. "[5] Art\u00EDculo 5\u00B0 del Decreto 75 de 2004 del MOP sobre el Registro de Contratistas MOP."^^ . . "[10] Art\u00EDculo 7\u00BA.- Los \u00F3rganos del Estado act\u00FAan v\u00E1lidamente previa investidura regular de sus integrantes dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley. Ninguna magistratura ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constituci\u00F3n o las leyes. Todo acto en contravenci\u00F3n a este art\u00EDculo es nulo y originar\u00E1 las responsabilidades y sanciones que la ley se\u00F1ale."^^ . . . "[4] La legalidad de la asesor\u00EDa a la inspecci\u00F3n fiscal se sustenta en los art\u00EDculos 4\u00B0 y 110 del Reglamento para el contrato de obra p\u00FAblica (Decreto 75 de 2004 MOP). Tambi\u00E9n la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica reconoci\u00F3 esta instituci\u00F3n por dict\u00E1menes N\u00B0 19.721 de 1989 y N\u00B0 26.801 de 2003."^^ . . . "0001"^^ . . . . "[5] R\u00EDos Lautaro \u201CEl recurso de protecci\u00F3n\u2026\u201D p. 13."^^ . . . . . . . . "[6] Tavolari \u201Clas acciones\u2026\u201D p. 73."^^ . . . . . . . . . . . . . "Diario de Sesi\u00F3n: Sesi\u00F3n Ordinaria N\u00B0 51"^^ . "es"^^ . . . "[9] Nogueira Humberto\u201CEl recurso de protecci\u00F3n\u2026\u201D p. 11."^^ . . . . "[8] Mayor detalle al respecto ver Acta 10\u00AA. de la Comisi\u00F3n de 31 de agosto de 2005 (p\u00E1ginas 5 y siguientes)."^^ . . . "[2] 2 Cfr. con detalle R\u00EDos \u00C1lvarez Lautaro \u201CEl recurso de protecci\u00F3n y sus innovaciones procesales\u201D p. 8 en Revista Gaceta Jur\u00EDdica n\u00FAmero 171."^^ . "[9] Ib\u00EDd."^^ . "[2] Seg\u00FAn antecedentes entregados por el se\u00F1or Est\u00E9vez en 1973 hab\u00EDan 40 mil funcionarios en el MOP los que se redujeron a 13 mil en 1977 y a menos de 8 mil en 1990."^^ . . . . "0002"^^ . . . . "[1] Nogueira Humberto\u201CEl recurso de protecci\u00F3n en Chile\u201D p. 7 en Revista Gaceta Jur\u00EDdica n\u00FAmero 230; Tavolari O. Ra\u00FAl \u201CRetrospectiva jurisprudencial del recurso de protecci\u00F3n\u201D en \u201CEstudios de Derecho procesal\u201D Edeval 1990; cfr. adem\u00E1s con mayor detalle sobre el proyecto de 1972 Soto Kloss Eduardo \u201CEl recurso de protecci\u00F3n\u201D p. 23 y ss. Or\u00EDgenes doctrina y jurisprudencia Editorial Jur\u00EDdica de Chile 1982."^^ . . "2005-10-12"^^ . . . "[3] \u00CDdem. p. 13."^^ . . . "[7] Cfr.Vergara Blanco Alejandro \u201CSobre el plazo para interponer el recurso de protecci\u00F3n\u201D p. 7-10 en Revista Gaceta Jur\u00EDdica n\u00FAmero 143 aunque con matices al se\u00F1alar que \u201Cel plazo aparece como justificadosiempre y cuando no se interprete de manera r\u00EDgida\u201D."^^ . "[12] Nogueira Humberto\u201CEl recurso de protecci\u00F3n\u2026\u201D p."^^ . . . . . . "[11] Tavolari \u201Clas acciones\u2026\u201D p. 74."^^ . . "[3] En el Acta 4\u00AA. de esta Comisi\u00F3n de 18 de julio de 2005 (p\u00E1ginas 7 y siguientes) se detallan las funciones principales del inspector fiscal y las labores realizadas por algunas asesor\u00EDas."^^ . . . "[6] Mayor detalle de las labores realizadas por las asesor\u00EDas de gesti\u00F3n ver Acta 6\u00AA. de la Comisi\u00F3n de fecha 1 de agosto de 2005 (p\u00E1ginas 14 a 24)."^^ . . . . "[7] Mayor detalle sobre la mec\u00E1nica aplicable en los estados de pagos ver en Acta 8\u00AA. de la Comisi\u00F3n de fecha 10 de agosto de 2005 (p\u00E1ginas 4 a 14)."^^ . . . . . "[4] Tavolari O. Ra\u00FAl \u201CRetrospectiva jurisprudencial del recurso de protecci\u00F3n\u201D p. 13 con mayor detalle en \u201CLas acciones constitucionales en Chile\u201D p. 73 y ss. en \u201CEstudios de Derecho procesal\u201D Edeval 1990."^^ . . . "[8] Cfr. Soto Kloss Eduardo \u201CEl recurso de protecci\u00F3n\u201D Or\u00EDgenes doctrina y jurisprudencia p. 235 y 255 y ss. Editorial Jur\u00EDdica de Chile 1982; resulta sorprendente que el autor de esta importante monograf\u00EDa en la materia no repare o al menos se interrogue sobre los fundamentos que tuvo a la vista la Corte en un acto de esta naturaleza sobre todo si son diversas las oportunidades que brinda la obra para referirse al tema agravado por las perniciosas consecuencias pr\u00E1cticas que imprime al remedio constitucional la fijaci\u00F3n de un plazo perentorio respecto de las garant\u00EDas que precisamente se busca tutelar con m\u00E1xima celeridad y eficacia."^^ . "[10] Mayor detalle ver Acta 11\u00AA. de la Comisi\u00F3n de 7 de septiembre de 2005 (p\u00E1gina 7)."^^ . . "650948"^^ . . . . . . . . . . "[1] Texto entre comillas procede de \u201CDiagn\u00F3stico sobre la Coordinadora General de Concesiones Gibr\u00E1n Harcha junio 2003. Se omite por la denunciante la palabra \u201Caparente\u201D entre par\u00E9ntesis entre los t\u00E9rminos \u201Causencia\u201D y \u201Cde\u201D del citado texto."^^ . . . . "Diario de Sesi\u00F3n: Sesi\u00F3n Ordinaria N\u00B0 51"^^ . . . .