. . . . . . . . . " \nLa se\u00F1ora PASCAL, do\u00F1a Denise (Vicepresidenta).- \n \n Tiene la palabra el diputado se\u00F1or Pablo Lorenzini . \n \nEl se\u00F1or LORENZINI.- \n \n Se\u00F1ora Presidenta, si bien me parece un buen proyecto, la verdad es que en lo que respecta a su financiamiento es un enredo. \nEl proyecto modifica el inciso primero del art\u00EDculo 41 de la ley N\u00B0 18.566, Ley Org\u00E1nica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, que en la parte pertinente establece que las empresas de auditor\u00EDa deber\u00E1n revisar anualmente y emitir un informe. Me parece bien aquello. \nAsimismo, respecto de los actos preparatorios en el extranjero, incorpora un art\u00EDculo 194 en la ley N\u00B0 18.700, el cual dispone: \u201CEl Servicio Electoral y los Consulados deber\u00E1n informar al electorado en el extranjero sobre las caracter\u00EDsticas de las c\u00E9dulas electorales y la forma de ejercer el derecho a sufragio,\u2026\u201D. \nLuego, se agrega en el art\u00EDculo 25 de la ley N\u00B0 18.566, Ley Org\u00E1nica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, el siguiente inciso segundo: \u201CPara efectos de lo establecido en el inciso anterior, la Direcci\u00F3n General de Asuntos Consulares e Inmigraci\u00F3n del Ministerio de Relaciones Exteriores, implementar\u00E1 las medidas necesarias para facilitar la inscripci\u00F3n en el registro electoral o el tr\u00E1mite de cambio de domicilio electoral de los chilenos residentes en el extranjero y otras tendientes al mejor cumplimiento de sus funciones vinculadas al ejercicio del sufragio en el exterior.\u201D. \u00A1Muy bonito! \nPor su parte, el informe financiero se\u00F1ala que durante el primer a\u00F1o el proyecto irrogar\u00E1 un mayor gasto fiscal de alrededor de 500 millones de pesos para instalar servicios inform\u00E1ticos y equipamiento. Luego dice que en los a\u00F1os no electorales, esta ley en proyecto no generar\u00E1 gastos. O sea, en 2016 solo podremos instalar los servicios computacionales. \u00A1Nada m\u00E1s! \nPor lo tanto, no es posible que las empresas de auditor\u00EDa emitan un informe anual, porque claramente el proyecto de ley establece que dichos gastos se financiar\u00E1n solo en los a\u00F1os electorales. \nReitero, el informe financiero dice que esta futura ley no generar\u00E1 gastos en los a\u00F1os no electorales; sin embargo, la ley establece que el presupuesto se financiar\u00E1 con recursos del Ministerio del Interior y Seguridad P\u00FAblica. \u00BFPor qu\u00E9 no se potencia al Servel? \u00BFPor qu\u00E9 tenemos que depender del Ministerio del Interior de turno? O sea, si este no quiere entregar recursos, entonces no habr\u00E1 presupuesto. \nEl art\u00EDculo segundo transitorio, que se refiere a la fuente general de financiamiento del proyecto, se\u00F1ala que los gastos que irrogue esta ley en proyecto en su primer a\u00F1o presupuestario de aplicaci\u00F3n se financiar\u00E1n con los recursos consultados en la partida 05 Ministerio del Interior y Seguridad P\u00FAblica y en la partida 06 Ministerio de Relaciones Exteriores. Al respecto, considero que se deber\u00EDa potenciar el Servel en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores. \nLuego, el mismo art\u00EDculo agrega: \u201CPara los a\u00F1os siguientes, dichos gastos se financiar\u00E1n con cargo a los recursos que consulten anualmente los respectivos presupuestos.\u201D. No obstante, el informe de la Comisi\u00F3n de Hacienda establece que solo se podr\u00E1 incurrir en gastos durante los a\u00F1os electorales. Entonces, hay una contradicci\u00F3n evidente. \nLo correcto y lo l\u00F3gico es que cada a\u00F1o se cuente con un presupuesto, porque, de lo contrario, \u00BFc\u00F3mo se van a emitir los informes de auditor\u00EDa? \u00BFC\u00F3mo los consulados y la Direcci\u00F3n General de Asuntos Consulares e Inmigraci\u00F3n del Ministerio de Relaciones Exteriores implementar\u00E1n medidas para facilitar la inscripci\u00F3n en el Registro Electoral? O sea, este a\u00F1o a los chilenos radicados en el extranjero no se les podr\u00E1 informar que podr\u00E1n votar, y tampoco podr\u00E1n decirles que se acerquen a inscribirse o a indicar su domicilio, porque no hay recursos para ello. \u00A1Solo podr\u00E1n hacerlo en a\u00F1o electoral, y durante los otros tres a\u00F1os, buenas noches los pastores! \u00A1Eso no tiene ninguna l\u00F3gica! \nSi estamos haciendo una ley para que nuestros conciudadanos voten, debe generarse un proceso de consulta permanente, que pueda ser utilizado en cualquier a\u00F1o, no solo durante un a\u00F1o electoral. Sin embargo, la ley en tramitaci\u00F3n dice que as\u00ED es. Hay una contradicci\u00F3n evidente, porque mientras la norma se\u00F1ala que se otorgar\u00E1n los recursos cada a\u00F1o en la discusi\u00F3n presupuestaria, el informe financiero establece que en los a\u00F1os no electorales esta futura ley no irrogar\u00E1 gastos. \nTambi\u00E9n se establece que el Servicio Electoral puede, v\u00EDa carta certificada, notificar a quienes declaren cambio de domicilio, en caso que no tengan correo electr\u00F3nico. Pero, reitero, podr\u00E1 hacerlo solo en a\u00F1o electoral, porque el resto del tiempo no tendr\u00E1 plata. De otra forma se incurrir\u00E1 en malversaci\u00F3n de fondos, es decir, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Servicio Electoral gastar\u00E1n plata en lo que no corresponde. \nEl proyecto de ley est\u00E1 mal redactado. Por lo tanto, hay que cambiar el informe financiero o bien el art\u00EDculo segundo transitorio de la iniciativa, ya que hay una contradicci\u00F3n evidente entre ambos, que hace que esta ley en tramitaci\u00F3n se quede en la teor\u00EDa y no se vuelva pr\u00E1ctica. \nHe dicho. \n \n " .