-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650972/seccion/akn650972-ds26-ds11
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/83
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/835
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3446
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2231
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650972/seccion/entity7R3GTH9U
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdfs:label = "Moción de los diputados señores Errázuriz; Kast y Verdugo, y de la diputada señora Cubillos, doña Marcela, que permite que solicitud de declaración de bien familiar la realice el cónyuge o la madre en representación del hijo. (boletín N° 4120-07)"^^xsd:string
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650972
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/650972/seccion/akn650972-ds26
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/4120-07
- rdf:type = bcnres:MocionParlamentaria
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- dc:title = "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/83
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/835
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2231
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3446
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/proteccion-del-patrimonio-familiar
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/declaracion-de-bien-familiar
- rdf:value = " Moción de los diputados señores Errázuriz , Kast y Verdugo y de la diputada señora Marcela Cubillos.
Permite que solicitud de declaración de bien familiar la realice el cónyuge o la madre en representación del hijo. (boletín N° 4120-07)
“Considerando:
1. Que el inciso segundo del artículo 141 del Código Civil, a propósito del inmueble de propiedad de cualquiera de los cónyuges que sirva de residencia principal de la familia, y los muebles que la guarnecen, podrán ser declarados bienes familiares, señala que “esta declaración se hará por el juez en procedimiento breve y sumario a petición de cualquiera de los cónyuges y con la citación del otro»;
2. Que puede darse el caso de que el hijo nazca de una convivencia y su madre con ese hijo, vivan en casa del padre del menor;
3. Que en la situación descrita, el padre podría enajenar la vivienda que sirve de domicilio a su hijo y a la madre de éste, sin que la madre pueda pedir la declaración de bien familiar porque no es el cónyuge, vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Sustitúyese el punto final del inciso segundo del artículo 141 del Código Civil, reemplazándose por una coma y agregándose la siguiente expresión:
“o por la madre en representación del menor”, quedando el inciso en la siguiente forma:
“Esta declaración se hará por el juez en procedimiento breve y sumario, con conocimiento de causa, a petición de cualquiera de los cónyuges y con citación del otro, o por la madre en representación del menor”.
"