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El señor MEZA.-
Por otra parte, el decreto supremo Nº 90, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece normas para regular la emisión de contaminantes asociados a descargas de residuos líquidos en las aguas marinas y ríos, obliga a la construcción de diecisiete plantas de tratamiento de aguas servidas en la Novena Región antes de agosto de 2006, lo cual, en este momento, es imposible de llevar a cabo. Son grandes los conflictos que ha generado esta situación entre las comunidades indígenas, que son las principales afectadas, y las organizaciones sociales y municipios de la zona, los cuales ven muy mal la instalación de plantas de tratamiento de aguas servidas en lugares históricos y culturalmente importantes, como Putue, en Villarrica, donde se firmó el fin de la Guerra de Arauco. Ahí están las tumbas de los loncos, encima de las cuales quieren instalar una planta química de tratamiento de aguas servidas, que no responde a las necesidades de una localidad tan importante como Villarrica, donde debería existir una planta de lodos activados y no química, porque ésta contamina las napas subterráneas y ocasiona un grave daño al medio ambiente.
Por lo tanto, pido oficiar al ministro secretario general de la Presidencia, a fin de que el plazo perentorio establecido para agosto de 2006 sea prorrogado hasta que se terminen los problemas con las comunidades, se superen los problemas técnicos, se llegue a acuerdo respecto de su adecuada ubicación y se establezca el diálogo necesario para que se cumplan los objetivos.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
"