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- rdf:value = " PRÓRROGA DE PLAZO DE LA LEY N° 20.019, SOBRE SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS PROFESIONALES. Primer trámite constitucional.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en mensaje, que prorroga el plazo de la ley N° 20.019, sobre sociedades anónimas deportivas profesionales.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo es el señor Edmundo Eluchans.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 4175-03, sesión 18ª, en 2 de mayo de 2006. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Certificado de la Comisión de Economía. Documentos de la Cuenta N° 3, de esta sesión.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Solicito autorización de los señores diputados para que ingrese a la Sala la subsecretaria de Deportes, señora Catalina Depassier.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor ELUCHANS.-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, paso a informar sobre el proyecto de ley, originado en mensaje, que prorroga el plazo de la ley N° 20.019, sobre sociedades anónimas deportivas profesionales, cuyo texto ingresó a la Cámara ayer a las 12.20. La Comisión lo analizó en la tarde de ese mismo día.
El proyecto es muy sencillo y espero explicarlo en pocos minutos.
El 7 de mayo de 2005 entró en vigencia la ley Nº 20.019, que regula las sociedades anónimas deportivas profesionales y que, en
síntesis, tuvo tres objetivos fundamentales: primero, ordenar el desarrollo organizativo de los clubes deportivos profesionales; segundo, establecer un mecanismo para sanear las deudas de los clubes por concepto de impuestos y de sueldos a sus jugadores, y tercero, lograr un control externo especializado.
En cuanto al nuevo diseño organizacional, la ley establece, en primer lugar, que estas organizaciones deben constituirse como corporaciones o fundaciones o como sociedades anónimas deportivas profesionales.
En segundo lugar, deben tener un objeto específico, esto es, organizar, producir, comercializar y participar en espectáculos deportivos.
Y en tercer lugar, sus jugadores deben ser remunerados y se encuentran sujetos a contratos de trabajo de deportistas profesionales.
El segundo objetivo de la ley es el saneamiento. Los clubes deportivos profesionales tienen dos tipos de deudas: tributaria y de remuneraciones con sus trabajadores.
Para ello, la ley estableció un régimen permanente bastante exigente, en cuanto a que obliga a las organizaciones a tener un presupuesto de ingresos y gastos, a entregar un balance y a llevar contabilidad separada. También deben estar al día en el pago de las obligaciones laborales y previsionales. Además, tratándose de las sociedades, deben tener un capital mínimo.
Asimismo, la ley dispuso un régimen transitorio -éste es el objeto del proyecto que analizamos-, en virtud del cual se estableció la posibilidad de llegar a un acuerdo con Tesorería para cumplir con las obligaciones tributarias pendientes con el Fisco.
Antes de referirme a ese punto específico, que -reitero- es lo que motiva el mensaje, quiero remitirme a la fiscalización, que es el tercer objetivo de la ley. Muchos diputados lo conocerán, porque se discutió hace poco más de un año en esta misma Sala; pero algunos no conocíamos la ley y recién ayer la analizamos.
La ley establece dos tipos de fiscalización: En lo que se refiere a la supervigilancia de los presupuestos, estados financieros, balances y estados de cuenta, la de la Superintendencia de Valores y Seguros; y en lo relativo a la incorporación, permanencia y eliminación del registro de organizaciones deportivas, la de Chiledeportes.
La ley N° 20.019 establece un plazo de un año contado desde el 7 de mayo de 2006 para que las organizaciones deportivas saneen sus obligaciones tributarias llegando a un acuerdo con Tesorería. Además, dentro del mismo plazo las organizaciones deportivas deberán adecuar sus estatutos a las nuevas normas de la ley. Hoy, 3 de mayo de 2005, dicho plazo está por cumplirse y la mayoría de los clubes no ha adecuado sus estatutos ni tampoco ha regularizado su situación tributaria con Tesorería.
