. . . . . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . . . " Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Olivares , Araya , D\u00EDaz del R\u00EDo, Mulet , Ojeda , Sabag , Venegas, don Mario y de las diputadas se\u00F1oras Goic y Sep\u00FAlveda . Regula la publicidad de bebidas alcoh\u00F3licas. (bolet\u00EDn 4181-11) \n \nIntroducci\u00F3n \nEl alcohol es la droga m\u00E1s consumida en el mundo entero y su uso genera graves y costosos problemas sociales. En Chile, su uso supera por mucho el de cualquier droga il\u00EDcita -marihuana, coca\u00EDna y/o pasta base. De hecho, un 73,08% de los encuestados en el Cuarto Estudio Nacional sobre uso de Drogas en Poblaci\u00F3n General, realizado el a\u00F1o 2000 por el Conace, declar\u00F3 haber consumido alcohol, contra un 6,28% que reconoci\u00F3 consumo de cualquier droga il\u00EDcita en el \u00FAltimo a\u00F1o.\n \nEl control de su consumo debe abarcar las m\u00FAltiples dimensiones de su comercializaci\u00F3n, como es la publicidad. La legislaci\u00F3n actual tiene un d\u00E9ficit a este respecto, lo que es una verdadera falencia como podremos ver en los ac\u00E1pites que siguen, que demuestran los da\u00F1os que este produce a la salud de las personas (entre ellas a los ni\u00F1os), a la seguridad vial, a la seguridad ciudadana entre otros. \nSeg\u00FAn los expertos del Conace, los efectos en el organismo son: \nEn peque\u00F1as cantidades puede: \nPerturbar la raz\u00F3n y el juicio \nRetardar los reflejos \nDificultar el habla y el control muscular \nProvocar la p\u00E9rdida del equilibrio \nDisminuir la agudeza visual y auditiva \nRelajar y disminuir la ansiedad \nDificultar la capacidad de reacci\u00F3n \nDesinhibir, provocar sensaci\u00F3n de euforia, locuacidad\n \nIrritar las paredes del est\u00F3mago e intestino \nProvocar n\u00E1useas y v\u00F3mitos por irritaci\u00F3n de las paredes del est\u00F3mago \nAlterar la absorci\u00F3n de sustancias nutritivas, especialmente las vitaminas B \nDilatar o expandir los capilares de la piel \nEn grandes cantidades puede: \nProvocar p\u00E9rdida de conocimiento \nDificultar la respiraci\u00F3n \nProducir gastritis cr\u00F3nica \nAlterar el funcionamiento general del h\u00EDgado provocando un da\u00F1o celular que se traduce, finalmente, en cirrosis hep\u00E1tica. \nProvocar una hepatitis aguda, que eventualmente puede llevar a la muerte \nProvocar hemorragia digestiva \nCausar la muerte por par\u00E1lisis respiratoria y compromiso cardiovascular \nNo obstante, el problema del abuso de alcohol no s\u00F3lo se relaciona con problemas individuales, tambi\u00E9n encontramos repercusiones sociales que a su vez tienen consecuencias para la salud: nos referimos al grado de riesgo que suponen estos productos sobre las conductas violentas (malos tratos familiares). \nVeamos algunos ejemplos de su influencia en las probabilidades de sufrir: \naccidentes, \nasaltos, \nmanifestar una conducta criminal, \nlesiones involuntarias, \nhomicidios, \nsuicidios, etc \n \nII. ALCOHOL Y DA\u00D1OS A LA SALUD P\u00DABLICA. \n \nSeg\u00FAn el estudio de CONACE, la primera bebida alcoh\u00F3lica que consumen los j\u00F3venes a partir de los 13 de a\u00F1os de edad es la cerveza. \nEn Chile la ingesta de cerveza anual alcanza un volumen de 26 litros por habitante, debido al relativo bajo precio de la bebida por los menores costos de producci\u00F3n de la popular bebida de origen alem\u00E1n. \nEl precio promedio de las cervezas de un litro es cercano a los $ 690 pesos, el precio m\u00EDnimo se sit\u00FAa en $ 430 mientras que las botellas de