
-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650547/seccion/akn650547-rs2
- dc:title = "SUBVENCIÓN PARA SANATORIO MARÍTIMO SAN JUAN DE DIOS, DE VIÑA DEL MAR."^^xsd:string
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/subvencion-para-sanatorio-maritimo-san-juan-de-dios-de-vina-del-mar
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650547
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650547/seccion/nationalInterestNT6N3M1G
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:pendiente
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650547/seccion/akn650547-rs2-ds34
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650547/seccion/akn650547-rs2-ds37
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650547/seccion/akn650547-rs2-ds36
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650547/seccion/akn650547-rs2-ds35
- rdf:value = " SUBVENCIÓN PARA SANATORIO MARÍTIMO SAN JUAN DE DIOS, DE VIÑA DEL MAR.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).-
Proyecto de acuerdo N° 218, de los diputados señores Chahuán , Sepúlveda , don Roberto , y González .
“Considerando:
Que el Sanatorio Marítimo San Juan de Dios, ubicado en la ciudad de Viña del Mar, es una institución especializada de salud, perteneciente a la Orden Hospitalaria San Juan de Dios, con casi cinco siglos de existencia y experiencia en el campo de la atención y rehabilitación del discapacitado físico y mental;
Que dicho establecimiento se encuentra en funciones desde el año 1929, cumpliendo primeramente con la loable función de prestar servicio a la población con secuela de tuberculosis ósea y de poliomielitis, y después de haber cumplido dicha etapa, reorientó sus esfuerzos, abocándose exclusivamente a la tarea de brindar atención médicoasistencial a la población infantil, afectada de daño cerebralmotor severo, vale decir, multidéficit, derivados desde hogares de menores, tribunales u otros establecimientos de salud;
Que esta institución rehabilitadora hace suyo el principio consagrado en el artículo 14 de la ley N° 19.284, sobre normas para la plena integración social de personas con discapacidad, que establece: “La rehabilitación tiene por finalidad permitir a las personas que presentan una discapacidad física, síquica o sensorial que dificulte su integración social, educativa y laboral, mediante el acceso a las prestaciones y servicios oportunos y necesarios, la recuperación de la funcionalidad y su mantenimiento. De no ser posible la completa recuperación, la acción rehabilitadora consistirá en desarrollar sus destrezas funcionales y en dotar de elementos alternativos para compensar dicha discapacidad;
Que la rehabilitación es una forma de terapia de proceso continuo e integral, que agrupa un conjunto de acciones destinadas a personas con discapacidad que persigue desarrollar al máximo las capacidades remanentes con el fin de lograr independencia, autocuidado, adaptación social, capacidad de comunicación, adquiriendo presencia e identidad en su entorno;
Que los niños que atiende esta institución son portadores de multidéficit, esto es, que además de una discapacidad motora severa permanente, presentan graves alteraciones de sus capacidades cognitivas, trastornos sensoriales, estados convulsivos de difícil manejo y otras secuelas de daño neurológico central;
Que en base a este diagnóstico se buscan las estrategias diversas para realizar un enfoque integral con objetivos a corto, mediano y largo plazo, considerándose que para el buen éxito de estas propuestas el recurso humano adecuado y la perseverancia son elementos importantes de considerar;
Que de acuerdo a la clasificación efectuada por el Ministerio de Salud, este recinto hospitalario constituye la única alternativa en el país, para abordar los casos de niños con daño neurológico severo;
Que el referido establecimiento no cuenta con los recursos suficientes para poder atender en debida forma a estos niños, por lo cual requiere que sean aportados por el Estado, máxime si se tiene presente que nuestra Constitución Política establece que el Estado está al servicio de la persona humana y que es deber de todos sus organismos asegurar el pleno desarrollo de ella, y
Que para el cumplimiento de este objetivo, se estima que el Fondo Nacional de la Discapacidad u otro organismo que el Supremo Gobierno determine, debe asignar una subvención mensual al Sanatorio Marítimo San Juan De dios, que asegure la debida atención médica a los niños con multidéficit, de acuerdo a sus requerimientos y hasta que ellos cumplan veinticinco años de edad.
