerarquía la regulación de otras conductas como la que el proyecto describe.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Samuel Venegas .
El señor VENEGAS (don Samuel).-
Señor Presidente, en el debate en la Comisión hubo consenso en que prevenir es mejor que curar. Por ello, se concluyó en que se debe sancionar a quienes, por descuido, no tienen presentes los daños que sus acciones pueden ocasionar a otras personas en autopistas o carreteras. Por ejemplo, en una pista con niebla la detención de un vehículo por falta de combustible representa un peligro para otros vehículos. ¡Cuántas personas han sufrido un accidente por tal motivo! ¡Cuántas veces un hecho insignificante para algunos, como es la detención de un vehículo por falta de combustible, ha terminado con la vida de quienes viajaban por una carretera o una autopista convencidos de que contaban con suficientes medidas de seguridad.
En su momento, hice ver la importancia que reviste para el mejoramiento de la conducta humana la aplicación de una sanción que, aparte de ser un tirón de oreja o un “téngase presente”, duela en el bolsillo, para obligar a los conductores a tomar las providencias del caso que le permitan desplazarse con el estanque de su vehículo, con suficiente bencina para llegar al punto de destino.
He pedido a mis colegas del Partido Radical votar favorablemente, por estimar que el proyecto es muy atingente con la realidad de nuestros tiempos, cuando existen carreteras mejoradas que permiten vincular a una mayor velocidad y con vehículos más potenciados, más ágiles, sobre todo si se considera el gran aumento del parque automotor que se incrementa en casi 200 mil vehículos por año y que nos obliga a tomar medidas oportunas para evitar situaciones lamentables que ninguna familia quiere vivir. Nuestro deber como legisladores es resguardar la seguridad de los usuarios de esos caminos, y lo hacemos en forma oportuna al despachar esta iniciativa.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni .
El señor CERONI.-
Señor Presidente, comparto algunos de los juicios emitidos por los señores diputados. En verdad, a veces pecamos al legislar en demasía. Este país está atiborrado de leyes. Tenemos que tratar de controlar nuestra pasión por querer solucionar todo por la vía legal, por creer que todo se resuelve con una ley. Ésta es la realidad.
Además, con algunas iniciativas hemos cometido errores. Por ejemplo, quisimos proteger a los ciclistas exigiéndoles el uso del casco. ¿Qué ha sucedido? ¡Ha sido un desastre! En primer lugar, la gente común y corriente ha tenido que incurrir en gastos, ya que los cascos cuestan 15 mil pesos, y hace lo posible por conseguir algunos más baratos. Se hizo un control, ¡y vean lo que ocurrió! Nadie usa los cascos. Carabineros se dio cuenta de que, en la práctica, esa norma no se podía aplicar.
Muchos los adquirieron, pero por la incomodidad de su uso y a que no van con su idiosincrasia, los han dejado en casa. En definitiva, la población ha debido incurrir en un gasto que no tenía presupuestado.
En consecuencia, hemos cometido un error. Felizmente, no exigimos los cascos en los caminos rurales, porque también se pretendía eso. Es decir, debemos meditar más algunas leyes que dictamos. Ésta, por ejemplo, es una iniciativa equilibrada, porque impone una sanción a los conductores de vehículos que quedan detenidos en carreteras y autopistas por falta de combustible, donde la velocidad de circulación es muy alta. Me refiero a las vías de dos o más pistas.
Sentía cierto recelo frente a un proyecto de esta naturaleza, pero en la medida en que se estableció que era para pistas de alta velocidad, 120 kilómetros por hora, llegué al convencimiento de que quien se desplaza por esas vías debe llevar el combustible suficiente para no quedar en pana y causar algún accidente.
Sin embargo, desde ningún punto de vista podemos pretender que esta norma se aplique en caminos públicos rurales. En primer lugar, porque en ellos nadie corre a esa velocidad como para provocar un impacto porque alguien se detuvo por alguna causa. Eso no es sostenible; no debemos permitirlo. Además, nuestro país todavía es pobre y la gente en los caminos rurales se desplaza en vehículos sencillos, a veces con problemas, y usan el combustible justo, sobre todo ahora que ha tenido alzas tan significativas.