ciertas marcas importadas se pueden encontrar por sobre de los $ 800 pesos por cada litro. El estrato que m\u00E1s consume cerveza es la clase media. \nSeg\u00FAn cifras de Conace, 1 de cada 10 personas presenta signos de dependencia alcoh\u00F3lica. La dependencia al alcohol es cerca de 3 veces mayor en los hombres con relaci\u00F3n a las mujeres. \nLa tasa de dependencia a alcohol crece en la medida en que es m\u00E1s bajo el ingreso familiar. \nEntre las patolog\u00EDas asociadas al consumo de alcohol nos encontramos las siguientes: \n \nA. GASTROINTESTINALES. \n-Esofagitis (eventualmente hemorr\u00E1gicas). \n-V\u00E1rices esof\u00E1gicas. \n-Gastrigis (eventualmente hemorr\u00E1gicas). \n-\u00DAlcera p\u00E9ptica (agravada o refractaria al tratamiento). \n-Hemorragia digestiva. \n-Disfunci\u00F3n hep\u00E1tica progresiva (h\u00EDgado graso, hepatitis alcoh\u00F3lica y complicaciones). \n-Pancreatitis aguda y cr\u00F3nica. \n-Diarrea. \n-Carcinoma de boca (mayor incidencia). \n-Carcinoma de faringe (mayor incidencia). \n-Carcinoma de es\u00F3fago (mayor incidencia). \n \nB. CARDIOVASCULARES. \n-Arritmias card\u00EDacas (taquicardia ventricular, taquicardia sinusal, extras\u00EDstoles ventriculares). \n-Miocardiopat\u00EDa alcoh\u00F3lica. \n-Holiday Herat s\u00EDndrome . \n-Insuficiencia card\u00EDaca. \n-Hipertensi\u00F3n arterial. \n-Cardiopat\u00EDa coronaria. \n-S\u00EDncope. \n \nC. RESPIRATORIAS. \n-Neumon\u00EDa lobar neumoc\u00F3nica. \n-Neumonitis por aspiraci\u00F3n (con posibilidad de sobreinfecci\u00F3n). \n-Tuberculosis (mayor incidencia y refractariedad al tratamiento). \n-Laringitis cr\u00F3nica (especialmente en bebedores de licor). \n-Limitaci\u00F3n cr\u00F3nica al flujo a\u00E9reo (especialmente cuando se asocia con tabaquismo cr\u00F3nico). \n-Carcinoma broncog\u00E9nico. \n \nD. METAB\u00D3LICO-NUTRICIONALES. \n-Mala absorci\u00F3n. \n-Deficiencia minerales (hierro, magnesio, calcio, zinc, selenio). \n-Deficiencia vitaminas (B12, Tiamina , Piridoxina, Vitamina A , Vitamina D).\n \n-Intolerancia a hidratos de carbono. \n-Hipo o hiperglicemia. \n-Dislipidemia (aumento colesterol total, aumento triglic\u00E9ridos, aumento VLDL, aumento LDL). \n-Hiperudicemia. \n-Anorexia. \n-Desnutrici\u00F3n. \n \nE. HEMATOL\u00D3GICAS. \n-Anemia. \n-Leucopenia\n \n-Neutropenia. \n-Inmunopat\u00EDas. \n-Procesos infecciosos recurrentes. \n-Des\u00F3rdenes de la coagulaci\u00F3n. \n \nF. NEUROSIQUI\u00C1TRICAS. \n-Intoxicaci\u00F3n alcoh\u00F3lica. \n-Depresi\u00F3n. \n-Trastorno de ansiedad. \n-Trastorno de conciencia. \n-Deterioro org\u00E1nico cerebral. \n \nG. REPRODUCTIVAS. \n-Feminizaci\u00F3n y/o masculinizaci\u00F3n. \n-Hipogonadismo. \n-Infertilidad. \n-Impotencia. \n-S\u00EDndrome alcoh\u00F3lico fetal. \n \nH. OTRAS. \n-Infecci\u00F3n de heridas operatoria. \n-Retardo en cicatrizaci\u00F3n. \n-Traumatismos. \nComo hemos argumentado, el alcohol una droga de f\u00E1cil acceso ya que se han trivializado sus efectos y su consumo, es una droga socialmente aceptada y tan real es esta afirmaci\u00F3n que podemos ver marcas de bebidas alcoh\u00F3licas promocionadas en camisetas deportivas, actividad que supone mejorar la calidad de vida de las personas y por lo dem\u00E1s recomendada como necesaria seg\u00FAn la OMS para la salud integral de toda persona, a cualquier edad. \n \nAlcohol y seguridad en el tr\u00E1nsito \nSeg\u00FAn cifras del Conace, casi 200 hombres chilenos han muerto por accidentes de tr\u00E1nsito en 2004, teniendo como factor com\u00FAn el consumo de alcohol en conductores y peatones: \nIMAGEN 1 \n \nAlcohol y delincuencia \nSeg\u00FAn el documento de trabajo, consumo de alcohol y delincuencia en Chile, de la Fundacion Paz Ciudadana, Santiago, agosto de 2003, la conexi\u00F3n entre crimen y alcohol puede ser dividida en tres \u00E1reas: \n-Relaci\u00F3n causal: incluye violaciones directas de la ley de alcoholes (Ej. Vender alcohol a un menor de edad, beber en la v\u00EDa p\u00FAblica, etc.), faltas inducidas por el alcohol (Ej. des\u00F3rdenes en la v\u00EDa p\u00FAblica) y faltas motivadas por el alcohol (Ej. shoplifting o robo de bebidas alcoh\u00F3licas y de otros art\u00EDculos para financiar la compra de alcohol). \n-Relaci\u00F3n de contribuci\u00F3n: incluye cr\u00EDmenes en que el delincuente bebe para desinhibirse y atreverse a cometer un delito, es decir, el alcohol act\u00FAa como gatillante o excusa en una situaci\u00F3n que ha sido causada por un conjunto de factores. \n-Co-existencia: incluye los casos en que la persona presenta dos conductas que no tienen relaci\u00F3n entre s\u00ED, pero que se dan en forma simult\u00E1nea. Por ejemplo, cuando un delincuente bebe en forma habitual, pero esto no tiene nada que ver con su comportamiento criminal. \nEn esta clasificaci\u00F3n, la relaci\u00F3n causal incluye principalmente faltas menores dejando fuera los delitos de mayor connotaci\u00F3n social, mientras que la co-existencia no incluye cr\u00EDmenes causados por el alcohol. Por eso, se da prioridad al an\u00E1lisis de la relaci\u00F3n de contribuci\u00F3n, en que el alcohol est\u00E1 presente como uno de los factores que origina el crimen. \nA continuaci\u00F3n se presentan algunos antecedentes generales sobre el consumo de alcohol en Chile, adem\u00E1s de algunas estad\u00EDsticas m\u00E1s espec\u00EDficas sobre la relaci\u00F3n entre consumo de alcohol y delincuencia.\n \nEn primer lugar se exhibe la tabla con el porcentaje de detenciones realizadas apersonas bajo la influencia del alcohol (sobre el total nacional de detenciones), con el respectivo \u00EDndice de variaci\u00F3n. \nIMAGEN 2 \nIMAGEN 3 \nSe observa que los detenidos por delitos contra la propiedad que con m\u00E1s frecuencia se encuentran bajo la influencia del alcohol, est\u00E1n asociados con los delitos de robo y robo con fuerza, que presentan aumentos de 100% y 60% entre1992 y 2001, respectivamente. El homicidio y los da\u00F1os tambi\u00E9n se encuentran entre los delitos que han experimentado fuertes alzas en este sentido (208% y 42%).\n \nEn los gr\u00E1ficos se puede observar la tendencia al aumento en el \u00EDndice de aprehensiones bajo los efectos del alcohol de los delitos contra la propiedad (hurto, robo, robo con fuerza y robo con violencia) y de los otros delitos contenidos en el Anuario (da\u00F1os, drogas, homicidio, lesiones y violaci\u00F3n). \n \nAlcohol y consumo infanto-juvenil. \nTal como se\u00F1ala el quinto estudio nacional de drogas en poblaci\u00F3n escolar de Chile, 2003, 8\u00BA b\u00E1sico a 4\u00BA medio, del Consejo Nacional para el Control de Estupefaciente (Conace), cuatro de cada diez escolares declaran consumo actual de alcohol y cigarrillos.