En mérito a las consideraciones que anteceden.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la señora Presidenta de la República disponga que el Fondo Nacional de la Discapacidad (Fonadis), u otros organismos que determine, asigne una subvención mensual al Sanatorio Marítimo San Juan de Dios de Viña del Mar, que asegure la debida atención médica a los niños con multidéficit, de acuerdo a los requerimientos de dicho establecimiento, y hasta que ellos cumplan veinticinco años de edad”.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Francisco Chahuán .
El señor CHAHÚAN.-
Señor Presidente, el proyecto de acuerdo tiene por objeto solicitar al Gobierno que disponga que el Fondo Nacional de la Discapacidad o el organismo que determine, asigne una subvención mensual al Sanatorio Marítimo San Juan de Dios, de Viña del Mar, dependiente de la Orden Hospitalaria San Juan de Dios, en los términos que a continuación señalamos.
Esa orden religiosa fue fundada por Juan Ciudad Duarte , conocido posteriormente como Juan de Dios, quien comenzó su obra con la apertura de su primer hospital, el 8 de noviembre de 1539, por haber recibido un llamado divino en tal sentido. Con generosidad y mucho amor comienzan a ser atendidos pobres, tullidos, huérfanos y enfermos.
En 1929, la Orden Hospitalaria llega a Viña del Mar e instala un establecimiento de salud, que denomina “Sanatorio Marítimo San Juan de Dios”, en honor a su santo patrono, agregándole el adjetivo “marítimo”, por estar construido en el borde costero.
El primer objetivo de ese establecimiento fue prestar servicio a la población con secuela de tuberculosis ósea y de poliomielitis, patologías bastante comunes en aquella época y que, en muchos casos, tenían desenlaces fatales.
Después de cumplir esta etapa durante casi 30 años, reorientó sus esfuerzos, dedicándose exclusivamente a la misión de brindar atención médicoasistencial a la población infantil afectada de daño cerebral motor severo, que se conoce como multidéficit.
Actualmente, esa institución rehabilitadora hace suyo y cumple plenamente el principio que consagra la ley Nº 19.284 en su artículo 14, de rehabilitar y reintegrar a los discapacitados.
Dados sus constantes progresos en la atención de niños con discapacidad motora severa permanente, que presentan graves consecuencias de daño neurológico central, el Ministerio de Salud ha clasificado a ese recinto asistencial como la única alternativa en el país para atender a la población infantil afectada por daño neurológico severo.
Sin embargo, la Orden no cuenta con recursos suficientes para llevar a cabo adecuadamente tan noble misión, por lo que debe recurrir a campañas, colectas u otras acciones similares a fin de lograr los fondos necesarios para cumplir su propósito.
De acuerdo con nuestra Constitución Política, el Estado está al servicio de la persona humana y debe asegurar su pleno desarrollo. Por eso, consideramos que, en el caso del sanatorio, debe aportar los recursos que faltan, habida consideración, como ya hemos dicho, de que es el único hospital especializado en el país, para la atención de patologías invalidantes.
Estimamos que el Supremo Gobierno, a través del Fondo Nacional de la Discapacidad (Fonadis) o del organismo que determine, debe asignar una subvención mensual que asegure la debida atención médica a los niños con multidéficit, que desde todos los lugares de nuestro extenso territorio llegan en busca de atención médica, la que debe extenderse hasta los 25 años de edad.
Por eso, pido a los honorables colegas dar su aprobación a este proyecto de acuerdo, que permitirá beneficiar a los niños que se encuentran en el Sanatorio Marítimo San Juan de Dios, bajo la atención abnegada y sacrificada de la Orden Hospitalaria del mismo nombre.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo González .
El señor GONZÁLEZ.-
Señor Presidente, quiero reforzar la intervención del colega Chahuán , con quien hemos trabajado en forma permanente desde hace bastante tiempo para apoyar a esta institución tan importante, que cumple una labor única en Chile, incluso en la costa del Pacífico de América Latina, donde no hay otros institutos que se preocupen de este tipo de enfermedades o dolencias que padecen niños en la situación descrita.
Por eso, hemos dado todo nuestro apoyo a esa institución en los dos últimos períodos. Espero que la Sala respalde por unanimidad el proyecto de acuerdo, porque constituye un verdadero aporte no sólo para esos niños, sino para el país.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación.
Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
No hay quórum.
Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos.
Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 21 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
No hay quórum.
El proyecto de acuerdo será votado por última vez en la próxima sesión.
"
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1893
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1578
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1753
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1011
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/685
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/orden-hospitalaria
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso