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- rdf:value = " El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, me interesa en forma especial que la opinión pública, especialmente quienes están viendo el canal de esta Cámara, tengan absoluta claridad de lo que significa una ley de presupuestos. Tengo en mis manos un fallo del Tribunal Constitucional mediante el cual clarifica, en función del establecimiento de jurisprudencia, qué es la ley de Presupuestos. Planteó, en el marco del estudio de la constitucionalidad del decreto supremo N° 1.679, de 1997, del Ministerio de Hacienda, que debe precisarse cuál es el régimen de ingresos y egresos que contempla la ley de Presupuestos en conformidad con las disposiciones constitucionales y legales pertinentes.
Respecto de los ingresos y, especialmente, del inciso segundo del actual artículo 67 de la Constitución Política de la República, indica que “el Congreso Nacional no podrá aumentar ni disminuir la estimación de los ingresos; sólo podrá reducir los gastos contenidos en el proyecto de ley de Presupuestos, salvo los que estén establecidos por ley permanente. La estimación de los recursos contemplados en la ley de Presupuestos corresponderá exclusivamente a la Presidenta de la República”. En concordancia con la norma citada, el artículo 11 del decreto ley N° 1.263, de 1975, dispone que el “presupuesto del sector público consiste en una estimación financiera de los ingresos y gastos de este sector para un año dado”.
El presupuesto es un instrumento de política fiscal que baraja la variable de ingreso y de gasto público, lo que explica que éste contenga elementos de periodicidad, discrecionalidad y condicionalidad que lo distinguen de las leyes tradicionales.
Éstas y otras limitaciones que consulta la carta fundamental y que se reiteran en este fallo del Tribunal Constitucional plantean que el propósito es velar por una sana política fiscal para lo cual deben privilegiarse criterios técnicos.
El principio de legalidad aplicado a la ley de Presupuestos requiere de una interpretación constitucional flexible, racional y lógica, ya que este instrumento, aunque formalmente es una ley, reúne características que le dan una categoría especial en el ordenamiento jurídico.
Como se ha dicho que el presupuesto de la nación se va a rechazar, que se van a abstener, que no importa que haya presupuesto, quiero decir lo siguiente: Si no se le reconociera al órgano administrativo la posibilidad de acción directa, la ley de presupuestos quedaría congelada y sin operatividad.
Es bueno que la opinión pública sepa que la ley más importante que tramita este poder del Estado es la ley de Presupuestos, y que para el próximo año hay un aumento real y efectivo de 2.350 millones de dólares. Algunos dicen que toda la plata se la llevan. ¡Mentira! Cada tres meses, con la actual ley de Presupuestos, veintiséis parlamentarios, trece diputados y trece senadores, tenemos la posibilidad de estudiar la ejecución presupuestaria, partida por partida, ítem por ítem, glosa por glosa. Es decir, si algunos no hacen bien la pega, no vengan a aprovecharse de una situación especial que todos lamentamos y que nadie está apoyando. Pero ésa es una parte ínfima de lo que significa el bienestar del país, especialmente de lo social.
Los discursos dobles y el hecho de que en determinados instantes estén de acuerdo con esto, con aquéllo y con lo otro, ¿qué pretenden? ¿Qué no haya presupuesto; que nunca más haya fomento al deporte en Chile? Eso lo tiene que evaluar la opinión pública.
¿Cuál es la complicación? Se han dicho muchas mentiras. Por ejemplo, este domingo se planteó que la Oposición quiso demostrar con hechos que no se retiró, porque de lo contrario no habría habido quórum. ¡Falso! ¡De falsedad absoluta! Desde las tres de la tarde del jueves, hasta las casi cuatro de la madrugada del viernes, estuvimos siempre cinco diputados y cinco senadores, y si alguno de los colegas no sabe acerca del reglamento interno del Senado para el tratamiento del proyecto de ley de Presupuestos, con cinco diputados y cinco senadores hay quórum. Así que no sigamos mintiendo en función de una situación puntual que, repito, es lamentable y no tiene que ver con el Presupuesto de la nación.
¡Cómo no voy a aprobar este presupuesto, cuando hasta agosto de este año, dos millones de chilenas y chilenos nunca más tendrán problemas debido a las cuarenta patologías del Auge! ¿O no es una realidad el hecho de que le cambió la vida a personas con enfermedades terminales que quedaban endeudadas con toda su familia? Eso es creer en el bien social; tener sensibilidad social. ¡Cómo no voy a aprobar este proyecto de ley cuando contiene un aumento de recursos substancial para la educación en circunstancias de que el diagnóstico general del país es que hay que mejorar su calidad! Ese aumento de financiamiento significa mejores días para los sectores desprotegidos y más vulnerables, de hogares más modestos.
Por eso, es bueno considerar que el 70 por ciento del presupuesto del 2007 es de índole social; está focalizado hacia temas de salud y de educación. Por ejemplo, la salud primaria crecerá el próximo año en 18 por ciento; es decir, todos los municipios del país, si presentan proyectos como corresponde, van a tener la posibilidad de mejorar el nivel de salud primaria.
Además, ¿cómo no va a ser vital que el presupuesto para el Ministerio de Salud, que este año fue de alrededor de 56 mil millones de pesos, para el próximo alcance una cifra de más de 117 mil millones de pesos?
Asimismo, siento orgullo porque en estos días comenzó la obra del próximo hospital regional de Concepción; siento orgullo de haber sido partícipe, junto con el Presidente Lagos, quien autorizó, en diciembre del año pasado, su licitación internacional, con lo cual se inició la inversión más grande de la Octava Región, de 17 mil millones de pesos.
Esos son hechos, realidades. ¿O también van a plantear de que hay cosas dudosas? Seamos serios alguna vez. Pensemos en función del país. ¡A usted señor, a usted señora, que nos está observando, le interesa que este presupuesto va a significar más salud, más educación y más bienestar!
He dicho.
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