\n \nTanto el cigarrillo como el alcohol presentan declaraciones de uso similares entre los estudiantes, estim\u00E1ndose que alrededor de 4 de cada 10 escolares usan actualmente cigarrillos o alcohol. (Cuadro 2). \nIMAGEN 4 \nIMAGEN 5 \n \nSeg\u00FAn los datos recabados, es preocupante la frecuencia de consumo de alcohol entre escolares. El uso frecuente de alcohol entre escolares puede estimarse en alrededor de un 19%, que es la proporci\u00F3n que declara haber usado alcohol 5 o m\u00E1s d\u00EDas en el \u00FAltimo mes, con una cifra que alcanza el 30% en Cuarto Medio. (Cuadro 9). \nTambi\u00E9n preocupa la cantidad de consumo de alcohol. Otras cifras confirman este resultado: el 13% de los escolares reconoce que llegan a tomar 5 o m\u00E1s tragos en una salida de s\u00E1bado por la noche, una cifra que alcanza al 22% de los alumnos de Cuarto Medio (Cuadro 10) y un 18% declara haber tomado m\u00E1s de la cuenta y haberse emborrachado al menos una vez en los \u00FAltimos 30 d\u00EDas (cifra que puede alcanzar hasta el 28% en Cuarto Medio). Debe recordarse que todas las medidas de abuso de alcohol est\u00E1n fuertemente conectadas con el uso de marihuana. \nIMAGEN 6 \nIMAGEN 7 \n \nV. PUBLICIDAD Y CONSUMO DE ALCOHOL. \n \nLa BBC de Londres inform\u00F3 el 27 de noviembre de 2003, en su art\u00EDculo Publicidad de alcohol en la mira , que varias de las mayores compa\u00F1\u00EDas productoras de bebidas alcoh\u00F3licas del mundo enfrentan una demanda en Estados Unidos (EE.UU.) por presuntamente dirigir campa\u00F1as publicitarias a adolescentes. Los demandantes son padres preocupados por lo que consideran intento deliberado por parte de empresas como Heineken, Bacard\u00ED , Diageo o Coors de publicitar productos alcoh\u00F3licos a la poblaci\u00F3n juvenil.\n \nGrupos del sector salud creen que el aumento en el consumo de alcohol entre la poblaci\u00F3n juvenil, se debe a las campa\u00F1as publicitarias agresivas. Las compa\u00F1\u00EDas est\u00E1n preocupadas ante la posibilidad de que la Uni\u00F3n Europea imponga, como hizo en el caso del tabaco, que las botellas de alcohol lleven etiquetas con advertencias a la salud.\n \nDe acuerdo con el Departamento de Salud y de Servicios Humanos, en Estados Unidos, casi 30% de la poblaci\u00F3n, que est\u00E1 entre los 12 y 20 a\u00F1os, consumi\u00F3 alcohol durante un mes.\n \nAsimismo, el Semanario Botell\u00F3n, de Madrid, de mayo de 2002, informa que diecis\u00E9is asociaciones de anunciantes rechazaron en un manifiesto conjunto cualquier restricci\u00F3n a la publicidad de bebidas alcoh\u00F3licas, como recoge el borrador de anteproyecto de Ley de prevenci\u00F3n del consumo de alcohol redactado por el Gobierno, porque creen que menoscaba la libertad de expresi\u00F3n. Los anunciantes consideran que el borrador recoge medidas desproporcionadas, incoherentes e ineficaces en las prohibiciones y limitaciones previstas. Adem\u00E1s, denuncian que las restricciones afectan a la libertad de expresi\u00F3n comercial y son superiores a las que recogen otras legislaciones europeas.\n \nNo obstante, seg\u00FAn un estudio de la Universidad de Connecticut (Estados Unidos) que se publica en la revista Archives of Pediatrics & Adolescent Medicine, los j\u00F3venes que ven m\u00E1s anuncios sobre alcohol tienden a beber m\u00E1s bebidas alcoh\u00F3licas. \nLos expertos explican que los j\u00F3venes comienzan a beber a una edad m\u00E1s temprana que antes y que sus acciones pueden tener consecuencias que var\u00EDan entre los niveles bajos de alcoholismo hasta los accidentes de tr\u00E1fico. Los cient\u00EDficos entrevistaron a una muestra aleatoria de j\u00F3venes de entre 15 y 26 a\u00F1os en 24 \u00E1reas regionales de similar publicidad medi\u00E1tica en cuatro ocasiones entre los a\u00F1os 1999 y 2001. Los investigadores entrevistaron a 1.872 personas en la primera ocasi\u00F3n, 1.173 en la segunda, 787 en la tercera y 588 en la cuarta.