Acepto que se establezca una sanción para quienes transitan por carreteras y autopistas de alta velocidad como se señala en el proyecto sin el suficiente combustible, pero ir más allá, hablaría muy mal de nosotros, porque se dirá que no conocemos la realidad social y económica del país, que todavía tiene muchas necesidades. Por lo tanto, no debemos aplicar esta exigencia en los caminos rurales, que usan nuestros campesinos y trabajadores, quienes muchas veces consiguen con grandes dificultades un cacharrito para movilizarse.
Apoyo la iniciativa tal como está propuesta.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Uriarte .
El señor URIARTE.-
Señor Presidente, admito que este tema no es fácil de tratar ni de entender, pues, a primera vista, cualquier persona podría creer que esta norma se aplicará a moros y cristianos, tanto a quienes circulen en vehículos por las autopistas urbanas concesionadas como a los que lo hacen por caminos rurales o interurbanos. También admito que el tema es impopular, porque a nadie le gusta imponer por la vía de sanciones, regulaciones o prohibiciones, menos aún que signifiquen plata.
Por eso, debemos centrar la discusión en dos aspectos: en el ámbito de aplicación de la ley y en la naturaleza de las sanciones. En cuanto al ámbito de aplicación de la ley, hay que dejar claro, a pesar de que ya se ha dicho, que esta norma se aplicará exclusivamente cuando estemos en presencia de infracciones cometidas en carreteras con dos o más pistas en un mismo sentido. Jamás ha estado en el espíritu ni ha sido la idea aplicarla en caminos rurales o públicos de una sola pista. Es decir, estamos hablando de autopistas concesionadas. En la Región Metropolitana hay más de cinco autopistas de este tipo: la autopista del Sol, la Vespucio Express, la Costanera Norte, la Autopista Central, etcétera.
Lo concreto es que allí está radicado el ámbito de aplicación de la futura ley. A nadie se le ha ocurrido hacerla extensiva a los caminos interiores, que están sin pavimentar o ripiados, a los caminos rurales e, incluso, a los interurbanos. Este proyecto está destinado exclusivamente a los caminos públicos con dos o más pistas de circulación en un mismo sentido. Subrayo esto porque es muy importante que quede claro para la historia de la ley.
En segundo término, hay algo que es importante puntualizar y que dice relación con la sanción. Hay que tener presente que la propuesta por el legislador está referida a una falta menos grave. Es cierto que, originalmente, se había pensado en una sanción para faltas graves, o sea, a las que se aplican multas que van desde 1 a 1,5 UTM, unidades tributarias mensuales, y que llevan aparejada, en caso de reincidencia, la suspensión parcial o, eventualmente, definitiva de la licencia de conducir. Pero aquí hablamos de una graduación inferior, de una falta menos grave, es decir, de multas que van de 0,5 a 1 UTM y que no conllevan, en caso de reincidencia a diferencia de las graves, la suspensión parcial o definitiva de la licencia. Es muy importante tener presente esto al momento de aproximarnos a esta discusión, porque a nadie se le va a quitar la licencia ni se le va a aplicar multas desproporcionadas por la falta cometida.
Para tener una idea de lo que estamos hablando, quiero reproducir algunas de las faltas que el legislador sanciona con multas equivalentes a infracciones menos graves. En el artículo 199 de la ley de Tránsito, el legislador sanciona como infracciones menos grave, entre otras conductas.
“l Estacionar o detener un vehículo en lugares prohibidos…” Ya lo ha dicho el autor de la moción: esto es muy parecido a estacionarse o detenerse en un lugar prohibido. A nadie se le podría ocurrir que está permitido detenerse en un autopista donde la velocidad máxima permitida es de 120 kilómetros por hora. De manera que se trata de una conducta muy similar.
“9 Detener o estacionar un vehículo en doble fila;” Fíjense que esto es mucho menos riesgoso que el caso anterior, así y todo, también está sancionada como infracción menos grave.
18 Transitar un peatón por la calzada, por su derecha en los caminos o cruzar cualquier vía o calle fuera del paso para peatones o saltar vallas peatonales o pasar entre o sobre rejas u otros dispositivos existentes entre calzadas con tránsito opuesto;
19 Infringir las normas sobre transporte terrestre dictadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
21 Arrojar desde un vehículo desperdicios, residuos, objetos o sustancias;
25.- No conducir dentro de la pista de circulación demarcada o cambiar sorpresivamente de pista, obstruyendo la circulación de otros vehículos;
26.- Detener o estacionar un vehículo en contravención a lo establecido en los números 6 y 7 del artículo 159 o estacionar en un paso para peatones, y
27.- Conducir un vehículo en alguna de las circunstancias a que se refiere el número 11 del artículo 172.”
Todas éstas son infracciones menos graves.
Hay otro grupo de infracciones contenidas en el mismo artículo 199 que quiero traer a colación y que también están tipificadas como menos graves:
“3.- Conducir un vehículo usando indebidamente las luces…”. ¿Quién podría decir que esto es más grave o habitual que la conducta que el proyecto propone sancionar?
“5.- No hacer las señales debidas antes de virar;” ¿Quién en esta Sala podría tirar la primera piedra y decir que siempre lo hace?
“6.- No respetar las prohibiciones establecidas en el artículo 141;
7.- Conducir un vehículo sin silenciador o con éste o el tubo de escape en malas condiciones, o con el tubo de salida antirreglamentario;”.
Alguien señaló que no podemos castigar a los pobres. Es cierto, pero también lo es que mientras menos plata tiene un conductor menos probabilidades tiene de mantener en buen estado el tubo de escape de su vehículo. Sin embargo, la ley sanciona esta infracción como menos grave.
Además, se tipifica del mismo modo no llevar los elementos señalados en los números 1, 2 y 3 del artículo 79.
En fin, si leemos todo el listado de infracciones contenidas en el artículo 199 de la ley de Tránsito, nos podemos dar cuenta de que se sancionan conductas más frecuentes y, tal vez, mucho menos graves y riesgosas que detenerse en una autopista de alta velocidad. Eso es lo que ha querido hacer el legislador: evitar situaciones de riesgo, donde las consecuencias pueden ser mucho más graves para la vida y la integridad física de los conductores.
Por eso, finalmente la Comisión aprobó esta iniciativa y, por lo mismo, también la voy a votar favorablemente.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas .
El señor VENEGAS (don Mario).-
Señor Presidente, en este período, el primero que cumplo en la Cámara, me ha correspondido integrar la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, que estudió este proyecto de ley.
Lo señalo porque me ha llamado poderosamente la atención y me ha sorprendido el tono, con un dejo de soberbia, empleado por el diputado Dittborn al señalar que siente vergüenza ajena por esta iniciativa. Entiendo que tiene el legítimo derecho a estar o no de acuerdo con el fondo del proyecto, pero no para hacer una valoración del trabajo realizado por nuestra Comisión, que nosotros consideramos serio.
Tanto el diputado informante como el diputado Hales entregaron una serie de antecedentes que sirven de fundamento al proyecto. Por su parte, el diputado señor Uriarte acaba de señalar clara y latamente que la ley de Tránsito contempla un conjunto de conductas que tipifican faltas tal vez menos graves y que podrían tener un impacto bastante menor que la que estamos discutiendo. El diputado señor Dittborn decía que sentía vergüenza ajena porque, a su juicio, había que valorar la ley, razón por la cual esta conducta debía ser materia de un reglamento.
No obstante, lo que hace el proyecto es agregar un número 28, nuevo, al artículo 199 de la ley N° 18.290, de Tránsito, que ya establece un conjunto de infracciones menos graves. De manera que considero que las ideas planteadas por el diputado Dittborn : que cuando un vehículo se detenga en una carretera de alta velocidad se le cobre más caro por el envío de una grúa o que se publique un listado de quienes cometan esta falta, son bastante más risibles que lo que estamos proponiendo y que es, simplemente, que la autoridad competente, en este caso, Carabineros, curse una infracción a quien comete una falta que está perfectamente descrita. Por eso, no comparto lo señalado por el diputado señor Dittborn .