Lo que plantea el Ejecutivo mediante este proyecto es ampliar el plazo establecido en la ley de un año a dieciocho meses. Para estos efectos, propone modificar los artículos 1° y 2° transitorios de la ley N° 20.019, remplazando la expresión dentro del plazo de un año por la oración dentro del plazo de dieciocho meses.
La Comisión analizó el proyecto en sesión de ayer en la tarde y lo aprobó en forma unánime y, en su nombre, sugiero que la Sala también le dé su aprobación.
Es cuanto puedo informar.
El señor LEAL (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , como señaló el diputado informante , ayer analizamos, con urgencia calificada de discusión inmediata, una materia que incide directamente en el campeonato de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional.
Luego de una larga tramitación, logramos poner término al proyecto que dio origen a la ley N° 20.019, cuyo objetivo es modernizar la actividad deportiva profesional a través de un nuevo enfoque en la organización de las entidades que desarrollan ese tipo de actividades. Esa transformación se basa en que las actuales instituciones deportivas tienen dos opciones para seguir funcionando: primero, constituirse en un ente comercial enmarcado dentro del concepto de una sociedad anónima y, segundo, mantener su forma actual, para lo cual debe formar un fondo cuya finalidad específica sea desarrollar la actividad deportiva profesional.
Para quienes hemos sido parte de la historia fidedigna del establecimiento de la ley N° 20.019, deseo recordar que hay una realidad que nadie puede desconocer, ya que casi todos los clubes deportivos profesionales están en absoluta falencia. A todos nos duele profundamente la situación en que se encuentran dichos clubes en nuestras regiones, porque prácticamente no hay ninguna posibilidad de que sigan funcionando y cumplan sus compromisos. Además, hay que reconocer que muchas veces la mayor parte de los dirigentes deportivos, a quienes tanto se les critica, deben meterse las manos a los bolsillos para hacer aportes. Sin embargo, en determinado momento se cansan de esta situación y dejan sus cargos, lo que habitualmente ocurre en los clubes deportivos de la provincia de Concepción.
Debido a ello, la normativa estableció que sólo esas entidades podían desarrollar actividades o espectáculos deportivos profesionales, no siendo posible ni factible legalmente a otro tipo de organizaciones participar ni efectuar espectáculos de esa naturaleza.
¿Cuál es el problema de fondo? Las organizaciones deportivas que realizan deporte profesional no han adecuado sus aspectos legales a la nueva normativa, lo que significa que no pueden negociar todas las deudas tributarias que mantienen con las tesorerías. Como la ley vence el 7 de mayo de este año, es decir, cuatro días más, prácticamente no se podrá realizar ningún campeonato de fútbol ni otras actividades deportivas profesionales.
Como lo planteó el diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, hemos acordado, por unanimidad, prorrogar en seis meses la aplicación de la normativa, a fin de dar la posibilidad real y efectiva de que se siga desarrollando el deporte profesional más popular de nuestro país, como es el fútbol. Es importante dar una señal potente en este sentido. Entonces, tal como lo hicimos en la Comisión que presido, debemos aprobar por unanimidad la prórroga de seis meses para que este proyecto sea enviado al Senado y en los próximos días sea ley de la república.
Por eso, en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, anuncio que votaremos favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente , ni el diputado informante ni el resto de los colegas que integran la Comisión de Economía han hablado sobre un tema que me preocupa enormemente.
Aprovechando la oportunidad de que se encuentra en la Sala el ministro Ricardo Lagos Weber, quiero señalar que tengo en mi poder una carta de respuesta a una que envié sobre el reglamento de la ley de cooperativas. Aparentemente, el ministro me indica que eso no tiene nada que ver con el tema, pero sí tiene mucha relación. No se han podido constituir las cosas como es debido, porque la Presidenta de la República no tiene plazo para dictar los reglamentos. En consecuencia, ¿cómo podemos tener una ley que funcione sin los respectivos reglamentos? Ese es un problema muy grave que nadie ha señalado. O sea, ¿vamos a prorrogar cinco meses la aplicación de la ley porque no tenemos reglamento? En verdad, me gustaría que la ley tuviera vigencia desde su dictación.
Estoy de acuerdo en aprobar el proyecto, pero quiero saber cuál es la postura de los miembros de la Comisión de Economía respecto de la no dictación del reglamento.
La carta mencionada dice que el reglamento ingresó a la Contraloría General de la República el 27 de abril de 2004. Luego, con fecha 30 de agosto del mismo año, se retiró el proyecto de dicho organismo, y se señala que su excelencia la Presidenta de la República no tiene ningún plazo para dictar el reglamento.
Temo que esa misma situación se repita en este proyecto, por lo que solicito que se nos aclare qué sucede con el reglamento.
He dicho.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz , presidente de la Comisión de Economía.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , formulé la misma consulta del diputado García. Al respecto, le puedo decir que el reglamento ingresó a la Contraloría General de la República en diciembre de 2005. Desde esa fecha, Chiledeportes, la actual subsecretaria y el ministro , han solicitado, a lo menos en tres oportunidades, una resolución. Se les ha señalado que en los próximos días saldrá el reglamento. La prórroga ayuda en ese sentido, pero no olvidemos que la Contraloría es un ente autónomo.
Reitero, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, que el reglamento se encuentra en la Contraloría desde diciembre de 2005.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro Ricardo Lagos Weber.
El señor LAGOS WEBER ( ministro Secretario General de Gobierno ).-
Señor Presidente , reitero lo señalado por el diputado señor Ortiz. Los reglamentos efectivamente son necesarios para el buen funcionamiento de las leyes. En este caso, el Gobierno ingresó el reglamento a la Contraloría en diciembre de 2005 y se encuentra en trámite de toma de razón. Coincido en que un reglamento siempre va a ayudar a la buena implementación de la ley.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente, para quienes estamos en permanente contacto con la actividad deportiva y entendemos lo que significa el deporte en el ámbito social, el proyecto soluciona en parte un problema que me ha tocado vivir como representante de la comunidad ante el club de Deportes Antofagasta.
En la discusión del proyecto sobre sociedades anónimas deportivas quedó al descubierto una de sus mayores debilidades -con la que hay que tener mucho cuidado-, cual es la asimilación de las normativas de la Anfp con las de la Fifa.
El problema es que no se le puso plazo a la dictación del reglamento, como ha ocurrido con otras normativas legales. Ahí está la debilidad. Debiéramos haber puesto un plazo, además de los seis meses de prórroga.
Con esta legislación no sólo se cambiará la reglamentación interna de cada club a través de los estatutos, sino que se establece un incentivo a los clubes para que cancelen la deuda tributaria histórica que tienen con el Estado. El 7 de mayo próximo se cumple el plazo para que éstos acudan a la Tesorería, a fin de que les descuente en un plazo prudente, de uno a veinte años, la deuda tributaria. Pero lo importante, así como hoy existe un plazo de prórroga para poner en marcha este proyecto, es que nadie discute la necesidad del proyecto, porque va a esclarecer, a transparentar, lo que, lamentablemente, hasta ahora no había ocurrido en el fútbol profesional.
En ese sentido, la prórroga que se propone será útil para alcanzar el objetivo que se persigue: trasformar los clubes deportivos en sociedades anónimas, en corporaciones o en fundaciones. No obstante, también debemos preocuparnos de que se dicte pronto el reglamento respectivo, lo que, a mi entender, no pasa por un problema de dejación de la Contraloría, sino más bien, según la información que tengo, por el funcionamiento y la normativa de la Anfp.
Por lo tanto, atendida la necesidad de desarrollar la actividad deportiva a través del fútbol y de otros deportes, llamo a los colegas a votar a favor de la iniciativa.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El proyecto se votará al final del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LEAL (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley que prorroga el plazo de la ley N° 20.019, sobre sociedades anónimas deportivas profesionales.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 92 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Bustos Ramírez Juan; Ceroni Fuentes Guillermo; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Álvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal AllendeDenise; Paya Mira Darío; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
El señor LEAL (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones se declara aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
"
- rdf:value = " PRÓRROGA DE PLAZO DE LA LEY N° 20.019, SOBRE SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS PROFESIONALES. Primer trámite constitucional.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en mensaje, que prorroga el plazo de la ley N° 20.019, sobre sociedades anónimas deportivas profesionales.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo es el señor Edmundo Eluchans.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 4175-03, sesión 18ª, en 2 de mayo de 2006. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Certificado de la Comisión de Economía. Documentos de la Cuenta N° 3, de esta sesión.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Solicito autorización de los señores diputados para que ingrese a la Sala la subsecretaria de Deportes, señora Catalina Depassier.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor ELUCHANS.-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, paso a informar sobre el proyecto de ley, originado en mensaje, que prorroga el plazo de la ley N° 20.019, sobre sociedades anónimas deportivas profesionales, cuyo texto ingresó a la Cámara ayer a las 12.20. La Comisión lo analizó en la tarde de ese mismo día.
El proyecto es muy sencillo y espero explicarlo en pocos minutos.
El 7 de mayo de 2005 entró en vigencia la ley Nº 20.019, que regula las sociedades anónimas deportivas profesionales y que, en síntesis, tuvo tres objetivos fundamentales: primero, ordenar el desarrollo organizativo de los clubes deportivos profesionales; segundo, establecer un mecanismo para sanear las deudas de los clubes por concepto de impuestos y de sueldos a sus jugadores, y tercero, lograr un control externo especializado.
En cuanto al nuevo diseño organizacional, la ley establece, en primer lugar, que estas organizaciones deben constituirse como corporaciones o fundaciones o como sociedades anónimas deportivas profesionales.
En segundo lugar, deben tener un objeto específico, esto es, organizar, producir, comercializar y participar en espectáculos deportivos.
Y en tercer lugar, sus jugadores deben ser remunerados y se encuentran sujetos a contratos de trabajo de deportistas profesionales.
El segundo objetivo de la ley es el saneamiento. Los clubes deportivos profesionales tienen dos tipos de deudas: tributaria y de remuneraciones con sus trabajadores.
Para ello, la ley estableció un régimen permanente bastante exigente, en cuanto a que obliga a las organizaciones a tener un presupuesto de ingresos y gastos, a entregar un balance y a llevar contabilidad separada. También deben estar al día en el pago de las obligaciones laborales y previsionales. Además, tratándose de las sociedades, deben tener un capital mínimo.
Asimismo, la ley dispuso un régimen transitorio -éste es el objeto del proyecto que analizamos-, en virtud del cual se estableció la posibilidad de llegar a un acuerdo con Tesorería para cumplir con las obligaciones tributarias pendientes con el Fisco.
Antes de referirme a ese punto específico, que -reitero- es lo que motiva el mensaje, quiero remitirme a la fiscalización, que es el tercer objetivo de la ley. Muchos diputados lo conocerán, porque se discutió hace poco más de un año en esta misma Sala; pero algunos no conocíamos la ley y recién ayer la analizamos.
La ley establece dos tipos de fiscalización: En lo que se refiere a la supervigilancia de los presupuestos, estados financieros, balances y estados de cuenta, la de la Superintendencia de Valores y Seguros; y en lo relativo a la incorporación, permanencia y eliminación del registro de organizaciones deportivas, la de Chiledeportes.
La ley N° 20.019 establece un plazo de un año contado desde el 7 de mayo de 2006 para que las organizaciones deportivas saneen sus obligaciones tributarias llegando a un acuerdo con Tesorería. Además, dentro del mismo plazo las organizaciones deportivas deberán adecuar sus estatutos a las nuevas normas de la ley. Hoy, 3 de mayo de 2005, dicho plazo está por cumplirse y la mayoría de los clubes no ha adecuado sus estatutos ni tampoco ha regularizado su situación tributaria con Tesorería.
Lo que plantea el Ejecutivo mediante este proyecto es ampliar el plazo establecido en la ley de un año a dieciocho meses. Para estos efectos, propone modificar los artículos 1° y 2° transitorios de la ley N° 20.019, remplazando la expresión dentro del plazo de un año por la oración dentro del plazo de dieciocho meses.
La Comisión analizó el proyecto en sesión de ayer en la tarde y lo aprobó en forma unánime y, en su nombre, sugiero que la Sala también le dé su aprobación.
Es cuanto puedo informar.
El señor LEAL (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , como señaló el diputado informante , ayer analizamos, con urgencia calificada de discusión inmediata, una materia que incide directamente en el campeonato de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional.
Luego de una larga tramitación, logramos poner término al proyecto que dio origen a la ley N° 20.019, cuyo objetivo es modernizar la actividad deportiva profesional a través de un nuevo enfoque en la organización de las entidades que desarrollan ese tipo de actividades. Esa transformación se basa en que las actuales instituciones deportivas tienen dos opciones para seguir funcionando: primero, constituirse en un ente comercial enmarcado dentro del concepto de una sociedad anónima y, segundo, mantener su forma actual, para lo cual debe formar un fondo cuya finalidad específica sea desarrollar la actividad deportiva profesional.
Para quienes hemos sido parte de la historia fidedigna del establecimiento de la ley N° 20.019, deseo recordar que hay una realidad que nadie puede desconocer, ya que casi todos los clubes deportivos profesionales están en absoluta falencia. A todos nos duele profundamente la situación en que se encuentran dichos clubes en nuestras regiones, porque prácticamente no hay ninguna posibilidad de que sigan funcionando y cumplan sus compromisos. Además, hay que reconocer que muchas veces la mayor parte de los dirigentes deportivos, a quienes tanto se les critica, deben meterse las manos a los bolsillos para hacer aportes. Sin embargo, en determinado momento se cansan de esta situación y dejan sus cargos, lo que habitualmente ocurre en los clubes deportivos de la provincia de Concepción.
Debido a ello, la normativa estableció que sólo esas entidades podían desarrollar actividades o espectáculos deportivos profesionales, no siendo posible ni factible legalmente a otro tipo de organizaciones participar ni efectuar espectáculos de esa naturaleza.
¿Cuál es el problema de fondo? Las organizaciones deportivas que realizan deporte profesional no han adecuado sus aspectos legales a la nueva normativa, lo que significa que no pueden negociar todas las deudas tributarias que mantienen con las tesorerías. Como la ley vence el 7 de mayo de este año, es decir, cuatro días más, prácticamente no se podrá realizar ningún campeonato de fútbol ni otras actividades deportivas profesionales.
Como lo planteó el diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, hemos acordado, por unanimidad, prorrogar en seis meses la aplicación de la normativa, a fin de dar la posibilidad real y efectiva de que se siga desarrollando el deporte profesional más popular de nuestro país, como es el fútbol. Es importante dar una señal potente en este sentido. Entonces, tal como lo hicimos en la Comisión que presido, debemos aprobar por unanimidad la prórroga de seis meses para que este proyecto sea enviado al Senado y en los próximos días sea ley de la república.
Por eso, en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, anuncio que votaremos favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente , ni el diputado informante ni el resto de los colegas que integran la Comisión de Economía han hablado sobre un tema que me preocupa enormemente.
Aprovechando la oportunidad de que se encuentra en la Sala el ministro Ricardo Lagos Weber, quiero señalar que tengo en mi poder una carta de respuesta a una que envié sobre el reglamento de la ley de cooperativas. Aparentemente, el ministro me indica que eso no tiene nada que ver con el tema, pero sí tiene mucha relación. No se han podido constituir las cosas como es debido, porque la Presidenta de la República no tiene plazo para dictar los reglamentos. En consecuencia, ¿cómo podemos tener una ley que funcione sin los respectivos reglamentos? Ese es un problema muy grave que nadie ha señalado. O sea, ¿vamos a prorrogar cinco meses la aplicación de la ley porque no tenemos reglamento? En verdad, me gustaría que la ley tuviera vigencia desde su dictación.