\n \nSeg\u00FAn los investigadores, los j\u00F3venes que informaron haber visto m\u00E1s anuncios sobre alcohol de media tambi\u00E9n se\u00F1alaron que beb\u00EDan m\u00E1s alcohol de media, por cada anuncio adicional visto al mes aumentaba el n\u00FAmero de bebidas consumidas en un uno por ciento. El mismo aumento en el porcentaje, un uno por ciento por anuncio al mes, se aplicaba tambi\u00E9n a quienes beb\u00EDan y ten\u00EDan menos de 21 a\u00F1os. \nLos autores del estudio tambi\u00E9n analizaron los h\u00E1bitos de beber de los j\u00F3venes en relaci\u00F3n al gasto en d\u00F3lares de los anunciantes en las \u00E1reas publicitarias en las que viv\u00EDan los participantes, bas\u00E1ndose en la informaci\u00F3n de compra y fuentes de la industria. Tambi\u00E9n recogieron informaci\u00F3n de compra de ventas de alcohol en cada estado. \nSeg\u00FAn los cient\u00EDficos, los j\u00F3venes beb\u00EDan un tres por ciento m\u00E1s al mes por cada d\u00F3lar adicional gastado per capita en su \u00E1rea publicitaria. Los j\u00F3venes de los mercados con altos gastos en publicidad, 10 d\u00F3lares o m\u00E1s per capita al mes, tambi\u00E9n aumentaban m\u00E1s su consumo de alcohol a largo plazo, alcanzando un pico de 50 bebidas al mes a la edad de 25 a\u00F1os. \nAsimismo, en julio de 2004, seg\u00FAn un estudio publicado en los Archivos de Pediatr\u00EDa y Medicina Adolescente del Centro de Marketing de Alcohol y J\u00F3venes, las mujeres de entre 12 y 20 a\u00F1os est\u00E1n expuestas cada vez a una mayor cantidad de publicidad de bebidas alcoh\u00F3licas, incluso m\u00E1s que personas de mayor edad. La causa de la subida de consumo de alcohol entre las mujeres menores de edad -marcada en las \u00FAltimas encuestas federales- podr\u00EDa ser su fuerte exposici\u00F3n a la publicidad de este tipo de bebidas. El objetivo espec\u00EDfico de este \u00FAltimo estudio, fue medir la exposici\u00F3n de hombres y mujeres a publicidades de productos alcoh\u00F3licos en revistas, y compararla con la exposici\u00F3n con personas menores de edad.\n \nPara lograr esto, los investigadores conducidos por el doctor David H. Jernigan de Georgetown University , tomaron 6.239 avisos publicitarios que aparecieron en 103 revistas de alcance nacional durante el per\u00EDodo 2001-2002. Tomaron a j\u00F3venes y personas de distinta edades, sexo y situaci\u00F3n econ\u00F3mica y los dividieron en tres grupos en base a las edades: de 12 a 20 a\u00F1os, de 21 a 34 a\u00F1os, y mayores de 21 a\u00F1os. Buscaron revistas de distintos targets de edad, sexo y situaci\u00F3n socio-econ\u00F3mica.\n \nQueda patente por tanto, que la publicidad tiene efectos sobre el consumo de alcohol. Lo que es obvio desde el punto de vista del sentido com\u00FAn, queda probado de acuerdo a serios estudios cient\u00EDficos, sin que quede lugar a dudas respecto de la extrapolaci\u00F3n de estos resultados a nuestra realidad. \n \nVI. ALCOHOLISMO Y CIFRAS: \n \nSeg\u00FAn el siquiatra Mariano Montenegro , jefe de tratamiento y rehabilitaci\u00F3n del Consejo Nacional para el control de estupefacientes (Conace), el alcoholismo acarrea una gran p\u00E9rdida para la sociedad: La gran mayor\u00EDa se enferma s\u00EDquica y f\u00EDsicamente. Se accidentan, chocan y atropellan mucho m\u00E1s, tienen m\u00E1s violencia callejera y se intoxican, por lo tanto, ocupan mucho m\u00E1s los servicios de urgencia y de salud. Como si lo anterior fuese poco, tambi\u00E9n est\u00E1n los llamados da\u00F1os colaterales: La familia y las personas que rodean a un alcoh\u00F3lico tambi\u00E9n se ven afectadas s\u00EDquica y f\u00EDsicamente. Aumentan las depresiones, tienen riesgo de consumir drogas y de volverse violentas indica el especialista. El Doctor Montenegro afirma: Es m\u00E1s caro no tratar el alcoholismo. Si no se trata aumenta mucho m\u00E1s la espiral de gastos. En cambio, si se trata a tiempo, lo que se est\u00E1 haciendo es una inversi\u00F3n.\n \nEn Chile se consumen 11,5 litros de bebidas alcoh\u00F3licas por persona al a\u00F1o, y se tiene la segunda tasa m\u00E1s alta de mortalidad por cirrosis hep\u00E1tica del mundo, despu\u00E9s de M\u00E9xico.\n \nEl alcohol est\u00E1 relacionado con el 42% de los accidentes de tr\u00E1nsito con consecuencias mortales, con el 50% de los homicidios, con el 60% de los delitos y con el 68% de las hospitalizaciones. \nEl 30% de la fuerza laboral chilena tiene problemas con el alcohol. Se le atribuye el 70% de las ausencias injustificadas y un 13% de los accidentes laborales. \nSe estima que un bebedor excesivo sufre de un 30% de descenso en su productividad y acarrea una disminuci\u00F3n del 10% en el rendimiento de sus compa\u00F1eros de trabajo. \nSi se suman los costos sobre la productividad, las muertes prematuras, y los gastos m\u00E9dicos y sociales, se calcula que el alcohol representa para el pa\u00EDs una p\u00E9rdida superior a los dos mil millones de d\u00F3lares cada a\u00F1o. \nVII. PUNTOS SOBRE LOS CUALES ES NECESARIO LEGISLAR: \n \n1.\tConsumo de menores de edad: La necesidad de revertir estas estad\u00EDsticas. \nAunque es verdad que nuestra legislaci\u00F3n protege a los menores de edad del consumo de alcohol (ley N\u00B0 19.925 art\u00EDculo 42). Seg\u00FAn un estudio de Conace (Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes) que pesquis\u00F3 de consumo la poblaci\u00F3n escolar el a\u00F1o 2001, el primer trago de los ni\u00F1os chilenos es consumido a los 13 a\u00F1os, demostrando con esto que nuestra legislaci\u00F3n se muestra insuficiente en la labor de evitar el consumo de bebidas alcoh\u00F3licas de los menores de dieciocho a\u00F1os , insuficiencia que se manifiesta en una exposici\u00F3n de nuestros ni\u00F1os y adolescentes al consumo de alcohol. En la actual normativa, se establece la prohibici\u00F3n de la venta de bebidas alcoh\u00F3licas a menores de edad. Est\u00E1 prohibido vender alcohol a un menor de 18 a\u00F1os, as\u00ED como admitir menores de 18 a\u00F1os en bares, tabernas, cabarets y cantinas, y admitir a menores de 16 a\u00F1os en discotecas. Las sanciones para quien contravenga esto son prisi\u00F3n en grado medio (21 a 40 d\u00EDas) y multa de entre tres y diez UTM.\n \nNo obstante, hay una excepci\u00F3n: se le puede suministrar alcohol a un menor siempre y cuando vaya acompa\u00F1ado de sus padres y est\u00E9 en un recinto destinado a comedores, como un restaurante. \nCreemos que este r\u00E9gimen de excepcionalidad, es especialmente permisivo, pernicioso, y peligroso, toda vez que en la pr\u00E1ctica es dif\u00EDcil establecer si los menores de edad est\u00E1n realmente acompa\u00F1ados por sus padres. En la realidad es posible que menores de edad se valgan de palos blancos para consumir alcohol. Adem\u00E1s el texto no distingue entre menores por su edad, y desde el punto de vista m\u00E9dico y social, los infantes y pre-p\u00FAberes no pueden ser susceptibles de esta excepci\u00F3n. Si adicionalmente nos percatamos de los \u00EDndices de consumo de alcohol en adolescentes p\u00FAberes, creemos que la mejor opci\u00F3n es derogar todo r\u00E9gimen de excepcionalidad a este respecto. \n2.