. " Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Aguil\u00F3, Verdugo, Becker, Correa, Duarte, Montes, Rojas, Sep\u00FAlveda, don Roberto, y de las diputadas se\u00F1oras Pascal, do\u00F1a Denise y Sep\u00FAlveda, do\u00F1a Alejandra. \nGarantiza a las personas el suministro de servicios de agua potable en situaciones de vulnerabilidad que indica. (bolet\u00EDn N\u00B0 4666-09) \n1. Fundamentos.- La pol\u00EDtica de desarrollo social impulsada por los sucesivos gobiernos de la Concertaci\u00F3n tiene como objetivos primordiales erradicar la extrema pobreza y superar las situaciones de vulnerabilidad econ\u00F3mica en que se encuentran gran parte de las personas que se encuentran afectadas por la cesant\u00EDa. \nAtendido que los servicios p\u00FAblicos y empresas sanitarias de agua potable y alcantarillado, no siempre pueden satisfacer las necesidades de mejoramiento del bienestar social, por esa v\u00EDa son factores importantes para el retroceso en el desarrollo de la naci\u00F3n. La ausencia de regulaci\u00F3n, de controles y de mecanismos dirigidos a la correcci\u00F3n de las distorsiones propias de los mercados conduce a resultados adversos. Como se\u00F1ala Gray [1], en un mundo en el cu\u00E1l las fuerzas del mercado no est\u00E1n sujetas a control o reglamentaci\u00F3n global, la paz estar\u00E1 permanentemente en riesgo. \nEn esa perspectiva hace m\u00E1s de una d\u00E9cada se dictaron normas relativas a establecer subsidio a los servicios de agua potable y alcantarillado a personas que se encontraran en situaci\u00F3n econ\u00F3mica desfavorable. La realidad de la vida ha demostrado que el alcance del referidon subsidio no es suficiente para asegurar el acceso al servicio b\u00E1sico por un gran n\u00FAmero de personas, por lo que se hace necesario ampliar el monto del citado subsidio. \nEs innegable la creciente impotencia del poder pol\u00EDtico nacional para resolver los problemas sociales derivados de la exclusi\u00F3n y de la degradaci\u00F3n de los servicios sociales, efectos derivados de la globalizaci\u00F3n. La reestructuraci\u00F3n del Estado y la redefinici\u00F3n de las pol\u00EDticas p\u00FAblicas deben entenderse como una actividad [2], vale decir, un conjunto organizado de normas y actos tendientes a la realizaci\u00F3n de un objetivo determinado. En este \u00E1mbito el derecho debe dejar de meramente prestarse a la armonizaci\u00F3n de conflictos y a la legitimaci\u00F3n del poder [3], y funcionar tambi\u00E9n como un instrumento de implementaci\u00F3n de pol\u00EDticas p\u00FAblicas. \nEl objetivo inmediato para impulsar la nueva dial\u00E9ctica entre excluidos e incluidos es la garant\u00EDa de condiciones m\u00EDnimas de alimentaci\u00F3n, salud e instrucci\u00F3n para el primer segmento. \nAnte el debilitamiento de los estados, el objetivo aludido puede lograrse a\u00FAn vali\u00E9ndose de las estructuras estatales secundarias y terciarias [4] (regiones y municipios) bien administradas. En esta perspectiva resulta necesario reforzar las garant\u00EDas en materia de servicios b\u00E1sicos, en este proyecto focalizando y garantizando el servicio de agua potable y alcantarillado, por esa v\u00EDa, asegurar a los miembros de la poblaci\u00F3n en situaci\u00F3n de vulnerabilidad el acceso al suministro del servicio b\u00E1sico. \n2. Ideas matrices.- El proyecto propone asegurar el suministro del servicio de agua potable, a las personas que por el cambio de sus circunstancias econ\u00F3micas no se encuentren en condiciones de efectuar el pago oportuno del servicio. Se establecen como causas del detrimento econ\u00F3mico la cesant\u00EDa o la enfermedad catastr\u00F3fica personal o que afecte al n\u00FAcleo familiar del usuario. Lo anterior se fundamenta dogm\u00E1ticamente en la teor\u00EDa de la imprevisi\u00F3n, aunque anal\u00F3gicamente pues opera por el solo ministerio de la ley y sin intervenci\u00F3n del \u00F3rgano jurisdiccional, estableciendo una revisi\u00F3n de las obligaciones entre el usuario y la concesionaria, as\u00ED como la forma de cumplimiento diferida y de acuerdo a las posibilidades del usuario. \nFinalmente, se estim\u00F3 pertinente que la propuesta referida se ubique sistem\u00E1ticamente en la ley general de Servicios Sanitarios, que como normativa general regula el \u00E1mbito de relaci\u00F3n entre los usuarios y las concesionarias de servicios sanitarios. \nEs por eso que sobre la base de estos antecedentes venimos en proponer el siguiente: \nPROYECTO DE LEY \nArt\u00EDculo \u00FAnico.- Incorp\u00F3rese el siguiente art\u00EDculo 36 bis en el Decreto con Fuerza de Ley 382, del Ministerio de Obras P\u00FAblicas que establece la ley general de Servicios Sanitarios. \nArt. 36 bis. No proceder\u00E1 el corte de suministro del servicio de agua potable, trat\u00E1ndose de personas naturales que tengan un ingreso igual o inferior al ingreso m\u00EDnimo, lo que se acreditar\u00E1 con el respectivo comprobante de pago. \nAs\u00ED mismo, no proceder\u00E1 el corte de dicho suministro para las personas que se encuentren cesantes, lo que se acreditar\u00E1 con la certificaci\u00F3n correspondiente emitida por la municipalidad. \nObtendr\u00E1n tambi\u00E9n el beneficio de los incisos anteriores aquellas personas cuyas familias cuenten entre sus miembros un enfermo aquejado por una enfermedad que haya precarizado su situaci\u00F3n econ\u00F3mica, lo que ser\u00E1 acreditado por un informe social de la municipalidad respectiva\u201D. \n " . . "[2] Comparato Fabio \u201CEnsaio sobre o ju\u00EDzo de constiucionalidade de pol\u00EDticas p\u00FAblicas\u201D Malheiros Editores Sao Paulo 1997."^^ . "[4] Cfr. Ley 18.778 sobre subsidio al agua potable."^^ . . . "Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Aguil\u00F3, Verdugo, Becker, Correa, Duarte, Montes, Rojas, Sep\u00FAlveda, don Roberto, y de las diputadas se\u00F1oras Pascal, do\u00F1a Denise y Sep\u00FAlveda, do\u00F1a Alejandra."^^ . . . . . "[1] Gray John \u201CFalse Down\u201D Granta Books Londres 1999."^^ . . . . . . . . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . . . . "[3] Novoa Monreal Eduardo \u201CEl Derecho como obst\u00E1culo para el cambio social\u201D Fondo Cultura Econ\u00F3mica M\u00E9xico 1982."^^ . . . . . . . . . . . . .