Estoy de acuerdo en aprobar el proyecto, pero quiero saber cuál es la postura de los miembros de la Comisión de Economía respecto de la no dictación del reglamento.
La carta mencionada dice que el reglamento ingresó a la Contraloría General de la República el 27 de abril de 2004. Luego, con fecha 30 de agosto del mismo año, se retiró el proyecto de dicho organismo, y se señala que su excelencia la Presidenta de la República no tiene ningún plazo para dictar el reglamento.
Temo que esa misma situación se repita en este proyecto, por lo que solicito que se nos aclare qué sucede con el reglamento.
He dicho.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz , presidente de la Comisión de Economía.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , formulé la misma consulta del diputado García. Al respecto, le puedo decir que el reglamento ingresó a la Contraloría General de la República en diciembre de 2005. Desde esa fecha, Chiledeportes, la actual subsecretaria y el ministro , han solicitado, a lo menos en tres oportunidades, una resolución. Se les ha señalado que en los próximos días saldrá el reglamento. La prórroga ayuda en ese sentido, pero no olvidemos que la Contraloría es un ente autónomo.
Reitero, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, que el reglamento se encuentra en la Contraloría desde diciembre de 2005.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro Ricardo Lagos Weber.
El señor LAGOS WEBER ( ministro Secretario General de Gobierno ).-
Señor Presidente , reitero lo señalado por el diputado señor Ortiz. Los reglamentos efectivamente son necesarios para el buen funcionamiento de las leyes. En este caso, el Gobierno ingresó el reglamento a la Contraloría en diciembre de 2005 y se encuentra en trámite de toma de razón. Coincido en que un reglamento siempre va a ayudar a la buena implementación de la ley.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente, para quienes estamos en permanente contacto con la actividad deportiva y entendemos lo que significa el deporte en el ámbito social, el proyecto soluciona en parte un problema que me ha tocado vivir como representante de la comunidad ante el club de Deportes Antofagasta.
En la discusión del proyecto sobre sociedades anónimas deportivas quedó al descubierto una de sus mayores debilidades -con la que hay que tener mucho cuidado-, cual es la asimilación de las normativas de la Anfp con las de la Fifa.
El problema es que no se le puso plazo a la dictación del reglamento, como ha ocurrido con otras normativas legales. Ahí está la debilidad. Debiéramos haber puesto un plazo, además de los seis meses de prórroga.
Con esta legislación no sólo se cambiará la reglamentación interna de cada club a través de los estatutos, sino que se establece un incentivo a los clubes para que cancelen la deuda tributaria histórica que tienen con el Estado. El 7 de mayo próximo se cumple el plazo para que éstos acudan a la Tesorería, a fin de que les descuente en un plazo prudente, de uno a veinte años, la deuda tributaria. Pero lo importante, así como hoy existe un plazo de prórroga para poner en marcha este proyecto, es que nadie discute la necesidad del proyecto, porque va a esclarecer, a transparentar, lo que, lamentablemente, hasta ahora no había ocurrido en el fútbol profesional.
En ese sentido, la prórroga que se propone será útil para alcanzar el objetivo que se persigue: trasformar los clubes deportivos en sociedades anónimas, en corporaciones o en fundaciones. No obstante, también debemos preocuparnos de que se dicte pronto el reglamento respectivo, lo que, a mi entender, no pasa por un problema de dejación de la Contraloría, sino más bien, según la información que tengo, por el funcionamiento y la normativa de la Anfp.
Por lo tanto, atendida la necesidad de desarrollar la actividad deportiva a través del fútbol y de otros deportes, llamo a los colegas a votar a favor de la iniciativa.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El proyecto se votará al final del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LEAL (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley que prorroga el plazo de la ley N° 20.019, sobre sociedades anónimas deportivas profesionales.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 92 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Bustos Ramírez Juan; Ceroni Fuentes Guillermo; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Álvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal AllendeDenise; Paya Mira Darío; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
El señor LEAL (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones se declara aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
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- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/4175-03