\tPlanes de estudio: Herramienta de prevenci\u00F3n. \nA trav\u00E9s de los argumentos expuestos, queda en evidencia la necesidad de realizar planes de estudio tendientes a la prevenci\u00F3n eficiente del consumo de alcohol en ni\u00F1os y adolescentes. \nEn la actual ley de alcoholes, se establecen tales planes, as\u00ED como una Comisi\u00F3n Interministerial de prevenci\u00F3n de los efectos del alcohol. No obstante, los resultados de dichos instrumentos no tienen fecha de ejecuci\u00F3n, lo que debilita el sistema establecido en la misma ley. \nEs por ello que tal como en las \u00FAltimas modificaciones de la ley del Tabaco estableceremos una fecha l\u00EDmite de ejecuci\u00F3n de tales medidas. \n3. Publicidad \nRestringir la publicidad de bebidas alcoh\u00F3licas en actividades relacionadas con la recreaci\u00F3n y la cultura , que facilitan e incentivan el acceso de los menores al consumo. Las compa\u00F1\u00EDas que producen alcohol gastan mucho tiempo y dinero en crear im\u00E1genes que hacen que el beber alcohol parezca atractivo. El mensaje que dan es que el alcohol dar\u00E1 una mejor vida. \nLo que los anuncios no enfocan es el da\u00F1o que el exceso de alcohol puede tener sobre la salud, \u00E9xito y bienestar de un individuo, familia y comunidad. \nEs por esto que es necesario implementar en la normativa actual, la necesidad de que sea obligatorio acompa\u00F1ar la publicidad de bebidas alcoh\u00F3licas con una leyenda o frase que haga patente el da\u00F1o y efectos que provoca el consumo de alcohol en las personas. \nEl mirar cuidadosamente los anuncios del alcohol nos puede ayudar a ilustrar la necesidad de incluir la frase o leyenda que contenga una advertencia clara en este respecto: \nDarnos cuenta c\u00F3mo la publicidad anima a que la gente compre y beba alcohol. \nEntender que los anuncios presentan a menudo ideas sobre el alcohol que no son verdad. \nEncontrar maneras de comunicar mensajes m\u00E1s verdaderos sobre el alcohol a los dem\u00E1s. \nSin perjuicio de ello, es necesario, adem\u00E1s, dotar a la norma legal de una limitaci\u00F3n horaria para la publicidad en radio y TV. Especialmente es de gran preocupaci\u00F3n la publicidad que incentiva al consumo de esta droga. Es entonces imperativo limitar el acceso de los infanto-adolescentes a las bebidas alcoh\u00F3licas a trav\u00E9s de la legislaci\u00F3n. \nActualmente existe un acuerdo del Consejo Nacional de Televisi\u00F3n que limita la publicidad de tabaco y bebidas alcoh\u00F3licas a partir de las 10:00 p.m hasta las 6:00 a.m., sin embargo, es necesario hacer extensiva esta limitaci\u00F3n a las radiodifusoras y agregar una advertencia que informe a la poblaci\u00F3n sobre los riesgos para la salud del excesivo consumo de alcohol.\n \nEn casos excepcionales, los servicios televisivos podr\u00E1n mencionar las marcas, pero no los productos sujetos a la prohibici\u00F3n, cuando dichas marcas formen parte del auspicio o patrocinio de un evento cultural, deportivo u otro similar. \nAdem\u00E1s de establecer esta limitaci\u00F3n de manera expresa, proponemos una restricci\u00F3n de la publicidad comercial y no comercial, directa e indirecta, como promociones, auspicios y patrocinios. Asimismo creemos que es necesario prohibir estas conductas especialmente e actividades culturales, deportivas o similares, por la gran convocatoria de p\u00FAblico que producen, especialmente menores de edad. \n4.\tRotulaci\u00F3n: Necesidad de que las etiquetas contengan una advertencia. \nEn materia de rotulaci\u00F3n las etiquetas de las bebidas alcoh\u00F3licas deber\u00E1n contener una advertencia que estipule y advierta de los da\u00F1os a la salud que provoca el consumo excesivo de alcohol, la cual estar\u00E1 determinada por una resoluci\u00F3n del Ministerio de Salud. La advertencia deber\u00E1 ocupar el 20% de cada etiqueta.