Por último, como integrante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, anuncio que voy a votar favorablemente.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa .
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, discrepo del autor de este proyecto, porque considero que el uso de una vía concesionada, especialmente en las zonas urbanas, tiene por objeto desplazarse de un punto a otro con mayor rapidez. En ese sentido, el proyecto tiende a perjudicar a las personas de menores ingresos. En otras palabras, si una persona desea desplazarse rápidamente de un punto a otro en el único medio de transporte que tiene a la mano, que puede ser un vehículo, tal vez, no muy nuevo, o que, por no conocerlo bien, sufre un desperfecto o se le echa a perder su marcador de combustible, además del problema que le genera a terceros al quedar botado, técnicamente hablando, se va a hacer acreedor a una sanción pecuniaria, me parece francamente un despropósito. Considero que con esta medida se atenta contra las personas que tienen menos.
Digámoslo con claridad: las personas que transitan por vías concesionadas urbanas de alta velocidad, normalmente lo hacen porque tienen recursos suficientes. Pero, ¡pobre de aquel que se le ocurra transitar por allí y que tenga un auto modesto, porque lo vamos a castigar!
¿A qué absurdo estamos llegando? ¿De qué estamos hablando? ¿De que las personas con más recursos puedan transitar tranquilitas por allí y de que los más pobres tengan que hacerlo por otras vías? O sea, ¿además estamos segregando? Creo que, sin duda, estamos frente a una postura equivocada. La intención es buena, pero el rumbo está equivocado, pues apunta en un sentido que no es el más apropiado.
Digamos también con claridad que cuando uno revisa el informe puede comprobar que si por cualquier razón un conductor debe detenerse no digo estacionarse en una vía de este tipo, le resulta altamente problemático. Entonces, ¿hay que prohibírselo también?
Como dijo el diputado Dittborn , la ley es para regular conductas genéricas de la sociedad, pero no para hacerse cargo de cuestiones particulares o de problemas puntuales. Si una persona se detiene en una autopista urbana concesionada, normalmente no lo hace porque quiere.
Entonces, ¿siempre tendremos que hacer leyes para cada uno de los casos puntuales que surjan?
Pero, lo peor es que se percibe que una decisión de esta naturaleza va a dañar a quienes menos tienen, porque las personas sin dificultades para llenar de combustible el estanque del auto son las que tienen mayores recursos.
Me parece que este proyecto no va en la dirección correcta, razonable ni en la de los que menos tienen. Se hace cargo de supuestos incorrectos.
Por esa razón, votaré en contra.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Gabriel Silber .
El señor SILBER.-
Señor Presidente, concuerdo plenamente con lo dicho por el diputado Ulloa .
A mi juicio, si bien entiendo lo que persiguen los autores del proyecto con la modificación a la ley de Tránsito, hay un despropósito con la multa que se quiere establecer.
Toda norma persigue penalizar una conducta, pero nadie puede aprovecharse de ella en beneficio propio.
Por ejemplo, si alguien excede la velocidad permitida porque quiere llegar más rápido, se beneficia, pero pone en riesgo la vida de los demás. Lo mismo ocurre si cruza con luz roja o infringiendo otras disposiciones.
Este caso es justamente lo inverso. Estamos frente a una situación en la que el principal perjudicado es quien se encuentra en pana de bencina, por diversas razones, porque no tiene recursos o tuvo que hacer frente a una emergencia médica y tomó el vehículo para dirigirse a un lugar de atención de urgencias sin percatarse de que el estanque de combustible estaba casi vacío, o, eventualmente, por una suerte de negligencia, de imprevisibilidad respecto de las condiciones de conducción.
Así, se castigaría doblemente a una persona que ya por su sola falta es el principal perjudicado.
