. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " ALCANCES SOBRE EL DERECHO DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS. Oficios. \nEl se\u00F1or CORNEJO (Vicepresidente).- \n \n Tiene la palabra el diputado se\u00F1or Carlos Vilches . \n \nEl se\u00F1or VILCHES.- \n \n Se\u00F1or Presidente, en esta oportunidad me referir\u00E9 a los pagos por derechos de agua. \nDe acuerdo con el art\u00EDculo 5\u00B0 del C\u00F3digo de Aguas, del 29 de octubre de 1981, \u201CLas aguas son bienes nacionales de uso p\u00FAblico y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas,...\u201D. \nAhora bien, la modalidad de ese derecho se enmarca en una \u00F3ptica liberal en el mercado, que es el mecanismo m\u00E1s eficiente para la regulaci\u00F3n de los intereses involucrados. Incluso, dicho derecho se encuentra consagrado constitucionalmente. Al respecto, el inciso d\u00E9cimo del n\u00FAmero 24\u00B0 del art\u00EDculo 19 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica, establece que: \u201CLos derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgar\u00E1n a sus titulares la propiedad sobre ellos\u201D. \nEn consecuencia, el sistema de derechos de agua, hasta la reciente modificaci\u00F3n, aprobada este a\u00F1o, privilegiaba la protecci\u00F3n de los derechos de propiedad de las concesiones de uso de agua por sobre regulaciones p\u00FAblicas en \u00E1mbitos ecol\u00F3gicos, sanitarios, sociales, etc\u00E9tera. \nLas principales caracter\u00EDsticas del sistema de derechos de agua, hasta el 2005, se resumen como sigue: \nEl marco legal refuerza la titularizad privada como m\u00E9todo para el aprovechamiento y distribuci\u00F3n del recurso, protegida legal y constitucionalmente. \nLos titulares de los derechos pueden usar, gozar y disponer jur\u00EDdica y pr\u00E1cticamente de las aguas a su entera libertad. \nEl derecho de aprovechamiento es independiente de cualquier otro al cual est\u00E9 transitoriamente ligado: concesi\u00F3n minera, sanitaria, etc\u00E9tera. \nLa gratuidad para obtener y mantener los derechos de aprovechamiento sin que sus titulares est\u00E9n expuestos a ning\u00FAn impuesto o tarifa por ellos. \nDe acuerdo con disposiciones constitucionales, la Direcci\u00F3n General de Aguas est\u00E1 obligada, previo cumplimiento de requisitos m\u00EDnimos, a otorgar los derechos de aprovechamiento que se le soliciten. \nLa autoridad no puede actuar en la distribuci\u00F3n de las aguas que realizan las organizaciones de usuarios, no puede resolver conflictos entre ellos ni en las transacciones de derecho. Cualquier problema queda en manos de los tribunales de justicia. \nEn s\u00EDntesis, los titulares de derechos de agua, consuntivos o no consuntivos, no pagan ning\u00FAn tipo de impuesto, tarifa o cobro por ellos. Adem\u00E1s, pueden usarlos o no, pudiendo destinarlos a las finalidades o usos que deseen de manera indefinida. Tambi\u00E9n pueden transferirlos en forma separada de la tierra para ser utilizados en otro lugar, y asimismo, comercializar sus derechos a trav\u00E9s de negociaciones de mercado: ventas, arriendos, hipotecas, etc\u00E9tera. \nTampoco existen prioridades ni preferencias para asignar el uso del agua ni normas expresas sobre resguardos ecol\u00F3gicos. \nPor \u00FAltimo, el agua no es un bien comercial como los dem\u00E1s, sino un patrimonio que hay que proteger, defender y tratar como tal. Actualmente, existen condiciones y necesidades diversas en el pa\u00EDs que requieren soluciones espec\u00EDficas y esto deber\u00E1 tenerse en cuenta en la planificaci\u00F3n y ejecuci\u00F3n de las medidas destinadas a garantizar la protecci\u00F3n y el uso sostenible del agua, de acuerdo con la disponibilidad de este bien. Por tanto, el Estado deber\u00E1 considerar medidas que se ajusten a la condici\u00F3n de una pol\u00EDtica de agua eficaz y coherente. \nHoy, hemos conocido las dificultades que tienen los grandes proyectos mineros debido a la disponibilidad de agua en el norte de Chile. Por eso, tenemos que revisar las normas, para lograr una mejor administraci\u00F3n de este bien p\u00FAblico y, de esa manera, que el agua alcance para todos los proyectos y evitar que esta modalidad o legalidad que hoy existe no se transforme en un freno para el desarrollo del pa\u00EDs. \nPor lo expuesto, solicito oficiar, con copia de mi intervenci\u00F3n, a los ministros de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n y de Miner\u00EDa. \nHe dicho. \n \nEl se\u00F1or CORNEJO (Vicepresidente).- \n \nSe enviar\u00E1n los oficios solicitados por su se\u00F1or\u00EDa, con la adhesi\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Ortiz , Navarro , Accorsi , Jaramillo y Mart\u00EDnez . \n \n " .