\n \n \nVIII. PROYECTO DE LEY. \n \nPor tanto, proponemos el siguiente proyecto de ley: \nART\u00CDCULO 1\u00B0.- Introd\u00FAcense las siguientes modificaciones a la ley N\u00B0 18.455:\n \nInterc\u00E1lanse a continuaci\u00F3n del art\u00EDculo 35 los siguientes art\u00EDculos 35 bis y 35 ter, nuevos:\n \n\u201CArt\u00EDculo 35 bis: Cualquier tipo de envase que contenga bebidas alcoh\u00F3licas, de origen nacional o importadas, destinadas a ser distribuidas dentro del territorio nacional, la acci\u00F3n publicitaria de las mismas, cualquiera sea el medio o forma en la cual se realice , y el material publicitario, de cualquier especie, como letreros, gigantograf\u00EDas, afiches, entre otros, deber\u00E1n contener una precisa y clara advertencia de los da\u00F1os, enfermedades o efectos que, para la salud de las personas, implica su consumo excesivo.\n \nLa advertencia a la que se refiere el inciso precedente, ser\u00E1 impresa en el envase, deber\u00E1 figurar en ambas caras del mismo, ocupando el 20% de la superficie total de cada una de ellas, y no podr\u00E1 ser removible. En caso de estar contenida la bebida alcoh\u00F3lica en una botella, la advertencia ser\u00E1 impresa en la parte inferior de las etiquetas que van adheridas a la misma. \nSi los productos son importados deber\u00E1 ser adherida de manera que no pueda ser despegada f\u00E1cilmente. \nLa advertencia a que se refiere el inciso anterior, ser\u00E1 dise\u00F1ada por el Ministerio respectivo.\n \nArt\u00EDculo 35 ter: La publicidad de bebidas alcoh\u00F3licas en radios y televisi\u00F3n s\u00F3lo podr\u00E1 realizarse entre las veintid\u00F3s y las seis horas.\n \nSe proh\u00EDbe cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta de bebidas alcoh\u00F3licas en actividades deportivas, recreativas o culturales, tales como la promoci\u00F3n, comunicaci\u00F3n, recomendaci\u00F3n o propaganda de dichas bebidas sus marcas y productos, como asimismo el auspicio o patrocinio de dichas actividades. Igual prohibici\u00F3n regir\u00E1 para todos los productos, actividades o publicaciones, cualquiera sea su formato, f\u00EDsico o virtual, destinados a menores de edad\u201D. \n2.\tAgr\u00E9gase al art\u00EDculo 45 el siguiente numeral 7, nuevo:\n \n\u201C7) A los que infringieren las condiciones o prohibiciones establecidas en el art\u00EDculo 35 ter para la publicidad de bebidas alcoh\u00F3licas\u201D.\n \n3.\tInterc\u00E1lase en numeral 8 del art\u00EDculo 47, entre el n\u00FAmero \u201C35\u201D y el ilativo \u201Cy\u201D, la f\u00F3rmula \u201C35 bis\u201D precedida de una coma (,).-\n \nART\u00CDCULO 2\u00B0.- Introd\u00FAcense las siguientes modificaciones a la ley N\u00B0 19.925:\n \n1.\tSupr\u00EDmase en el inciso primero del art\u00EDculo 29 las expresiones, \u201Csin perjuicio de lo dispuesto en el art\u00EDculo 42\u201D.\n \n2.\tDer\u00F3gase el inciso 2\u00B0 del art\u00EDculo 42.\n \nART\u00CDCULO 3\u00B0.- Los planes y programas de estudio y prevenci\u00F3n a que se refieren los incisos, primero, segundo y final del art\u00EDculo 39 de la ley N\u00B0 19.925, deber\u00E1n estar en ejecuci\u00F3n a m\u00E1s tardar en el mes de mayo del a\u00F1o 2007.\n \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Olivares, Araya, D\u00EDaz del R\u00EDo, Mulet, Ojeda, Sabag, Venegas, don Mario y de las diputadas se\u00F1oras Goic y Sep\u00FAlveda. Regula la publicidad de bebidas alcoh\u00F3licas. (bolet\u00EDn 4181-11) "^^ .