Si seguimos con esta tendencia sancionadora vamos a terminar castigando a aquel que tiene su vehículo en mal estado y queda en pana.
Se olvida que gran parte de los chilenos, especialmente de la clase media que con muchas dificultades accede a un vehículo, por no tener los recursos, no van a poder desplazarse libremente por un bien nacional de uso público, que es de todos.
Tal vez, vamos a terminar sancionando a una persona que sufre un paro cardíaco y su vehículo queda detenido, porque aumentará el riesgo de quienes circulen por la autopista, aunque tampoco estaba en condiciones de prever su estado de salud. Quizás no controló el colesterol.
Digamos las cosas como son. Con el proyecto, el principal perjudicado es el propio automovilista y las principales beneficiadas son las concesionarias, que al momento de emplazar las autopistas no previeron la existencia de una berma para el estacionamiento de vehículos que se encuentren en graves problemas de circulación.
En otras partes del mundo, la gran mayoría de las autopistas tienen una pista de emergencia para evitar que, en el caso de dificultades, otros vehículos se vean perjudicados. Aquí no existe y siento que las principales beneficiadas serán las concesionarias.
Hace algún tiempo, un grupo de parlamentarios de distintas bancadas presentamos un proyecto para suprimir la indemnización compensatoria del artículo 42, que alcanza a cuarenta veces el valor de lo adeudado, lo que me parece un despropósito.
De alguna manera, aquí se está trasladando la responsabilidad de las concesionarias, cual es tener la infraestructura idónea que, de alguna manera, mitigue el impacto de las externalidades que analizamos y posibilite la libre circulación. Es de su responsabilidad tener servicios de grúas gratuitos para los automovilistas que los requieran, además, porque, ellos pagan peaje. No deja de ser preocupante que los ejemplos que aparecen en el informe que tenemos a nuestra disposición sean sólo aquellos aportados por las concesionarias.
Debo reiterar que toda norma persigue sancionar una conducta, pero nadie puede aprovecharse de ella en beneficio propio. De aprobarse el proyecto, se perjudicaría a una persona que de por sí ya estaría sufriendo un gravamen personal y que no tuvo el ánimo deliberado de detener su vehículo en la vía, sino que todo lo contrario.
Si se establece esta norma, estaremos violando el principio constitucional básico de no sancionar dos veces por lo mismo non bis in ídem, en derecho penal, y, por sobre todo, no resguardaremos los intereses de las personas y privilegiaremos los de las concesionarias.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Patricio Hales .
El señor HALES.-
Señor Presidente, no me corresponde calificar las observaciones del diputado Silber sobre el colesterol y el ataque cardiaco. Cada cual enfrenta el debate como le parece mejor.
Sin embargo, no acepto que diga que la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones ha legislado para las concesionarias. Eso no tiene pie ni cabeza.
Las multas no son simpáticas ni se aplican para ser popular. Si alguien quiere hacer un discurso para ser popular, está en su derecho, pero nosotros tenemos una obligación.
Las normas que sancionan la carencia de triángulos en un vehículo o el mal uso de las luces no son simpáticas; es más, el pago de toda multa es una antipatía, sobre todo cuando el conductor se siente todopoderoso arriba de su vehículo.
La idea nuestra es proteger a la gran mayoría que sufre accidentes por unos pocos cuyos vehículos quedan detenidos por falta de combustible en las grandes autopistas, y no sólo en Santiago, sino en todo el país.
Las familias nos preguntan: “¿Cómo nos garantiza que viajemos tranquilos?
Con motivo de los próximos días 18 y 19, van a salir familias de todo Chile a viajar por las carreteras, no por Santiago, sino por todo el país. Si alguien, infringe una norma, por ejemplo, se estaciona en la berma porque quiere y no porque su vehículo sufrió un desperfecto, la ley lo castigará por la posibilidad de que ocasione un accidente. Si ocurre eso hoy, es absurdo suponer que la falta de bencina constituye un acto en que el culpable es el vehículo.
Los legisladores tenemos la obligación de hacer coherente la ley. Si la anterior está mala, cambiémosla. Pero hoy nadie se puede estacionar donde quiere. Podríamos haber extendido los alcances del proyecto para todos los caminos, pero lo hicimos sólo para las carreteras de hasta cuatro pistas, en las cuales está prohibido estacionarse en la berma, salvo que el vehículo esté en pana, porque en ese caso el acto de estacionarse no es voluntario.
Alguien dirá que esta iniciativa no es simpática para la gente. Pero significa tranquilidad para el 99 por ciento de quienes viajan en carreteras. Por ejemplo, en los próximos días van a viajar familias enteras y quieren hacerlo de una forma tranquila, que están preocupadas de no encontrarse, de pronto, en el día o en la noche, con un automóvil estacionado con la disculpa de su conductor que no alcanzó a ponerle bencina. Para esa situación estamos pidiendo que se sancione a quienes cometen dicha infracción con una multa de alrededor de 15 mil pesos.
No estoy diciendo que es poca plata, pero sí que la solución es más eficiente que la propuesta del diputado Dittborn , ya que es más barato y menos vergonzoso que publicar la fotografía del infractor. Además, no es una sanción grave, por lo que no se retendrá la licencia de conducir.
Por lo tanto, invito a las señoras y señores diputados a votar favorablemente el proyecto, a lo menos en general, o enviarlo a la Comisión para que haya un debate más a fondo de las materias que han planteado los distintos diputados que tienen un interés positivo por el resguardo de la familias, debido a los 18 mil accidentes que se han producido por la detención de vehículos en las carreteras concesionadas. De manera que, si les parece, podemos escuchar más ideas de diputados que no son miembros de la Comisión para ver cómo protegemos a la gente de los actos de menos del uno por ciento de los conductores.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza .
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente, esta iniciativa fue discutida profundamente en la Comisión.
El espíritu de sus autores es, como se dice en el fundamento del proyecto, evitar la relación causal que pudiese eventualmente existir entre accidentes de tránsito derivados o provocados por este tipo de problemáticas se refiere a la falta de combustible en las vías concesionadas.
Al respecto, luego de conversar extensamente con dirigentes de la región, en la que también tenemos pistas concesionadas, he llegado a la convicción de que es una iniciativa que no podemos votar a favor, por las razones que han esgrimido diputados como los señores Jorge Ulloa y Gabriel Silber . Los colegas tienen mucha razón en el sentido de que el proyecto no puede sustentarse sólo sobre la base de que la problemática se refiere a que la falta de combustible en un automóvil es atribuible a la negligencia o al descuido de los conductores, porque técnicamente se ha comprobado que algunos elementos pueden incidir en que un vehículo gaste mayor cantidad de combustible. En ese sentido, la distancia que existe entre una comuna y otra en el distrito que represento hace que muchas veces el gasto en combustible por mayor o menor velocidad, o por otras variables, ocasione que lamentablemente los conductores tengan problemas de abastecimiento y queden en pana en alguna ruta.
Creemos que este proyecto puede transformarse, más que en una solución al problema, en una complicación.
No obstante reconocer que el proyecto es importante, no podemos hacer leyes enmarcadas en lo que sucede en Santiago, en la capital, que pueden tener efectos importantes sobre las regiones y, en este caso, negativos.
Escuché con atención el planteamiento del diputado Silber sobre las concesionarias. No es problema de los conductores que éstas no hayan establecido y que no se les hayan exigido quienes tuvieron que evaluar las iniciativas pistas que permitan no provocar complicaciones como las que se generan en algunas autopistas de Santiago, donde quedar en pana de combustible constituye un riesgo. Eso es cierto, pero tal riesgo no puede ser atribuible exclusivamente al conductor, quien puede haber tenido un contratiempo que haya ocasionado la falta de combustible y que no necesariamente esté vinculado a descuido, negligencia, o a otros motivos como aquí se ha planteado.
Desde ese punto de vista, por los efectos que esta iniciativa podría producir a lo largo del país, como consecuencia de un problema que sólo está centrado en tres o cuatro autopistas de la capital, y por las razones que he esgrimido muy sucintamente, pero que fueron muy bien expuestas por los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, no se justifica una ley sobre la materia.
En consecuencia, anuncio mi voto en contra.
El señor LEAL.-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LEAL (Presidente).-
Respecto del proyecto que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, tipificando como falta grave el quedar detenido en determinadas vías públicas debido a la falta de combustible, algunos señores diputados solicitaron que vuelva a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones porque fue objeto de una indicación.
El proyecto debe ser votado en general. Sin embargo, si la Sala lo acuerda por unanimidad, puede volver a la Comisión.
¿Habría acuerdo para que vuelva a la Comisión?
No hay acuerdo.
En votación general.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 58 votos. Hubo 14 abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Rechazado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alinco Bustos René ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Bobadilla Muñoz Sergio ; Cardemil Herrera Alberto ; Ceroni Fuentes Guillermo ; Correa De La Cerda Sergio ; Cristi Marfil María Angélica ; Enríquez-Ominami Gumucio Marco ; Errázuriz Eguiguren Maximiano ; García García René Manuel ; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro ; Godoy Ibáñez Joaquín ; Hales Dib Patricio ; Hernández Hernández Javier ; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge ; Jaramillo Becker Enrique ; Latorre Carmona Juan Carlos ; Meza Moncada Fernando ; Monckeberg Bruner Cristián ; Muñoz D’Albora Adriana ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Quintana Leal Jaime ; Robles Pantoja Alberto ; Saa Díaz María Antonieta ; Sabag Villalobos Jorge ; Tarud Daccarett Jorge ; Uriarte Herrera Gonzalo ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Vargas Lyng Alfonso ; Venegas Cárdenas Mario ; Venegas Rubio Samuel . Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique ; Aedo Ormeño René ; Aguiló Melo Sergio ; Allende Bussi Isabel ; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro ; Araya Guerrero Pedro ; Arenas Hödar Gonzalo ; Ascencio Mansilla Gabriel ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Bustos Ramírez Juan ; Cubillos Sigall Marcela ; Chahuán Chahuán Francisco ; De Urresti Longton Alfonso ; Delmastro Naso Roberto ; Díaz Del Río Eduardo ; Díaz Díaz Marcelo ; Dittborn Cordua Julio ; Duarte Leiva Gonzalo ; Egaña Respaldiza Andrés ; Encina Moriamez Francisco ; Escobar Rufatt Alvaro ; Espinoza Sandoval Fidel ; Fuentealba Vildósola Renán ; Goic Boroevic Carolina ; Isasi Barbieri Marta ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Leal Labrín Antonio ; Lobos
Krause Juan ; Lorenzini Basso Pablo ; Masferrer Pellizzari Juan ; Melero Abaroa Patricio ; Monckeberg Díaz Nicolás ; Monsalve Benavides Manuel ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Norambuena Farías Iván ; Ojeda Uribe Sergio ; Pacheco Rivas Clemira ; Palma Flores Osvaldo ; Paredes Fierro Iván ; Pascal Allende Denise ; Paya Mira Darío ; Recondo Lavanderos Carlos ; Rojas Molina Manuel ; Saffirio Suárez Eduardo ; Sepúlveda Hermosilla Roberto ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Soto González Laura ; Súnico Galdames Raúl ; Turres Figueroa Marisol ; Ulloa Aguillón Jorge ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Verdugo Soto Germán ; Von Mühlenbrock Zamora Gastón ; Walker Prieto Patricio ; Ward Edwards Felipe .
Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado Andrade Claudio ; Álvarez Zenteno Rodrigo ; Farías Ponce Ramón ; Galilea Carrillo Pablo ; Girardi Briere Guido ; Herrera Silva Amelia ; Kast Rist José Antonio ; León Ramírez Roberto ; Martínez Labbé Rosauro ; Moreira Barros Iván ; Rubilar Barahona Karla ; Tohá Morales Carolina ; Valcarce Becerra Ximena ; Vidal Lázaro Ximena .
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